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 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN VICERRECTORÍA ACADÉMICA OFICINA DE COORDINACIÓN Y REGISTRO ACADÉMICO  REGLAMENTO DE  NORMATIVIDAD  ACADÉMICA Tarapoto, Marzo 2010

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN VICERRECTORÍA ACADÉMICA

OFICINA DE COORDINACIÓN Y REGISTRO ACADÉMICO

 REGLAMENTO DE 

 NORMATIVIDAD

 ACADÉMICA

Tarapoto, Marzo 2010

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REGLAMENTO DE NORMATIVIDAD ACADEMICA

1.- PARA LOS ESTUDIANTES

CAPITULO IDE LA GENERALIDAD

Art. 1°. La UNSM-T, establece normas en el presente Reglamento, en la que distingue lasdiferentes formas y procedimientos generales de gestión académica y matrícula en lasFacultades, así como su consolidación en la Oficina de Coordinación y RegistroAcadémico de la Universidad. (OCRA).

Art. 2°. El presente, tiene su base en la Ley Universitaria 23733 y sus complementarias, elEstatuto y Reglamento General de la UNSM-T.

DE LA MATRICULA.

Art. 3°. La matrícula en la UNSM-T es un acto formal y voluntario que acredita la condiciónde estudiante Universitario e implica el compromiso de cumplir la Ley Universitaria N° 23733, Estatuto, Reglamento General, Reglamentos internos y las Resoluciones queameritan el proceso académico y la permanencia como tal.

Art. 4°. Es requisito para la matrícula presentar los recibos de pago por los conceptosestablecidos.

Art. 5°. El costo de matrícula es fijado por el Consejo Universitario a propuesta del Vicerrector Académico y refrendado por Resolución antes del proceso de matrícula.

Art 6° El alumno se presentará bajo responsabilidad el día de la matricula, concordante alCronograma de Matrícula, aprobado por Resolución, publicado por el Vicerrectoradoacadémico, OCRA, Página Web (www.unsm.edu.pe), etc. en las modalidades: presencial y por internet, las cuales no permitirán registrar matrículas con cruce dehorarios.

Art. 7°. Podrán acceder al servicio de matricula por Internet únicamente los alumnos regulares, previa activación de su cuenta de acceso al sistema; quienes podrán solicitarla en laoficina de Informática y comunicaciones o a través de centros u oficinas autorizadas.El usuario y clave de acceso al sistema de matricula por Internet es único yexclusivamente responsabilidad del estudiante.

Art. 8°. Podrán acceder al servicio de matrícula presencial los alumnos ingresantes y los casosespeciales (Reinicio, traslado interno y externo, observados y otros que se considere eneste rubro), teniendo que apersonarse a la OCRA.

Siendo este acto de entera responsabilidad de los técnicos, pasibles de sanción por lasirregularidades detectadas por la Jefatura de la Unidad de Registro Técnico yProgramación Curricular (URTYPC) o la Dirección de OCRA.

La matrícula presencial finalizará con la emisión de la constancia de matrícula delalumno por parte de la oficina de Coordinación y Registro Académico, Área deRegistro y Programación Curricular (Complejo Universitario).En caso que la matricula sea realizada por Internet esta concluirá con el pago dederecho de matricula en el banco de la Nación. La emisión de la constancia de

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matricula visada por OCRA se harán llegar a los alumnos a través de sus facultadesdespués de la matrícula extemporánea.

Al aceptar los términos y condiciones que se describen en el proceso de matricula

(presencial o por Internet) y confirmar la misma, el alumno no podrá modificar loscursos seleccionados, debiendo esperar hasta el proceso de retiro y reinscripción decursos en forma presencial.

Se podrá hacer consultas en las facultades respectivas, en OCRA y por correoelectrónico. Los correos electrónicos de los docentes consejeros estarán publicados enla página Web de la UNSM.

Art. 9°. Las Facultades a través de las comisiones permanentes de horarios y matrícula, estánobligados a presentar a la OCRA los horarios, considerando las modificaciones de lasasignaturas a dictarse en el ciclo respectivo, con la debida antelación de noventa (90)

días antes del inicio de la matrícula.Art. 10°. Son estudiantes aptos para registrar matrícula:

a) Los que están inmerso en el Art. 55º de la Ley Universitaria 23733, susmodificatorias y el Estatuto de la UNSM-T.

 b) Los ingresantes por la modalidad de examen de admisión ordinario.

c) Los ingresantes por la modalidad de examen de admisión extraordinaria (C.P.U,traslado interno, traslado externo, 2da profesionalización, deportista calificado, 1er  y 2do puesto en

educación secundaria, comunidad nativa, víctimas del terrorismo, personas con habilidadesdiferentes.).

d) Los ingresantes por el programa de complementación académica para optar el gradoacadémico de bachiller en educación.

e) Los que no están inmersos en el Art.57° incisos f, i, y j, de la Ley Universitaria,modificado por la aplicación del D. L. 739 en sus Artículos 1° y 2°.

Art. 11°.Existen tres tipos de matrículas, según el número de créditos a matricularse por cicloacadémico:

a) Regular, con un mínimo de doce (12) y un máximo de créditos que indique en suPlan de estudios vigente.

 b) Especial, para los que registran matrícula menor de doce (12) créditos, aceptados bajo responsabilidad y con Resolución por el Decano de la Facultad, a excepciónde los que estén por egresar.

c) Excepcional, para los estudiantes regulares con promedio ponderado semestralmayor o igual a doce (12), que se matriculan en número de créditos mayores a loque indica el plan de estudios  acorde con la autonomía de cada facultad; previasolicitud, aceptados bajo responsabilidad y con Resolución por el Decano de laFacultad.

Art. 12°. Sólo podrán matricularse en todas las asignaturas curriculares del ciclo inmediatosuperior, los estudiantes invictos y que no adeudan curso.

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Art. 13°. En caso de tener  una o más asignaturas desaprobadas  se matricularánobligatoriamente primero en ellas; luego completarán con los créditos de lasasignaturas del ciclo inmediato superior, respetando los pre-requisitos, bajoresponsabilidad de la OCRA. En ningún caso deberán obviar matricularse en cursos

 pendientes de ciclos inferiores.

