Upload
tranphuc
View
224
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
INFORME DE RESULTADOS DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2012
TOMO II, RESULTADOS DE AUDITORÍA Y RECOMENDACIONES PREVENTIVAS
VOLUMEN 8/17
ÍNDICE
VOLUMEN 8/17
II.12. DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO 5
II.12.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS 5
II.12.1.1. CAPÍTULO 2000 “MATERIALES Y SUMINISTROS” 5
Auditoría ASC/162/12
II.12.1.2. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 61
Auditoría ASC/163/12
II.13. DELEGACIÓN MILPA ALTA 105
II.13.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS 105
II.13.1.1. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS
Y OTRAS AYUDAS” 105
Auditoría ASC/164/12
II.13.1.2. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 149
Auditoría ASC/165/12
II.14. DELEGACIÓN TLÁHUAC 187
II.14.1. AUDITORÍA FINANCIERA 187
II.14.1.1. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 187
Auditoría ASC/166/12
II.15. DELEGACIÓN TLALPAN 227
II.15.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS 227
II.15.1.1. RECURSOS FEDERALES EJERCIDOS CON CARGO AL FONDO DE APORTACIONES
PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS MUNICIPIOS Y DE LAS DEMARCACIONES
TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL (FORTAMUN-DF)
1 227
Auditoría ASCprofcasf/105/12
II.15.1.2. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 275
Auditoría ASC/167/12
II.16. DELEGACIÓN VENUSTIANO CARRANZA 309
II.16.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS 309
II.16.1.1. SUBSIDIO PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA DE LOS MUNICIPIOS Y LAS DEMARCACIONES
TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL (SUBSEMUN-DF) 2
309
Auditoría ASCprofcasf/106/12
II.16.1.2. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 383
Auditoría ASC/168/12
II.17. DELEGACIÓN XOCHIMILCO 417
II.17.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS 417
II.17.1.1. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” 417
Auditoría ASC/169/12
II.17.1.2. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 452
Auditoría ASC/170/12
Auditorías practicadas con recursos del Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado (PROFIS) y de la Contaduría
Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (CMHALDF). 1 Auditoría efectuada a la Delegación Tlalpan y a la Secretaría de Finanzas.
2 Auditoría realizada a la Delegación Venustiano Carranza y a las Secretarías de Seguridad Pública y de Finanzas.
5
VOLUMEN 8/17
II.12. DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO
II.12.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS
II.12.1.1. CAPÍTULO 2000 “MATERIALES Y SUMINISTROS”
Auditoría ASC/162/12
ANTECEDENTES
La Delegación Miguel Hidalgo ocupó el octavo lugar respecto del presupuesto ejercido en 2012
por las 16 Delegaciones (23,674,425.9 miles de pesos), con un monto de 1,433,489.2 miles
de pesos, que representó el 6.1% del total erogado por dichos órganos político-administrativos,
lo que significó una disminución de 0.2% (3,469.7 miles de pesos), con relación al presupuesto
original, que fue de 1,436,958.9 miles de pesos.
Con cargo al capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, la Delegación Miguel Hidalgo ejerció
80,067.9 miles de pesos (5.6% de su presupuesto total), lo que significó unas variaciones
negativas de 26.3% (28,524.6 miles de pesos) en relación con el presupuesto original autorizado
en dicho capítulo (108,592.5 miles de pesos) y de 15.0% (14,099.1 miles de pesos) respecto
a lo ejercido en 2011 (94,167.0 miles de pesos).
OBJETIVO
El objetivo de la auditoría consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación
Miguel Hidalgo en el capítulo 2000 “Materiales y Suministros” se haya registrado, aprobado,
modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con la normatividad
y ordenamientos aplicables.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Esta auditoría se propuso de conformidad con los criterios generales de selección siguientes:
“Importancia Relativa”, toda vez que el presupuesto ejercido en el capítulo 2000 “Materiales
y Suministros” (80,067.9 miles de pesos) disminuyó en 26.3% (28,524.6 miles de pesos) su
asignación original (108,592.5 miles de pesos), y en 15.0% (14,099.1 miles de pesos) lo ejercido
6
VOLUMEN 8/17
en 2011 (94,167.0 miles de pesos); y “Exposición al Riesgo”, por tratarse de un capítulo de gasto
propenso a errores involuntarios, desperdicios, irregularidades e ineficiencias o incumplimientos
de objetivos y metas. Dichos criterios generales se encuentran contenidos en el Manual de
Selección de Auditorías de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa
del Distrito Federal (CMHALDF) con actualización vigente a partir del 25 de enero de 2013.
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, párrafo primero; 74, fracción VI;
y 122, apartado C, base primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX, y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;
2o., fracción X, inciso a); 3o.; y 8o., fracciones I, II, IV, V, VI, IX, XII, XIII y XIX, de la Ley
Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal; y 1o., 13 y 16 de su Reglamento Interior.
ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
A partir del total de los recursos ejercidos por la Delegación Miguel Hidalgo con cargo
al capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, por 80,067.9 miles de pesos, correspondientes
a 260 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) y 2 documentos múltiples; y derivado de los
trabajos que se llevaron a cabo en la fase de planeación de la auditoría, así como del estudio
y evaluación del sistema de control interno, se determinó revisar 27 CLC expedidas con
cargo a 2 de las 43 partidas de gasto que integraron el presupuesto ejercido en dicho capítulo,
las cuales sumaron un monto de 42,576.2 miles de pesos y representaron el 53.2% del
universo. Las partidas seleccionadas fueron la 2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”
y la 2711 “Vestuario y Uniformes”, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos y por cientos)
Partida
Universo Muestra
Cantidad Presupuesto ejercido
% Cantidad Presupuesto ejercido
%
CLC DM CLC DM
2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos” 50 1 41,808.5 52.2 25 0 39,643.3 49.5
2711 “Vestuario y Uniformes” 10 1 6,722.8 8.4 2 0 2,932.9 3.7
Otras 41 partidas 200 0 31,536.6 39.4 0 0 0.0 0.0
Total capítulo 2000 “Materiales y Suministros” 260 2 80,067.9 100.0 27 0 42,576.2 53.2
DM: Documento múltiple.
7
VOLUMEN 8/17
Para determinar la muestra de las partidas sujetas a revisión, se consideraron los siguientes
criterios:
1. Integrar las cifras consignadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal
de 2012 y en la base de datos de las CLC que la Secretaría de Finanzas (SEFIN) y la
Delegación Miguel Hidalgo proporcionaron a esta entidad de fiscalización.
2. Seleccionar aquellas partidas que presentaron riesgos de operación durante el estudio
y evaluación del control interno.
3. En su caso, seleccionar las erogaciones más representativas realizadas con cargo a cada
partida seleccionada.
4. Tomar en cuenta las observaciones realizadas por otros órganos fiscalizadores al ejercicio
de las partidas seleccionadas.
5. Excluir de la muestra los contratos revisados por el órgano de control interno en la
Delegación Miguel Hidalgo.
Los trabajos de auditoría se llevaron a cabo en la Dirección General de Administración (DGA)
de la Delegación Miguel Hidalgo, por ser la encargada de administrar los recursos humanos,
materiales y financieros del órgano político-administrativo, conforme a las políticas, lineamientos
criterios y normas establecidos por la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal (OM)
y la SEFIN.
Dicha función está prevista en el Manual Administrativo de la Delegación Miguel Hidalgo
vigente en 2012.
Evaluación de Control Interno
1. Se verificó que la Delegación Miguel Hidalgo hubiese contado con mecanismos de control
suficientes para prevenir y minimizar los riesgos que pudieran afectar la eficacia y eficiencia
de las operaciones, la obtención de información confiable y oportuna, el cumplimiento de
la normatividad aplicable al capítulo 2000 “Materiales y Suministros” y la consecución
de sus objetivos.
8
VOLUMEN 8/17
2. Se analizó el Manual Administrativo de la Delegación Miguel Hidalgo que estuvo vigente
en 2012, para verificar si el apartado de organización concuerda con la estructura
orgánica aprobada y dictaminada; y si, junto con los procedimientos aplicables al
rubro revisado, fueron autorizados por la Coordinación General de Modernización
Administrativa (CGMA) de la Contraloría General del Distrito Federal (CGDF).
