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NORMA TÉCNICA NTP 851.001 PERUANA 2009 Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias - INDECOPI

Calle de la Prosa 138, San Borja (Lima 41) Apartado 145 Lima, Perú

SISTEMAS DE GESTIÓN DE LA SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL. Requisitos OCCUPATIONAL HEALTH AND SAFETY MANAGEMENT SYSTEMS. Requirements

2009-03-26

2ª Edición

R.009-2009/INDECOPI-CNB. Publicada el 2009-04-15 Precio basado en 24 páginas

I.C.S.: 03.100.30 ESTA NORMA ES RECOMENDABLE

Descriptores: Sistemas de gestión, sistemas, gestión, salud, seguridad ocupacional, requisitos

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ÍNDICE

página

ÍNDICE i

PREFACIO ii

1. OBJETO 1

2. REFERENCIAS NORMATIVAS 1

3. CAMPO DE APLICACIÓN 2

4. TÉRMINOS Y DEFINICIONES 3

5. ELEMENTOS DEL SISTEMA DE GESTIÓN SSO 7

6. ANTECEDENTES 24

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PREFACIO

A. RESEÑA HISTÓRICA

A.1 La presente Norma Técnica Peruana ha sido elaborada por el Comité

Técnico de Normalización de Salud y seguridad ocupacional, mediante el Sistema 2 u

Ordinario, durante los meses de enero a noviembre de 2008, utilizando como

antecedentes a los documentos que se mencionan en el capítulo correspondiente.

A.2 El Comité Técnico de Normalización de Salud y seguridad ocupacional

presentó a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales

No Arancelarias -CNB-, con fecha 2008-12-17, el PNTP 851.001:2008, para su revisión

y aprobación, siendo sometido a la etapa de Discusión Pública el 2009-01-25. No

habiéndose presentado observaciones fue oficializado como Norma Técnica Peruana

NTP 851.001:2009 SISTEMAS DE GESTION DE LA SALUD Y SEGURIDAD

OCUPACIONAL. Requisitos, 2ª Edición, el 15 de abril de 2009.

A.3 Esta Norma Técnica Peruana reemplaza a la NTP 851.001:2004

SISTEMAS DE GESTION DE LA SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL.

Especificaciones. La presente Norma Técnica Peruana presenta cambios editoriales

referidos principalmente a terminología empleada propia del idioma español y ha sido

estructurada de acuerdo a las Guías Peruana GP 001:1995 y GP 002:1995.

B. INSTITUCIONES QUE PARTICIPARON EN LA ELABORACIÓN

DE LA NORMA TÉCNICA PERUANA

Secretaría Centro Nacional de Salud

Ocupacional y Protección del

Ambiente para la Salud –

CENSOPAS - INS - MINSA

Secretario Arturo Erazo Ramírez

ENTIDAD REPRESENTANTE

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Centro Nacional de Salud Ocupacional y Juan Cossio Brazzan

Protección del Ambiente para la Salud

Cámara de Comercio de Lima Juan Tompson Carrillo

Colegio de Ingenieros del Perú Janett Mattos Marreros

Confederación de Comunidades Titto Lima

Mineras del Perú Sabino

Universidad Nacional Mayor de San Marcos Rosa Lazo Velarde

Universidad Nacional de Ingeniería Javier Taipe Rojas

Quality Assurance Services S.A. Michael Rattray Silva

KMR S.A.C. Guillermo Medina Figueroa

La Molina Consultores Sayira Sato Ramos

Clínica Vesalio Karim Alkon Pozo

Lloyd’s Register Antonio Moreno

---oooOooo---

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NORMA TÉCNICA NTP 851.001

PERUANA 1 de 24

SISTEMAS DE GESTIÓN DE LA SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL. Requisitos

1. OBJETO

Esta Norma Técnica Peruana establece los requisitos para un Sistema de Gestión de la

Salud y Seguridad Ocupacional (SSO) que permitan a una organización, controlar sus

riesgos en SSO y mejorar su desempeño. No establece criterios específicos de desempeño

en SSO ni proporciona especificaciones detalladas para el diseño de un sistema de gestión.

NOTA 1: En la presente NTP se indicará las siglas SSO para referirse a la Salud y Seguridad Ocupacional y SG-SSO para referirse al Sistema de Gestión de Salud y Seguridad Ocupacional.

2. REFERENCIAS NORMATIVAS

La siguiente guía contiene disposiciones que al ser citadas en este texto, constituyen

requisitos de esta Norma Técnica Peruana. Las ediciones indicadas estaban en vigencia en

el momento de esta publicación. Como toda norma está sujeta a revisión, se recomienda a

aquellos que realicen acuerdos en base a ellas, que analicen la conveniencia de usar las

ediciones recientes de las normas citadas seguidamente. El Organismo Peruano de

Normalización posee, en todo momento, la información de las Normas Técnicas Peruanas

en vigencia.