Art. 14°. Las Facultades, remitirán a la OCRA la relación de estudiantes que adeudan a laUNSM-T, por diferentes rubros: Laboratorios, Biblioteca Central y Especializadas,Bienestar Universitario y Proyección y Extensión Social, los que no podránmatricularse hasta presentar la constancia de haber subsanado su situación.

Art.15º. Los estudiantes que no se matricularon en las fechas programadas, podrán hacerlo enforma extemporánea en las fechas señaladas en el Calendario Académico en referencia,con un recargo del 30% del costo de matrícula.

Art. 16°. Son exonerados del costo académico los estudiantes.

a) Hijos de los trabajadores docentes y administrativos, incluyendo a los hijos de loscesantes, que dependen del trabajador titular, excluyendo a los hijos casados.

 b) Trabajadores administrativos y docentes que siguen estudios superiores en laUNSM-T.

c) Los estudiantes miembros del Consejo de Facultad, Consejo Universitario yAsamblea Universitaria.

d) Los deportistas calificados y no calificados, grupo de teatro y danza de la UNSM -T.e) Los estudiantes que ocupan el primer y segundo puesto en el orden de méritos del

semestre anterior por cada escuela académica profesional.Art. 17°. La exoneración que se refiere el Art. 16° se aplicará a los alumnos que cumplan los

siguientes requisitos:

a) Ser estudiante regular con Promedio Ponderado Semestral aprobado b) No haber perdido la gratuidad de la enseñanza.c) No haber incurrido en responsabilidad legal por acto contrario a la UNSM-T.d) No haber dejado de estudiar el semestre anterior.

 

CAPITULO II

PROCESO DE MATRICULA

Art. 18°. El trámite oficial de la matrícula para los alumnos ingresantes y especiales es presencial y se realizará de la siguiente manera:

a) Presentarse a la Unidad de Registro Técnico y Programación Curricular de OCRA(Complejo Universitario) para recabar su ficha de matrícula en la Fecha indicadasegún cronograma.

 b) Conjuntamente con el Técnico de la OCRA llenará la ficha respectiva y realizarála pre matrícula, alcanzándole este el monto a pagar con el que se dirigirá al Bancode la Nación.

c) Se presentará nuevamente al técnico de su facultad portando la boleta cancelada yla documentación requerida ejecutándose la matrícula respectiva, culminado con laexpedición de la constancia de matrícula visada por el técnico.

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Art. 19°. El trámite oficial de la matrícula para los alumnos regulares es vía Internet la mismaque se realizará de la siguiente manera:

a) Ingresar vía Web al Sistema de Matrícula e introducir el código del alumno y

su contraseña. b) Seleccionar los cursos a matricularse (se irá mostrando el horario) y segenerará la boleta de pago

c) Confirmar la matrícula aceptando los términos y condiciones. e Imprimir la boleta de pago.

d) Dirigirse al Banco de la Nación para la cancelación de la misma.

Art. 20°. Los documentos entregados por los estudiantes forman parte del archivo de lainstitución y no tienen carácter devolutivo. No obstante se pueden solicitar copias delos mismos.

Art. 21°. La ubicación en el ciclo académico del estudiante, será determinada por las asignaturasde carácter obligatorio de ciclo inferior en el que se matricule.

Art. 22°. El estudiante que desaprobara una asignatura que posteriormente sea retirada delcurrículo vigente o plan de estudios, deberá aprobar aquella que la convalide.

Los estudiantes no están obligados a llevar asignaturas que fueron suprimidas del plancurricular de las escuelas académicas de las Facultades y que no tienen equivalenciascon otras asignaturas ofertadas por la universidad, aun en el caso de que hayan sidodesaprobados.

Art. 23°. Toda rectificación de matrícula deberá ser realizada de acuerdo al calendarioacadémico vigente.

Art. 24°. Los estudiantes de matrícula regular pueden hacerlo hasta un máximo que indica su plan de estudios, cumpliendo estrictamente los pre-requisitos.

Art. 25°. Los estudiantes en condiciones de realizar las prácticas pre profesionales estánobligados a matricularse en el ciclo precedente, concordante con el calendarioacadémico.

Art. 26°. Los estudiantes de la Facultad de Ciencias de la Salud deben cumplir con aprobar las

asignaturas reglamentadas en su currículo para acceder al internado.Art. 27°. Los estudiantes de la Facultad de Ciencias de la Salud que realizarán el internado están

obligados a matricularse en los dos semestres correspondientes conforme al calendarioacadémico respectivo.

Art. 28°. Los Promedios Ponderados Acumulados (PPA), y Promedio Ponderado Semestral(PPS), se tendrán en cuenta para el orden de mérito y otras actividades de carácter académico.

a) El Promedio Ponderado Acumulado (PPA), es el promedio de todas lascalificaciones cursadas durantes todo los ciclos, se obtiene de la sumatoria de los productos delas calificaciones de todas las asignaturas cursadas hasta el presente ciclo, por el valor encréditos atribuidos a cada una de ellas y dividido por el total de éstos; en el PPA se tendrá encuenta el número entero resultante y la fracción centesimal sin redondear a la unidad inmediata.

 b) El Promedio Ponderado Semestral (PPS), es el promedio de calificaciones de lasasignaturas de un ciclo, se obtiene de la sumatoria de los productos de las calificacionescursadas, por el valor en créditos atribuidos a cada una de ellas y dividido por el total de éstos; En

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el PPS, se tendrá en cuenta el número entero resultante y la fracción centesimal sin redondear a launidad inmediata.

Art. 29°. Pueden hacer uso de matrícula excepcional:

a) Los estudiantes regulares con un Promedio Ponderado Semestral de doce (12).

  b) Serán admitidos en condición excepcional aquellos alumnos que están por egresar en el presente ciclo, previa solicitud y pago establecido por créditoampliado.

c) Los estudiantes de la Facultad de Ciencias de la Salud que estén próximo arealizar internado.

Art. 30°. Pueden hacer uso de matrícula especial, previa solicitud al Decano:

a) Los estudiantes inmersos en el inciso “f” del Art. 57 ° de la Ley Universitaria23733.

 b) Los estudiantes que reinician sus estudios, sean por retiro de ciclo o por reserva dematrícula, serán admitidas con Resolución Decanal y ratificado en ConsejoUniversitario, incluyendo la convalidación de cursos, si hubo cambio de Plan deEstudios, previo pago según monto establecido en el semestre. Las solicitudes dereinicio serán atendidas hasta 30 días antes de la fecha de inicio de la matricula.Caso de no tramitar en el plazo establecido serán atendidos en el siguiente semestre.

