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8/16/2019 Monografia Del Contrato Informatico (1)Modificado
http://slidepdf.com/reader/full/monografia-del-contrato-informatico-1modificado 1/34
UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE
GROHMANN
ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
DERECHO COMERCIAL III; CONTRATOS MODERNOS
CAPÍTULO I
CONTRATOS INFORMÁTICOS
1.1. ANTECEDENTES.-
Los contratos informáticos tienen un tratamiento jurídico sui generis;
tienen características particulares, emergentes del mercado internacional
de tecnología informática; por ende su regulación supera las normas
reguladoras de los contratos civiles y comerciales específicamente.
En muchos países sudamericanos, tales como Venezuela,
uatemala, !"#ico, $rgentina, las autoridades competentes para el
control de las ad%uisiciones p&'licas de hard(are y soft(are ela'oraron
contratos tipo o clausulas modelo para regir las relaciones de las
entidades de go'ierno, y en algunos casos empresas estatales con los
proveedores, en el caso de !"#ico y Venezuela, dichos contratos han sido
o'jeto de asiduas revisiones, a fin de perfeccionarlos y adecuarlos a los
emergentes por el avance tecnológico. )e ha tratado de simplificar las
clausulas correspondientes a test de aceptación ídem garantías, y a
via'ilizar otros tópicos.
En !"#ico seg&n *arlos !. *orrea, dentro del marco de una política
glo'al de desregulación, el +nstituto acional de Estadística, eografía e
+nformática -+E+ ha reemplazado la apro'ación previa de los
convenios, conforme a los modelos apro'ados por una fiscalización e#
post.
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1.1.1. Protección Del Soft!re.-
La tutela del soft(are, ha sido optada por la mayor parte de los
países industrializados, en el marco del derecho de autor.)on varios los países latinoamericanos, en los %ue se ha incoado
la aplicación del derecho de autor a los programas de computación.
En /rasil se ha legislado e#presamente lo citado.
1.1.". Protección De Lo# D!to# Per#on!le#.-
Los países sudamericanos, incoaron a0os atrás accionestendientes a legislar la informática en relación a la protección de los
datos personales.
*omo modelo a nivel mundial, se0alaremos %ue la constitución
de 1ortugal, la de 2345, en su artículo 2345, en su artículo 67, inciso
2 y 8, estipula'a el derecho de acceso y la prohi'ición de utilizar la
informática para el tratamiento de datos referentes a convicciones
políticas, fe religiosa o vida privada, e#cepto para fines estadísticos
no identifica'les.
/rasil, en su constitución federal promulgada el 7 de octu're de
2399 incluyo entre los :erechos y de'eres individuales y colectivos<,
el :=a'eas data<, para las siguientes finalidades>
a 1ara asegurar el conocimiento de informaciones relativas a la
persona del solicitante, %ue consten en registros o 'ancos dedatos de identidades gu'ernamentales o de carácter p&'lico.
' 1ara la rectificación de datos, cuando no se prefiera hacerlo
por proceso secreto, judicial o administrativo, estipulado en el
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artículo ?7, L@@+++, la constitución, Adem, reconoce la
inviola'ilidad y la vida privada.
1.". DEFINICI$N.-
En forma casi unánime un sector de la doctrina viene calificando a
los contratos informáticos como una categoría contractual autónoma, es
decir, como un contrato atípico %ue re%uiere -así lo e#igen una regulación
legal específica en el ordenamiento jurídico.
1ara !aría del *armen ete, $lonso *alera; los contratos
informáticos son a%uellos cuyo o'jeto viene constituido por un 'ien -cosa
yBo por un servicio informático.2
1ara *$CC$)*D)$ L1EF, 1DFD $CC$F y CDC+GEF E
*$)HCD, %uienes sostienen %ue los contratos informáticos son a%uellos
%ue tienen por o'jeto los 'ienes yBo servicios relacionados con la
informática.8
Ernesto !$CHDCELL y Iorge /EJEC!$ son de la opinión %ue loscontratos informáticos :es una e#presión de la doctrina denominada tanto
a los contratos referidos a 'ienes y servicios informáticos como a los
contratos cele'rados entre computadoras<6
1María del Carmen Gete-Alonso, La Ley, p. 1036, citada por Carlos Vattier Fuenalida en su
tra!a"o #$n torno a los contratos electr%nicos&, en Atilio A. Alterini, 'os( Luis )e Los Moos,
y Carlos Al!erto *oto Coa+uila, !. Cit., Vol. #, p 1.
2CARRASCOA LÓPEZ, Ma. A. POZO ARRANZ y E. P. RODRIGUEZ DE CASTRO ,
La contrataci%n inorm/tica el nueo 2orionte contractual. Los contratos electr%nicos e
inorm/ticos, Comares, Granada, 1, p. 3.
3 $rnesto $duardo MARTORELL, 4ratado de los contratos de empresa, 4. 555, $diciones )e
palma, uenos Aires, 1, p. 63.
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En nuestro medio, !$@ $C+$)K)*=CE+/ECH 1EFEH ha escrito %ue
no e#iste :un &nico tipo de contrato informático, sino más 'ien diferentes
modalidades de contratación destinadas a uno u otro o'jeto relacionado
con el ám'ito de la informática<. o o'stante, el autor ha ela'orado un
:$nteproyecto so're *ontratos Especiales< donde podemos encontrar un
ítem dedicado a los contratos informáticos.7o o'stante, el autor ha
ela'orado un :$nteproyecto so're *ontratos Especiales< donde podemos
encontrar un ítem dedicado a los contratos informáticos.5
*omo podemos apreciar, los referidos autores conci'en como una
categoría autónoma y atípica a los contratos informáticos, e#igiendo en
algunos casos su regulación el código civil o en una ley especial.
1ara el derecho peruano el o'jeto de los contratos es la relación
jurídica o'ligacional, mientras %ue para el derecho espa0ol y el derecho
argentino el o'jeto del contrato son los 'ienes y servicios o las
prestaciones; siguiendo la orientación de sus códigos civiles, los autores
espa0oles y argentinos han definido a los contratos informáticos tomando
en consideración>
4MAX ARIAS-SHREIBER PEZET, Contratos Modernos, Gaceta 'urídica $ditores, Lima,
1, p. 317.
MAX ARIAS-SHREIBER PEZET, #8ueos contratos en el 9royecto de C%di+o Ciil
ar+entino& en C%di+o Ciil del si+lo ::5. ;9er< y Ar+entina=, 4. 5, o!ra coordinada por 'or+e
Mu>i ?ic2es, Atilio A. Alterini y Carlos Al!erto *oto Coa+uila, $diciones 'urídicas, Lima,@000, pp. 71@-713.
