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EXCMO. AYUNTAMIENTO VÉLEZ-MÁLAGA Negociado de Secretaría General ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL EL DÍA 28 DE JUNIO DE 2011. Sres. asistentes: Alcalde: D. Francisco I. Delgado Bonilla Concejales: Grupo Municipal Partido Popular : D. Manuel Gutiérrez Fernández D. Emilio Martín Sánchez Dª Mª Concepción Labao Moreno Dª Aurora Díaz Camacho D.Antonio José Martín Fernández D. Miguel Ángel Molina Ruiz Dª Inmaculada Matamoros Sánchez D. José Antonio Fortes Gámez Dª Rocío Ruiz Narváez D.Francisco Natera Sánchez D. Antonio Arrieta España D. Jesús Lupiáñez Herrera Grupo Municipal P.S.O.E. : Dª Mª Salomé Arroyo Sánchez D. Juan Carlos Márquez Pérez Dª Mª Carmen Arrebola Guerrero D. Sergio Hijano López Dª Cynthia García Perea Dª Sara Reina Sánchez Rivas Grupo Municipal Andalucista : D. Marcelino Méndez-Trelles Ramos D. José Luis Gámez Martín Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes-Convocatoria por Andalucía : D. Salvador Marín Fernández Dª Eva Mª Fernández Pérez Grupo Municipal Grupo Independiente Pro-Municipio de Torre del Mar : D. Manuel Jesús Rincón Granados D. Antonio López Rosique Secretaria General : Dª Amadora Rosa Martínez Jefa de Servicio de Secretaría General y Régimen Interior: Dª Ana Mª Graciano Martínez Interventor General : D. Juan Pablo Ramos Ortega Auxiliar Administrativo: Dª Susana Jiménez Jurado En la sede de la Casa Consistorial sita en Plaza de las Carmelitas nº 12 de esta ciudad de Vélez-Málaga, siendo las ocho horas y quince minutos del día veintiocho de junio de dos mil once se reúne el Pleno de la Corporación Municipal con la asistencia de los señores arriba indicados. Preside la sesión el Alcalde-Presidente, D. Francisco I. Delgado Bonilla, celebrándose con carácter extraordinario y en primera convocatoria. 1

ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA …. Marcelino Méndez-Trelles Ramos D. José Luis Gámez Martín Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes-Convocatoria por Andalucía : D. Salvador

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EXCMO. AYUNTAMIENTO VÉLEZ-MÁLAGANegociado de Secretaría General

ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADAPOR EL PLENO DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL ELDÍA 28 DE JUNIO DE 2011.

Sres. asistentes:

Alcalde:D. Francisco I. Delgado Bonilla

Concejales:

Grupo Municipal Partido Popular:D. Manuel Gutiérrez FernándezD. Emilio Martín SánchezDª Mª Concepción Labao MorenoDª Aurora Díaz CamachoD.Antonio José Martín FernándezD. Miguel Ángel Molina RuizDª Inmaculada Matamoros SánchezD. José Antonio Fortes GámezDª Rocío Ruiz NarváezD.Francisco Natera SánchezD. Antonio Arrieta EspañaD. Jesús Lupiáñez Herrera

Grupo Municipal P.S.O.E.:Dª Mª Salomé Arroyo SánchezD. Juan Carlos Márquez PérezDª Mª Carmen Arrebola GuerreroD. Sergio Hijano LópezDª Cynthia García PereaDª Sara Reina Sánchez Rivas

Grupo Municipal Andalucista:D. Marcelino Méndez-Trelles RamosD. José Luis Gámez Martín

Grupo Municipal Izquierda Unida-LosVerdes-Convocatoria por Andalucía :D. Salvador Marín FernándezDª Eva Mª Fernández Pérez

Grupo Municipal Grupo IndependientePro-Municipio de Torre del Mar:D. Manuel Jesús Rincón GranadosD. Antonio López Rosique

Secretaria General: Dª Amadora Rosa Martínez

Jefa de Servicio de Secretaría General yRégimen Interior:Dª Ana Mª Graciano Martínez

Interventor General:D. Juan Pablo Ramos Ortega

Auxiliar Administrativo:Dª Susana Jiménez Jurado

En la sede de la Casa Consistorial sita en Plaza de las Carmelitas nº 12de esta ciudad de Vélez-Málaga, siendo las ocho horas y quince minutos deldía veintiocho de junio de dos mil once se reúne el Pleno de la CorporaciónMunicipal con la asistencia de los señores arriba indicados.

Preside la sesión el Alcalde-Presidente, D. Francisco I. DelgadoBonilla, celebrándose con carácter extraordinario y en primera convocatoria.

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EXCMO. AYUNTAMIENTO VÉLEZ-MÁLAGANegociado de Secretaría General

En primer lugar, el Sr. Alcalde manifiesta que se iba a guardar unminuto de silencio por las 3 víctimas, vecinos de este municipio, quefallecieron ayer en un incendio, lo que se procedió a continuación.Igualmente, el Sr. Alcalde hizo constar en acta en relación a este siniestro, elreconocimiento público en nombre de todos los miembros de la Corporación,agradeciendo el trabajo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado,Policía Nacional y Local, y del Consorcio Provincial de Bomberos, porquegracias a su esfuerzo y valor consiguieron salvar a una madre y a su hijo. Lafelicitación por este trabajo realizado en la seguridad y defensa de la vida delas personas.

Deja constancia igualmente de 3 normas básicas a respetar en losPlenos:

1) No salirse del orden del día establecido, cualquier otro tipo dedeclaración que no esté vinculada al orden del día se retirará el uso de lapalabra.2) No permitir ni insultos ni descalificaciones personales, sellamará al orden inmediatamente y, en caso necesario, se procederá a laexpulsión.3) El orden de intervención será de menor a mayor de acuerdo conel Reglamento Orgánico y una vez concluido el periodo de intervenciones seprocederá a la votación.

Ruega a los miembros de la Corporación que respeten estas normasmínimas para el buen funcionamiento democrático de las sesiones plenarias.

ORDEN DEL DÍA

1.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DELA SESIÓN ANTERIOR CELEBRADA EL DÍA 11 DE JUNIO DE2.011.-

2.- DACIÓN DE CUENTA DE ESCRITOS RECIBIDOS PARA LACONSTITUCIÓN DE LOS GRUPOS POLÍTICOS Y DENOMBRAMIENTO DE PORTAVOCES.-

3.- DACIÓN DE CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDÍA Nº 2998DE FECHA 15 DE JUNIO DE 2011, SOBRE COMPOSICIÓN YPERIODICIDAD DE LAS SESIONES DE LA JUNTA DE GOBIERNO

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EXCMO. AYUNTAMIENTO VÉLEZ-MÁLAGANegociado de Secretaría General

LOCAL.-

4.- DACIÓN DE CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDÍA Nº 2999DE FECHA 15 DE JUNIO DE 2011, RELATIVO A NOMBRAMIENTODE TENIENTES DE ALCALDE.-

5.- DACIÓN DE CUENTA DEL DECRETO Nº 3000 DE 15 JUNIO DEL2011 SOBRE DELEGACIONES EN LOS DISTINTOS CONCEJALES.-

6.- DACIÓN DE CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDÍA Nº 3001DE FECHA 15 DE JUNIO DE 2011, SOBRE DELEGACIÓN DELEJERCICIO DE DETERMINADAS COMPETENCIAS DELALCALDE EN LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL.-

7.- DACIÓN DE CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDÍA Nº 3220DE FECHA 24 DE JUNIO DE 2011, SOBRE DESCENTRALIZACIÓNADMINISTRATIVA DE FUNCIONES Y DELEGACIÓN DECOMPETENCIAS EN EL TENIENTE DE ALCALDE DE TORRE DELMAR.

8.- PROPUESTA QUE FORMULA EL ALCALDE PRESIDENTE DELEXCMO. AYUNTAMIENTO DE VÉLEZ-MÁLAGA SOBREDETERMINACIÓN DE LA PERIODICIDAD DE LAS SESIONESORDINARIAS DEL PLENO DE LA CORPORACIÓN.-

9.- PROPUESTA QUE FORMULA EL ALCALDE PRESIDENTE DELEXCMO. AYUNTAMIENTO DE VÉLEZ-MÁLAGA SOBRECREACIÓN Y COMPOSICIÓN DE LAS COMISIONESINFORMATIVAS PERMANENTES.-

10.- PROPUESTA QUE FORMULA EL ALCALDE PRESIDENTE DELEXCMO. AYUNTAMIENTO DE VÉLEZ-MÁLAGA SOBREDELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DEL PLENO DE LACORPORACIÓN EN LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL.-

11.- PROPUESTA DE LA ALCALDÍA DE DELEGACIÓN EN LAGERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO DE DETERMINADASCOMPETENCIAS.

12.- PROPUESTA QUE PRESENTA EL ALCALDE-PRESIDENTE DEL

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EXCMO. AYUNTAMIENTO VÉLEZ-MÁLAGANegociado de Secretaría General

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VÉLEZ-MÁLAGA DEMODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO ORGÁNICO MUNICIPAL.

13.- PROPUESTA QUE FORMULA EL ALCALDE PRESIDENTE DELEXCMO. AYUNTAMIENTO DE VÉLEZ-MÁLAGA SOBREDESIGNACIÓN DE NUEVOS REPRESENTANTES MUNICIPALESEN EL OALDIM.

14.- PROPUESTA QUE FORMULA EL ALCALDE PRESIDENTE DELEXCMO. AYUNTAMIENTO DE VÉLEZ-MÁLAGA SOBREDESIGNACIÓN DE NUEVOS REPRESENTANTES MUNICIPALESEN DISTINTOS ORGANISMOS Y ENTIDADES.-

15.- PROPUESTA QUE FORMULA EL ALCALDE PRESIDENTE DELEXCMO. AYUNTAMIENTO DE VÉLEZ-MÁLAGA SOBREDESIGNACIÓN DE REPRESENTANTE MUNICIPAL EN LAMANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COSTA DEL SOL-AXARQUÍA.-

16.- PROPUESTA DEL ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO.AYUNTAMIENTO DE VELEZ-MALAGA SOBRE DETERMINACIÓNDEL NÚMERO, CARACTERÍSTICAS Y RETRIBUCIONES, YMODIFICACIÓN DE LA PLANTILLA DE PERSONAL EVENTUAL-

17.- PROPUESTA QUE FORMULA EL ALCALDE PRESIDENTE DELEXCMO. AYUNTAMIENTO DE VÉLEZ-MÁLAGA SOBREDETERMINACIÓN DEL RÉGIMEN DE DEDICACIÓN DE CARGOSDE LA CORPORACIÓN, DE LA CUANTÍA POR CONCURRENCIAEFECTIVA A LAS SESIONES DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOS, YSOBRE LAS ASIGNACIONES A LOS GRUPOS POLÍTICOS.

DESARROLLO DE LA SESIÓN

1 .- APROBACI Ó N, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESI Ó N ANTERIOR CELEBRADA EL D Í A 11 DE JUNIO DE 2.011.- El Sr. Alcalde preguntó a los Sres. Concejales si tenían algunaobjeción que formular para la aprobación del acta de la sesión anterior y, al noformularse ninguna por parte de éstos, por unanimidad, fue aprobada el actade la sesión de 11 de junio de 2011.

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EXCMO. AYUNTAMIENTO VÉLEZ-MÁLAGANegociado de Secretaría General

2.- DACI Ó N DE CUENTA DE ESCRITOS RECIBIDOS PARA LA CONSTITUCI Ó N DE LOS GRUPOS POL Í TICOS Y DE NOMBRAMIENTO DE PORTAVOCES.- Conocidos los escritospresentados en la Secretaría General de constitución de grupos políticos yportavoces de los mismos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24de ROFCL y 27 del Reglamento Orgánico Municipal (ROM), siendo éstos lossiguientes :

GRUPO MUNICIPAL PARTIDO POPULAR

GRUPO MUNICIPAL P.S.O.E.

GRUPO MUNICIPAL ANDALUCISTA

GRUPO MUNICIPAL IZQUIERDA UNIDA, LOS VERDES,CONVOCATORIA POR ANDALUCÍA (I.U.-L.V.-C.A.)

GRUPO MUNICIPAL GRUPO INDEPENDIENTE PRO MUNICIPIODE TORRE DEL MAR (G.I.P.M.T.M.)

El Pleno de la Corporación queda enterado de la constitución de losgrupos políticos que a continuación se relacionan, con indicación de susintegrantes así como Portavoz y Viceportavoz de los mismos:

1.- GRUPO MUNICIPAL PARTIDO POPULAR .-

. Portavoz . D. Antonio Arrieta España

. Vice-Portavoz . D. Jesús Lupiáñez Herrera

. Integrantes . . D. Francisco I. Delgado Bonilla. D. Manuel Gutiérrez Fernández. D. Emilio Martín Sánchez. Dª Mª Concepción Labao Moreno. Dª Aurora Díaz Camacho. D. Antonio José Martín Fernández. D. Miguel Ángel Molina Ruiz. Dª. Inmaculada Matamoros Sánchez.

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EXCMO. AYUNTAMIENTO VÉLEZ-MÁLAGANegociado de Secretaría General

. D. José Antonio Fortes Gámez

. Dª. Rocío Ruiz Narváez.

. D. Francisco Natera Sánchez

. D. Antonio Arrieta España

. D. Jesús Lupiáñez Herrera

2.- GRUPO MUNICIPAL P.S.O.E. :

. Portavoz . Dª María Salomé Arroyo Sánchez

. Viceportavoces. . D. Juan Carlos Márquez Pérez . Dª Sara Reina Sánchez Rivas

. Integrantes . Dª María Salomé Arroyo Sánchez. D. Juan Carlos Márquez Pérez. Dª Mª del Carmen Arrebola Guerrero. D. Sergio Hijano López. Dª Cynthia García Perea. Dª Sara Reina Sánchez Rivas

3.- GRUPO MUNICIPAL ANDALUCISTA

. Portavoz . D. Marcelino Méndez-Trelles Ramos

. Viceportavoz . D. José Luis Gámez Martín

. Integrantes . D. Marcelino Méndez-Trelles Ramos. D. José Luis Gámez Martín

4.- GRUPO MUNICIPAL IZQUIERDA UNIDA, LOS VERDES,CONVOCATORIA POR ANDALUCÍA (I.U.-L.V.-C.A.)

. Portavoz . D. Salvador Marín Fernández

. Viceportavoz . Dª Eva María Fernández Pérez

. Integrantes . D. Salvador Marín Fernández. Dª Eva María Fernández Pérez

5.- GRUPO MUNICIPAL GRUPO INDEPENDIENTE PROMUNICIPIO DE TORRE DEL MAR (G.I.P.M.T.M.):

. Portavoz . D. Manuel Jesús Rincón Granados

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EXCMO. AYUNTAMIENTO VÉLEZ-MÁLAGANegociado de Secretaría General

. Viceportavoz . D. Antonio López Rosique

. Integrantes . D. Manuel Jesús Rincón Granados. D. Antonio López Rosique

3.- DACI Ó N DE CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALD Í A Nº 2998 DE FECHA 15 DE JUNIO DE 2011, SOBRE COMPOSICI Ó N Y PERIODICIDAD DE LAS SESIONES DE LA JUNTA DE GOBIERNOLOCAL.- El Pleno de la Corporación queda enterado del contenido delDecreto de Alcaldía nº 2998 de 15 de junio de 2011, que es del siguientetenor literal:

“ASUNTO: Nombramiento miembros de la Junta de Gobierno Local.

“Constituida la nueva Corporación, en sesión extraordinaria celebrada eldía 11 de junio del 2011 como consecuencia de las elecciones locales celebradasel 22 de mayo de 2011, se estima procedente determinar el nuevo régimen deorganización y funcionamiento de este Ayuntamiento, dentro del cual se encuentrala Junta de Gobierno Local como órgano de carácter necesario en los Municipiosque cuenten con una población de derecho superior a 5.000 habitantes según elartículo 20.1 b) de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases delRégimen Local.

Según dispone el artículo 23 de la LRBRL la Junta de GobiernoLocal estará integrada por el Alcalde, que la preside, y por un número deConcejales no superior al tercio del número legal de los mismos,nombrados y separados libremente por el Alcalde dando cuenta al Pleno.

Tiene como función propia e indelegable la asistencia permanenteal Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones, así como aquéllas otras quele deleguen el Pleno o el Alcalde o le atribuyan las Leyes.

En virtud, en uso de las facultades que a esta Alcaldía le confierenlos artículos 23 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Basesdel Régimen Local, en relación con los artículos 43.2, 52 y 53 del RealDecreto 2568/1986 de 28 de noviembre, por el que se aprueba elReglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de lasEntidades Locales,

DISPONGO

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EXCMO. AYUNTAMIENTO VÉLEZ-MÁLAGANegociado de Secretaría General

PRIMERO.- La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento deVélez-Málaga, como órgano colegiado de carácter necesario, quedaráintegrado por esta Alcaldía Presidencia, que la presidirá y por lossiguientes Concejales:

. D. Manuel Gutiérrez Fernández

. Dª Mª Concepción Labao Moreno

. D. Jesús Lupiáñez Herrera

. D. Emilio Martín Sánchez

. D. Miguel Ángel Molina Ruiz

. Dª Aurora Díaz Camacho

. Dª Rocío Ruiz Narváez

. D. Antonio Fortes Gámez

SEGUNDO.- La Junta de Gobierno Local asumirá las funciones deasistencia y asesoramiento a esta Alcaldía que le atribuyen directamentelos artículos 23.2 de la LRBRL y 53.1 del ROFCL así como las que ledeleguen el Alcalde o el Pleno, las que expresamente le atribuyan la leyesy aquellas que la legislación del Estado o de las Comunidades Autónomasasignen al municipio y no atribuyan a otros órganos municipales.

TERCERO.- El régimen jurídico de la presente delegación será elprevisto con carácter general en los artículos 114 a 118 del ROFCL, salvoen lo relativo al recurso de reposición, que será resuelto por el órganodelegado.

CUARTO.- La Junta de Gobierno Local celebrará sesión ordinariasemanalmente, los lunes hábiles, siendo su hora las 8,30. Si es inhábilpasará a celebrarse al día siguiente hábil.

QUINTO.- Notificar el presente Decreto a los Concejales afectados,el cual surtirá efectos desde el día siguiente al de su firma, sin perjuicio desu publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

SEXTO- Dar cuenta del presente Decreto al Pleno delAyuntamiento, en la sesión extraordinaria que se convoque encumplimiento de lo dispuesto en el artículo 38 del ROF, a efectos darcuenta de su contenido”.

4.- DACI Ó N DE CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALD Í A Nº 2999 DE FECHA 15 DE JUNIO DE 2011, RELATIVO A NOMBRAMIENTODE TENIENTES DE ALCALDE.- El Pleno de la Corporación quedaenterado del contenido del Decreto de Alcaldía nº 2999 de 15 de junio de2011, del siguiente tenor literal:

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EXCMO. AYUNTAMIENTO VÉLEZ-MÁLAGANegociado de Secretaría General

“Asunto: Nombramiento de Tenientes de Alcalde.

“Constituida la nueva Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el día11 de junio del 2011 como consecuencia de las elecciones locales celebradas el 22de mayo de 2011, se estima procedente diseñar el nuevo régimen de organizacióny funcionamiento de este Ayuntamiento, en el que están presentes los Tenientes deAlcalde, como órganos de carácter necesario, según se configuran en los artículos20.1 a) de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del RégimenLocal y 35.2 del Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre, por el que seaprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico delas Entidades Locales.

Según determinan los artículos 23.3 de la LRBRL y 46 del ROFCL, losTenientes de Alcalde son libremente designados y removidos por éste de entre losmiembros de la Junta de Gobierno Local y, donde ésta no exista, de entre losConcejales.

A estos efectos, por esta Alcaldía, mediante Decreto de fecha 15 de juniodel 2011, y en uso de las atribuciones que legalmente le están conferidas, procedióal nombramiento de los miembros de la Junta de Gobierno Local.

Corresponde a los Tenientes de Alcalde de conformidad con lo dispuesto enel citado artículo 23.3 de la LBRL, sustituir en la totalidad de sus funciones alAlcalde por el orden de nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad oimpedimento que le imposibilite para el ejercicio de sus funciones, así comodesempeñar las funciones del Alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldíahasta que tome posesión el nuevo Alcalde.

En uso de las facultades que a esta Alcaldía le confieren los artículos 21.2de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 46.1del Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre, por el que se aprueba elReglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de lasEntidades Locales,

DISPONGO

PRIMERO.- Nombrar Tenientes de Alcalde de este Ayuntamiento a losConcejales miembros de la Junta de Gobierno Local que a continuación serelacionan:

. Primer Teniente de Alcalde . D. Manuel Gutiérrez Fernández

. Segunda Teniente de Alcalde . Dª Mª Concepción Labao Moreno

. Tercer Teniente de Alcalde . D. Jesús Lupiáñez Herrera

. Cuarto Teniente de Alcalde . D. Emilio Martín Sánchez

. Quinto Teniente de Alcalde . D. Miguel Ángel Molina Ruiz

. Sexta Teniente de Alcalde . Dª Aurora Díaz Camacho

. Séptima teniente de Alcalde . Dª Rocío Ruiz Narváez

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EXCMO. AYUNTAMIENTO VÉLEZ-MÁLAGANegociado de Secretaría General

. OctavoTeniente de Alcalde . D. Antonio Fortes Gámez

SEGUNDO .- El régimen jurídico de la presente designación será el previstocon carácter general en los artículos 46 y siguientes del ROFCL.

TERCERO.- Notificar el presente Decreto a los Tenientes de Alcaldedesignados el cual surtirá efectos desde el día siguiente al de su firma, sin perjuiciode su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga.