Art. 31°. Los estudiantes desaprobados en uno ó más asignaturas del semestre lectivo, perderán

temporalmente la gratuidad de la enseñanza y deberá pagar al momento de su matrículaun costo adicional de veinte nuevos soles (S/. 20.00) por asignaturas desaprobado,recuperando la gratuidad de la enseñanza cuando aprueba todos las asignaturasmatriculados.

Art. 32°. Los estudiantes inmersos en el inciso “f” del Art. 57 ° de la Ley Universitaria 23733estarán sujetos a lo establecido en el Reglamento de aplicación………………………

Art. 33°. La OCRA, mediante su Área de Registro y Programación Curricular, anulará de oficiolas matrículas:

a) En asignaturas que no correspondan al Plan de Estudios aprobados, previo informeal Decano de su Facultad.

 b) En asignaturas que no son ofertados en el correspondiente semestre académico por su Facultad.

c) En asignaturas del ciclo superior, cuando sobrepase el número de créditos permitidos según el Record Académico del estudiante.

Art. 34°. Los estudiantes que ingresaron a la UNSM-T, deben matricularse en el semestreacadémico inmediato a dicho concurso de admisión, de lo contrario perderá su derechode ingreso a la universidad, el cual estará cubierto por otro estudiante según elReglamento de Admisión.

CAPITULO III

DEL RETIRO Y RESERVA DE MATRÍCULA

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Art. 35°. Los estudiantes matriculados pueden solicitar retiro de ciclo académico y reserva,según el cronograma del calendario académico, que motivará su exclusión de larespectiva acta de evaluación del semestre, obligándole a continuar sus estudios en el

semestre inmediato.Art. 36°. El estudiante podrá solicitar la reserva de su matrícula, hasta tres semestres

académicos, acorde con el Art. 57° inciso “h” de la Ley Universitaria 23733.

Art. 37°. El estudiante que se retira sin matricularse en más de tres semestres académicosconsecutivos o en más de cinco alternados, pierde automáticamente el derecho deestudiante en la UNSM-T; de no estar inmerso en el presente, procederá reiniciar susestudios de acuerdo al Art. 30 inciso “b”.

Art. 38°. Los estudiantes podrán retirarse de las asignaturas matriculadas y reinscribirse en otras

según calendario académico vigente, incluyendo el retiro extemporáneo, teniendo encuenta lo establecido en el Art. 13° y respetando el inciso “f” del Art. 57° de la LeyUniversitaria 23733.

CAPITULO IV

DE LOS TRASLADOS ACADÉMICOS

Art. 39°. Para el caso de traslado externo, la universidad reconocerá las asignaturas y créditosaprobados por el postulante en su universidad de origen, previamente convalidados con

las asignaturas ofrecidas en la UNSM-T, según los programas analíticos presentados almomento de su inscripción.

La convalidación o equivalencia será establecida por la Facultad que ofrece el curso.

Art. 40º. El traslado Interno en la UNSM-T procede sólo por única vez, siempre que existan plazas vacantes.

Art. 41°. Los estudiantes con matrícula vigente en la UNSM-T que ingresan a otras escuelasacadémicas profesionales, en caso de registrar matrícula, perderán automáticamente sucondición de estudiante en la escuela académica Profesional de origen de su respectiva

Facultad.CAPITULO V

DE LA CONVALIDACION DE ASIGNATURAS

Art. 42°. Las Facultades, convalidarán las asignaturas de los estudiantes que ingresaron por traslado externo o interno, segunda profesionalización y por programa decomplementación académica para optar el grado de Bachiller, las asignaturas ycréditos con sus respectivas calificaciones aprobadas en otras Universidades,Facultades o Escuelas Académicas Profesionales de la UNSM-T, y otras institucionesde Educación Superior permitidas por Ley. Dichas convalidaciones serán aprobadasmediante Resolución Decanal y ratificado en Consejo Universitario.

Art. 43°. La convalidación de una asignatura se realizará en las Facultades en un tiempo detreinta (30) días calendario de recepcionado el expediente remitido por la OCRA.Procede la convalidación cuando exista una correspondencia de por lo menos el 80%entre el contenido temático de la asignatura aprobada por el interesado y la asignatura por convalidar.

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Art. 44°. Las Convalidaciones son aprobadas por la Facultad mediante Resolución y remitidas ala OCRA, en la cual se precisa el nombre completo del curso, calificativo, número decréditos y condición de cada asignatura.

 Art. 45°. En los Certificados de Estudios para el caso de estudiantes admitidos mediantetraslados externos o internos y segunda profesionalización, se consignan lasasignaturas convalidadas, y sus correspondientes creditajes y calificativos, enconformidad con lo establecido en el Plan de Estudios de la Escuela AcadémicaProfesional a la cual ingresó.

Art. 46°. Si en alguna Escuela Profesional de la UNSM-T, se efectuase cambios en el Plan deEstudios, la facultad establece la respectiva equivalencia ó convalidación de laasignatura, mediante resolución Decanal, debiendo consignarse en los certificados deestudios los nombres de las asignaturas y de los créditos en el plan de estudios vigente

a egresar, así como el calificativo obtenido. Las asignaturas no convalidadas debenconsignarse en dichos certificados como cursos y créditos supernumerarios, sin efecto para su Plan de Estudios vigente para egresar.

CAPITULO VI

DEL REGIMEN DE ESTUDIOS Art. 47°. La OCRA, elabora el listado de estudiantes matriculados por cursos en un plazo no

mayor de quince días calendarios después terminado el plazo de matrícula, para ser 

remitidos a los diferentes Departamentos Académicos. El docente verificará la relaciónen su clase y comunicará a OCRA mediante su Departamento respectivo laconformidad o disconformidad.

Art. 48°. La OCRA, establecerá los mecanismos de recepción de Actas de Evaluación que leaseguren una rápida y eficiente actualización de los historiales académicos de losestudiantes.

Art. 49°. La OCRA, al finalizar cada periodo lectivo elaborará de oficio el PromedioPonderado Acumulado (PPA) y Promedio Ponderado Semestral (PPS) de losavances académicos de aquellos estudiantes que hubieran completado con su plan de

estudios, elaborando el cuadro de orden de mérito en base de la promoción queegresa.