!MAX ARIAS-SHREIBER PEZET, #8ueos contratos en el 9royecto de C%di+o Ciil
ar+entino& en C%di+o Ciil del si+lo ::5. ;9er< y Ar+entina=, 4. 5, o!ra coordinada por 'or+e
Mu>i ?ic2es, Atilio A. Alterini y Carlos Al!erto *oto Coa+uila, $diciones 'urídicas, Lima,
@000, pp. 71@-713.
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a Los 'ienes y servicios informáticos.
' La supuesta novedad o complejidad de los mismos.
c El dese%uili'rio de la información entre proveedores y clientes o
usuarios.
d El complicado lenguaje t"cnico del mundo de la informática.
1or lo tanto, definen en forma unánime a los contratos informáticos
como contratos atípicos cuyo o'jeto son los 'ienes yBo servicios
informáticos. Es decir todo acuerdo de dos o más personas %ue crea otransfiere derechos y o'ligaciones de contenido informático, ya sea por%ue
su o'jeto son 'ienes o servicios informáticos, o por%ue el acuerdo de
voluntades se realizó en forma informática.
1.%. CARACTERÍSTICAS DE LOS CONTRATOS INFORMÁTICOS.-
a Es de tipo complejo.K surge de una serie de enlaces jurídicos, alencontrar diversos contratos como la compra venta de hard(are y
de soft(are, leasing licencias de uso y mantenimiento.' Es un contrato atípico.K *arece de regulación propia, sin em'argo
se sujeta a la teoría general de los contratos.c Es principal. o depende de otro contrato %ue le sea precedente.
Hiene vida propia.d Es consensual. )in em'argo en la práctica se cele'ra por escrito
dada su importancia económica de los diferentes derechos y
o'ligaciones %ue se derivan de su e#istencia.
1.&. O'LI(ACIONES DE LAS PARTES.-
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Las partes intervinientes son sujetos de derechos y o'ligaciones y
son catalogados 'ajo las consideraciones de proveedores y usuarios.
1.&.1. Pro)ee*ore#.-
)on a%uellos encargados de la prestación de dar y hacer y
fundamentalmente constituidos por los constructores, distri'uidores y
vendedores de e%uipos, así como los prestadores de servicios
informáticos; algunas de sus principales o'ligaciones y derechos sonlas siguientes>
a )alvaguardar los intereses del cliente así como proporcionarleconsejo e información;
' *umplir con los t"rminos de entrega o prestación del servicio;
c arantizar sus productos y servicios;
d Cealizar convenientemente el estudio de via'ilidad en caso deserle solicitado;
e $ctuar con propiedad y 'uena fe ante los intereses del usuario;
f Ceci'ir el pago por la prestación realizada, etc.
g *a'e mencionar %ue no todos los proveedores informáticos sesujetan a estos lineamientos, por lo %ue en muchas ocasionesse suscitan conflictos con la contraparte.
1.&.". U#+!rio.-
Estos son a%uellos %ue reci'en la prestación de da o hacer por
parte de los proveedores, y están constituidos por el sector p&'lico y
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privado en sus diferentes niveles. Entre sus principales derechos y
o'ligaciones tenemos>
a +nformarse adecuadamente respecto de las implicacionesgeneradas al firmar este tipo de contratos;
' eterminar de manera precisa sus necesidades suscepti'les deautomatización, así como sus o'jetivos;
c *apacitar apropiadamente a su personal respecto al 'ien oservicio informático a reci'ir;
d $ceptar y reci'ir la prestación re%uerida, siempre %ue est"dentro de los t"rminos pactados;
e Cespetar los lineamientos puestos por el proveedor respecto almodo de empleo del material o los programas de cómputo;
f 1agar el precio convenido seg&n las modalidades ijadas entre
las partes.
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CAPÍTULO II
TIPOS , CLAUSULAS DE CONTRATOS INFORMATICOS
.1. TIPOS.-
$nte la gran diversidad de contratos informáticos %ue e#isten en la
actualidad, dividiremos su estudio en dos grupos diferenciados.
El primero, respecto al o'jeto, de'ido a las características especiales
de los distintos o'jetos so're los %ue pueden versar estos contratos Mya
sea hard(are, soft(are, servicios de mantenimiento y formación, o llave
en manoK %ue llevan a la necesidad de su estudio y tratamiento
individualizado.
El segundo, respecto al negocio jurídico, de'ido a %ue los contratos
informáticos, más com&nmente realizados, se han llevado a ca'o 'ajo el
paraguas protector de una determinada figura jurídica en la %ue han
encontrado acomodo, pero casi todos los casos, ha sido necesario
adecuar el o'jeto del contrato al negocio jurídico realizado.
.1.1. Por el Oeto.-
1or el o'jeto del contrato distinguiremos contratos de hard(are,
contratos de soft(are, contratos de instalación llave en mano y
contratos de servicios au#iliares.
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!/ Contr!to# *e 0!r*!re.- En los %ue hay %ue conceptuar como
hard(are todo a%uello %ue, físicamente, forme parte del e%uipo,
considerando como tal, tam'i"n, a los e%uipos de
comunicaciones u otros elementos au#iliares para el
funcionamiento del sistema %ue se va a implementar./ Contr!to# *e Soft!re.- =ay %ue diferenciar en el momento de
analizar una contratación de soft(are, si se trata de un soft(are
de 'ase o de sistema, o se trata de u soft(are de utilidad, o de
aplicación o usuario, ya %ue este <imo, de'e responder a unasnecesidades particulares, las del propio usuario, el %ue encarga
la aplicación, y %ue, por tanto, tendrán %ue %uedar claramente
especificadas en el contrato; sin em'argo, el soft(are de 'ase o
sistema y el soft(are de utilidad responden a unas
características generales %ue son las del propio sistema o las
de la utilidad a la %ue sirven y es un producto ya conformado de
antemano %ue no se somete a peticiones o particularidades del
usuario.c/ Contr!to# *e in#t!l!ción ll!)e en !no.- En los %ue irán
incluidos tanto el hard(are como el soft(are, así como
determinados servicios de mantenimiento y de formación del
usuario.*/ Contr!to# *e #er)icio# !+2ili!re#.- *omo pueden ser, el
mantenimiento de e%uipos y programas o la formación de las
personas %ue van a utilizar la aplicación respecto a e%uipos,
sistema o aplicaciones..1.". Por el Ne3ocio 4+r5*ico.-
e acuerdo con el negocio jurídico del contrato, e#istirán
tantos tipos de contratos como negocios jurídicos se realicen
so're este o'jeto. $sí, algunos de los más utilizados en el
campo de la informática son los llamados de venta, de
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arrendamiento financiero, de al%uiler, de opción de compra, de
mantenimiento, de prestación de servicios, de arrendamiento de
o'ra, de pr"stamo, de depósito.
