Sistema Tributario Nacional

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  • UNIVERSIDAD PERUANA LOS ANDES CATEDRA: TRIBUTACION IDocente: CPCC. NILTON GANDHY CAMARENA SANCHEZ SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL

  • Tolerancia de 10 minutos para alumnos desde el inicio de clase, se cierra la puerta . La tardanza equivale a INASISTENCIASe exige una conducta apropiada durante las clases.Los celulares APAGADOS, el alumno que no lo haga ser retirado de la clase.Se mantendr el nivel de exigencia acadmica. No se tomar exmenes extras.En las exposiciones individuales o grupales deben utilizar presentaciones en power point.En la exposiciones se deber utilizar mapas mentales, mapas conceptuales e ideas clave, no texto. El alumno debe exponer, no leer.Algunas Reglas a Tener en Cuenta

  • PORQUE TRIBUTAMOS? EL ESTADO

    Es una Institucin.Constituida por la Sociedad / Nacin.Para atender los Asuntos de Inters Comn.Bsqueda del bienestar de sus miembros.

  • EL ROL DEL ESTADOProporcionar un marco de ley y orden en el que su poblacinpueda vivir de manerasegura, y administrar todos los aspectos que considere de suresponsabilidad.

  • POLTICA TRIBUTARIALineamientos que orientan, dirigen yfundamentan el sistema tributario.En nuestro pas, la poltica tributariala disea y propone el Ministerio deEconoma y Finanzas.

  • NORMAS TRIBUTARIAS

    Conjunto de dispositivos legales que son labase para la implementacin de la polticatributaria. Entre los principales: CdigoTributario, las leyes de creacin de impuestos ylas leyes penales tributaria y aduanera.

    En el Per, los tributos se crean por ley a travsdel Congreso y por normas con rango de ley,como los decretos legislativos y las ordenanzasmunicipales, en el caso de algunos tributosmunicipales.

  • Principios Generales

    Legalidad - Reserva de la Ley : Toda disposicincon implicancia tributaria debe estar sustentada enun marco legal legtimo.

    Igualdad: La carga tributaria debe estar deacuerdo con la capacidad contributiva.

    Respeto a los derechos fundamentales de laspersonas, establecidos en el artculo 2 de la CPP

    No confiscatoriedad: No afectar la fuentegeneradora de ingresos imponibles

  • Otros Principios Generales

    Neutralidad: No debe generar distorsionesen la economa.

    Simplicidad: Identificar claramente al sujetoy la base imponible. Debe ser sencillo y defcil comprensin.

    Solidaridad: Los ciudadanos debencolaborar con el Estado en su funcinrecaudadora (Estado Social, Democrtico,Art. 43 CPP 1993).

  • Otros Principios Generales

    Buena fe y presuncin de veracidad: enDDJJ de contribuyentes y usuarios delComercio Exterior

    Publicidad: Todo documento queconstituya norma exigible a loscontribuyentes o usuarios debe serpublicado

    Economa de la recaudacin: El monto delos tributos debe ser mayor a los costos derecaudarlos

  • PARA QU TRIBUTAMOS?

  • Para qu Tributamos?

  • TRIBUTO Prestacin usualmente en dinero a favor del Estado, establecida por Ley. No constituye sancin, considera, en principio, la capacidad contributiva del sujeto obligado y es exigible coactivamente.

  • TRIBUTO Prestacin usualmente en dineroEl tributo implica al obligacin de dar dinero (pagar) en efectivo. Se admite, en algunos casos, el pago del tributo en especie, en moneda extranjera, cheques, documentos valorados e incluso mediante debito en cuenta bancaria. Para lo cual se exigen requisitos especficos adicionales.Establecida por LeyLos Estados soberanos tienen la facultad de crear tributos (Poder Tributario), la cual se ejerce, fundamentalmente, a travs del Poder Legislativo.

  • TRIBUTO A favor del EstadoEl Estado es la entidad a favor del cual debe realizarse la prestacin de dar dinero, con la finalidad de que pueda cumplir sus roles.No constituye sancinEl Tributo constituye un mecanismo que permite a los ciudadanos dotar de recursos al Estado.

  • TRIBUTOConsidera la capacidad contributiva del sujeto obligadoAl establecer un tributo se debe tener en cuenta al capacidad real del sujeto obligado para afrontar la carga econmica que supone el tributo, expresado en el Principio de No Confiscatoriedad.Es exigible coactivamenteEn caso que el obligado a la prestacin tributaria no cumpla con realizarla, el Estado puede recurrir al uso legtimo de la fuerza para afectar el patrimonio del deudor y hacer efectivo el pago del TRIBUTO.

