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UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN FACULTAD DE EDUCACIÓN Departamento de Curriculum e Instrucción Didáctica I Evaluación Pedagogía en Ciencias Naturales Mención Biología Profesora: Dra. Carla Barría Cisterna TRABAJO DE APLICACIÓN “Sobre Paradigmas, Enfoques y Tipos de evaluación en Decretos de Evaluación de la Educación Básica y Educación Media”

Sobre Paradigmas, Enfoques y Tipos de evaluación en Decretos de Evaluación de la Educación Básica y Educación Media Chilena

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Descripción y Análisis de los Decretos de la Educación Chilena.

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UNIVERSIDAD DE CONCEPCINFACULTAD DE EDUCACINDepartamento de Curriculum e InstruccinDidctica I EvaluacinPedagoga en Ciencias Naturales Mencin BiologaProfesora: Dra. Carla Barra Cisterna

TRABAJO DE APLICACIN

Sobre Paradigmas, Enfoques y Tipos de evaluacin en Decretos de Evaluacin de la Educacin Bsica y Educacin Media

Integrantes: - Tamar Moreno A. Natalie Salazar A. Abril 15, 2013.

INTRODUCCINEn la actualidad hay muchos decretos que guan nuestro diario vivir. Se entiende por decreto cuando ste posee un contenido reglamentario, el cual se debe implementar.Los Decretos 511, 112 y 83, estn basados en el avance educativo, para cada uno de los niveles de la Educacin chilena. Cada uno de estos mandatos incita a que los colegios o liceos promuevan un Reglamento de Evaluacin, de acuerdo a los Planes y Programas de estudio que entrega el Ministerio de Educacin, adems de algunas normativas. Estos reglamentos estn basados en lo que conocemos como Paradigmas, los cuales han estado presentes a lo largo de nuestra historia, uno de ellos es el Paradigma Tradicional, el que predomin hasta que las exigencias de la sociedad fueron cambiando, lo que origin el llamado quiebre Paradigmtico dando comienzo al Paradigma Constructivista. Cada uno de estos modelos posee ideas generales de evaluacin los cuales guan al docente al momento de calificar y de promover a un alumno.El Paradigma Tradicional se enfoca en la entrega del conocimiento y posteriormente en la evaluacin, mientras que el Paradigma Constructivista se basa en la entrega conocimientos, habilidades y actitudes.En la actualidad los profesores adoptan uno de estos modelos educativos ya sea por un requerimiento propio o del establecimiento en el que se encuentran, e incluso por que uno de estos demanda menos tiempo, como es el caso del Paradigma Tradicional, ya que el alumno es comparado con el resto del curso; mientras que el Paradigma Constructivista se basa en los alumnos y en sus conocimientos, y no es comparado con los dems; pero para ello el profesor debe realizar sucesivas mediciones y/o evaluaciones a lo largo del proceso de enseanza.Adems, estos paradigmas poseen mtodos para ser aplicados, los cuales llamamos Enfoques, stos poseen ideas especficas, pero asimismo contiene tipos de evaluaciones; para lo cual, primero debemos considerar la siguiente interrogante: Qu se entiende por Evaluacin? Se concibe como accin constante de recoleccin o procedimiento de datos sobre elementos o sucesos educativos, con el fin de: primero apreciarlos y posteriormente sobre esta apreciacin, tomar algunas decisiones, pero todo guiado de acuerdo al enfoque que nosotros le demos.Todo esto esta apuntado para poder mejorar los aprendizajes de los alumnos (as), con el propsito de mejorar la calidad de enseanza en Chile.

I. En base al Decreto de Evaluacin 511 de 1997 de Educacin Bsica y su Exento 17 ( que modifica el Artculo 10 del Decreto 511):

Qu Paradigmas Evaluativos estn presentes en el Decreto 511?

De acuerdo a lo ledo del Decreto de Evaluacin 511 de 1997 de Educacin Bsica, podemos afirmar que el Paradigma presente en el Decreto son el Paradigma Tradicional y el Paradigma Constructivista. El primer paradigma se caracteriza porque los Objetivos Educacionales se enfocan en la relevancia de la dimensin Conocimiento; en el que calificar, seleccionar y promover son los criterios fundamentales a la hora de promover a un alumno, dependiendo si ste cumpli o no con llevar a cabo el logro de los objetivos . De manera de evidenciar la presencia del Paradigma Tradicional, se cita un extracto del Artculo 11, inciso 1:

ARTCULO 11: Para la promocin de los alumnos de 2 a 3 y de 4 hasta 8 ao de enseanza bsica, se considerarn conjuntamente, el logro de los objetivos de los subsectores, asignaturas o actividades del aprendizaje del plan de estudio y la asistencia a clases:

1.- Respecto del logro de los objetivos:

a) Sern promovidos los alumnos que hubieren aprobado todos los subsectores, asignaturas o actividades de aprendizaje de sus respectivos planes de estudio. El segundo Paradigma se ve presente en el Exento 107 del Artculo 10, Decreto 511:EXENTO 107 QUE MODIFICA EL ARTCULO 10 DEL DECRETO 511:ARTCULO 10: () El (la) Director (a) del respectivo establecimiento podr decidir excepcionalmente, previo informe fundado en variadas evidencias del Profesor (a) Jefe del curso de los alumnos (as) afectados (as), no promover de 1 a 2 ao bsico o de 3 a 4 ao bsico a aquellos (as) que presenten un retraso significativo en lectura, escritura y/o matemtica, en relacin a los aprendizajes esperados en los programas de estudio que aplica el establecimiento y que pueda afectar seriamente la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior().