Art. 50°. La OCRA, al final del semestre académico elabora el record académico de losestudiantes.

Art. 51°. Los estudiantes desaprobados hasta en dos (02) asignaturas que sean las únicas paraegresar, tendrán derecho a un examen de subsanación en un plazo de 30 días calendariodespués del examen final previa Resolución Decanal de su facultad. En caso dedesaprobarlo tendrán que llevar las asignaturas en forma regular. Este derecho solo sedará una sola vez.

Art. 52°. Quedan prohibidos los “cursos libres” y “cursos paralelos”.

Art. 53°. Se exceptúan de la prohibición de cursos paralelos, los estudiantes del décimo ciclo por egresar y los estudiantes de la Facultad de Ciencias de la Salud próximos a realizar suinternado, previa Resolución Decanal bajo las siguientes limitaciones:

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a) Solamente tendrán la opción de llevar hasta dos asignaturas en forma paralela; esdecir, dos pre-requisitos, para cada asignatura en paralelo; o un pre-requisito parados asignaturas respectivamente, siempre y cuando no exceda los créditos  permitidos, previo informe de la Comisión Permanente de Coordinación y

Registro Académico de su facultad aprobada mediante Resolución Decanal.  b) Para aceptar como aprobado la asignatura en paralelo, debe aprobar el pre-

requisito, de lo contrario automáticamente la OCRA anulará de oficio la matrículaen la asignatura paralela.

c) La asignatura en paralelo es un derecho que se obtiene solo una vez durante losestudios.

Art. 54°. Son derechos de los estudiantes:

a) Lo tipificado en el Art.58 de la Ley Universitaria 23733, Estatuto y otrosReglamentos de la UNSM-T.

  b) A ser informados al inicio del dictado de cada curso matriculado, sobre los procedimientos e instrumentos de evaluación, así como los requisitos específicos deaprobación de cada asignatura estipulada en el Silabo.

c) Ser evaluados en las condiciones y modalidades que se establece en el presenteReglamento y aquellas específicas que figuran en su silabo de cada asignatura.

d) Ser informado de todas las evaluaciones ejecutadas por los docentes y devueltos al

estudiante dentro los 8 días hábiles después de haber rendido la evaluaciónrespectiva.

e) Recibir copia especial de su historial académico actualizado al último semestrecursado, previo pago de la tasa administrativa que corresponda.

f) Ser exonerado del costo académico de matrícula como incentivo por haber ocupado el 1° y 2° puesto en el semestre anterior en su respectiva EscuelaAcadémica Profesional.

Art. 55°. Son deberes de los estudiantes:

a) Lo tipificado en el Art.57 de la Ley Universitaria 23733. b) Cumplir estrictamente las disposiciones contenidas en la Ley Universitaria 23733,

el Estatuto, Reglamento General, el presente Reglamento, Normativas de cadaFacultad y Escuelas Académicas así como los que consideran en el sílabo de cadaasignatura.

c) Respetar el calendario académico establecido.d) Asistir puntualmente a clase y adecuadamente vestido.e) Participar activamente en las actividades oficiales no lectivas, programadas a nivel

institucional y por cada Facultad.

CAPITULO VII

DE LA ASISTENCIA A LAS ACTIVIDADES ACADÉMICAS

Art. 56°. La asistencia a todas las actividades académicas del plan de estudios o que hayan sido programadas en el Calendario Académico, es obligatoria para el estudiante.

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Art. 57°. Es obligación de cada docente llevar un estricto control de la asistencia a losestudiantes a las clases y eventos académicos de obligatoria asistencia, de acuerdo conlo reglamentado por la institución, el cual reportará a su Jefe de Departamento oDecano cuando lo solicite.

Art. 58°. La justificación de inasistencia a clase por parte de un estudiante debe ser presentado alDecano de la Facultad. La excusa no suprime la falta pero da derecho al estudiante ser evaluado con las pruebas sustitutivas que el docente considere oportunas.

CAPITULO VIII

DE LA EVALUACION ACADÉMICA

Art. 59°.La evaluación del aprendizaje es un proceso dinámico, integral, continuo, flexible,

sistémico y científico; mide el desarrollo de capacidades, aptitudes, actitudes críticas ycreativas del estudiante, precisado en el silabo.

Art. 60°. Son propósitos del sistema de evaluación del aprendizaje de los estudiantes de laUNSM-T y que tienen relación con el silabo aprobado por los Departamentosrespectivos por cada asignatura, los siguientes:

a) Determinar si el estudiante posee los conocimientos, habilidades, destrezas yaptitudes suficientes a través de una evaluación de inicio que aseguren el logro de los objetivos previstos en la programación silábica.

 b) Identificar los logros y dificultades en el proceso del aprendizaje del estudiante paraintroducir los reajustes necesarios y oportunos.

c) Determinar si el estudiante posee los conocimientos suficientes a través de unaevaluación terminal que aseguren el logro de habilidades, destrezas y aptitudes previstas en la programación silábica, con fines de promoción y certificación.

d) Fomentar nuevas estrategias de evaluación acorde con las exigencias de la sociedaddel conocimiento del mundo globalizado teniendo en cuenta el uso de las TICs.

Art. 61°. La Universidad Nacional de San Martín a través de sus Facultades implementará la

evaluación de sus estudiantes a fin de garantizar la calidad de sus graduados.Art. 62°. La escala de calificación es de cero (00) a veinte (20), la nota aprobatoria mínima es de

once (11). En el promedio final, la fracción igual o mayor a 0,5 se considera como unaunidad, haciéndola igual al número entero superior.

Art. 63°. Los docentes están obligados a llevar un Registro de Evaluación en el que se consignenen forma permanente la asistencia y calificativos obtenidos por los estudiantes, asícomo el avance de las asignaturas que es responsable, siendo sujeto a control ysupervisión por su Jefe de Departamento y Decano de su Facultad.

Art. 64°. En la UNSM-T las evaluaciones comprenderán: trabajos calificados, trabajosencargados, informes, exámenes parciales y otros criterios de evaluación establecidosen el silabo.

Art. 65°. Los docentes después de cada evaluación informarán a los estudiantes en el plazo deocho (08) días hábiles, los resultados de la misma, entregando los exámenesdebidamente calificados, y atendiendo los reclamos en el momento de la entrega.