  • MANIFESTACIONES DE LA CAPACIDAD CONTRIBUTIVARENTA.- Ej. Impuesto a la Renta: Grava la renta neta generada anualmente.

  • MANIFESTACIONES DE LA CAPACIDAD CONTRIBUTIVACONSUMO.- A travs del consumo uno manifiesta su capacidad contributiva y por tanto tributa, por ejemplo con IGV.

  • MANIFESTACIONES DE LA CAPACIDAD CONTRIBUTIVA PATRIMONIO.- La tenencia de patrimonio. A mayor patrimonio mayor impuesto patrimonial. Ej. Impuesto Predial

  • Ambito de aplicacinSISTEMA TRIPARTITOImpuestosContribucionesTasasNo genera contraprestacin directa del Estado al contribuyenteBeneficios derivados de obras pblicas o actividades estatalesPrestacin efectiva individualizada Arbitrios Derechos Licencias

  • IMPUESTO:Es el Tributo cuyo cumplimiento no origina una contraprestacin directa en favor del contribuyen por parte del Estado. En los Impuestos el Contribuyente paga, pero no recibe en forma directa ninguna retribucin por parte del Estado, ejemplo: El Impuesto a la Renta, el IGV, el ISC.

  • CONTRIBUCIN:Es el Tributo cuya obligacin tiene como hecho generador beneficios derivados de la realizacin de obras pblicas o de actividades estatales . En la Contribucin el Contribuyente paga y recibe una contraprestacin directa del Estado en forma general y mediatamente (despus), ejemplo: EsSalud, ONP, Senati, Sencico,SIS

  • TASA:Es el tributo cuya obligacin tiene como hecho generador la prestacin efectiva por el Estado de un servicio pblico individualizado en el contribuyente. En las Tasas existe una especial actividad del Estado materializada en la prestacin de un servicio individualizado en el Contribuyente, el cual es inmediato por beneficiar a quien lo solicite, ejemplo: Si Juan Prez se acerca a la Municipalidad a solicitar una Partida de Nacimiento, deber pagar una Tasa recibiendo en forma inmediata su Partida de Nacimiento. Tramite de inscripcin en Registros Pblicos

  • CLASIFICACION DE LAS TASASArbitrios: Es la Tasa que se paga para el mantenimiento de un servicio pblico, ejemplo: Arbitrio de Limpieza Publica, Serenazgo.

    Derechos: Es la Tasa que se paga para la prestacin de un servicio administrativo, ejemplo: Obtencin del DNI, Partida de Nacimiento, Partida de Matrimonio, Certificado Domiciliario.

    Licencias: Es la Tasa que se paga para la autorizacin a ejercer una actividad, ejemplo: Licencia de Funcionamiento, Licencia de Conducir, Licencia para portar armas de fuego (Discamec), Licencia de Construccin.

  • SISTEMA TRIBUTARIO NACIONALCODIGO TRIBUTARIOTRIBUTOSGOBIERNO CENTRALGOBIERNOS LOCALESPARA OTROS FINESI. A LA R. (1,2,3,4,5)I. G. V.I.S.C.R.U.S.ARANCELESTASA DE PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICOS.7. ITAN8. R.E.R.

    IMP.PATRIMONIO PREDIALIMP. ALCABALAIMP. A LOS JUEGOSIMP. APUESTASIMP. A LOS ESPECTACULOSIMP. PAT. VEHICULARARBITRIOS MUNICIPALESTASAS MUNICIPALESOTROS

    CONTRIB. ESSALUDAPORTE ONPAPORTE A SENATIAPORTE A SENCICO

  • Muchas gracias!!!

    *Vivimos es un pas maravilloso, en el portal del Estado Peruano dice..Heredero de culturas milenarias y de una rica tradicin colonial, el Per es, adems, un enclave mgico que alberga una de las mayores biodiversidades del planeta: un verdadero crisol de diferentes culturas es cierto? Claro que lo es..Sin embargo existe una gran desigualdad.En este mismo momento en que estamos sentados en este cmodo auditorio, seguro muchos de ustedes se irn a su casa, prendern el televisor y les bastara con abrir el refrigerador para encontrar los alimentos que necesitan.Pero millones de peruanos no tienen esa suerte.