!/ De )ent!.- *uando sea un contrato en el %ue el
suministrador, o vendedor en este caso, se o'liga a entregar
una cosa determinada, un 'ien informático, y la otra parte,
comprador, a pagar por el a un precio cierto -art. 27 **.
La venta tam'i"n puede ser de servicios.
/ De !rren*!iento fin!nciero.- !ediante el %ue se re%uiera%ue participen tres partes, el suministrador, vendedor, del
e%uipo informático, una entidad o intermediario financiero
%ue compra el 'ien, para un tercero %ue es el usuario, y el
usuario del 'ien %ue lo poseerá, pero lo tendrá en r"gimen de
arrendamiento financiero hasta %ue haya cumplido con unas
determinadas características o re%uisitos.c/ De !l6+iler.- El arrendamiento so're 'ienes informáticos es
un arrendamiento tipo de los regulados en el *ódigo *ivil,art. 276 y ss., caracterizado por%ue el suministrador se
o'liga a dar al usuario el goce o uso de un 'ien informático
durante un tiempo determinado y por un precio cierto.*/ De o7ción *e co7r!.- $un%ue la opción de compra no está
definida en nuestro ordenamiento y solamente se recoge
para 'ienes inmue'les en la legislación hipotecaria -art.2,
nuestra doctrina y jurisprudencia la tienen 'ien delimitada
e#igiendo %ue para %ue e#ista este tipo de contrato, tienen
%ue darse tres re%uisitos principales>e/ Re#7ecto !l o7t!nte.- %ue le de'e conceder la decisión
unilateral de la realización de la opción de compra.
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f/ Precio *e co7r!)ent!.- %ue de'e %uedar perfectamente
se0alado para el caso de %ue el optante decida acceder a
dicha compraventa.3/ Pl!8o *el eercicio *e l! o7ción *e co7r!.- e'e %uedar
determinado con claridad en el acuerdo de las partes.9/ De !nteniiento.- 1uede ser tanto de e%uipos como de
programas, o incluso, mantenimiento integral en el %ue se
puede incluir un servicio de formación, asesoramiento y
consulta.
i/ De 7re#t!ción *e #er)icio#.- En los %ue incluiríamosanálisis, especificaciones, horas má%uina, tiempo
compartido, programas, etc., %ue los podíamos calificar como
unos contratos de arrendamientos de servicios. El
arrendamiento de servicios se da cuando una parte se o'liga
con la otra a prestarle unos determinados servicios, con
independencia del resultado %ue se o'tenga mediante la
prestación. / De eec+ción *e or!.- consistente en el compromiso de
una de las partes, en nuestro caso el suministrador del 'ien o
servicio informático, a ejecutar una o'ra, y de la otra parte
realizar una contraprestación en pago por la o'ra llevada a
ca'o.:/ De 7r;#t!o.- caracterizado por%ue una parte entrega a otra
el 'ien informático para %ue use del durante un tiempo
determinado y le devuelva una vez cumplido ese tiempo y de
*omodato, consistente en un tipo de contrato de pr"stamo
en el %ue el suministrador transfiere el uso del 'ien
informático prestado. El *ódigo *ivil -art. 24N, se refiere al
comodato como un contrato de pr"stamo, en el %ue una de
las partes entrega a la otra alguna cosa no fungi'le para %ue
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use de ella por cierto tiempo y se la devuelva, indicando %ue
es esencialmente gratuito. En el caso de %ue se acuerde
entre las partes una retri'ución, deja de ser comodato para
pasar a ser un arrendamiento de cosas.l/ De *e7ó#ito.- %ue se constituye, de acuerdo con lo
esta'lecido en el *ódigo *ivil -art. 2479, desde %ue una
persona reci'e una cosa ajena con la o'ligación de guardarla
y restituirla, siendo un contrato gratuito, salvo pacto contrario
-art.245N, pero %ue en el caso de cumplirse los re%uisitosesta'lecidos en el *ódigo de *omercio -art.6N6, se trata de
un deposito mercantil, en el %ue el depositario tendrá
derecho a e#igir retri'ución por el deposito, salvo pacto
contrario -art.6N, con las o'ligaciones para el depositario
de conservación de la cosa, en este caso, del 'ien
informático, de acuerdo con lo esta'lecido en los arts.6N5 y
concordantes del mismo cuerpo legal.
.1.%. Contr!to# Co7leo#.-
)on a%uellos contratos %ue contemplan los sistemas
informáticos en su integridad, siendo las modalidades de esta
especie las siguientes>
!/ Contr!to 7!rci!l < 3lo!l *e #er)icio# infor=tico#.- -es la
su'contratación de todo o de parte del tra'ajo informático
mediante un contrato con una empresa e#terna %ue se integra
en la estrategia de la empresa y 'usca dise0ar una solución a
los pro'lemas e#istentes, donde tam'i"n se incluyen los
auditores informáticos.
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/ Contr!to *e re#7!l*o o >!c: +7O -la finalidad es asegurar el
mantenimiento de la actividad empresarial en el caso %ue
circunstancias previstas pero inevita'les impidan %ue siga
funcionando el sistema informático poniendo a disposición de la
empresa, dentro de los límites del contrato, los medios
informáticos para %ue pueda continuar el proceso;En t"rminos
generales los contratos más comunes en +nternet son las
compras de programas informáticos -soft(are, hard(are,
fonogramas comerciales, m&sica, li'ros, acciones, servicios depostKventa y turismo
.". CLAUSULAS TIPO DE LOS CONTRATOS INFORMATICOS.-
)in carácter e#haustivo, ya %ue no se trata a%uí de esta'lecer todas y
cada una de las cláusulas %ue de'en incluirse en cada uno de los diferentes
contratos informáticos, y con la &nica intención de citar algunas de las
cláusulas %ue pueden encontrarse en un contrato tipo, ca'e se0alar>
.".1. Oeto *el contr!to.-
Es decir, las modalidades de los derechos y o'ligaciones
respecto a los 'ienes o servicios informáticos en la %ue se fijará el
contenido del mismo, pudiendo ser tanto 'ienes como servicios
informáticos, o am'os. Es preciso %ue este sea descrito con claridad,
como forma de evitar, en ocasiones, un dese%uili'rio entre las partes
de'ido a la posición predominante %ue puede tener una so're la otra.