Qu Enfoque o Enfoques Evaluativos estn presentes en el Decreto 511?

De acuerdo a los parmetros establecidos en el Paradigma Tradicional, el enfoque que predomina en el Decreto 511 de 1997 de Educacin Bsica, es el Enfoque Edumtrico, ya que este enfoque evala segn la Congruencia con los Objetivos Educacionales y la Toma de Decisiones. Esta forma de evaluar se expresa claramente en el siguiente extracto del Decreto 511, Artculo 6:

ARTCULO 6: Al trmino del ao lectivo los establecimientos educacionales que as lo determinen podrn administrar un procedimiento de evaluacin final a los alumnos en los subsectores, asignaturas o actividades de aprendizaje que consideren procedente. Lo anterior, sin perjuicio de eximir de esta obligacin a aquellos que presenten un logro de objetivos que el establecimiento considere adecuado. En los subsectores, asignaturas o actividades de aprendizaje en que se aplique un procedimiento de evaluacin final, ste tendr una ponderacin mxima de un 30%.

En segundo lugar, el otro enfoque arraigado en el Decreto 511, es el Psicomtrico que interpreta la Evaluacin como medicin que se define como la asignacin de nmeros que permitan expresar en trminos cuantitativos el grado en que un alumno posee determinadas caractersticas". Esta definicin se ve revelada en el Decreto 511, Artculo 7:

DE LA CALIFICACIN

ARTCULO 7: Los resultados de las evaluaciones, expresados como calificaciones de los alumnos en cada uno de los subsectores, asignaturas, o actividades de aprendizaje, para fines de registrarlas al trmino del ao escolar, se anotarn en una escala numrica de 1 a 7, hasta con un decimal. La calificacin mnima de aprobacin, deber ser 4.0.

Y por ltimo en el Enfoque Constructivo, la enseanza se concibe como un proceso a travs del cual se ayuda, se apoya y se dirige al estudiante en la construccin del conocimiento. Este enfoque se ve expresado en el Decreto 511, Artculo 3, inciso A y D:

ARTCULO 3: El Reglamento de Evaluacin de cada establecimiento educacional deber contener entre otras:

A) Disposiciones respecto a estrategias para evaluar los aprendizajes de los alumnos ().D) Disposiciones de Evaluacin Diferenciada que permitan atender a todos los alumnos que as lo requieran, ya sea en forma temporal o permanente.

Qu tipos de Evaluacin Tradicional estn presentes en el Decreto 511?

De acuerdo al Enfoque Edumtrico desde la perspectiva Tradicional, tenemos dos Tipos de Evaluacin: el primero es la Evaluacin como Congruencia con los Objetivos Educacionales que se define como la determinacin del grado de logro de un objetivo propuesto con antelacin (Ralph Tyler, 1930), y el segundo como Toma de Decisiones, descrito como un proceso de identificacin, recoleccin y anlisis de informacin que justifique una decisin determinada"(diversos autores, 1950). Estos dos tipos de Evaluacin se basan en el porcentaje de preguntas respondidas de acuerdo al porcentaje de corte prefijado para el objetivo; de esta manera, los Artculos 7 y 8 del Decreto 511 de 1997 de Educacin Bsica, establecen que:

DE LA CALIFICACIN:

ARTCULO 7: Los resultados de las evaluaciones, expresados como calificaciones de los alumnos en cada uno de los subsectores, asignaturas o actividades de aprendizaje, para fines de registrarlas al trmino del ao escolar, se anotarn en una escala numrica de 1 a 7, hasta con un decimal. La calificacin mnima de aprobacin, deber ser 4.0.

ARTCULO 8: El logro de los Objetivos Fundamentales Transversales se registrar en el Informe de Desarrollo Personal y Social del alumno, el que se entregar peridicamente a los padres y apoderados junto con el Informe de Calificaciones.

Qu tipos de Evaluacin Constructivista estn presentes en el Decreto 511?