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Art. 66° Es de carácter obligatorio que los docentes deben tomar un examen sustitutorio alestudiante en caso de desaprobar los exámenes parciales y reemplazará a la nota más baja de estos.

Art. 67°. La nota final obtenida por los estudiantes de cada asignatura, se consigna en el Acta deEvaluación correspondiente.

Art. 68°. Los docentes entregarán las Actas de Evaluación debidamente llenadas en la Oficina deCoordinación y Registro Académico según calendario académico y harán llegar unacopia del Acta a su respectivo Departamento Académico para su publicación.

Art. 69°. El docente que incumpla el artículo anterior en la fecha programada previo informe dela OCRA, será notificado al Decano y Departamento respectivo para su llamada deatención y en caso de reincidencia será sometido a proceso administrativo, dandocumplimiento al Reglamento General de la UNSM-T.

Art. 70°. Sólo será evaluado el estudiante que ha registrado matrícula y asistido en más de un70% a clases Teóricas y Prácticas en la asignatura, durante el Semestre Académicocorrespondiente. El mismo que debe estar establecido en los sílabos respectivos.

Art. 71°. El estudiante que no cumple con el Art. 70° no tiene derecho a ser avaluado.

Art. 72°. Los estudiantes desaprobados tienen derecho a examen de aplazados, en un máximo dedos asignaturas. Para ello debe registrar un promedio mínimo desaprobatorio de ocho(08) por asignatura. 

Art. 73°. Los Jefes de Departamentos podrán designar otro docente o una comisión para elexamen de aplazados, de comprobar irregularidades en las evaluaciones de laasignatura

CAPITULO IX

DE LOS CURSOS EXTRAORDINARIOS

Art. 71°. La UNSM-T, ofrece cursos extraordinarios a través del Ciclo de Nivelación y AvanceAcadémico, cuyo objetivo es la complementación y nivelación curricular en las

diferentes carreras profesionales que ofrece, siempre que su disponibilidad de recursosle permita y que su realización no interfiera el desarrollo de semestres académicosnormales en los meses de vacaciones, será sujeto al Reglamento respectivo.

Art. 72°. La duración de un ciclo de nivelación es de ocho (08) semanas, incluidas lasevaluaciones y con una cantidad de horas de teoría y práctica por asignatura igual a lade un semestre académico regular.

CAPITULO X

DE LA TUTORIA Y CONSEJERIA

Art. 75°. Los estudiantes de la UNSM-T, tiene orientación permanente personal académica acargo de docentes designados por la Facultad respectiva.

Art. 76°. El docente consejero debe tener una copia del record académico de sus aconsejados y publicará el horario y lugar de atención, durante dos (02) horas semanales.

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Art. 77°. El estudiante tiene plena libertad para comunicar al profesor consejero sobre su realavance académico y las dificultades que afronta en el desarrollo de las asignaturas quecursa, así como sobre su condición socio-económica y de salud.

Art. 78°. Si algún estudiante durante el desarrollo del semestre académico, afronta un problemaque altere su rendimiento académico, es responsabilidad del profesor consejeroinformar a la oficina de Bienestar Universitario, a través de su Decanato.

 

CAPITULO XI

DE LOS DELEGADOS DE AULAS POR ASIGNATURAS.

Art. Se designará de preferencia por consenso un estudiante como delegado de la asignatura, el primer día de clase, que debe ser comunicado al jefe del Departamento.

Art. El Jefe del Departamento, reunirá a todos los delegados de las asignaturas para hacerlesconocer sus funciones y otros, que crean convenientes como producto de la reunión.

Art. El delegado de la asignatura es el nexo de los estudiantes con el Jefe del Departamento ytiene como funciones entre otros:- Llenar formato proporcionado por el Departamento y devolverlo al finalizar la

clase, consignando los siguientes datos, como mínimo: Nombre del docente, fecha,hora de ingreso y salida del docente al aula de clase, temas tratados y las firmas

respectivas de ser posible del docente.- De llevar acuerdos o reclamos de los estudiantes para su coordinación oaprobación con el Departamento o con el Docente; otros.

  2.- PARA DOCENTES

CAPITULO XII

DISTRIBUCION DE LA CARGA ACADÉMICA.

Art. RESPONSABILIDAD

La distribución de la carga académica (Carga académica = Dictado de asignaturas), ysu desarrollo normal en el semestre académico es responsabilidad directa del Jefe deDepartamento, la misma que es aprobado por el Concejo de Facultad.La supervisión permanente del cumplimiento de la carga académica es de los Decanosde las Facultades; debiendo informar a la Vicerrectoría Académica del cumplimiento,la evaluación y resultados al termino del semestre.

4. AREAS DEL TRABAJO DOCENTE

4.1 ENSEÑANZA

Actividad académica consistente en planificar o preparar, dirigir, administrar eimpartir el proceso de la enseñanza-aprendizaje de las asignaturas asignadas,dentro de la carga lectiva (Carga lectiva = Carga académica mas preparación declase):

4.1.1 Carga Académica

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Es la labor semanal desarrollada por los docentes según su categoría ydedicación, que comprende la asignación de asignaturas de las escuelas profesionales

4.1.2 Preparación de claseTiempo asignado a tareas de programación, preparación y evaluación de lasasignaturas a su cargo, y se determina multiplicando por el factor 1.0 alnúmero de horas de carga académica.

4.2 FUNCIONES ACADEMICAS Y ADMINISTRATIVAS(carga docente = Carga lectiva mas funciones Académicas y administrativas)4.2.1 INVESTIGACIÓN

Actividad obligatoria a la cual los profesores dedican su esfuerzo, iniciativa

e interés, dentro del marco de los currículos de formación académico- profesionalSe considera como carga docente de 1 a 3 horas semanal y será evaluado  por el Jefe de Departamento previo informe de la Comisión deInvestigación de la facultad, en base a los perfiles presentados por eldocente; los mismos que posteriormente serán tramitados a la Oficina deInvestigación, con conocimiento de la Oficina de Cooperación Técnica.

Los docentes que no están ejecutando proyectos de investigaciónformularan 1 o 2 perfiles de proyectos de investigación conformados por equipos multidisciplinarios y dependiendo de la naturaleza del proyecto

  podrán involucrar la participación de instituciones nacionales einternacionales orientado al financiamiento de la Cooperación TécnicaInternacional, y/o desarrollaran en forma autofinanciada.  Estos perfilesconstituirán el banco de proyectos de la Facultad y Universidad.