CUARTO.- Dar cuenta del presente Decreto al Pleno del Ayuntamiento, enla sesión extraordinaria que se convoque en cumplimiento de lo dispuesto en elartículo 38 del ROF, a efectos dar cuenta de su contenido”.

5.- DACI Ó N DE CUENTA DEL DECRETO Nº 3000 DE 15 JUNIO DEL 2011 SOBRE DELEGACIONES EN LOS DISTINTOS CONCEJALES.-El Pleno de la Corporación queda enterado del contenido del Decreto deAlcaldía nº 3000 de 15 de junio de 2011, del siguiente tenor literal:

“Asunto : Delegación de atribuciones en miembros de la Corporación.

Esta Alcaldía tiene atribuida por Ley la facultad de delegar determinadasatribuciones conforme al artículo 21.3 de la Ley de Bases de Régimen Local(LBRL) y 43 y 44 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que seaprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico delas Entidades Locales (ROFCL).

Tras la toma de posesión de la nueva corporación en sesión celebrada eldía 11 de junio de 2011 se hace necesario y conveniente, en aras de unaagilización y mejora de los servicios y con la finalidad de facilitar la tarea degobierno, delegar una serie de atribuciones de esta Alcaldía.

En base a ello, por el presente

RESUELVO

Primero.

1.- Designar como Concejales Delegados de las Concejalías, Servicios oÁreas, que a continuación se indican, a los siguientes Concejales:

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ÁREA MUNICIPAL CONCEJAL DELEGADO DELEGACIÓN

Presidencia Alcalde ------

Secretaria General y Régimen Interior. D. Manuel Gutiérrez Fernández Genérica

Intervención General. D. Manuel Gutiérrez Fernández Genérica

Tesorería Municipal D. Manuel Gutiérrez Fernández Genérica

Contratación, Patrimonio, AsesoríaJurídica y Asuntos Judiciales

D. Manuel Gutiérrez Fernández Especial

Urbanismo, Infraestructuras y Vivienda Genérica

Urbanismo, Infraestructuras y ServiciosOperativos

Dª Concepción Labao Moreno Genérica

Vivienda y Aparcamientos D. Antonio Martín Fernández Genérica

Policía Local, Protección Civil yMovilidad

D. Antonio Arrieta España Genérica

Acción Social, Familia y Mujer

Asuntos Sociales (servicios socialescomunitarios, Dependencia y Equipo

Tratamiento Familiar), Políticas deIgualdad, Promoción de la Mujer y

Familia, Centro de Información a la Mujer

Dª Inmaculada MatamorosSánchez

Genérica

Programas Sociales Específicos(Atención a inmigrantes; Zonas de

transformación social; PICGA-Plan deIntegración de la Comunidad Gitana de

Andalucía)

Dª Inmaculada MatamorosSánchez

Genérica

Mayor(Residencias y clubes municipales de

pensionistas y ancianos)

D. Francisco Natera Sánchez Genérica

Programas Sociales Específicos(Programa Ciudades ante las drogas y

Centro Comarcal de Drogodependencia)

D. Francisco Natera Sánchez Genérica

Guarderías Municipales, y Centro deDesarrollo Infantil y Atención Temprana

Dª Aurora Díaz Camacho Genérica

Programas Sociales Específicos:Voluntariado

Dª Aurora Díaz Camacho Genérica

Recursos Humanos D. Manuel Gutiérrez Fernández Genérica

Informática, Innovación Tecnológica yReprografía

Dª Concepción Labao Moreno Genérica

Deportes, Turismo y Playas

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Deportes D. Jesús Lupiáñez Herrera Genérica

Turismo Dª Rocío Ruiz Narváez Genérica

Playas D. Emilio Martín Sánchez Genérica

Fomento, Promoción, DesarrolloEconómico y Empleo

Genérica

(Empresa, Empleo y empresas públicasmunicipales)

D. Antonio Martín Fernández Genérica

Servicios Generales, Medio Ambiente,Agricultura y Pesca

Servicios Generales(Sanidad, Consumo y OMIC)

D. Francisco Natera Sánchez Genérica

Servicios Generales(Cementerios)

D. Manuel Gutiérrez Fernández Genérica

Servicios Generales(Comercio, Industria)

D. Emilio Martín Sánchez Genérica

Servicios Generales(Rég. Sancionador)

D. Antonio Arrieta España Genérica

Servicios Generales(Transporte)

D. Antonio Arrieta España Genérica

Medio Ambiente(Abastecimiento Agua Potable)

D. Francisco Natera Sánchez Genérica

Medio Ambiente(Parques y Jardines)

D. Miguel Ángel Molina Ruiz Genérica

Medio Ambiente(Limpieza Viaria y Recogida de Residuos)

D. Antonio Arrieta España Genérica

Agricultura y Pesca D. Miguel Ángel Molina Ruiz Genérica

Participación Ciudadana Dª Aurora Díaz Camacho Genérica

Cultura, Tradiciones Populares,Educación y Juventud

Cultura y Patrimonio Histórico D. Antonio Fortes Gámez Genérica

Tradiciones Populares D. Jesús Lupiáñez Herrera Genérica

Educación Dª Aurora Díaz Camacho Genérica

Juventud Dª Rocío Ruiz Narváez Genérica

2.- La Concejalía delegada que integra las Áreas Municipales deIntervención General y Tesorería Municipal se denominará “Concejalía-Delegadade Economía y Hacienda”.

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3.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del ROIEA, ladelegación genérica confiere a los Concejales- Delegados tanto la facultad dedirigir las Aréas Municipales correspondientes (o parte de ellas) como la degestionarlas, incluyendo la facultad de resolver mediante actos administrativos queafecten a terceros (previo cumplimiento por los funcionarios a los que corresponda,lo establecido en los artículos 172 y 175 del ROFCL).

Se entenderá así delegada la firma de los Decretos de Alcaldía,comunicaciones, visto bueno, certificaciones y en general la firma de toda ladocumentación cuya firma corresponda al Alcalde en las materias propias de lasÁreas Municipales incluidas en las delegaciones efectuadas, excepto la firma decomunicaciones dirigidas a Autoridades y otras Administraciones Públicas.

Las resoluciones firmadas por el Concejal-Delegado, deberá recogerobligatoriamente que... “actúa en virtud de la Delegación conferida por Decretonúm. ____/---- de fecha ____”, tal y como exige el artículo 13.4 de la LRJAP-PAC.

4.- De conformidad con lo dispuesto en la normativa de aplicación y en elartículo 16 del ROIEA la delegación especial solo confiere al Concejal-Delegadola dirección interna y gestión de los asuntos correspondientes a que se refiere sudelegación.

Segundo.- Junto a las facultades señalas en los apartados anteriores, alos Concejales Delegados les corresponde, de conformidad con lo dispuesto en elartículo 16 del ROIEA, dirigir, planificar y coordinar su/s respectiva/s Área/sMunicipal/es para la consecución de determinados objetivos políticos y enparticular :

. Colaborar con esta Alcaldía en las funciones de dirección de laAdministración municipal en el sector de la actividad que tengan delegado,garantizando las relaciones entre las distintas Áreas o unidadesadministrativas atribuidas a otros Concejales Delegados.

. Ejercer las atribuciones que le hayan sido delegadas.

. Ejercer la representación, dirección, gestión e inspección de lasÁreas Municipales que dirija.

. Fijar los objetivos de las Áreas de su competencia, proponer yaprobar los planes de actuación de las mismas, y procurar los recursosnecesarios para su consecución de acuerdo con las normaspresupuestarias correspondientes.

. Formular las propuestas que corresponda aprobar al Pleno de la

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Corporación o a la Junta de Gobierno en el ámbito de las competenciasdelegadas.

. Ejercer la Presidencia los Consejos de Administración u órganosrectores de las Empresas Municipales u Organismos Autónomos Localesencuadrados dentro de las competencias propias de la Delegación.

. Evaluar la ejecución de los planes de actuación por parte de losDirectores de Áreas y/o de los Gerentes de los Consejos de Administraciónu órganos rectores de las Empresas Municipales y Organismos AutónomosLocales, así como ejercer el control de eficacia y eficiencia respecto de laactuación de los mismos.

. Ejercer la superior autoridad sobre el personal de las ÁreasMunicipales de su competencia, sin perjuicio de las que correspondan alConcejal Delegado de Recursos Humanos y/o al Alcalde.

. Facilitar a éste Alcalde información detallada de la gestión de laatribución delegada y de los actos o disposiciones emanadas en virtud de ladelegación.

. Informar a este Alcalde previamente a la adopción de decisionesde transcendencia.

. Las demás que le atribuyan las disposiciones legales vigentes.

Tercero.-

1.- Delegar en los siguientes Tenientes de Alcalde de conformidad con lodispuesto en el artículo 43.5.c del ROFCL y para sus respectivos ámbitosterritoriales, el ejercicio de las atribuciones señaladas en el nº 2 del presenteapartado :

Torre del Mar D. Emilio Martín Sánchez

Caleta, Mezquitilla, Lagos Dª Aurora Díaz Camacho

Benajarafe y Chilches Dª Rocío Ruiz Narváez

Trapiche y Triana D. Antonio Fortes Gámez

Almayate, Valle Niza y Cajiz D. Miguel Ángel Molina Ruiz

2.- Las atribuciones que se delegan en los Tenientes Alcaldes designadosson las siguientes :

1). Representar al Excmo. Ayuntamiento de Vélez-Málaga y presidir todos

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los actos públicos que se celebren en el ámbito territorial señalado, salvo en loscasos en que el Alcalde asista a los mismos.

2). Representar al Excmo. Ayuntamiento de Vélez-Málaga ante losorganismos públicos en aquellos temas que afecten al ámbito territorial señalado.

3). Hacer cumplir las Ordenanzas y Reglamentos Municipales.

4). Dirigir, impulsar e inspeccionar las obras y servicios cuya ejecución,realización o prestación hubiese sido acordada, recabando los asesoramientostécnico necesarios, y en coordinación con los Concejales Delegados.

5). Dirigir e inspeccionar todas las obras de infraestructura que se ejecutenen su ámbito territorial, contando con los medios personales y materialesnecesarios para tal cometido.

6). Exigir a todos los obligados el exacto y diligente cumplimiento de losservicios o cargas de carácter público tales como estadísticas, padrones, censos,bajas, bagajes, alojamientos y prestaciones personales y de transporte.

7). Dirigir, gestionar, resolver mediante actos administrativos que afecten aterceros, otorgar el visto bueno de las certificaciones en las siguientes materias:

. Licencia de obras menores.

. Licencias de actividades inocuas.

. Licencias de actividades ocasionales.

. Licencia o autorizaciones de ocupación de la vía pública salvo loscasos en que tal facultad este atribuida a otros órganos. . Autorizaciones para la celebración de moragas salvo los casos enque tal facultad este atribuida a otros órganos.

8). Resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros:

. Licencias de actividades clasificadas.

. Licencias de apertura y/o reapertura de piscinas.

9). Inspeccionar y vigilar, de acuerdo con los Reglamentos, Bandos yOrdenanzas municipales las siguientes funciones :

. La conservación de las instalaciones municipales de electricidad yalumbrado público, comprendiendo la facultad de dirigir y de ordenarreparaciones por razones de urgencia.

. El cuidado de jardines y parques públicos.

. El ornato del casco urbano

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. La conservación y el buen uso de calzadas, acerados ypavimentos.

. El mantenimiento del estado operativo de las instalacionesdeportivas y/o recreativas de titularidad municipal.

. Las labores de desratización, desinfección y todas aquellasconducentes a la obtención y salvaguarda de la salud pública.

10). La facultad de propuesta o informe respecto a las medidas que debenadoptarse en su zona por la Administración Municipal, y especialmente sobre lassiguientes :

. Construcción, demolición o reforma de mercados, cementerios,aljibes, depósitos y otras instalaciones municipales de servicio público.

. Las actividades de los centros culturales de la zona.

. El funcionamiento de las instalaciones deportivas y recreativas dela zona.

. Ordenación del trafico, especialmente en lo referente a lacelebración de carreras, actos deportivos, procesiones, cabalgatas o actosfestivos en la vía pública que no afecten a las vías principales.

. Establecimiento demarcas, señales o indicadores viales quemodifiquen sustancialmente la circulación.

. Otros usos de la vía pública tales como transporte público, reservade zonas peatonales y de áreas de practicas de conducción de vehículos amotor.

. Expedientes de nueva denominación o alteración de la antigua, delas calles y plaza de la zona.

. Propuesta sobre actividades municipales en el ámbito cultural,deportivo, de participación ciudadana y de promoción de los grupossociales.

. La presentación de las necesidades a los coordinadores de áreasdonde se realice un inventario de prioridades en la ejecución de losrespectivos servicios municipales de obras de nuevas instalaciones,especialmente en lo referido a la pavimentación, acerados, señalización,alumbrado público, instalación de nuevos parques, jardines y zonas verdes,limpieza y ornato público, sanidad, viviendas, instalaciones culturales,juveniles, educativas, deportivas y de recreo, playas.

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11). La facultad de dirigir los servicios administrativos de uso común ydirecto por los ciudadanos, tales como informes, certificaciones, inscripciones enpadrones y censos, altas y bajas, registros de entrada y salida, recepción deinstancias y demás documentos, tramitación de solicitudes, y todo aquello de usocotidiano en la que la simplificación y descentralización no vaya en demerito de laeficacia y legalidad administrativa.

12). La promoción de cuantas actividades productivas se desarrollen en suzona, a fin de contribuir, en la medida de las posibilidades de toda administraciónpública, a la riqueza y bienestar de la colectividad.

13). Disponer gasto dentro de los límites que se fijen en las Bases deEjecución del Presupuesto.

14).Organizar los Servicios de Recaudación y Tesorería, sin perjuicio de lasfacultades del órgano competente de la Corporación de aprobar las formas degestión de estos servicios.

15). En coordinación con los respectivos Concejales Delegados, cifraranualmente las partidas preventivas de gastos e ingresos y elaborar laplanificación de prioridades en cuanto a obras y actuaciones, todo ello en cuantoconcierne al ámbito territorial señalado, para su inclusión en el PresupuestoMunicipal.

16). Sancionar las faltas de obediencia a la autoridad o por infracción de lasOrdenanzas municipales, salvo los casos en que tal facultad este atribuida a otrosórganos.

17). Publicar y hacer cumplir los acuerdos del Ayuntamiento en cuantoafecten al ámbito territorial señalado.

18). Extender certificaciones de residencia y convivencia y firmar el VªBª delas que se extiendan por Secretaría o Intervención.

19. Dirigir la Policía urbana, rural, sanitaria, de subsistencia, de seguridad ycirculación, coordinándose con los respectivos Concejales Delegados.

3.- El régimen jurídico de la presente delegación será el previsto concarácter general en los artículos 114 a 118 del ROFCL, salvo en lo relativo a losrecursos de reposición, los cuales serán resueltos por el órgano delegado.

Cuarto.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.16 de losEstatutos de la GMU, se delegan las atribuciones del Presidente del Consejo deGerencia en el Consejero Delegado (Concejal - Delegado de Urbanismo).

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Quinto.- De conformidad con lo dispuesto por el artículo 44 del Reglamentode Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,estas delegaciones tendrán efecto desde el día siguiente a la fecha de aceptaciónde este Decreto por los Concejales afectados, sin perjuicio de que se entenderántácitamente aceptadas si en el término de tres días hábiles, contados desde sunotificación, no hacen manifestación expresa en contra ni de su publicación en elBOP, y serán de carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de avocación deesta Alcaldía.

En caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento delos Concejales-Delegados, esta Alcaldía asumirá, directa y automáticamente, lascompetencias delegadas, como titular de la competencia originaria, entendiéndosea estos efectos ejercitada la potestad de avocación en base a la presenteresolución, sin necesidad de una nueva resolución expresa en este sentido.

Sexto.- Se delegan indistintamente en los Concejales de la Corporación lacompetencia para autorizar los matrimonios civiles que se celebren en eltérmino municipal y que atribuye a esta Alcaldía el artículo 5.1 y siguientes delCódigo Civil, siempre que, previamente, se haya instruido y resuelto el expedienteprevisto en el artículo 56 de dicho texto normativo.

Esta delegación faculta a los Concejales para autorizar matrimonio civiles,sin que en una misma ceremonia pueda intervenir más de uno de ellos.

No obstante las citadas delegaciones, esta Alcaldía podrá autorizarmatrimonios, debiendo entenderse avocada la competencia para autorizar unmatrimonio concreto.

Séptimo.- Quedan derogados todos aquellos decretos dictados conanterioridad sobre esta materia y/o todos aquellos que se opongan al contenido dela presente.

Octavo.- Notificar en legal forma la presente resolución a todo aquel queaparezca como interesado, a las Áreas y unidades administrativascorrespondientes, debiéndose publicar en el BOP y en el Tablón de Anuncios delAyuntamiento, y dando cuenta del mismo al Pleno en la próxima sesión que secelebre de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 del ROFCL”.

6.- DACI Ó N DE CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALD Í A Nº 3001 DE FECHA 15 DE JUNIO DE 2011, SOBRE DELEGACI Ó N DEL EJERCICIO DE DETERMINADAS COMPETENCIAS DEL

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ALCALDE EN LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL . - El Pleno de laCorporación queda enterado del contenido del Decreto de Alcaldía nº 3001 de15 de junio de 2011, del siguiente tenor literal:

“Asunto: Delegación de competencias del Alcalde en la Junta de GobiernoLocal.

Constituida la nueva Corporación en sesión extraordinaria celebrada el día11 de junio del 2011 como consecuencia de las elecciones locales celebradas el22 de mayo de 2011, se estima procedente delegar el ejercicio de determinadascompetencias de esta Alcaldía en la Junta de Gobierno Local, según lo dispuestoen los artículos 21.3 de la LRBRL, 43 y 114 del ROF y 14 de la Ley 30/1992, de 26de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

Considerando que por razones de democracia participativa existen materiaspara las cuales se considera fundamental la participación en su toma de decisionesde un órgano colegiado.

DISPONGO

PRIMERO.- Delegar en la Junta de Gobierno Local las siguientescompetencias:

. La competencia para resolver los procedimientos de responsabilidadpatrimonial regulados en el Real Decreto 429/1993, de 26 de Marzo, por el que seaprueba el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas enmateria de Responsabilidad Patrimonial, manteniendo esta Alcaldía lasactuaciones relativas al inicio e instrucción de los referidos procedimientos.

SEGUNDO.- Los actos dictados por la Junta de Gobierno Local en ejerciciode las atribuciones delegadas, deberán indicar dicha circunstancia, entendiéndosedictados por la Alcaldía de este Ayuntamiento.

TERCERO.- Esta delegación no quedará revocada por el mero hecho deproducirse un cambio en la titularidad de la Alcaldía o en la composición de laJunta de Gobierno Local. La revocación o modificación de la delegación habrá deadoptarse con las mismas formalidades que las exigidas para su otorgamiento.

CUARTO.- Esta Resolución se publicará en el BOP de Málaga, debiendodar cuenta al Pleno en la primera sesión se celebre de conformidad con lodispuesto en el artículo 38 del ROFCL”.

7.- DACIÓN DE CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDÍA Nº 3220DE FECHA 24 DE JUNIO DE 2011, SOBRE DESCENTRALIZACIÓN

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ADMINISTRATIVA DE FUNCIONES Y DELEGACIÓN DECOMPETENCIAS EN EL TENIENTE DE ALCALDE DE TORRE DELMAR.- El Pleno de la Corporación queda enterado del contenido delDecreto de Alcaldía nº 3220 de 24 de junio de 2011, del siguiente tenor literal:

“Asunto : Descentralización administrativa de funciones y delegación decompetencias en el Teniente de Alcalde de Torre del Mar.

-------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Esta Alcaldía tiene atribuida por Ley la facultad de delegar determinadasatribuciones conforme al artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases deRégimen Local (LBRL) y, 43 y 44 del Real Decreto 2568/1986, de 28 denoviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamientoy Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROFCL).

Con fecha 15 de junio del presente se dictó Decreto de Alcaldía nº 3000por el que, tras la toma de posesión de la nueva corporación en sesión celebradael día 11 de junio de 2011, se hacía necesaria y conveniente, en aras a agilizar ymejorar los servicios y, asimismo, facilitar las tareas de gobierno, el delegar unaserie de atribuciones. En el apartado tercero de dicha resolución se disponíadelegar en los diferentes Tenientes de Alcalde y para sus respectivos ámbitosterritoriales, las atribuciones que se reseñaban.

Por lo que al Teniente de Torre del Mar respecta, y dada la especialidad dedicho núcleo, se considera pertinente el clarificar y desarrollar las competenciasdelegadas, ello en aras a la consecución de la mejor prestación de los serviciosmunicipales, fomentando la eficiencia en la gestión municipal y llevando a lapráctica una mayor descentralización, objetivo del actual Gobierno Municipal, comomedida para ir avanzando en los resultados que se obtendrán cuando se consigaser Municipio de Gran Población.

Por todo lo expuesto y teniendo en cuenta la organización prevista en elReglamento de Organización Interna y Estructura Administrativa (en adelanteROIEA) aprobado por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 5 demayo del 2008 y publicado en el BOP de Málaga en el nº 100 de fecha 26 de mayodel 2008, modificado por acuerdo plenario de fecha 26 de enero de 2009 (BOP nº75 de 21 de abril de 2009), por el presente:

RESUELVO

Primero.- Delegar las siguientes atribuciones en el Teniente de Alcalde deTorre del Mar, D. Emilio Martín Sánchez, de conformidad con las Áreas Municipalesprevistas en el “Reglamento de Organización Interna y Estructura Administrativa”(en adelante ROIEA), aprobado por el Pleno de la Corporación en sesión celebradael día 5 de mayo del 2008 y publicado en el BOP de Málaga en el nº 100 de fecha

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26 de mayo del 2008:

1.- PRESIDENCIA:

- Representar al Excmo. Ayuntamiento de Vélez-Málaga y presidir todos losactos públicos que se celebren en el ámbito territorial señalado, salvo en los casosen que el Alcalde asista a los mismos.