Segn el marco de referencia que gua la perspectiva Constructivista, que son las Zonas de Desarrollo Sociocognitiva cuya funcin es develar fortalezas y debilidades del que aprende y del que ensea, se puede detectar la impronta de la Evaluacin Tridimensional, que como definicin de concepto es un Modelo que permite develar los conocimientos, las habilidades y las actitudes del aprendizaje y con ello mejorar el proceso de aprendizaje y enseanza (Barra, C. 2010). Este modelo se puede ver reflejado en el siguiente extracto del Exento 107 que modifica el Artculo 10 del Decreto 511:

EXENTO 107 QUE MODIFICA EL ARTCULO 10 DEL DECRETO 511:ARTCULO 10: () El (la) Director (a) del respectivo establecimiento podr decidir excepcionalmente, previo informe fundado en variadas evidencias del Profesor (a) Jefe del curso de los alumnos (as) afectados (as), no promover de 1 a 2 ao bsico o de 3 a 4 ao bsico a aquellos (as) que presenten un retraso significativo en lectura, escritura y/o matemtica, en relacin a los aprendizajes esperados en los programas de estudio que aplica el establecimiento y que pueda afectar seriamente la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior. Adems, para adoptar tal medida, el establecimiento deber tener una relacin de las actividades de reforzamiento realizadas al alumno (a) y la constancia de haber informado oportunamente de la situacin a los padres y/o apoderados, de manera tal de posibilitar una labor en conjunto ().

II. En base al Decreto 112 de 1999 de Primeros y Segundos Medios: Qu Paradigmas Evaluativos estn presentes en el Decreto 112?Los Paradigmas presentes en el Decreto 112 de 1999 de Primeros y Segundos Medios, son el Paradigma Tradicional y el Paradigma Constructivista; el primero se caracteriza por ser un modelo educativo tradicional que refuerza el esquema en el cual el profesor se constituye en el eje del proceso de enseanza y de aprendizaje, () donde la adquisicin del conocimiento es el objetivo principal del proceso de enseanza y de aprendizaje y la exposicin del maestro ocupa un lugar preponderante. a Este patrn se ve demostrado en el Decreto 112, Artculo 8:

ARTCULO 8: Para la promocin de los alumnos de 1 y 2 ao de Enseanza Media diurna, ambas modalidades se considerar conjuntamente el logro de los objetivos de los subsectores de aprendizaje o asignaturas del plan de estudio del establecimiento educacional y la asistencia a clases.

i. LOGRO DE OBJETIVOS:

a) Sern promovidos los alumnos de 1 y 2 ao Medio que hubieren aprobado todos los subsectores de aprendizaje o asignaturas de sus respectivos planes de estudio.b) Sern promovidos los alumnos que no hubieren aprobado un subsector de aprendizaje o asignatura, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 4.5 o superior. Para efecto del clculo se considerar la calificacin del subsector de aprendizaje no aprobado.c) Igualmente, sern promovidos los alumnos que no hubieren aprobado dos subsectores de aprendizaje o asignaturas, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio de 5.0 o superior. Para efecto del clculo se considerar la calificacin de los dos subsectores de aprendizaje no aprobados.

En cuanto al segundo Paradigma, el aprendizaje constructivista, se basa en la premisa de que el conocimiento no es algo que pueda transferirse de una persona a otra, sino que se construye por el propio individuo. El principio de aprendizaje constructivista cambia la perspectiva tradicional acerca de cmo aprende un estudiante; el objetivo esencial en este esquema es la construccin de significados por parte del alumno a travs de dos tipos de experiencias: el descubrimiento, la comprensin y la aplicacin del conocimiento b. Este tipo de enseanza se ve manifestado en el Decreto 112, Artculo 4:

ARTCULO 4: El Reglamento de Evaluacin que elaboren los establecimientos educacionales de Enseanza Media diurna para 1 y 2 ao, deber considerar las orientaciones tcnico pedaggicas del marco curricular de la Enseanza Media contenidas en el Decreto Supremo N220 de 1998. Adems, los establecimientos educacionales que apliquen los programas de estudio oficiales del Ministerio de Educacin debern tener presente los lineamientos de evaluacin que estos programas consignan. Del mismo modo, deber, a lo menos, contener disposiciones sobre los siguientes aspectos:

() Establecer las modalidades que emplear el establecimiento para entregar informacin a los padres y apoderados sobre el avance educacional de sus hijos o pupilos. Esta informacin contemplar tambin el progreso de los alumnos en el logro de los Objetivos Fundamentales Transversales. Procedimientos de Evaluacin Diferenciada que se aplicar a los alumnos que tengan dificultades temporales o permanentes para desarrollar adecuadamente su proceso de aprendizaje en algunos subsectores o asignaturas del plan de estudio ().

Qu enfoque o enfoques evaluativos estn presentes en el Decreto 112?

Uno de los enfoques presentes es el Enfoque Psicomtrico, que se encarga de indagar y establecer diferencias de aprendizaje entre los alumnos. Con esto busca determinar la ubicacin relativa de desempeo que cada alumno tiene dentro del grupo del cual forma parte en un momento y circunstancia dados c, y la forma de hacerlo es estableciendo medidas cuantitativas o calificaciones con escala del 1 al 7. Esta perspectiva de evaluacin se ve registrada en el Decreto 112, el Artculo 5:

ARTCULO 5: Para los efectos de la promocin escolar, las distintas formas de calificacin debern expresarse en una escala numrica del 1.0 al 7.0, hasta con un decimal, siendo la calificacin mnima de aprobacin final el 4.0.