El docente que esta ejecutando proyectos de investigación concofinanciamiento de Cooperación Nacional o Internacional, se acogerá a untratamiento especial en la asignación de carga docente, sustentada conResolución Decanal.

4.2.2. EXTENSIÓN Y PROYECCION UNIVERSITARIA

Son las horas, dentro de la asignación debidamente racionalizadas, por lascuales se proyecta la participación comunitaria mediante actividades deextensión desarrolladas por alumnos, profesores y/o personaladministrativo, de las facultades en coordinación con la Oficina deExtensión y Proyección Universitaria

Se programará como carga no lectiva 1 ó 2 horas, solo si se cuenta con losdocumentos aprobados y/o proyectos tramitados en el DepartamentoAcadémico; con el objeto de fortalecer las acciones de extensión y proyección universitaria a implementar.

4.2.3. TUTORÍA Y CONSEJERIA

Actividad obligatoria impartida por el profesor y dirigida a la absoluciónde consultas, ampliación de conocimientos, y orientación para unaformación integral de los estudiantes.

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Se asignará dos (02) horas semanales como mínimo, para actividades detutoría y consejería.

4.2.4. CONSULTORÍA

Labor docente que comprende en asesorar a los estudiantes, profesores otrabajadores administrativos en campos de su especialidad.

Se asignará dos (02) horas semanales como mínimo para esta actividad.

4.2.5.  COMISIONES

Horas dedicadas a tareas específicas encomendadas por la autoridadsuperior mediante resolución; estableciéndose como mínimo 3

horas/semanales para comisiones permanentes y especiales.

4.2.5. ASESORAMIENTO DE TESIS O INFORMES PARA TITULACION.

Labor por la cual se orientan a la elaboración de los estudios y trabajos preestablecidos como requisitos para el Grado o Título profesional que pueden optar bajo cualquier modalidad; por su naturaleza no están sujetosa programación, por lo que se debe consignar como tiempo dedicado aésta, el que resulte del cálculo que efectúe la Facultad sobre el volumen deegresados.

Al final del Semestre es obligación del docente informar sobre losasesoramientos efectuados, indicando el tema, resolución de aprobación yacta de sustentación.

Se tendrá en consideración hasta dos (02) horas semanales

4.2.6. ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS.

Corresponde a la labor docente en el desempeño de cargos académicos(Autoridades de Alta Dirección, Secretario General, Decano, Jefe deDepartamento, Director de Escuela de pregrado y posgrado, Secretario

Académico de Facultad, Director de Institutos o Centros Académicos,Comisiones Centrales, Comisiones permanentes y especiales), yadministrativos (Director de Oficina).

CARGA ADMINISTRATIVA MÍNIMA.

• Decano, Director de Escuela de Posgrado y Director de Instituto deInvestigación: 20 horas/sem.

• Jefe Departamento Académico, Director de Escuelas AcadémicasProfesionales, Directores de Oficinas y Profesores secretarios deFacultad: 15 horas/sem.

5. DE LA DISTRIBUCIÓN DE CARGA ACADEMICA SEMANAL

Carga académica mínima de profesores nombrados a Dedicación Exclusiva y TiempoCompleto:

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Profesor a D.E. o T.C. : 12 hrs. 

Decanos, Director de escuela de Postgrado, Jefe de Departamento Académico,Secretario General, y Directores de Institutos de Investigación, Directores de Oficina.

: 6 hrs.  Director Escuela Académica Profesional, Directores de Sección de Posgrado y

Profesor Secretario de Facultad : 8 horas

El Rector y los Vicerrectores opcionalmente podrán asumir carga académica.

Los profesores de especialidad y/o que apoyen al posgrado podrán asumir su carga mínimacon dos cursos (teoría y práctica) o el equivalente de 8 créditos.

Los docentes que desarrollan trabajos en Comisiones Centrales permanentes o que

desempeñan labor de asesoramiento a la Alta Dirección, no se les asignara carga docentemayor a 12 horas

El docente que cuente con el apoyo de Jefe de Práctica, solo considerarán en la cargadocente de horas de práctica el 50% de la hora académica.

En casos excepcionales si el docente ordinario por la naturaleza de su especialidad noalcanza la asignación de carga docente mínima, deberán realizar actividades no lectivas:de Investigación, Elaboración de Textos Universitarios, Proyectos de DesarrolloInstitucional; las mismas que serán bajo la supervisión y evaluación del Jefe deDepartamento.

Carga Lectiva de profesores nombrados a Tiempo Parcial

El profesor nombrado a tiempo parcial cumple funciones de enseñanza y su carga lectivasemanal (máximo) es de 20 hrs.

Para los profesores de la Facultad de Ciencias de la Salud que están a cargo del desarrollode una asignatura de 10 créditos solo se le asignara una asignatura.

Carga Docente de profesores contratados Tiempo Completo

El docente contratado a T.C. realiza funciones equivalentes a un docente ordinario, por necesidad del departamento y restricciones presupuestales, se le asignará una mayor carga académica.

Carga ACADEMICA de profesores contratados Tiempo Parcial

El profesor contratado a tiempo parcial cumple funciones de enseñanza y su cargaacadémica semanal es de 20 hrs,   por necesidad del departamento y restricciones presupuestales, se le asignará una mayor carga académica. TERMINOLOGÍA. 

CAPITULO XII

PLAN DE TRABAJO INDIVIDUAL SEMESTRAL

En el Plan de Trabajo Individual Semestral de los profesores, deberá reflejar la carga docentesemanal correspondiente, acorde con las actividades del numeral 4 y 5 de la presente directiva;

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debiendo remitir el Decano copia del horario del plan de trabajo individual del docente, a laVicerrectoría Académica, en la segunda semana de inicio de clases del semestre académico.

El Decano de cada Facultad en coordinación con los Jefes de Departamentos, serán los

encargados de racionalizar la carga académica de acuerdo a las necesidades de las asignaturas del plan de estudios de la Facultad del semestre correspondiente, teniendo en cuenta los Artículos 5º,6°, 7° y 8° del Capítulo II Ley N° 28427 de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2005; y la Ley N° 28425 de Racionalización de Gastos Públicos.