3. Se aplicó un cuestionario de control interno a la DGA de la Delegación Miguel Hidalgo,
por lo que se refiere a las actividades relacionadas con el registro, aprobación,
modificación, compromiso, devengo y ejercicio del presupuesto, así como con el pago
de operaciones realizadas por el órgano político-administrativo con cargo al rubro sujeto
a revisión.
4. Se examinó el sistema de control interno y se evaluó si los mecanismos establecidos
hicieron factible la administración de los riesgos de irregularidades e ineficiencias a que
estuvieron sujetas las operaciones revisadas.
Gasto Aprobado
Se analizaron el Programa Operativo Anual (POA), el calendario presupuestal, el Analítico
de Claves y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del sujeto de fiscalización
correspondientes al ejercicio fiscal de 2012, para verificar si el techo presupuestal reportado
por el órgano político-administrativo en dichos documentos se ajustó al autorizado por la
Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) y al informado por la SEFIN.
Gasto Modificado
Se analizaron 67 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron el monto
asignado al capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, se verificaron las causas por las cuales
disminuyó dicho presupuesto y se constató que se contara con la documentación soporte
de las modificaciones presupuestales efectuadas.
Se efectuaron pruebas de control para comprobar que los procedimientos y la normatividad
que regula los gastos comprometido, devengado, ejercido y pagado se hubiesen aplicado
durante el período auditado. Dichas pruebas consistieron en lo siguiente:
9
VOLUMEN 8/17
Gasto Comprometido
1. Se analizaron los reportes mensuales sobre los recursos fiscales, crediticios y provenientes
de transferencias federales que fueron ejercidos con cargo al capítulo 2000 “Materiales
y Suministros”, con objeto de conocer el presupuesto comprometido del órgano político-
administrativo del ejercicio 2012 y verificar que los recursos correspondieron a obligaciones
de pago respaldadas con documentos legales.
2. Se verificó que se contara con la autorización expresa del Jefe Delegacional para llevar
a cabo la adquisición de materiales y suministros mediante procedimientos distintos al de
licitación pública; que la adquisición de materiales y suministros estuviera prevista en
el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS)
autorizado, y soportada con las requisiciones de materiales y suministros debidamente
justificadas y firmadas por el personal que tuvo atribuciones para autorizarlas; que se
contara con suficiencia presupuestal y, en su caso, con la aprobación del Comité
Delegacional de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios; que previamente
a la adquisición de materiales y suministros se comprobara que no se contaran con ellos
en el almacén; que se hubiesen realizado estudios de precios de mercado; y que los
proveedores hubieran presentado las garantías correspondientes en los plazos establecidos.
3. Se constató que los procedimientos de adquisición de materiales y suministros por
adjudicación directa, invitación restringida a cuando menos tres proveedores o licitación
pública seleccionados como muestra se hayan ajustado a la normatividad y a los
montos de actuación autorizados; y que para la adquisición de combustible y de
vestuario se haya remitido a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios
Generales (DGRMSG) de la OM la documentación necesaria para adherirse a las
compras consolidadas de éstos.
4. Se constató que las adquisiciones de materiales y suministros se hayan formalizado
mediante contrato en los plazos establecidos y con los proveedores que no se encontraran
inhabilitados por la CGDF o por la Secretaría de la Función Pública (SFP), y que los
contratos reunieran los requisitos mínimos que señalan la Ley de Adquisiciones para
el Distrito Federal y su Reglamento vigentes en 2012.
10
VOLUMEN 8/17
Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su
Reglamento, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, de la Normatividad
en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración
Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis), del Manual de Normas y Procedimientos
Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal, de los contratos revisados
y del Manual Administrativo de la Delegación Miguel Hidalgo, vigentes en 2012.
Gasto Devengado
1. Se constató que los materiales y suministros hayan sido recibidos por la Delegación
Miguel Hidalgo en tiempo y conforme a las especificaciones establecidas en los contratos
respectivos; que el órgano político-administrativo contara con evidencia documental
de su recepción y con controles para el registro de las entradas y salidas del almacén.
2. Se comprobó que la DGA en la Delegación Miguel Hidalgo haya autorizado la dotación
de combustible al parque vehicular del órgano político-administrativo; que haya contado
con controles de los consumos de combustible por cada vehículo; y que no hayan
registrado dotaciones de combustible, lubricante y aditivo a los vehículos que estuvieron
fuera de servicio por encontrarse en reparación, que hayan sido dados de baja o que
no formaran parte del padrón vehicular.
Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,
de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la
Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis) y del Manual Administrativo
de la Delegación Miguel Hidalgo vigentes en 2012.
Gasto Ejercido
1. Se verificó que los proveedores hayan entregado comprobantes de pago (facturas)
a nombre del Gobierno del Distrito Federal/Delegación Miguel Hidalgo, que éstos
cumplieran los requisitos fiscales establecidos en el Código Fiscal de la Federación
vigente en 2012; que los pagos efectuados hayan sido por materiales y suministros que
cumplieran las especificaciones establecidas en los contratos respectivos; que los gastos
11
VOLUMEN 8/17
se hayan registrado en partidas acordes con su naturaleza, conforme al Clasificador
por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2012; que los pasivos se hayan
registrado y reportado a la SEFIN en el ejercicio en que se devengó el gasto; y que los
recursos no devengados y, en su caso, los rendimientos obtenidos al 31 de diciembre
de 2012 hayan sido entregados a la SEFIN en los plazos señalados.
2. Se constató que, en su caso, se hayan aplicado correctamente las penas convencionales
o sanciones a los proveedores por entregar los materiales y suministros de manera
incompleta o extemporánea, y que se hayan aplicado los descuentos procedentes en
los pagos efectuados; que, en caso de incumplimiento de los contratos, se hayan
hecho efectivas las garantías correspondientes; y que se hayan elaborado las CLC de
operaciones ajenas por el importe de las penas convencionales o sanciones aplicadas
a los proveedores.
Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,
del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del
Distrito Federal y del Manual Administrativo de la Delegación Miguel Hidalgo vigentes en 2012.
Gasto Pagado
Se confirmaron operaciones con los proveedores a quienes se efectuaron pagos para verificar
los procesos de contratación, facturación y pago.
Los procedimientos sustantivos se efectuaron para verificar si las operaciones relacionadas
con el rubro auditado produjeron los resultados deseados, si se presentaron desviaciones
o deficiencias o si existieron oportunidades de mejora. Los procedimientos consistieron en
integrar el presupuesto ejercido con cargo al rubro sujeto a revisión por partida de gasto,
verificar que las cifras presupuestarias reportadas por el sujeto fiscalizado a la SEFIN
coincidieran con las asentadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal
de 2012, y revisar que el importe contabilizado por la SEFIN correspondiera a la estructura
del Plan de Cuentas del Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector
Central vigente en 2012. También se verificó que el órgano político-administrativo hubiese
conservado la documentación original, justificativa y comprobatoria de los pagos realizados,
12
VOLUMEN 8/17
y contado con expedientes debidamente integrados con la documentación legal y administrativa
de los proveedores a los que fueron adjudicados contratos; y que la adquisición de materiales
y suministros se hubiesen efectuado en cumplimiento de los programas, acciones y atribuciones
de la Delegación Miguel Hidalgo.
El alcance a nivel de partida de gasto se señala a continuación:
Partida 2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”
Se determinó revisar el pago de la contratación consolidada del abastecimiento de combustible
(gasolina y diésel), por medio del procedimiento de adjudicación directa realizado por
la DGRMSG de la OM y el procedimiento de licitación pública núm. 30001026-013-12, el más
representativo en cuanto a presupuesto ejercido por la Delegación Miguel Hidalgo para la
adquisición de aceite para motor, del cual se derivó el contrato núm. 034/ADQ-LPN/DRM/2012
por 2,198.6 miles de pesos.
Partida 2711 “Vestuario y Uniformes”
Se determinó revisar el pago de la contratación consolidada de equipo de lluvia y de protección,
de vestuario y de calzado operativo, por medio del procedimiento de licitación pública nacional
núm. OM-DRMSG-002-12, realizado por la DGRMSG de la OM; y la única adquisición
de vestuario realizada por la Delegación Miguel Hidalgo, por medio de adjudicación
directa, de la cual se derivó el contrato núm. 052/ADQ-AD/DRM/2012, por un monto de
300.0 miles de pesos.
