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NORMA TÉCNICA NTP 851.001 PERUANA 2009 Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias - INDECOPI
Calle de la Prosa 138, San Borja (Lima 41) Apartado 145 Lima, Perú
SISTEMAS DE GESTIÓN DE LA SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL. Requisitos OCCUPATIONAL HEALTH AND SAFETY MANAGEMENT SYSTEMS. Requirements
2009-03-26
2ª Edición
R.009-2009/INDECOPI-CNB. Publicada el 2009-04-15 Precio basado en 24 páginas
I.C.S.: 03.100.30 ESTA NORMA ES RECOMENDABLE
Descriptores: Sistemas de gestión, sistemas, gestión, salud, seguridad ocupacional, requisitos
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ÍNDICE
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ÍNDICE i
PREFACIO ii
1. OBJETO 1
2. REFERENCIAS NORMATIVAS 1
3. CAMPO DE APLICACIÓN 2
4. TÉRMINOS Y DEFINICIONES 3
5. ELEMENTOS DEL SISTEMA DE GESTIÓN SSO 7
6. ANTECEDENTES 24
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PREFACIO
A. RESEÑA HISTÓRICA
A.1 La presente Norma Técnica Peruana ha sido elaborada por el Comité
Técnico de Normalización de Salud y seguridad ocupacional, mediante el Sistema 2 u
Ordinario, durante los meses de enero a noviembre de 2008, utilizando como
antecedentes a los documentos que se mencionan en el capítulo correspondiente.
A.2 El Comité Técnico de Normalización de Salud y seguridad ocupacional
presentó a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales
No Arancelarias -CNB-, con fecha 2008-12-17, el PNTP 851.001:2008, para su revisión
y aprobación, siendo sometido a la etapa de Discusión Pública el 2009-01-25. No
habiéndose presentado observaciones fue oficializado como Norma Técnica Peruana
NTP 851.001:2009 SISTEMAS DE GESTION DE LA SALUD Y SEGURIDAD
OCUPACIONAL. Requisitos, 2ª Edición, el 15 de abril de 2009.
A.3 Esta Norma Técnica Peruana reemplaza a la NTP 851.001:2004
SISTEMAS DE GESTION DE LA SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL.
Especificaciones. La presente Norma Técnica Peruana presenta cambios editoriales
referidos principalmente a terminología empleada propia del idioma español y ha sido
estructurada de acuerdo a las Guías Peruana GP 001:1995 y GP 002:1995.
B. INSTITUCIONES QUE PARTICIPARON EN LA ELABORACIÓN
DE LA NORMA TÉCNICA PERUANA
Secretaría Centro Nacional de Salud
Ocupacional y Protección del
Ambiente para la Salud –
CENSOPAS - INS - MINSA
Secretario Arturo Erazo Ramírez
ENTIDAD REPRESENTANTE
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Centro Nacional de Salud Ocupacional y Juan Cossio Brazzan
Protección del Ambiente para la Salud
Cámara de Comercio de Lima Juan Tompson Carrillo
Colegio de Ingenieros del Perú Janett Mattos Marreros
Confederación de Comunidades Titto Lima
Mineras del Perú Sabino
Universidad Nacional Mayor de San Marcos Rosa Lazo Velarde
Universidad Nacional de Ingeniería Javier Taipe Rojas
Quality Assurance Services S.A. Michael Rattray Silva
KMR S.A.C. Guillermo Medina Figueroa
La Molina Consultores Sayira Sato Ramos
Clínica Vesalio Karim Alkon Pozo
Lloyd’s Register Antonio Moreno
---oooOooo---
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SISTEMAS DE GESTIÓN DE LA SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL. Requisitos
1. OBJETO
Esta Norma Técnica Peruana establece los requisitos para un Sistema de Gestión de la
Salud y Seguridad Ocupacional (SSO) que permitan a una organización, controlar sus
riesgos en SSO y mejorar su desempeño. No establece criterios específicos de desempeño
en SSO ni proporciona especificaciones detalladas para el diseño de un sistema de gestión.
NOTA 1: En la presente NTP se indicará las siglas SSO para referirse a la Salud y Seguridad Ocupacional y SG-SSO para referirse al Sistema de Gestión de Salud y Seguridad Ocupacional.
2. REFERENCIAS NORMATIVAS
La siguiente guía contiene disposiciones que al ser citadas en este texto, constituyen
requisitos de esta Norma Técnica Peruana. Las ediciones indicadas estaban en vigencia en
el momento de esta publicación. Como toda norma está sujeta a revisión, se recomienda a
aquellos que realicen acuerdos en base a ellas, que analicen la conveniencia de usar las
ediciones recientes de las normas citadas seguidamente. El Organismo Peruano de
Normalización posee, en todo momento, la información de las Normas Técnicas Peruanas
en vigencia.
