8
Administración del Señor Ab. Jaime Nebot Saadi Período 2014-2019 Guayaquil, Miércoles 6 de junio de 2018 No. 86 CUARTA REFORMA A LA “ORDENANZA PARA LA FACILITACIÓN DE LA CIRCULACIÓN VEHICULAR EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL" ORDENANZA QUE REGULA LA CONCESIÓN DE LOCALES EN LAS INSTALACIONES DEL PROYECTO MUNICIPAL “PLAZA GUAYARTE” EL M.I. CONCEJO MUNICIPAL DE GUAYAQUIL CONSIDERANDO: Que, la Constución de la República en su arculo 238 consagra la autonomía de los gobiernos autónomos descentralizados, la cual se encuentra contemplada también en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, COOTAD, en su arculo 5; Que, el numeral 6 del arculo 264 de la Carta Magna y el arculo 55 letras c) y f) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), establecen que los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales enen competencia para la planificación, regulación y control del tránsito y el transporte público dentro de su territorio cantonal, así como la competencia exclusiva de .......................4 ...................................1

Período 2014-2019 Guayaquil, Miércoles 6 de junio de … 2014-2019/Gaceta 86.pdf · CIUDAD DE GUAYAQUIL", el señor abogado Jaime Nebot Saadi, Alcalde de Guayaquil, a ... Daniel

  • Upload
    dinhanh

  • View
    217

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Administración del SeñorAb. Jaime Nebot Saadi

Período 2014-2019 Guayaquil, Miércoles 6 de junio de 2018 No. 86

CUARTA REFORMA A LA “ORDENANZA PARA LA FACILITACIÓN DE LA CIRCULACIÓN VEHICULAR EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL"

ORDENANZA QUE REGULA LA CONCESIÓN DE LOCALES EN LAS INSTALACIONES DEL PROYECTO MUNICIPAL “PLAZA GUAYARTE”

EL M.I. CONCEJO MUNICIPAL DE GUAYAQUIL

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución de la República en su artículo 238 consagra la autonomía de los gobiernos autónomos descentralizados, la cual se encuentra contemplada también en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, COOTAD, en su artículo 5;

Que, el numeral 6 del artículo 264 de la Carta Magna y el artículo 55 letras c) y f) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), establecen que los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales tienen competencia para la planificación, regulación y control del tránsito y el transporte público dentro de su territorio cantonal, así como la competencia exclusiva de

.......................4

...................................1

2------Gaceta Municipal No. 86 Miércoles 6 de junio de 2018

planificar, construir y mantener la vialidad urbana;

Que, el artículo 30.4 de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial dispone que los gobiernos autónomos descentralizados metropolitanos y municipales, en el ámbito de sus competencias en materia de transporte terrestre, tránsito y seguridad vial, en sus respectivas circunscripciones territoriales, tendrán las atribuciones de conformidad a la Ley y a las Ordenanzas que expidan para planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte, observando las disposiciones de carácter nacional emanadas desde la Agencia Nacional de Regulación y Control del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial; y, deberán informar sobre las regulaciones locales que emitan en materia de control del tránsito y la seguridad vial;

Que, es competencia de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Metropolitanos y Municipales planificar, regular y controlar el uso de la vía pública y de los corredores viales del cantón conforme lo establece la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial en su artículo 30.5 letra d). La Ordenanza que Regula el Transporte Terrestre, el Tránsito y la Seguridad Vial en el Cantón Guayaquil publicada en el Registro Oficial Edición Especial No. 200 del 30 de Octubre del 2014, en sus artículos 13 (letra c) y 14 (numeral 14.4), establece la facultad del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Guayaquil para el control de actividades de los servicios de transporte público en el ámbito urbano e intracantonal, así como el uso y ocupación de la vía pública, estacionamientos, paradas de los corredores viales y áreas urbanas del cantón;

Que, el Consejo Nacional de Competencias, mediante Resolución No. 006-CNC-2012 de fecha 26 de abril de 2012, transfirió la competencia para planificar, regular y controlar el tránsito, el transporte terrestre y la seguridad vial, a favor de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Metropolitanos y Municipales del país,

progresivamente, en los términos de dicha Resolución;

Que, en la Gaceta Oficial Municipal No. 65 de fecha el 31 de Julio del 2017, consta publicada la Tercera Reforma a la “Ordenanza para la facilitación de la circulación vehicular en la ciudad de Guayaquil", mediante la cual se regula el buen uso del espacio público por donde transitan los automotores de carga pesada y extra pesada que producen conflictos de tráfico en la ciudad de Guayaquil, así como el incumplimiento de rutas de los vehículos de transporte interprovincial e intraprovincial y la incidencia de vehículos que utilizaban sus unidades como establecimiento de venta de comida; y,

Que, la Autoridad de Tránsito Municipal se encuentra ejecutando la reorganización del sistema de la transportación de la ciudad de Guayaquil, mismo que incluye la implementación de corredores viales y el control del tránsito a través de mecanismos tecnológicos que optimicen la transportación publica, para ello resulta de fundamental importancia tomar medidas que fortalezcan la educación vial ciudadana y el respeto a dichos corredores viales.