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
Con la finalidad de contar con una base para determinar la naturaleza, extensión y oportunidad
de las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el manual administrativo,
en su apartado de organización, de la Delegación Miguel Hidalgo vigente en 2012, para
identificar su estructura orgánica, así como los objetivos, funciones y atribuciones de las
unidades administrativas que la integran y de las que intervinieron en las operaciones
relativas al rubro objeto de la revisión. Se revisó el manual administrativo, en su apartado
13
VOLUMEN 8/17
de procedimientos, con objeto de verificar los procedimientos que fueron aplicados por las
unidades administrativas del órgano político-administrativo responsables de registrar, aprobar,
modificar, comprometer, devengar y ejercer el presupuesto, así como pagar las operaciones
efectuadas con cargo al capítulo 2000 “Materiales y Suministros”; y de constatar si éstos
garantizaron razonablemente el cumplimiento de las leyes, reglamentos, normas, políticas
y otras disposiciones de observancia obligatoria.
Se aplicó un cuestionario de control interno a la DGA de la Delegación Miguel Hidalgo, se
verificó que los gastos hubiesen sido autorizados por los servidores públicos facultados
para ello y se identificaron los riesgos de las operaciones revisadas y los objetivos específicos
de control.
Una vez recopilada y analizada la información general de las áreas y operaciones sujetas
a revisión y, a partir de su flujo general de los objetivos específicos de control vigentes en 2012
y de los mecanismos de control identificados en cada proceso, se elaboró una matriz de
control para evaluar si los mecanismos establecidos hicieron factible la administración de los
riesgos de irregularidades e ineficiencias y si disminuyeron las debilidades detectadas.
Como resultado del estudio y evaluación del control interno, se determinó que las unidades
administrativas de la Delegación Miguel Hidalgo están estructuradas conforme a las funciones
asignadas en su manual administrativo, apartado de organización; y que establecieron los
mecanismos y actividades de control suficientes para atender y mitigar los riesgos que
las afectaron para promover y supervisar el cumplimiento efectivo de los procedimientos
establecidos, para registrar y controlar la información generada en la operación de los recursos,
para garantizar la integridad, calidad, oportunidad, suficiencia y consistencia de la información
y documentación generada y para propiciar la comunicación e interacción de las áreas
involucradas en el registro, aprobación, modificación, compromiso, devengación y ejercicio
del presupuesto, así como en el pago de operaciones con cargo al capítulo 2000 “Materiales
y Suministros”. Lo anterior garantizó que, en términos generales, se diera cumplimiento a la
normatividad y se generara un razonable ambiente de control; sin embargo, se detectaron
las deficiencias de control interno que se señalan de manera específica en el apartado de
resultados de este informe.
14
VOLUMEN 8/17
RESULTADOS
Evaluación de Control Interno
1. Resultado
Mediante el oficio núm. DGA/DRF/1051/2013 del 19 de septiembre de 2013, el titular de
la DGA de la Delegación Miguel Hidalgo proporcionó el manual administrativo del órgano
político-administrativo, el cual se integró por los apartados de organización y de procedimientos,
y fue elaborado conforme al dictamen de estructura orgánica núm. 6/2011. De su análisis
se desprende lo siguiente:
1. Mediante el oficio núm. CG/251/2011 del 29 de abril 2011, la CGDF autorizó a la Delegación
Miguel Hidalgo el dictamen de estructura orgánica núm. 6/2011 vigente a partir del 1o. de
mayo del mismo año, en el cual se previeron ocho Direcciones Generales (de Gobierno
y Participación Ciudadana, Jurídica y de Servicios Legales, de Administración, de Obras
Públicas y Desarrollo Urbano, de Servicios Urbanos, de Desarrollo Social, de Desarrollo
Delegacional y de Seguridad Ciudadana), una Dirección Ejecutiva de Cultura y una Jefatura
de la Oficina del Jefe Delegacional.
2. El manual administrativo de la Delegación Miguel Hidalgo fue actualizado en sus apartados
de organización y de procedimientos como sigue:
a) El manual administrativo, en su apartado de organización, elaborado conforme
al dictamen de estructura orgánica núm. 6/2011 fue presentado a la CGMA para su
revisión, dictamen y registro con los oficios núms. JD/MH/0694/2010 y JD/MH/0802/2010
del 6 de agosto y 20 de diciembre de 2010, respectivamente. Dicho manual establece
los objetivos y funciones, facultades y responsabilidades de los servidores públicos de
mandos medios y superiores adscritos a las unidades administrativas que conforman
el órgano político-administrativo; está integrado por los apartados de presentación,
antecedentes, marco jurídico-administrativo, objetivo general, estructura orgánica,
atribuciones, funciones y organigrama; quedó registrado por la CGMA con el
núm. MA-311-6/11 mediante el oficio núm. CG/CGMA/DEDDEO/0423/2012 del
28 de febrero de 2012; fue difundido entre las diversas unidades administrativas
15
VOLUMEN 8/17
que integran la Delegación Miguel Hidalgo con los oficios núms. DGDD/DMA/056/12
y DGDD/DMA/064/12, ambos del 13 de marzo de 2012; y JDMH/093/2012 del día
16 del mismo mes y año; y fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
del 2 de abril de 2012.
b) El manual administrativo, en su apartado de procedimientos, se integró por un
total de 161 procedimientos que fueron autorizados y registrados por la CGMA
con el núm. MA-311-6/11 conforme a lo indicado en los oficios núms.
CG/CGMA/DEDDEO/0423/2012 del 28 de febrero, CG/CGMA/DEDDEO/1513/2012
del 5 de junio, CG/CGMA/DEDDEO/2455/2012 del 18 de septiembre y
CG/CGMA/DEDDEO/2942/2012 del 19 de octubre, todos de 2012; difundidos por
medio de oficios entre las diversas unidades administrativas que integran el órgano
político-administrativo; y la relación de los mismos publicada en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal del 2 de abril, 27 de junio, 30 de octubre y 29 de noviembre de 2012.
Al examinar los 161 procedimientos, se determinó que 8 de ellos se encuentran
relacionados con el desarrollo de la auditoría.
En conclusión, la Delegación Miguel Hidalgo contó un manual administrativo, integrado
por los apartados de organización y de procedimientos, actualizado y registrado conforme
al dictamen de estructura orgánica núm. 6/2011 vigente en 2012, el cual fue difundido
entre sus diferentes unidades administrativas. El apartado de organización y la relación de
los 161 procedimientos fueron publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental
2. Resultado
Para establecer si la Delegación Miguel Hidalgo debió llevar a cabo el registro contable de
las etapas de los presupuestos aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido
y pagado con cargo al capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, previsto en la Ley General
de Contabilidad Gubernamental vigente en 2012, se analizó lo siguiente:
1. El 31 de diciembre de 2008 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley
General de Contabilidad Gubernamental vigente a partir del 1o. de enero de 2009,
con objeto de establecer los criterios generales que regirán la contabilidad gubernamental
16
VOLUMEN 8/17
y la emisión de información financiera de los entes públicos, y lograr su adecuada
armonización. De acuerdo con el artículo 4o., fracción I, de dicha ley, la armonización
consiste en “la revisión, reestructuración y compatibilización de los modelos contables
vigentes a nivel nacional, a partir de la adecuación y fortalecimiento de las disposiciones
jurídicas que las rigen, de los procedimientos para el registro de las operaciones, de la
información que deben generar los sistemas de contabilidad gubernamental, y de las
características y contenido de los principales informes de rendición de cuentas”.
2. La Delegación Miguel Hidalgo no emite información contable y financiera porque ésta
se concentra en la SEFIN, de conformidad con el artículo 124 de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012.
3. En la introducción del Informe de Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal
de 2012, se indicó que “el contenido del Informe se soporta en diversos ordenamientos
jurídicos, entre los cuales podemos mencionar: la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
[del Distrito Federal] y su Reglamento, la Ley de Ingresos y el Decreto de Presupuesto
de Egresos [del Distrito Federal] para el Ejercicio Fiscal 2012, todos del Distrito Federal.
Asimismo, es de destacarse que a partir de esta Cuenta Pública, se da inicio la
incorporación del modelo de Informe propuesto en la Ley General de Contabilidad
Gubernamental y en los documentos que de ella se han derivado”.
4. Mediante el oficio núm. ASC/13/1744 del 3 de septiembre de 2013, la CMHALDF solicitó
a la Delegación Miguel Hidalgo los registros contables realizados por la SEFIN respecto de
los 80,067.9 miles de pesos ejercidos con cargo al capítulo 2000 “Materiales y Suministros”
que afectaron la situación financiera del Gobierno del Distrito Federal en 2012.
