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Mc.Newsletter.N39. Mar.2011b

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DNRO. Sociedades: Boletín Oficial .Se implementa a part i r de l 14 de marzo de 2011 e l s is tema “Delegación Vi r tual” para la presentac ión de los av isos comerc ia les a publ icarse en e l Bolet ín Of ic ia l de la Repúbl ica Argent ina.Más información: Disp. 3/11 Direcc ión Nacional del Registro Of ic ia lhttp://www.triviasp.com.ar/

AFIP. Impuesto a las ganancias: régimen de retención del trabajo en relación de dependencia.Por Resoluc ión General 2437 se establec ió un régimen de retención en e l impuesto a las ganancias apl icable a las rentas comprendidas en los inc isos a) , b) , c) -excepto las correspondientes a los consejeros de las soc iedades cooperat ivas- , y e) del art ícu lo 79 de la ley de impuesto a las ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modi f icac iones.Los soc ios protectores de soc iedades de garant ía rec íproca, benef ic iar ios de rentas gravadas, pueden computarse como deducción los aportes efectuados a l capi ta l soc ia l o a l fondo de r iesgo, conforme lo previsto en e l art ícu lo 79 de la ley 24467 y sus modi f icator ias .Debido a que se ha constatado e l uso indebido de d icha deducción, lo cual impacta en la determinación del impuesto a las ganancias, eros ionando su base imponib le y con e l objeto de opt imizar e l contro l , resul ta conveniente modi f icar la resoluc ión d isponiendo que los soc ios protectores de soc iedades de garant ía rec íproca que hubieran computado la a ludida deducción, cuando estén obl igados a cumpl i r con e l suministro de información previsto en e l apartado K de la resoluc ión general 2437, sus modi f icator ias y complementar ias , deberán ut i l i zar exc lus ivamente e l programa apl icat ivo uni f icado denominado “GANANCIAS PERSONAS FÍS ICAS - B IENES PERSONALES”.Se adecua e l Anexo I I I de la resoluc ión general , sut i tuyendo e l segundo párrafo del apartado A del Anexo V, por e l s iguiente:“Dicha opción no procederá cuando se t rate de sujetos que sean t i tu lares de b ienes y/o deudas en e l exter ior , o de soc ios protectores de Sociedades de Garant ía Recíproca -creadas por la L . 24467 y sus modi f . - que respecto del per íodo f isca l de que se t rate, hubieran computado la deducción a que se ref iere e l inc iso 1) del Anexo I I I de la presente.”Vigencia a part i r de l 3 de marzo de 2011 inc lus ive.Más información ›  Res. Gra l . AFIP 3055/11http://www.triviasp.com.ar/

AFIP. Bienes Personales: Valuaciones.Se f i jan los va lores de automotores, motocic letas y motos (motovehículos) , va lor de cot izac ión de monedas extranjeras, soc iedades y fondos comunes de invers ión, deta l le de ent idades f inancieras y formato de catastro según la jur isd icc ión a l 31 de d ic iembre de 2010.Más información: › Res. Gra l . AFIP 3050/11http://www.triviasp.com.ar/

AFIP. Régimen de aplicación de fondos exteriorizados: Plazo hasta 2 de marzo de 2011.

De acuerdo con lo establec ido en e l art . 6 de la Res. Gra l . AFIP 3022/11 e l d ía miércoles 2 de marzo de 2011 vence e l p lazo para cumpl imentar e l régimen en aquel los casos en que la invers ión fue real izada con anter ior idad a l 9 de febrero de 2011, fecha de v igencia de la resoluc ión. Art . 6: “Las d ispos ic iones de la presente norma entrarán en v igencia a part i r de l d ía inmediato s iguiente a l de su publ icac ión en e l Bolet ín Of ic ia l .Las invers iones real izadas con anter ior idad a d icha v igencia, deberán informarse dentro de los quince d ías hábi les administrat ivos contados a part i r de la misma.”De lo anter ior se desprende que e l d ía de publ icac ión 8 de febrero de 2011, v igencia a part i r de l d ía s iguiente, 9 de febrero y e l p lazo se cuenta a part i r de l d ía 10 de febrero ya que se t rata de d ía hábi les administrat ivos. Además según informa AFIP en www.af ip .gov.ar :P lazo para cumpl i r con la presentac iónLa presentac ión de la declarac ión jurada deberá efectuarse dentro de los 10 d ías hábi les administrat ivos poster iores a la real izac ión de la respect iva invers ión.De tratarse de invers iones real izadas con anter ior idad a l 9 de Febrero del corr iente, tendrán p lazo para efectuar la presentac ión hasta e l 2 de Marzo de 2011.

>> Informativo Mensual

* Fuentes consultadas y base de la información: Boletín Oficial de la Nación, Boletín Oficial de la CABA, Boletín Oficial de la PBA , CPCECABA, Diarios: Clarín, La Nación, El Cronista, Infobae, Ámbito Financiero,

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Más información: Res. Gra l . AFIP 3022/11http://www.triviasp.com.ar/

Ganancias Personas Físicas. Precisiones de la AFIP sobre Liquidación del impuesto 2010

En l ínea con las medidas adoptadas para los empleados en re lac ión de dependencia, mediante la Resoluc ión General Nº 3061 la AFIP establece e l procedimiento a seguir a efectos de real izar e l d i fer imiento de la d i ferencia de impuesto correspondiente a l per íodo f isca l 2010 de las personas f ís icas y suces iones indiv isas, que resul te de comparar e l impuesto que se determine y e l que hubiera correspondido de apl icarse las deducciones personales incrementadas en un 20% (RG 2867) .

En torno a e l lo , las personas f ís icas y suces iones indiv isas deberán real izar la l iquidación del impuesto a las ganancias, por e l año f isca l 2010, as í como la determinación de los ant ic ipos correspondientes a l per íodo f isca l 2011 observando las s iguientes pautas:• La l iquidación  deberá  pract icarse cons ignando en las respect ivas declarac iones juradas los importes de deducciones personales cons ignados en e l art ícu lo 23 de la ley, los cuales han s ido establec idos por e l Decreto Nº 1426/2008.