- Representar al Excmo. Ayuntamiento de Vélez-Málaga ante losorganismos públicos en aquellos temas que afecten al ámbito territorial señalado.

- Hacer cumplir las Ordenanzas y Reglamentos Municipales.

- Dirigir, impulsar e inspeccionar los servicios municipales cuya ejecución,realización o prestación se realice dentro de su ámbito territorial.

2.- SECRETARÍA GENERAL:

- Convocatoria y Presidencia de los órganos colegiados que puedanconstituirse conforme a lo previsto en la legislación vigente.

- Rubricar el Libro de Actas de los órganos colegiados que se constituyan.

- Visar las Certificados expedidas en relación con el Padrón de Habitantes,censo electoral, etc.

- Visar las Certificaciones de residencia y convivencia y todas aquéllas quese extiendan por la Secretaría.

- Ordenar la publicación y hacer cumplir los acuerdos del Ayuntamiento encuanto afecten al ámbito territorial señalado.

- Elevar propuestas sobre expedientes de nueva denominación o alteraciónde la antigua, de las calles y plazas de la zona.

3.- INTERVENCIÓN GENERAL:

- Autorizar y disponer gastos dentro de los límites fijados en las bases deejecución del Presupuesto.

- Ordenar los pagos en los supuestos de Pagos a Justificar.

- Visar las Certificaciones que se extiendan por la Intervención, en suámbito territorial.

- En coordinación con los respectivos Concejales Delegados, cifraranualmente las partidas preventivas de gastos e ingresos y elaborar la planificaciónde prioridades en cuanto a obras y actuaciones, todo ello en lo concerniente alámbito territorial señalado, para su inclusión en el Presupuesto Municipal.

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4.- TESORERÍA :

- Organizar los Servicios de Recaudación y Tesorería, sin perjuicio de lasfacultades del órgano competente de la Corporación de aprobar las formas degestión de estos servicios.

- Visar las Certificaciones que se extiendan por la Tesorería, en su ámbitoterritorial.

5.- CONTRATACIÓN, PATRIMONIO, ASESORÍA JURÍDICA Y ASUNTOSJUDICIALES:

- Impulsar la normalización y simplificación de normas, procedimientosy trámites administrativos.

6.- URBANISMO, INFRAESTRUCTURAS Y VIVIENDAS:

Urbanismo:

- Impulsar y ordenar la tramitación de Quejas, Reclamaciones ySugerencias.

- Dirigir y Resolver, mediante actos administrativos que afecten a tercerosen su ámbito territorial, los siguientes expedientes:

- Licencias de Obras Menores.

- Licencias de Actividades Inocuas.

- Licencias de Actividades Ocasionales.

- Licencias de Actividades Clasificadas.

- Licencias de Apertura y Reapertura de Piscinas.

- Impulsar la creación y desarrollo del Punto de Información y GestiónUrbanística (PIGU) en su ámbito territorial.

Infraestructuras (vía publica, alumbrado público y parques y jardines):

- Impulsar y ordenar la tramitación de Quejas, Reclamaciones ySugerencias.

- Ordenar la realización de operaciones de conservación y reparación en lavía pública, en el mobiliario urbano, en alumbrado público e instalaciones

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deportivas.

- Facultad de elevar propuestas indicando las medidas que debanadoptarse por la Administración Municipal en su ámbito territorial, especialmentesobre las siguientes materias:

a. Construcción, demolición o reforma de mercados, cementerios,aljibes, depósitos y otras instalaciones municipales de serviciopúblico.

b. Sobre las necesidades y prioridades en la ejecución de obras yservicios municipales, especialmente en lo referido a pavimentacióny acerados

Viviendas:

- Elevar propuestas al Alcalde en relación a las viviendas de promociónpública que vayan a ejecutarse en su ámbito territorial.

7.- POLICÍA LOCAL, PROTECCIÓN CIVIL Y MOVILIDAD:

- Impulsar y ordenar la tramitación de Quejas, Reclamaciones ySugerencias.

- La facultad de elevar propuestas respecto a las medidas que debanadoptarse en su zona por la Administración Municipal, y especialmente sobre lassiguientes materias:

a. Ordenación del trafico, especialmente en lo referente a lacelebración de carreras, actos deportivos, procesiones, cabalgatas oactos festivos en la vía pública que no afecten a las vías principales.

b. Establecimiento de marcas, señales o indicadores viales quemodifiquen sustancialmente la circulación.

c. Otros usos de la vía pública tales como transporte público,reserva de zonas peatonales y de áreas de practicas de conducciónde vehículos a motor.

- Dirigir la Policía urbana, rural, sanitaria, de subsistencia, de seguridad ycirculación, coordinándose con los respectivos Concejales Delegados.

8.- ACCIÓN SOCIAL, FAMILIA Y MUJER:

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- Impulsar y ordenar la tramitación de Quejas, Reclamaciones ySugerencias.

- Dictar resoluciones sobre las medidas que deban adoptarse en su ámbitoterritorial, en coordinación con los Concejales Delegados, en relación a la mejorade las siguientes materias:

a. Residencia asistida para personas mayores de Torre del Mar.

b. Club Municipal de Pensionistas.

c. Guardería de Torre del Mar.

d. Atención primaria.

- En coordinación con el Concejal Delegado, realizar políticas activas en lassiguientes materias:

a. Igualdad.

b. Violencia de género.

c. Promoción de la mujer.

9.- RECURSOS HUMANOS:

- Ejercer la superior autoridad sobre el personal de preste sus servicios enla Tenencia de Alcaldía de Torre del Mar, sin perjuicio de las que correspondan alConcejal Delegado de Recursos Humanos y/o al Alcalde.

- Elevar propuestas al Alcalde, coordinándose con el Concejal delegado, enmateria de organización, plantillas, descripción de puestos, etc.

- Aprobar las bases para la selección del personal laboral temporal, y firmarlos respectivos contratos laborales, para cubrir necesidades derivadas de losservicios prestados por la Tenencia.

10.- INFORMÁTICA, INOVACIÓN TECNOLOGICA Y REPOGRAFÍA:

- Elevar al Alcalde propuestas e informes sobre incidencias y mejoras enrelación a las aplicaciones y programas informáticos.

- Impulsar la Oficina virtual.

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11.- DEPORTES, TURISMO Y PLAYAS:

- Impulsar y ordenar la tramitación de Quejas, Reclamaciones ySugerencias.

- Dictar resoluciones, en coordinación con los Concejales delegados, larealización de actividades deportivas, de recreo, de playas y turismo en su ámbitoterritorial.

- Elevar propuestas al Alcalde, coordinándose con los Concejalescompetentes en dichas materias, sobre el funcionamiento de las instalacionesdeportivas y recreativas de la zona.

- Inspeccionar y vigilar, de acuerdo con los Reglamentos, Bandos yOrdenanzas municipales el mantenimiento del estado operativo de lasinstalaciones deportivas y/o recreativas de titularidad municipal.

12.- FOMENTO, PROMOCIÓN, DESARROLLO ECONÓMICO Y EMPLEO(OALDIM):

- La promoción de cuantas actividades productivas se desarrollen en suzona, a fin de contribuir, en la medida de las posibilidades de toda administraciónpública, a la riqueza y bienestar de la colectividad, mediante la elevación depropuestas y sugerencias al Organismo competente.

13.- SERVICIOS GENERALES, MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA YPESCA:

Servicios Generales:

- Impulsar y ordenar la tramitación de Quejas, Reclamaciones ySugerencias.

- Autorizar, conforme a lo previsto en la legislación vigente, la ocupación yla realización de actividades en la vía pública.

- Impulsar la OMIC, dentro del ámbito de Torre del Mar.

- Dictar resoluciones sobre las necesidades y prioridades en la ejecución delos servicios municipales, en coordinación con los Concejales competentes.

- Autorizar conforme a la legislación vigente las actividades a desarrollar enmercados, mercadillos, venta vía pública permanente, temporal o esporádica.

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Medio Ambiente:

- Impulsar y ordenar la tramitación de Quejas, Reclamaciones ySugerencias.

- Ordenar la realización de operaciones de conservación y reparación enparques y jardines.

- Dictar resoluciones sobre las necesidades y prioridades especialmente enlo referido a la instalación de nuevos parques, jardines y zonas verdes, encoordinación con los Concejales competentes.

- Elevar propuestas al Alcalde, coordinándose con los Concejalescompetentes, sobre las necesidades y prioridades especialmente en lo referido alseguimiento e inspección de la concesión administrativa del servicio municipal delimpieza viaria y recogida de residuos sólidos urbanos.

- Participación en la Comisión Técnica de Seguimiento de la concesiónadministrativa del servicio de Abastecimiento de agua potable.

Agricultura y Pesca:

- Impulsar y ordenar la tramitación de Quejas, Reclamaciones ySugerencias.

- Elevar propuestas al Alcalde sobre las medidas que deban adoptarse porlos distintos Concejales Delegados en relación a estas materias.

14.- PARTICIPACIÓN CIUDADANA:

- Presidir la Junta Municipal de Distrito de Torre del Mar, cuando seconstituya.

- Ser informado de las gestiones realizadas por la Oficina de Atención alCiudadano, ubicada en la Tenencia de Alcaldía.

- Relación con las Asociaciones de Vecinos de su ámbito territorial.

- Relaciones con los ciudadanos.

- Aprobación de las Cartas de Servicio de los servicios asumidos en laTenencia de Alcaldía.

- Impulsar y ordenar la tramitación de Quejas, Reclamaciones ySugerencias.

- Elevar propuestas al Alcalde sobre las medidas que considere oportunodeban adoptarse por el Concejal Delegado de Participación Ciudadana.

- Dictar resoluciones sobre actividades municipales en el ámbito de laparticipación ciudadana y de promoción de los grupos sociales, en coordinación

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con el Concejal Delegado.

15.- CULTURA, TRADICIONES POPULARES, EDUCACIÓN YJUVENTUD:

- Impulsar y ordenar la tramitación de Quejas, Reclamaciones ySugerencias.

- Dirigir y gestionar los siguientes espacios culturales:

a. Salas de exposiciones.

b. Biblioteca municipal.

c. Equipamientos culturales.

d. Museos Municipales.

- Proponer las medidas que deban adoptarse por la AdministraciónMunicipal en materia de equipamientos y centros culturales, así como sobre lasactividades a desarrollar en los centros culturales de la zona.

- Dictar resoluciones, en coordinación con el Concejal Delegado deTradiciones populares, sobre las medidas que deban adoptarse en su ámbitoterritorial en las siguientes materias:

a. Ferias y fiestas oficiales.

b. Actos festivos.

c. Alumbrado público fiestas.

- Dictar resoluciones, en coordinación con el Concejal Delegado deEducación, sobre las medidas que deban adoptarse en su ámbito territorial en lassiguientes materias:

a. Consejos escolares.

b. Colegios Públicos.

c. Conservatorio Elemental de Música.

- Dictar resoluciones, en coordinación con el Concejal Delegado deJuventud, sobre las medidas que deban adoptarse en su ámbito territorial.

Segundo.- El desarrollo de estas competencias se realizará por el personaly los medios materiales asignados a la Tenencia de Alcaldía de Torre del Mar, loscuales deberán ser en todo momento, los suficientes para una adecuada ejecuciónde las competencias asignadas al Teniente de Alcalde, atendiendo siempre a loscréditos disponibles.

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El Teniente de Alcalde podrá remitir al Alcalde “Memoria Descriptiva deFunciones y Organigrama” de las funciones y personal necesario para llevar acabode forma eficaz y efectiva dichas competencias.

Tercero.- Para garantizar la correcta ejecución de las referidascompetencias, el Presupuesto General del Ayuntamiento de Vélez-Málaga, incluirá anualmente una partida en el Capítulo 2 de Gastos en Bienes Corrientes yServicios, denominada Gastos diversos Tenenc. Alc. Torre del Mar(0802,111,22605), cuya consignación estará en función del volumen querepresenten las competencias efectivamente asumidas. Ello supeditado a ladisponibilidad económica presupuestaria.

Cuarto.- De conformidad con lo dispuesto por el artículo 44 del Reglamentode Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,estas delegaciones tendrán efecto desde el día siguiente a la fecha de aceptaciónde este Decreto por los Concejales afectados, sin perjuicio de que se entenderántácitamente aceptadas si en el término de tres días hábiles, contados desde sunotificación, no hacen manifestación expresa en contra ni de su publicación en elBOP, y serán de carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de avocación deesta Alcaldía.

En caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimentodel Teniente de Alcalde de Torre del Mar, esta Alcaldía asumirá, directa yautomáticamente, las competencias delegadas, como titular de la competenciaoriginaria, entendiéndose a estos efectos ejercitada la potestad de avocación enbase a la presente resolución, sin necesidad de una nueva resolución expresa eneste sentido.

Quinto: Queda derogado parcialmente el Decreto 3000/11 de 15 de junio,en lo que se refiere a las delegaciones al teniente de Alcalde de Torre del Mar,establecidas en el apartado 2º, de la resolución tercera del Decreto.

Sexto.- Quedan derogados todos aquellos decretos dictados conanterioridad sobre esta materia y/o todos aquellos que se opongan al contenido dela presente.

Séptimo.- Notificar en legal forma la presente resolución a todo aquel queaparezca como interesado, a las Áreas y unidades administrativascorrespondientes, debiéndose publicar en el BOP y en el Tablón de Anuncios delAyuntamiento, y dando cuenta del mismo al Pleno en la próxima sesión que secelebre de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 del ROFCL”.

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El Sr. Rincón Granados, Portavoz del G.I.P.M.T.M., pregunta quécompetencias se le han dado de más al Teniente de Alcalde de Torre del Marcon respecto a las anteriores. Le contesta el Sr. Alcalde que se le han dadotodas las competencias que son posibles delegar en todos los órdenes y queredunden en beneficio de la descentralización administrativa.

8.- PROPUESTA QUE FORMULA EL ALCALDE PRESIDENTE DELEXCMO. AYUNTAMIENTO DE V É LEZ-M Á LAGA SOBRE DETERMINACI Ó N DE LA PERIODICIDAD DE LAS SESIONES ORDINARIAS DEL PLENO DE LA CORPORACI Ó N .- Conocida lapropuesta de referencia de fecha 15 de junio de 2011, del siguiente contenido:

“Constituida la nueva Corporación, en sesión extraordinaria celebrada eldía 11 de junio de 2.011 como consecuencia de las elecciones locales celebradasel 22 de mayo de 2.011, procede determinar el régimen de celebración de lassesiones ordinarias del Pleno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba elReglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de lasEntidades Locales.

A estos efectos, el artículo 46.2. a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,Reguladora de las Bases del Régimen Local, en la redacción dada por la Ley11/1999, de 21 de abril, establece la periodicidad mínima de la celebración de lassesiones ordinarias del Pleno en atención de la población del Municipio, por lo que,siendo ésta de más de 20.000 habitantes, procede celebrar sesión cada mes.

Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del ROF,aprobado por R.D. 2568/1986, de 28 de noviembre, en concordancia con elrégimen de periodicidad de las sesiones plenarias ordinarias impuesto por elartículo 46.2.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases delRégimen Local, y con el artículo 2 del ROM por esta Alcaldía

SE PROPONE AL PLENO DE LA CORPORACIÓN LA ADOPCIÓN DE LOSSIGUIENTES ACUERDOS:

1º.- Establecer que el Pleno del Ayuntamiento celebrará sesión ordinaria enel Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, todos los últimos viernes de cadames, salvo que ese día fuese festivo, en cuyo caso se trasladará o adelantará aldía que la Alcaldía considere pertinente, a las 8,30 horas en primera convocatoria,y dos días después a la misma hora, en segunda convocatoria.

2º.- Teniendo en cuenta los trámites que deben realizarse tras la

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constitución por el Pleno de la Corporación de las diferentes comisionesinformativas de carácter permanente, se establece como primer Pleno ordinario el29 de julio de 2.011.

3º.- Facultar al Sr. Alcalde para, a propuesta suya o de cualquier otroportavoz y siempre por acuerdo de la mayoría de la Junta de Portavoces, variar,por causa justificada, la fecha de celebración de la sesión ordinaria, adelantando oretrasando el día y hora de celebración, incluso aunque el nuevo día fijado noestuviera comprendido en el mes correspondiente a aquél.

4º.- Dar cuenta del presente acuerdo a los concejales y proceder a supublicación en el B.O.P. si ello procede”.

El Sr. Alcalde concede en primer lugar el turno de palabra al Sr. ArrietaEspaña, Portavoz del Grupo Partido Popular, quien explica la propuesta de lasiguiente forma: “Esta propuesta entra dentro de la normalidad en el sentidode que el Equipo de Gobierno entrante puede modificar los horarios y laperiodicidad de las sesiones, solamente se modifica el día y la hora. Comotodos saben la Ley de Bases de Régimen Local a los municipios de más de20.000 habitantes les obliga a hacer una sesión plenaria ordinaria cada mes,haya o no haya puntos, aunque no hubiera ningún punto que discutir sólo conasuntos urgentes y ruegos y preguntas la Ley nos obliga a hacer un plenoordinario. En este caso la propuesta del Equipo de Gobierno es hacerlo elúltimo viernes de cada mes a las 8,30 horas, entendemos que a algúnconcejal le puede venir el horario forzado por su trabajo o por susactuaciones particulares pero la norma del Equipo de Gobierno actual es quecuanto antes se empiece a trabajar más trabajamos y, sobre todo, evitamosque cuando el Pleno se prolongue tener que pagar horas extras a losfuncionarios, y conseguir terminar en el horario normal que tienen losfuncionarios. En cuanto a los días que puedan coincidir en festivos, comotenemos tiempo, se haría una propuesta que se vería en Junta de Portavoces”.

Previa autorización del Sr. Alcalde toma la palabra el Portavoz delG.I.P.M.T.M., Sr. Rincón Granados, quien manifiesta: “Me parece bien, hayun refrán que dice que a quien madruga Dios le ayuda”. El Sr. Alcalde leretira el uso de la palabra ya que estaba realizando manifestaciones que nocorrespondían al punto del orden del día.

Seguidamente el Sr. Alcalde cede el uso de la palabra al Sr. MárquezPérez, Viceportavoz del Grupo P.S.O.E., manifestando lo siguiente: “ElGrupo Socialista lo que venimos a proponer, para conciliar la vida laboral y

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la vida familiar, es que se retrasase una hora el inicio de los Plenos que nosupondría ningún perjuicio para nadie, ni para el funcionamiento propio delPleno ni de la administración”.

Cierra el turno de intervenciones el Sr. Arrieta España manifestando:“Sr. Márquez, puedo entender las situaciones particulares de cada uno, perocuando uno se presenta a unas elecciones para ser Concejal, tiene que saberque su vida particular tiene que adaptarse. De todas formas, recordar que enla legislatura pasada su partido cambió los horarios y los días de los Plenoscon la única intención de evitar que el Portavoz en aquel entonces, hoyAlcalde, estuviera presente, y se cambiaron a los jueves. Entiendo su posturay entiendo que puedan tener algún tipo de problema personal pero éstas sonlas cosas del juego, y le he puesto el ejemplo de la legislatura pasada. Portanto, la propuesta del Equipo de Gobierno se sigue manteniendo, creo que esuna buena propuesta y creo que es la forma de dar ejemplo incluso a losmismos funcionarios de esta Casa para que la clase política se vea queempieza desde muy temprano, creo que es muy importante dar ejemplo”.

Finalizado el turno de intervenciones, el Pleno de la Corporación, pormayoría de votos: 13 a favor (del Grupo Partido Popular) y 12 abstenciones (6del Grupo P.S.O.E., 2 del Grupo Andalucista, 2 del Grupo I.U.-L.V.-C.A. y 2del G.I.P.M.T.M.) acuerda:

1º.- Establecer que el Pleno del Ayuntamiento celebrará sesiónordinaria en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, todos losúltimos viernes de cada mes, salvo que ese día fuese festivo, en cuyo casose trasladará o adelantará al día que la Alcaldía considere pertinente, alas 8,30 horas en primera convocatoria, y dos días después a la mismahora, en segunda convocatoria.

2º.- Teniendo en cuenta los trámites que deben realizarse tras laconstitución por el Pleno de la Corporación de las diferentes comisionesinformativas de carácter permanente, se establece como primer Plenoordinario el 29 de julio de 2.011.

3º.- Facultar al Sr. Alcalde para, a propuesta suya o de cualquierotro portavoz y siempre por acuerdo de la mayoría de la Junta dePortavoces, variar, por causa justificada, la fecha de celebración de lasesión ordinaria, adelantando o retrasando el día y hora de celebración,incluso aunque el nuevo día fijado no estuviera comprendido en el mes

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correspondiente a aquél.

4º.- Dar cuenta del presente acuerdo a los concejales y proceder asu publicación en el B.O.P. si ello procede.

9.- PROPUESTA QUE FORMULA EL ALCALDE PRESIDENTE DELEXCMO. AYUNTAMIENTO DE V É LEZ-M Á LAGA SOBRE CREACI Ó N Y COMPOSICI Ó N DE LAS COMISIONES INFORMATIVAS PERMANENTES.- Conocida la moción de referencia defecha 21 de junio de 2011, del siguiente contenido:

“Constituida la nueva Corporación, en sesión extraordinaria celebrada eldía 11 de junio del 2011 como consecuencia de las elecciones locales celebradasel 22 de mayo de 2011, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del RealDecreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento deOrganización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, seestima procedente la constitución, determinación de la composición y régimen defuncionamiento de las Comisiones Informativas de carácter permanente de esteAyuntamiento, al ser preceptivas (si se dan las exigencias del artículo 20.1c de laLRBRL), en atención a lo dispuesto en el artículo 20.1 c) de la Ley 7/1985, de 2 deAbril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Su función consiste en el estudio, informe o consulta de los asuntos quehayan de ser sometidos a la decisión del Pleno y de la Junta de Gobierno Localcuando ésta actúe con competencias delegadas por el Pleno, salvo cuando hayande adoptarse acuerdos declarados urgentes.