Por medio del oficio núm. DMH/DRF/SOF/0316/2013 del 1o. de octubre de 2013, el titular
de la DGA de la Delegación Miguel Hidalgo remitió copia del oficio núm. DGCNCP/3335/2013
del 18 de septiembre de 2013, con el cual el titular de la Dirección General de Contabilidad,
Normatividad y Cuenta Pública, adscrita a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN,
remitió las cuentas de mayor afectadas y los registros de las operaciones que afectaron
la situación financiera del Gobierno del Distrito Federal en 2012, los cuales importan
un monto de 80,067.9 miles de pesos, recursos que fueron erogados por el órgano
político-administrativo con cargo al capítulo 2000 “Materiales y Suministros” en 2012.
17
VOLUMEN 8/17
De lo expuesto, se concluye que la SEFIN realizó el registro contable de las etapas del
presupuesto aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado del capítulo
2000 “Materiales y Suministros” de la Delegación Miguel Hidalgo, de conformidad con
la Ley General de Contabilidad Gubernamental vigente en 2012.
Gasto Aprobado
3. Resultado
Con objeto de verificar que la previsión de gasto para la Delegación Miguel Hidalgo con
cargo al Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012
se hubiere asignado conforme a la normatividad aplicable, se analizaron el techo presupuestal
reportado en el Analítico de Claves, el POA, el calendario presupuestal y el Anteproyecto
de Presupuesto de Egresos del sujeto fiscalizado correspondientes al ejercicio fiscal de 2012.
Como resultado, se determinó lo siguiente:
1. Por medio del oficio núm. SFDF/SE/0061/2012 del 2 de enero de 2012, la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN remitió a la Delegación Miguel Hidalgo el Analítico de Claves,
el POA y el calendario presupuestal correspondientes al techo presupuestal autorizado,
y le comunicó que el techo presupuestal aprobado por la ALDF para el ejercicio de 2012
ascendería a 1,436,958.9 miles de pesos, los cuales serían para gasto corriente; de ellos,
108,592.5 miles de pesos corresponderían al capítulo 2000 “Materiales y Suministros”.
2. En el Analítico de Claves de referencia se asignaron recursos a 40 partidas de gasto,
que en conjunto suman el presupuesto original del capítulo 2000 “Materiales y Suministros”
(108,592.5 miles de pesos), el cual fue reportado en el Informe de Cuenta Pública del
órgano político-administrativo correspondiente a 2012. Cabe mencionar que seis partidas
que no tenían presupuesto original al final del año, sí ejercieron recursos y otras tres, que
tenían recursos asignados no los ejercieron.
En suma, la Delegación Miguel Hidalgo estimó originalmente recursos para 40 partidas del
capítulo 2000 “Materiales y Suministros” y los ejerció en 43 partidas. En la programación,
se ajustó al techo presupuestal autorizado (108,592.5 miles de pesos); posteriormente, mediante
18
VOLUMEN 8/17
afectaciones programático-presupuestales, conforme al Manual de Normas y Procedimientos
Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2012, disminuyó
su presupuesto en 28,524.6 miles de pesos, para quedar con un modificado y un ejercido
de 80,067.9 miles de pesos.
Gasto Modificado
4. Resultado
En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012, la Delegación Miguel Hidalgo
reportó en el capítulo 2000 “Materiales y Suministros” una asignación original de 108,592.5 miles
de pesos, la cual fue disminuida en 28,524.6 miles de pesos, para quedar en 80,067.9 miles de
pesos, importe que fue ejercido en su totalidad, de conformidad con lo siguiente:
(Miles de pesos)
Concepto Número
de movimientos
Importe
Parcial Total
Presupuesto original 108,592.5
Más:
Ampliaciones compensadas 691 75,886.0
Adiciones compensadas 70 9,050.8
Subtotal 84,936.8
Menos:
Reducciones compensadas 840 (112,148.6)
Reducciones líquidas 144 (1,312.8)
Subtotal (113,461.4)
Modificación neta (28,524.6)
Total, presupuestos modificado y ejercido 80,067.9
Dichos movimientos se ampararon con 67 afectaciones presupuestarias autorizadas por
la SEFIN, por conducto de la Dirección General de Política Presupuestal, cuando se trató
de afectaciones líquidas; y de la Dirección General de Egresos “B”, de la Subsecretaría de
Egresos, en el caso de afectaciones compensadas. Lo anterior, conforme a los artículos 68,
fracción V; y 71, fracción VI, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito
Federal; y los apartados IV.3.3.1, “Adecuaciones Programático Presupuestarias Compensadas”,
19
VOLUMEN 8/17
numeral 15; y IV.3.3.2, “Adecuaciones Programático Presupuestarias Líquidas”, numeral 18, del
Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito
Federal, vigentes en 2012.
Según las afectaciones presupuestarias, el presupuesto original se modificó básicamente
por lo siguiente:
1. Las ampliaciones compensadas, por 75,886.0 miles de pesos, se efectuaron con la
finalidad de recalendarizar y adecuar los recursos a las necesidades reales de operación
de la Delegación Miguel Hidalgo; de que la OM realizara el pago centralizado de las
contrataciones consolidadas en que participó el órgano político-administrativo; y por el
cierre del ejercicio presupuestal. Lo anterior, a fin de dar cumplimiento a los artículos 71
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y 64 de su Reglamento;
y al numeral 2, inciso e), del oficio circular de cierre núm. SE/5122/2012 del 3 de octubre
de 2012, emitido por la SEFIN.
2. Las adiciones compensadas, por 9,050.8 miles de pesos, tuvieron por objeto cubrir
adeudos de ejercicios fiscales anteriores, adquirir gorras beisboleras, regularizar los pagos
por la adquisición de artículos deportivos para los centros deportivos “18 de Marzo”
y “Plan Sexenal”, sufragar el consumo de gasolina Magna de 20 patrullas que la
Secretaría de Seguridad Pública entregó en comodato a la Delegación Miguel Hidalgo,
y de gasolina Magna y diésel de los vehículos no administrativos, así como adecuar
el presupuesto al cierre del ejercicio, con fundamento en los artículos 71 de la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y 64 de su Reglamento, y en el
numeral 2, inciso e), del oficio circular de cierre núm. SE/5122/2012 del 3 de octubre
de 2012, emitido por la SEFIN.
3. Las reducciones compensadas, por 112,148.6 miles de pesos, se realizaron principalmente
para recalendarizar y adecuar los recursos a las necesidades reales de operación de la
Delegación Miguel Hidalgo, contratar servicios de consultoría para hacer más eficientes los
procesos de gestión y toma de decisiones que permitieran al órgano político-administrativo
implementar programas y proyectos en beneficio de la ciudadanía, y contratar los servicios
para llevar a cabo eventos diplomáticos en las embajadas ubicadas en la demarcación.
20
VOLUMEN 8/17
4. Las reducciones líquidas, por 1,312.8 miles de pesos, se efectuaron en razón de las
economías obtenidas en los procesos licitatorios con relación a lo previsto y del cierre
del ejercicio presupuestal, a fin de dar cumplimiento a los artículos 71 de la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y 64 de su Reglamento, y al numeral 2,
inciso e), del oficio circular de cierre núm. SE/5122/2012 del 3 de octubre de 2012,
emitido por la SEFIN.
Por lo expuesto, se concluye que las adecuaciones realizadas al presupuesto asignado al
capítulo 2000 “Materiales y Suministros” se sujetaron a los montos aprobados y contaron
con las justificaciones correspondientes; que las cifras de los presupuestos autorizado,
modificado y ejercido por la Delegación Miguel Hidalgo coinciden con las reportadas en la
Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012; y que las partidas de gasto en
que se ejercieron los recursos del citado capítulo contaron con la suficiencia presupuestal
correspondiente.
Gasto Comprometido
5. Resultado
Mediante el oficio núm. ASC/D“C”A/DMH/14/012 del 25 de enero de 2014, se solicitaron
al titular de la DGA de la Delegación Miguel Hidalgo los reportes mensuales relativos a los
recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias federales destinados al capítulo
2000 “Materiales y Suministros” que se encontraban comprometidos a la fecha de su
presentación.