.".". D+r!ción < re#ci#ión.-
Es el t"rmino de vigencia del contrato, el cual podrá verse
interrumpido en caso de trasgresión de cláusulas por alguna de las
partes.
.".%. Precio.-
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*aracterizado "ste por ser justo, verdadero y en dinero, es
conveniente %ue el precio %uede esta'lecido en el contrato y %ue no
se sujete a variaciones. )e esta'lecerá tam'i"n el momento en %ue se
pagará el precio %ue, de no ha'er pacto en contrario, será despu"s de
la aceptación del producto o servicio contratado.
.".&. F!ct+r!ción < P!3o.-
Los cuales tendrán lugar de acuerdo con las consignas
particulares esta'lecidas por mutuo acuerdo.
.".?. Control@ #+7er)i#ión < !cce#o.-Cecaen en la responsa'ilidad de los usuarios, a fin de %ue las
actividades informáticas se den en las condiciones más favora'les sin
injerencias internas o e#ternas inadecuadas.
.".. M!nteniiento.-
)in perjuicio del contrato de mantenimiento específico %ue las
partes puedan suscri'ir, el suministrador de'e garantizar al usuario la
prestación del mismo dentro de un determinado período de tiempo %ueha'rá de fijarse en el contrato.
.".B. A#i#tenci! < for!ción.-
Hodo esto a fin de %ue las mencionadas actividades informáticas
se den en los t"rminos más atingentes, evitando de esta manera
pro'a'les actitudes negligentes o impropias por falta de un
conocimiento t"cnico pertinente por parte del usuario.
.".. M!n+!le# < *oc+ent!ción.-
Pue de'en servir al usuario para manejar el sistema y los
programas, así como o'tener la ayuda necesaria ante situaciones en
las %ue se produzca un funcionamiento inadecuado del sistema o
aplicación.
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.".. Pro7ie*!* *e lo# 7ro3r!!#.-
En virtud de la ausencia de un adecuado r"gimen regulador
respecto a los programas de cómputo.
.".1. Protección !teri!l *e l! infor!ción.-
Esto es el caso de a%uella información propiedad del usuario %ue
est" 'ajo resguardo del proveedor, a fin de desarrollar un programa.
.".11. Secreto < confi*enci!li*!*.-
Esto es en cuanto a las informaciones %ue se provean por am'as
partes con motivo de la cele'ración del contrato..".1". Re#7on#!ili*!* < 3!r!nt5!#.-
$%uellas o'ligaciones inherentes a la firma de un contrato, en
este caso informático.
.".1%. Di#7o#icione# 3ener!le#.-
Hales como la no credi'ilidad de las o'ligaciones, preeminencia
del contrato so're otros documentos, incumplimiento del contrato en
caso de nulidad, necesidad de ane#os, etc..".1&. Cl=+#+l!# *i)er#!#.-
)on a%uellas %ue se refieren a un concepto en especial y %ue las
partes convienen insertar para crear una mejor relación contractual.
.".1?. Pr+e!# *e !ce7t!ción.-
!ediante las %ue se compro'ará %ue el sistema los programas
o'jeto del contrato cumplen los re%uisitos y especificaciones pactadas.
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CAPÍTULO III
ETAPAS , RIES(OS DE LA CONTRATACI$N INFORMATICA
%.1. ETAPAS.-
La etapa precontractual es a%uella en la %ue se desarrollan las
tratativas previas, cuando de'en definirse las necesidades del usuario y se
e#ige un de'er de asesoramiento o consejo al futuro proveedor y una
o'ligación de información al futuro usuario. Es un momento de particular
importancia para documentar cómo se construyó el acuerdo de voluntades,
y de acumular elementos para acreditar estas circunstancias en caso de
conflicto posterior. *uando se produce el acuerdo de voluntades, a
diferencia de otros contratos, pueden distinguirse en esta fase la entrega
física de los e%uipos, la instalación y puesta en marcha, el Otest de
aceptaciónO, y la aceptación o recepción provisoria. )uperado el Otest de
aceptaciónO, comienza la ejecución propiamente dicha, en la %ue puede o
no e#istir un período de garantía, para %ue suceda la recepción definitiva, y
donde se ponen en juego las garantías específicas de estos contratos.
1odemos se0alar como aspectos sustanciales de los contratos informáticos
el concepto de sistema como principio fundamental interpretativo de la
voluntad de las partes, el de'er de consejo e información a cargo del
proveedor y su contraparte -el de'er de información %ue pesa so're elusuario, encuentra su límite en la o'ligación de asesoramiento y consejo
%ue corresponde al proveedor %ue asume en esta etapa precontractual un
papel protagónico, el de'er de informar adecuadamente sus necesidades
por parte del usuario -el usuario tiene el de'er de estudiar y analizar sus
necesidades, con diligencia, sólo "l está en condiciones de esta'lecer el
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contenido del re%uerimiento efectuado al proveedor, %ue de'e partir de un
adecuado y claro conocimiento de sus necesidades, como aplicación del
principio de 'uena fe contractual, y el instituto del Otest de aceptaciónO
previo a la aceptación o declaración %ue el sistema es Ode reci'oO. Ham'i"n
se presentan particularidades en las garantías e#igi'les en el cumplimiento
de la prestación, como son la compati'ilidad, la escala'ilidad y la
modularidad.
%.". RIES(OS.-
Los principales riesgos %ue se presentan se vinculan con la falta de
seguridad %ue puede e#istir, la %ue se origina en las demoras o faltas de
envío de la mercadería contratada, la inaltera'ilidad de los contenidos de
la oferta, contraoferta y aceptaciones %ue se pueden modificar si son
interceptadas, la falta de identidad de los contratantes y su eventual
incapacidad.
En este conte#to la firma y los certificados digitales resultan
herramientas de inestima'le valor desde el momento en %ue los contratos
se realizan onKline -a trav"s de la +nternet, es decir sin la presencia física
de las partes y frente a la utilización pervertida de las nuevas tecnologías
-aparición de los denominados delitos informáticos, %ue atentan contra la
información como 'ien jurídico de naturaleza colectiva o macroKsocial.
En definitiva, la firma digital se presenta como un instrumento deseguridad y confidencialidad de las actividades %ue se producen en el
curso de la interacción humana en todos sus ám'itos y %ue dependen de
los sistemas informáticos -transporte, comercio, sistema financiero,
gestión gu'ernamental, arte, ciencia, relaciones la'orales, tecnología,
etc..