Asimismo, emitirán dictamen sobre aquellos asuntos de la competencia dela Junta de Gobierno Local y del Alcalde que les sean sometidos a su conocimientopor expresa decisión de aquellos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.2, en relación con elartículo 125, ambos del ROFCL, corresponde al Pleno de la Corporación, apropuesta del Alcalde Presidente, la determinación de su número y denominacióniniciales, procurando la proporcionalidad existente entre los distintos grupospolíticos representados en la Corporación.

Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38, en relacióncon los artículos 123 a 127 y 134 a 138 del Reglamento de Organización,Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por RealDecreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por esta Alcaldía

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EXCMO. AYUNTAMIENTO VÉLEZ-MÁLAGANegociado de Secretaría General

SE PROPONE AL PLENO DEL AYUNTAMIENTO LA ADOPCIÓN DELSIGUIENTE ACUERDO:

PRIMERO.- Constituir las Comisiones Informativas de carácter permanenteque se relacionan, con la siguiente denominación:

. Consejo de Gobierno de la Gerencia Municipal de Urbanismo

. Comisión Informativa de Economía y Hacienda y Especial deCuentas.. Comisión Informativa de Recursos y Acción Administrativa.

SEGUNDO.- Las Comisiones Informativas Permanentes asumirán lasfunciones de estudio y dictamen previo de cuantos asuntos se sometan a ladecisión del Pleno y de la Junta de Gobierno Local cuando ésta actúe concompetencias delegadas por el Pleno, salvo cuando hayan de adoptarse acuerdosdeclarados urgentes. Igualmente informarán aquellos asuntos de la competenciapropia Junta de Gobierno Local y del Alcalde que les sean sometidos a suconocimiento por expresa decisión de aquéllos.

Asimismo, les corresponde el seguimiento de la gestión del Alcalde, laJunta de Gobierno Local y de los Concejales que ostenten delegaciones, sinperjuicio de la competencia de control que corresponden al Pleno.

TERCERO.- Las Comisiones Informativas permanentes que a continuaciónse relacionan dictaminarán sobre las materias y asuntos propios de las siguientesConcejalías :

. Consejo de Gobierno de la Gerencia Municipal de Urbanismo :

. Concejalía de Urbanismo e Infraestructura.

. Comisión Informativa de Economía y Hacienda y Especial deCuentas :

. Concejalía de Economía y Hacienda.

. Comisión Informativa de Recursos y Acción Administrativa.

. Resto de Concejalías, y seguimiento y control de todo tipode contrataciones.

CUARTO.- Las Comisiones Informativas permanentes tendrán, ademasde las funciones señalas en el apartado primero de esta resolución, lasatribuciones que a continuación se indican:

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EXCMO. AYUNTAMIENTO VÉLEZ-MÁLAGANegociado de Secretaría General

. Consejo de Gobierno de la Gerencia Municipal de Urbanismo :

. Las que le asignan los Estatutos de dicho organismoautónomo, así como cuantas competencias le sean expresamenteasignadas por los órganos municipales para el cumplimento de susfines.

. Comisión Informativa de Economía y Hacienda y Especial deCuentas :

. Como Comisión Especial de Cuentas tendrá lasatribuciones que señala el artículo 127 del ROFCL: examen, estudioe informe de todas las cuentas, presupuestarias yextrapresupuestarias, que deba aprobar el Pleno de la Corporación,de acuerdo con lo establecido en la legislación reguladora de lacontabilidad de las entidades locales.

. Comisión Informativa de Recursos y Acción Administrativa :

. Conocer de todas aquellas materias que por su naturalezao fin no estén atribuidas a las otras dos Comisiones Informativas.

QUINTO.- Las Comisiones Informativas estarán integradas por lossiguientes miembros:

GRUPO POLÍTICO CIRAA CG GMU CIEH-EC

GM Partido Popular 4 4 4

GM Socialista 2 2 2

GM PA 1 1 1

GM. IU-LV-CA. 1 1 1

GM GIPMTM 1 1 1

TOTAL MIEMBROS 9 9 9

SEXTO.- La emisión del voto en las diferentes ComisionesInformativas será ponderado, de tal forma que el número de votos que pertenecena cada grupo municipal en la Comisión será igual a la representación que ostentenen el Pleno de la Corporación Municipal.

En supuestos de discrepancia entre miembros de un mismogrupo en la emisión del voto, prevalecerá el emitido por el Concejal que actúecomo portavoz en cada Comisión.

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EXCMO. AYUNTAMIENTO VÉLEZ-MÁLAGANegociado de Secretaría General

SÉPTIMO.- Todas las Comisiones Informativas estarán presididas por alAlcalde, quien podrá delegarla en cualquier miembro de la Corporación, apropuesta de la propia Comisión, tras la correspondiente elección efectuada en suseno.

OCTAVO.- Requerir de los Grupos Políticos Municipales que, con lamáxima urgencia, comuniquen mediante escrito a la Sra. Secretaria General elnombre de sus representantes (titulares, suplentes y portavoces) que formaránparte de cada Comisión Informativa.

NOVENO.- Las Comisiones Informativas permanentes ajustarán sufuncionamiento a lo dispuesto en los artículos 123 a 126 y 134 a 138 del ROFCL,así como a lo dispuesto en los arts. 14 a 19, ambos incluidos, del ROM, ycelebrarán sesión ordinaria semanalmente, en días hábiles, si es inhábil pasará acelebrarse al día siguiente hábil, y según el calendario señalado:

Comisión Informativa Día de celebración Hora de convocatoria

CG GMU Jueves 9.00 horas

CIRAA Viernes 9.00 horas

CIEH-EC Viernes 12.00 horas

DÉCIMO.- Dar cuenta del acuerdo que se adopte a todos los GruposPolíticos Municipales y Departamentos Municipales para su conocimiento yefectos”.

Sin suscitarse intervención alguna el Pleno de la Corporación, pormayoría de votos: 15 a favor (13 del Grupo Partido Popular y 2 del GrupoAndalucista) y 10 abstenciones (6 del Grupo P.S.O.E., 2 del Grupo I.U.-L.V.-C.A. y 2 del G.I.P.M.T.M.), acuerda:

1º.- Constituir las Comisiones Informativas de carácterpermanente que se relacionan, con la siguiente denominación:

. Consejo de Gobierno de la Gerencia Municipal deUrbanismo . Comisión Informativa de Economía y Hacienda y Especialde Cuentas.. Comisión Informativa de Recursos y Acción

Administrativa.

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2º.- Las Comisiones Informativas Permanentes asumirán lasfunciones de estudio y dictamen previo de cuantos asuntos se sometan ala decisión del Pleno y de la Junta de Gobierno Local cuando ésta actúecon competencias delegadas por el Pleno, salvo cuando hayan deadoptarse acuerdos declarados urgentes. Igualmente informarán aquellosasuntos de la competencia propia Junta de Gobierno Local y del Alcaldeque les sean sometidos a su conocimiento por expresa decisión deaquéllos.

Asimismo, les corresponde el seguimiento de la gestión del Alcalde,la Junta de Gobierno Local y de los Concejales que ostenten delegaciones,sin perjuicio de la competencia de control que corresponden al Pleno.

3º.- Las Comisiones Informativas permanentes que a continuaciónse relacionan dictaminarán sobre las materias y asuntos propios de lassiguientes Concejalías :

. Consejo de Gobierno de la Gerencia Municipal deUrbanismo :

. Concejalía de Urbanismo e Infraestructura.

. Comisión Informativa de Economía y Hacienda y Especialde Cuentas :

. Concejalía de Economía y Hacienda.

. Comisión Informativa de Recursos y Acción Administrativa.

. Resto de Concejalías, y seguimiento y control detodo tipo de contrataciones.

4º.- Las Comisiones Informativas permanentes tendrán, ademasde las funciones señalas en el apartado primero de esta resolución, lasatribuciones que a continuación se indican:

. Consejo de Gobierno de la Gerencia Municipal deUrbanismo :

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. Las que le asignan los Estatutos de dicho organismoautónomo, así como cuantas competencias le seanexpresamente asignadas por los órganos municipales para elcumplimento de sus fines.

. Comisión Informativa de Economía y Hacienda y Especialde Cuentas :

. Como Comisión Especial de Cuentas tendrá lasatribuciones que señala el artículo 127 del ROFCL: examen,estudio e informe de todas las cuentas, presupuestarias yextrapresupuestarias, que deba aprobar el Pleno de laCorporación, de acuerdo con lo establecido en la legislaciónreguladora de la contabilidad de las entidades locales.

. Comisión Informativa de Recursos y Acción Administrativa :

. Conocer de todas aquellas materias que por sunaturaleza o fin no estén atribuidas a las otras dosComisiones Informativas.

5º.- Las Comisiones Informativas estarán integradas por lossiguientes miembros:

GRUPO POLÍTICO CIRAA CG GMU CIEH-EC

GM Partido Popular 4 4 4

GM Socialista 2 2 2

GM PA 1 1 1

GM. IU-LV-CA. 1 1 1

GM GIPMTM 1 1 1

TOTALMIEMBROS

9 9 9

6º.- La emisión del voto en las diferentes ComisionesInformativas será ponderado, de tal forma que el número de votos que

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pertenecen a cada grupo municipal en la Comisión será igual a larepresentación que ostenten en el Pleno de la Corporación Municipal.

En supuestos de discrepancia entre miembros de unmismo grupo en la emisión del voto, prevalecerá el emitido por elConcejal que actúe como portavoz en cada Comisión.

7º.- Todas las Comisiones Informativas estarán presididas por alAlcalde, quien podrá delegarla en cualquier miembro de la Corporación,a propuesta de la propia Comisión, tras la correspondiente elecciónefectuada en su seno.

8º.- Requerir de los Grupos Políticos Municipales que, con lamáxima urgencia, comuniquen mediante escrito a la Sra. SecretariaGeneral el nombre de sus representantes (titulares, suplentes yportavoces) que formarán parte de cada Comisión Informativa.

9º.- Las Comisiones Informativas permanentes ajustarán sufuncionamiento a lo dispuesto en los artículos 123 a 126 y 134 a 138 delROFCL, así como a lo dispuesto en los arts. 14 a 19, ambos incluidos, delROM, y celebrarán sesión ordinaria semanalmente, en días hábiles, si esinhábil pasará a celebrarse al día siguiente hábil, y según el calendarioseñalado:

ComisiónInformativa

Día de celebración Hora de convocatoria

CG GMU Jueves 9.00 horas

CIRAA Viernes 9.00 horas

CIEH-EC Viernes 12.00 horas

10º.- Dar cuenta del presente acuerdo a todos los GruposPolíticos Municipales y Departamentos Municipales para suconocimiento y efectos.

10.- PROPUESTA QUE FORMULA EL ALCALDE PRESIDENTE DEL

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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE V É LEZ-M Á LAGA SOBRE DELEGACI Ó N DE COMPETENCIAS DEL PLENO DE LA CORPORACI Ó N EN LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL .- Conocidala propuesta de referencia de fecha 15 de junio de 2011, del siguientecontenido:

“La nueva Corporación quedó constituida en sesión extraordinariacelebrada el día 11 de junio del 2011 como consecuencia de las elecciones localescelebradas el 22 de mayo de 2011.

Con la finalidad de hacer realidad los principios de eficacia ydesconcentración previstos en el artículo 103 de la Constitución Española ynormas de desarrollo, este Alcalde considera conveniente realizar propuesta paraque ciertas materias que son competencias del Pleno de la Corporación sea laJunta de Gobierno Local quien las desarrolle.

Lo que se pretende con esta asunción por la Junta de Gobierno Local deatribuciones propias del Pleno de la Corporación es que los asuntos ganen enceleridad de tal forma que los vecinos sean los directamente beneficiados por talmedida.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.4, de la Ley 7/1985, de 2de abril, de Bases de Régimen Local que permite la delegación del ejercicioatribuciones del Pleno de la Corporación en la Junta de Gobierno Local, salvo lasenunciadas en el apartado 2, párrafos a), b), c), d), e), f), g), h), i), l) y p), y en elapartado 3 de dicho artículo, por esta Alcaldía

SE PROPONE AL PLENO DEL AYUNTAMIENTO LA ADOPCIÓN DELSIGUIENTE ACUERDO:

PRIMERO.- Delegar en la Junta de Gobierno Local las siguientes materias :

1) El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de lacorporación en materias de competencia plenaria.

2) La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento.

3) La concertación de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada,dentro de cada ejercicio económico, exceda del 10 por 100 de los recursosordinarios del Presupuesto -salvo las de tesorería, que le corresponderán cuandoel importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15 por100 de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior- todo ello deconformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

4) Las contrataciones y concesiones de toda clase cuando su importesupere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del Presupuesto y, en cualquier

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caso, los seis millones de euros, así como los contratos y concesiones plurianualescuando su duración sea superior a cuatro años y los plurianuales de menorduración cuando el importe acumulado de todas sus anualidades supere elporcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primerejercicio y, en todo caso, cuando sea superior a la cuantía señalada en esta letra.

5) La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando seacompetente para su contratación o concesión, y cuando aún no estén previstos enlos presupuestos.

6) La adquisición de bienes y derechos cuando su valor supere el 10 por100 de los recursos ordinarios del presupuesto y, en todo caso, cuando seasuperior a tres millones de euros, así como las enajenaciones patrimoniales en lossiguientes supuestos:

1º Cuando se trate de bienes inmuebles o de bienes muebles queestén declarados de valor histórico o artístico, y no estén previstasen el Presupuesto.

2º Cuando estando previstas en el Presupuesto, superen losmismos porcentajes y cuantías indicados para las adquisiciones debienes.

7) Todas aquellas otras que siendo competencia del Pleno de laCorporación de conformidad con su normativa específica no se encuentre recogidaen los apartados anteriores y sean susceptibles de delegación en el Junta deGobierno Local y no requieran para su aprobación una mayoría especial.

SEGUNDO.- Las Resoluciones Administrativas que se adopten pordelegación indicarán, expresamente, esta circunstancia y se consideraránconforme establece el artículo 13 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, dictadas porel Órgano delegante.

TERCERO.- Con arreglo a los dispuesto en el artículo 51 del ROFCL elpresente acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente al de su adopción, sinperjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia”.

En primer lugar, el Sr. Alcalde concede el uso de la palabra al Portavozdel Grupo Partido Popular quien explica el punto de la siguiente forma: “Estapropuesta una vez más entra dentro de la normalidad en la organización deun Ayuntamiento cuando se inicia una legislatura. La propuesta esexactamente igual que la que se aprobó el 11 de julio de 2007, sobredelegación del Pleno en la Junta de Gobierno, espero que se apruebe igualque en el 2007”.

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Seguidamente el Sr. Alcalde cede el turno de intervención al Sr. MarínFernández, Portavoz del Grupo I.U.-L.V.-C.A., manifestando éste:“Normalidad es todo, pero ésto es voluntad política que la establecen ustedescon unos criterios determinados con los que se puede estar más o menos deacuerdo. Lo aplican todo como normalidad, pero son propuestas del Equipode Gobierno. Ésto puede ser lo mismo que había, como dicen, y pueden serotras distintas, pero no aplique el argumento de normalidad porque normalpuede ser cualquier propuesta que se presente. También decir que ahoraponen comisiones en jueves, como el Consejo de Gerencia, cuando antes sefueron a los juzgados por poner los plenos en jueves y, precisamente, lesdieron la razón. Por tanto, las contradicciones ya florecen”.

Cierra el turno de intervenciones el Sr. Arrieta España manifestando losiguiente: “Gracias por la rectificación, Sr. Marín, no hablaré más denormalidad. Vd. lo que pretende es que yo diga que las propuestas seimponen por el rodillo de la mayoría, pues no, lo normal, le parezca a vd.mal o bien, es que en un Pleno de organización se hable de propuestas, digoque es lo normal porque es lo lógico, vds. también lo hicieron cuandollegaron al gobierno después de la moción de censura. Y respecto a la faltade coherencia, el problema no estribaba en que la Gerencia de Urbanismofuera en jueves o no, el problema es que el Parlamento de Andalucía tienesesiones los jueves y, salvo que alguien me lo explique, hubo mala intención.Si a vd. le parece que la propuesta no es normal ésos son sus conceptospolíticos, pero en la siguiente propuesta no diré la palabra normal y vd. no semolestará y podremos seguir con normalidad este Pleno”.

El Sr. Alcalde manifiesta que los jueves lo que se celebran soncomisiones informativas en las que ha delegado las competencias en losrespectivos concejales de áreas y que, por tanto, no se va a producir esaincompatibilidad de día ni de hora.

Finalizado el turno de intervenciones, el Pleno de la Corporación, pormayoría de votos: 13 a favor (del Grupo Partido Popular) y 12 abstenciones (6del Grupo P.S.O.E., 2 del Grupo Andalucista, 2 del Grupo I.U.-L.V.-C.A., 1del G.I.P.M.T.M., y 1 por ausencia del Sr. Rincón Granados), acuerda:

1º.- Delegar en la Junta de Gobierno Local las siguientes materias :

1) El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa

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de la corporación en materias de competencia plenaria.

2) La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento.

3) La concertación de las operaciones de crédito cuya cuantíaacumulada, dentro de cada ejercicio económico, exceda del 10 por 100 delos recursos ordinarios del Presupuesto -salvo las de tesorería, que lecorresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas encada momento supere el 15 por 100 de los ingresos corrientes liquidadosen el ejercicio anterior- todo ello de conformidad con lo dispuesto en laLey Reguladora de las Haciendas Locales.

4) Las contrataciones y concesiones de toda clase cuando suimporte supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del Presupuesto y,en cualquier caso, los seis millones de euros, así como los contratos yconcesiones plurianuales cuando su duración sea superior a cuatro años ylos plurianuales de menor duración cuando el importe acumulado detodas sus anualidades supere el porcentaje indicado, referido a losrecursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio y, en todo caso,cuando sea superior a la cuantía señalada en esta letra.

5) La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando seacompetente para su contratación o concesión, y cuando aún no esténprevistos en los presupuestos.

6) La adquisición de bienes y derechos cuando su valor supere el 10por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto y, en todo caso, cuandosea superior a tres millones de euros, así como las enajenacionespatrimoniales en los siguientes supuestos:

1º Cuando se trate de bienes inmuebles o de bienes mueblesque estén declarados de valor histórico o artístico, y no esténprevistas en el Presupuesto.

2º Cuando estando previstas en el Presupuesto, superen losmismos porcentajes y cuantías indicados para lasadquisiciones de bienes.

7) Todas aquellas otras que siendo competencia del Pleno de laCorporación de conformidad con su normativa específica no se encuentre

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recogida en los apartados anteriores y sean susceptibles de delegación enel Junta de Gobierno Local y no requieran para su aprobación unamayoría especial.

2º.- Las Resoluciones Administrativas que se adopten pordelegación indicarán, expresamente, esta circunstancia y se consideraránconforme establece el artículo 13 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y de Procedimiento AdministrativoComún, dictadas por el Órgano delegante.

3º.- Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 51 del ROFCL elpresente acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente al de su adopción,sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

11.- PROPUESTA DE LA ALCALDÍA DE DELEGACIÓN EN LAGERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO DE DETERMINADASCOMPETENCIAS.- Conocida la propuesta de referencia de fecha 21 dejunio de 2011, del siguiente contenido:

“Los Estatutos de la Gerencia Municipal de Urbanismo contemplan laposibilidad de que los órganos competentes del Excmo. Ayuntamiento puedandelegar en este organismo autónomo determinadas competencias.

A partir de la entrada en vigor de la Ley de Ordenación Urbanística deAndalucía (LOUA), determinadas materias se asignan a la decisión del Pleno de laCorporación Municipal, sin perjuicio de la posibilidad de que éste acuerde sudelegación en otros órganos.

Razones de operatividad y eficacia administrativa aconsejan la delegaciónen la Gerencia de determinadas materias que la LOUA atribuye en principio alPleno de la Corporación Municipal.

Algunas competencias urbanísticas fueron ya fueron delegadasanteriormente en virtud de sendos acuerdos plenarios adoptados el 2 de julio de2003 y 25 de octubre de 2007.

POR TODO ELLO, SE PROPONE AL PLENO DEL AYUNTAMIENTO LAADOPCIÓN DE LOS SIGUIENTES ACUERDOS:

1º.- Delegar en el organismo autónomo, Gerencia Municipal de Urbanismo,las siguientes competencias del Pleno de la Corporación:

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A) Adopción del acuerdo relativo al establecimiento del sistema decompensación y a la aprobación, en su caso, de los Estatutos y Bases deActuación de las Entidades Urbanísticas Colaboradoras.

B) La gestión del uso de los equipamientos públicos, excepto losexpedientes relativos a las autorizaciones de actividades en precario y lapropia actividad del equipamiento una vez construido.

C) La gestión del uso del subsuelo público, excepto la instalación decanalizaciones de infraestructuras.

D) La gestión de los bienes patrimoniales cedidos al Excmo. Ayuntamientocomo fruto de los convenios urbanísticos.

2º.- El presente acuerdo deroga el acuerdo plenario adoptado a esterespecto en sesión de 25 de octubre de 2007, punto 3º.

La Delegada de Urbanismo, Sra. Labao Moreno, explica lo siguiente:“Se trata de competencias similares a las que tenía en la anteriorlegislatura”.