En respuesta, con el oficio núm. DMH/DGA/DRF/SOF/UDC/11/2014 del 30 de enero de 2014,
el Jefe de Unidad Departamental de Contabilidad de la Delegación Miguel Hidalgo proporcionó
copia de los oficios con los cuales remitió a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN los
formatos “Presupuesto Comprometido” de enero a noviembre de 2012, firmados de elaboración
por el Director de Recursos Financieros y de autorización por el titular de la DGA del órgano
político-administrativo; sin embargo, en varios meses de ese período el presupuesto
comprometido de la Delegación fue reportado con desfases de 1 a 4 días naturales, como
se muestra en seguida:
21
VOLUMEN 8/17
Mes Oficio de envío de los formatos Fecha límite
de presentación Fecha de recepción
en la SEFIN Días naturales
de desfase Número Fecha
Enero DMH/DGA/DRF/112/2012 10/II/12 10/II/12 13/II/12 3
Febrero DMH/DGA/DRF/195/2012 9/III/12 12/III/12 12/III/12 0
Marzo DMH/DGA/DRF/262/2012 10/IV/12 10/IV/12 10/IV/12 0
Abril DMH/DGA/DRF/333/2012 10/V/12 10/V/12 11/V/12 1
Mayo DMH/DGA/DRF/432/2012 11/VI/12 11/VI/12 14/VI/12 3
Junio DMH/DGA/DRF/507/2012 10/VII/12 10/VII/12 10/VII/12 0
Julio DMH/DGA/DRF/593/2012 10/VIII/12 10/VIII/12 14/VIII/12 4
Agosto DMH/DGA/DRF/694/2012 10/IX/12 10/IX/12 12/IX/12 2
Septiembre DMH/DGA/DRF/786/2012 10/X/12 10/X/12 11/X/12 1
Octubre DMH/DGA/DRF/881/2012 12/XI/12 12/XI/12 12/XI/12 0
Noviembre* DMH/DGA/DRF/1031/2012 10/XII/12 10/XII/12 12/XII/12 2
* Incluye cifras del presupuesto comprometido de los cuatro contratos seleccionados para su revisión.
Cabe mencionar que a la fecha en que la fase de ejecución de la auditoría estaba en curso
(28 de febrero de 2014), el órgano político-administrativo no exhibió evidencia de haber
elaborado ni presentado a la SEFIN el informe correspondiente a su presupuesto comprometido
de diciembre de 2012.
En la reunión de confronta, celebrada el 10 de marzo de 2014, el titular de la Dirección General
Jurídica y de Servicios Legales de la Delegación Miguel Hidalgo, en su carácter de representante
del titular del órgano político-administrativo, no presentó información relacionada con la presente
observación, por lo que ésta no se modifica.
Por no haber elaborado ni presentado a la SEFIN el informe correspondiente al presupuesto
comprometido de diciembre de 2012 ni haberle remitido oportunamente el resto de los
informes de este período (excepto los de febrero, marzo, junio y octubre), la Delegación
Miguel Hidalgo incumplió el artículo 56 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito
Federal vigente en 2012, el numeral 3 del apartado IV.8, “Presupuesto Comprometido”,
del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del
Distrito Federal vigente hasta el 3 de diciembre de 2012; y el numeral 133 del Capítulo VI,
“Presupuesto Comprometido”, del Título Tercero, “Registro de Otras Erogaciones”, del Manual
de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública
del Distrito Federal vigente a partir del 4 de diciembre de 2012.
El artículo 56 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, establece:
“Las […] Delegaciones […] remitirán a la Secretaría, dentro de los primeros diez días de cada
22
VOLUMEN 8/17
mes, un reporte mensual sobre los recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias
federales, que se encuentren comprometidos al cierre del mes inmediato anterior”.
El numeral 3 del apartado IV.8, “Presupuesto Comprometido”, del Manual de Normas
y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal, dispone:
“Las UR’s deberán enviar en forma analítica y por clave presupuestal a la Secretaría, dentro
de los siguientes primeros diez días del cierre de cada mes, un reporte mensual sobre el
total de los recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias federales que se
encuentren comprometidos a la fecha de su presentación”.
El numeral 133 del Capítulo VI, “Presupuesto Comprometido”, del Título Tercero, Registro de
Otras Erogaciones, del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario
de la Administración Pública del Distrito Federal, señala: “Las UR’s deberán enviar en forma
analítica y por clave presupuestal a la Secretaría dentro de los siguientes primeros diez
días del cierre de cada mes un reporte mensual sobre el total de los recursos fiscales,
crediticios y provenientes de transferencias federales que se encuentren comprometidos
al cierre del mes que se reporte, el cual deberá ser congruente con la información que se haya
registrado en el Sistema Informático”.
Por lo anterior, se concluye que la Delegación Miguel Hidalgo no informó de forma oportuna
a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN su presupuesto comprometido de enero a
noviembre de 2012, específicamente por lo que toca a los compromisos en que existieron
los documentos legales que determinaron para el órgano político-administrativo una obligación
de pago; y no proporcionó evidencia de haber elaborado el informe del mes de diciembre de
ese año.
Recomendación ASC-162-12-06-MH
Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo establezca mecanismos de control para
garantizar que los reportes mensuales sobre los recursos fiscales, crediticios y provenientes
de transferencias federales que se encuentren comprometidos al cierre del mes que se
reporte, se elaboren y remitan oportunamente a la Secretaría de Finanzas, en cumplimiento
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.
23
VOLUMEN 8/17
6. Resultado
En 2012, la Delegación Miguel Hidalgo ejerció un monto de 80,067.9 miles de pesos con cargo
al capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, por medio de 260 CLC y 2 documentos múltiples.
Se seleccionaron para su revisión 27 CLC, por un importe de 42,576.2 miles de pesos
(53.2% del total ejercido en el capítulo), expedidas para pagar la adquisición de combustibles
(gasolina y diésel) y aceite para motor, con cargo a la partida 2611 “Combustibles, Lubricantes
y Aditivos” por un monto de 39,643.3 miles de pesos y de juegos de camisola, pantalón y
gorra y uniforme institucional con cargo a la partida 2711 “Vestuario y Uniformes” por un
monto de 2,932.9 miles de pesos. La cantidad pagada por contrato se detalla a continuación:
(Miles de pesos)
Partida/Número de contrato Proveedor Concepto
Importe
Contratado (IVA incluido)
Pagado
2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”
DAS-08-2012 y convenio modificatorio
Consorcio Gasolinero Plus, S.A. de C.V.
Abastecimiento de combustible (gasolina y diésel) 38,168.7 38,108.9
034/ADQ-LPN/DRM/2012 Collage Distribuciones, S.A. de C.V.
Aceite para motor 2,198.6 1,534.4
Subtotal 40,367.3 39,643.3
2711 “Vestuario y Uniformes”
DAS-04-2012 y convenio modificatorio
Confecciones Isaac, S.A. de C.V.
Juegos de camisola, pantalón y gorra 2,632.0 2,632.0
052/ADQ-AD/DRM/2012 Industrias Corp, S.A. de C.V.
Vestuario y uniforme institucionales 300.9 300.9
Subtotal 2,932.9 2,932.9
Total 43,300.2 42,576.2
En la revisión de dos procedimientos de contrataciones consolidadas realizados por la OM,
una mediante adjudicación directa con cargo a la partida 2611 “Combustibles, Lubricantes
y Aditivos”, por 38,108.9 miles de pesos; y otra, por licitación pública nacional con cargo a la
partida 2711 “Vestuario y Uniformes”, por 2,632.0 miles de pesos, se observó lo siguiente:
1. La requisición de los materiales se realizó como sigue:
a) El combustible (gasolina y diésel) fue solicitado mediante requisición de compra sin
número del 27 de septiembre de 2011, la cual cuenta con los nombres, cargos y firmas
de los servidores públicos adscritos a la Delegación Miguel Hidalgo responsables
24
VOLUMEN 8/17
de requerir el combustible (Director de Servicios Generales), de otorgar suficiencia
presupuestal (Director de Recursos Financieros) y de autorizar la requisición (Director
General de Administración). La autorización previa para contraer compromisos
y continuar con las actividades programadas para el ejercicio 2012 la otorgó la
Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, mediante el oficio núm. SFDF/SE/4084/2011
del 21 de noviembre de 2011.
b) El equipo de lluvia y de protección, el vestuario y el calzado operativo fueron solicitados
mediante requisición de compra sin número del 27 de septiembre de 2011, la cual
cuenta con los nombres, cargos y las firmas de los servidores públicos adscritos
a la Delegación Miguel Hidalgo responsables de requerir los materiales (Director
de Servicios Generales), de otorgar suficiencia presupuestal (Director de Recursos
Financieros) y de autorizar la requisición (Director General de Administración).
