34
OBLIGACIONE S LIBRO VI ARTICULO 1132 ARTICULO 1528

Obligaciones expo 2016

  • Upload
    ava-nk

  • View
    33

  • Download
    1

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Obligaciones expo 2016

OBLIGACIONES

LIBRO VIARTICULO 1132 ARTICULO 1528

Page 2: Obligaciones expo 2016

• “Es el vínculo de Derecho en cuya virtud hemos de dar, hacer o no hacer alguna cosa”

• “Es una relación Jurídica entre dos o mas personas físicas o jurídicas.

CONCEPTO:

Page 3: Obligaciones expo 2016

ELEMENTOS DE LAS OBLIGACIONES:

Elementos

Sujeto Objeto Vinculo Juridico

Page 4: Obligaciones expo 2016

SUJETOS:• Son las personas entre las cuales se

constituyó el vínculo Jurídico:• Se divide en:

• Sujeto Activo: “Es el acreedor” es decir a favor de quien se constituye la obligación.

• Sujeto Pasivo: “Es el deudor” es decir el sujeto obligado en cumplir la obligación.

Page 7: Obligaciones expo 2016

FUENTES DE LAS OBLIGACIONES

Fuentede las

ogligaciones

Ley

Contrato

Cuasi-contratoDelito

Cuasi-delito

Page 8: Obligaciones expo 2016

“Cuando varias personas se ponen de

acuerdo sobre una declaración de

voluntad común destinada a reglar sus

derechos”

Por ejemplo la compraventa o la

donación

CONTRATO

Page 9: Obligaciones expo 2016

Es el hecho lícito, voluntario, que sin mediar convención o pacto, produce

obligaciones (por ejemplo cuando una persona realiza gastos en nombre de otra por razones de

urgencia generando la obligación de reintegrarlos)

CUASI-CONTRATO

Page 11: Obligaciones expo 2016

CUASIDELITO

Es un acción ilícita que causa daño a alguien,

pero que se ha ejecutado sin ánimo de perjudicar, por

descuido, imprudencia, incapacidad o

impericia. Por ejemplo: Un accidente de tránsito

Page 13: Obligaciones expo 2016

CLASES DE OBLIGACIONES

a) Civiles y Naturalesb) Principales y Accesoriasc) De dar, hacer y no hacerd) Alternativas, Facultativas y Conjuntivase) Divisibles e indivisiblesf) Simplemente mancomunadas y solidarias.

Page 14: Obligaciones expo 2016

A) CIVILES Y NATURALES

Son obligaciones civiles, las que dan derecho a exigir su cumplimiento por la vía legal. Por ejemplo el cumplimiento de un

contrato.Son obligaciones naturales las que no

confieren acción para exigir su cumplimiento, pero que cumplidas por el deudor autorizan a retener lo que se ha dado por razón de ellas. Por Ejemplo una

deuda de juego.

Page 15: Obligaciones expo 2016

B) PRINCIPALES Y ACCESORIAS

Son obligaciones principales, aquellas que tienen existencia por si misma, por ejemplo un contrato de locación.

Son obligaciones accesorias, aquellas que dependen de una obligación principal

para su existencia. Por ejemplo la fianza en un contrato de locación

Page 16: Obligaciones expo 2016

C) OBLIGACIONES DE DAR, HACER O NO HACERSon obligaciones de dar las que tienen por

objeto la entrega de una cosa, mueble o inmueble, con el fin de constituir sobre ella derechos reales o de transferir solamente

su uso. Por ejemplo vender un auto. Son obligaciones de hacer las que tienen por

objeto la ejecución de un hecho. Por ejemplo hacer una escultura

Son obligaciones de no hacer las que tienen por objeto la abstención de realizar un

hecho determinado. Por ejemplo no efectuar la poda de un árbol fuera de su

temporada permitida.

Page 17: Obligaciones expo 2016

D) ALTERNATIVAS, FACULTATIVAS Y CONJUNTIVASLas obligaciones alternativas son las que tienen por

objeto una, de entre varias prestaciones. Comprende una pluralidad de obligaciones, de tal suerte que ejecutada una de ellas el deudor queda

liberado por la otra (Por ejemplo entregar un caballo o una tonelada de trigo).