Sin per ju ic io de e l lo , e l contr ibuyente  deberá  confecc ionar en papeles de trabajo - que quedarán a d ispos ic ión del Organismo - una l iquidación pro- forma del impuesto en la que se cons ignará como deducciones personales los s iguientes valores (RG Nº 2867):

Concepto Importe $

A. Ganancias no imponib les –art . 23, inc . a)– 10.800

B. Deducción por carga de fami l ia –art . 23, inc . b)– :

1. Cónyuge      12.000

2. Hi jo       6 .000

3. Otras cargas       4 .500

C. Deducción especia l –art . 23, inc . c) , pr imer párrafo–       10.800

D. Deducción especia l –art . 23, inc . c) ; art . 79, incs. a) , b) y c)–       51.840

http://www.consejo.org.ar/

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• La mencionada  l iqu idación pro- forma  podrá  confeccionarse uti l izando el programa aplicativo denominado “Programa s imulador de impuesto ganancias persona f ís ica (Tablas R.G. 2866) - Vers ión 1.0” , el que podrá ser transferido desde el sit io web institucional (http:/ /www.afip.gob.ar). Se destaca que dicho programa únicamente permite la importación de declaraciones juradas confeccionadas con el programa aplicativo unif icado denominado  “Ganancias personas f ís icas - B ienes personales – Vers ión 12.0 re lease 1” , posibi l itando solamente la impresión de papeles de trabajo, no permitiendo la generación de archivo ni formulario alguno.

• La diferencia de impuesto determinado que resulte de comparar ambas l iquidaciones podrá ingresarse hasta la fecha de vencimiento que establezca el Fisco para el pago del saldo resultante de la declaración jurada del tr ibuto de las personas f ísicas y sucesiones indivisas, correspondiente al período f iscal 2011.

• A los efectos de su exteriorización en la declaración jurada del gravamen, dicha diferencia de impuesto  deberá  ser consignada en el campo “Diferencia de impuesto tablas art. 23 de la ley/ Res. Gral. A.F.I .P. 2.866/10” de la ventana “Saldo a pagar/ l ibre disponibi l idad” de la pantal la “determinación del saldo del impuesto a las ganancias”, del  programa apl icat ivo uni f icado denominado “Ganancias personas f ís icas - B ienes personales – Vers ión 12.0 re lease 1” .

• Cuando se trate de beneficiarios de rentas comprendidas en el régimen de retención establecido por la RG 2.437, la diferencia de impuesto a que se refiere el punto anterior comprenderá el monto de impuesto cuya retención se dif iere de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 2 de la RG 3.008.

• Las personas f ísicas y las sucesiones indivisas responsables del impuesto a las ganancias que deban ingresar anticipos imputables al período f iscal 2011, deberán  calcular la base para la determinación de los mismos con arreglo al modelo contenido en el Anexo I de la norma bajo análisis, el cual deberá ser conservado como papel de trabajo a disposición de este organismo.

• Los agentes de retención que hubiesen confeccionado la l iquidación f inal a que alude el inc. b) del artículo 14 de la RG 2.437, uti l izando los importes de deducciones personales establecidos por la RG 2.866, o en su caso, por la RG 3.008, deberán   informar el importe del gravamen no retenido, de conformidad

La AFIP ac laró cómo l iquidar e l Impuesto a las GananciasComo las mejoras en las deducciones apl icadas en 2010 no l legaron a convert i rse en ley, e l organismo dispuso un mecanismo para que los contr ibuyentes no tengan que pagar la d i ferencia a l presentar su l iquidación. con lo d ispuesto por e l art ícu lo 16 de la norma c i tada en pr imer término.

http: / /www. ieco.c lar in .com/economia/AFIP-ac laro- l iquidar- impuesto-ganancias_0_223200015.html

Régimen de regularización impositiva, promoción y protección del empleado registrado: apl icativo “Régimen de aplicación de fondos exteriorizados Versión 1.0”

Aquel los contr ibuyentes que exter ior izaron moneda extranjera, moneda local o d iv isas, en los términos del T í t . I I I de la Ley 26.476, apl icándola a los dest inos indicados en los incs. c) , d) y e) del art . 27 de d icha ley, a los f ines previstos en los arts . 55, 67 y 70 de la Res. Gra l . A.F . I .P . 2 .650/09, están obl igados a informar e l dest ino de los fondos regular izados ut i l i zando, a ta l f in , e l programa apl icat ivo denominado “Régimen apl icac ión fondos exter ior izados - Vers ión 1.0”, que genera e l F . de declarac ión jurada F 837.  La presentac ión de la información deberá efectuarse mediante t ransferencia e lectrónica de datos a t ravés del s i t io web de AFIP ut i l i zando Clave F iscal .  Dicha obl igac ión deberá cumpl i rse dentro de los d iez d ías hábi les administrat ivos poster iores a la real izac ión de la respect iva invers ión.Vigencia a part i r de l 9 de febrero de 2011, las invers iones real izadas con anter ior idad a d icha v igencia, deberán informarse hasta e l 2 de marzo de 2011.   (08/02/2011 –  Res. Gra l . AFIP 3022)http://www.triviasp.com.ar/

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Régimen de retención de IVA sobre retribuciones a agentes de recaudación  Nuevo procedimiento de retención del Impuesto a l Valor Agregado apl icable a las retr ibuc iones l iquidadas por e l S istema de Recaudación de la AFIP a las inst i tuc iones bancar ias y no bancar ias por los convenios de recaudación celebrados con las mismas.E l Banco Centra l de la Repúbl ica Argent ina será e l encargado de actuar como agente de retención. E l importe será detra ído de las cuentas corr ientes que posean las ent idades bancar ias y de aquel las que correspondan a las ent idades intermediar ias de las ent idades no bancar ias . Los montos retenidos se deposi tarán en las cuentas de retención del IVA de la AFIP.Sobre e l tota l de l importe del IVA de cada retr ibución se retendrá e l 70% y la nota de crédi to emit ida por e l S istema de Recaudación serv i rá como comprobante de la retención los efectos de su cómputo en la declarac ión jurada del per íodo f isca l a la que correspondan.Vigencia a part i r de l 1° de marzo de 2011, inc lus ive. Fecha a part i r de la cual se deja s in efecto la Res. Gra l . DGI 3649. (16/02/2011 –  Res. Gra l . AFIP 3029)http://www.triviasp.com.ar/