La Carga Académica Semanal, incluyendo el horario y aulas, deberá ser presentada por elDecano respectivo al Vicerrector Académico con 15 días de anticipación al inicio de matrícula deciclo siguiente, en coordinación con el Director de la OCRA, para el proceso de matrícula delCiclo Académico a ofertar por la UNSM.

Los profesores responsables de asignaturas con contenidos temáticos similares, o profesores a

D.E. o T.C., que no tengan función administrativa deberán incrementar su carga académica.Los Jefes de Departamentos Académicos bajo responsabilidad serán los encargados de elaborar la carga académica semestral, teniendo en cuenta que un docente no debe dictar más de dosasignaturas en el mismo ciclo.

Los Jefes de Práctica a D. E. y T. C., colaborarán con los profesores ordinarios que así lorequieran, teniendo como responsabilidad 40 horas de trabajo efectivo semanal, en el que seincluirá la carga académica de las asignaturas que brindará apoyo al docente titular.

Los Jefes de Práctica a T. P., colaborarán con los profesores ordinarios que así lo requieran,

teniendo como responsabilidad 20 horas de trabajo efectivo semanal, en el que se incluirá lacarga académica de las asignaturas que brindará poyo al docente titular.

Las asignaturas que por su naturaleza y complejidad, requieran de la participación de dos (02) ómás docentes indicando el número de horas y la asignatura compartida, que corresponda a cadadocente; recayendo la responsabilidad al titular de la asignatura.

En caso de asignaturas dirigidas se reconocerá en su carga académica docente el 50% de las horaslectivas de dicha asignatura.

Los Jefes de Departamento deberán evaluar a final del semestre académico el cumplimiento del  plan de trabajo individual semestral de los profesores, para ello elaborarán, una tabla decalificación respectiva.

Para la elaboración de la Carga Académica de apoyo ínter facultativo al finalizar el semestre, elDecano a solicitud del Jefe de Departamento solicitará a las Facultades que brindan dicho apoyolas necesidades de asignaturas para la programación de la carga académica del próximosemestre; la misma que deben ser comunicado a la Comisión de horarios de cada facultad.

Las cargas académicas y modificaciones bajo responsabilidad del Jefe de Departamento, debenser aprobados por Consejo de Facultad. Las mismas que se comunicaran oportunamente a lasinstancias pertinentes, en procura de mejorar la gestión administrativa de registro académico delsemestre y del estudiante. Dejar sin efecto la Directiva Nº 001-2005-UNSM/V.P.ACAD., aprobada con Resolución Nº 075-2005-UNSM/CU-R del 16-03-2005. a partir de la vigencia de la presente.

Dejar sin efecto el numeral 5.2.4 de la Directiva Nº 003-2004-UNSM/OPLAP-UPR, aprobadacon Resolución Nº 327-2004-UNSM/R.

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Para la elaboración de la Carga Académica del Departamento, Plan de Trabajo Individual delDocente y su evaluación se tomara en consideración los anexos No 01; 02; 03; 04 que forman parte de la presente directiva.

CAPITULO XIII

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Art. 83°. Las Facultades que no ofertan el dictado de ciertos cursos todos los semestresacadémicos para efectos del Artículo 43° deben someterlo al régimen de cursosdirigidos.

Art. 84°. El Decano y la Comisión de Permanente de Horarios y Matrícula de la Facultad, sonlos únicos responsables por el cumplimiento del presente y lo señalado por laResolución Rectoral en el Calendario Académico, para la matrícula correspondiente.

Art. 85°. La Rectoría envía a cada Facultad y a la Oficina de Coordinación y RegistroAcadémico la Resolución con las transcripciones de los listados de los estudiantes queingresaron por examen de admisión de acuerdo a sus modalidades de ingreso.

Art. 86°. Las facultades programaran cursos dirigidos en los siguientes casos:

a) Asignaturas electivas que no cuenten con el mínimo número de estudiantes y

que sea la única asignatura para egresar. b) Cursos obligatorios que no se oferten en el ciclo académico por cambio de

 planes curriculares y los que se han truncado por examen de admisión no ofertadas.

Art. 87°. Las Escuelas Profesionales deben llevar el registro y control de sus egresados, dando aconocer a la Unidad de Estadística, Vicerrectoria Académica y Oficina deCoordinación y Registro Académico a 45 días de concluido el semestre académico; para el caso de los egresados de la Facultad de Educación debe indicarse la EscuelaAcadémica Profesional y sus programas de complementación con la sedecorrespondiente.

CAPITULO XII

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Art. 88°. Cualquier situación no contemplada en el presente Reglamento, será resuelta por elVicerrector Académico y el Decano de la respectiva Facultad.

Art. 89°. Dejar sin efecto parcial y/o total los Reglamentos y Resoluciones de exoneraciones:

• Resolución N° 157-93-UNSM/CO del 12-04-93.•

Resolución 472-96-UNSM/R.• Los artículos Art. 6°, 7° y 8° del Reglamento de Exoneración con Resolución

449-2000- UNSM/CUR.• Resolución N° 1057 del 22-08-2003.• Resolución N° 1107-2003-UNSM/CRyG-ANR del 28-08-2003.

Art. 90°. Dejar sin efecto las Resoluciones de examen de subsanación:

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• Resolución N° 047-90-UNSM/CO del 02-02-90• Resolución N° 541-2002-UNSM/COyR-ANR de fecha 26-06-2002,• Y todas las que se opongan al presente reglamento.

CAPITULO XII

DE LOS ESTUDIOS SEMIPRESENCIALES

Art. La educación semipresencial, es una modalidad educativa bidireccional donde el procesose enseñanza aprendizaje se da con encuentros presenciales y en línea, mediados por plataformaseducativas que brinda las TICs, bajo un modelo pedagógico diseñado acorde con la pertinencia dela Institución y características del estudiante.Art. Las facultades que soliciten incursionar en educación semipresencial, deberán garantizar 

el desarrollo académico de esta modalidad educativa mediante un proyecto académico de estanaturaleza, la misma que será aprobada en Consejo de Facultad y ratificada en Sesión de ConsejoUniversitario, teniendo en cuenta que la operatividad requiere el concurso de docentes concompetencias pedagógicas, didácticas y tecnológicas, que conlleve el aseguramiento con calidaddel proceso se enseñanza aprendizaje semipresencial.Art. El proceso se enseñanza aprendizaje semipresencial en línea se dará en las aulas virtuales,a través de una plataforma educativa, y tendrá el apoyo de un administrador para garantizar lasostenibilidad del caso.Art. La carga lectiva del docente para esta modalidad educativa, requiere mayor dedicación  por tener una estrategia didáctica más interactiva y personalizada, donde los estudiantesinternalizan nuevos conceptos a la luz del aprendizaje significativo. Es por ello que en los cursos

semipresenciales, que los docentes puedan ofrecer, el tiempo asignado atareas de programación, preparación del contenido, evaluación, tutoría, actividades interactivas de chat, foros y otros, sedeterminará multiplicando por un factor 2.0 al números de horas de la carga académica.