En ejercicio de la facultad normativa prevista en los artículos 240 de la Constitución de la República y 57 letra a) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,

EXPIDE: La CUARTA REFORMA A LA “ORDENANZA PARA LA FACILITACIÓN DE LA CIRCULACIÓN VEHICULAR EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL"ARTICULO ÙNICO.- Agréguense los siguientes artículos con el texto que consta a continuación:

“Art. 20.- Los carriles que tengan señalizados y ubicados los paraderos urbanos conforman el sistema de transporte urbano y son para la circulación y operación de las unidades de buses urbanos de dicho sistema, en consecuencia son carriles exclusivos desde las 05h00 hasta las 23h30. La

3------Gaceta Municipal No. 86 Miércoles 6 de junio de 2018

determinación de los tramos que son carriles exclusivos o compartidos de acuerdo a cada corredor vial será previamente anunciada y señalizada por la ATM.

Art. 21.- El conductor y/o propietario de un vehículo que ingresare, se detenga, invadiere u obstaculizare los corredores viales de buses urbanos o el espacio de los paraderos urbanos dentro de estos corredores, serán sancionados con multa equivalente a un salario básico unificado del trabajador en general y en caso de reincidencia será de dos salarios básicos unificados, dicha sanción será puesta a conocimiento del conductor y/o propietario del automotor al momento de cometer la falta o será notificada a través de los medios electrónicos, o mediante avisos en los diarios de mayor circulación o al realizar el proceso de Matriculación y Revisión Técnica Vehicular, según el orden aquí descrito”.

DISPOSICIONES GENERALES

Primera.- La Autoridad de Tránsito Municipal informará a la ciudadanía a través de campañas publicitarias sobre los actuales corredores viales con sus respectivos paraderos y señalización correspondiente. Previo a la definición y aprobación de cada corredor vial nuevo que sea de uso exclusivo o compartido, la ATM comunicará oportunamente a la ciudadanía sobre los mismos.

Segunda.- Excepciones- La sanción prevista en la presente reforma a la Ordenanza no se aplicará para aquellas personas que tengan su garaje en los corredores viales de buses urbanos, quienes podrán utilizar la vía pública en horarios en que el corredor sea exclusivo, únicamente para acceso y salida de los garajes, y deberán proceder al despeje inmediato de la vía. Bajo ningún concepto estos vehículos podrán estacionarse en la vía pública dentro de los horarios de servicio de transporte.

Lo establecido en la presente reforma se entiende sin perjuicio de la utilización excepcional de los corredores viales de buses urbanos por parte de los vehículos de emergencia, tales como de la Autoridad de Tránsito Municipal, la Policía, del Cuerpo de Bomberos; ambulancias públicas y privadas.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Primera.– La sanción prevista en la presente reforma a la Ordenanza se aplicará únicamente de forma posterior a la socialización de los corredores viales y sus respectivos paraderos a través de campañas comunicacionales por un plazo de 30 días, contados a partir de la expedición de la presente normativa.

Segunda. - La presente reforma a la Ordenanza entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la Muy Ilustre Municipalidad de Guayaquil.

DADA Y FIRMADA EN LA SALA DE SESIONES DEL M.I. CONCEJO MUNICIPAL DE GUAYAQUIL, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO 2018.

Jaime Nebot Saadi Ab. Martha Herrera Granda ALCALDE DE GUAYAQUIL SECRETARIA DEL M.I. CONCEJO MUNICIPAL DE GUAYAQUIL

CERTIFICO: Que la presente CUARTA REFORMA A LA “ORDENANZA PARA LA FACILITACIÓN DE LA CIRCULACIÓN VEHICULAR EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL", fue discutida y aprobada por el M. I. Concejo Municipal de Guayaquil, en sesiones ordinarias de fechas 5 de abril y 17 de mayo de 2018, en primero y segundo debate, respectivamente.

Guayaquil, 18 de mayo de 2018

Ab. Martha Herrera GrandaSECRETARIA DEL M.I.

CONCEJO MUNICIPAL DE GUAYAQUIL

De conformidad con lo prescrito en los artículos 322 y 324 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, SANCIONO la CUARTA REFORMA A LA “ORDENANZA PARA LA FACILITACIÓN DE LA CIRCULACIÓN VEHICULAR EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL", y ordeno su PROMULGACIÓN a través de su publicación en la Gaceta Oficial Municipal.

Guayaquil, 21 de mayo de 2018

Ab. Jaime Nebot SaadiALCALDE DE GUAYAQUIL

4------Gaceta Municipal No. 86 Miércoles 6 de junio de 2018

Sancionó y ordenó la promulgación a través de su publicación en la Gaceta Oficial Municipal, la CUARTA REFORMA A LA “ORDENANZA PARA LA FACILITACIÓN DE LA CIRCULACIÓN VEHICULAR EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL", el señor abogado Jaime Nebot Saadi, Alcalde de Guayaquil, a los 21 días del mes de mayo del año 2018.- LO CERTIFICO.-

Guayaquil, 22 de mayo de 2018

Mgs. Daniel Veintimilla Soriano SECRETARIO DEL M.I.

