64
Dr. Percy Hugo Quispe Farfan @ percyquisp ef REGIMENES ADUANEROS SEGÚN LAS ULTIMAS MODIFICACIONES POR EL D.S. N° 163-2016-EF del 22.6.2016 Expositor: Expositor: Percy Hugo Quispe Farfán Percy Hugo Quispe Farfán E-MAIL: [email protected] E-MAIL: [email protected] CELULAR 98115 4740 CELULAR 98115 4740 Los invito a seguirme como PERCY HUGO QUISPE FARFAN en:: https://www.facebook.com/hugo.quispe.12979 /

25.08.2016 regimenes aduaneros

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

@percyquispef

REGIMENES ADUANEROSSEGÚN LAS ULTIMAS MODIFICACIONES POR EL

D.S. N° 163-2016-EF del 22.6.2016

Expositor:Expositor:Percy Hugo Quispe FarfánPercy Hugo Quispe Farfán

E-MAIL: [email protected] CELULAR 98115 4740E-MAIL: [email protected] CELULAR 98115 4740

Los invito a seguirme como PERCY HUGO QUISPE FARFAN en::

https://www.facebook.com/hugo.quispe.12979 /

Page 2: 25.08.2016 regimenes aduaneros

LEY GENERAL DE ADUANAS(Decreto Legislativo 1053)

REGLAMENTO DE LA LEY DE ADUANAS(Decreto Supremo 010-2009-EF)

Decreto Legislativo N° 1235 del 26.09.2015

l

BASE LEGAL

Ley Nº 30335

Page 3: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Despacho aduanero - Modalidades de despacho

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

3

Page 4: 25.08.2016 regimenes aduaneros

•importación para el consumo•admisión temporal para perfeccionamiento activo•admisión temporal para reexportación en el mismo estado•depósito aduanero•tránsito aduanero•Trasbordo•Envíos de entrega rápida

Despacho aduanero – Despacho Anticipado

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

4

Page 5: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

5

Page 6: 25.08.2016 regimenes aduaneros

• Presentación de la Garantía global o específica previa a la numeración.

• Numerar la declaración antes de la llegada del medio de transporte.

• Transmitir el manifiesto de carga antes de la llegada del medio de transporte.

• Contar con toda la documentación.

• Que no se haya dispuesto sobre la mercancía una medida preventiva o suspensión del despacho.

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

6

LEVANTE EN 48 HORAS

Las mercancías podrán ser de libre disposición dentro de las 48 horas siguientes al término

de su descarga, cumpliendo los

siguientes requisitos:

Page 7: 25.08.2016 regimenes aduaneros

•importación para el consumo•admisión temporal para perfeccionamiento activo•admisión temporal para reexportación en el mismo estado•depósito aduanero•tránsito aduanero•Trasbordo•Envíos de entrega rápida

Despacho aduanero – Despacho Diferido

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

7

Page 8: 25.08.2016 regimenes aduaneros

• Importación para el Consumo• Reimportación en el mismo estado• Admisión Temporal para Reexportación

en el mismo estado.• Admisión Temporal para

Perfeccionamiento Activo.• Transbordo.• Tránsito.• Reembarque.• Envíos de entrega rápida.

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

8

Recuperación de la Mercancía en Abandono Legal

El dueño podrá recuperar su mercadería,

acogiéndose a los siguientes regímenes:

Hasta antes que se efectivice la disposición de la mercadería por parte de la Aduana (Remate, Adjudicación,

Destrucción, Entrega al Sector Competente).

Page 9: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

9

PROCESO DE DESPACHO DIFERIDO

Page 10: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Despacho aduanero – Despacho Urgente

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

10

Page 11: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Constituyen envíos de urgencia, las mercancías que por su naturaleza o el lugar donde deben ser almacenadas, requieran de un tratamiento preferencial.