En el Enfoque Edumtrico, la fuente de significado radica en el nivel de logro alcanzado por cada estudiante en relacin con cada criterio de evaluacin propuesto y no en el desempeo del grupo del que forma parte d. Este punto de vista de la evaluacin, se ve presente en el Decreto 112, Artculo 4:ARTCULO 4: El Reglamento de Educacin que elaboren los establecimientos educacionales de Enseanza Media diurna para 1 y 2 ao, deber considerar las orientaciones tcnico pedaggicas del marco curricular de la Enseanza Media contenidas en el Decreto Supremo N220 de 1998. Adems, los establecimientos educacionales que apliquen los programas de estudio oficiales del Ministerio de Educacin debern tener presente los lineamientos de Evaluacin que estos programas consignan. Del mismo modo, deber, a lo menos, contener disposiciones sobre los siguientes aspectos: () Formas, tipos y carcter de los procedimientos que aplicar el establecimiento educacional para evaluar los aprendizajes de sus alumnos en el logro de los Objetivos Fundamentales y Objetivos Fundamentales Transversales, de acuerdo con su proyecto educativo. Sistema de registro de los logros alcanzados por los estudiantes durante su proceso de aprendizaje, incluyendo los Objetivos Fundamentales Transversales (). Y por ltimo en el Enfoque Constructivo, la enseanza se concibe como un proceso a travs del cual se ayuda, se apoya y se dirige al estudiante en la construccin del conocimiento e. Este enfoque se ve expresado en el Decreto 112, Artculo 4:ARTCULO 4: El Reglamento de Evaluacin que elaboren los establecimientos educacionales de Enseanza Media diurna para 1 y 2 ao, deber considerar las orientaciones tcnico pedaggicas del marco curricular de la Enseanza Media contenidas en el Decreto Supremo N220 de 1998 (). Del mismo modo, deber, a lo menos, contener disposiciones sobre los siguientes aspectos: () Procedimientos de Educacin Diferenciada que se aplicar a los alumnos que tengan dificultades temporales o permanentes para desarrollar adecuadamente su proceso de aprendizaje en algunos subsectores o asignaturas del plan de estudio. Requisitos y procedimientos para promover alumnos con porcentajes menores al 85% de asistencia a clases y para resolver situaciones especiales de evaluacin y promocin dentro del ao escolar, tales como: ingreso tardo a clases; ausencias a clases por perodos prolongados; finalizacin anticipada del ao escolar; situaciones de embarazo u otras similares.

Qu tipos de Evaluacin Tradicional estn presentes en el Decreto 112?

En el Enfoque Psicomtrico, el tipo de evaluacin presente es la Evaluacin por Medicin, que consiste en asignar nmeros para expresar el aprendizaje del alumno de manera cuantitativa. Este tipo de evaluacin se ve reflejada en el Decreto 112, Artculo 5 y 8:

ARTCULO 5: Para efectos de la promocin escolar, las distintas formas de calificacin debern expresarse en una escala numrica de 1.0 a 7.0, hasta con un decimal, siendo la calificacin mnima de aprobacin final el 4.0.

ARTCULO 8:

i. () LOGRO DE OBJETIVOS:

b) ()Sern promovidos los alumnos que no hubieren aprobado un subsector de aprendizaje o asignatura, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 4.5 o superior. Para efecto del clculo se considerar la calificacin del subsector de aprendizaje no esperado.c) Igualmente, sern promovidos los alumnos que no hubieren aprobado dos subsectores de aprendizaje o asignaturas, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 5.0 o superior. Para efecto del clculo se considerar la calificacin de los dos subsectores de aprendizaje no aprobados.

Y por otra parte, el Enfoque Edumtrico se caracteriza por tener un tipo de Evaluacin como Congruencia de los Objetivos que se puede ver registrado en el Decreto 112, Artculo 4 y 7:

ARTCULO 4: El Reglamento de Evaluacin que elaboren los establecimientos educacionales de Enseanza Media diurna de 1 y 2 ao, deber considerar las orientaciones tcnico pedaggicas del marco curricular de la Enseanza Media contenidas en el Decreto Supremo N220 de 1998 (). Del mismo modo, deber, a lo menos contener disposiciones sobre los siguientes aspectos:

Formas, tipos y carcter de los procedimientos que aplicar el establecimiento educacional para evaluar el aprendizaje de sus alumnos en el logro de los Objetivos Fundamentales y Objetivos Fundamentales Transversales, de acuerdo con su proyecto educativo. Sistema de registro de los logros alcanzados por los estudiantes durante su proceso de aprendizaje, incluyendo los Objetivos Fundamentales Transversales. ()Establecer las modalidades que emplear el establecimiento para entregar informacin a los padres y apoderados sobre el avance educacional de sus hijos o pupilos. Esta informacin contemplar tambin el progreso de los alumnos en el logro de los Objetivos Fundamentales Transversales ().ARTCULO 7: La Evaluacin de los Objetivos Fundamentales Transversales y del Subsector de Consejo de Curso y Orientacin no incidirn en la promocin escolar de los alumnos. Qu tipos de Evaluacin Constructivista estn presentes en el Decreto 112?El tipo de Evaluacin presente en el Decreto es la Evaluacin como Mejora, entendida como un proceso de conocimiento, comprensin y mejora (Miguel Angel Santos Guerra) y est presente en el Decreto 112, Artculo 4:

ARTCULO 4: El Reglamento de Evaluacin que elaboren los establecimientos educacionales de Enseanza Media diurna para 1 y 2 ao, deber considerar las orientaciones tcnico pedaggicas del marco curricular de la Enseanza Media contenidas en el Decreto Supremo N220 de 1998. Adems, los establecimientos educacionales que apliquen los programas de estudio oficiales del Ministerio de Educacin debern tener presente los lineamientos de evaluacin que estos programas consignan.

()Formas, tipos y carcter de los procedimientos que aplicar el establecimiento educacional para evaluar los aprendizajes de sus alumnos en el logro de los Objetivos Fundamentales y Objetivos Fundamentales Transversales, de acuerdo con su Proyecto Educativo. ()Procedimientos para establecer la calificacin final de los alumnos. Determinar si se aplicar o no un procedimiento de evaluacin final a los alumnos y en qu subsectores de aprendizaje o asignatura, indicando quines deben rendirlo. En todo caso, la ponderacin mxima de esta evaluacin final no podr ser superior a un 30% (). Procedimientos de Evaluacin Diferenciada que se aplicar a los alumnos que tengan dificultades temporales o permanentes para desarrollar adecuadamente su proceso de aprendizaje en algunos subsectores o asignaturas del plan de estudio ().

III. En base al Decreto 83 del 2003 de Terceros y Cuartos Medios:

Qu Paradigmas Evaluativos estn presentes en el Decreto 83?Los Paradigmas presentes en el Decreto 83 del 2003 de Terceros y Cuartos Medios son el Paradigma Tradicional y el Paradigma Constructivista. El Paradigma Tradicional o Evaluacin Cuantitativa, mide el conocimiento de los alumnos a travs de pruebas escritas (de seleccin) o pruebas orales, y se puede ver expresado en el Decreto 83, Artculo 5:ARTCULO 5: Para la promocin de los alumnos (as) de 3 y 4 ao de la Enseanza Media, ambas modalidades, se considerar conjuntamente el logro de los objetivos de los subsectores de aprendizaje, asignaturas o mdulos del plan de estudio del establecimiento educacional y la asistencia a clases.

El Paradigma Constructivista o Evaluacin Cualitativa se rige por tres tipos de procedimiento: la observacin, las pruebas y el informe. ste se ve presente en el Decreto 83, Artculo 12, inciso C y H:

ARTCULO 12: Los Reglamentos de Evaluacin de cada uno de los establecimientos educacionales de Enseanza Media, ambas modalidades, reconocidos oficialmente por el Ministerio de Educacin, debern contener, a lo menos, las siguientes disposiciones:

C) Determinar si se elaborar un informe sobre el desarrollo de los alumnos (as) en los Objetivos Fundamentales Transversales y la periodicidad del mismo. Este informe debe ser cualitativo y contemplar los cuatro mbitos de los Objetivos Fundamentales Transversales definidos en el Decreto Supremo de Educacin N220 de 1998 y sus modificaciones (crecimiento y autoafirmacin personal, desarrollo del pensamiento, formacin tica, la persona y su entorno). Del mismo modo, la forma que se emplear para informar a los padres, apoderados y alumnos (as);

H) Los procedimientos y criterios de la Evaluacin Diferenciada que se aplicar a los alumnos (as) que presenten impedimentos temporales o permanentes para desarrollar adecuadamente su proceso de aprendizaje en algunos sectores, subsectores de aprendizaje, asignaturas o mdulos del plan de estudio.