2. El PAAAPS fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de enero
de 2012, es decir, en el plazo previsto en el artículo 19 de la Ley de Adquisiciones
para el Distrito Federal vigente en 2012; e incluye la información correspondiente a las
partidas 2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos” y 2711 “Vestuario y Uniformes”
seleccionadas para su revisión.
3. La contratación consolidada del combustible (gasolina y diésel) fue realizada por
la OM mediante un procedimiento de adjudicación directa, con el propósito de obtener
las mejores condiciones posibles en cuanto a precio, calidad y oportunidad para la
Administración Pública del Distrito Federal, así como para coadyuvar a la eficiencia en el
ejercicio del gasto mediante los pagos centralizados. Al respecto, se determinó lo siguiente:
a) Mediante el oficio núm. DMH/DGA/958/2011 del 18 de noviembre de 2011, la
Delegación Miguel Hidalgo remitió a la OM los Formatos Únicos para la Contratación
Consolidada de combustible, en los cuales manifestó contar con suficiencia
presupuestal por 36,261.9 miles de pesos para contraer compromisos e indicó
que posteriormente se ampliarían recursos por 1,627.5 miles de pesos.
b) En la décimo segunda sesión extraordinaria del Comité de Autorizaciones de
Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación Servicios de la Administración Pública
25
VOLUMEN 8/17
del Distrito Federal, celebrada el 27 de diciembre de 2011, se aprobó la adjudicación
directa de la adquisición de combustible (gasolina y diésel), por el monto de la
disponibilidad presupuestal autorizada, con fundamento en los artículos 23; 27,
inciso c); 28; 54, fracción XVI; y 63 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito
Federal vigente en 2012.
c) La Delegación Miguel Hidalgo no proporcionó evidencia de que el titular de la DGA
de dicho órgano político-administrativo haya asistido al proceso de contratación
consolidada de combustible o, en su caso, haya designado al servidor público para
que asistiera en su representación.
En la reunión de confronta, celebrada el 10 de marzo de 2014, el titular de la Dirección
General Jurídica y de Servicios Legales de la Delegación Miguel Hidalgo, en su
carácter de representante del titular del órgano político-administrativo, no presentó
información relacionada con la presente observación, por lo que ésta no se modifica.
Toda vez que el titular de la DGA de la Delegación Miguel Hidalgo no asistió al proceso
de contratación consolidada de combustible ni designó, en su caso, al servidor
público que asistiría en su representación, el órgano político-administrativo incumplió
el numeral 17, inciso b), de los Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición
o Arrendamiento de Bienes o Servicios de Uso Generalizado en la Administración
Pública del Distrito Federal, así como para la Centralización de Pagos, publicados
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 13 de mayo de 2011, vigentes en 2012,
que establece lo siguiente:
“Las DGA de las UAS enviarán a la UAC correspondiente, en medio impreso,
electrónico y/o magnético (CD), para cada uno de los bienes y servicios indicados
en el Lineamiento 7, los siguientes documentos […] b) El Titular de la DGA tendrá
la responsabilidad de asistir a todos y cada uno de los eventos de los procedimientos
de compra consolidada y dar seguimiento a los mismos. Esta responsabilidad la podrá
encomendar, mediante oficio de designación, en un servidor público (nivel mínimo
Jefe de Unidad Departamental) de la UAS, con facultades expresas para la toma
de decisiones y formen parte del grupo de trabajo revisor de bases.”
26
VOLUMEN 8/17
d) La OM realizó el estudio de mercado para adjudicar el suministro de combustible al
proveedor que ofreciera las condiciones más favorables en cuanto a precio, calidad
y oportunidad para la Administración Pública del Distrito Federal, así como para
coadyuvar a la eficiencia en el ejercicio del gasto, en cumplimiento de los Lineamientos
Generales para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes o Servicios
de Uso Generalizado en la Administración Pública del Distrito Federal vigentes en 2012.
e) Mediante el oficio núm. DGRMSG/DSG/2432/2011 del 28 de diciembre de 2011,
la DGRMSG de la OM informó a la Delegación Miguel Hidalgo que autorizó la
adjudicación directa del servicio de suministro de combustible por un monto máximo
para el órgano político-administrativo de 36,541.2 miles de pesos (IVA incluido), de
conformidad con los artículos 23; 27, inciso c); 28; 54, fracción XVI; y 63 de la Ley
de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2012.
4. El proceso de contratación consolidada de vestuario lo realizó la OM mediante un
procedimiento de licitación pública nacional, con el propósito de obtener las mejores
condiciones posibles en cuanto a precio, calidad y oportunidad para la Administración
Pública del Distrito Federal, así como para coadyuvar a la eficiencia en el ejercicio del
gasto mediante los pagos centralizados. Al respecto, se determinó lo siguiente:
a) Con el oficio núm. DMH/DGA/879/2011 del 8 de noviembre de 2011, el titular
de la DGA de la Delegación Miguel Hidalgo remitió a la Dirección General de
Administración y Desarrollo de Personal (DGADP) de la OM su padrón y requerimiento
de vestuario operativo y de equipo de protección para 2012; y con el oficio
núm. DP/JOGR/0181/2012 del 10 de enero de 2012, informó a dicha dependencia
que se adhería a la compra consolidada de vestuario.
b) Mediante el oficio núm. DRM/SVG/0185/2012 del 16 de febrero de 2012, la Delegación
Miguel Hidalgo designó al servidor público que asistiría al proceso de contratación
consolidada de vestuario.
c) Mediante los oficios núms. OM/DGRMSG/0721, OM/DGRMSG/0722 y OM/DGRMSG/723,
todos del 28 de febrero de 2012, la DGRMSG de la OM solicitó a tres proveedores
que presentaran sus cotizaciones, con el propósito de obtener precios de referencia
de los bienes a licitar.
27
VOLUMEN 8/17
d) El 7 de marzo de 2012, la OM publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal la
convocatoria núm. 002, para participar en la licitación pública nacional consolidada
núm. OM/DGRMSG/1163/2012, para la adquisición de vestuario operativo para
el ejercicio fiscal 2012.
e) Las bases de la licitación pública nacional consolidada reunieron los requisitos que
señala el artículo 33 de la Ley de Adquisiciones del Distrito Federal vigente en 2012.
f) El fallo de la licitación pública nacional núm. OM-DGRMSG-002-12 se realizó
el 3 de abril de 2012, a favor de los proveedores que reunieron los requisitos legales
y administrativos, y que presentaron las mejores propuestas técnicas y ofertas
económicas, de conformidad con el numeral 8.4, “Precios más bajos (subasta
descendente)”, de las bases de la licitación.
La asignación de las partidas se realizó con fundamento en el artículo 49 de la Ley
de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2012, en virtud de que los
proveedores ofrecieron las mejores condiciones para la Administración Pública del
Distrito Federal y garantizaron satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones
respectivas.
5. En cuanto al proceso de contratación de abastecimiento de combustible y de vestuario,
se determinó lo siguiente:
a) El 30 de diciembre de 2011, la OM suscribió el contrato abierto núm. DAS-08-2012 con
Consorcio Gasolinero Plus, S.A. de C.V., por un monto máximo de 392,598.9 miles
de pesos (IVA incluido). La formalización del contrato fue previa al suministro de
combustible a su parque vehicular por el período del 1o. de enero al 31 de diciembre
del 2012, y reunió los requisitos establecidos en la Ley de Adquisiciones para el Distrito
Federal y su Reglamento vigentes en 2012.
Adicionalmente, se suscribieron 15 convenios modificatorios para incrementar el monto
contratado de 392,598.9 miles de pesos a 580,192.4 miles de pesos; a la Delegación
Miguel Hidalgo le correspondió un monto de 38,168.7 miles de pesos.
28
VOLUMEN 8/17
b) El 13 de abril de 2012, la OM suscribió el contrato núm. DAS-04-2012 con Confecciones
Isaac, S.A. de C.V., por un monto de 41,577.1 miles de pesos (IVA incluido).
La formalización del contrato fue dentro del plazo señalado en las bases de la licitación y
reunió los requisitos establecidos en la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal
y su Reglamento vigentes en 2012.