CONCEJO MUNICIPAL DE GUAYAQUIL (E)

M. I. CONCEJO MUNICIPAL DE GUAYAQUIL

CONSIDERANDO

QUE, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 de la Constitución de la República del Ecuador, los gobiernos municipales tienen competencia exclusiva, sin perjuicio de otras previstas en la Carta Suprema y en la ley, para expedir ordenanzas cantonales, en el ámbito de sus competencias;

QUE, la letra f) del artículo 54 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), establece entre otras funciones de los gobiernos autónomos descentralizados municipales la de “Ejecutar las competencias exclusivas y concurrentes reconocidas por la Constitución y la ley y en dicho marco, prestar los servicios públicos y construir la obra pública cantonal correspondiente con criterios de calidad, eficacia y eficiencia, observando los principios de universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad, solidaridad, interculturalidad, subsidiariedad, participación y equidad”;

QUE, así también, la letra q) del artículo 54 del COOTAD, prescribe como una de las funciones de los gobiernos autónomos descentralizados municipales la de “Promover y patrocinar las culturas, las artes, actividades deportivas y recreativas en beneficio de la colectividad del cantón”;

QUE, la letra g) del artículo 55 del COOTAD, señala como una de las competencias exclusivas de los gobiernos autónomos descentralizados municipales la de “Planificar, construir y mantener la infraestructura física y los equipamientos de los espacios públicos destinados al desarrollo social, cultural y deportivo, de acuerdo con la ley”;

QUE, el proyecto Guayarte tiene como una de sus etapas de ejecución la construcción y funcionamiento de la “Plaza Guayarte”, cuyo objeto es apoyar emprendimientos en vías de desarrollo, para que puedan ofrecer sus productos en locales establecidos en una plataforma municipal de gran afluencia turística tanto local como extranjera;

QUE, es necesario que el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Guayaquil establezca un marco regulatorio para la concesión de tales locales y apoyar emprendimientos en vías de desarrollo; y,

QUE, la facultad legislativa cantonal,

así como la autonomía política, administrativa y financiera de los gobiernos autónomos descentralizados se encuentra reconocida en la Constitución de la República del Ecuador en los artículos 238 y 240.

En ejercicio de la facultad legislativa prevista en los artículos 7 y 57 letra a) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,

EXPIDE:

LA ORDENANZA QUE REGULA LA CONCESIÓN DE LOCALES EN LAS INSTALACIONES DEL PROYECTO MUNICIPAL “PLAZA GUAYARTE”

5------Gaceta Municipal No. 86 Miércoles 6 de junio de 2018

Artículo 1: Ámbito.- Estarán sujetos a la presente Ordenanza las personas naturales o jurídicas de derecho privado que soliciten en concesión locales dentro del proyecto municipal “PLAZA GUAYARTE” que está detallado en el Anexo 1. Así también, las personas que requieran la autorización ocasional de espacios públicos en dicha plaza.

Artículo 2: Concesión de locales.- Para la concesión de los locales en las instalaciones del proyecto municipal PLAZA GUAYARTE, se deberá conformar un Comité para dicho efecto, el cual estará integrado por:

1. El Presidente de la Comisión de Planificación y Presupuesto del M.I. Concejo Municipal, quien la presidirá.

2. Un delegado del Alcalde.

3. El Director de acción social y educación, o su delegado.

4. El Director financiero, o su delegado.

5. Un secretario elegido por los miembros de la comisión, fuera de su seno.

Esta concesión otorgará a las personas jurídicas o naturales el derecho a destinar el bien entregado, por el tiempo definido por la respectiva autoridad, única y exclusivamente para los fines preestablecidos, sin que tal derecho comprenda o pueda interpretarse que comprende un derecho real sobre la cosa, o derechos propios de una relación de inquilinato. La concesión se perfeccionará con la firma de conformidad de la persona natural o jurídica al texto de autorización elaborado por este Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Guayaquil.

Artículo 3: Extinción de la concesión.- La extinción de la concesión, se dará en los siguientes casos:

1. Incumplimiento debidamente probado de los términos de la concesión.

2. Incumplimiento en el pago de dos mensualidades.

3. Por muerte de la persona natural autorizada.

4. Extinción de la persona jurídica autorizada.

5. Renuncia del derecho de concesión.

6. Quiebra, insolvencia o interdicción del concesionario.

7. Todas aquellas que se establezcan en el texto de la autorización.

El mencionado texto deberá contar en su parte medular con todos los elementos que permitan asegurar al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Guayaquil el cumplimiento de la naturaleza del proyecto y a su vez el cumplimiento de las obligaciones asumidas por las personas naturales o jurídicas autorizadas.

Artículo 4: Principios rectores para el proceso de concesión.- Las adjudicaciones realizadas para la concesión de locales en las instalaciones del proyecto municipal PLAZA GUAYARTE, deberán regirse por los principios de: transparencia, buena fe, competitividad, conveniencia institucional, apoyo al emprendimiento.

Artículo 5: Proceso de concesión.- Las personas naturales y jurídicas que estén interesadas en conseguir la concesión de locales en las instalaciones del proyecto municipal PLAZA GUAYARTE deberán someterse a un proceso de subasta pública mediante el cual se otorgará la autorización para la concesión por un plazo de 10 años. La parte resolutiva de la mencionada subasta debe regirse por los principios rectores definidos en este cuerpo jurídico. A cargo de este proceso estará el Comité descrito en el artículo 2 de la presente Ordenanza.

Para llevar a cabo la concesión deberá hacerse una pública convocatoria en uno de los diarios de la ciudad y/o en la página web del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Guayaquil, en la cual se detallarán los requisitos para participar en el proceso.

Los valores base por cada local serán preestablecidos mediante un informe conjunto entre las Direcciones de Urbanismo, Avalúos y Ordenamiento

6------Gaceta Municipal No. 86 Miércoles 6 de junio de 2018

Territorial y Financiero del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Guayaquil. Tomando en consideración el valor de mercado de bienes y servicios análogos.