Procedimiento: Régimen de información de compras, importaciones, locaciones, servicios y créditos hipotecariosSe sust i tuye y actual iza la Res. Gra l . AFIP 781/00 que establece e l régimen de información de compras, importac iones, locac iones, prestac iones de serv ic ios rec ib idos as í como de préstamos con garant ía h ipotecar ia y t ransferencia de dominio de inmuebles, CIT I Compras y CIT I Escr ibanos.Se incorporan como sujetos obl igados a informar a la mayor ía de los inscr iptos en e l Impuesto a l Valor Agregado, señalando la norma que más adelante pueden inc lu i rse nuevos obl igados as í como disponer exc lus iones las que serán informadas a t ravés de resoluc iones generales.  Los nuevos sujetos incorporados quedan obl igados a presentar la información refer ida a las operac iones efectuadas a part i r de l pr imer d ía hábi l de l segundo mes s iguiente a la publ icac ión de la norma que los incorpora a l s is tema.Dicha información debe presentarse por mes ca lendar io ut i l i zando e l apl icat ivo AFIP – DGI CIT I Compras Vers ión 4.0 que generara e l F . 357 e l cual debe remit i rse v ía internet hasta e l d ía del vencimiento de la presentac ión de la declarac ión jurada del Impuesto a l Valor Agregado. La obl igac ión subsiste aún cuando no se hayan efectuado movimientos.Se derogan las Res. Gra les. 781, 1142, 1218, 1294, 1794, 1935, 1970, 2304, 2351 y 2372, s in per ju ic io de su apl icac ión a los hechos y s i tuac iones acaecidos durante sus respect ivas v igencias.  V igencia a part i r de l 18 de febrero de 2011 inc lus ive. (18/02/2011 –  Res. Gra l . AFIP

3034)http://www.triviasp.com.ar/

SIRCREB y SIRCAR: Prórrogas en el vencimientoSe prorrogan las fechas de vencimiento para presentac ión de declarac iones juradas y pago refer idas a l régimen de recaudación y contro l sobre acredi tac iones bancar ias (S IRCREB) del impuesto sobre los ingresos brutos, apl icable sobre los importes que sean acredi tados en cuentas abiertas en las ent idades f inancieras, correspondientes a la tercera decena del mes de febrero del año 2011, según se deta l la a cont inuación:

Mes Semana. Desde Hasta Presentación DD.JJ . Pago

Febrero 3 21/2/11 28/2/11 14/3/11 15/3/11

Se prorrogan las fechas de vencimiento para la presentac ión de declarac iones juradas y pago por parte de los agentes de retención y percepción del impuesto sobre los ingresos brutos inc lu idos en e l S IRCAR, correspondientes a l mes de febrero del año 2011, conforme a l s iguiente deta l le :

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Período Nº de C.U.I .T. terminado en

Fecha de vencimiento

Febrero 1-2-3-4 11/3/11

Febrero 5-6-7-8-9 14/3/11

(24/02/2011 –  Res. Gra l . CA 1 )http://www.triviasp.com.ar/

Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Modif icaciones al Código Fiscal  Debido a que a t ravés de la Resoluc ión AGIP 692/10 se establec ió e l uso obl igator io del S istema Set iPago para e l pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de todos los contr ibuyentes que l iquidan por e l S istema Informát ico de Contr ibuyentes Locales (S ICOL) ,  Se aprueba e l apl icat ivo denominado “Boleta de Pago de DDJ J S ICOL”, e l cual se encuentra d isponib le en la página www.agip.gob.ar . Dicho apl icat ivo genera volantes de pago F. 5201 para e l supuesto de in ic io de act iv idades y e l ingreso de intereses resarc i tor ios y para e l pago de declarac ión jurada or ig inal o rect i f icat iva, e l F . 5202.Se exc luye de ut i l i zar Set iPago a quienes se encuentren en estado de quiebra o concurso c iv i l y quienes sufr ieron e l c ierre de sus cuentas corr iente por orden del BCRA y cualquier otra causal s imi lar regulada por autor idad competente. (01/02/2011 –  Res. 40 (GCBA))http://www.triviasp.com.ar/

PEN. Determinación mínima de trabajadores por actividad.Se determinan los índices para determinar e l número de trabajadores necesar ios para la act iv idad del tur ismo estudiant i l , modela je en desf i les  de moda, confecc ión dentro de la industr ia l text i l , feed lot , producción c i t r íco la , act iv idad gastronómica y

hote ler ía . V igencia a part i r de l 18/02/2011 inc lus ive. Ver Res. Gral. AFIP 3038Res. Gra l . AFIP 3029/11http://www.triviasp.com.ar/

SIAp    

Aplicativos Determinativos de Impuestos y Regímenes:  B ienes Personales        

Ganancias Personas F ísicas y B ienes Personales  (per íodo 20

Vers ión 6.0 Release 2  (período 2006 y anteriores)

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07 y s iguientes)

Tablas de Valuación de Bienes del per íodo 2000-2006 Vers ión 1.0 Release 0Acciones y Part ic ipac iones Societar ias Vers ión 2.0 Release 1

 Ganancia Mín ima Presunta      

Vers ión 8.0 Release 1

 

Ganancias Personas F ís icas      

Ganancias Personas F ís icas y B ienes Personales   (período 2007 y siguientes)Simulador de Impuesto Ganancias Persona F ís ica - v .1.0 - re lease 0