Pueden ser destinadas a los regímenes de:

i.importación para el consumoii.admisión temporal para perfeccionamiento activoiii.admisión temporal para reexportación en el mismo estado iv.depósito aduanero

Despacho aduanero – Despacho Urgente – Envíos de Urgencia

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

11

Page 12: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Se podrán despachar como envíos de urgencia las siguientes mercancías (Art. 231 RLGA): a)   Órganos, sangre y plasma sanguíneo de origen humano;b)   Mercancías y materias perecederas susceptibles de descomposición o deterioro, destinadas a la investigación científica, alimentación u otro tipo de consumo;c)   Materiales radioactivos;d)   Animales vivos;e)   Explosivos, combustibles y mercancías inflamables;f)    Documentos, diarios, revistas y publicaciones periódicas;g)   Medicamentos y vacunas;h)   Piedras y metales preciosos, billetes, cuños y monedas;i)    Mercancías a granel;j)    Maquinarias y equipos de gran peso y volumen, incluso aeronaves;k)   Partes y piezas o repuestos para maquinaria para no paralizar el proceso productivo, solicitados por el productor;I)    Carga peligrosa;m)  Insumos para no paralizar el proceso productivo, solicitados por el  productor; yn)   Otras mercancías que a criterio de la Administración Aduanera merezcan tal calificación.

Despacho aduanero – Despacho Urgente – Envíos de Urgencia

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

12

Page 13: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Constituyen envíos de socorro, las mercancías destinadas a ayudar a las víctimas de catástrofes naturales, de epidemias y siniestros. Esta modalidad de despacho sólo estará sujeta a control documentario.

Pueden ser destinadas a los regímenes de:

1.importación para el consumo2.admisión temporal para reexportación en el mismo estado.

Despacho aduanero – Despacho Urgente – Envíos de Socorro

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

13

Page 14: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Se podrán despachar como envíos de socorro las siguientes mercancías (Art. 232 RLGA): a)     Vehículos u otros medios de transporte;b)     Alimentos;c)     Contenedores para líquidos y agua, bolsas y purificadores de aguad)     Medicamentos, vacunas, material e instrumental médico quirúrgico;e)     Ropa y calzado;f)      Tiendas y toldos  de campaña;g)     Casas o módulos prefabricados;h)     Hospitales de campaña;i)   Otras mercancías que a criterio de la Administración Aduanera constituyan envíos de socorro y aquellas que se establezcan por normas especiales.

Despacho aduanero – Despacho Urgente – Envíos de Socorro

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

14

Page 15: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Destinación aduanera Despacho Urgente

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

15

Page 16: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Destinación aduanera – Tipos de Declaración Aduanera de Mercancías

(DAM) – Declaración Simplificada

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

16

Page 17: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Destinación aduanera – Tipos de Declaración Aduanera de Mercancías

(DAM) – Declaración Simplificada

DECLARACIÓN SIMPLIFICADA

A) MUESTRAS SIN VALOR COMERCIAL

B) OBSEQUIOS QUE NO EXECEDAN USD$ 1000

C) CUYO VALOR FOBIMPORTACIÓN NO EXCEDA

USD$ 2000AJUSTE DE VALOR DE

HASTA USD$ 3000

EXPORTACIÓN NO EXCEDA USD$ 5000

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

17

Page 18: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Destinación aduanera – Tipos de Declaración Aduanera de Mercancías

(DAM) – Declaración Única de Aduanas

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

18

Page 19: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

19

Page 20: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

20

Page 21: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

21

Page 22: 25.08.2016 regimenes aduaneros

a)       De importación: 1.      Importación para el consumo;2.      Reimportación en el mismo estado; y3.      Admisión temporal para reexportación en el mismo estado.

b)       De exportación: 1. Exportación definitiva; y2. Exportación temporal para reimportación en el mismo estado.

c)       De perfeccionamiento: 1.      Admisión temporal para perfeccionamiento activo;2.      Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo;3.      Drawback; y4.      Reposición de mercancías con franquicia arancelaria.

d)       De depósito: 1.      Depósito aduanero.

e)       De tránsito: 1.      Tránsito aduanero;2.      Transbordo; y3.      Reembarque.

f)        Otros regímenes aduaneros o de excepción: 1.      Los señalados en el artículo 98º de la Ley.