Además, se suscribieron siete convenios modificatorios para incrementar el monto
contratado de 41,577.1 miles de pesos a 55,254.3 miles de pesos, de los cuales
a la Delegación Miguel Hidalgo le correspondió un monto de 2,632.0 miles de pesos.
6. En la declaración núm. 2.10 de los dos contratos seleccionados para su revisión, los dos
proveedores manifestaron bajo protesta de decir verdad que no estaban sancionados
por la CGDF ni por la SFP. Al respecto, se verificó en las páginas de internet de
la SFP y de la CGDF (http://rsps.gob.mx/sancionados/publica/buscapublicas.jsp
y http://www.contraloria.df.gob.mx/wb/cg/historico) que los citados proveedores
no tuvieran impedimento para participar en procedimientos de contratación con el Gobierno
del Distrito Federal; es decir, que no estuvieran inhabilitados en el ejercicio de 2012.
7. En la declaración núm. 2.9 de los contratos celebrados con los dos proveedores
seleccionados para su revisión, éstos manifestaron que se encuentran al corriente en
el pago de sus impuestos, aprovechamientos y productos referidos en el Código Fiscal
del Distrito Federal vigente en 2012.
Por lo expuesto, se concluye que las contrataciones consolidadas de combustible y de vestuario
se incluyeron en el PAAAPS, contaron con autorización presupuestal, se realizaron de
conformidad con los Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento
de Bienes o Servicios de Uso Generalizado en la Administración Pública del Distrito Federal,
así como para la Centralización de Pagos, y se formalizaron por medio de contratos suscritos
con proveedores que no tuvieron impedimento por la CGDF ni la SFP y que están al corriente
de sus obligaciones fiscales, en las fechas previstas en la normatividad; y que la adjudicación
directa de combustible fue autorizada por el Comité de Autorizaciones de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación Servicios de la Administración Pública del Distrito Federal.
Sin embargo, el titular de la DGA del órgano político-administrativo no proporcionó evidencia
de haber asistido al proceso de contratación consolidada de combustible, o de haber designado
a otro servidor público para que asistiera en su representación.
29
VOLUMEN 8/17
Recomendación ASC-162-12-07-MH
Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo establezca mecanismos de control para
garantizar que el Director General de Administración asista a los eventos de los procedimientos
de compra consolidada de combustible que realice la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito
Federal o, en su caso, designe a un servidor público que lo represente, de conformidad
con los Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes
o Servicios de Uso Generalizado en la Administración Pública del Distrito Federal, así como
para la Centralización de Pagos.
7. Resultado
En la revisión de los expedientes de los procedimientos de licitación pública nacional y de
adjudicación directa realizados por la Delegación Miguel Hidalgo con cargo a las partidas
2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”, por un monto de 1,534.4 miles de pesos;
y 2711 “Vestuario y Uniformes”, por un monto de 300.9 miles de pesos, se observó lo siguiente:
1. El PAAAPS fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de enero
de 2012, en el plazo previsto en el artículo 19 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito
Federal vigente en 2012; e incluye la información correspondiente a las partidas 2611
“Combustibles, Lubricantes y Aditivos” y 2711 “Vestuario y Uniformes” seleccionadas
para su revisión.
2. El proceso de adquisición de aceite para autos se realizó a través de una licitación pública
nacional como sigue:
a) El expediente de la licitación pública nacional se integró con la requisición; bases;
estudios de precios de mercado; actas de aclaración de bases, de recepción de
propuestas, de fallo, de recepción de documentación legal y administrativa; dictamen
de evaluación de propuestas; listas de asistencia de los proveedores; documentación
legal en general; y ofertas técnicas y económicas de los participantes, elaboradas
y entregadas conforme a la normatividad aplicable.
b) Con la requisición de bienes núm. C2012-183 del 1o. de enero de 2012, tramitada
hasta el 22 de junio del mismo año, se solicitó la adquisición de aceite para motor.
30
VOLUMEN 8/17
El formato cuenta con los nombres, cargos y firmas de los servidores públicos adscritos
a la Delegación Miguel Hidalgo responsables de requerir el material (Subdirección de
Servicios Generales) y de autorizar la requisición (Director General de Administración),
y con el sello de “No Existencia” en el almacén por parte del Jefe de Unidad
Departamental de Control de Inventarios del 22 de junio de 2012.
La suficiencia presupuestal por 2,400.0 miles de pesos la otorgó el Subdirector de
Recursos Financieros por medio del formato Asignación de Suficiencia Presupuestal
sin número del 7 de agosto de 2012.
c) La adquisición de referencia no fue sometida a la dictaminación del Comité
Delegacional de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios porque
fue adjudicada por medio de un procedimiento de licitación pública nacional.
d) Para obtener precios de referencia de los bienes a licitar, se realizó un sondeo de
mercado el 14 de mayo de 2012, el cual contiene los nombres, cargos y firmas
de elaborado por el cotizador, de revisado por el Jefe de Unidad Departamental de
Licitaciones y Concursos y de autorizado por el Subdirector de Adquisiciones.
e) La convocatoria del procedimiento licitatorio público núm. 30001026-013-12 emitida
por el titular de la DGA de la Delegación Miguel Hidalgo para adquirir baterías, filtros
y aceite para motor, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 17 de mayo
de 2012.
f) Las bases de la licitación pública nacional reunieron los requisitos que dispone
el artículo 33 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2012.
g) El 25 de mayo de 2012, se llevó a cabo el acto de recepción de sobres y revisión
cuantitativa y cualitativa de la documentación legal y administrativa, así como de las
propuestas técnicas y económicas; participaron cinco proveedores que garantizaron
el sostenimiento de sus propuestas económicas mediante la respectiva póliza de
fianza y se descalificó a un participante. El acto de fallo se realizó el 30 de mayo
del mismo año.
31
VOLUMEN 8/17
h) El contrato núm. 034/ADQ-LPN/DRM/2012 se formalizó con la empresa Collage
Distribuciones, S.A. de C.V., el 30 de mayo de 2012, en la fecha prevista en las
bases de la licitación, con una vigencia a partir de su firma y hasta el 31 de diciembre
de 2012, y por un monto de 2,204.3 miles de pesos, de los cuales 1,534.4 miles de
pesos fueron para la adquisición de aceite para motor y 669.9 miles de pesos para
la adquisición de baterías y filtros para autos.
El 24 de agosto de 2012 se firmó el convenio modificatorio de reducción de monto
del contrato de 2,204.3 miles de pesos a 2,198.6 miles de pesos.
El contrato y el convenio modificatorio reúnen los requisitos mínimos establecidos
en la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento, vigentes en 2012.
i) El proveedor presentó póliza de fianza expedida por Fianzas Aserta, S.A. de C.V.,
a nombre de la SEFIN, de fecha 30 de mayo de 2012, por un importe de 190.0 miles
de pesos, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones a su cargo derivadas
del contrato núm. 034/ADQ-LPN/DRM/2012. La fianza correspondió al 10.0% del
monto total del contrato sin considerar impuestos, en cumplimiento del artículo 73,
fracción III, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2012;
y de la cláusula décima segunda del contrato referido.
3 La adquisición de vestuario se realizó por medio de un procedimiento de adjudicación
directa, como sigue:
a) Con el oficio núm. DRL/2192/2012 del 31 de mayo de 2012, la Dirección de Relaciones
Laborales de la DGADP de la OM autorizó al titular de la DGA de la Delegación Miguel
Hidalgo la liberación de la partida 2711 “Vestuario y Uniformes” para llevar a cabo
la adquisición de vestuario, de conformidad con el numeral 4 de los Lineamientos
Generales para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes o Servicios
de Uso Generalizado en la Administración Pública del Distrito Federal, así como
para la Centralización de Pagos, vigentes en 2012.
b) Con la requisición de bienes núm. C2012-252 del 4 de junio de 2012, se solicitó
la adquisición de zapatos para dama y caballero, chamarras, blusas de vestir para
dama y camisas de algodón para caballero bordadas con logotipos institucionales,
pantalones de vestir para dama y caballero y chalecos de vestir, para el personal
32
VOLUMEN 8/17
eventual y de estructura de las áreas de Control de Acceso, Ventanilla Única
Delegacional y Centro de Servicio y Atención Ciudadana, adscritas a la Dirección
de Transparencia, Servicios y Trámites de la Delegación Miguel Hidalgo. El formato
cuenta con los nombres, cargos y las firmas de los servidores públicos del órgano
político-administrativo responsables de requerir el vestuario institucional (Director
de Personal) y de autorización de la requisición (Director General de Administración)
y con el sello de “No Existencia” en el almacén por parte del Jefe de Unidad
Departamental de Control de Inventarios del 22 de junio de 2012.