Vers ión 7.1 Release 3  (período 2006 y anteriores)In formación Complementar ia Vers ión 1.0 Release 1

 

Ganancias Personas Jur íd icas - Soc iedades      Vers ión 9.0 Release 4

Ganancias Sociedades Vers ión 6.0 Release 1.  (Para ejercicios comerciales con cierre operado hasta el mes de noviembre de 2005, inclusive)In forme para F ines F iscales - IFF F780 - RG 1061 Vers ión 1.0 Release 2

 

IVA     

Vers ión 5.2 Release 10

Importac ión y Actual izac ión de ayudas para Comerc io Exter ior Vers ión 3.0 Release 0

Reintegro por Venta de Bienes de Capita l Vers ión 2.0 Release 1

 

Segur idad Socia l      Vers ión 34.0 Release 2Cui les Inexistentes Vers ión 1.0 Release 0Sistema Integrado de Jubi lac iones y Pensiones SI JyP - Retenciones Vers ión 4.0 Release 3miSimpl i f icac ión - Ingreso Masivo de Datos Vers ión 2.0 Release 1

 

Otros Programas Determinat ivos de Impuestos      C IRAVI Vers ión 3.0 Release 2Combust ib les L iquidos Vers ión 2.0 Release 2Compensaciones y Volantes de Pagos Vers ión 1.0 Release 7Fondo para Educación y Promoción Cooperat iva Vers ión 2.0 Release 1Impuesto Emergencia sobre Al tas Rentas - Resoluc ión General 809/2000 Vers ión 4.0 Release 0Impuesto Interno a los Cigarr i l los e Impuesto Adic ional de Emergencia a los Cigarr i l los Vers ión 1.0 Release 0Impuesto a los Crédi tos y Débitos en Cuentas Bancar iasImpuestos InternosIntereses Pagados y Costo F inanciero del Endeudamiento Empresar io Vers ión 6.0 Release 0Régimen de Regular izac ión Imposi t iva - DJ Informat iva Vers ión 2.0 Release 1Serv ic io Web TASA HÍDRICA DE INFRAESTRUCTURAServic io Web RECARGO SOBRE EL GAS NATURALSistema de Contro l de Retenciones (S ICORE) Vers ión 8.0 Release 4Serv ic ios de Comunicac ión Audiovisual v .1.0 - re lease 0

http://www.afip.gov.ar/

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MTEySS. Recursos de la seguridad social: Pago en cuotas de multas.

Se facul ta a la Secretar ía de Trabajo y Subsecretar ía de F iscal izac ión del Trabajo y Segur idad Socia l a autor izar con carácter excepcional y mediante resoluc ión fundada e l pago en cuotas de las multas impuestas como consecuencias de las infracc iones a las obl igac iones de segur idad soc ia l en e l marco del procedimiento de la Resoluc ión 655/05 MTEySS.Las cuotas de multas cuyo monto no superen la suma de $ 50.000, serán automát icamente autor izadas por Delegados Regionales.Más información: › Res. 90/11 MTEySShttp://www.triviasp.com.ar/

Empleados en relación de dependencia:

Los l ímites mínimo y máximo de la base imponib le para e l cá lculo de los aportes y contr ibuciones a l S istema Integrado Previs ional Argent ino apl icables a l per íodo devengado marzo son los s iguientes:

L ímite mínimo: $ 427,06Límite máximo: $ 13.879,25

Estos l ímites se apl icarán a los s iguientes conceptos:

CategoríasBase Imponible Mínima

Base Imponible Máxima

Aportes a l S istema Integrado Previs ional Argent ino, Ley Nº 24.241.

$ 427,06 $ 13.879,25

Aportes a l Inst i tuto de Serv ic ios Socia les para Jubi lados y Pensionados, Ley Nº 19.032.

Aportes a l Régimen Nacional de Obras Socia les , Ley Nº 23.660.

Aportes a l Régimen Nacional del Seguro de Salud, Ley Nº 23.661.

Cuotas Ley Riesgos del Trabajo, Ley Nº 24.557. $ 427,06 $ 13.879.25

Contr ibuciones a l S istema Integrado Previs ional Argent ino, Ley Nº 24.241.

$ 427,06 Sin L ímite Máximo

Contr ibuciones a l Inst i tuto de Serv ic ios Socia les para Jubi lados y Pensionados, Ley Nº 19.032.

Contr ibuciones a l Régimen Nacional de Obras Socia les , Ley Nº 23.660.

Contr ibuciones a l Régimen Nacional del Seguro de Salud, Ley Nº 23.661.

Contr ibuciones a l Fondo Nacional de Empleo, Ley N° 24.013.

Contr ibuciones a l Régimen de As ignaciones Fami l iares, Ley N° 24.714.

Trabajadores autónomos y empleados en relación de dependencia. A partir de Marzo se modif ican los aportes mensuales.

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Importes v igentes a part i r de l per íodo marzo/2011, con vencimiento en abr i l /2011.Régimen General :

Grupos de Actividades Categorías Importe Mensual

Direcc ión, administrac ión o conducción de soc iedades comerc ia les o c iv i les , regulares o i r regulares, y soc ios de soc iedades de cualquier t ipo.