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$sí tam'i"n e#isten riesgos %ue pueden manifestarse respecto a los
e%uipos informáticos, programas, centro de cómputo, archivos,
información., etc. y a&n en relación con la responsa'ilidad civil %ue "stos
ocasionen frente a terceros con motivo de la prestación de un servicio
informático.
$lgunos de los principales riesgos de este tipo son a%uellos referidos a
los proyectos informáticos, instalación de e%uipos, archivos y programas,
p"rdidas económicas con motivo de desperfectos en el e%uipo,
responsa'ilidad respecto a terceros, etc"tera.
$nte esta situación es conveniente apoyase en información estadística
a fin de evaluar este tipo de riesgos en cuanto a su pro'a'le verificación,
previsión o disminución de efectos. Estos riesgos es conveniente %ue
sean o'jeto de aseguramiento a fin de protegerse contra los acentuados
perjuicios financieros %ue "stos puedan traer aparejados, por lo %ue es
urgente la ela'oración de pólizas e# profeso %ue contemplen este tipo de
riesgos.
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CAPÍTULO I
PARTES DE UN CONTRATO INFORMATICO
En la contratación informática se ven involucrados varios elementos, a
los %ue podemos denominar complementarios, %ue s" interrelacionan entre sí.
$sí, distinguiremos entre> contratantes, parte e#positiva, cláusulas o pactos y
ane#os, %ue se analizan a continuación.
*.1. LOS CONTRATANTES.-
o es lo mismo la contratación informática realizada entre profesionales
de la informática, %ue la contratación informática realizada entre un
profesional de la informática y un tercero.
1or ello, la identificación y situación profesional de los intervinientes
reviste gran importancia, de'iendo fijar, no solamente %uien ad%uiere cada
responsa'ilidad proveniente de la contratación y a %uien representa, sino
tam'i"n %ue conocimientos o formación profesional, o empresarial,
relacionada con el tema o'jeto del contrato, tiene cada uno de'ido a la
o'ligación e#istente, desde la óptica de una 'uena fe contractual, de
informar correctamente a la otra parte y de proporcionar claridad a las
cláusulas y o'ligaciones del contrato.
La formación de la voluntad y las responsa'ilidades de cada una de las
partes, tienen una relación con la identificación personal y profesional de las
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mismas, %ue la convierten en dato de gran importancia en este tipo de
contratos.
*.". PARTE EGPOSITIA.-
En esta parte se e#pone, de forma clara y concreta, el por %u" y el para
%u" del contrato. Es importante se0alar %ue dentro de los contratos
informáticos es imprescindi'le fijar de forma sencilla, por%ue se realiza el
contrato y cuales han sido los condicionantes o circunstancias %ue han
movido a las partes a unirse mediante esta relación contractual.
1ara ello, se fijaran los intereses de cada cual, especificando las
necesidades de uno y la oferta del otro; dejando 'ien claro %ue es lo %ue
ofrece una parte y %ue es lo %ue acepta la otra y de'iendo e#istir una
coincidencia real so're el o'jeto, o concepto %ue de el y de su utilidad
respecto al fin perseguido, tienen cada una de las partes.
1or otro lado es de especial inter"s esta'lecer claramente el negocio
jurídico en el cual luego, de acuerdo con la teoría general para ese negocio
en el ordenamiento, se pueda su'sumir el caso e interpretar el contrato.
*.%. CLAUSULAS O PACTOS.-
1artiremos del principio de 'uena fe y, esta'leceremos una Oo'ligaciónO
de cola'oración en am'os sentidos; el suministrador de'e cola'orar con el
usuario y, lo %ue es igual de importante, el usuario de'e cola'orar con el
suministrador.
$demás, el usuario de'e respetar y seguir las directrices %ue, respecto
al 'ien contratado y su implementación en el circuito de información, le
indi%ue el suministrador y, consecuentemente, utilizar el e%uipo informático
o los programas, siguiendo las instrucciones %ue, para su óptima utilización,
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le se0ale. El suministrador, por su parte, se e#onera de responsa'ilidad en
el caso en %ue e#ista una anomalía consecuencia del incumplimiento por
parte del usuario de estas instrucciones de funcionamiento o manejo.
Estas cláusulas o pactos han de cumplir los siguientes re%uisitos,
aun%ue son orientativos>
a D'ligaciones de las partes, claras y concisas.' El de'er de asesoramiento.c El cumplimiento del plazo.
d La formación del usuario.e 1rohi'ición de su'arrendar.f )ustitución del e%uipo.g efinición de t"rminos o conceptos oscuros.h El mantenimiento preventivo.i *láusulas de garantía.
*.&. LOS ANEGOS.-
Es fundamental %ue los contratos informáticos vayan acompa0ados de
unos $ne#os %ue incorporados a ellos y con la misma fuerza de o'ligar,contengan diferentes desarrollos de elementos %ue forman parte sustancial
del contrato.
Entre los $ne#os tipo, %ue ayudan a descri'ir el o'jeto y %ue siempre
de'en figurar, en un contrato informático destacan>
a Especificaciones del sistema a contratar.' Especificaciones de los programas a desarrollar.
c 1rue'as de aceptación.d Cesultados a o'tener y %ue, en alg&n caso, formaran el propio o'jeto
del contrato.e $nálisis.
CAPÍTULO
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MODALIDADES DE CONTRATOS INFORMATICOS
?.1. EL CONTRATO INFORMÁTICO DE MANTENIMIENTO.-
?.1.1. Conce7to.-
El contrato de mantenimiento, es un acuerdo 'ilateral por el cual
una parte, el proveedor, se o'liga en forma independiente, a mantener
en 'uenas condiciones de funcionamiento el e%uipo físico o el soporte
lógico se0alado por la otra parte, el usuario, %ue se o'liga a pagar un
precio.H"ngase en cuenta %ue el e%uipo físico es el hard(are, el
ordenador o computadora, y el soporte lógico, es el soft(are, %ue es un
programa a trav"s del cual se concretiza su cumplimiento.
?.1.". C!r!cter5#tic!# *el contr!to *e !nteniiento.-
Las principales características son las siguientes>
!/ E# +n contr!to il!ter!l.K !erced a la e#istencia de prestaciones
reciprocas, tanto del usuario, como del proveedor./ E# onero#o.-1uesto %ue las prestaciones de una de las partes, es
asumida en relación a las prestaciones de la otra parte 4.c/ E# !le!torio.-En virtud, %ue no se conoce el momento de su
suscripción y la medida efectiva en %ue se producirán los riesgos
previstos.*/ E# +n contr!to *etr!cto #+ce#i)o.K 1uesto %ue las prestaciones
serán de ejecución continuada, en relación a su o'jeto.