Qu enfoque o enfoques evaluativos estn presentes en el Decreto 83?Est implicado el Enfoque Psicomtrico, cuyos patrones de interpretacin de resultados son el promedio y las desviaciones del promedio, ste enfoque est presente en el Decreto 83, Artculo 2, 3, 4 y 5, de ste ltimo los incisos B y C:ARTCULO 2: Para los efectos de la promocin escolar, las distintas formas de calificacin debern expresarse en una escala numrica de 1.0 a 7.0 hasta con un decimal, siendo la calificacin mnima de aprobacin de cada subsector de aprendizaje, asignatura o mdulo, el 4.0.ARTCULO 3: La calificacin obtenida por los alumnos (as) en el Subsector Religin no incidir en su promocin escolar, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo de Educacin N924, de 1983.ARTCULO 4: Los Objetivos Fundamentales Transversales y el Subsector Consejo de Curso y Orientacin no sern calificados. En el caso de que sean evaluados, la calificacin correspondiente no incidir en la promocin escolar de los alumnos (as).ARTCULO 5: Para la promocin de los alumnos (as) de 3 y 4 ao de la Enseanza Media, ambas modalidades, se considerar conjuntamente el logro de los objetivos de los subsectores de aprendizaje, asignaturas o mdulos del plan de estudio del establecimiento educacional y la asistencia a clases.LOGRO DE OBJETIVOS:b) Sern promovidos los alumnos (as) que no hubieren aprobado un subsector de aprendizaje, asignatura o mdulo, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 4.5 o superior. Para efecto del clculo de este promedio se considerar la calificacin del subsector de aprendizaje, asignatura o mdulo no aprobado.c) Sern promovidos los alumnos (as) que no hubieren aprobado dos subsectores de aprendizaje, asignaturas o mdulos, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 5.0 o superior. Para efecto del clculo de este promedio se considerar la calificacin de los dos subsectores de aprendizaje, asignaturas o mdulos no aprobados. No obstante lo establecido en el prrafo anterior, si entre los dos subsectores de aprendizaje o asignaturas no aprobados se encuentran los subsectores de aprendizaje de Lengua Castellana y Comunicacin y/o Matemtica, los alumnos de 3 y 4 ao Medio, ambas modalidades, sern promovidos siempre que su nivel de logro corresponda a un promedio 5.5 o superior. Para efecto del clculo de este promedio se considerar la calificacin de los dos subsectores de aprendizaje, asignaturas no aprobados.Otro de los enfoques presentes es el Enfoque Edumtrico que se encamina hacia el logro individual de los objetivos educacionales, e incluye la Evaluacin como congruencia con los Objetivos y la Toma de Decisiones. El primero se encuentra inserto en el Decreto 83, Artculo 12, inciso B:ARTCULO 12: Los Reglamentos de Evaluacin de cada uno de los establecimientos educacionales de Enseanza Media, ambas modalidades, reconocidos oficialmente por el Ministerio de Educacin, debern contener, a lo menos, las siguientes disposiciones:B) El sistema de registro de los logros alcanzados por los estudiantes durante su proceso de aprendizaje en cada uno de los subsectores de aprendizaje del plan de estudio, incluyendo aquellas dimensiones de los Objetivos Fundamentales Transversales trabajados en el subsector y nivel.El Enfoque Edumtrico que define la Evaluacin como la Toma de Decisiones, se encuentra en el Decreto 83, Artculo 12, inciso D:ARTCULO 12: Los Reglamentos de Evaluacin de cada uno de los establecimientos educacionales de Enseanza Media, ambas modalidades, reconocidos oficialmente por el Ministerio de Educacin, debern contener, a lo menos, las siguientes disposiciones:D) Determinar si se aplicar o no un procedimiento de evaluacin final a los alumnos (as) y en que subsectores de aprendizaje, asignaturas, mdulos, actividades de aprendizaje y anlisis de experiencias en la empresa (cuando corresponda), indicando quines deben rendirlo. En todo caso, la ponderacin mxima de esta evaluacin final no podr ser superior a un 30%.Y por ltimo, en el Paradigma Constructivista, el enfoque reflejado en este Decreto N 83 del 2003 es el Enfoque Constructivo, que se encuentra presente en el Decreto 83, Artculo 6 y 12, de ste ltimo los incisos C, G y H:ARTCULO 6: El Director (a) del respectivo establecimiento educacional de Enseanza Media, ambas modalidades, podr autorizar la eximicin de hasta un subsector de aprendizaje o asignatura a los alumnos (as) que presenten dificultades de aprendizaje o problemas de salud ().ARTCULO 12: Los Reglamentos de Evaluacin de cada uno de los establecimientos educacionales de Enseanza Media, ambas modalidades, reconocidos oficialmente por el Ministerio de Educacin, debern contener, a lo menos, las siguientes disposiciones:C) Determinar si se elaborar un informe sobre el desarrollo de los alumnos (as) en los Objetivos Fundamentales Transversales y la periodicidad del mismo. Este informe debe ser cualitativo y contemplar los cuatro mbitos de los Objetivos Fundamentales Transversales definidos en el Decreto Supremo de Educacin N220 de 1998 y sus modificaciones (crecimiento y autoafirmacin personal, desarrollo del pensamiento, formacin tica, la persona y su entorno). Del mismo modo, la forma que se emplear para informar a los padres, apoderados y alumnos (as).G) Los requisitos que permitan autorizar la eximicin de hasta un subsector de aprendizaje o asignatura a los alumnos(as) que tengan dificultades de aprendizaje o problemas de salud.H) Los procedimientos y criterios de la Evaluacin Diferenciada que se aplicar a los alumnos (as) que presenten impedimentos temporales o permanentes para desarrollar adecuadamente su proceso de aprendizaje en algunos sectores, subsectores de aprendizaje, asignaturas o mdulos del plan de estudio.

Qu tipos de Evaluacin Tradicional estn presentes en el Decreto 83?