Las obligaciones facultativas son las que tienen por objeto una prestación determinada, autorizando el deudor para reemplazarla por otra siempre que

sea imposible cumplir con la principal (Por ejemplo empapelar una pared o si es imposible pintarla)

Las obligaciones conjuntivas son las que tienen por objeto el cumplimiento de varias prestaciones

(objeto múltiple) (Por ejemplo entregar un anillo y dos collares)

Page 18: Obligaciones expo 2016

E) DIVISIBLES E INDIVISIBLES

Las obligaciones son divisibles cuando tienen por objeto prestaciones

susceptibles de cumplimiento parcial (Por ejemplo entregar 200 kilos de

harina)Las obligaciones son indivisibles cuando

las prestaciones no pueden ser cumplidas sino por entero (Por ejemplo

entregar un automóvil)

Page 19: Obligaciones expo 2016

F) SIMPLEMENTE MANCOMUNADAS O SOLIDARIAS

Son obligaciones mancomunadas cuando a pesar de tener una sola prestación

reconocen varios acreedores o varios deudores. En este caso a pesar de haber varios deudores solo puede reclamarse a

cada uno su parte.Son obligaciones solidarias aquellas en las

que el acreedor puede exigir el total de la obligación a cualquiera de los deudores.

Page 20: Obligaciones expo 2016

MODALIDADES DE LAS OBLIGACIONES

Modalidades

Condición Plazo Cargo

Page 21: Obligaciones expo 2016

CONDICIÓNEs aquella en que la

adquisición o extinción de un

derecho depende de la realización

de un acontecimiento futuro e incierto

Condición

Suspensiva Resolutoria

Page 22: Obligaciones expo 2016

PLAZOLa obligación es a plazo

cuando el ejercicio del derecho que a ella

corresponde estuviere subordinado a un término de tiempo

Plazo

Cierto Incierto

Page 23: Obligaciones expo 2016

CARGOLa obligación es con cargo, cuando

se exige el cumplimiento de una obligación excepcional al

adquirente de un derecho (por ejemplo: Te dono un terreno,

siempre que en él construyas unas escuela)

Page 24: Obligaciones expo 2016

EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES

Page 25: Obligaciones expo 2016

PAGO“El pago es el cumplimiento de la prestación que hace al objeto de la

obligación”

Por Ejemplo: prestar un servicio, entregar una cosa o suma de dinero,

Page 26: Obligaciones expo 2016

NOVACIÓN“La Novación es la transformación de una

obligación en otra”

Por ejemplo: Quien está obligado a ejecutar un trabajo y en su lugar

conviene entregar una suma de dinero o una cosa.

Page 27: Obligaciones expo 2016

COMPENSACIÓN“La compensación de las obligaciones tiene

lugar cuando dos personas por derecho propio, reúnen la calidad de deudor y

acreedor al mismo tiempo”

Por ejemplo: Si Juan le debe a Pedro $ 200 y Pedro a Juan $ 50, se compensan los saldo debiendo Juan a Pedro $150 y extinguiendo la obligación de Pedro.

Page 28: Obligaciones expo 2016

TRANSACCIÓN“La transacción es un acto jurídico bilateral

por el cual las partes, haciéndose concesiones reciprocas, extinguen obligaciones litigiosas o dudosas”

Por ejemplo: En un juicio Juan reclama a Pedro $500.- como indemnización por un daño, que éste niega. Finalmente, Juan

acepta como pago, por todo concepto, la suma de $ 400.-

Page 29: Obligaciones expo 2016

CONFUSIÓN“La confusión sucede cuando se reúnen en

una sola personal la calidad de acreedor y deudor”

Por ejemplo: Cuando un hermano hereda a otro, el cual le debía una suma de dinero. Así se convierte en acreedor de si mismo,

extinguiéndose la obligación por confusión

Page 30: Obligaciones expo 2016

RENUNCIA“La renuncia es un acto jurídico bilateral por el cual el acreedor

declina gratuitamente el cumplimiento de la obligación,

desistiendo de su derecho.”La intención de renunciar no se

presume.

Page 31: Obligaciones expo 2016

REMISIÓN DE DEUDA

“Cuando el acreedor entrega voluntariamente al deudor el

documento original en que constare la deuda”

Por ejemplo: El acreedor devuelve al deudor, sin recibir el pago, un

pagaré que acreditaba su deuda.

Page 32: Obligaciones expo 2016

IMPOSIBILIDAD DE PAGO

Tiene lugar cuando, sin culpa del deudor el cumplimiento de la

obligación se ha hecho material o legalmente imposible.

Por Ejemplo: Cuando la cosa debida se destruye por incendio y no puede reemplazarse por otra.

Page 33: Obligaciones expo 2016

PRESCRIPCIÓN“Consiste en la extinción de la obligación

por el transcurso del tiempo”

La prescripción liberatoria es un medio que posee el deudor para paralizar la acción del acreedor, transcurridos los

plazos que la ley señala.

Page 34: Obligaciones expo 2016