?.1.%. N!t+r!le8! +r5*ic!.-
" S&n '()*+a,i&n)* -a./a0.)* )n in)(&
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El contrato informático es un contrato nominado, atípico, por no
contar con una regulación, y normatividad propia; en tal virtud %ueda
sujeto a la legislación estipulada para las figuras contractuales típicas
-li'ro V++ del código civil de 239, fuentes de las o'ligaciones.Es menester se0alar %ue e#iste contratos afines al contrato de
mantenimiento, sin em'rago e#isten ligeras diferencias. entro de
estas modalidades contractuales tenemos, el contrato de tra'ajo,
locación de servicios, asistencia t"cnica, locación de cosas, garantía
por vicios redhi'itorios, entre otras.El contrato de mantenimiento se diferencia del contrato de
locación de servicios, merced a %ue el <imo citado enmarca una
su'ordinación jurídica e#istente entre las partes; y al contrario sensu,
el contrato de mantenimiento se contrae con respecto a'soluto de la
independencia jurídica de cada una de las partes. H"ngase en cuenta
%ue el contrato informático lo %ue procura es el óptimo funcionamiento
del ordenador -computadora, su programa, asumi"ndose el riesgot"cnico por parte de %uien reci'e el precio, en cam'io, en la locación
de servicios, la finalidad principal es la prestación del tra'ajo mismo,
esta es otra de las diferencias e#istentes entre los contratos en
mención.La garantía por vicios redhi'itorios está encaminada a garantizar
al usuario por los defectos e#istentes en el e%uipo o soporte lógico al
tiempo de la ad%uisición y como consecuencia de ella, será impropio
para la finalidad procurada, disminuyendo su utilidad.
?.1.&. Cl!#ific!ción *e lo# contr!to# *e !nteniiento.-
Los contratos de mantenimiento, pueden ser clasificados en la
relación de distintos criterios, como su instrumentación, las
características propias de la prestación o el carácter su'jetivo.
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?.1.&.1. En )irt+* *e #+ in#tr+ent!ción.-Las clausulas pertinentes pueden estipularse en el mismo
instrumento %ue en el contrato de provisión de e%uipo, o puede
estipularse en forma independiente y pueden ser clasificados de la
forma siguiente>
!/ In*e7en*enci! re!l.- Esto se da cuando, al margen de
instrumentarse separadamente, el prestador del servicio de
mantenimiento no es el proveedor del e%uipo, ni un tercerosu'ordinado de forma alguna al mismo.
/ In*e7en*enci! for!l.- )e caracteriza, por el hecho de %ue
el contrato de mantenimiento se encuentra estructurado en
un instrumento independiente, mientras %ue el proveedor del
servicio es el mismo proveedor del e%uipo o un tercero
directamente su'ordinado a a%uel.
?.1.&.". En rel!ción ! l!# c!r!cter5#tic!# *e l! 7re#t!ción
< en r!8ón *el tie7o o *el l+3!r@ lo# contr!to# *e
!nteniiento@ 7+e*en cl!#ific!r#e enH!/ Tie7o.-K M!nteniiento 7re)enti)o.K es el %ue realiza en
forma periódica efectos de asegurar el óptimo
funcionamiento, y antes de %ue ocurra una
emergencia.K M!nteniiento *e eer3enci!.K se presta el
servicio en forma esporádica, y solo ante la
e#istencia de una emergencia./ L+3!r.-
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La prestación del servicio se verifica en el lugar físico
en %ue se encuentra el e%uipo y por medio de una
dotación permanente de t"cnicas del proveedor allí
esta'lecido.1or llamada.K el servicio se presta ante el
re%uerimiento e#preso de una llamada, telefónica,
t"le#, telefa#, etc. Esta es la más frecuente en la
actualidad.c/ En )irt+*, del o'jeto del contrato se clasifica en>
E6+i7o f5#ico 9!r*!re/.- esta relacionandoal mantenimiento del ordenador
-computadora; este es el más com&n de
estos contratos> las modalidades más usuales
la preventiva o de emergencia y por lal da de
usuario. So7orte ló3ico #oft!re.K está relacionado
a los programas especiales para usuarios
determinados, el mantenimiento forma parte
del contrato de desarrollo del soft(are.
?.1.?. Oli3!cione# *e l!# P!rte# Inter)iniente# en el Contr!to *e
M!nteniiento!/ El 7re#t!*or o 7ro)ee*or .K )e compromete a realizar las
prestaciones de servicios %ue el cliente solicite y a seguir sus
indicaciones respecto a los mismos, siempre y cuando, "stas
sean acorde con los t"rminos y condiciones %ue seanpactados en el contrato.
/ El cliente> )e o'liga a a'onar la cantidad económica indicada
conforme a la forma esta'lecida en el apartado
correspondiente, así como a proporcionar al prestador toda la
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información %ue pudiera re%uerir para la prestación del
servicio.
?.". CONTRATOS INFORMÁTICOS EN RELACI$N A LOS 'ANCOS DE
DATOS.-
?.".1. Conce7to *e '!nco *e D!to#.- E#isten diversas posturas, para la dación del concepto de
/anco de datos, sin em'argo es menester comentar %ue no e#iste un
concepto &nico, específico so're el ítem en tratamiento.Gno de los conceptos más comunes con el %ue nos
identificamos es a%uel dado por Cicardo $ltmarQ %ue se0ala %ue el
/anco de datos es un fichero documental, capaz de concentrar gran
volumen de información con referencia a una o varias disciplinas,
consulta'les en forma directa o mediante la utilización de terminales
remotos.*omo modelo de un 'anco de datos, se0alaremos el e#istente
en $rgentina, puesto %ue ellos cuentan con el )$+I, )istema $rgentino de +nformática Iurídica, %ue se constituye en un 'anco de
datos, de jurisprudencia, legislación, doctrina, decretos nacionales,
convenios colectivos, etc., %ue son consulta'les en forma directa o a
trav"s de la utilización de terminales remotos. Hratándose del 1er&
ca'e mencionar el )1+I -)istema 1eruano de +nformación Iurídica.