Igualmente por parte del Sr. Alcalde se aclara: “Son las mismascompetencias excepto una que el anterior gobierno la tenía delegada y, eneste caso, he considerado que esté en el Pleno que son los proyectos deactuación en suelo no urbanizable para que todos los miembros de laCorporación conozcan si hay algún proyecto de este tipo que podamos poneren marcha por interés social o interés público, y se llevará a debate ydecisión del Pleno. El resto son iguales que las competencias que estaban yadelegadas en la Gerencia de Urbanismo”.

Finalizado el turno de intervenciones, el Pleno de la Corporación, pormayoría de votos: 13 a favor (del Grupo Partido Popular) y 12 abstenciones (6del Grupo P.S.O.E., 2 del Grupo Andalucista, 2 del Grupo I.U.-L.V.-C.A. y 2del G.I.P.M.T.M.), acuerda:

1º.- Delegar en el organismo autónomo, Gerencia Municipal deUrbanismo, las siguientes competencias del Pleno de la Corporación:

A) Adopción del acuerdo relativo al establecimiento del sistema decompensación y a la aprobación, en su caso, de los Estatutos yBases de Actuación de las Entidades Urbanísticas Colaboradoras.

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B) La gestión del uso de los equipamientos públicos, excepto losexpedientes relativos a las autorizaciones de actividades enprecario y la propia actividad del equipamiento una vezconstruido.

C) La gestión del uso del subsuelo público, excepto la instalaciónde canalizaciones de infraestructuras.

D) La gestión de los bienes patrimoniales cedidos al Excmo.Ayuntamiento como fruto de los convenios urbanísticos.

2º.- El presente acuerdo deroga el acuerdo plenario adoptado aeste respecto en sesión de 25 de octubre de 2007, punto 3º.

12.- PROPUESTA QUE PRESENTA EL ALCALDE-PRESIDENTE DELEXCMO. AYUNTAMIENTO DE VÉLEZ-MÁLAGA DEMODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO ORGÁNICO MUNICIPAL.-Conocida la propuesta de referencia de fecha 20 de junio de 2011, delsiguiente contenido:

“Fue este grupo político, el Grupo Popular, el que por primera vez propusoy obtuvo (en el año 2007) del Pleno de la Corporación la aprobación paraestablecer un sistema por el que un concejal de cada grupo político de la oposiciónpodía quedar liberado y el que abrió la puerta para que todos los grupos políticosmunicipales tuvieran un secretario de grupo (personal de empleo) con la finalidadde desarrollar de la mejor forma posible las funciones propias del grupo todo ellodentro de los créditos habilitados para los cargos de confianza, pues esta era unademanda que este grupo había venido solicitando en años anteriores para facilitarla labor de control y fiscalización de la oposición con la negativa del gruposocialista.

Sin embargo los tiempos han cambiado; aquellos años de bonanzaeconómica son muy diferentes a los actuales en los que la crisis económica hagolpeado no solo los ciudadanos y en general a toda la sociedad, sino también alas administraciones públicas.

Siendo voluntad de este nuevo equipo de gobierno poner siempre a losciudadanos en la mesa de todas las decisiones, nadie entendería que en estostiempos de crisis económica y de contestación hiciéramos oídos sordos a lademanda social de ser escrupulosos en el cuidado de los fondos públicos ytampoco entendería que no pusiéramos límites a todo gasto municipal que puedaconsiderarse (dada la situación actual) como objetivamente superfluo, teniendo en

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cuenta ademas la inmensa deuda que este Ayuntamiento mantiene con cientos deproveedores.

Por ello, a través de la modificación que se propone del ReglamentoOrgánico Municipal se busca suprimir, de forma temporal ante la situación de gravecrisis económica en la que nos encontramos, la posibilidad de que un concejal decada uno de los grupos políticos representados en el Ayuntamiento pueda estarliberado y que los llamados secretarios de grupo (auxiliares administrativo) seanempleados públicos municipales.

Solo estas dos medidas van a suponer para este municipio un ahorro de197.520,96 euros anuales.

No debemos dejar de señalar por otra parte que la propuesta de suprimirlos denominados secretarios de grupo no busca en ningún caso limitar laposibilidad de que los grupos políticos municipales puedan contar con una personade confianza de su propia organización política que les facilite las relacionesnormales en la actividad municipal de cada uno de estos grupos, sino que de loque se trata es que dichos puestos no estén retribuidos con fondos públicos, y espor ello por lo que se propone:

.- Suprimir:

. El apartado 3º del artículo 29 del ROM, incluido el último párrafo de dichadisposición.

.- Suprimir:

. El nº 4 del artículo 31del ROM, incluido el último párrafo de dichadisposición.

.- Adicionar :

. Un último párrafo al art. 31del ROM, con el siguiente tenor literal:

“Cada grupo político municipal con representación municipal podrá designara una persona como secretario de grupo que actuará, para actos ygestiones de mero trámite con la administración municipal, enrepresentación del grupo y/o de sus concejales, de conformidad y sinperjuicio de lo dispuesto en el artículo 32 de la LRJAP-PAC, y que enningún caso tendrá relación laboral o estatutaria con el Ayuntamiento deVélez-Málaga”.

Conocido el informe emitido por la Jefe de Sección de Secretaría

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General con fecha 22 de junio del corriente, que cuenta con el Vº Bº de laSecretaria General, en el que se concluye:

“Visto el contenido de la Propuesta formulada por el Sr. Alcalde Presidente delExcmo Ayuntamiento de Vélez-Málaga sobre modificación del vigente ReglamentoOrgánico Municipal y de acuerdo con las consideraciones jurídicas expuestas en el presenteinforme se concluye que la misma es conforme a derecho y siendo el órgano competentepara su aprobación el Pleno por mayoría absoluta (...)”.

El Sr. Alcalde concede los siguientes turnos de palabra:

El Sr. Arrieta España, Portavoz del Grupo Partido Popular, explica elpunto de la siguiente forma: “Tratamos de modificar el Reglamento OrgánicoMunicipal vigente y lo más significativo, o lo que más me imagino que lesinteresa, es la supresión de los secretarios de Grupo así como el que no hayaningún concejal liberado en la oposición. Tenemos que apretarnos el cinturóntodos, yo sé que su argumentación será que los secretarios de Grupo ayudanmucho, sé que la idea es mantener un personal de confianza dentro de cadaGrupo para que resuelvan el papeleo diario, pero vds. tienen gran parte deculpa de que el Ayuntamiento esté como está, por tanto, vds. tienen queapretarse el cinturón tanto o más que el resto de los grupos municipales o delos funcionarios. Ésto significa unos 200.000 euros de ahorro al año, más loscostes sociales, creo que merece la pena. De todas formas, para que no meargumenten que lo que pretendemos es ahogar a la oposición, decir que éstoes una medida transitoria y no hay inconveniente en autorizar a una personaque vds. quieran poner como secretario, lo único que tiene que quedar claroes que por parte de esta administración no se va a pagar ni un solo euro, notendrá ningún tipo de contrato en este Ayuntamiento”.

El Sr. Rincón Granados, Portavoz del G.I.P.M.T.M., manifiesta: “Yaempezamos con las culpas, Sr. Arrieta, de las personas que estamos en laoposición, que por cierto representamos a la mayoría de los votos de estePleno, los únicos que repetimos son la Sra. Arroyo, la Sra. Sánchez, el Sr.López Rosique el Sr. Marín y yo. Vds. también estuvieron en el gobiernomunicipal, también iniciaron el tema de Emvipsa cuando metieron a lostrabajadores. Hemos hecho lo que hemos podido, aunque es verdad que todospodíamos haber hecho un poquito más, que podíamos haber administradomejor el Ayuntamiento, pero que cada palo aguante su vela. ¿Nosotros somoslos culpables o los partidos, esta partitocracia que existe en España?, veníareflexionando esta mañana sobre el cambio que tiene que hacer la propia

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organización de los partidos políticos y fundamentalmente el P.P. y el PSOE.Le rogaría que retirase lo de las culpas, porque aquí hay mucha gente nuevay ellos de qué son culpables. Estamos tendiendo la mano, hace cuatro años osdimos los votos al P.P. porque ganásteis las elecciones con 10 concejales, enesta ocasión también desde mi formación política le hemos dado 2 votos alP.P. entendiendo que habéis ganado las elecciones pero creo que debéis ypodéis mirar a estos concejales que tenemos proyectos interesantes ypodemos echar una mano. Recuerdo las críticas del P.P. a la gestión delparque tecnoalimentario, cuál es mi sorpresa de que continúa el Gerente, tanmal no se habrá hecho. Desde el P.P. se critica al Equipo de Gobierno, cuáles mi sorpresa cuando el Sr. Sánchez Toré ya está incorporado en Emvipsa,tan mal no lo habremos hecho. Desde el P.P. se critica al G.I.P.M.T.M. portodo, cuál es mi sorpresa de que tendemos la mano y con el Sr. Checa seorganiza la noche de San Juan”.

El Sr. Alcalde le insta a que se ciña al orden del día.

Continúa el Sr. Rincón: “Déjeme hablar, no estoy criticando a nadie,estoy hablando de la situación económica, el parque tecnoalimentario haquedado con dinero. Y le digo más, Sr. Alcalde, lo importante en la políticacuando se encuentra un buen funcionario es que hay que darle autonomía, levoy a dar un consejo y es que creo que tiene un buen equipo y decirle a losmiembros del Grupo Popular que aquí hasta tontos han hecho carrerapolítica y vais a aprender que estamos en disposición de echar una mano yque los responsables de la situación económica no somos los políticos depueblo”.

En este momento el Sr. Alcalde le retiró el uso de la palabra puesto quehabía agotado su tiempo.

Interviene seguidamente el Sr. Marín Fernández, Portavoz del GrupoI.U.-L.V.-C.A., manifestando: “Una vez más vemos cómo el P.P. en lugar deargumentar claramente sus motivos pone el ventilador e intenta manchar atodo el mundo de la situación económica, a todos los que no son ellos, porquelos miembros del P.P. son los que lo hacen todo bien, son perfectos, los demássomos la ruina de este país. Si se hace esta modificación es porque hay unintento de asfixiar económicamente a los grupos políticos para que vds. notengan ningún tipo de oposición. Este es un municipio de cerca de 80.000habitantes, con 12 núcleos de población, y si se quiere atender mínimamentese necesita algún medio para poder trabajar. Me sorprende bastante cuando

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hasta hace un mes y medio vds. han tenido secretario de Grupo y Concejalcon dedicación exclusiva, no se han molestado, la crisis estaba antes tambiény no han dicho que no estuvieran de acuerdo, y es más los concejales quetenían dedicación exclusiva en la oposición prácticamente parece ser que vantodos al P.P., se han beneficiado, y ahora vienen a implantar bajo elargumento de que ésto lo hemos hecho nosotros, pues mire nosotros vamos apresentar un escrito para que el Sr. Interventor informe sobre la situacióneconómica del Ayuntamiento y que nos dé por escrito cuál es la deuda delAyuntamiento y desde cuándo se origina esta deuda porque nos podemosllevar sorpresas de que vds. están poniendo el ventilador y de que vds.también tengan alguna parte de deuda, pero que en todo caso, la situacióndel Ayuntamiento viene como consecuencia de esa mala financiación quetienen los ayuntamientos, de esa excesiva prestación de servicios que tienenlos ayuntamientos y, por lo tanto, hay un mal equilibrio económico, es decir,cuando prestas muchos servicios, que muchos no te corresponden, y cuandola financiación es mala el desequilibrio está ahí, al margen de que puedahaber alguna mala gestión, que puede haber en todas las gestiones y quepuede ser susceptible de tener opiniones distintas. Por tanto, antes que ponerel ventilador, que salgan los números por escrito y que se firme por quiencorresponda el informe, y vamos a pedir que se haga por áreas y en quéfechas para que sepamos cada uno a qué atenernos. Vds. van a hacer un plande ahorro a costa de la oposición”.

El Sr. Méndez-Trelles Ramos, Portavoz del Grupo Andalucista,manifiesta lo siguiente: “Nosotros no vamos a apoyarle la propuesta porvarios motivos. El primero de ellos es porque creemos que es un malprecedente que cada vez que toma posesión una Corporación se haga unamodificación de algo que debe de ser la base fundamental de la convivenciaentre todos nosotros porque ésto da lugar a lo que me parece que hoy se va aproducir aquí, que es una especie de ajustar cuentas entre unos y otros. Creoque las personas pasamos, los partidos permanecerán aquí y lo lógico yrazonable es que todo el mundo tenga una base social en la que poder regirsey que sea la normalidad en la vida democrática. Por lo tanto, no nos parecebien el que se cambie cada vez que aparezca una Corporación en función delos intereses de ese momento determinado. Tampoco la vamos a apoyarporque evidentemente no nos gusta lo que van a hacer a partir de estamodificación. Al Sr. Arrieta decirle que tiene razón en un dato que ha dado,que supone un ahorro exactamente de 197.000 euros, ahora vd. podría decirtambién que de esos 197.000 euros todos los que estamos aquí ponemos lacantidad de 89.516 euros, mientras que vds. ponen para ese plan de

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austeridad unos 107.000 euros, ésa es la realidad, luego, por tanto, comoaquello que se decía que la caridad bien entendida empieza por uno mismo,pues la caridad bien entendida empieza por la oposición, según vds”.

A continuación toma la palabra la Portavoz del Grupo P.S.O.E., Sra.Arroyo Sánchez, quien manifiesta lo siguiente: “Esta propuesta la vamos avotar en contra y le rogaría al P.P., sobre todo al Sr. Arrieta, que dé ya unacifra real porque cada día que salen en los medios de comunicación dicenuna cifra distinta. Por otra parte me parece muy bien lo de la austeridad y lode que hay que apretarse el cinturón pero vds. tienen que decir también quede esa austeridad y de ese cinturón vamos a pagar las consecuencias laoposición. Nosotros desde la oposición reivindicamos al menos un secretariode Grupo que nos ayude en la tarea del trabajo que tenemos que realizar díaa día porque tengo que recordarle, Sr. Arrieta, que tan importante endemocracia es el Equipo de Gobierno como la oposición. Es cierto que vds.fueron los que establecieron la implantación del secretario de Grupo y elConcejal liberado pero también no es menos cierto que nosotros también losmantuvimos siendo vds. oposición. Nos da la sensación de que el Equipo deGobierno lo que pretende es que la oposición no podamos ejercer nuestrotrabajo. Yo diría que lo del ahorro es a medias porque le puedo poner elejemplo de la notificación del Pleno o de cualquier comisión, el secretario delGrupo era quien recepcionaba la convocatoria de los concejales, si no hayese secretario de Grupo y coincide que no estamos aquí, pues tendrán que serlos ordenanzas los que lleven esa notificación a los domicilios de los distintosconcejales, lo cual sería con pago de horas extras, luego no es tal ese ahorro.Y, por otra parte, le rogaría que consideraran esa situación porqueayuntamientos más endeudados, como por ejemplo el de Málaga, también delP.P., siguen manteniendo el secretario de Grupo y los concejales liberados, oen el Rincón de la Victoria también del P.P.”.

Vuelve a intervenir el Sr. Arrieta España contestando lo siguiente: “Sr.Rincón, vd. no me ha escuchado bien, yo le he dicho que en gran parte laculpa la tiene el Equipo de Gobierno saliente. El P.P. gobernando puso lossecretarios de Grupo y entendimos, y entendemos, que es una herramienta detrabajo no sólo para la oposición sino para todos los grupos políticos, peroes que las circunstancias han cambiado, es que tenemos un problemaimportante monetario en este Ayuntamiento. Podríamos preguntarle a losvecinos de Vélez-Málaga qué opinan si ahorramos 50 millones de pesetasquitando estos puestos políticos. Insisto en lo que he dicho antes, que elpuesto está ahí y se habilita, lo que no estamos dispuestos es a pagar y,

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segundo, que es una modificación transitoria y si dentro de un tiempo vemosque las posibilidades presupuestarias lo permiten se volverá a modificar elReglamento sin ningún tipo de problemas. No pretendemos asfixiar, sinembargo, decirles que yo he sido Concejal en la legislatura de 2003-2007 yno tuvimos ni secretario de Grupo ni Concejal liberado y cada uno se buscóla vida como pudo, nadie propuso este medio para que trabajara la oposicióny luego el P.P. lo puso, pero, repito, las condiciones han cambiado. La crisisestá ahí y nosotros tenemos que sacar dinero de donde haga falta, de dondepodamos recortar pero en donde no vamos a recortar es en asuntos sociales eincluso si se puede se aumentará, pero lo que no vamos a aumentar es dineroen protocolo, en prensa, e incluso lo vamos a disminuir drásticamente, y ahíestán los números, cientos de miles de euros gastados en prensa para que elgobierno que ha salido diga que es maravilloso. No se trata de ajustarcuentas, Sr. Méndez-Trelles, se trata de que tenemos que ahorrar dondemenos daño haga a la organización del Ayuntamiento y a los beneficios de losvecinos, además sería absurdo puesto que vosotros no estábais en la anteriorCorporación y el P.A. gobernó con nosotros, por tanto, ese argumento se caepor su propio peso. Por tanto, no se trata de ajuste de cuentas sino deoptimizar los recursos. En cuanto a las cuentas que hace es verdad que elahorro exacto es el que dice pero se le olvida los gastos sociales y ha dichouna verdad a medias porque en este apartado la oposición puede que estémás castigada puesto que nosotros sólo tendríamos un secretario de Grupopero cuando lleguemos al apartado del personal confianza verá que tambiénse ahorra más”.

En este momento el Sr. Alcalde solicita al Sr. Rincón que guardesilencio y respete a la Presidencia.

Continúa el Sr. Arrieta manifestando: “Sra. Arroyo, la cifra de ladeuda se la daremos cuando la tengamos, conforme vamos sacandodocumentación van saliendo facturas. En cuanto a las horas extras me pareceuna argumentación un tanto ridícula, si me permite la expresión, losnotificadores lo harán en las horas de trabajo con lo que no pagaremos horasextras de ningún tipo. Y otro detalle más, Málaga tiene más deuda que Vélezpero hay un problema fundamental en la deuda que parece que no lo hanentendido todavía, el problema no es la deuda que tienen los ayuntamientossino la capacidad de pago. Por tanto, la propuesta creo que está sin ningúntipo de revanchismo ni ajuste de cuentas sino simplemente con la situaciónactual del Ayuntamiento y, repito, ajustaremos y reduciremos gastos en todolo que no sean elementos esenciales de este Ayuntamiento”.

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Finalizado el turno de intervenciones, el Pleno de la Corporación, pormayoría de votos: 13 a favor (del Grupo Partido Popular) y 12 en contra (6 delGrupo P.S.O.E., 2 del Grupo Andalucista, 2 del Grupo I.U.-L.V.-C.A. y 2 delG.I.P.M.T.M.), lo que supone el quórum de la mayoría absoluta legalmenteexigido, acuerda:

1º.- Aprobar inicialmente la modificación del ReglamentoOrgánico Municipal en el siguiente sentido:

Suprimir:

. El apartado 3º del artículo 29 del ROM, incluido el últimopárrafo de dicha disposición.

.- Suprimir:

. El nº 4 del artículo 31del ROM, incluido el último párrafo dedicha disposición.

.- Adicionar :

. Un último párrafo al art. 31del ROM, con el siguiente tenorliteral:

“Cada grupo político municipal con representación municipalpodrá designar a una persona como secretario de grupo que actuará,para actos y gestiones de mero trámite con la administración municipal,en representación del grupo y/o de sus concejales, de conformidad y sinperjuicio de lo dispuesto en el artículo 32 de la LRJAP-PAC, y que enningún caso tendrá relación laboral o estatutaria con el Ayuntamiento deVélez-Málaga”.

2º.- Someter el presente acuerdo a información pública y audienciaa los interesados por plazo de treinta días para la presentación dereclamaciones y sugerencias mediante anuncio que se expondrá en eltablón de anuncios del Ayuntamiento y se publicará en el B.O.P.Elevándose el presente acuerdo a definitivo en ausencia de reclamaciones,en cuyo caso se remitirá copia del acuerdo a la Subdelegación del

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Gobierno y CCA y se publicará su texto en el BOP, entrando en vigoruna vez que se haya publicado íntegramente su texto en dicho BoletínOficial de la Provincia y hayan transcurrido 15 días desde la recepción dela comunicación del acuerdo por la Subdelegación del Gobierno yComunidad Autónoma.

13.- PROPUESTA QUE FORMULA EL ALCALDE PRESIDENTE DELEXCMO. AYUNTAMIENTO DE V É LEZ-M Á LAGA SOBRE DESIGNACI Ó N DE NUEVOS REPRESENTANTES MUNICIPALES EN EL OALDIM.- Conocida la propuesta de referencia de fecha 21 de juniode 2011, del siguiente contenido:

“Como consecuencia de la constitución de la nueva Corporación, procede,al objeto de poner en funcionamiento los diferentes Organismos AutónomosLocales, designar los representantes municipales que constituirán sus respectivosórganos de gobierno, de acuerdo con los Estatutos reguladores de los mismos, sibien coincidentes en que será el Pleno de la Corporación quien proceda a sunombramiento.

Dada cuenta de lo previsto en el art. 7 de los Estatutos de dicho OrganismoAutónomo, el Consejo Rector estará integrado por los siguientes miembros convoz y con voto:

--Presidente: lo será el Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento deVélez-Málaga.

--Vicepresidente: El Concejal-Delegado designado por el Presidente.--Vocales: Tres concejales designados por el Pleno del Ayuntamiento.

Es por ello que PROPONGO al Pleno de la Corporación:

Nombrar a los siguientes representantes municipales en dichoCONSEJO RECTOR DEL ORGANISMO AUTÓNOMO LOCAL DE DESARROLLO INTEGRAL DEL MUNICIPIO DE VÉLEZ-MÁLAGA (OALDIM):

Presidente: D. Francisco I. Delgado Bonilla -Alcalde-Vicepresidente: D. Antonio Martín Fernández -Concejal Delegado de Fomento,Promoción, DesarrolloEconómico y Empleo-.