El Comité deberá analizar cada uno de los perfiles de los postulantes, considerando el cumplimiento de los requisitos y principios establecidos.

En caso de mejoras realizadas por la persona natural o jurídica autorizada, éstas quedarán en beneficio del local o infraestructura.

Artículo 6: Espacios públicos.- Se autoriza la ocupación ocasional de espacios públicos dentro de la plaza Guayarte, la cual no estará sujeta a concesión. Su utilización, tiempo y el valor por su uso deberán darse exclusivamente en los términos y condiciones en los que el Comité estime motivadamente.

Artículo 7: Recursos.- Los recursos que se generen como consecuencia de las concesiones de locales o autorización de ocupación ocasional de espacios públicos en la Plaza Guayarte, deberán ser utilizados de manera exclusiva en la administración y mantenimiento de la misma.

Disposición General.- El Comité encargado de la adjudicación de locales de la Plaza Guayarte deberá velar siempre por la inclusión de emprendimientos que acrediten una experiencia básica para emplear en los locales que se concesionarán. El Comité podrá autorizar la ocupación ocasional de no más del 20% de los espacios públicos, tomando en consideración, como principal parámetro, el esquema económico y la sustentabilidad de la Plaza.

Disposición Final.- La presente Ordenanza se publicará en la Gaceta Oficial del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Guayaquil. Regirá desde la fecha de su publicación en dicha Gaceta.

DADA Y FIRMADA EN LA SALA DE SESIONES DEL M.I. CONCEJO MUNICIPAL DE GUAYAQUIL, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO 2018.

Jaime Nebot Saadi Mgs. Daniel Veintimilla Soriano ALCALDE DE GUAYAQUIL SECRETARIO DEL M.I. CONCEJO MUNICIPAL DE GUAYAQUIL (E)

CERTIFICO: Que la presente ORDENANZA QUE REGULA LA CONCESIÓN DE LOCALES EN LAS INSTALACIONES DEL PROYECTO MUNICIPAL “PLAZA GUAYARTE”, fue discutida y aprobada por el M. I. Concejo Municipal de Guayaquil, en sesiones ordinarias de fechas 17 y 24 de mayo de 2018, en primero y segundo debate, respectivamente.

Guayaquil, 24 de mayo de 2018

Mgs. Daniel Veintimilla Soriano SECRETARIO DEL M.I.

CONCEJO MUNICIPAL DE GUAYAQUIL (E)

De conformidad con lo prescrito en los artículos 322 y 324 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, SANCIONO la ORDENANZA QUE REGULA LA CONCESIÓN DE LOCALES EN LAS INSTALACIONES DEL PROYECTO MUNICIPAL “PLAZA GUAYARTE”, y ordeno su PROMULGACIÓN a través de su publicación en la Gaceta Oficial del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Guayaquil.

Guayaquil, 28 de mayo de 2018

Ab. Jaime Nebot SaadiALCALDE DE GUAYAQUIL

Sancionó y ordenó la promulgación a través de su publicación en la Gaceta Oficial, la ORDENANZA QUE REGULA LA CONCESIÓN DE LOCALES EN LAS INSTALACIONES DEL PROYECTO MUNICIPAL “PLAZA GUAYARTE”, el señor abogado Jaime Nebot Saadi, Alcalde de Guayaquil, a los 28 días del mes de mayo del año 2018.- LO CERTIFICO.-

Guayaquil, 29 de mayo de 2018

Ab. Martha Herrera GrandaSECRETARIA DEL M.I.

