Upload
estanislao-teves
View
219
Download
0
Embed Size (px)
DESCRIPTION
Lineamientos que debe seguir para no buscar escusas que le hagan perder tiempo. Simplemente alinee su orden.
Citation preview
REGLAMENTO DE MATRICULAS Y PENSIONES
SEMESTRE ACADMICO 2015-I
MODALIDAD DE ESTUDIOS PRESENCIAL
1
PRESENTACIN
El presente reglamento contiene la naturaleza, finalidad, alcances y disposiciones legales
que regulan la asignacin de pensiones y otorgamiento de becas en la Universidad Seor
de Sipn, la misma que tendr vigencia mientras su base legal no se modifique.
2
FINALIDAD
El presente Reglamento tiene por finalidad hacer de conocimiento a los estudiantes de Pre
Grado de la Universidad Seor de Sipan, modalidad de estudios presencial, las normas de
pago de matrcula, pensiones, cobro de intereses moratorio y tasas administrativas
generadas por los servicios educativos y otros servicios a solicitud del estudiante.
BASE LEGAL
Constitucin Poltica del Per.
Ley Universitaria 30220.
Estatuto de la Universidad.
Reglamento de la Universidad.
Manual de organizacin y funciones.
Ley N29947 Ley de Proteccin a la Economa Familiar respecto del Pago de Pensiones
en Institutos, Escuelas Superiores, Universidades y Escuelas de Posgrado Pblicos y
Privados.
3
CAPITULO I
DE LA MATRCULA
Art.1.- La matrcula es el acto formal y voluntario del ingresante y estudiante, que le otorga
su condicin de tal, en la Universidad, y lo obliga a cumplir con sus reglamentos. Cada
matricula tiene validez para el periodo acadmico respectivo.
Asimismo es el proceso mediante el cual se oficializa el servicio educativo que brindar la
Universidad al estudiante..
Art.2.- Mediante el registro de matrcula, el estudiante y su Representante Econmico,
manifiestan conocimiento y aceptacin respecto a las disposiciones y normas establecidas
por la Universidad, comprometindose a cumplirlos en su totalidad.
El Representante Econmico, se refiere al propio estudiante o apoderado que asuma el
compromiso de pago puntual de las pensiones y tasas administrativas que correspondan
por el servicio de formacin profesional y otros servicios conexos.
Art. 3.- Para acceder al registro de matrcula de cada semestre acadmico el ingresante y
estudiante deber cumplir con los siguientes requisitos:
1) Haber cancelado el derecho de matrcula segn cronograma lectivo y de pensiones.
Para cumplir con este requisito no debe tener condicin de deudor del semestre acadmico
anterior;
2) Haberse registrado o completado el nivel correspondiente de las asignaturas
extracurriculares de ingls y computacin en relacin al ciclo estudios en que se encuentre;
3) No tener pendiente la entrega de algn documento requisito de admisin segn
modalidad;
4) Afiliacin o desafiliacin del Seguro contra accidentes.
Art. 4.- Previo al registro de matrcula de cada semestre acadmico, el ingresante y
estudiante entregar en la Secretara Ejecutiva de la Direccin de Escuela a la que
pertenece, el Formato de Compromiso de Pago suscrito por el Representante Econmico,
4
quien solventa, asume y garantiza el pago puntual de los servicios brindados por la
Universidad. El referido formato lo obtendr desde su sesin del Campus Virtual publicado
antes del inicio de clases de cada semestre acadmico.
Art. 5.- La Matrcula Extempornea: Es el proceso acadmico excepcional ejecutado,
completado y concluido dentro del cronograma especialmente designado para tal efecto y
est sujeta a la aplicacin de penalidades econmico-financieras, previas a la
materializacin de la matrcula.