Vocales: 1.- Titular: D. Antonio Arrieta España Suplente: Dª Mª Concepción Labao Moreno

2.- Titular: D. Manuel Gutiérrez Fernández Suplente: D. Jesús Lupiáñez Herrera

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3.- Un miembro del Grupo Municipal P.S.O.E., al ser el mayoritariode los que forman la oposición”.

Previa autorización del Sr. Alcalde interviene el Sr. Gámez Martín, delGrupo Andalucista, manifestando: “Como la mayoría de los miembros deesta Corporación sabrán, yo vengo de las asociaciones y grupos que quierenla participación ciudadana y en estos momentos en que un organismoautónomo local va a tener la representación de este Ayuntamiento, creo quees importante que estemos todos los grupos políticos para aportar ideas, yaque estamos hablando de un organismo autónomo que trata de generarexpectativas de trabajo a la gente joven y a la gente que está necesitada, porésto creo que es interesante incorporar a todos para aportar ideas. Megustaría que considerara el Equipo de Gobierno esta propuesta”.

Le contestó el Sr. Alcalde manifestando: “Tiene vd. razón, yamanifesté en la Junta de Portavoces que los Estatutos están como están,indiqué que podía asistir un miembro del grupo mayoritario de la oposición.Le acepto la propuesta para proceder a la modificación de los Estatutos paraque tengan la misma composición que tiene el otro organismo autónomo quees la Gerencia de Urbanismo. Se trata de un organismo donde hay proyectosen orden a la creación de empleo y de riqueza y muchos proyectos que desdeallí se dinamizan y se impulsan y debe estar representada toda la oposición.Por tanto, me comprometo en próximos Plenos a traer la modificación deestos Estatutos en este sentido”.

Finalizado el turno de intervenciones, el Pleno de la Corporación,por mayoría de votos: 15 a favor (13 del Grupo Partido Popular y 2 del GrupoAndalucista) y 10 abstenciones (6 del Grupo P.S.O.E., 2 del Grupo I.U.-L.V.-C.A. y 2 del G.I.P.M.T.M.), acuerda:

Nombrar a los siguientes representantes municipales en elCONSEJO RECTOR DEL ORGANISMO AUTÓNOMO LOCAL DEDESARROLLO INTEGRAL DEL MUNICIPIO DE VÉLEZ-MÁLAGA(OALDIM):

Presidente: D. Francisco I. Delgado Bonilla -Alcalde-Vicepresidente: D. Antonio J. Martín Fernández -Concejal Delegado deFomento, Promoción, Desarrollo Económico y Empleo-.

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Vocales: 1.- Titular: D. Antonio Arrieta España Suplente: Dª Mª Concepción Labao Moreno

2.- Titular: D. Manuel Gutiérrez Fernández Suplente: D. Jesús Lupiáñez Herrera

3.- Un miembro del Grupo Municipal P.S.O.E., al ser elmayoritario de los que forman la oposición.

14.- PROPUESTA QUE FORMULA EL ALCALDE PRESIDENTE DELEXCMO. AYUNTAMIENTO DE V É LEZ-M Á LAGA SOBRE DESIGNACI Ó N DE NUEVOS REPRESENTANTES MUNICIPALES EN DISTINTOS ORGANISMOS Y ENTIDADES . - Conocida la propuestade referencia de fecha 21 de junio de 2011, del siguiente contenido:

“Constituida la nueva Corporación, en sesión extraordinaria celebrada eldía 11 de junio del 2011 como consecuencia de las elecciones locales c celebradasel 22 de mayo de 2011, procede nombrar nuevos representantes municipales endeterminados Organismos y/o Entidades en los que el Excmo. Ayuntamiento deVélez-Málaga forma parte o en los que conforme a la normativa de aplicación debetener representación en su órganos de gobierno, así como en los ConsejosEscolares de Centros Docentes Públicos .

Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38c del RealDecreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento deOrganización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,

SE PROPONE AL PLENO DEL AYUNTAMIENTO LA ADOPCIÓN DELSIGUIENTE ACUERDO:

Nombrar a los siguientes representantes municipales en los Organismos,Entidades y/o Centros que se relacionan a continuación :

CONSORCIO PARA EL SERVICIO DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DEINCENDIOS, SALVAMENTOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA ZONAORIENTAL DE MÁLAGA.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de los Estatutos delConsorcio, serán representantes por el Excmo. Ayuntamiento de Vélez-Málaga :

Titular : D. Francisco I. Delgado Bonilla - Alcalde- Presidente.Suplente : : D. Antonio Arrieta España - Concejal Delegado de PolicíaLocal, Protección Civil y Movilidad.

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CONSORCIO PROVINCIAL PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOSSÓLIDOS URBANOS

De conformidad con lo dispuesto en los Estatutos del Consorcio, seránrepresentantes por el EXCMO. Ayuntamiento de Vélez-Málaga :

Titular : D. Francisco Delgado Bonilla - Alcalde- Presidente.Suplente : : D. Antonio Arrieta España- Concejal Delegado de LimpiezaViaria y Recogida de Residuos.

CRUZ ROJA ESPAÑOLA

Cruz Roja Española, institución humanitaria de carácter voluntario e interéspúblico, recoge en su Estatuto General la participación de representantesmunicipales en sus distintos comités locales.

En el caso del Comité Local de Vélez-Málaga, son miembros del mismo dosrepresentantes de este Ayuntamiento.

Con el objetivo de fomentar las relaciones con la Asamblea Local de CruzRoja Española y para una mayor coordinación ante hipotéticas actuacionesconjuntas, propongo el nombramiento como delegados municipales en el citadoComité Local a Dª Aurora Díaz Camacho, Concejala Delegada de ProgramasSociales Específicos: Voluntariado, y D. Francisco Natera Sánchez, ConcejalDelegado del Mayor”.

Sin suscitarse intervención alguna, el Pleno de la Corporación, pormayoría de votos: 13 a favor (del Grupo Partido Popular) y 12 abstenciones(6 del Grupo P.S.O.E., 2 del Grupo Andalucista, 2 del Grupo I.U.-L.V.-C.A. y2 del G.I.P.M.T.M.), acuerda nombrar a los siguientes representantesmunicipales en los Organismos, Entidades y/o Centros que se relacionana continuación :

CONSORCIO PARA EL SERVICIO DE PREVENCIÓN YEXTINCIÓN DE INCENDIOS, SALVAMENTOS YPROTECCIÓN CIVIL DE LA ZONA ORIENTAL DE MÁLAGA.

Titular : D. Francisco I. Delgado Bonilla - Alcalde- Presidente.Suplente : D. Antonio Arrieta España - Concejal Delegado dePolicía Local, Protección Civil y Movilidad.

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EXCMO. AYUNTAMIENTO VÉLEZ-MÁLAGANegociado de Secretaría General

CONSORCIO PROVINCIAL PARA LA GESTIÓN DERESIDUOS SÓLIDOS URBANOS

Titular : D. Francisco Delgado Bonilla - Alcalde- Presidente.Suplente : D. Antonio Arrieta España- Concejal Delegado deLimpieza Viaria y Recogida de Residuos.

CRUZ ROJA ESPAÑOLA

Dª Aurora Díaz Camacho, Concejala Delegada de ProgramasSociales Específicos: Voluntariado, y D. Francisco Natera Sánchez,Concejal Delegado del Mayor.

15.- PROPUESTA QUE FORMULA EL ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VÉLEZ-MÁLAGA SOBREDESIGNACIÓN DE REPRESENTANTE MUNICIPAL EN LAMANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COSTA DEL SOL-AXARQUÍA.- Conocida la propuesta de referencia de fecha 21 de junio de2011, del siguiente contenido:

“Recibido escrito en este Excmo. Ayuntamiento el día 20 de junio de 2011,número de registro de entrada 32.558, del Sr. Secretario General de laMancomunidad de Municipios de la Costa del Sol-Axarquía en el que expresa queconforme a lo dispuesto en el art. 6.c) de los Estatutos de la Mancomunidad deMunicipios de la Costa del Sol-Axarquía, si el número de Alcaldes (31) más elnúmero de vocales representantes de las formaciones políticas (9) es par, elmunicipio de Vélez-Málaga nombrará un representante más elegido por suAyuntamiento.

Dándose la circunstancia de que dicho número es par (40), corresponde aeste Ayuntamiento la designación de un representante más.

Se propone al Pleno del Ayuntamiento la designación de D. AntonioArrieta España como representante de este Excmo. Ayuntamiento en laMancomunidad de Municipios de la Costa del Sol-Axarquía”.

El Sr. Alcalde manifiesta que según los Estatutos de la Mancomunidadde la Costa del Sol-Axarquía hay 2 representantes, uno es el Alcalde comonato, pudiendo delegar por Decreto, y otro miembro más, que por éso viene lapropuesta, para nombrar al Sr. Arrieta.

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Previa autorización del Sr. Alcalde interviene el Sr. Rincón Granados,Portavoz del G.I.P.M.T.M., manifestando: “Creo que es importante que lafigura del Teniente de Alcalde de Torre del Mar esté presente enMancomunidad, entre otras cosas, por las propias competencias que vd. leotorga y estando además la sede en Torre del Mar. Por ello propongo unaenmienda para que Emilio Martín, el nuevo líder de Torre del Mar, dado eléxito que ha tenido en Torre del Mar, nos represente en la Mancomunidad”.

Le contesta el Sr. Alcalde: “Hay un miembro nato que es el Alcaldeque puede delegar por Decreto. En este caso el Equipo de Gobierno hapropuesto, por razones internas del Grupo, esta designación al Sr. Arrieta. Lacomposición de Mancomunidad aún no se ha cerrado y esperemos que hayaun cambio. Le indico también que en el Teniente de Alcalde de Torre del Marestá perfectamente representado Torre del Mar en su persona, en suscompetencias y en la descentralización que este Equipo de Gobierno hallevado a cabo y hemos dado un paso más, y lo veremos en plenos sucesivos,cómo se va a ir plasmando, cada vez que hagamos una actuación, laimportancia que va a tener Torre del Mar en el desarrollo de las políticas deeste gobierno. Por tanto pasamos en primer lugar a la votación de laenmienda del Sr. Rincón”.

Finalizado el turno de intervenciones, el Pleno de la Corporación, pormayoría de votos: 10 a favor (6 del Grupo P.S.O.E., 2 del Grupo I.U.-L.V.-C.A. Y 2 del G.I.P.M.T.M.) y 15 abstenciones (13 del Grupo Partido Popular y2 del Grupo Andalucista), acuerda aprobar enmienda formulada por elPortavoz del G.I.P.M.T.M. nombrando representante de este Excmo.Ayuntamiento en la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol-Axarquía al Teniente de Alcalde de Torre del Mar, D. Emilio MartínSánchez.

Seguidamente el Sr. Alcalde manifiesta que se iba a proceder a lavotación de la propuesta que trae el Equipo de Gobierno, manifestando quehabía habido un despiste por parte de la Presidencia, pidiendo disculpas a laoposición por este error. Ante las protestas de los miembros de la oposición devolver a realizar la votación, se retira la propuesta para traerla nuevamente aotro Pleno.

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16.- PROPUESTA DEL ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO.AYUNTAMIENTO DE VELEZ-MALAGA SOBRE DETERMINACIÓNDEL NÚMERO, CARACTERÍSTICAS Y RETRIBUCIONES, YMODIFICACIÓN DE LA PLANTILLA DE PERSONAL EVENTUAL - Conocida la propuesta de referencia de fecha 21 de junio de 2011, delsiguiente contenido:

“Las plantillas conforme a lo establecido en el art. 126 del TRRL deberáncomprender todos los puestos de trabajo debidamente clasificados, reservados afuncionarios, personal laboral y eventual, se aprobarán anualmente con ocasión dela aprobación del Presupuesto General de la Corporación y habrán de responderen conexión con el art. 90 de la LBRL a los principios de racionalidad, economía yeficiencia.

Atendiendo a lo estipulado en el art. 104 de la LBRL en donde se estableceque el número, carácteristicas y retribuciones del personal eventual serádeterminado por el Pleno de cada Corporación, al comienzo de su mandato.

Siguiendo los compromisos adquiridos con la ciudadanía de llevar a caboPolíticas de austeridad y reducción del gasto público, este nuevo equipo degobierno que tomó posesión el pasado 11 de junio, viene realizando un estudiodetallado de las necesidades de las distintas áreas municipales, con el fin deadecuar la plantilla de personal eventual en la nueva estructura administrativa queesta Corporación tiene previsto realizar, para así optimizar recursos y ofrecer unservicio de mayor calidad a la ciudadanía, es por ello que SE PROPONE laminoración tanto del número de personal eventual como de las retribuciones de losmismos, quedando tal y como se señala a continuación:

– DETERMINACIÓN DEL NÚMERO, CARACTERÍSTICAS YRETRIBUCIONES DEL PERSONAL EVENTUAL.

Número

Denominación RetribucionesAnuales (14pagas)

Funciones

1 Jefe de Gabinete deAlcaldía 50.000,02 Asesoramiento

Especial, Dirección

5 Asesor de Área 48.000,12 AsesoramientoEspecial, Dirección

1 Jefe de Prensa 35.000,00Dirección,AsesoramientoEspecial

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3 Coordinador General 35.000,00 Confianza

5 Administrativo 27.227,90 Confianza

6 Aux. Administrativo 22.139,74 Confianza

Esta medida supone una reducción del 26,88% anual respecto del gasto delpersonal eventual hasta ahora en vigor.

– MODIFICACIÓN DE LA PLANTILLA DEL PERSONAL EVENTUAL.

Con la presente Plantilla quedan amortizadas las siguientes plazas que sedetallan en la siguiente relación.

Número Denominación

1 Coordinador de la Tenencia de Alcaldía deTorre del Mar

1 Coordinador Técnico

1 Administrativo

5 Secretario de Grupo

Conocido el informe emitido por el Jefe de Sección de RecursosHumanos con fecha 22 de junio de 2011, del siguiente contenido:

“Asunto: Atendiendo a la Propuesta formulada por el Alcalde-Presidentesobre expediente de modificación de la Plantilla del Personal Eventual.

Antecedentes:

En fecha 21 de junio de 2011, el Sr. Alcalde ha formulado propuesta relativaa la modificación de la plantilla, referida exclusivamente al personal eventual. Estamodificación supondrá la amortización de ocho plazas o cargos de confianza y lamodificación en la denominación de una de ellas. De todo lo cual se informa losiguiente:

Legislación Aplicable:

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,

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Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba elReglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de lasEntidades Locales.Ley 7/2007, de 12 abril, Estatuto Básico del Empleado Público.Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba elTexto Refundido de las Disposiciones Vigentes en materia de RégimenLocal.

Fundamentos de Derecho:

PRIMERO: El artc. 90,1 de la LBRL establece que, las plantillas, quedeberán comprender todos los puestos de trabajo debidamente clasificadosreservados a funcionarios, personal laboral y eventual, se aprobarán anualmente conocasión de la aprobación del Presupuesto y habrán de responder a los principios deracionalidad, economía y eficiencia y establecerse de acuerdo con la ordenacióngeneral de la economía, sin que los gastos de personal puedan rebasar los límites quese fijen con carácter general.

En el mismo sentido, el TR dice (art.126) que “Las plantillas, que deberáncomprender todos los puestos de trabajo debidamente clasificados reservados afuncionarios, personal laboral y eventual, se aprobarán anualmente con ocasión de laaprobación del presupuesto”.

La LBRL sitúa a la plantilla local en una óptica de planificación de losrecursos humanos, ya que “habrá de responder a los principios de racionalidad,economía y eficiencia”. Pero esencialmente en una perspectiva marcadamentepresupuestaria y limitadora del gasto, y en una íntima vinculación del cumplimientodel principio de legalidad presupuestaria, ya que sólo los puestos que figuren en laplantilla pueden cubrirse y pagarse.

Igualmente las plantillas tienen un límite negativo de las dotaciones, ya queni siquiera pueden crearse puestos o plazas no dotadas presupuestariamente. De estaforma, sin especificar retribuciones concretas de los puestos, la plantilla suponelímites presupuestarios estrictos.

SEGUNDO: Corresponde a cada Ayuntamiento, por medio del Pleno de laCorporación, aprobar anualmente, a través del Presupuesto, la plantilla, que deberácomprender todos los puestos de trabajo reservados a funcionarios, personal laboral

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y eventual.

En el caso concreto que nos ocupa el del Personal Eventual, hay que hacerreferencia al artc. 8 de la Ley 7/2007, de 12 de abril al establecerse que:

1º. “Son empleados públicos quienes desempeñan funciones retribuidas enlas Administraciones Públicas el servicio de los intereses generales”, clasifica entrelos empleados públicos al personal eventual.

- Art. 12 de la mentada disposición determina que este personal, el eventual,es el que en virtud de nombramiento y con carácter no permanente, sólo realizafunciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial,siendo retribuido con cargo a los créditos presupuestarios consignados para este fin.

2º.....El número máximo se establecerá por los respectivos órganos degobierno. Este número y las condiciones retributivas serán públicas”.

En el mismo sentido se manifiesta la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladorade las Bases de Régimen Local, en cuyo artículo 104, relativo al personal eventual,se añade:

“El nombramiento y cese de estos funcionarios es libre y corresponde alAlcalde o Presidente de la Entidad Local correspondiente.”

“El número, características y retribuciones del personal eventual serádeterminado por el Pleno de cada Corporación al principio de su mandato. Estasdeterminaciones sólo podrán modificarse con motivo de la aprobación de lospresupuestos anuales”.

Por su parte, el art. 176 del R.D.L. 781/86, de 18 de abril, por el que seaprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia deRégimen Local establece en su apartado 2 que:

“Los puestos de trabajo reservados a este tipo de personal deberán figurar enla plantilla del personal de la Corporación”.

TERCERO: Si con posterioridad a la aprobación del Presupuesto, quecomprenderá como Anexo la Plantilla de personal, fuera necesaria la modificaciónde dicha Plantilla, el procedimiento para la aprobación de la nueva Plantilla dePersonal será el mismo que para la aprobación del Presupuesto. Si esta nuevaaprobación de la Plantilla de Personal afectara a los créditos consignados, deberámodificarse conjuntamente el Presupuesto, en caso contrario, no será necesario.

Esta posibilidad regulada por el articulo 126 del TR que posibilita la

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modificación de la plantilla durante la vigencia del presupuesto mediante dosmecanismos concretos, se suma a la posibilidad marcada, anteriormentemencionada, por la ley en la que establece “al comienzo de su mandato” el Pleno dela nueva Corporación determine, el número, características y retribuciones de estepersonal, en cuanto tal actuación puede constituir una modificación de plantilladurante la vigencia del Presupuesto.

Como quiera que lo que se propone es la amortización de ocho cargos deconfianza, no produciéndose modificación alguna en las características ydenominación de las que se mantienen. Este técnico entiende, que estando las plazasvacante en la plantilla de personal eventual, con dotación presupuestaria suficiente,el Alcalde puede designar o nombrar libremente al que tenga por conveniente, en lasplazas que no sufren modificación en sus características y denominación, sinperjuicio de que la nueva corporación modifique la referida plantilla, ya que por seruna decisión libre puede acaecer en cualquier momento.

CUARTO: El procedimiento para llevar a cabo la aprobación de la plantillaes el siguiente:

A. Previa a la aprobación inicial de la plantilla municipal por el pleno de lacorporación, deberá ser informada por la Intervención Municipal.

B. Aprobada inicialmente la plantilla, se expondrá al público, previo anuncioen el Boletín Oficial de la Provincia por quince días, durante los cuales losinteresados podrán examinarlos y presentar reclamaciones ante el Pleno.

La aprobación se considerará definitiva si durante el citado plazo no sehubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de unplazo de un mes para resolverlas.

C. A la vista de las alegaciones presentadas e informadas éstas, en su caso, elPleno de la Corporación aprobará definitivamente la plantilla, de acuerdo con elartículo 22.2.i) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del RégimenLocal.

D. Aprobada la plantilla, se remitirá copia a la Administración del Estado yen su caso, a la de la Comunidad Autónoma respectiva, dentro del plazo de treintadías, sin perjuicio de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia,junto con el resumen del presupuesto [en su caso].

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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Por tanto una vez estudiada la Propuesta formulada por el Alcalde-Presidente sobremodificación de la plantilla del Personal Eventual. Se informa, favorablemente a lamisma, quedando supeditada al informe de viabilidad económica por parte de laIntervención Municipal según lo contemplado en los fundamentos de derechoesgrimidos en el presente informe”.

Conocido el informe emitido por el Sr. Interventor General con fecha22 de junio de 2011, en el que consta:

“1.- La propuesta del Sr. Alcalde consiste en minorar tanto el número depersonal eventual como sus retribuciones, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nº Denominación Retribucionesanuales (14 pagas)

Funciones

1 Jefe de Gabinete deAlcaldía

50000,02 Dirección.Asesoramiento especial

5 Asesor de Área 48000,12 Dirección.Asesoramiento especial

1 Jefe de Prensa 35000 Dirección.Asesoramiento especial

3 Coordinador General 35000 Confianza

5 Administrativo 27227,9 Confianza

6 Aux.Administrativo 22139,74 Confianza

2.- De lo que antecede se desprende un ahorro en las dotaciones del Capítulo1 “Gastos de Personal” del Estado de Gastos de Presupuesto de 252.794,92 €(excluido el coste de seguridad social), en términos anuales.

3.- En la aplicación presupuestaria 0101.111.11000” R.B. Y otras PersonalEventual Presidencia” existe crédito adecuado, disponible y suficiente para hacerfrente a las retribuciones propuestas.