V $ 1.002,15

IV $ 728,84

I I I $ 455,52

Act iv idades no inc lu idas en e l punto anter ior , que const i tuyan locaciones o prestac iones de serv ic ios

I I $ 318,86

I $ 227,76

Resto de las act iv idades no comprendidas en los puntos anter iores

I I $ 318,86

I $ 227,76

Af i l iac iones voluntar ias I $ 227,76

Menores de 18 hasta 21 años I $ 227,76

Jubi lados por la Ley 24.241 I $ 192,17

Amas de casa que opten por e l aporte reducido previsto en la Ley 24.828

I $ 78,29

 http://www.afip.gov.ar/

La "generación C" ya l lega al mercado laboral: ¿las empresas están preparadas? Los jóvenes h iperconectados se están incorporando a l mercado labora l .  T ienen un perf i l y act i tudes d i ferentes y las corporac iones deben adaptarse. Son un desaf ío para las organizac iones. V ienen con otro esquema de obl igac iones y otro r i tmo de v ida. ¿Cómo es la Generac ión C? Según Booz, " los miembros de la generac ión C se ident i f ican bás icamente por ser   real is tas y mater ia l is tas . Son cul tura lmente l ibera les, aunque no necesar iamente progres istas en términos pol í t icos.Se trata del grupo estar io que más ha tardado en emanciparse de sus padres y   la mayor parte de sus interacc iones soc ia les t ienen lugar en Internet , donde se s ienten l ibres para expresar sus opin iones y hacer va ler sus act i tudes.Han crec ido bajo la inf luencia de Harry Potter , Barack Obama y una d ivers idad de i -gadgets: iPod, iTunes, iPhone o iPad.E l 95% t iene un ordenador personal y más de la mitad ut i l i za la mensajer ía instantánea para comunicarse. Además, son miembros de Facebook y Twit ter y otras comunidades onl ine.http: / /management. iprofes ional .com/notas/113458-La-generac in-C-ya- l lega-a l -mercado-labora l - las-empresas-estn-preparadas

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Servicio Doméstico: Nuevos importes de aportesSe adecúan los montos a ingresar en concepto de aportes y contr ibuciones a l régimen del serv ic io domést ico regulado por la Res. Gra l . AFIP 2055. Para los t rabajadores act ivos mayores de 18 años se ha d ispuesto para un trabajo semanal de hasta 12 horas un ingreso tota l de $ 20 de los cuales $ 12 responden a contr ibuciones con dest ino a l S IPA y $ 8 para e l seguro de sa lud. Para los t rabajadores act ivos mayores de 18 años que presten serv ic ios semanales entre 12 a 16 horas e l tota l será de $ 39 de los cuales $ 24 dest inados a l S IPA y $ 15 para e l seguro de sa lud.Para los t rabajadores act ivos mayores de 18 años que superan las 16 horas e l tota l a ingresar es de $ 95 de los cuales $ 35 se dest inan a l S IPA y $ 60 a l seguro de sa lud. Los aportes voluntar ios se e levan a $ 60 tanto para e l t i tu lar como para los fami l iares que adhiera. R ige para las obl igac iones correspondientes a l per íodo devengado enero de 2011 con vencimiento en febrero de 2011. (09/02/2011 –  Res. Gra l . AFIP 3035)http://www.triviasp.com.ar/

Obras Sociales: Prestaciones obligatorias PMOA través de la Ley 26588 se declaró de interés nacional la atención médica, la invest igac ión c l ín ica y epidemiológica, para la detecc ión temprana, d iagnóst ico y t ratamiento de la enfermedad cel íaca. Además se d ispuso que las obras soc ia les , ent idades de medic ina prepaga y otras ent idades que presten serv ic ios médico as istencia les a sus af i l iados deben br indar cobertura as istencia l a las personas con cel iaquía, que comprende la detecc ión, e l d iagnóst ico, e l seguimiento y e l t ratamiento de la misma.  Por e l lo se incorpora a l Programa Médico Obl igator io la detecc ión de la enfermedad cel íaca.  (10/02/2011 –  Res. MS 102)http://www.triviasp.com.ar/

Procedimiento previsional: Presunciones indicadores mínimos de trabajadoresCon e l objeto de evi tar la evas ión en mater ia de segur idad soc ia l , se regulan los índices para determinar e l número de trabajadores necesar ios para encarar las d i ferentes act iv idades. En pr inc ip io , con la Res. Gra l . AFIP 2927 abarcaron a l sector de la construcc ión en edi f ic ios de departamentos para v iv ienda mult i fami l iar y a la industr ia text i l para los sectores de estampado, teñido de te las y de h i lados. Por la presente norma se incorpora a las act iv idades de tur ismo estudiant i l , modela je en desf i les de moda, confecc ión dentro de la industr ia text i l , feed lot , producción c i t r íco la , act iv idad gastronómica y hote ler ía . R ige desde e l 18/02/11.Se presume la ex istencia de re lac ión labora l en aquel los supuestos en que la AFIP compruebe que una persona presta serv ic ios a otra persona f ís ica o jur íd ica o ente colect ivo, por contrato labora l expreso o tác i to y por ende determinará los aportes y contr ibuciones omit idos sobre la base de los importes facturados, abonados o presumidos, e l que resul te mayor. Se admite prueba en contrar io en e l supuesto que se compruebe que no existe subordinación y ausencia de asunción de r iesgo económico.Vigencia a part i r de l 17 de febrero de 2011, inc lus ive.   (17/02/2011 –  Res. Gra l . AFIP 3038)http://www.triviasp.com.ar/

Seguridad Social: Contribuciones patronalesA través del Decreto 814 de 2001 e levó las contr ibuciones patronales a l s is tema previs ional a l 16% y 20%, según la condic ión del empleador, rat i f icado por Ley 25453, y luego incrementado en un punto por e l art ícu lo 80 de la Ley 25565. Tomándose en cuenta la s i tuac ión part icu lar de los establec imientos educacionales pr ivados, cuyas act iv idades estén comprendidas en las Leyes 24195 y 24521, se suspendió la apl icac ión del incremento suces ivamente por Decretos del PEN hasta e l 31 de octubre de 2010.  Atento que la c i tada postergación permite que los establec imientos educacionales mantengan los prec ios de sus serv ic ios a un n ivel acces ib le además que en una gran mayor ía rec ibe subsid ios estata les y que su act iv idad se encuentra l iberada del pago de IVA, se decid ió mantener la reducción del aporte patronal .  Por e l lo se suspende la apl icac ión del Decreto 814 de 2001 desde e l 1° de enero de 2011 a l 31 de d ic iembre de 2011 para los establec imientos educacionales pr ivados

enmarcados en la enseñanza of ic ia l regulados por las Leyes 13047 y 24049. (24/02/2011 –  Decreto PEN 160)http://www.triviasp.com.ar/

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: :Novedades en convenios colectivos : :

•  Al imentación.  Rama:   rev is ión, c las i f icac ión y procesado de huevos. Conv. Colect . de Trab. 489/07. Por Res. ST 1581/10 Escala sa lar ia l .