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Guía Peruana
GP-ISO/IEC 2:2007 NORMALIZACIÓN Y
ACTIVIDADES RELACIONADAS.
Vocabulario general.
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3. CAMPO DE APLICACIÓN
Esta Norma Técnica Peruana se aplica a cualquier organización que tenga por finalidad
controlar sus riesgos y mejorar su desempeño en SSO y que desee:
a) Establecer un SG-SSO para eliminar o minimizar el riesgo para los
trabajadores y otras partes interesadas quienes puedan estar expuestas a los riesgos de
SSO asociados con sus actividades;
b) Implementar, mantener y mejorar continuamente el sistema de gestión de
SSO;
c) Asegurarse del cumplimiento de su política de SSO establecida;
d) Demostrar la conformidad con esta NTP mediante:
1) Una autoevaluación y autodeclaración, o
2) La búsqueda de confirmación de su conformidad por las partes que tienen
interés en la organización, tales como los clientes, o
3) La búsqueda de confirmación de su autodeclaración por una parte externa a
la organización, o
4) La búsqueda de la certificación/registro de su sistema de gestión en SSO por
una organización externa.
Se pretende que todos los requisitos contenidos en esta NTP sean incorporados a cualquier
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sistema de gestión de SSO. El alcance de la aplicación va a depender de factores como la
política de la organización, la naturaleza de sus actividades, y los riesgos y complejidad de
sus operaciones y procesos.
Esta Norma Técnica Peruana está dirigida a atender la salud y seguridad ocupacional más
que a la seguridad de los productos y servicios, daños a la propiedad o impactos
ambientales.
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4. TÉRMINOS Y DEFINICIONES
Para los propósitos de la presente Norma Técnica Peruana se aplican los siguientes
términos y definiciones:
4.1 salud ocupacional: Programa de salud que tiene como finalidad promover y
mantener el mayor grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores; prevenir
todo daño a la salud causado por las condiciones de trabajo y por los factores de riesgo; y
adecuar las labores del trabajador, atendiendo a sus aptitudes y capacidades.
4.2 seguridad ocupacional: Programa de actividades, técnicas y
procedimientos que tienen por finalidad prevenir, investigar y controlar los riesgos de
accidentes en los ambientes de trabajo, a fin de evitar que éstos ocurran y ocasionen daños
a los trabajadores y empresas.
4.3 accidente de trabajo: Evento no deseado que ocurre con ocasión del
trabajo y que da lugar a lesión orgánica, perturbación funcional, enfermedad, invalidez ó
muerte u otra pérdida.
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enfermedad ocupacional: Enfermedad contraída a causa de una actividad laboral como resultado de la exposición a agentes o factores de riesgo inherentes al trabajo,
y que se origina, empeora o ambas por la actividad que se realiza o una situación
relacionada.
4.5 auditoría: Proceso sistemático, independiente y documentado para obtener
evidencias y evaluarlas de manera objetiva con el fin de determinar el grado en que se
cumplen los criterios de auditoría, en concordancia con la política y objetivos de la Organización (véase el apartado4.17).
NOTA 2: Independiente no significa necesariamente externo a la organización. En muchos casos, particularmente en las organizaciones más pequeñas, la independencia se puede demostrar mediante la
ausencia de responsabilidad por la actividad que se audita.
NOTA 3: Para orientación adicional acerca de “evidencia de la auditoría” y “criterios de auditoría”,
véase la ISO 19011.
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4.6 mejora continua: Proceso recurrente de optimización del Sistema de
Gestión de SSO (Véase el apartado 4.20) para obtener mejoras en el desempeño en salud y
seguridad ocupacional conforme a la política de SSO de la organización.
NOTA 4: El proceso no necesariamente se lleva a cabo de manera simultánea en todas las áreas de actividad.
4.7 acción correctiva: Acción tomada para eliminar la causa de una no
conformidad ( Véase el apartado 4.16) detectada u otra situación no deseable.
NOTA 5: Puede haber mas de una causa de una no conformidad.
4.8 acción preventiva: Acción tomada para prevenir y controlar los peligros,
enfermedades, accidentes, incidentes, no conformidades u otras situaciones potenciales no
deseables.
NOTA 6: La acción correctiva se toma para prevenir que algo vuelva a producirse, mientras que la
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acción preventiva (Véase el apartado 4.8) se toma para impedir que algo no deseable suceda.
4.9 documento: Información y su medio de soporte.
NOTA 7: El medio de soporte puede ser papel, magnético, óptico o electrónico, una fotografía o
muestra patrón, o una combinación de éstos.