CRONOGRAMA LECTIVO SEMESTRE 2015-I
Pago de Matrcula Regular S/. 300.00 (Del 05 de Enero al 27 de Febrero)
Pago de Matrcula Extempornea S/. 350.00 (Hasta el 01 de Abril)
Registro de Matrcula 02 de marzo al 30 de marzo
Registro de Matrcula Extempornea 31 de marzo al 14 de abril
Apertura de Semestre acadmico 30 de marzo
Primera Evaluacin Parcial 25 de mayo al 30 de mayo
Segunda Evaluacin Parcial 13 de julio al 18 de julio
Evaluacin de Aplazados y Rezagados
20 de julio al 25 de julio
Envo de Boletas de Notas por e-mail 10 de agosto al 12 de agosto Aprobado por Resolucin de Directorio N1106-2014/USS Resolucin de Directorio N0027-2015/USS (Plazo de registro extemporneo)
La Tasa Administrativa por registro extemporneo es de S/.10.00 nuevos soles, el cual se
incluir automticamente en la cuenta de cada estudiante que hubiera cancelado matrcula
y no se registr.
CAPITULO II
TRATAMIENTO DE RESERVA DE MATRCULA
Art.6.- Los estudiantes registrados podrn solicitar RESERVA DE MATRCULA hasta el
viernes 22 de mayo de 2015, debiendo cancelar la Tasa administrativa de S/. 60.00 Nuevos
Soles, conservando de esta manera el derecho por concepto de matrcula. Posterior a la
fecha mencionada ser justificable nicamente por problemas de salud del estudiante para
lo cual se necesitar la presentacin del certificado mdico correspondiente, mximo hasta
el viernes 10 de julio del 2015.
5
Art.7.- Al retorno a la Universidad dentro de la vigencia de la Reserva de matrcula, se le
reconocer todos los montos pagados al momento de matricularse, excepto los de carnet
universitario, afiliacin a seguro contra accidentes, examen mdico entre otros.
Art.8.- Tratndose de estudiantes que hubieren cancelado el derecho de matrcula y no se
hubieren registrado en el semestre acadmico respectivo, proceder la devolucin previa
solicitud a travs de trmites en lnea del Campus Virtual del estudiante en la opcin
OTROS y cancelacin del derecho de trmite segn tasa administrativa. Tambin podr
realizarlo en la oficina de Finanzas del Alumno. Se retendr el 10% del monto a devolver
por concepto de gastos administrativos.
CAPITULO III
DE LAS PENSIONES
Art.9.- La pensin es el monto que cubre los costos y gastos para la prestacin de los
servicios educativos que brinda la USS durante cada semestre acadmico. Esta pensin es
variable en cuatro y cinco cuotas respecto a la naturaleza del servicio a prestar y respecto
a cada Escuela Profesional, su escala es determinada para cada ciclo y/o semestre
acadmico por la Universidad y es de pblico conocimiento de los estudiantes con
anterioridad al inicio del respectivo proceso de matrcula en cada Escuela Profesional y/o
Facultad, y a travs de los medios de informacin, de comunicacin y de divulgacin de la
Universidad.
Art.10.- El estudiante y/o representante econmico aceptan y se comprometen a pagar
puntualmente en forma solidaria, por los servicios educativos superiores prestados por la
Universidad Seor de Sipan, dentro del plazo establecido segn cronograma de pago de
pensiones, reconociendo que la Universidad se financia fundamentalmente con las
pensiones, las que a su vez solventan el pago de remuneraciones del personal docente,
administrativo y de servicios, as como la adquisicin de los bienes y la contratacin de los
servicios requeridos para funcionamiento de los servicios educativos que brinda.
6
PAGOS CON DESCUENTO
Art.11.- El pago del semestre acadmico al contado tiene un descuento del 5% del costo
total; para ello deber programar las pensiones en slo una cuota en la oficina de Finanzas
del Alumno, siendo el plazo lmite para el pago con descuento el da jueves 2 de Abril.