•  Bancarios.  Empleados de Bancos nacionales, provinc ia les , munic ipales, mixtos y pr ivados de todo e l pa ís . Conv. Colect . de Trab. 18/75. Por Res. ST 1654/10 Suma remunerat iva única.

•  Cerámica y ramas afines.  Conv. Colect . de Trab. 150/75. Rama: artefactos sani tar ios . Por Res. ST 1544/10 Escala sa lar ia l y suma no remunerat iva por única vez.

•  Cerámica y ramas afines.  Conv. Colect . de Trab. 150/75. Por Res. ST 1698/10 Topes indemnizator ios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala sa lar ia l .

•  Construcción de la República Argentina.  Obreros. Conv. Colect . de Trab. 76/75. Por Res. ST 1713/10 Rat i f ica zoni f icac ión, desagregación de los va lores sa lar ia les .

•  Construcción.  Rama: hormigón e laborado. Conv. Colect . de Trab. 445/06. Por Res. ST 1592/10 Rect i f ica errores mater ia les .  

•  Empresas de información.  C iudad Autónoma de Buenos Ai res. Conv. Colect . de Trab. 440/06. Por Res. ST 1690/10 Escala sa lar ia l y suma adic ional no remunerat iva, adic ional locomoción y modi f icac iones a l convenio.

•  Farmacias.  Empleados. Provinc ia de Santa Fe. Conv. Colect . de Trab. 426/05. Por Res. ST 1685/10 Escala sa lar ia l , incremento no remunerat ivo, suma f i ja no remunerat iva por única vez y aporte so l idar io .

•  Ladri l leros.  Provinc ia de Tucumán. Conv. Colect . de Trab. 331/01. Por Res. ST 1606/10 Topes indemnizator ios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala sa lar ia l .  

•  Marít imos.  Buques pesqueros de a l tura. Tr ipulac iones de mar iner ía y maestranza. Conv. Colect . de Trab. 583/10. Por Res. ST 1703/10 Sueldo bás ico, interpretac ión del art . 7 del convenio.

•  Médicos de hospitales y sanatorios de colectividad y particulares sin f ines de lucro.  C.A.B.A .  Conv. Colect . de Trab. 552/08. Por Res ST 1631/10 Topes indemnizator ios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala sa lar ia l .  

•  Médicos.  Serv ic ios de emergencia. Urgencias médicas. Ambulancias. C iudad Autónoma de Buenos Ai res. Conv. Colect . de Trab. 559/09. Por Res. ST 1560/10 Modi f icac iones a l convenio y escala sa lar ia l .

•  Mensajería por moto y afines.  Ciudad Autónoma de Buenos Ai res. Conv. Colect . de Trab. 608/10. Por Res. ST 1625/10 Topes indemnizator ios y promedio de remuneraciones.

•  Panaderos de la Capital Federal.  Conv. Colect . de Trab. 269/95. Por Res. ST 1678/10 As ignación especia l no remunerat iva por única vez y escala sa lar ia l .  

•  Panaderos de la provincia de Entre Ríos.  Conv. Colect . de Trab. 444/06. Por Res. ST 1679/10 Escala sa lar ia l y escala sa lar ia l . Rama: dulce. Conv. Colect . de Trab. 63/89. Por Res. ST 1790/10 Escala sa lar ia l .

•  Peluqueros y peinadores.  Conv. Colect . de Trab. 520/07. Por Res. ST 1632/10 Escala sa lar ia l , sa lar io mínimo garant izado para e l personal administrat ivo.

•  Peluquerías de caballeros, niños y unisex.  Conv. Colect . de Trab. 467/06. Por Res. ST 1571/10 Salar io mínimo garant izado y escala sa lar ia l .  

•  Petroleros.  Yacimientos de la industr ia de petró leo y gas pr ivado. Provinc ias de Río Negro y Neuquén. Conv. Colect . de Trab. 536/08. Por Res. ST 1677/10 Concepto no remunerat ivo bono de paz soc ia l pasa a ser remunerat ivo, contr ibución extraordinar ia .  

•  Petroleros y gas privado.  Personal jerárquico y profes ional . CEPH y CEOPE. Neuquén, R ío Negro, Cuyo, La Rio ja , La Pampa, Formosa, Chaco, Sal ta , Ju juy, Tucumán,

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Córdoba, San Juan, Mendoza, Buenos Ai res y C.A.B.A. Conv. Colect . de Trab. 537/08. Por Res. ST 1669/10 Extens ión de ámbitos de apl icac ión

•  Petro leros pr ivados. Tareas de perforac ión, intervención, producción de petró leo y gas, ecología y explorac ión geof ís ica. Provinc ia de Chubut y mar terr i tor ia l . Conv. Colect . de Trab. 605/10. Por Res. ST 1792/10 Contr ibución extraordinar ia por única vez.

•  Pesca.  Establec imientos dedicados a la industr ia l izac ión del pescado y subproductos de la pesca. Conv. Colect . de Trab. 372/04. Chubut. Por Res. ST 1589/10 Escala sa lar ia l , suma f i ja no remunerat iva y contr ibución so l idar ia . Establec imientos dedicados a l f i leteado de mer luza y otras var iedades. Obreros f i leteros, empaquetadores, pescadores, peones y aprendices. Mar del P lata y General Pueyrredón. Conv. Colect . de Trab. 161/75. Pesca. Pequeña y mediana empresa. Ramas: f i leteros y envasadoras. Anexos del Conv. Colect . de Trab. 161/75. Provinc ia de Buenos Ai res, part ido de General Pueyrredón. Conv. Colect . de Trab. 506/07. Por Res. ST 1545/10 Escala sa lar ia l .  