Regímenes Aduaneros

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

22

Page 23: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Importación para el consumo

Page 24: 25.08.2016 regimenes aduaneros

IMPORTACIÓN PARA EL CONSUMO

• Régimen aduanero que permite el ingreso de mercancías al territorio aduanero para su consumo, luego del pago o garantía, según corresponda de:

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

24

Page 25: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Importación es definitiva cuando:

Cumpliendo las formalidades, son

nacionalizadas

Quedan a libre disposición del dueño

o consignatario

IMPORTACIÓN PARA EL CONSUMO

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

25

Page 26: 25.08.2016 regimenes aduaneros

REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTE (RUC)

• Las personas naturales, cuando realicen despachos de importación de mercancías con fines comerciales, están obligadas a utilizar el número del Registro Único de Contribuyente (RUC). D

r. P

ercy

Hug

o Q

uisp

e Fa

rfan

26

Page 27: 25.08.2016 regimenes aduaneros

IDENTIFICACIÓN DEL IMPORTADOR:

La persona natural o jurídica requiere contar La persona natural o jurídica requiere contar con el con el RUC y tener la condición de HABIDO.RUC y tener la condición de HABIDO.Los datos relativos al número del RUC, nombre o denominación social, código y dirección del local del importador, se deben consignar exactamente de acuerdo a su inscripción en la SUNAT.

De forma excepcional, cuando las personas De forma excepcional, cuando las personas naturales no cuenten con RUC y deseen naturales no cuenten con RUC y deseen importar, podrán solicitar la importación con importar, podrán solicitar la importación con su DNI, C.E.; Pasaporte o salvoconducto, en los su DNI, C.E.; Pasaporte o salvoconducto, en los siguientes casos:siguientes casos:

27

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

Page 28: 25.08.2016 regimenes aduaneros

No están obligados a inscribirse en el RUC:

• Las personas naturales que realicen en forma ocasional importaciones de mercancías, cuyo valor FOB por operación no exceda de mil dólares americanos (US $ 1 000,00) y siempre que registren hasta tres (3) importaciones anuales como máximo.

• Las personas naturales que por única vez, en un año calendario, importen mercancías cuyo valor FOB exceda los un mil dólares de los Estados Unidos de América (US $ 1 000,00) y siempre que no supere los tres mil dólares de los Estados Unidos de América (US $ 3 000,00).

• Los miembros del servicio diplomático nacional o extranjero, que en ejercicio de sus funciones, importen sus vehículos y menaje de casa.

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

28

Page 29: 25.08.2016 regimenes aduaneros

MERCANCIAS RESTRINGIDAS Y PROHIBIDAS

Ciertas mercancías se consideran de ingreso prohibido, por lo que no está autorizado su ingreso al país, entre ellas: Ropa usada

Radioactivos

Harinas con bromato de potasio

Neumáticos usados

Autos con antigüedad mayor a 5 años

Otros

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

29

Page 30: 25.08.2016 regimenes aduaneros

MERCANCIAS RESTRINGIDAS Y PROHIBIDAS

Ciertas mercancías se consideran de ingreso restringido, que requieren autorización previa, entre ellas: Alimentos y bebidas Vegetales, animales y sus productos Combustibles e hidrocarburos Insumos químicos fiscalizado Medicamentos y cosméticos Armas y explosivos Equipos de frío y Sustancias SAO Equipos de telecomunicación Vehículos usados

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

30

Page 31: 25.08.2016 regimenes aduaneros

MERCANCIAS RESTRINGIDAS Y PROHIBIDAS

SUCAMECDirección de Control de Servicios de Seguridad y Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil, del Ministerio del Interior

DIGEMIDDirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, del Ministerio de Salud

PRINCIPALES ENTIDADES COMPETENTES DEL CONTROL DE MERCANCÍAS RESTRINGIDAS

SENASAServicio Nacional de Sanidad Agraria, del Ministerio de Agricultura

DIGESADirección General de Salud Ambiental, del Ministerio de Salud

INRENAInstituto Nacional de Recursos Naturales, del Ministerio de Agricultura

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

31

Page 32: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Toda mercancía que requiere documentos especiales es restringida?