CONCEJO MUNICIPAL DE GUAYAQUIL

7------Gaceta Municipal No. 86 Miércoles 6 de junio de 2018

bord

e de

vul

cano

piso

vul

cano

26.2

0M2

26.2

0M2

FIJA

FIJA

FIJA

FIJA

26.2

0M2

26.2

0M2

FIJA

FIJA

FIJA

FIJA

FIJA

FIJA

FIJA

FIJA

52.8

6M2

FIJA

2,00

0

FIJA

52.8

6M2

FIJA

FIJA

FIJA

FIJA

FIJAFIJA

4,40

04,50

02,00

0

BO

DE

GA

TANQUES DE GAS

BO

DE

GA

TANQUES DE GAS

52.8

6M2

FIJA

FIJA

FIJA

FIJA

FIJA FIJA

4,50

02,00

0

BO

DE

GA

TANQUES DE GAS

26.2

0M2

26.2

0M2

FIJA

FIJA

FIJA

FIJA

1

4

567

8

910

11

1314

ubica

cion

arbo

les

Emilio

Estra

da

mal

abar

ista

venu

s

16,0

3

70,8

1

MU

RA

LM

UR

AL

MU

RA

L

MU

RA

LM

UR

AL

A

B B

C C

4,6

1.21

52.86

M2

FIJA

FIJA

FIJA

FIJA

FIJA

FIJA

4,500

2,000

BODEGA

TANQUES DE GAS

52.86M2

FIJA

FIJA

FIJA

FIJA

FIJA

FIJA

4,500

2,000

BODEGA

TANQUES DE GAS

A

proyeccion

de contenedor d

e

planta alta

proyeccionde contenedor deplanta alta

proyeccionde contenedor deplanta alta

proyeccionde contenedor deplanta alta

Pasamanos de vid

rio

templado

AREA

DE PERR

ITO

Sbo

rde

de v

ulca

nopi

so v

ulca

no

proyeccionde Losa deplanta alta

proye

ccion

de Lo

sa de

planta

alta

1

2

34

5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18

AV

. CA

RLO

S J

ULI

O A

RO

SE

ME

NA

AC

CES

O D

E LA

UN

IVER

SID

AD

CA

TOLI

CA

PEA

TON

AL

AC

CES

O D

ESD

E L

A P

LAZO

LETA

PEA

TON

AL

ACCESO DESDE

LA P

LAZO

LETA

PEATO

NAL

ACCESO DESDE EL PARQUEO PEATONAL

AC

CES

O D

ESD

E E

L PA

RQ

UEO

PEA

TON

AL

ACCESO A

PLANTA ALTA

ACCESO A

PLANTA

ALT

A

SALI

DA

VEH

ICU

LAR

ING

RES

OVE

HIC

ULA

R

ACCESOPEATONAL

AC

CESO

PEATO

NA

L

TA

RQ

UI

OE

ST

E

ESTE

RO

SAL

ADO

ESTERO

SALADO

S A L A D O

A 1

/61 :

200

S E

L L

O S

M

U N

I C

I P

A L

E S

:

C Ó

D I

G O

:

F E

C H

A :

A R

C H

I V

O :

L Á

M I

N A

:

P R

O P

I E

T A

R

I O

:R

E S

P .

T É

C N

I C

A :

D I

B U

J O

:

D I

S E

Ñ O

:

O B

R A

:

C O

N T

I E

N E

:

E S

C A

L A

:

CO

NSO

RC

IO U

RB

AN

-AR

TE

AR

Q. JA

IME

AN

DR

ES

OR

TE

GA

REG

. :

G -

4695

GU

AY

AR

TE

Av.

Car

los

Julio

Aro

sem

ena

MA

RZO

- 2

018

PL

AN

TA

BA

JA

AC

CE

SO

VE

HIC

ULA

R

AC

CE

SO

PE

ATO

NA

L

CIUD

AD:

PAR

RO

QUI

A:

G

UAYA

QUI

LTA

RQ

UI

8------Gaceta Municipal No. 86 Miércoles 6 de junio de 2018

18

17

16

15

14

13

12

11

10

08

07

06

05

04

03

09

21

22

23

24

25

26

27

28

29

30

31

33

34

35

36

37

38

39

40

32

20

A-A´A-301

A-A´A-301

B-B

´A

-301

B-B

´A

-301

CTO

. DE

TAB

LER

OS

ELE

CTR

ICO

S

CTO

. DE

GE

NE

RA

DO

R

01

02

1 2 3 4 5 6 7 8 9

19

18

17

16

15

14

13

12

ING

RE

SO

VE

HIC

ULA

R

ING

RE

SO

/ SA

LID

AP

EA

TON

AL

40 P

AR

QU

EO

S

AS

CE

NS

OR

SU

BE

CO

RR

ED

OR

SE

RV

ICIO

MU

RA

LES

13

57

911

13

C

46

810

122

1312

'

B

CB

AA

DD

5.64

6.10

6.10

6.09

6.55

4.78

6.10

6.10

6.10

6.10

7.41

9.19

6.10

3.65

73.1

5

17.7

9

10.49

2.70

4.00

2.90

4.00

5.00

7.49

5.00

20.2

3

72.8

6

67.2

1

SA

LID

AV

EH

ICU

LAR

3.68 3.62

17.79

Cto

. Bas

ura

0.15 2.