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Art. 56. Son deberes y derechos de los docentes:

a) Lo tipificado en los artículos 51 y 52 de la Ley Universitaria 23733, y el DL 276 delas funciones administrativas.

 b) Consignará en la programación silábica: Objetivos, formas de evaluación delaprendizaje del estudiante, el desarrollo tentativo de la asignatura, la bibliográfica a usar, y otrosde interés del estudiante.

c) Aplicar los instrumentos didácticos modernos, calificar y analizar la información, juzgando su valides confiabilidad, objetividad y pertinencia. Incluye la asistencia a clases.

d) Tomar examen sustiturio de las asignaturas que reemplaza la nota más baja decualquiera de los exámenes parciales programados (Art. 59 del Reglamento).

e) Entregar silabo en la primera semana de inicios de clases.f) Entregar Actas en los plazos fijados en el Calendario Académico u otros

documentos oficiales, considerando:

•  Nota aprobatoria de 11 a 20, escrita en número y letras con tinta de color azul.•  Nota desaprobatoria de 00 a 10, escrita con números y letras con tinta color rojo.

En caso contrario serán sujeto a la sanción correspondiente de acuerdo a la Ley23733, Estatuto vigente y Reglamento General de la UNSM-T, por el Jefe delDepartamento Académico de su Facultad.

Art. 57°. Las prácticas de campo que utilicen movilidad para trasladarse a otras ciudades dentrodel departamento se programaran los Sábados, las mismas que serán consignadas enlos sílabos para su autorización por la Vicerrectoria Académica.

Art. 58°. La programación de estudios se realizará de Lunes a Viernes, dejando libre losMiércoles en la tarde para actividades extracurriculares.

Por tanto la Comisiones Permanentes de Horarios y Matricula serán las responsables dedar cumplimiento al presente artículo.

A N E X O R E F E R E N C I A L No 01

I. Docentes con carga administrativa: Decano y Director de Escuela dePosgrado, Jefe de Departamento Académico, Secretario General ,Directores de Instituto de Investigación y Directores de Oficina

1. ENSEÑANZA:

1.1 Carga Académica mínima………………………. 6 horas1.2. Preparación y evaluación (1 x 6oras) 6 horas

2. INVESTIGACIÓN: 2 horas

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3. EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN UNIVERSITARIA: 2 horas

4. ACTIVIDADES ACADÉMICAS Y ADMNISTRATIAVAS:

4.1 Actividad del cargo………………………………….. 20 horas4.2 Tutoría y Consejería ……………………………… 2 horas4.3 Comisiones……………………………………….. 2 horas4.44.5

 Total de horas/semana   40 horas

II. Docentes con carga académica administrativa: Director EscuelaAcadémica Profesional, Director de Secciones de Posgrado y profesorSecretario de Facultad

1. ENSEÑANZA:

1.1 Carga Académica mínima…………………………. 8 horas1.2. Preparación y evaluación (1 x 8 horas) 8 horas

2. INVESTIGACIÓN: 2 horas

3. EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN UNIVERSITARIA: 2 horas

4. ACTIVIDADES ACADÉMICAS Y ADMNISTRATIAVAS:

4.1 Actividad del cargo………………………………….. 15 horas4.2 Tutoría y Consejería ……………………………… 1 hora

4.3 Comisiones……………………………………….. 2 horas4.4 Asesoramiento de Tesis …………………………… 1 hora4.5 Consultoría…………………………………………….. 1 hora

 Total de horas/semana   40 horas

III.Docentes ordinarios a D.E. o T.C. sin funciones administrativas conasignaturas de especialidad diferente

1. ENSEÑANZA:

1.1 Carga Académica mínima………………………. 12 horas

1.2. Preparación y evaluación (1 x12horas) 12 horas

2. INVESTIGACIÓN: 4 horas

3. EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN UNIVERSITARIA: 2 horas

4. ACTIVIDADES ACADÉMICAS Y ADMNISTRATIAVAS:

4.1 Tutoría y Consejería ……………………………… 4 horas4.2 Comisiones……………………………………….. 2 horas4.3 Asesoramiento de Tesis ………………………………….. 2 horas4.4 Consultoría………………………………………………. 2 horas

 Total de horas/semana   40 horas

IV.Docentes ordinario a T.P. 20 horas

1. ENSEÑANZA:

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1.1 Carga Académica mínima…………………………. 10 horas1.2. Preparación y evaluación (1 x10 horas) 10 horas

2. INVESTIGACIÓN: 2 horas

3. ACTIVIDADES ACADÉMICAS Y ADMNISTRATIAVAS:

4.1 Tutoría y Consejería ……………………………… 2 horas4.2 Comisiones: opcional ………………………………..4.3 Asesoramiento de Tesis ………………………………….. 2 horas4.4 Acciones adicionales ( Opcional) ……………………

 Total de horas/semana 26 horas

V. Docente Contratado a Tiempo Completo

1. ENSEÑANZA:

1.1 Carga Académica mínima…………………………. 16 horas1.2. Preparación y evaluación (1 x 16 horas) 16 horas

2. INVESTIGACIÓN: …………………………………….. 2 horas

3. EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN UNIVERSITARIA:(Opcional)

4. ACTIVIDADES ACADÉMICAS Y ADMNISTRATIAVAS:

4.1 Tutoría y Consejería ……………………………… 2 horas4.2 Comisiones……………………………………….. 2 horas4.4 Consultoría………………………………………………. 2 horas

 Total de horas/semana   40 horas

incluir la carga académica semestral del departamento a los profesores que se encuentren en uso de

licencias por capacitación y/o año sabático, precisando las asignaturas y el profesor que asume la cargaacadémica o el área correspondiente.

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