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

32

Page 33: 25.08.2016 regimenes aduaneros

INFORME N°37-2009-SUNAT/2B4000

Del contexto normativo expuesto, se puede colegir que la simple exigencia del rotulado o etiquetado de mercancías sin la obligación legal adicional de la presentación de un documento autorizante emitido por el sector competente, no convierte a la mercancía en una de importación restringida

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

33

Page 34: 25.08.2016 regimenes aduaneros

IMPORTACIÓN PARA EL CONSUMO

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

34

Page 35: 25.08.2016 regimenes aduaneros

DOCUMENTACION DE IMPORTACIONa) Factura Comercial o Documento Equivalenteb) Doc. de Transporte (B/L, AWB, CP, Aviso Postal)c) Documento de Seguro de Transporte de las

mercancías, cuando correspondad) Declaración de Valor en Aduanas (B-DUA)e) Declaración Andina de Valorf) Otros: Certificado de Origen, Certificado Fitosanitario,

DISCAMEC, SENASA, Reg. Sanitario, conforme a disposiciones específicas sobre la materia

g) Lista de Empaque cuando la cantidad o diversidad de la mercancía lo ameriten e identificación técnica adicional que permita su correcta clasificación (potestad aduanera)

g) Volante de ubicación (Referencial, la autoridad aduanera puede solicitarlo)

h) Declaración Unica de Aduanas (DUA)i) Boletín químico, Acta de Inventarioj) Otros documentos según naturaleza de mercancía

Agencia de Aduana

Importadora

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

35

Page 36: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

36

Page 37: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Ingresar Subpartida Nacional

Subpartida nacionalSubpartida NANDINASubpartida del SISTEMA ARMONIZADOPartida del SISTEMA ARMONIZADOCAPÍTULO

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

37

Page 38: 25.08.2016 regimenes aduaneros

• Productos farmacéuticos CAPITULO 30 (partidas 3001 y ss)• Instrumentos y aparatos médico-quirúrgico CAPITULO 90 (partidas

9001 y ss)

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

38

Page 39: 25.08.2016 regimenes aduaneros

ClasificaciónArancelaria

Normas deValoración

Gestión enAduana Operativa

Documentos yAutorizaciones

Documentación (sustento de DUA). AWB / BL. Factura. Documento de seguro. Autorizaciones (Restringidas)

Numeración, Cancelación, Canal. Documentos / información. Volante emitido. Revisión documentaria / Aforo. Levante, retiro y entrega

Despacho de Aduana

Identificación de la mercancía. Tributos. Normas aplicables. Restricciones. Documentación requerida

Determinación del valor en Aduana. Incoterm. Condiciones de la transacción. Cumplimiento de formalidades. Duda Razonable

Despacho de Importación – Factores concurrentes

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

39

Page 40: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Tributo AlícuotaDerechos Arancelarios 0%, 4%, 6%, 11%ISC 10%, 17%, 20%, 30%, 50%IGV 16%IPM 2%

Alícuota de los Tributos

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

40

Page 41: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Valor de la MercancíaFLETE = Costo de TransporteFOB = Valor de la Mercancía + Flete InternoSEGURO = Se aplica sobre el Valor FOBCIF = BASE IMPONIBLE (FOB+SEGURO+FLETE)A/V = (CIF ) x (ALÍCUOTA %) ISC = (% ISC) x (VALOR CIF+A/V)IGV = (16%) x (VALOR CIF+A/V+ISC)IPM = (2%) x (VALOR CIF+A/V+ISC)TOTAL : TRIBUTOS POR PAGAR

Liquidación de Tributos

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

41

Page 42: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Recargos Derechos Antidumping

- Derechos Compensatorios

INDECOPI determina su aplicación

Percepción del IGV

10% (total de tributos + CIF)

No habidoBaja de RUCSuspensión de ActividadesPrimera Operación de Comercio Exterior

5% (total de tributos + CIF)

Nacionalización de bienes usados

3,5% (total de tributos + CIF)

cuando no se encuentre en alguno de los otros supuestos

Multas Administrativas Art. 32.3 Ley 27444

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

42

Page 43: 25.08.2016 regimenes aduaneros

MONTO A

PAGAR+= RECARGO

STOTAL

DE TRIBUT

OS

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

43

Pago a realizar en las Entidades Bancarias

Page 44: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Asignación del canal

• Luego de la cancelación y/o garantía de ser el caso, de la deuda tributaria aduanera y de los derechos antidumping o compensatorios provisionales de corresponder, se podrá visualizar en el portal de la SUNAT en Internet o mediante aviso electrónico la asignación del canal que determina el tipo de control para la Declaración Única de Aduanas.