?.".". Pro*+ctor.-
El productor, es comprendido, como a%uel %ue constituye, a
partir de la información primaria -documento original; en informática
jurídica, te#to completo de la ley o de la sentencia, todo un conjunto
complejo de datos inaccesi'les, en principio por vía informática y
comunicación telemática, lo %ue no e#cluye la prestación del servicio
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en forma directa, %ue es conocida por los franceses como
RPuestions C"ponsesS, por carta o tel"fono.La función de generación informática de la información,
conocida en Trancia como el R)enBeurS, se constituye en el centro
de cómputo, %ue hace facti'le la recuperación de los documentos
ela'orados por el productor, así oumola de los distri'uidos del
producto final a los potenciales interesados.- A#i#tenci! !l +#+!rio.- La difusión informática, %ue permite la
interrogación del 'anco de datos por vía telemática, mediante la
utilización de terminales remotos, y la su'secuente intervención en
la operación de e%uipamiento, programas específicos de
comunicación, ídem aspectos relacionados al transporte de la
información.K T!rif! *el #er)icio.- El contrato de'erá esta'lecer ei precio de la
cone#ión y las interrogantes. 1odrán estipularse distintas
modalidades -a'onos, tiempos mínimos de consulta, tiempo de
consulta efectiva, escalas decrecientes, etc.. $si como tarifasespecíficas en atención al tipo de consulta y las características de
la respuesta.K Confi*enci!li*!*.- El productorKdistri'uidor, de'erá mantener el
secreto profesional y el de'er de discreción en lo concerniente a la
confidencialidad de las interrogantes del usuario, no pudiendo
revelar a terceros el tenor de las mismas.El incumplimiento de esta o'ligación generará responsa'ilidades de
carácter civil y penal.
?.%. CONTRATOS POR ORDENADOR COMPUTADORA/.-
?.%.1. De#!teri!li8!ción Contr!ct+!l.-
El fenómeno de la desmaterialización, fue incoado por
necesidad. La cantidad de operaciones 'ancarias %ue implica el co'ro
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de un empr"stito, se media en cantidades e#or'itantes. La masa
documental %ue re%uiere un cumulo de personas, espacios,
procesamiento, así como otros aspectos; razón por la cual otrora se le
considero una tiranía del invento chino -el papel. =oy en día la
*omputación importa la li'eración de tales recaudos tediosos.
=oy en día, un microprocesador medio, personal, posee
capacidad de memoria e#pansi'le sin limite6 y puede interconectarse
a sistemas internaciones leyendo las noticias a medida %ue se
producen en todo el mundo en forma directa, como si estuvieran enueva UorQ, Coma, )ydney, 1aris, etc., al mismo tiempo.
esde su casa u oficina, el titular puede manejar su cuenta en el
'anco, ordenar transferencias, convenir todo tipo de operaciones ya
sea internamente en un país o en distintas plazas e ídem actuar en
cual%uier sistema financiero, inmo'iliario o de cual%uier actividad sin
otro recuerdo de su procesamiento en el programa y registración
de'ida.Las redes informáticas, contratan e imparten instrucciones a
todos los continentes de día y noche. La apro'ación de la tarjeta de
cr"dito es realizada actualmente poniendo la tarjeta en el terminal de
un ordenador -computador %ue leyendo magn"ticamente la misma,
verifica la autenticidad de la tarjeta, reci'e del cere'ro central
autorización para la operación, factura la misma -o'viando los
compro'antes, imputa los impuestos, etc.
La compraventa, por ordenador -computadora, en materia de
contratación desmaterializa los documentos o'soletos; generando la
via'ilidad del elemento principal de todo contrato %ue es el patrimonio.
$ trav"s del ordenador, se efect&a grandes transacciones
comerciales de orden internacional. Esta nueva modalidad contractual,
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se 'asa en mensajes emitidos y reci'idos por ordenadores, con clave,
códigos y sistemas de redes de intercone#ión, registrando las
operaciones en las memorias de cada e%uipo.
- L! 7ro!n8! *e l!# contr!to#.- La informática permite u(e el
documento sea electrónico. Las 'andas magn"ticas, los microfilms,
los archivos de computación, se leen e interpretan a trav"s de
pantallas, prescindi"ndose del papel.- N!t+r!le8! 4+r5*ic! *e lo# contr!to# 7or lo# or*en!*ore#.- )on
contratos atípicos, pero nominados; se consideran contratos entreausentes, puesto %ue la aceptación definitiva, no es dada en
presencia de la otra parte interviniente en el contrato.
?.&.-RELACION ENTRE EL PRODUCTOR , EL SERICE DE
COMPUTACION
?.&.1. Antece*ente#.-
El V *ongreso +nternacional de +nformática y Ceglamentación
Iurídica, organizado por la *orte )uprema de *asación, cele'rado en
Coma en mayo de 2399 y el *ongreso RVeinte a0os de informática y
erechoS cele'rado en Estras'urgo, en noviem're de 2396, am'os
congresos han aportado doctrina relevante al erecho informático.
Es menester comentar %ue las relaciones entre los proveedores
de la información de origen, el productor, el centro de cómputo, el
distri'uidor y los usuarios, dan origen a un c&mulo de relaciones
contractuales.
El service de computación R)erveurS, para los franceses, es elproveedor de energía y servicios informáticos del productor con %uien
contrata. H"ngase en cuenta %ue el service de computación no tiene
relación contractual alguna con el usuario,
?.&.". F+ncione# *el Ser)ice *e Co7+t!ción.-
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entro de las principales funciones del service de computación
tenemos al acceso al 'anco de atos, en el %ue la prestación primordial
del service de computación consiste en el aporte de los elementos
t"cnicos y operativos necesarios para permitir la interrogación en forma
satisfactoria del 'anco de datos, cuyas condiciones de'erán estipularse
contractualmente.
La calidad re%uerida de la prestación del servicio dei serBice de
computación supone %ue los medios utilizados -hard(are y soft(are,
son suficientes para garantizar el acceso satisfactorio del usuario del'anco de datos, ídem, de'en estipularse dispositivos de seguridad para
los casos de detención y so'recarga del sistema de 'anco de datos.
?.&.". F+ncione# *el 7ro*+ctor
Las funciones del productor, se concretizan en las siguientes formas>
a *oncepción del proyecto.K En marca la definición de o'jetivos, lainformación a registrar -signos, pala'ras, gráficos, dise0os, sonidos y
sus posi'les com'inaciones $sí como los registros -te#tos completos o
a'stractos' colecta, acopio de la información.c ela'oración de datos.K enmarca el análisis la interpretación y la
inde#ación de los documentos primarios, o 'ien la redacción de los
a'stractos.d organización y coordinación de la producción.K un 'anco de datos es
com&nmente e#plotado por vía de su difusión informática re%uerida,
esto posi'ilita el acceso al mismo y la recuperación de la información
re%uerida por medio de la utilización de terminales remotos conectados
telemáticamente.