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Guía Peruana

GP-ISO/IEC 2:2007 NORMALIZACIÓN Y

ACTIVIDADES RELACIONADAS.

Vocabulario general.

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3. CAMPO DE APLICACIÓN

Esta Norma Técnica Peruana se aplica a cualquier organización que tenga por finalidad

controlar sus riesgos y mejorar su desempeño en SSO y que desee:

a) Establecer un SG-SSO para eliminar o minimizar el riesgo para los

trabajadores y otras partes interesadas quienes puedan estar expuestas a los riesgos de

SSO asociados con sus actividades;

b) Implementar, mantener y mejorar continuamente el sistema de gestión de

SSO;

c) Asegurarse del cumplimiento de su política de SSO establecida;

d) Demostrar la conformidad con esta NTP mediante:

1) Una autoevaluación y autodeclaración, o

2) La búsqueda de confirmación de su conformidad por las partes que tienen

interés en la organización, tales como los clientes, o

3) La búsqueda de confirmación de su autodeclaración por una parte externa a

la organización, o

4) La búsqueda de la certificación/registro de su sistema de gestión en SSO por

una organización externa.

Se pretende que todos los requisitos contenidos en esta NTP sean incorporados a cualquier

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sistema de gestión de SSO. El alcance de la aplicación va a depender de factores como la

política de la organización, la naturaleza de sus actividades, y los riesgos y complejidad de

sus operaciones y procesos.

Esta Norma Técnica Peruana está dirigida a atender la salud y seguridad ocupacional más

que a la seguridad de los productos y servicios, daños a la propiedad o impactos

ambientales.

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PERUANA 3 de 24

4. TÉRMINOS Y DEFINICIONES

Para los propósitos de la presente Norma Técnica Peruana se aplican los siguientes

términos y definiciones:

4.1 salud ocupacional: Programa de salud que tiene como finalidad promover y

mantener el mayor grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores; prevenir

todo daño a la salud causado por las condiciones de trabajo y por los factores de riesgo; y

adecuar las labores del trabajador, atendiendo a sus aptitudes y capacidades.

4.2 seguridad ocupacional: Programa de actividades, técnicas y

procedimientos que tienen por finalidad prevenir, investigar y controlar los riesgos de

accidentes en los ambientes de trabajo, a fin de evitar que éstos ocurran y ocasionen daños

a los trabajadores y empresas.

4.3 accidente de trabajo: Evento no deseado que ocurre con ocasión del

trabajo y que da lugar a lesión orgánica, perturbación funcional, enfermedad, invalidez ó

muerte u otra pérdida.

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enfermedad ocupacional: Enfermedad contraída a causa de una actividad laboral como resultado de la exposición a agentes o factores de riesgo inherentes al trabajo,

y que se origina, empeora o ambas por la actividad que se realiza o una situación

relacionada.

4.5 auditoría: Proceso sistemático, independiente y documentado para obtener

evidencias y evaluarlas de manera objetiva con el fin de determinar el grado en que se

cumplen los criterios de auditoría, en concordancia con la política y objetivos de la Organización (véase el apartado4.17).

NOTA 2: Independiente no significa necesariamente externo a la organización. En muchos casos, particularmente en las organizaciones más pequeñas, la independencia se puede demostrar mediante la

ausencia de responsabilidad por la actividad que se audita.

NOTA 3: Para orientación adicional acerca de “evidencia de la auditoría” y “criterios de auditoría”,

véase la ISO 19011.

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PERUANA 4 de 24

4.6 mejora continua: Proceso recurrente de optimización del Sistema de

Gestión de SSO (Véase el apartado 4.20) para obtener mejoras en el desempeño en salud y

seguridad ocupacional conforme a la política de SSO de la organización.

NOTA 4: El proceso no necesariamente se lleva a cabo de manera simultánea en todas las áreas de actividad.

4.7 acción correctiva: Acción tomada para eliminar la causa de una no

conformidad ( Véase el apartado 4.16) detectada u otra situación no deseable.

NOTA 5: Puede haber mas de una causa de una no conformidad.

4.8 acción preventiva: Acción tomada para prevenir y controlar los peligros,

enfermedades, accidentes, incidentes, no conformidades u otras situaciones potenciales no

deseables.

NOTA 6: La acción correctiva se toma para prevenir que algo vuelva a producirse, mientras que la

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acción preventiva (Véase el apartado 4.8) se toma para impedir que algo no deseable suceda.

4.9 documento: Información y su medio de soporte.

NOTA 7: El medio de soporte puede ser papel, magnético, óptico o electrónico, una fotografía o

muestra patrón, o una combinación de éstos.