Art.12.- La programacin de los pagos de pensiones por creditaje podr realizarse hasta
el da martes 14 de abril del 2015. El costo por crdito de las Escuelas Acadmico
Profesionales de: Administracin, Artes & Diseo Grfico Empresarial, Arquitectura,
Ciencias de la Comunicacin, Contabilidad, Derecho, Enfermera, Ing. Agroindustrial y
Comercio Exterior, Ing. Civil, Ing. De Sistemas, Ing. Econmica, Ing. Industrial, Ing.
Mecnica Elctrica, Negocios Internacionales, Psicologa, Turismo y Negocios, Trabajo
Social es de S/. .70.00 siempre y cuando la programacin sea al contado. Si la
programacin es en ms de una cuota se adiciona un costo de S/. 10.00 en cada una.
Para la Escuela Acadmico Profesional de Estomatologa el costo por crdito es de
S/.130.00 en una cuota. Si la programacin es en ms de una cuota se adiciona un costo
de S/. 10.00 en cada una.
Para la Escuela Acadmico Profesional de Medicina Humana el costo por crdito es de
S/. 270.00 en una cuota. Si la programacin es en cuotas se adiciona un costo de S/. 10.00
en cada una.
CAPITULO IV
DE LOS BENEFICIOS
Art.13.- Se aplica a partir de la fecha de emisin de Resolucin de Gerencia General que
concede el beneficio. Para mantener la subvencin econmica es imprescindible que el
estudiante pague puntualmente sus pensiones quedando establecido que si el estudiante
se retrasa en el pago de sus cuotas perder automticamente el beneficio aplicndose a
partir de la siguiente cuota a vencer, pagando en las cuotas sub siguientes la pensin
completa. Se otorgar un plazo de diez das hbiles despus del vencimiento de cada cuota
para ejecutar lo descrito anteriormente.
7
UNIVERSIDAD SEOR DE SIPN S.A.C. ESCALA DE PENSIONES
ESCUELAS PROFESIONALES TOTAL CICLO
EN 4 CUOTAS
EN 5 CUOTAS
ADMINISTRACIN 1,850.00 462.50 370.00
ARTES & DISEO GRFICO EMPRESARIAL 2,000.00 500.00 400.00
ARQUITECTURA 2,000.00 500.00 400.00
CIENCIAS DE LA COMUNICACIN 1,800.00 450.00 360.00
CONTABILIDAD 1,850.00 462.50 370.00
DERECHO 2,000.00 500.00 400.00
ENFERMERA 1,800.00 450.00 360.00
ESTOMATOLOGA 3,000.00 750.00 600.00
ING. AGROINDUSTRIAL Y COMERCIO EXTERIOR 1,900.00 475.00 380.00
INGENIERA CIVIL 1,900.00 475.00 380.00
INGENIERA DE SISTEMAS 1,900.00 475.00 380.00
INGENIERA ECONMICA 1,900.00 475.00 380.00
INGENIERA INDUSTRIAL 1,900.00 475.00 380.00
INGENIERA MECNICA ELCTRICA 1,900.00 475.00 380.00
MEDICINA HUAMANA 6,000.00 1,500.00 1,200.00
NEGOCIOS INTERNACIONALES 1,900.00 475.00 380.00
PSICOLOGA 1,800.00 450.00 360.00
TURSMO Y NEGOCIOS 1,800.00 450.00 360.00
TRABAJO SOCIAL 1,800.00 450.00 360.00
CUADRO DE ESTMULOS Y CATEGORAS
TIPO TOTAL CICLO
EN 4 CUOTAS
EN 5 CUOTAS
CATEGORIA ESPECIAL 1,650.00 412.50 330.00
MEDIA BECA 1,400.00 350.00 280.00
BECA 1,150.00 287.50 230.00
ESCUELA PROFESIONAL DE ESTOMATOLOGA TOTAL CICLO
EN 4 CUOTAS
EN 5 CUOTAS
CATEGORIA ESPECIAL 2,500.00 625.00 500.00