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El 'anco de datos puede estar inmerso dentro de la comercialización ídem
puede distri'uirse; enmarca diversas su'Kfunciones como es del servicio del
centro de cómputo. -ise0o informático, programación, corrección, etc. $sí
como funciones cone#as.
entro de las principales su'Kfunciones %ue enmarca el 'anco de datos dentro
de su función de comercialización o distri'ución tenemos las siguientes>
Kpromoción de 'anco de datos.K importa las distintas formas se pu'licidad y las
demostraciones.K*ontratación y facturación.K el contrato entre distri'uidor y usuario constituye
uno de los ám'itos contractuales emergentes de la operación de un 'anco de
datos.
KTormación y capacitación de los usuarios
K)ervicio de posventa.K enmarca la atención de dificultades del usuario en la
utilización y el aprovechamiento de la información ofrecida por el producto.
K+ntermediación entre el distri'uidor y el usuario.K esto, para los casos en %ueel usuario no recupera en forma directa la información re%uerida utilizando su
terminal remoto.
Ktransporte de la información.Kconcierne a las distintas vías del acceso al
'anco de datos a trav"s de terminales remotos.
?.?.- RELACIONES ENTRE EL PRODUCTOR J DISTRI'UIDOR , LOS
USUARIOR.-
*uando el productor asume las funciones de comercialización y
de distri'ución, es menester tener en cuenta los aspectos contractuales
%ue enmarcan la relación del citado con el servicio de difusión
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informática -centro de cómputos. $ su vez, su vinculación con el
usuario.
?.%.". Princi7!le# cl=+#+l!# contr!ct+!le#.-
e tenerse en cuenta %ue el productor al ejercer las funciones de
productorKdistri'uidor, esto significa el ofrecimiento al usuario del 'anco
de datos, y su &til aprovechamiento. Los citado incorpora las distintas
o'ligaciones %ue de'erán contractualmente cumplirse> _ Entrega al usuario de una descripción del 'anco de datos, junto al
denominado :manual del usuario<.
_ Tormación y capacitación del usuario para el uso del 'anco de
datos en forma idónea.
CAPÍTULO I
DIFERENCIA ENTRE CONTRATO INFORMÁTICO- CONTRATOS
ELECTR$NICOS
*ontrato informático, será todo contrato %ue tenga como o'jeto un 'ien o
un servicio informático. Los contratos informáticos se refieren al :fondo< de la
contratación. Los contratos informáticos están referidos a 'ienes o servicios
informáticos. *ontrato electrónico se entiende a todo a%uel contrato-tradicional o no %ue se haya realizado por ese medio -electrónico, lo cual
no sólo se limita a +nternet sino a tecnologías anteriores como el Ta# o
posteriores aun en desarrollo. Los contratos electrónicos se refieren a la
:forma< de la contratación. Los contratos electrónicos no están limitados por
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ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
DERECHO COMERCIAL III; CONTRATOS MODERNOS
su o'jeto, sino por el medio %ue se emplea para realizar dicho contrato -el
cual es un medio electrónico.
Hengan, por su propia naturaleza, una identidad particular unida al
tratamiento automático de la información. Es este o'jeto de la contratación
informática, los 'ienes y servicios, el %ue determínala especialidad de la
misma, y %ue en ocasiones de'ido a la naturaleza de la misma, e#ige %ue
de'a tenerse en consideración unas características especiales en el
momento de la formación de la voluntad de las partes. $demás de lo anterior,
es necesario se0alar %ue, ha'itualmente, se produce una indefensión por
una de las partes de la contratación, el usuario, de'ido al desconocimiento,
en general, de la informática, y la posición dominante de algunas entidades
en el sector.
CONCLUCIONES
*omo hemos visto la contratación de 'ienes y la prestación de serviciosinformáticos no tiene una calificación uniforme %ue la pueda situar, en cadacaso, en un modelo o tipo de contrato de los %ue figuran en nuestroordenamiento.
Los contratos informáticos están formados por elementos dispares %uee#igen la mezcla o unión de dos o más tipo de contratos para poder configurar sus características, siendo su o'jeto m<iple y diversificado, pudiendo darse
multitud de figuras %ue dese%uili'rarían cual%uier relación tipo %ue se puedapensar. Hodo ello de'ido a la pluralidad de las partes %ue intervienen y ladispersión de intereses entre ellas, así como a la particularidad dedeterminadas cláusulas %ue forman parte de este tipo de contratos.
$simismo el desconocimiento por el usuario, en t"rminos generales, delas posi'ilidades y límites de la informática, hace %ue no todo en el contrato
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pueda estar 'asado en el ya mencionado principio de la autonomía de la
voluntad de los contratantes.
En muchas ocasiones, son contratos de adhesión, en los %ue una delas partes fija las cláusulas del contrato y lo otra se adhiere a las mismas, sintener posi'ilidad de modificar ninguna de ellas. Estos contratos de adhesiónson producto de la contratación en masa %ue, frecuentemente, violan losderechos de los consumidores de 'ienes y servicios informáticos por el grandese%uili'rio %ue se produce al faltar la emisión li're de voluntad por una delas partes en la fijación de las cláusulas del contrato.
En algunos casos, como el de las conocidas contrataciones llave enmano, seria adecuada la aplicación de la teoría del resultado en lecontratación informática, en un claro arrendamiento de o'ra. $hora 'ien, elloimplica %ue los resultados se especifi%uen en el contrato definiendo cualesson, dentro de unos limites razona'les, o dicho de otra forma, cuando lafunción 'ásica de tratamiento de la información sea cumplida aun%ue sepuedan dar algunos comportamientos de la misma %ue, sin tener gran cargaso're la aplicación, no sean los adecuados o adolezcan de algunos errores ofallos.
'I'LIO(RAFÍA
- ÍCTOR 4. AR'ULK MARTÍNE, Hemas de erecho +nformático
Editorial *E1CE+! M G!)! LimaK 8NN8
- CARLOS CORREA@ 0ULDA 'ATTO@ SUSANA CAR DE
ALDUENDO@ FELIG NAAR ESPEC0E erecho +nformático
Ediciones epalma /uenos $ires 233.
- SIDNE, ALEG 'RAO MEL(AR, :contratos atípicos e innominados<,
editorial ediciones legales i'eroamericana. E.+.C.L. edición 8NN6, LimaK
1er&.- 'log.pucp.edu.peBitemB8966.- (((.gacetafinanciera.comB!JJ+nternalsBderivados.ppt.