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

44

Page 45: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Asignación del canal

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

45

Page 46: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

46

Page 47: 25.08.2016 regimenes aduaneros

CONCLUSIÓN DEL DESPACHO  

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

47

Page 48: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Exportación Definitiva

Page 49: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Exportación Definitiva

• Régimen aduanero que permite la salida del territorio aduanero de las mercancías nacionales o nacionalizadas para su uso o consumo definitivo en el exterior.

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

49

Page 50: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Exportación Definitiva

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

50

Page 51: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Exportación Definitiva

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

51

Page 52: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Exportación Definitiva

• El valor a declarar es el valor FOB de la mercancía exportada en dólares de los Estados Unidos de América

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

52

Page 53: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Exportación Definitiva

Toda mercancía a embarcarse con destino al exterior debe ser puesta bajo potestad aduanera para lo cual ingresa a un depósito temporal.Es requisito para la asignación del canal de control de la DUA. D

r. P

ercy

Hug

o Q

uisp

e Fa

rfan

53

Page 54: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Embarque Directo desde el Local Designado por el Exportador

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

54

A solicitud del exportador procederá el embarque directo de la mercancía

desde el local que el exportador designe. Esto

es aplicable a las siguientes mercancías:

• Perecibles, que requieran un acondicionamiento especial.

• Las peligrosas• Las maquinarias de gran peso y

volumen.• Los animales vivos.• Aquellas que se presenten a

granel.• Otras que a criterio de la

autoridad aduanera califiquen.• Los OEA podrán efectuar

también embarques directos de mercancías en contenedores.

Page 55: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Exportación Definitiva

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

55

Page 56: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Exportación DefinitivaLa regularización del régimen

I) se efectúa mediante la transmisión de :

1. los documentos digitalizados que sustentan la exportación.

2. la información complementaria de la DUA,

II) en aquellos casos que la Administración Aduanera lo determine, adicionalmente se debe presentar:

1. físicamente la DUA (40 y 41)2. la documentación que sustenta la

exportación, a satisfacción de la autoridad aduanera.

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

56

Page 57: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Exportación Definitiva

la aceptación por el SIGAD y/o la aceptación de los documentos presentados cuando corresponda, constituyen el fin del plazo de treinta (30) días calendario.

En caso la regularización del régimen se efectúe fuera del plazo el exportador incurre en la infracción tipificada en el numeral 5), inciso c) del artículo 192º de la Ley.

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

57

Page 58: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Exportación DefinitivaQué pasa si no regularizo la DUA de Exportación?

Transcurridos 180 días calendario contados a partir del día siguiente de la numeración de la declaración, sin que se haya efectuado la regularización del régimen, se considerará concluido el trámite de exportación.

Sin que ello signifique:1. regularización del régimen2. ni el derecho a gozar de los beneficios tributarios o

aduaneros aplicables a la exportación

sin perjuicio que el exportador pueda regularizar la declaración de exportación definitiva.

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

58

Page 59: 25.08.2016 regimenes aduaneros

Exportación Definitiva Despacho simplificado

Exportación de: • Mercancías que por su valor no tengan fines comerciales• Mercancías cuyo valor FOB no exceda de US$ 5,000.00• Salida de mercancías que se destinen al régimen de equipaje, menaje de

casa• Muestras sin valor comercial • Obsequios por un valor de hasta US$ 1,000.00• Tráfico fronterizo• Donaciones cuyo valor no exceda los US$ 5,000.00 • Salida de bienes destinados al uso o consumo de los pasajeros y miembros

de la tripulación a bordo de las naves de transporte marítimo o aéreo, así como de los bienes que sean necesarios para el funcionamiento, conservación y mantenimiento de los referidos medios de transporte cuyo valor FOB no exceda de cinco mil dólares de los Estados Unidos de América (US$ 5,000.00).

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

59

Page 60: 25.08.2016 regimenes aduaneros

¿EN QUE CONSISTE EL EXPORTA FACIL PERU?