4.10 peligro: Fuente, situación o acto con potencial de daño en términos de
lesión, enfermedad ó muerte, daño a la propiedad, daño al ambiente de trabajo o una
combinación de éstos.
4.11 identificación de peligros: Proceso de reconocimiento de que existe un
peligro (véase el apartado 4.10) y definición de sus características.
4.12 incidente: Evento no deseado relacionado con el trabajo que dió lugar o no
a afectación material o estructural o tuvo el potencial para llegar a ser un accidente, pero no
hay lesión, perturbación funcional, enfermedad ni víctima mortal, también se puede
denominar como casi-accidente.
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4.13 trabajador: Toda persona que desempeña una actividad laboral por cuenta
ajena remunerada, incluidos los trabajadores independientes o por cuenta propia y los
trabajadores de las instituciones públicas.
4.14 empleador: Toda persona física natural o jurídica que emplea a uno o
varios trabajadores.
4.15 partes interesadas: Individuo o grupo interesado , dentro o fuera del lugar
de trabajo (Véase el apartado 4.19) involucrado o afectado, por el desempeño en SSO
(Véase el apartado 4.22) de una Organización (Véase el apartado 4.21).
4.16 no conformidad: Incumplimiento de un requisito; puede ser cualquier
desviación de los estándares, prácticas, procedimientos, regulaciones de trabajo, requisitos
legales, desempeño del Sistema de Gestión, etc., y que podrían ser causa directa o indirecta
de lesión, enfermedad, muerte, daño a la propiedad, daño al ambiente de trabajo o una
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combinación de éstos.
4.17 objetivos: Propósitos que una Organización (Véase el apartado 4.21)
determina para cumplirlos en términos de desempeño en SSO (Véase el apartado 4.22).
NOTA 8: Los objetivos se deberían cuantificar siempre que sea factible.
NOTA 9: El apartado 5.3.3 exige que los objetivos de SSO sean consistentes con la política de SSO de la organización.
4.18 condiciones inadecuadas de trabajo: Condiciones y factores que afectan el
bienestar, la salud y seguridad de los trabajadores u empleados (incluidos los trabajadores
temporales y personal por contrato), visitantes o cualquier otra persona presente en el lugar
de trabajo ( Véase el apartado 4.19).
4.19 lugar de trabajo: Cualquier espacio físico donde los trabajadores
permanecen y desarrollan su trabajo bajo el control de la organización ó a donde tienen que
acudir por razón del mismo.
NOTA 10: Cuando se considera lo que constituye un lugar de trabajo, la organización (Véase el
apartado 4.21) debería tener en cuenta los efectos de la SSO sobre el personal que, por ejemplo: se
encuentra de viaje o en tránsito (por ejemplo va en automóvil, en avión, en barco o en tren), está trabajando en las instalaciones de un cliente, o está trabajando en su propia casa.
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4.20 sistema de gestión de SSO: Parte del Sistema de Gestión integral de la
empresa que permite la gestión de los riesgos de SSO asociados con la actividad de la
Organización. Esto incluye la estructura organizacional, actividades de planificación,
responsabilidades, prácticas, procedimientos, procesos y recursos para desarrollar,
implementar, alcanzar, revisar y mantener la política de SSO de la organización.
4.21 organización: Compañía, corporación, firma, empresa, institución o
asociación, cualquier parte o combinación de ellas, constituida o no como tal, ya sea
pública o privada, que tiene sus propias funciones y administración.
NOTA 11: En caso de organizaciones que tengan más de una unidad operativa, una sola unidad
operativa, se puede definir como una organización.
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4.22 desempeño de SSO: Resultados medibles del Sistema de Gestión de SSO,
relacionados al control de los riesgos de salud y seguridad de la organización, basados en
su política y objetivos de SSO.
NOTA 12: La medición del desempeño incluye la medición de las actividades y resultados de la
gestión de SSO.
4.23 procedimiento: Forma especificada para llevar a cabo una actividad o un
proceso.
4.24 registro: Documento ( Véase el apartado 4.9) que presenta resultados
obtenidos o proporciona evidencia de las actividades desempeñadas.
4.25 riesgo: Combinación de la(s) probabilidad(es) y la(s) consecuencia(s) de
ocurrencia de un evento peligroso específico que puede ocasionar lesión, enfermedad o
muerte al trabajador, daño u otras pérdidas.
4.26 evaluación del riesgo: Proceso integral para estimar la magnitud del(os)
riesgo(s) que surge(n) de un(os) peligro(s), teniendo en cuenta la suficiencia de los
controles existentes y de decidir si el (los) riesgo(s) es (son) aceptable(s) o no.
4.27 seguridad: Ausencia de riesgo inaceptable de daño (véase la GP-ISO/IEC
2).