4.- La propuesta arriba indicada, debe ser aprobada por el Pleno de laCorporación a la vista de lo señalado en el art. 104.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL), según el cual, el número,características y retribuciones del personal eventual será determinado por el Pleno de

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la Corporación al comienzo de su mandato, para la adopción del acuerdo no serequiere el quórum de la mayoría absoluta del número legal de miembros de laCorporación del art. 47.2 de la LBRL, al no estar encuadrada dicha mayoría en lossupuestos del citado artículo, siendo por tanto suficiente la mayoría simple de losmiembros presentes.

5.- El expediente cuenta con informe jurídico favorable emitido con fecha 22de junio de 2011 por el jefe de Sección de Recursos Humanos.

6.- En consecuencia este Interventor informa de conformidad la propuesta deacuerdo de referencia”.

El Sr. Alcalde concede los siguientes turnos de palabra en relación aeste punto:

El Delegado de Economía y Hacienda y de Recursos Humanos, Sr.Gutiérrez Fernández, explica la propuesta manifestando lo siguiente: “Estepunto no es más que el cumplimiento del compromiso que adquirió esteGrupo en las pasadas elecciones, otorgándonos en las urnas una mayoríaabsoluta con un mensaje claro: queremos un gobierno que tome decisionesfirmes y contundentes para los próximos 4 años. El compromiso queadquirimos en la campaña electoral fue muy claro, reducir en un 20% elcosto y el número de cargos de confianza y como los compromisos están paracumplirlos y nos vamos a caracterizar por la seriedad, traemos este punto aesta sesión plenaria. El número de cargos de confianza del anterior Equipode Gobierno estaba en 29 personas, el nuevo gobierno del P.P. lo va a reducira 21 personas, produciéndose de esta manera una reducción de un 27,50%,suponiendo ésto un ahorro para las arcas municipales de 285.514,54 euros.Se han suprimido los siguientes puestos: 5 Secretarios de Grupo, 1Administrativo, 1 Coordinador Técnico, 1 Coordinador de la Tenencia deAlcaldía de Torre del Mar.

Además a todo el personal de confianza se le va a practicar unareducción en sus retribuciones anuales, quedando de la siguiente manera: elJefe de Gabinete de la Alcaldía en el anterior Equipo de Gobierno cobraba70.213,75 y pasando actualmente a 61.899,71 euros. Los 5 Directores deÁrea cobraban 61.318 pasando a cobrar 59.000 euros. El Jefe de Prensa de51.434 a 45.745 euros. Los Coordinadores Generales pasan de 51.434 a45.745 euros. Los Administrativos pasan de 36.026 a 35.586 euros. Son lasretribuciones económicas más el propio coste de la Seguridad Social. Por lo

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tanto, las 21 personas que van a formar parte de los cargos de confianza delEquipo de Gobierno van a suponer una reducción de 40.368,16 euros,sumado a los 285.000 que hablábamos anteriormente permite decir a día dehoy que este Equipo de Gobierno va a realizar un ahorro de 325.882,70euros. A todo ésto tenemos que añadirle también con el propio plan deausteridad que se va a implantar por el Equipo de Gobierno, que la plaza deGerente de Urbanismo no se va a cubrir sino que será cubierto por unfuncionario, el Vicegerente de Urbanismo. Al mismo tiempo también, elGerente de la Empresa Municipal y el Gerente del Parque Tecnoalimentarioverán reducidos sus sueldos en una parte importante.

En toda esta propuesta que hoy traemos a Pleno seguramente laoposición centrará sus críticas en los secretarios de Grupo, pero comodecíamos en el punto 12 fue el P.P. quien los puso en el año 2007, vosotros escierto que los mantuvísteis, pero ahora mismo creo que estamos en unasituación en la que no nos queda más remedio que tomar este tipo demedidas, sobre todo, teniéndola condicionada a que se confeccionen lospróximos presupuestos. Para concluir poner en conocimiento que es unamedida temporal y en los próximos presupuestos tomaremos las medidas quecreamos oportunas”.

El Sr. Rincón Granados, Portavoz del G.I.P.M.T.M., manifestó: “Creoque es una medida que hay que llevar a cabo, pero que no sea solamente lode hoy, y que fundamentalmente, como vd. bien dice, son los secretarios deGrupo los que han recibido esta tala, de alguna manera. En el año 2007efectivamente fue el P.P. el que implantó el Secretario de Grupo pero ainstancias de I.U. En el año 2007 el P.P. e I.U. de alguna manera tuvieronunas conversaciones de apoyo y demás, y una de las propuestas, con buencriterio, fue la de los secretarios de Grupo porque entendemos que para quehaya un buen gobierno tiene que haber también una buena oposición quebusque la transparencia. Hay que ahorrar, ya veremos, vamos a pensar enpositivo y mandar un mensaje, y desde aquí quiero apoyar la actuación delSr. Alcalde cuando se sentó con los funcionarios, creo que es fundamental eldinamismo que tiene que tomar la institución municipal y no cabe duda queson los funcionarios los que tienen que dinamizar este tema. Las dificultadesque encuentra la gestión en Torre del Mar en los últimos 2 años y medio entrefuncionarios, se tienen que poner de acuerdo, los de Vélez y los de Torre delMar y ese técnico que falta en Torre del Mar. Tienes a huevo, con 13concejales, para ser Alcalde de Vélez hasta que la palmes, mira, te hagustado el piropo, el niño se ríe ahora, parece el niño de Dios”.

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El Sr. Alcalde manifiesta: “Sr. Rincón, yo le estoy tratando con muchorespeto, una cosa es que haga un comentario que pueda provocar algunasonrisa y otra que empiece a faltar al respeto”.

Vuelve a intervenir el Sr. Rincón Granados manifestando: “Cuando seha reído le he visto esa cara de inocencia que parece el niño de Dios. No loquiero ofender”.

En este momento el Sr. Alcalde le advierte que deje de faltar al respeto,y que de seguir con esa actitud le retiraría el uso de la palabra.

Manifiesta el Sr. Rincón: “Sr. Alcalde, no hablo yo, habla mi alma, ycuando lo he visto me ha parecido el niño de Dios, ¿es malo éso?”.

El Sr. Alcalde le retira la palabra.

A continuación el Portavoz del Grupo I.U.-L.V.-C.A., Sr. MarínFernández, expresa lo siguiente: “Una vez más el argumento que se da paraesta propuesta es el ahorro y el ahorro, más que aplicárselo al propio Equipode Gobierno, lo aplican fundamentalmente a la oposición. Cuando el P.P. eneste asunto ha empezado a dar cifras presenta una propuesta, aporta unadocumentación y después da otros datos distintos, no me extraña que la genteen la calle no se entere de nada de lo que plantea del P.P. Yo les voy a haceruna propuesta, puesto que estamos en ese plan de ahorro y no se quede en elplan de ahorro que yo decía anteriormente, en el sentido de que a nosotrosnos aplican el 100% de las posibilidades que teníamos, el concejal condedicación exclusiva desaparece y también los secretarios de Grupo, puesque el personal de confianza vaya al 50% de lo que había antes. Se va deforma descarada a la caza y captura de la oposición y también contrapersonal del Ayuntamiento que pueda oler a algo que no sea P.P. Seangenerosos y coherentes y acepten la propuesta que en estos momentos estoyhaciendo porque como bien se ha dicho en la anterior legislatura en Pleno miGrupo presentó una serie de propuestas entre ellas la de los secretarios deGrupo, vds. se han beneficiado también de los secretarios de Grupo quehacen una importante labor también para los vecinos”.

El Sr. Méndez-Trelles Ramos, Portavoz del Grupo Andalucista,manifiesta: “En la Junta de Portavoces de ayer le hice una propuesta al Sr.Alcalde, creo que todo ésto se podía haber evitado si mi propuesta la

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hubieran aceptado, en el sentido de que se podía haber buscado una fórmulaintermedia, de 29 cargos pasan a 21, me parece muy bien, pero tambiénpodían haber dejado que cada Grupo de la oposición tuviera bien unconcejal liberado o bien un secretario de Grupo, con ésto hubiéramosbuscado una salida de síntesis. Ahora nos obligan a hablar de números, nosdan un papel y sobre éste se hacen los informes de la Intervención, con 21personas, 1 Jefe de Gabinete que gana 50.000 euros, 5 Asesores de Área queganan 48.000 que suponen un total de 240.000 euros, 4 personas que van aganar 35.000 con un total de 170.000 euros, 5 que van a ganar 27.000, 6 quevan a ganar 22.000. Es decir, que los cargos de confianza que vds. tienen sevan a llevar a su casa 803.969 euros cada año, ésto cuesta las 21 personas decargos de confianza aparte de los Gerentes de Emvipsa, etc., si le añadimosla Seguridad Social, sube a 1.101.215 euros. Yo no digo ni que sea mucho nique sea poco, sólo digo los números. Ante estos números tampoco hubierapasado nada si se hubiera dejado un cargo de confianza a los Grupos de laoposición. En el capítulo siguiente nos vamos a encontrar con que 10 de vds.van a estar liberados que son 360.316 euros porque nos dan otro papel aquíen el que hay 10 personas que ganan cada una 36.315,28 euros. Pero ademáshay 3 que no están liberados y que van a ganar 1.596 euros. Lo cual,suponiendo que sea ésto así porque por debajo hay una cosa que deja abiertaotras vías, los 3 serían 57.456 euros. Por tanto, entre los cargos de confianzay los políticos del Equipo de Gobierno, el Grupo Popular le cuesta a esteAyuntamiento 1.221.741 euros, y que no digo ni que sea mucho ni que seapoco, estoy sumando los números que vienen aquí, si a éso le añaden el 37%aproximadamente que tiene cualquier nómina, resulta que el Grupo Popularsale por un 1.680.000 euros al año. Con estas cifras, que no digo ni que seanmucho ni que sean poco, no voy a valorar, el que hubieran tenido un gesto deayudar a la oposición, que tan importante y tan legítima es en democraciacomo el gobierno, me parece que hubiera sido un gesto que nos hubierasatisfecho a todos, pero han elegido este camino de la austeridad y lotendremos que aceptar, pero le anuncio que en el próximo punto voy a hacer2 propuestas”.

La Portavoz del Grupo P.S.O.E., Sra. Arroyo Sánchez, intervienemanifestando: “Nos hemos sorprendido cuando la documentación que hemosrecogido de la carpeta del Pleno es distinta en cuanto a datos a la que hadado el Delegado de Hacienda. Son 21 personas las que hace constar en esadocumentación del Pleno y a éso habrá que añadirle el Gerente del ParqueTecnoalimentario que también es personal eventual y que además es elfuncionario que teníamos en el anterior Equipo de Gobierno, y también

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tendremos que sumarle el Gerente de Emvipsa y el Gerente de la Gerenciaque aunque sea funcionario habrá que pagarle un plus. Por tanto, vds. dicenverdades a medias y lo hemos podido comprobar porque en la mismapropuesta dicen que hacen un ahorro de un 26,8% pero luego en los datosque dan dicen otras cifras, no se ponen de acuerdo y para tratar de justificarel ahorro que van a hacer lo comparan con lo que teníamos el anteriorEquipo de Gobierno, me hubiera gustado que también lo hubiera comparadocon lo que había cuando estaban gobernando cuyo número era mucho máscuantioso y también el número de las retribuciones, como la de los Gerentesde Urbanismo, de Emvipsa y del propio Parque Tecnoalimentario. Nosotroseste punto lo vamos a votar en contra porque la realidad de esa propuestaeconómica no la sabemos porque repito que son 21 personas las que vienenahí pero estamos convencidos de que van a ser más, y que hay todavíamuchos de ellos que no han tomado posesión y que también están trabajando.Nuestro voto será en contra”.

El Delegado de Economía y Hacienda vuelve a intervenir contestandolo siguiente: “Vds. dicen que todo el sacrificio económico lo va hacer laoposición, lo cual es completamente incierto. En primer lugar, vamos ahablar de la reducción en las personas, este Equipo de Gobierno pasa de 29a 21, por lo tanto, se reduce en 8 personas: 4 que serían Secretarios deGrupo de vosotros y otros 4 que formarían parte del Equipo de Gobierno;por tanto, estamos en 50%. En segundo lugar, en cuanto a reduccióneconómica vosotros aportaríais 115.746, estamos hablando de lo que sería laretribución más el coste de empresa, sería un 36%; el P.P. aportaría en lareducción de estos 4 cargos, 169.767 euros, retribución más coste deempresa, pero si a éso le añadimos la reducción que le hemos hecho a estas21 personas que van a formar parte del personal de confianza, ellos aportan40.368. En definitiva, este Equipo de Gobierno hace una reducción de un64%, por lo tanto, no sigan diciendo que lo único que hacemos es sacrificar alos Grupos de la oposición: vosotros colaboráis con el plan de austeridad enun 36% y el Equipo de Gobierno colabora con un 64%”.

El Sr. Alcalde manifiesta: “Son medidas transitorias por lascircunstancias económicas, y no voy a culpabilizar, porque los vecinos conlos datos que estamos exponiendo y que seguirán cuando terminemos laauditoría que se va a hacer en la empresa municipal y en todos losorganismos de esta Casa, daremos cumplida respuesta. Es evidente que habíaun compromiso electoral del P.P. que era reducir al menos un 20% el númeropero, sobre todo, donde más hemos actuado es en la cuantía retributiva y éso

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lo hemos cumplido en exceso. Es una propuesta acorde con la situación,vamos a seguir reduciendo tanto en el capítulo I como en el II. Dentro deunas fechas espero traer un plan de austeridad mucho más amplio, éste es elprimer paso, daremos otros para poder ayudar a sanear y equilibrar lasarcas municipales, tenemos que ser más austeros y ése fue nuestrocompromiso y lo que hacemos es cumplir con la palabra dada a los vecinos yvecinas, esos 17.000 votantes que apoyaron decididamente al P.P.”.

Seguidamente se procedió a la votación de la propuesta formulada porel Grupo I.U.-L.V.-C.A. relativa a reducir al 50% el número de personal deconfianza y proporcionalmente en lo económico, siendo rechazada por 10votos a favor (2 del Grupo I.U.-L.V.-C.A., 6 del Grupo P.S.O.E. y 2 delG.I.P.M.T.M.), 13 en contra (del Grupo Partido Popular) y 2 abstenciones (delGrupo Andalucista).

Finalizado el turno de intervenciones, el Pleno de la Corporación, pormayoría de votos: 13 a favor (del Grupo Partido Popular) y 12 en contra (6 delGrupo P.S.O.E., 2 del Grupo Andalucista, 2 del Grupo I.U.-L.V.-C.A. Y 2 delG.I.P.M.T.M.), acuerda aprobar inicialmente la plantilla del personaleventual en la forma que a continuación se expresa:

– DETERMINACIÓN DEL NÚMERO,CARACTERÍSTICAS Y RETRIBUCIONES DEL PERSONALEVENTUAL.

Númer

o

Denominación Retribuciones

Anuales (14

pagas)

Funciones

1Jefe de Gabinete deAlcaldía

50.000,02AsesoramientoEspecial, Dirección

5 Asesor de Área 48.000,12AsesoramientoEspecial, Dirección

1 Jefe de Prensa 35.000,00Dirección,AsesoramientoEspecial

3 Coordinador General 35.000,00 Confianza

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5 Administrativo 27.227,90 Confianza

6 Aux. Administrativo 22.139,74 Confianza

Esta medida supone una reducción del 26,88% anual respecto delgasto del personal eventual hasta ahora en vigor.

– MODIFICACIÓN DE LA PLANTILLA DEL PERSONALEVENTUAL.

Con la presente Plantilla quedan amortizadas las siguientes plazasque se detallan en la siguiente relación.

Número Denominación

1Coordinador de la Tenencia de Alcaldíade Torre del Mar

1 Coordinador Técnico

1 Administrativo

5 Secretario de Grupo

2º.- Exposición al público, previo anuncio en el Boletín Oficial de laProvincia por quince días, durante los cuales los interesados podránexaminarlos y presentar reclamaciones ante el Pleno.

La aprobación se considerará definitiva si durante el citado plazono se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Plenodispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.

A la vista de las alegaciones presentadas e informadas éstas, en sucaso, el Pleno de la Corporación aprobará definitivamente la plantilla, deacuerdo con el artículo 22.2.i) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladorade las Bases del Régimen Local.

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3º.- Aprobada la plantilla, se remitirá copia a la Administración delEstado y, en su caso, a la de la Comunidad Autónoma respectiva, dentrodel plazo de treinta días, sin perjuicio de su publicación íntegra en elBoletín Oficial de la Provincia.

17.- PROPUESTA QUE FORMULA EL ALCALDE PRESIDENTE DELEXCMO. AYUNTAMIENTO DE V É LEZ-M Á LAGA SOBRE DETERMINACI Ó N DEL R É GIMEN DE DEDICACI Ó N DE CARGOS DE LA CORPORACI Ó N, DE LA CUANT Í A POR CONCURRENCIA EFECTIVA A LAS SESIONES DE LOS Ó RGANOS COLEGIADOS, Y SOBRE LAS ASIGNACIONES A LOS GRUPOS POL Í TICOS .-Conocida la propuesta de referencia de fecha 23 de junio de 2011, delsiguiente contenido:

“En sesión extraordinaria celebrada el pasado día 11 de junio de 2011,como consecuencia de las elecciones locales convocadas por el Real Decreto424/2011, de 28 de marzo, y celebradas el 22 de mayo, se constituyó la nuevaCorporación. Dado el contexto de dificultades económicas y, en el marco de lapolítica de austeridad emprendida por este equipo de gobierno, las asignacioneseconómicas a percibir por los miembros de la Corporación Municipal que seproponen a continuación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 de laLey 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (en laredacción dada por la Ley 11/1999, de 21 de abril) y en el artículo 13 y siguientesdel Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de lasEntidades Locales, son inferiores en 210.175,80 euros/año a las recomendadaspor la FAMP en el acuerdo adoptado por el Consejo Municipalista Andaluz, ensesión celebrada el 28 de septiembre de 2010 en Sevilla, y en 81.040,40 euros alas vigentes hasta la fecha.

1º. Concejales con Dedicación Exclusiva:

Percibirán un sueldo bruto anual equivalente a:

CARGOS RETRIBUCIONES (Eurosbrutos anuales)

NÚMERO DE CARGOS

Concejales Delegados 36316,28 10

Abonándose en 14 mensualidades.

Dicho sueldo es incompatible con la percepción de indemnizaciones porasistencia a sesiones, pudiendo percibir dietas y gastos de locomoción por razóndel servicio.

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Dichas retribuciones se incrementarán, anualmente, según lo determinadoen la Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada ejercicio, para losempleados públicos.

2º. Asistencia a sesiones de órganos colegiados municipales:

Los miembros de la Corporación que no se encuentren incluidos en losregímenes de dedicación exclusiva o parcial, percibirán en concepto deindemnización por asistencia la cantidad de 350,00 euros por sesión a la queasistan.

Únicamente se tendrá derecho a percibir las indemnizaciones antes citadaspor la asistencia efectiva a las sesiones de los siguientes órganos colegiados:

-Pleno.-Junta Gobierno Local.-Comisión Informativa de Recursos y Acción Administrativa.-Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas.-Comisión Técnica de Comercio Ambulante.-Comisión para Negociación del Convenio Colectivo (con un límite máximo

de 12 sesiones por año).-Comisión Técnica de Seguimiento de la concesión administrativa del

servicio de aguas (con un límite máximo de 4 al año).-Comisión Técnica de Seguridad Ciudadana (con un límite máximo de 4 al

año).-Comisión Técnica del Servicio de Limpieza.-Comisión Técnica de Control y Seguimiento de la Contratación

Administrativa y Personal.

La creación de otra Comisión Informativa requerirá acuerdo plenario en elque se fijarán el número máximo de sesiones que devengarán indemnizaciones.

Para el devengo de dicha cantidad será necesaria la presencia continuadadel Concejal al menos en el 50 por ciento de los puntos que conformen el Ordendel Día de la respectiva sesión.

La cantidad máxima mensual a percibir por este concepto será de 1.197,00euros/brutos e el caso de Concejales sin Delegación y, 1.596,00 euros/brutos paralos Concejales con Delegación, para el Alcalde o los Concejales Portavoces deGrupo Municipal con Delegaciones y sin dedicación exclusiva.

Asimismo, los Concejales miembros de los Organismos Autónomospercibirán las indemnizaciones correspondientes por la asistencia a las sesionesque se celebren en la cantidad de 350,00 euros por sesión, siéndoles de aplicaciónel mismo criterio de graduación de importes que el de la Corporación.

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3º.- Asignación a Grupos Municipales:

Asignar, mensualmente, a los grupos políticos municipales la siguientedotación económica con cargo a los presupuestos anuales de la Corporación, deconformidad con lo dispuesto en el artículo 73.3 de la LBRL, sin que la mismapuedan destinarse al pago de remuneraciones de personal de cualquier tipo alservicio de la Corporación o a la adquisición de bienes que puedan constituiractivos fijos de carácter patrimonial:

Por Grupo Político 380,00 euros/mes Asignación fija

Por Concejal 76,00 euros/mes Asignación variable

4º. Requerir a los miembros de la Corporación la aceptación expresa de ladedicación exclusiva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.4 delReglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de lasEntidades Locales.

5º. Facultar al Alcalde, tan ampliamente como en derecho sea posible, parala realización de cuantas gestiones y firmas de documentos sean conducentespara hacer efectivo el presente acuerdo.

6º. Dar cuenta al Pleno de la Corporación de dichas aceptaciones en lapróxima sesión que celebre, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.4del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen jurídico de lasEntidades Locales.

7º. Publicar íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablónde anuncios de la Corporación el acuerdo adoptados así como los acuerdos delPresidente de la Corporación determinando los miembros de la misma querealizarán sus funciones en régimen de dedicación exclusiva o parcial”.