•  Portuarios.  Areneras y extracc ión canto rodado. Personal administrat ivo. P .B.A. Puerto de La P lata hasta Puerto de Zárate. Conv. Colect . de Trab. 483/07. Por Res. ST 1786/10 Grat i f icac ión extraordinar ia no remunerat iva.  

•  Publicidad.  Vía públ ica, ta l leres luminiscentes, acr í l icos y af ichaje. Capi ta l Federal y provinc ias de Buenos Ai res, Santa Fe, Córdoba, Tucumán y Mendoza. Conv. Colect . de Trab. 122/90. Por Res. ST 1627/10 Escala sa lar ia l .  

•  Recibidores de granos.  Rama: acopiadores de cereales. Conv. Colect . de Trab. 574/10. Por Res. ST 1576/10 As ignación mensual remunerat iva por as istencia y puntual idad a part i r y escala sa lar ia l .  

•  Sanidad.  Obreros, personal técnico y administrat ivo de los laborator ios de especia l idades medic inales y/o veter inar ias para todo e l terr i tor io nacional . Conv. Colect . de Trab. 42/89. Por Res. ST 1542/10 Escala sa lar ia l , as ignación no remunerat iva por única vez, modi f icac iones a l convenio y contr ibución extraordinar ia .

•  Tintoreros, sombrereros y lavaderos.  Rama: t intorer ías . Provinc ia de Córdoba. Conv. Colect . de Trab. 569/09. Por Res. ST 1689/10 Escala sa lar ia l .

•  Trabajo agrario.  Sa lar ios . Por Res. CNTA 79/10 se créanse e incorpóranse, con carácter permanente, a la tabla general de movimientos y remuneraciones mínimas del personal ocupado en tareas de manipulac ión y a lmacenamiento de granos y manipulac ión, a lmacenamiento y se lecc ión de maní , en jur isd icc ión de la Comis ión Asesora Regional Nº 5, para la provinc ia de Córdoba. Por Res. CNTA 80/10 Remuneraciones para e l personal ocupado en las tareas de manipulac ión y a lmacenamiento de granos, en jur isd icc ión de la Comis ión Asesora Regional Nº 3, para las provinc ias de Corr ientes y Entre Ríos. Por Res. CNTA 81/10 Acuerdo sobre condic iones de trabajo y sa lar ios para la act iv idad de f lor icu l tura y v iveros, para las provinc ias de Entre Ríos y Corr ientes. Por Res. CNTA 82/10 Salar ios . Remuneraciones mínimas para e l personal ocupado en las tareas de manipulac ión, a lmacenamiento de granos y fardos de pasto, en jur isd icc ión de la Comis ión Asesora Regional Nº 2, para las provinc ias de Buenos Ai res y La Pampa.

•  Televisión por cable.  Por Res. ST 1667/10 Circui tos cerrados. Técnicos y empleados. Conv. Colect . de Trab. 223/75. Escala sa lar ia l , grat i f icac ión extraordinar ia , as ignación no remunerat iva, aporte so l idar io , contr ibución especia l .

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Sistema de Balances y Asambleas (IGJ) 2011. Versión 1.2.4

Se der iva a la web de la IGJ .Apl icat ivo S IT IGJ 2011 V 1.2.4 para Microsoft© Windows y actual izac ión f i rma 2011. Manual de insta lac ión para Windows Vista y Windows 7

Claves para entender la nueva normativa sobre el lavado de dineroDesde e l Inst i tuto de Auditores Internos de Argent ina, Mart ín Ghirardott i , expl icó las pr inc ipales caracter íst icas de las nuevas obl igac iones impuestas por la Unidad de Información F inanciera en respuesta a las recomendaciones real izadas por e l Grupo de Acc ión F inanciera Internacionalhttp: / / impuestos. iprofes ional .com/notas/113534-Claves-para-entender- la-nueva-normat iva-sobre-e l - lavado-de-dinero

I .G.J . - DECLARACIÓN JURADA DE ACTUALIZACIÓN DE DATOS - SE PRORROGA HASTA EL 29/4/2011 EL PLAZO PARA SU PRESENTACIÓNSe prorroga, hasta e l 29/4/2011, e l p lazo para que las soc iedades comerc ia les completen la pr imera etapa -prevista en e l art . 2 , inc . a) , RG ( IGJ ) 3/2010- v inculada a la confecc ión de la declarac ión jurada y la envíen a t ravés del apl icat ivo Web.As imismo, se ext iende hasta la misma fecha la prórroga del p lazo para que las soc iedades extranjeras, asoc iac iones c iv i les y fundaciones presenten la declarac ión jurada de actual izac ión de datos. Norma: Resol . I .G. J . N° 5/2010 B.O. : 01/12/2010http://www.triviasp.com.ar/

C.N.V.ADOPCIÓN DE NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIIF)Se establece que las ent idades que sol ic i ten e l ingreso a l régimen de la oferta públ ica para emit i r acc iones y/u obl igac iones negociables podrán optar , a part i r de su ingreso, por presentar sus estados f inancieros apl icando las Normas Internacionales de Información F inanciera (NI IF) del Consejo de Normas Internacionales de Contabi l idad ( IASB) , y sus modi f icator ias .adoptadas mediante la RT (FACPCE) 26/2009- . Norma: Resol . C.N.V. N° 581/2010 B.O. : 10/11/2010

PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS - VALORES MÁXIMOS DE VENTAS POR EMPRESA Y SECTOR ECONÓMICO A LOS EFECTOS DE SER CONSIDERADAS PYMES. ADECUACIÓNSe actual izan los va lores máximos de ventas por empresa y sector económico, que son tomados como referencia, con e l objet ivo de que las empresas sean consideradas como Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES) a l so lo efecto del acceso a l mercado de capi ta les mediante la emis ión de acc iones y/o valores negociables representat ivos de deuda.Norma: Resol . C.N.V. N° 582/2010B.O. : 10/11/2010

