18
Universidad Central de Venezuela Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Centro de Estudios de Postgrado Especialización en Derecho Humanos Cátedra: Ambiente y Derechos Humanos Profesor: Alberto Blanco-Uribe Quintero Interdependencia entre el Derecho al ambiente y el Derecho a la salud. Alumnas: Ayala P. Johana N. Frangie M. Genifer

Universidad Central de Venezuela Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas

Embed Size (px)

DESCRIPTION

Universidad Central de Venezuela Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Centro de Estudios de Postgrado Especialización en Derecho Humanos Cátedra: Ambiente y Derechos Humanos Profesor: Alberto Blanco-Uribe Quintero Interdependencia entre el Derecho al ambiente - PowerPoint PPT Presentation

Citation preview

Universidad Central de VenezuelaFacultad de Ciencias Jurídicas y Políticas

Centro de Estudios de PostgradoEspecialización en Derecho Humanos

Cátedra: Ambiente y Derechos Humanos Profesor: Alberto Blanco-Uribe Quintero

    

Interdependencia entre el Derecho al ambiente

y el Derecho a la salud.    

Alumnas: Ayala P. Johana N. Frangie M. Genifer Pérez L. Astrid C.

Interdependencia entre Derecho al ambiente y Derecho a la salud

Esquema

Introducción I. Derecho a la Salud II. Derecho al ambiente III. Tratados Internacionales IV. Organismos Internacionales  V. Jurisprudencia  V.1 Tribunal Europeo de Derechos Humanos V.2 Corte Interamericana de Derechos Humanos V.3 Tribunal Supremo de Justicia Conclusiones Recomendaciones

I. Derecho a la Salud

Constitución de la Organización Mundial de la Salud (OMS)

La salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades.

El goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano sin distinción de raza, religión, ideología política o condición económica o social.

Fuente: Constitución de la Organización Mundial de la Salud. Conferencia Sanitaria Internacional, Nueva York del 19 de junio al 22 de julio de 1946, firmada el 22 de julio de 1946. Entró en vigor el 7 de Abril de 1948. Disponible en: http://www.who.int/governance/eb/who_constitution_sp.pdf

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) desarrolla el derecho a la salud en el artículo 83 en los siguientes términos: “La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida. El Estado promoverá y desarrollará políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso a los servicios. Todas las personas tienen derecho a la protección de la salud, así como el deber de participar activamente en su promoción y defensa, y el de cumplir con las medidas sanitarias y de saneamiento que establezca la ley, de conformidad con los tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por la República”.  Ley Orgánica de la Salud venezolana en el artículo 2 enuncia: “se entiende por salud no sólo la ausencia de enfermedades sino el completo estado de bienestar físico, mental, social y ambiental.”

El derecho a la salud abarca cuatro elementos:

•Disponibilidad•Accesibilidad•Aceptabilidad•Calidad

El derecho a la salud impone a los Estados Partes tres tipos de obligaciones, a saber:•Respetar•Proteger•Cumplir

Fuente: Organización Mundial de la Salud. Nota descriptiva N°323 de la OMS.Agosto 2007. Disponible en: http://www.who.int/mediacentre/factsheets/fs323/es/index.html

II. Derecho al ambiente

La CRBV defina al Derecho al ambiente como: “Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro. Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, genética, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica. El genoma de los seres vivos no podrá ser patentado, y la ley que refiera a los principios bioéticos regulará la materia. Es una obligación fundamental del Estado, con la activa participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente protegidos, de conformidad con la ley.” (CRBV, 2000)

Los derechos humanos relacionados al medio ambiente se encuentran establecidos en los tratados básicos de derechos humanos e incluyen:

• El derecho a un medio ambiente seguro y saludable. •El derecho a un alto estándar de salud. •El derecho a un desarrollo ecológicamente sustentable. •El derecho a un estándar de vida adecuado, incluyendo el acceso a alimentación y agua potable. •El derecho de los niños para vivir en un medio ambiente apropiado para su desarrollo físico y mental. •El derecho a una participación completa y equitativa de todas las personas en la toma de decisiones relacionadas con el medio ambiente, la planificación de desarrollo y decisiones y políticas que afecten a la comunidad a un nivel local, nacional e internacional. •El derecho a gozar de condiciones seguras de trabajo, incluyendo garantías para mujeres embarazadas y en lactancia. •El derecho a la protección para la no -discriminación en cualquier área. •El derecho a la educación e información incluyendo la relacionada con vínculos entre salud y medio ambiente. El derecho a compartir los beneficios del progreso científico.