44

0.15

13

57

911

46

810

2

3.10

3.15

0.30

2.90

2.89

0.30

2.90

2.90

0.30

2.90

2.90

0.30

2.90

2.85

0.40

2.85

2.90

0.30

2.90

2.90

0.30

2.90

2.90

0.30

2.90

2.90

2.87

2.92

0.30

2.90

2.90

0.30

2.90

2.90

0.30

2.83

2.79

0.65

2.81

2.81

0.30

2.90

2.90

0.30

2.90

2.90

0.30

2.90

2.90

0.30

3.12

3.13

0.30

2.67

2.67

ME

N D

E A

TE

NC

IÓN

ME

N D

E A

TE

NC

IÓN

ME

N D

E A

TE

NC

IÓN

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

220

V

PU

NT

O D

E G

AS

REF

RIG

ERAD

OR/

CO

NG

ELAD

OR

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

220

VP

OLA

RIZ

AD

O

TRAM

PA D

E G

RASA

FREG

AD

ERO

EX

TR

AC

TO

RD

E A

IRE

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

110

V

ME

N D

E A

CE

RO

INO

XID

AB

LE

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

220

V

PU

NT

O D

E G

AS

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

110

V

EX

TR

AC

TO

RD

E A

IRE

ME

N D

E A

CE

RO

INO

XID

AB

LE

PU

NT

O A

GU

A P

OT

AB

LE

PU

NT

O A

GU

A C

ALI

EN

TE

TRAM

PA D

E G

RASA

FREG

AD

ERO

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

220

V

PU

NT

O D

E G

AS

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

110

V

EX

TR

AC

TO

RD

E A

IRE

ME

N D

E A

CE

RO

INO

XID

AB

LE

TRAM

PA D

E G

RASA

FREG

AD

ERO

2.00

0.80

2.00

0.80

2.00

0.80

PU

NT

O A

GU

A P

OT

AB

LE

PU

NT

O A

GU

A C

ALI

EN

TE

PU

NT

O A

GU

A P

OT

AB

LE

PU

NT

O A

GU

A C

ALI

EN

TE

REF

RIG

ERAD

OR/

CO

NG

ELAD

OR

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

220

VP

OLA

RIZ

AD

O

REF

RIG

ERAD

OR/

CO

NG

ELAD

OR

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

220

VP

OLA

RIZ

AD

O

8.83

m2

8.83

m2

8.83

m2

ME

N D

E A

TE

NC

IÓN

ME

N D

E A

TE

NC

IÓN

ME

N D

E A

TE

NC

IÓN

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

220

V

PU

NT

O D

E G

AS

REF

RIG

ERAD

OR/

CO

NG

ELAD

OR

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

220

VP

OLA

RIZ

AD

O

TRAM

PA D

E G

RASA

FREG

AD

ERO

EX

TR

AC

TO

RD

E A

IRE

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

110

V

ME

N D

E A

CE

RO

INO

XID

AB

LE

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

220

V

PU

NT

O D

E G

AS

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

110

V

EX

TR

AC

TO

RD

E A

IRE

ME

N D

E A

CE

RO

INO

XID

AB

LE

PU

NT

O A

GU

A P

OT

AB

LE

PU

NT

O A

GU

A C

ALI

EN

TE

TRAM

PA D

E G

RASA

FREG

AD

ERO

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

220

V

PU

NT

O D

E G

AS

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

110

V

EX

TR

AC

TO

RD

E A

IRE

ME

N D

E A

CE

RO

INO

XID

AB

LE

TRAM

PA D

E G

RASA

FREG

AD

ERO

2.00

0.80

2.00

0.80

2.00

0.80

PU

NT

O A

GU

A P

OT

AB

LE

PU

NT

O A

GU

A C

ALI

EN

TE

PU

NT

O A

GU

A P

OT

AB

LE

PU

NT

O A

GU

A C

ALI

EN

TE

REF

RIG

ERAD

OR/

CO

NG

ELAD

OR

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

220

VP

OLA

RIZ

AD

O

REF

RIG

ERAD

OR/

CO

NG

ELAD

OR

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

220

VP

OLA

RIZ

AD

O

8.83

m2

8.83

m2

8.83

m2

ME

N D

E A

TE

NC

IÓN

ME

N D

E A

TE

NC

IÓN

ME

N D

E A

TE

NC

IÓN

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

220

V

PU

NT

O D

E G

AS

REF

RIG

ERAD

OR/

CO

NG

ELAD

OR

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

220

VP

OLA

RIZ

AD

O

TRAM

PA D

E G

RASA

FREG

AD

ERO

EX

TR

AC

TO

RD

E A

IRE

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

110

V

ME

N D

E A

CE

RO

INO

XID

AB

LE

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

220

V

PU

NT

O D

E G

AS

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

110

V

EX

TR

AC

TO

RD

E A

IRE

ME

N D

E A

CE

RO

INO

XID

AB

LE

PU

NT

O A

GU

A P

OT

AB

LE

PU

NT

O A

GU

A C

ALI

EN

TE

TRAM

PA D

E G

RASA

FREG

AD

ERO

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

220

V

PU

NT

O D

E G

AS

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

110

V

EX

TR

AC

TO

RD

E A

IRE

ME

N D

E A

CE

RO

INO

XID

AB

LE

TRAM

PA D

E G

RASA

FREG

AD

ERO

2.00

0.80

2.00

0.80

2.00

0.80

PU

NT

O A

GU

A P

OT

AB

LE

PU