MEDIA BECA 2,250.00 562.50 450.00
BECA 2,000.00 500.00 400.00
(*) No se otorga estmulos y categora en la Escuela de Medicina Humana
PAGOS ADICIONALES: PROGRAMADO EN LA PRIMERA PENSIN
SERVICIO MONTO PERIODICIDAD
CARNET UNIVERSITARIO S/. 25.00 ANUAL
CARNET DE SERVICIOS UNIVERSITARIOS S/. 10.00 BIANUAL
8
ACTIVIDADES ACADMICAS Y SOCIALES POR ANIVERSARIO: I SEMESTRE A TODOS LOS ESTUDIANTES Y II SEMESTRE SLO A INGRESANTES
S/. 20.00 ANUAL
DERECHO DE CATEGORIZACIZACIN S/. 30.00 SEMESTRAL
EXAMEN MDICO A INGRESANTES DE LA ESCUELA DE MEDICINA HUMANA
S/. 50.00 PAGO NICO
PAGOS ADICIONALES PROGRAMADOS SEGN REGISTRO DE MATRCULA Y
CONDICIN ACADMICA
SERVICIO MONTO PERIODICIDAD
MDULO POR CURSO DE FORMACIN GENERAL REGISTRADO (DEL I AL VII CICLO)
S/. 10.00 SEMESTRAL
MDULO POR CURSO DE INVESTIGACIN: METODOLOGA DE LA INVESTIGACIN CIENTFICA, MTODOS ESTADSTICOS
S/. 15.00 SEMESTRAL
PAGO DE AFILIACIN VOLUNTARIA A SEGURO PROTECTA CONTRA ACCIDENTES (VOLUNTARIO)
S/. 10.00 SEMESTRAL
DERECHO DE CRDITO ADICIONAL (SEGN PLAN DE ESTUDIOS)
S/. 50.00 SEMESTRAL
DERECHO DE SEGUNDA MATRCULA (NO INCLUYE LAS INHABILITACIONES)
S/. 50.00 SEMESTRAL
DERECHO DE TERCERA MATRCULA (NO INCLUYE LAS INHABILITACIONES)
S/. 70.00 SEMESTRAL
DERECHO DE CUARTA MATRCULA (NO INCLUYE LAS INHABILITACIONES)
S/. 100.00
SEMESTRAL
DERECHO POR USO DE CLINICA ESTOMATOLGICA (POR CRDITO)
S/. 60.00 PAGO NICO
Art.14.- El estudiante y/o su Responsable Econmico se obligan a pagar el monto de la
matrcula y de pensin sin recargo adicional por inters moratorio, siempre que cumplan
con el cronograma de pago establecido por la Universidad.
9
Art.15.- Las Modalidades de pago de matrculas y pensiones deber realizarse en:
1. Oficinas del Banco de Crdito a nivel Nacional para ello deber indicar en ventanilla el
nombre de la Universidad Seor de Sipan, el cdigo de estudiante y la cuenta de
matrculas y pensiones o de servicios programables si son trmites en lnea.
2. Agentes BCP, indicando el nombre de la Universidad Seor de Sipan y cdigo de
estudiante.
3. Mediante Internet (Va BCP).
Si es cliente del Banco de Crdito podr realizar sus pagos por la pgina Web del BCP:
Para lo cual deber seguir los siguientes pasos:
- Ingresar a la pgina Web. www.viabcp.com e ingresar a la opcin ingresa a tus
cuentas.
- Ingresa datos de la cuenta que usar para la realizacin del pago: nmero de tarjeta,
clave virtual de 6 dgitos registro de imagen que aparece en la pgina y siguiente.
- Elegir la opcin pago de servicios luego universidades.
- Seleccionar el nombre de la Universidad Seor de Sipan.
- Digitar el cdigo del alumno.
- Seleccionar la cuenta. (matrculas y pensiones o servicios programables)
- Validar el pago realizando la confirmacin ingresando su clave digital.
4. Oficinas del Banco Continental indicar en ventanilla el nombre de la Universidad Seor
de Sipn y el cdigo del estudiante.