PREVENCIÓN DEL LAVADO DE DINERO Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO - SUJETOS OBLIGADOSA INFORMARSe establece que s iempre que exista mani festac ión fehaciente del c l iente, y contando con previa aprobación de la Comis ión Nacional de Valores de los procedimientos especí f icos de contro l implementados a estos efectos, los su jetos obl igados a informar a la Unidad de Información F inanciera -enumerados en e l art . 1 del Cap. XXI I de las NT 2001- podrán rec ib i r de l c l iente cheques l ibrados a su favor con endoso completo y real izar pagos mediante la ut i l i zac ión de cheques l ibrados a la orden del c l iente cruzados para ser deposi tados en cuenta.Las presentes d ispos ic iones resul tan de apl icac ión a part i r de l 18 de noviembre de 2010Norma: Resol . C.N.V. N° 583/2010B.O. : 17/11/2010

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Formulario 780 - Est. Contables al 30/09/2010

La presentac ión del “ Informe para F ines F iscales” ut i l i zando e l formular io F780, confecc ionado con e l programa apl icat ivo de la AFIP correspondiente, en sust i tuc ión del F760/C, se podrá formal izar a t ravés de los s iguientes procedimientos:

• por t ransferencia e lectrónica de datos a nuestro s i t io Web, o

• por entrega en nuestra sede (Viamonte 1549) del d isquete y e l formular io del Informe para F ines F iscales (F780) f i rmado por e l profes ional , generados a t ravés del apl icat ivo de AFIP. (En e l caso de f i rmar en carácter de soc io de un Estudio, deberá ingresar la CUIT del Estudio y luego su CUIT personal )

Vencimientos de marzo 2011 de documentación sujeta a Legalización: Formulario 780 Estados Contables al 30/09/2010

Lunes 14CUIT 0 y 1

Martes 15CUIT 2 y 3

Miércoles 16CUIT 4 y 5

Jueves 17CUIT 6 y 7

Viernes 18CUIT 8 y 9

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DIVISASEn Buenos Aires

 Euro $ 5,620 $ 5,740  En Nueva York (por cada dólar)

Yen

¥ 81,31 ¥ 81,42    Libra Esterlina

£ 0,6234 £ 0,6236    

 Más Divisas 

RIESGO PAÍSARGENTINA 535BRASIL 171

INDICES BURSATILESDOW JONES 12220.59 0,41%

NASDAQ GENERAL 2743.06 0,24%

MERVAL 3348.83 0,82%

BOVESPA San Pablo 67765.94 0,34%

IBEX 35 10710.4 -0,42%

PARIS 40 3972.38 0,09%

BONOS  Discount $ 165,50

  Cupón PBI en $ 16,60

 Par $ 65,25

 Boden 2015408,4

0

TASASCALL A 1 DÍA ENTIDADES DE 1º LÍNEA 9,8 -0,05

ENCUESTA PLAZO FIJO 30 DÍAS EN $ 8,67 0,46

ENCUESTA CAJA DE AHORRO EN $ 0,29 0ACCIONES ARGENTINAS

MAYORES ALZASTRANSENER 1,41 2,9%

FRANCES 16,1 2,2%

PAMPA ENERGIA 2,43 2,1%

MOLINOS 35,9 1,7%

PETROBRAS BR 82 1,2%

MAYORES BAJASBCO PATAGONIA 5,2 -1,0%

BCO HIPOTECARIO 2,68 -0,7%

MACRO 16.45 -0,6%

YPF SOCIEDAD 177 -0,6%

PETROBRAS ARG 9,35 -0,5%

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 Dólar $ 4,025 $ 4,065  

Euro

€ 0,7096€ 0,7101  

Real

R$ 1,6618 R$ 1,6628    

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Accounting

Especia l ly when business is good, i t 's tempt ing to assume that your accountant has everything under contro l . But many accountants focus pr imar i ly on f i l l ing out quarter ly tax returns without real ly t racking the performance of the under ly ing bus iness. Most successfu l bus iness owners understand that i f they real ly want to manage their bus iness, they need to get comfortable with the fundamentals of account ing. Here 's where to get started.

While the Economy Struggles, Profits Can Be MadeBy DEBORAH L. JACOBSWhi le the s low economy has lef t many smal l bus inesses scraping to get by, some enterpr ises are f inding opportuni ty in the carnage.May 21, 2008

S.E.C. Planning to Delay Accounting Rules for Small CompaniesBy FLOYD NORRISThe Secur i t ies and Exchange Commiss ion p lans to delay for another year the requirement that smal l companies report on the state of thei r internal f inancia l contro ls .December 12, 2007

S.E.C. Revises Its Standards for Corporate AuditsBy ERIC DASHThe new guidel ines are part of an ef fort to make compl iance on account ing less cost ly for smal l companies.May 24, 2007

For Entrepreneurs, a Crash Course in AccountingBy ROBERT D. HERSHEY JR.For owners of new businesses, experts say that taxes should be a fundamental concern f rom the outset .February 11, 2007

OPENERS: SUITS; An Accountant Goes a-Carol ingBy MARK A. STEINStel la Fearnley, member of Br i ta in 's Profess ional Overs ight Board of Accountancy, posts on Web parody of Engl ish Chr istmas caro l inspi red by Secur i t ies and Exchange Commiss ion chairman Chr istopher Cox's decis ion to propose looser account ing standards for smal ler companies; photoDecember 24, 2006

S.E.C. to Ease Auditing Standards for Small Publicly Held CompaniesBy STEPHEN LABATONThe long-awaited interpretat ion of the Sarbanes-Oxley Act is the culminat ion of a f ierce lobbying batt le between account ing f i rms and smal l publ ic companies.December 11, 2006

Free Offer: Software as a Lure to UpgradesBy JAN M. ROSENTwo new easy-to-use programs ta i lored for smal l bus inesses should save owners t ime and prove valuable in developing their companies.November 15, 2006

http: / / topics .nyt imes.com/top/news/business/smal l -bus iness/account ing/ index.html

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Editorial ERREPAR S.A. y Trivia.

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