NT

O A

GU

A C

ALI

EN

TE

PU

NT

O A

GU

A P

OT

AB

LE

PU

NT

O A

GU

A C

ALI

EN

TE

REF

RIG

ERAD

OR/

CO

NG

ELAD

OR

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

220

VP

OLA

RIZ

AD

O

REF

RIG

ERAD

OR/

CO

NG

ELAD

OR

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

220

VP

OLA

RIZ

AD

O

8.83

m2

8.83

m2

8.83

m2

ME

N D

E A

TE

NC

IÓN

ME

N D

E A

TE

NC

IÓN

ME

N D

E A

TE

NC

IÓN

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

220

V

PU

NT

O D

E G

AS

REF

RIG

ERAD

OR/

CO

NG

ELAD

OR

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

220

VP

OLA

RIZ

AD

O

TRAM

PA D

E G

RASA

FREG

AD

ERO

EX

TR

AC

TO

RD

E A

IRE

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

110

V

ME

N D

E A

CE

RO

INO

XID

AB

LE

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

220

V

PU

NT

O D

E G

AS

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

110

V

EX

TR

AC

TO

RD

E A

IRE

ME

N D

E A

CE

RO

INO

XID

AB

LE

PU

NT

O A

GU

A P

OT

AB

LE

PU

NT

O A

GU

A C

ALI

EN

TE

TRAM

PA D

E G

RASA

FREG

AD

ERO

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

220

V

PU

NT

O D

E G

AS

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

110

V

EX

TR

AC

TO

RD

E A

IRE

ME

N D

E A

CE

RO

INO

XID

AB

LE

TRAM

PA D

E G

RASA

FREG

AD

ERO

2.00

0.80

2.00

0.80

2.00

0.80

PU

NT

O A

GU

A P

OT

AB

LE

PU

NT

O A

GU

A C

ALI

EN

TE

PU

NT

O A

GU

A P

OT

AB

LE

PU

NT

O A

GU

A C

ALI

EN

TE

REF

RIG

ERAD

OR/

CO

NG

ELAD

OR

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

220

VP

OLA

RIZ

AD

O

REF

RIG

ERAD

OR/

CO

NG

ELAD

OR

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

220

VP

OLA

RIZ

AD

O

8.83

m2

8.83

m2

8.83

m2

6.40

CA

NA

L D

E A

GU

AS

LLU

VIA

SC

AN

AL

DE

AG

UA

S L

LUV

IAS

CA

NA

L D

E A

GU

AS

LLU

VIA

S

2.40

1.00

0,80

00,

800

0,80

0

BA

ÑO

MU

JER

ES

1.00

2.00

BA

ÑO

HO

MB

RE

S

1,40

0

1,200

0,800

0.60

2.00

0.60

2.00

0.60

2.00

2.40

1.00

2.40

1.00

2.401.00

1,50

0

1,100

0,60

0

6,00

0

0,800 0,800

2,400

1,60

00,

800

1,50

00,

600

1,40

0

5,90

0

2,400

1,100

2,400

1,200

PA

RE

D P

AR

A T

UB

ER

ÍAS

SA

NIT

AR

IAS

ES

PE

JOE

SP

EJO

DIS

PE

NS

AD

OR

JAB

ÓN

DIS

PE

NS

AD

OR

JAB

ÓN

DIS

PE

NS

AD

OR

JAB

ÓN

DIS

PE

NS

AD

OR

JAB

ÓN

DIS

PE

NS

AD

OR

PA

PE

L

DIS

PE

NS

AD

OR

PA

PE

L

SE

CA

DO

RM

AN

OS

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

110

V

DIS

PE

NS

AD

OR

TO

ALL

AS

DE

PA

PE

L

DIS

PE

SA

DO

RO

LOR

ES

CA

MB

IAD

OR

B

EB

ÉS

CA

MB

IAD

OR

B

EB

ÉS

DIS

PE

NS

AD

OR

PA

PE

L D

ISP

EN

SA

DO

RP

AP

EL

DIS

PE

NS

AD

OR

PA

PE

L

SE

CA

DO

RM

AN

OS

PU

NT

O E

LÉC

TR

ICO

110

V

DIS

PE

NS

AD

OR

TO

ALL

AS

DE

PA

PE

L

DIS

PE

NS

AD

OR

PA

PE

L

EX

TR

AC

TO

RD

E A

IRE

DIS

PE

SA

DO

RO

LOR

ES

EX

TR

AC

TO

RD

E A

IRE

EX

TR

AC

TO

RD

E A

IRE

EX

TR

AC

TO

RD

E A

IRE

EX

TR

AC

TO

RD

E A

IRE

EX

TR

AC

TO

RD

E A

IRE

EX

TR

AC

TO

RD

E A

IRE

EX

TR

AC

TO

RD

E A

IRE

EX

TR

AC

TO

RD

E A

IRE

PU

NT

OS

AG

UA

PO

TA

BLE

PU

NT

OS

AG

UA

PO

TA

BLE

PU

NT

OS

AG

UA

PO

TA

BLE

PU

NT

O A

GU

A P

OT

AB

LE

JUNTA DE CONSTRUCCIÓNJUNTA DE CONSTRUCCIÓN

10

11

1 2 3 4 5 6 7 8 9 11

12

13

14

15

16 17

18

19

Sub

e

10

5.80

N.P

.T +

0.3

8N

.P.T

+ 0

.38

N.P

.T +

0.3

8

N.P

.T +

0.3

8

N.P

.T +

0.3

8

1.40

2.20

MA

LLA

S R

EP

ER

ME

TAL

PE

RFO

RA

CIÓ

N C

OR

AL

1m X

2m

PA

RE

D C

ON

GR

AFI

TTI

PA

RE

D C

ON

GR

AFI

TTI

PA

RE

D C

ON

GR

AFI

TTI

PA

RE

D C

ON

GR

AFI

TTI

PA

RE

D C

ON

GR

AFI

TTI

1.40

2.20

4.25

DR

EN

AJE

1 co

nten

edor

1.00

1.20

2.20

1.20

2.20

MA

LLA

S R

EP

ER

ME

TAL

PE

RFO

RA

CIÓ

N C

OR

AL

1m X

2m

5.40

6.99

5.40

4.25

9.29

DE

TALL

E P

UE

RTA

SP

2

1.13

3.50

19

0.60

3.50

0.46

3.00

RIE

L P

AR

A P

UE

RTA

EN

RR

OLL

AB

LED

E G

AR

AJE

DE

TALL

E P

UE

RTA

P1

DE

CO

RA

DA

CO

N G

RA

FITT

I

ÁR

EA

RE

CR

EA

TIV

AN

IÑO

S

PLA

TAFO

RM

AE

XIS

TEN

TE

PU

EN

TE Z

IG Z

AG

C O

F CA

R

C OF CWT

SILL S

UP

PO

RT B

EA

M(B

Y O

THE

RS

)