5. Realiza tus pagos con tarjeta Visa o MasterCard (debito y/o crdito) en las diferentes
cajas de la Universidad Seor de Sipan.
CAJA DIRECCIN
Campus USS Km 5 carretera a Pimentel-Lambayeque
Oficina de Informes Chiclayo San Jos y Alfredo Lapoint N 710-Chiclayo
Oficina de Informes Chiclayo Av. Luis Gonzales N 1004-Chiclayo
Oficina de Informes Centro de Idiomas Av. Balta 160-Chiclayo
Centro Enlace Lima Av. Arenales 271 San Isidro-Lima
Centro Enlace Trujillo Av. Independencia N 843-Trujillo
10
CRONOGRAMA DE PAGOS
CAPITULO V
DE LAS OBLIGACIONES
Art.16.- La Universidad Seor de Sipan no se responsabiliza de las consecuencias
Acadmicas generadas por las inasistencias a las sesiones en aula o fuera de ellas.
Art.17.- El estudiante que tenga deuda de pensin u otros conceptos, no podr inscribirse
en seminarios, talleres u otras actividades acadmicas ni ser atendido en solicitudes
administrativas (constancia, certificados, retiros, etc.)
Art.18.- Los compromisos, convenios, y cualquier otro tipo de facilidades de pago se
realizar con el Responsable Econmico o el Estudiante segn sea el caso, el mismo que
tendr el cargo por gastos administrativos. El incumplimiento de los compromisos asumidos
con la Universidad, implicara la anulacin automtica de los beneficios hasta que regularice
su situacin.
CONCEPTO MONTO FECHA
Pago de Matrcula Regular S/. 300.00 05 de Enero al 27 de Febrero
Pago de Matrcula Extempornea S/. 350.00 28 de Febrero al 01 de Abril
4 CUOTAS 5 CUOTAS
PRIMERA CUOTA 02 de abril 02 de abril
SEGUNDA CUOTA 01 de mayo 03 de abril
TERCERA CUOTA 01 de junio 01 de mayo
CUARTA CUOTA 01 de julio 01 de junio
QUINTA CUOTA Exonerados 01 de julio
11
Art.19.- El estudiante deber presentar de forma obligatoria su carnet universitario en la
puerta de ingreso del campus cada vez que se solicite.
Art.20.- La persona o personas que suscriben la Declaracin Jurada de Compromiso de
Pago asumen la responsabilidad econmica de las deudas del estudiante por los servicios
educativos que se brinda. Ello implica que dicha persona se convierte en fiador personal
irrevocable y solidario sin beneficio de excusin frente a los adeudos econmicos a favor
de la Universidad.
Art.21.- El estudiante que incumpla con el pago oportuno de alguna de las pensiones
establecidas en su cronograma de pago a favor de la Universidad, pierde automticamente
todo beneficio econmico que sta le haya otorgado.
Art.22.- Queda expresamente sealado que el incumplimiento de las obligaciones de pago
de las pensiones a favor de la Universidad en las fechas establecidas en el respectivo
cronograma y devengadas durante el ciclo acadmico donde se haya registrado la matrcula
no generar la suspensin del servicio educativo por parte de la Universidad; sin embargo,
el estudiante no podr obtener los Certificados de Estudio correspondientes al ciclo donde
exista deuda, ni podr registrar nueva matrcula.
CAPITULO VI
TRATAMIENTO DE MORAS
Art.23.- Las pensiones y otros conceptos de pago incluidos en el Cuadro de Tasas
Administrativas y TUPA, que no se paguen hasta la fecha de su vencimiento generarn el
cobro de Gastos Administrativos y de intereses.
Art.24.- El inters moratorio se paga de acuerdo a la tasa de inters interbancario dispuesta
por la Superintendencia de Banca y Seguros por cada concepto vencido, hasta la
12
cancelacin de las mismas. Estas se devengan automticamente a partir del segundo da
de vencida la pensin impaga y se calculan en forma diaria y acumulativa hasta la fecha de
su cancelacin.