4.10 peligro: Fuente, situación o acto con potencial de daño en términos de

lesión, enfermedad ó muerte, daño a la propiedad, daño al ambiente de trabajo o una

combinación de éstos.

4.11 identificación de peligros: Proceso de reconocimiento de que existe un

peligro (véase el apartado 4.10) y definición de sus características.

4.12 incidente: Evento no deseado relacionado con el trabajo que dió lugar o no

a afectación material o estructural o tuvo el potencial para llegar a ser un accidente, pero no

hay lesión, perturbación funcional, enfermedad ni víctima mortal, también se puede

denominar como casi-accidente.

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PERUANA 5 de 24

4.13 trabajador: Toda persona que desempeña una actividad laboral por cuenta

ajena remunerada, incluidos los trabajadores independientes o por cuenta propia y los

trabajadores de las instituciones públicas.

4.14 empleador: Toda persona física natural o jurídica que emplea a uno o

varios trabajadores.

4.15 partes interesadas: Individuo o grupo interesado , dentro o fuera del lugar

de trabajo (Véase el apartado 4.19) involucrado o afectado, por el desempeño en SSO

(Véase el apartado 4.22) de una Organización (Véase el apartado 4.21).

4.16 no conformidad: Incumplimiento de un requisito; puede ser cualquier

desviación de los estándares, prácticas, procedimientos, regulaciones de trabajo, requisitos

legales, desempeño del Sistema de Gestión, etc., y que podrían ser causa directa o indirecta

de lesión, enfermedad, muerte, daño a la propiedad, daño al ambiente de trabajo o una

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combinación de éstos.

4.17 objetivos: Propósitos que una Organización (Véase el apartado 4.21)

determina para cumplirlos en términos de desempeño en SSO (Véase el apartado 4.22).

NOTA 8: Los objetivos se deberían cuantificar siempre que sea factible.

NOTA 9: El apartado 5.3.3 exige que los objetivos de SSO sean consistentes con la política de SSO de la organización.

4.18 condiciones inadecuadas de trabajo: Condiciones y factores que afectan el

bienestar, la salud y seguridad de los trabajadores u empleados (incluidos los trabajadores

temporales y personal por contrato), visitantes o cualquier otra persona presente en el lugar

de trabajo ( Véase el apartado 4.19).

4.19 lugar de trabajo: Cualquier espacio físico donde los trabajadores

permanecen y desarrollan su trabajo bajo el control de la organización ó a donde tienen que

acudir por razón del mismo.

NOTA 10: Cuando se considera lo que constituye un lugar de trabajo, la organización (Véase el

apartado 4.21) debería tener en cuenta los efectos de la SSO sobre el personal que, por ejemplo: se

encuentra de viaje o en tránsito (por ejemplo va en automóvil, en avión, en barco o en tren), está trabajando en las instalaciones de un cliente, o está trabajando en su propia casa.

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4.20 sistema de gestión de SSO: Parte del Sistema de Gestión integral de la

empresa que permite la gestión de los riesgos de SSO asociados con la actividad de la

Organización. Esto incluye la estructura organizacional, actividades de planificación,

responsabilidades, prácticas, procedimientos, procesos y recursos para desarrollar,

implementar, alcanzar, revisar y mantener la política de SSO de la organización.

4.21 organización: Compañía, corporación, firma, empresa, institución o

asociación, cualquier parte o combinación de ellas, constituida o no como tal, ya sea

pública o privada, que tiene sus propias funciones y administración.

NOTA 11: En caso de organizaciones que tengan más de una unidad operativa, una sola unidad

operativa, se puede definir como una organización.

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4.22 desempeño de SSO: Resultados medibles del Sistema de Gestión de SSO,

relacionados al control de los riesgos de salud y seguridad de la organización, basados en

su política y objetivos de SSO.

NOTA 12: La medición del desempeño incluye la medición de las actividades y resultados de la

gestión de SSO.

4.23 procedimiento: Forma especificada para llevar a cabo una actividad o un

proceso.

4.24 registro: Documento ( Véase el apartado 4.9) que presenta resultados

obtenidos o proporciona evidencia de las actividades desempeñadas.

4.25 riesgo: Combinación de la(s) probabilidad(es) y la(s) consecuencia(s) de

ocurrencia de un evento peligroso específico que puede ocasionar lesión, enfermedad o

muerte al trabajador, daño u otras pérdidas.

4.26 evaluación del riesgo: Proceso integral para estimar la magnitud del(os)

riesgo(s) que surge(n) de un(os) peligro(s), teniendo en cuenta la suficiencia de los

controles existentes y de decidir si el (los) riesgo(s) es (son) aceptable(s) o no.

4.27 seguridad: Ausencia de riesgo inaceptable de daño (véase la GP-ISO/IEC

2).