EN

TRA

NC

E W

IDTH

900

RO

UG

H O

PE

NIN

GW

IDTH

1100

CA

R IN

TER

NA

L WID

TH1100

PLA

TFOR

M W

IDTH

1162

HO

ISTW

AY

WID

TH 1965

409394

685 475 560

650

184806

975

CW

T DE

PTH

300

CAR INTERNAL DEPTH 1400

PLATFORM DEPTH 1545

HOISTWAY DEPTH 1720

115 60

4.21

10.1

7

3.65

3.02

3.97

LOS

A P

OR

CO

NS

TRU

IR

28.6

2

11.0

1

6.50

15.6

4

6.17

4.10

23.3

7

7.55

21.0

8

5.03

5.60

0.50

0.65

123°

72°

130°

151°

ÁR

BO

LE

XIS

TEN

TEÁ

RB

OL

EX

ISTE

NTE

ÁR

BO

LE

XIS

TEN

TEÁ

RB

OL

EX

ISTE

NTE

ÁR

BO

LE

XIS

TEN

TEÁ

RB

OL

EX

ISTE

NTE

ÁR

BO

LE

XIS

TEN

TE

ÁR

BO

LE

XIS

TEN

TE

ÁR

BO

LE

XIS

TEN

TE

ÁR

BO

LE

XIS

TEN

TE

ÁR

BO

LE

XIS

TEN

TE

5.50

PE

CH

ICH

ER

EU

BIC

AD

O

11.3

0

12.5

7

10.3

5

ÁR

BO

LS

UC

HE

RE

UB

ICA

DO

ÁR

BO

LS

UC

HE

RE

UB

ICA

DO

3.22

2.45

1

2

3

RAM

PA P

END

IEN

TE 5

%

6.52

16.8

5

4.01

6.30

1.60

2.00

0.30

0.30

6.02

5.64

11.9

412

.19

12.1

912

.19

12.1

912

.19

350

1.65

10.6

2

22.9

2

11.5

1

3.00

109°

90°

173°

78°

N.P

.T +

0.3

8N

.P.T

+ 0

.38

N.P

.T +

0.3

8

N.P

.T +

0.7

5

N.P

.T +

0.3

8

N.P

.T +

0.3

8

N.P

.T +

0.2

7

N.P

.T +

0.3

8

N.P

.T +

0.0

0N

.P.T

+ 0

.00

RA

MP

A D

EIN

GR

ES

O Y

SA

LID

A

BE

BE

DE

RO

1.00

2.20

1.00

2.20

9.29

PA

RE

D E

XIS

TEN

TE

LOC

AL

01

BA

SU

RA

LOC

AL

02LO

CA

L 03

LOC

AL

04LO

CA

L 05

LOC

AL

06LO

CA

L 07

LOC

AL

08LO

CA

L 09

LOC

AL

10LO

CA

L 11

LOC

AL

12

RE

JA D

ETA

LLE

P3

PA

RE

D D

EH

OR

MIG

ÓN

VIS

TO

PA

RE

D D

EH

OR

MIG

ÓN

VIS

TO

PA

RE

D D

EH

OR

MIG

ÓN

VIS

TO

ÁR

BO

LE

XIS

TEN

TE

4.00

5.65

10.8

9

7.61

0.310.310.340.300.300.340.300.30

4.00

4.00

8.81

12.3

0

157°

17°

126°

135°

78°

34°

25°

N.P

.T +

0.2

7

4.01

16.4

4

6.10

4.09

11.4

8

5.55

136°

173°

0.15

0.15

N.P

.T -

0.18

N.P

.T -

0.63

N.P

.T -

1.08

N.P

.T +

0.1

2

N.P

.T -

0.03 N.P

.T -

0.33

N.P

.T -

0.48

N.P

.T -

0.78

N.P

.T -

0.93

0.15

0.15

AC

CES

O P

EATO

NA

L D

ESD

ELA

AV.

KEN

NED

Y

ACCE

SOPE

ATO

NAL

DESD

E PU

ENTE

ZIG

ZAG

ACCESO PEATONAL DESDELA UNIVERSIDAD DE

GUAYAQUIL

AC

CES

O A

PLA

NTA

ALT

A

AC

CES

O A

PLA

NTA

ALT

A

ING

RE

SO

Y S

ALI

DA

VE

HIC

ULA

R

Arc

hivo

: D:\D

ropb

ox\G

UA

YA

RTE

\PLA

NO

DE

UB

ICA

CIÓ

N\1

8053

0 G

UA

YA

RTE

.com

pres

sed.

pdf

U 1

/11 : 1

50

S E

L L

O S

M

U N

I C

I P

A L

E S

:

C Ó

D I

G O

:

F E

C H

A :

A R

C H

I V

O :

L Á

M I

N A

:

P R

O P

I E

T A

R I

O :

R E

S P

.

T É

C N

I C

A :

D I

B U

J O

:

D I

S E

Ñ O

:

O B

R A

:

C O

N T

I E

N E

:

E S

C A

L A

:

AR

Q. J

UA

N X

AV

IER

CH

AV

EZ

C.

REG

. :

G -

4103

GU

AY

AR

TE

Pla

za G

astr

on

óm

ica

1708

30 M

ED

D -

Pla

za G

astr.

...dw

g

EN

ER

O -

2018

UB

ICA

CIÓ

N Y

AC

CE

SO

S

CO

NS

OR

CIO

UR

BA

N -

AR

TE

AC

CE

SO

VE

HIC

ULA

R

AC

CE

SO

PE

ATO

NA

L