Art.25.- Los estudiantes que presenten deuda de cualquier tipo no podrn matricularse en
el ciclo vigente.
Art.26.- Los estudiantes no podrn ser beneficiarios de descuentos de inters moratorio,
si las mismas se generaron en el ciclo inmediato anterior.
Art.27.- En el ciclo vigente toda exoneracin de moras ser como resultado de una
evaluacin econmica del solicitante.
GASTOS ADMINISTRATIVOS
Art.28.- Los gastos administrativos corresponden a la administracin y cobranza de las
pensiones vencidas y no pagadas; lo cual implica, labores para identificar las cuotas no
pagadas, asignacin de personal para coordinar con los alumnos que no han cancelado
sus deudas, atencin personalizada a alumnos que solicitan alternativas para cancelacin
de pagos, reuniones de coordinacin internas con presencia de Decanos, Directores de
Escuela y Directores administrativos para evaluar la cartera morosa y sus efectos,
comunicaciones a los alumnos va intranet, seguimiento de cuentas morosas, entre otras
actividades.
Art.29.- Adicionalmente, gestiones ante proveedores e instituciones financieras y
bancarias para negociar financiamientos y adquirir crditos con el consecuente pago de
intereses y derechos, por no contar oportunamente con la recaudacin de ingresos
suficientes en el plazo fijado, necesarios para cumplir con sus obligaciones. El importe de
los gastos administrativos es de Cincuenta Nuevos Soles (S/. 50.00) a partir del da
siguiente de vencida la fecha de pago programada.
13
DE LA DIFUSION
Art.30.- La Universidad informar a los estudiantes, a travs de los diversos medios de
comunicacin de los que disponga, el respectivo cronograma de pagos, con la debida
anticipacin y antes del inicio del proceso de matrcula.
Art.31.- El Estudiante y su Responsable Econmico reconocen que la Universidad le
asign al Estudiante una cuenta de correo electrnico ([email protected]), en
donde el estudiante y su Responsable Econmico aceptan la obligacin de leer las normas
internas donde se sealan sus derechos y obligaciones y las que corresponden a la
Universidad.
Art.32.- El presente Reglamento se encuentra a disposicin de los estudiantes en la Pgina
Web y en los sistemas de informacin de la Universidad.
REEMBOLSOS
Art.33.- Un alumno puede solicitar reembolso de sus pagos solo en las siguientes
situaciones:
a. Pago en un semestre en el que no se encuentra matriculado.
b. Pago en exceso al momento de solicitar un trmite virtual.
c. Despus de retirarse del semestre acadmico habiendo realizado pago(s) adelantado(s)
y no haber usado los servicios de la Universidad consignado(s) en la boleta(s) por dicho(s)
perodo(s).
d. Pago duplicado de boleta(s) o trmite(s).
e. Servicios y moras cobradas por error.
f. Errores en relacin a los montos facturados.
Art.34.- El alumno realiza la solicitud de reembolso por escrito. El plazo mximo para que
se haga efectivo el reembolso a favor del alumno ser de 10 das hbiles a partir de la fecha
en que el mencionado alumno realiz la solicitud por escrito.
14
Art.35.- El proceso de reembolso de solicitudes aprobadas considera lo siguiente:
a. Si el alumno tiene alguna boleta emitida, se aplica una nota de crdito por el importe a
devolver en dicha boleta.
b. Si el alumno no tiene boletas generadas, la devolucin se realiza mediante cheque o en
efectivo segn disponga la Universidad. Si el alumno es menor de edad, el beneficiario es
su apoderado.
Art.33.- Las solicitudes de reembolso se tramitan en el ciclo acadmico en el que se incurre
en alguna de las situaciones descritas en el artculo. Excepcionalmente, la Jefatura de
Administracin de Recursos Financieros, con el visto bueno de la Gerencia General de la
Universidad puede autorizar solicitudes extemporneas.