Utilización de los servicios e infraestructura postal con la que cuenta SERPOST S.A. para la exportación de bienes físicos con pesos menores a 50 Kg.; y valores máximos de hasta US$ 5,000 dólares; a través de un proceso simplificado de exportación. D

r. P

ercy

Hug

o Q

uisp

e Fa

rfan

60

Page 61: 25.08.2016 regimenes aduaneros

El exportador debe llenar la DEF Directamente en la página Web de SUNAT.

www.sunat.gob.pe

El exportador ingresa su RUC y Clave SOL en la

pagina de la Sunat

La DEF es un formato unificado, es decir, es al mismo tiempo el formato

aduanero de SUNAT (formato “A”) y la guía

postal de SERPOST (CP72)

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

61

Page 62: 25.08.2016 regimenes aduaneros

DECLARACIÓN EXPORTA FÁCILGuía Postal; CP-72, EM-1, CN-22, CN-23

(A)DSE N°Aforo: Fecha :

Código de BarrasNúmero de Guía Postal

1

2

3 DESCRIPCIÓN DE MERCANCÍASERIE Subpartida Nacional Descripción de la Mercancía Regimen

Pres. y/o Apli.N° y Fec. C.

de pagoCant./TUFValor venta /N° de bulto

N° Certificado de Origen

Otros Doc. Adj.

Instrucciones del Exportador en caso de no efectuarse la entrega Controles sanitarios, fitosanitarios u otras restriccionesDevolver Abandonar Si No

4

8 9

10

6 7

5

1

2

3

4

5

Exportador (remitente) R.U.C. del Exportador

Dirección

Código PostalCiudadPaís

Persona de Contacto Tel/ Fax E-Mail

Importador (destinatario)

Dirección

Código PostalCiudadPaís

Persona de Contacto Tel/Fax E-Mail

DE

PARA

Oficina de Origen de SERPOST

Fecha:Hora:Nombre:Código del Expendedor:

Firma

Entrega en Destino

Fecha:HoraNombre:Documento de Identidad:

Firma

Persona que Entrega el Envio a SERPOST

Nombre:N° DNI Firma

Peso Bruto (tarifado)

Valor Total Flete

Fecha :

Firma del Exportador

Total V. Venta.

Moneda de V.

Diligencia de Aduanas

Firma y SelloFecha Hora Total Serie

Certifico que la información contenida en la presente declaracion es exacta, es decir, que las mercancías declaradas no constituyen objeto peligroso y/ o prohibido por las normas de la Unión PostalUniversal ni por la legislación interna; sometiéndome en todo caso, a la responsabilidad administrativa, civil, tributaria y/o penal que ubiere lugar, eximiendo de dichas responsabilidades a SERPOST S.A.Asimismo, acepto pagar los gastos resultantes de la ejecución de las instrucciones impartidas aquí para el caso en que el envío no pueda ser entregado. De otro lado, como dueño o remitente de lamercancía descrita en esta declaración, autorizo a SERPOST S.A. para que en mi representación, participe en el reconocimiento físico de las mercancías, toda vez que como Administración Postal delEstado Peruano está facultada a someter los envíos postales a control aduanero.

4

Tipo de Cambio

Total. Bulto

Dr.

Per

cy H

ugo

Qui

spe

Farf

an

62

Page 63: 25.08.2016 regimenes aduaneros

.

Muchas Gracias ¡¡¡Los invito a seguirme como PERCY HUGO QUISPE FARFAN

@percyquispef en::

https://www.facebook.com/hugo.quispe.12979 /

Page 64: 25.08.2016 regimenes aduaneros

DR. PERCY HUGO QUISPE FARFAN AGENTE DE ADUANA, EGRESADO DE LA ESCUELA NACIONAL DE ADUANAS (IAT SUNAT), ABOGADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL, CONTADOR PÚBLICO COLEGIADO Y LICENCIADO EN ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS POR LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS, MAESTRO EN DOCENCIA UNIVERSITARIA EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN ENRIQUE GUZMÁN Y VALLE, MAESTRO EN DERECHO CON MENCIÓN EN ADUANAS Y DOCTORADO EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL, ACTUALMENTE, LABORA COMO INTERNATIONAL TRADER, EXPOSITOR EN LOS DIPLOMADOS DE COMERCIO INTERNACIONAL EN USIL WORLD TRADE CENTER, EN LA ESCUELA DE LA ASOCIACION DE EXPORTADORES (ADEX), EN LOS CURSOS ADOC DE PROM PERU Y ES DOCENTE UNIVERSITARIO EN LA UPC, LAUREATE INTERNATIONAL UNIVERSITIES NETWORK

Dr. Percy Hugo Quispe FarfánE-MAIL:

[email protected] 98115*4740

• 11 de agosto del 2016Lima, Perú