Fuente: CARMONA LARA, María del Carmen, “Derechos Humanos y Medio Ambiente”, Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM México, 2012, pág. 22. Disponible en: http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/6/2759/4.pdf

Informe de la OMS considera cuatro tipos de contaminación ambiental, capaces de afectar la salud humana:

Las concentraciones de ozono en verano, cuyos efectos son conocidos: irritación de los ojos, dificultades respiratorias, inflamaciones pulmonares si el contacto es largo y repetido.La acumulación de óxido de carbono en invierno, cuando hay inversiones térmicas y vientos suaves, que hacen aumentar el riesgo de enfermedades pulmonares, afecta gravemente a la persona asmática y aquellas que sufren de trastornos cardiovasculares.La vida de grandes ciudades contaminadas produce graves problemas pulmonares, por los efectos sobre el sistema inmunitario, que aumentan las posibilidades de cáncer y de anginas de pecha.La presencia de residuos metálicos, plomo, cadmio, arsénico, mercurio, zinc, causada por la contaminación difusa de los suelos, del agua y de la comida, cerca de las industrias o como resultado dela contaminación a larga distancia, produce grandes afecciones, especialmente en los niños

Relación entre ambiente y salud

Fuente: BLANCO-URIBE Quintero, Alberto, “La definición del Derecho-Deber Individual y Colectivo al Ambiente en el Derecho Constitucional Comparado”, Tribunal Supremo de Justicia, Caracas, 2005.

Las relaciones entre derechos humanos y salud, según la OMS. Imagen: noscuidamos.com

III. Tratados Internacionales que regulan los Derechos Ambientales y el Derecho a la Salud.

•Declaración Universal de los Derechos Humanos, Art. 22, 25 y 27.

•Pacto Internacional para los Derechos Sociales, Económicos y Culturales, Art. 1, 6, 7, 11, 12, 13 y 15.

•Convención para la Eliminación de toda Forma de Discriminación contra la Mujer, Art., 11 y 14.

•Convención Internacional para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, Art. 2 y 14.

•Convención para los Derechos del Niño, Arts 24 y 27.

•Convención de la Organización Internacional del Trabajo sobre Poblaciones Indígenas y tribales (No.169), Arts, 7.

•Tratado de Cooperación Amazónica.

•Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Protocolo de San Salvador), (1988).

• Convenio Andrés Bello. Salud Suramericana.

IV. Organismos Internacionales

•Organización Mundial de la Salud (OMS)•Organización Panamericana de la Salud (OPS)•Organismo Andino de salud- Convenio Hipólito Unanue•Sistema de Información en Salud del MERCOSUR•Organización Internacional del Trabajo (OIT)•Organización del Tratado de Cooperación Amazónica (OTCA)•Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF)•Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH)•Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD)•Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA)•Organización de las Naciones Unidas para la Educación, La Ciencia y la Cultura (UNESCO)•Programa sobre el Hombre y la Biosfera (MAB)Comisión de Desarrollo y Medio Ambiente de América Latina y el Caribe, integrada por el BID y el PNUD con la colaboración del CEPAL y el PNUMA.

Análisis de Jurisprudencia

Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela

Sala Político-Administrativa Magistrado Ponente Hadel Mostafá Paolini

Expediente. 2007 -0157. 24 de Noviembre de 2009

Granja Porcina Hermanos Mosquera Vs. Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales.

Disponible en:http://www.tsj.gov.ve/decisiones/spa/Noviembre/01701-

251109-2009-2007-0157.html revisado

Análisis de la Jurisprudencia

Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)-Caso López Ostra vs España

Sentencia 0496Fecha 9/12/1994

http://www.isel.org/cuadernos_L/Articulos/GarciaBJ.htm

Análisis de la Jurisprudencia

Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)

- Caso Manfredonia vs Italia (Enichem)Sentencia 0875

Fecha 19/2/1998

http://www.isel.org/cuadernos_L/Articulos/GarciaBJ.htm

Análisis de Jurisprudencia

Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)

-Caso Mayagna vs NicaraguaFecha 31/8/2001

http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_79_esp.pdf

Tribunal Constitucional de España

-Doctrina del Alto Tribunal Español

http://www.isel.org/cuadernos_L/Articulos/GarciaBJ.htm

Conclusiones

Recomendaciones

Gr

Muchas

gracias