El tipo de Evaluacin presente es la Evaluacin como Medicin, ya que como la palabra lo indica se encarga de medir el proceso de aprendizaje a travs de herramientas evaluativas como las pruebas de seleccin o la asignacin de nmeros al nivel de conocimiento de un alumno dado. Este tipo de evaluacin se evidencia en el Decreto 83, Artculo 2:

ARTCULO 2: Para los efectos de la promocin escolar, las distintas formas de calificacin debern expresarse en una escala numrica de 1.0 a 7.0 hasta con un decimal, siendo la calificacin mnima de aprobacin de cada subsector de aprendizaje, asignatura o mdulo, el 4.0.

Qu tipos de Evaluacin Constructivista estn presentes en el Decreto 83?

En el Decreto 83 del 2003 de Terceros y Cuartos Medios, la evaluacin presente es la Evaluacin Tridimensional; modelo que permite develar los conocimientos, las habilidades y las actitudes del aprendizaje y con ello mejorar el proceso de aprendizaje y enseanza. (Barra C. 2010), est presente debido a que no solo concierne a los logros de objetivos, sino adems devela otras areas como la tica, es decir en lo Cualitativo, esto se clarifica con el Artculo 12, inciso C:

ARTCULO 12: Los Reglamentos de Evaluacin de cada uno de los establecimientos educacionales de Enseanza Media, ambas modalidades, reconocidos oficialmente por el Ministerio de Educacin, debern contener, a lo menos, las siguientes disposiciones:C) Determinar si se elaborar un informe sobre el desarrollo de los alumnos (as) en los Objetivos Fundamentales Transversales y la periodicidad del mismo. Este informe debe ser cualitativo y contemplar los cuatro mbitos de los Objetivos Fundamentales Transversales definidos en el Decreto Supremo de Educacin N220 de 1998 y sus modificaciones (crecimiento y autoafirmacin personal, desarrollo del pensamiento, formacin tica, la persona y su entorno). Del mismo modo, la forma que se emplear para informar a los padres, apoderados y alumnos (as).

IV. Qu elementos, ideas o lineamientos deben contener los REGLAMENTOS DE EVALUACIN que estn facultados a producir los establecimientos educacionales?Para el Decreto 511 de 1997 de Educacin Bsica, el Reglamento de Evaluacin debe disponer estrategias para evaluar y calificar a los alumnos, y una evaluacin diferenciada para los alumnos que tengan dificultades de manera temporal o permanente, y sobre todo informar los resultados a los padres y/o apoderados. De manera de demostrar lo anteriormente sealado se cita el Artculo 3 del Decreto 511:Artculo 3: El Reglamento de Evaluacin de cada establecimiento educacional deber contener, entre otras:

a) Disposiciones respecto a estrategias para evaluarlos aprendizajes de los alumnos;b) Formas de calificar y comunicar los resultados a los alumnos, padres y apoderados;c) Procedimientos que aplicar el establecimiento para determinar la situacin final de los alumnos; yd) Disposiciones de evaluacin diferenciada que permitan atender a todos los alumnos que as lo requieran, ya sea en forma temporal o permanente.

Para el Decreto 112 de 1999 de Primeros y Segundos Medios, el Reglamento de Evaluacin debe contener un perodo escolar (semestral o trimestral); procedimientos para evaluar los Objetivos Fundamentales y los Objetivos Fundamentales Transversales y tener un registro de stos; modos para establecer la calificacin final; cmo entregar informacin a los padres y apoderados; determinar si se utilizarn Evaluaciones Diferenciales y si se promovern alumnos con bajo porcentaje de asistencia; todo bajo el proyecto educativo que posea el establecimiento. El Artculo 4 del Decreto 112 habla sobre el Reglamento de Evaluacin:ARTCULO 4: El Reglamento de Evaluacin que elaboren los establecimientos educacionales de Enseanza Media diurna para 1 y 2 ao, deber considerar las orientaciones tcnico pedaggicas del marco curricular de la Enseanza Media contenidas en el Decreto Supremo N220 de 1998. Adems, los establecimientos educacionales que apliquen los programas de estudio oficiales del Ministerio de Educacin debern tener presente los lineamientos de evaluacin que estos programas consignan. Del mismo modo, deber, a lo menos, contener disposiciones sobre los siguientes aspectos:

Periodo escolar adoptado: semestre o trimestre. Formas, tipos y carcter de los procedimientos que aplicar el establecimiento educacional para evaluar los aprendizajes de sus alumnos en el logro de Objetivos Fundamentales y Objetivos Fundamentales Transversales. Sistema de registros de los logros alcanzados por los estudiantes durante su proceso de aprendizaje, incluyendo los Objetivos Fundamentales Transversales. Procedimientos para establecer la calificacin final de los alumnos. Determinar si se aplicar o no un procedimiento de evaluacin final a los alumnos y en que subsectores de aprendizaje o asignatura, indicando quines deben rendirlo. En todo caso, la ponderacin mxima de esta evaluacin final no podr ser superior a un 30%. Establecer las modalidades que emplear el establecimiento para entregar informacin a los padres y apoderados sobre el avance educacional de sus hijos o pupilos. Esta informacin contemplar tambin el progreso de los alumnos en el logro de los Objetivos Fundamentales Transversales. Procedimientos de Evaluacin Diferenciada que se aplicar a los alumnos que tengan dificultades temporales o permanentes para desarrollar adecuadamente su proceso de aprendizaje en algunos subsectores o asignaturas del plan de estudio. Requisitos y procedimientos para promover alumnos con porcentajes menores al 85% de asistencia a clases y para resolver situaciones especiales de evaluacin y promocin dentro del ao escolar, tales como: ingreso tardo a clases; ausencias a clases por perodos prolongados; finalizacin anticipada del ao escolar; situaciones de embarazo; servicio militar; certmenes nacionales o internacionales en el rea del deporte; la literatura, las ciencias y las artes; becas u otras similares. Para el Decreto 83 del 2003 de Terceros y Cuartos Medios el Reglamento de Evaluacin debe contener un perodo escolar adoptado, un registro de logros de objetivos, definir si se tendr un registro del desarrollo del alumno, cules sern los modos de evaluacin final y los requisitos de promocin. Todo esto se detalla y se evidencia en el Decreto 83, Artculo 12:

ARTCULO 12: Los Reglamentos de Evaluacin de cada uno de los establecimientos educacionales de Enseanza Media, ambas modalidades, reconocidos oficialmente por el Ministerio de Educacin, debern contener, a lo menos, las siguientes disposiciones:

a) Perodo escolar adoptado: semestre o trimestre;b) El sistema de registro de los logros alcanzados por los estudiantes durante su proceso de aprendizaje en cada uno de los subsectores del plan de estudio, incluyendo aquellas dimensiones de los Objetivos Fundamentales Transversales trabajados en el subsector y el nivel;c) Determinar si se elaborar un informe sobre el desarrollo de los alumnos (as) en los Objetivos Fundamentales Transversales y la periodicidad del mismo. Este informe debe ser cualitativo y contemplar los cuatro mbitos de los Objetivos Fundamentales Transversales definido en el Decreto Supremo de Educacin N220 de 1998 y sus modificaciones (crecimiento y autoafirmacin personal, desarrollo del pensamiento, formacin tica, la persona y su entorno). Del mismo modo, la forma que se emplear para informar a los padres, apoderados y alumnos (as);d) Determinar si se aplicar o no un procedimiento de evaluacin final a los alumnos (as) y en que subsectores de aprendizaje, asignaturas, mdulos, actividades de aprendizajes y anlisis de experiencias en la empresa (cuando corresponda), indicando quines deben rendirlo. En todo caso, la ponderacin mximo de esta evaluacin final no podr ser superior a un 30%;e) La forma en que se establecer la calificacin final de los alumnos (as) en los subsectores de aprendizaje, asignaturas, mdulos, actividades de aprendizaje y anlisis de experiencias en la empresa;f) Establecer las modalidades que emplear el establecimiento para entregar informacin a los padres y apoderados sobre el avance educacional de sus hijos o pupilos;g) Los requisitos que permitan autorizar la eximicin de hasta un subsector de aprendizaje o asignatura a los alumnos (as) que tengan dificultades de aprendizajes o problemas de salud;h) Los procedimientos o criterios de la evaluacin diferenciada que se aplicar a los alumnos (as) que presenten impedimentos temporales o permanentes para desarrollar adecuadamente su proceso de aprendizaje en algunos sectores, subsectores de aprendizaje, asignaturas o mdulos del plan de estudio;i) Los requisitos y modo de operar para promover alumnos (as) con menores porcentajes al 85% de asistencia a clases y para resolver situaciones especiales de evaluacin y promocin durante el ao escolar, tales como: ingreso tardo a clases; ausencia a clases por perodos prolongados; finalizacin anticipada del ao escolar respecto de uno o varios alumnos individualizados; situaciones de embarazo; servicio militar; certmenes nacionales o internacionales en el rea del deporte, la literatura, las ciencias y las artes; becas u otros.

CONCLUSIN

A travs de estos Decretos se evidencia rotundamente que los Paradigmas y los Enfoques que se han estudiado, coexisten; ya sea por los requerimientos personales de cada profesor o por los requeridos de los establecimientos educacionales e incluso por la demanda social.

Esto se demuestra claramente, cuando se instruye a construir Reglamentos de Evaluacin; los elementos que all se piden, tienen lineamientos de ambos Paradigmas.

En cuanto a los enfoques, principalmente el Enfoque Edumtrico es el ms presente en estos Decretos reglamentarios, debido a que el alumno es evaluado de acuerdo a los logros de los objetivos, pero adems este enfoque posee lineamientos o ideas especficas de ambos Paradigmas.

El Paradigma Tradicional predomin muchos aos en la Antigedad debido a que nadie lo refut o se crea que todos poseamos la misma capacidad para almacenar y retener conocimientos, pero a travs del tiempo se han ido abarcando nuevas ideas ms constructivistas debido a la creciente necesidad de no tan slo incorporar conocimientos, sino adems la necesidad en otras reas, como lo son las habilidades y las actitudes del individuo.

Pero a pesar de todo el esfuerzo por asimilar estas nuevas ideas, en Chile, han sido insuficientes para cambiar la educacin.