Conocido el informe del Sr. Interventor General de fecha 23 de juniode 2011, en el que expresa:

“1.- la propuesta del Sr. Alcalde consiste en:

-Minorar el número de cargos a desempeñar con dedicación exclusiva, deacuerdo con el siguiente detalle:

CARGOS RETRIBUCIONES (Eurosbrutos anuales)

NÚMERO DE CARGOS

Concejales-Delegados 36316,28 10

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-Minorar la cuantía a percibir por asistencias a las sesiones de los órganoscolegiados de la Corporación de los miembros de ésta que no tengan dedicaciónexclusiva (ni parcial), fijándola en 350 euros/sesión, con los límites que seespecifican en la citada propuesta.

-Minorar en un 20% la dotación presupuestaria a asignar a los grupospolíticos municipales. Esta dotación cuenta con un componente fijo para todos losgrupos y otro variable en función del número de miembros de cada uno de ellos y nopodrá destinarse al pago de remuneraciones de personal de cualquier tipo al serviciode la Corporación o a la adquisición de bienes que puedan constituir activos fijos decarácter patrimonial, debiendo llevar los grupos políticos una contabilidadespecífica de la dotación económica que pondrán a disposición del Pleno siempreque éste lo pida.

2.- En las aplicaciones presupuestarias 0101 111 10000 (R.B.y otros altoscargos). 0101 314 16000 (seg.Soc. Y otras cargas sociales Presidencia), 0100 11123300 (indemnizaciones asistencia a sesiones) y 0100 111 48900 (Aportacionesgrupos políticos municipales) existe crédito suficiente para hacer frente a los gastosque se derivan de la propuesta anteriormente descrita.

Debiendo ésta ser aprobada por el Pleno de la corporación, a la vista de lanormativa contenida en los artículos 73 y siguientes de la Ley 7/1985, de 2 de abril,reguladora de las Bases del Régimen Local”.

En relación al presente punto el Sr. Alcalde concede los siguientesturnos de palabra:

Explica el punto el Delegado de Economía y Hacienda, Sr. GutiérrezFernández, de la siguiente forma: “Con esta nueva propuesta queremoscontinuar con nuestro plan de austeridad y de ahorro, una de las promesasque hicimos en nuestra campaña. La propuesta es la de retribuir con36.316,24 euros a cada uno de los concejales que se van a liberar, al mismotiempo lo que queremos es que desaparezcan los privilegios retributivos quetenían los Tenientes de Alcalde con Delegación y Portavoz, cuyasretribuciones ascendían a 52.900 euros, así como la retribución que tenía elDelegado de Deportes y el de Educación. Nosotros con esta medidapretendemos ahorrar 81.040 euros en un cuadro comparativo a lasretribuciones existentes en el anterior Equipo de Gobierno. Al mismo tiempoy siguiendo los criterios de la FAMP el ahorro que se va a tener será de

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210.000 euros: para que todo el mundo tenga un poco de idea sobre ésto eneste artículo de las retribuciones de la FAMP nos dice que el Alcalde puedetener una retribución de 63.704,29 euros, en este caso nuestro Alcalde no vaa ser retribuido por este Ayuntamiento, y los concejales pueden tener hasta57.336 euros. De esta manera desaparece la retribución del Alcalde y la delos concejales se quedarían en 36.316,24 euros. Con respecto a la cuantíapor concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados, ysiguiendo con nuestro compromiso, nuestra propuesta es concisa y muyclara, pasar de los 456 euros a los 350 euros, algo más de un 20%. En estesentido, vamos a seguir manteniendo las cantidades máximas mensuales apercibir por los concejales sin delegación que se cifra en 1.197 euros, en1.596 euros para los concejales con delegación y reducimos de 2.280 que sepodía obtener en la anterior legislatura a 1.600 euros la del Alcalde o la delos concejales portavoces del Grupo municipal con delegación y sindedicación exclusiva. Al mismo tiempo queremos proponer que en laasignación a los grupos municipales se produzca una reducción del 20%quedando de esta manera una cantidad fija para todos los partidos políticosde 380 euros, así como una asignación variable por Concejal de 76 euros”.

El Sr. Rincón Granados, Portavoz del G.I.P.M.T.M., intervienemanifestando lo siguiente: “Cada vez que hablamos de dinero para losgrupos municipales, con la cantidad de gente que hay en el paro, es un pocodelicado. Me gustaría saber si el Alcalde de Vélez-Málaga va a tener dietas,porque muchas veces las dietas son más altas que los sueldos y, sobre todo,un Alcalde tan dinámico y tan viajero, ya cobra de Parlamentario que megustaría saber lo que cobra, creo que bruto son unos 7.000 euros. El Alcaldede Vélez-Málaga que es también Parlamentario y que va a pertenecerademás a otros órganos como Mancomunidad, posiblemente tengamos elcontrol de lo que puede cobrar en este Ayuntamiento pero hay políticos queestán en tantos sitios y van cogiendo un poco de aquí y otro de allí, y al finalcreo que no solamente hay que predicar sino también dar trigo y tengoentendido, Sr. Alcalde, que cobrar no va a cobrar pero sí va a cobrar dietas,desplazamientos y asistencias. También es verdad que es voluntad del Equipode Gobierno el reducir los gastos en el tema político, ya es hora de que nosplanteemos el tema, aunque puede ocurrir que la oposición no tenga lacapacidad de poder ejercer la propia oposición que es en democraciafundamental para que las cuentas y la gestión sea transparente. Pero hay loque hay, hay 16.920 votos que ha sacado el P.P. pero también hay otra cifraimportante que son los votos que ha sacado el resto de fuerzas políticas queson 18.523, con 12 concejales representamos una cantidad de votos

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importante, por lo tanto, creo que vd., Sr. Alcalde, debería hacer un esfuerzopara sumar una mayoría en votos incorporando a su Equipo de Gobierno aalgún grupo minoritario, para que no le podamos decir que tiene menosvotos que la oposición”.

Le contesta el Sr. Alcalde lo siguiente: “El P.P. 16.920, el resto de laoposición 16.431, aprenda vd. a sumar”. A lo que le responde el Sr. Rincónque llevaba razón.

A continuación interviene el Portavoz del Grupo I.U.-L.V.-C.A., Sr.Marín Fernández, manifestando: “En este punto decir que el ahorro que se daes un ahorro que se ha dado circunstancialmente, no es un ahorro en lapráctica, y digo ésto porque desde la legislatura anterior a esta última losportavoces tenían un salario distinto. En esta que estamos el Portavoz delP.P. no tiene dedicación exclusiva puesto que ya tiene un salario por supensión o por su paso a la reserva en el ejército, por lo tanto, aquí cobraasistencia a comisiones. En el gobierno anterior había 3 portavoces en elEquipo de Gobierno y había una retribución distinta. La retribución queaplican a los concejales es la misma que cobraban los concejales noportavoces en la legislatura pasada, además vds. tienen algún concejal máscon dedicación exclusiva que el anterior Equipo de Gobierno. Por lo tanto,no estén a bombo y platillo con el tema del ahorro, además hay 1 concejal yel Alcalde que cobran de otras administraciones: la Sra. Labao cobraasistencia a comisiones aquí en el Ayuntamiento y es Jefa de Servicio enDiputación, con las responsabilidades que tiene éso lo puede hacer porqueallí gobierna el P.P, sino no podría venirse aquí a atender susresponsabilidades de gobierno sin ir al trabajo, éso porque está el P.P.gobernando sino tendría que acogerse a la dedicación exclusiva; y el Alcaldecobra del Parlamento y dice que es tan generoso que no va a cobrar elsueldo del Ayuntamiento, pero vd. no cobra el sueldo del Ayuntamientoporque la ley no se lo permite, no es porque tenga un exceso de generosidad,la Ley sólo le permita cobrar por asistencia a sesiones que ésas sí las va acobrar; por lo tanto, va a cobrar unos seis mil y pico euros que puede cobrardel Parlamento entre sueldo, dietas, kilometraje, etc., más los 1.594 eurospor asistencia a comisiones, más la asistencia que tenga en Mancomunidad yen otros organismos. Lo que quiero decirle es que ese exceso de generosidadque intentan trasladar a la opinión pública no es tal por lo que le estoydiciendo. Los 10 liberados que tienen en el Equipo de Gobierno van a cobrarindividualmente igual que cualquier concejal con dedicación exclusiva enesta pasada legislatura e incluso tienen más porque nosotros teníamos 3

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portavoces y 6 concejales con dedicación exclusiva, y vds. tienen 10 en total,la diferencia es que como son un grupo único sólo tienen un Portavoz quetiene la circunstancia que le interesa más cobrar su pensión y la asistencia asesiones porque así va a ganar más y es lícito que él decida. En definitiva, noson tan magníficos”.

El Sr. Méndez-Trelles Ramos, Portavoz del Grupo Andalucista,manifiesta lo siguiente: “Está pasando lo que estaba previsto por éso cadavez entiendo menos y lo entiendo menos cuando lo oigo a vd. hablar, Sr.Alcalde, porque dice que es una cosa transitoria, se ve que la intención esesperar a final de año a que se aprueben los presupuestos. El papel loaguanta todo, como los números, el Sr. Delegado de Hacienda da susnúmeros, nosotros damos otros, se hacen comparaciones. Yo he huido de éso,no he querido comparar con lo que había antes entre otras cosas porque creoque lo que había antes no era para compararse ya que vds. mismos dicen quea lo que había antes con el tripartito le han puesto 17.000 votos de censura,por tanto, no debe ser un referente para vds. lo que había antes, para vds.debe ser algo nuevo, y no poner de referencia lo que había antes que pareceque va en contra de la filosofía que vds. están aplicando. La realidad de losnúmeros son éstos, y no entro a valorar nada, lo cierto es que aquí hay unacarpeta donde dice que hay un señor que va a ganar 50.000 euros, 5 señoresque van a ganar 48.000, lo que ya he dicho antes, y la realidad es que vds.suman y esos 21 señores valen 803.969 euros. Después la realidad siguesiendo tozuda y presentan aquí que va a haber 10 personas que van a ganarcada una 36.316 euros, luego, efectivamente, tenemos 360.316 euros más, ydespués hay 3 personas que no están liberados que van a ganar mínimo57.456 euros. Luego la realidad de estos números, lo comparen o no locomparen con lo de antes o con lo de después, que yo no quiero compararlo,es que ésto cuesta 1.221.741 euros netos, si a ésto le metemos el 37%aproximadamente de cada nómina, nos vamos a 1.680.000 euros, a casi280.000.000 de las antiguas pesetas. Ésta es la realidad, no la valoro, pero síme reitero en que con estas cifras el poner que cada Grupo hubiera elegidoun Secretario de Grupo o un liberado hubiera facilitado el trabajo de laoposición. Mi Grupo no va a aceptar que la oposición no tenga el valor quepuede tener y que tiene que tener, por éso le anuncio que voy a presentar unapropuesta para que la oposición pueda ejercer como tal porque nosotroscuando tomamos posesión en el Pleno juramos o prometimos la Constitucióny en el artº 23 apartado 1 dice que “los ciudadanos tienen derecho aparticipar en los asuntos públicos directamente o por medio derepresentantes libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio

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universal”, ésos somos nosotros, y en su apartado 2 dice “asimismo tienenderecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargospúblicos con los requisitos que señalen las leyes”. Entonces yo creo quenosotros tenemos una base para conseguir que la oposición pueda actuar yvoy a ser beligerante en este sentido y al respecto presentaremos unapropuesta. Y ahora sí voy a presentar una propuesta en el sentido de quecada final de mes se publique en el tablón de anuncios de este Ayuntamientolas retribuciones de cada uno de los concejales tanto de los que estánliberados como de los que no, y tanto de su asistencia a las comisiones comoa los organismos autónomos de este Ayuntamiento. Creo que a la vista de loque estamos hablando y de lo que vds. hablan de la claridad y latransparencia, y en aras de todo ésto, sería bueno que cada final de mes seponga en el tablón de anuncios los nombres de cada uno y lo que ha recibidode este Ayuntamiento”.

La Portavoz del Grupo P.S.O.E., Sra. Arroyo Sánchez, intervinoseguidamente manifestando: “Es más que evidente que tienen vds. unamayoría absoluta y que lógicamente no van a tener para nada en cuenta laopinión que ejerza esta oposición. Hemos podido comprobar cómo de nuevoel Delegado de Hacienda da una nueva cifra. A mí me gustaría hacerle unapregunta al Delegado de Hacienda en el sentido de que en esta propuestaque traen a Pleno hay una relación de comisiones aparte de la Junta deGobierno Local, la Comisión Informativa de Recursos, de Hacienda yConsejo de Gerencia de Urbanismo, ¿estas otras comisiones que vienen aquíson sesiones que se van a configurar con oposición y Equipo de Gobierno?”.Le contesta el Sr. Alcalde que ya en la Comisión de Comercio en la anteriorCorporación ya asistía la oposición. Continúa la Sra. Arroyo: “Estascomisiones sabe que anteriormente no se cobraban y vds. ponen aquí unacuantía de 350 euros y ésto lo que nos da que pensar es que precisamenteestas comisiones que antes no se cobraban y que ahora le ponen también unacuantía de 350 euros será para tratar de que el Equipo de Gobierno llegue aese tope a final de mes. Una vez más se demuestra, y ésa es la opinión quetenemos, que la reducción del gasto y la austeridad se quiere hacer a costade la oposición y se nos quiere quitar los instrumentos necesarios paraejercer esa oposición. Nosotros vamos a votar este punto en contra”.

Contesta el Sr. Delegado de Economía y Hacienda a las intervencionesanteriores de la siguiente forma: “En primer lugar, decirle a la Portavoz delGrupo P.S.O.E. que las cifras que yo he dado son las mismas que aparecenen la carpeta porque ésto es tan simple como comparar cuánto nos hubiera

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costado si hubieran vds. seguido en el Equipo de Gobierno y supondría444.203 euros, con el gobierno del P.P. que serían 363.000 euros, por lotanto, se produce un ahorro de 81.040 euros. Con respecto a la declaracióndel Portavoz del Grupo Andalucista decir que nuestros vecinos se debenquedar hoy con un mensaje muy claro, con el plan de austeridad que aplicael P.P. en cuanto a las retribuciones salariales es tan simple como que coneste nuevo plan vamos a ahorrarle a la ciudadanía 406.862 euros, a lo quehabría que sumarle el coste de empresa de las retribuciones de losconcejales, sumarle además la retribución que recibiría el Gerente de laGerencia de Urbanismo, con el recorte que tendría, con lo cual estaríamosrondando por encima de los 500.000 euros. Ese realmente es el mensaje detodo lo que estamos hablando esta mañana, podemos decir que el Equipo deGobierno gana de una manera, que antes ganaba de otra, pero en definitivay lo que quieren saber los ciudadanos, es cuál va a ser el ahorro quenosotros proponemos y aquí sólo interesa sacar cuál es el sueldo deFrancisco Delgado Bonilla, y el actual Alcalde de Vélez-Málaga,independientemente del sueldo que tenga por ser Parlamentario que no sonesas cantidades que algunos dicen, pero lo que sí queremos hacer constar esque en la anterior legislatura el tope máximo era 2.280 euros para el caso dela Alcaldesa y ahora mismo para el caso del Alcalde es de 1.600 euros, y ésoestá publicado en el BOP. Por lo tanto, para terminar lo que quiero quellegue es cuál va a ser realmente el plan de austeridad, que es cierto quetambién lo tiene que hacer la propia oposición, tiene que participar, porqueaquí tenemos que participar todos en este plan de austeridad pero que losprincipales afectados en este sentido es el propio Equipo de Gobierno, tantoen su personal de confianza como en sus concejales, tenemos precisamente elcaso de concejales que han cogido una dedicación exclusiva y estánperdiendo dinero pero porque tienen un sentido de sacrificio”.

Intervino el Sr. Alcalde manifestando: “Se ha presentado unapropuesta por parte del Grupo Andalucista que no ha lugar puesto que todaslas retribuciones son públicas, viene en el presupuesto municipal, estápublicado, y las únicas 3 que no están son las de este Alcalde, de laDelegada de Urbanismo y del Sr. Arrieta, el resto están claros, 36.000 por14, y ahí tiene la retribución porque no hay indemnizaciones por asistencia.Lo sí quiero dejar claro es que la retribución que percibe Francisco DelgadoBonilla en el Parlamento son 3.146 euros brutos, en neto 2.645 euros, en miprofesión de Inspector de Trabajo estaría percibiendo unas mayores, pero heoptado por el servicio público con una merma de mis retribuciones y escierto que el Parlamento me paga la comida, el viaje y la estancia, que no es

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una retribución sino una indemnización”.

El Sr. Méndez-Trelles Ramos manifestó: “Llevo toda la mañanaintentando evitar hablar de lo que vd. gana o de lo que ganan los demásporque para mí ésto es lo más penoso de la Corporación. Entonces si espúblico todo ésto pues que se publique”.

Finalizado el turno de intervenciones, se sometió a votación lapropuesta del Grupo Andalucista siendo rechazada por 12 votos a favor: 6 delGrupo P.S.O.E., 2 del Grupo Andalucista, 2 del Grupo I.U.-L.V.-C.A. y 2 delG.I.P.M.T.M.) y 13 en contra (del Grupo Popular).

Seguidamente, el Pleno de la Corporación, por mayoría de votos: 13a favor (del Grupo Partido Popular) y 12 en contra (6 del Grupo P.S.O.E., 2del Grupo Andalucista, 2 del Grupo I.U.-L.V.-C.A. y 2 del G.I.P.M.T.M.),acuerda:

1º. Los Concejales con Dedicación Exclusiva percibirán un sueldo brutoanual equivalente a:

CARGOS RETRIBUCIONES(Euros brutos anuales)

NÚMERO DECARGOS

Concejales Delegados 36316,28 10

Abonándose en 14 mensualidades.

Dicho sueldo es incompatible con la percepción deindemnizaciones por asistencia a sesiones, pudiendo percibir dietas ygastos de locomoción por razón del servicio.

Dichas retribuciones se incrementarán, anualmente, según lodeterminado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para cadaejercicio, para los empleados públicos.

2º. Asistencia a sesiones de órganos colegiados municipales:

Los miembros de la Corporación que no se encuentren incluidos

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en los regímenes de dedicación exclusiva o parcial, percibirán enconcepto de indemnización por asistencia la cantidad de 350,00 euros porsesión a la que asistan.

Únicamente se tendrá derecho a percibir las indemnizaciones antescitadas por la asistencia efectiva a las sesiones de los siguientes órganoscolegiados:

-Pleno.-Junta Gobierno Local.-Comisión Informativa de Recursos y Acción Administrativa.-Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas.-Comisión Técnica de Comercio Ambulante.-Comisión para Negociación del Convenio Colectivo (con un límite

máximo de 12 sesiones por año).-Comisión Técnica de Seguimiento de la concesión administrativa

del servicio de aguas (con un límite máximo de 4 al año).-Comisión Técnica de Seguridad Ciudadana (con un límite

máximo de 4 al año).-Comisión Técnica del Servicio de Limpieza.-Comisión Técnica de Control y Seguimiento de la Contratación

Administrativa y Personal.

La creación de otra Comisión Informativa requerirá acuerdoplenario en el que se fijarán el número máximo de sesiones quedevengarán indemnizaciones.

Para el devengo de dicha cantidad será necesaria la presenciacontinuada del Concejal al menos en el 50 por ciento de los puntos queconformen el Orden del Día de la respectiva sesión.

La cantidad máxima mensual a percibir por este concepto será de1.197,00 euros/brutos e el caso de Concejales sin Delegación y, 1.596,00euros/brutos para los Concejales con Delegación, para el Alcalde o losConcejales Portavoces de Grupo Municipal con Delegaciones y sindedicación exclusiva.

Asimismo, los Concejales miembros de los Organismos Autónomospercibirán las indemnizaciones correspondientes por la asistencia a lassesiones que se celebren en la cantidad de 350,00 euros por sesión,

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Page 83: ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA …. Marcelino Méndez-Trelles Ramos D. José Luis Gámez Martín Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes-Convocatoria por Andalucía : D. Salvador

EXCMO. AYUNTAMIENTO VÉLEZ-MÁLAGANegociado de Secretaría General

siéndoles de aplicación el mismo criterio de graduación de importes queel de la Corporación.

3º.- Asignar, mensualmente, a los grupos políticos municipales lasiguiente dotación económica con cargo a los presupuestos anuales de laCorporación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73.3 de laLBRL, sin que la misma puedan destinarse al pago de remuneraciones depersonal de cualquier tipo al servicio de la Corporación o a laadquisición de bienes que puedan constituir activos fijos de carácterpatrimonial:

Por Grupo Político 380,00 euros/mes Asignación fija

Por Concejal 76,00 euros/mes Asignación variable

4º. Requerir a los miembros de la Corporación la aceptaciónexpresa de la dedicación exclusiva, de conformidad con lo dispuesto en elartículo 13.4 del Reglamento de Organización, Funcionamiento yRégimen Jurídico de las Entidades Locales.

5º. Facultar al Alcalde, tan ampliamente como en derecho seaposible, para la realización de cuantas gestiones y firmas de documentossean conducentes para hacer efectivo el presente acuerdo.

6º. Dar cuenta al Pleno de la Corporación de dichas aceptacionesen la próxima sesión que celebre, de conformidad con lo dispuesto en elartículo 13.4 del Reglamento de Organización, Funcionamiento yRégimen jurídico de las Entidades Locales.

7º. Publicar íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia y enel Tablón de anuncios de la Corporación el acuerdo adoptado así comolos acuerdos del Presidente de la Corporación determinando losmiembros de la misma que realizarán sus funciones en régimen dededicación exclusiva o parcial.

Y no habiendo más asuntos que tratar el Sr. Alcalde-Presidente levantala sesión siendo las diez horas y veinticinco minutos del día al principioindicado, de todo lo cual, como Secretaria General, certifico.

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