La suficiencia presupuestal por 291.9 miles de pesos la otorgó el Subdirector de
Recursos Financieros por medio del formato Asignación de Suficiencia Presupuestal
sin número ni fecha.
c) La adquisición no fue sometida a la dictaminación del Comité Delegacional de
Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios ni requirió de la autorización
del titular del órgano político-administrativo, por tratarse de una adjudicación directa
de acuerdo con los artículos 28 y 55 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito
Federal vigente en 2012.
d) Con oficios sin número del 6 de noviembre de 2012, el órgano político-administrativo
solicitó a tres proveedores participar en el procedimiento de adjudicación directa.
Al respecto, entre el 9 y el 12 de noviembre de 2012, los tres proveedores remitieron
sus cotizaciones al titular de la DGA de la Delegación Miguel Hidalgo, las cuales
reunieron los requisitos previstos en el numeral 4.8.1 de la Normatividad en materia
de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública
del Distrito Federal (Circular Uno Bis), vigentes en 2012.
Con dichas cotizaciones, el 15 de noviembre de 2012, el órgano político-administrativo
elaboró el cuadro comparativo para determinar qué proveedor ofreció las condiciones
más favorables en cuanto a precio, calidad y oportunidad para la Administración Pública
del Distrito Federal, así como para coadyuvar a la eficiencia en el ejercicio del gasto.
e) En el “Dictamen de Adjudicación Directa por artículos 27, inciso C), 28 y 55 de la
Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal” elaborado por el Director de Recursos
Materiales, el Subdirector de Adquisiciones, el Jefe de Unidad Departamental de
33
VOLUMEN 8/17
Adquisiciones Directas y el Director de Personal el 15 de noviembre de 2012, el órgano
político-administrativo fundamentó la adquisición por adjudicación directa al no exceder
los montos de actuación establecidos en el Decreto de Presupuesto de Egresos
del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012.
f) El contrato núm. 052/ADQ-AD/DRM/2012 se formalizó con Industrias Corp,
S.A. de C.V., el 15 de noviembre de 2012, por un importe de 300.9 miles de pesos
(IVA incluido) y una vigencia del 15 de noviembre al 31 de diciembre de 2012.
El contrato se formalizó previo a la adquisición del vestuario, en cumplimiento del
artículo 59 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2012, y reúne
los requisitos establecidos en la citada Ley y su Reglamento, vigentes en 2012.
g) La Delegación Miguel Hidalgo eximió al proveedor de presentar la fianza de
cumplimiento, con fundamento en el artículo 74 de la Ley de Adquisiciones para
el Distrito Federal vigente en 2012.
4. En la declaración núm. II.8 de los dos contratos seleccionados para su revisión, los dos
proveedores manifestaron bajo protesta de decir verdad que no estaban sancionados
por la CGDF ni por la SFP. Al respecto, se verificó en las páginas de internet de
la SFP y de la CGDF (http://rsps.gob.mx/sancionados/publica/buscapublicas.jsp
y http://www.contraloria.df.gob.mx/wb/cg/historico) que los citados contratistas no tuvieron
impedimento para participar en procedimientos de contratación con el Gobierno del Distrito
Federal; es decir, que no estuvieron inhabilitados en el ejercicio de 2012.
5. En declaración núm. II.2 de los contratos celebrados con los dos proveedores seleccionados
para su revisión, éstos manifestaron que estaban al corriente en el pago de sus impuestos,
aprovechamientos y productos referidos en el Código Fiscal del Distrito Federal vigente
en 2012.
Por lo expuesto, se concluye que las adquisiciones de combustible y de vestuario se incluyeron
en el PAAAPS, debió contar con autorización presupuestal autorizada a la suscripción del
contrato núm. 034/ADQ-LPN/DRM/2012, incluyo sondeo de mercado y cuadro comparativo
34
VOLUMEN 8/17
de cotizaciones, y se llevaron a cabo de conformidad con la Ley de Adquisiciones para el
Distrito Federal y su Reglamento; asimismo, los contratos fueron suscritos con proveedores
que no estuvieron inhabilitado por la CGDF ni por la SFP y que no han incumplido sus
obligaciones fiscales.
Gasto Devengado
8. Resultado
Para verificar si la Delegación Miguel Hidalgo reconoció las obligaciones de pago a favor
de Consorcio Gasolinero Plus, S.A. de C.V., y de Collage Distribuciones, S.A. de C.V.,
por la recepción de conformidad del combustible (gasolina y diésel) y aceite para motor,
respectivamente, que amparan los contratos de adquisición núms. DAS-08-2012
y 034/ADQ-LPN/DRM/2012, en ese orden, por un total de 39,643.3 miles de pesos
(IVA incluido), se revisó la documentación que soporta el cumplimiento de dichos contratos
y se observó lo siguiente:
1. Contrato núm. DAS-08-2012 formalizado con Consorcio Gasolinero Plus, S.A. de C.V.,
para el abastecimiento de combustible (gasolina y diésel):
a) El sistema de control utilizado por la Delegación Miguel Hidalgo para abastecer de
combustible a las unidades de su parque vehicular fue a través de tarjetas de chip
y de tag, y que los reportes quincenales descargados de la página web, en los
que se desglosa la cantidad de litros de combustible consumidos, cuentan con la
validación del Director de Servicios Generales del órgano político-administrativo,
la cual se formalizó a través de los oficios con los que se solicitó a la DGRMSG
de la OM el pago por el suministro de combustible.
La cláusula primera, “Objeto”, del contrato, establece que “‘El Proveedor’ se obliga
al abastecimiento de combustible (gasolina y diésel) a los vehículos y/o maquinaria
propiedad y/o a cargo de el ‘GDF' asignados a las […] delegaciones […] identificadas
en anexo 1, de acuerdo a sus necesidades específicas, en los términos y condiciones
del presente contrato y de conformidad con el sistema de control establecido en
el anexo 2, mismos que son parte integrante del presente instrumento jurídico”; y el
numeral 3.3, “Facturación”, de la cláusula tercera, “Pago”, del contrato, señala que
35
VOLUMEN 8/17
“‘El Proveedor’ se obliga a acreditar y proporcionar a las unidades administrativas
solicitantes que les provee, un reporte por escrito desglosado con la cantidad de litros
consumidos de combustible de gasolina y diésel por separado a la quincena, el cual
deberá ser validado por el servidor público responsable del control de combustible
de la unidad administrativa correspondiente del GDF a la que esté asignado el
vehículo y/o maquinaria; dicha validación deberá contener nombre, firma y cargo.
Opcionalmente, el reporte estará disponible en la página web www.hidrosina.com.mx,
para lo cual el proveedor proporcionará al GDF las contraseñas que requiera, cuando
así lo considere el GDF, podrá sustituir al reporte entregado en papel”.
b) La Delegación Miguel Hidalgo no designó al personal que realizaría la supervisión
del abastecimiento del combustible en 2012, toda vez que ya había sido designado
con antelación a dicho ejercicio, según lo señaló el Jefe de Unidad Departamental
de Control Vehicular y Maquinaria en su tarjeta informativa sin número del 4 de
febrero de 2014.
Además, informó que “la función que desempeñan los supervisores de combustible
[consiste] exclusivamente en verificar que el suministro de gasolina y diésel se realice
a los vehículos oficiales detallados en las bitácoras de carga, que se les suministre
la cantidad que marca en dicha bitácora y que los operadores sean trabajadores
de la Delegación Miguel Hidalgo; referente a la verificación en cuanto que los litros de
combustible contengan 1,000 ml completos, compete a la Procuraduría Federal del
Consumidor realizar esta revisión”.
En la reunión de confronta, celebrada el 10 de marzo de 2014, el titular de la Dirección
General Jurídica y de Servicios Legales de la Delegación Miguel Hidalgo, en su
carácter de representante del titular del órgano político-administrativo, no presentó
información relacionada con la presente observación, por lo ésta que no se modifica.
Por no designar a un servidor público para supervisar el abastecimiento del combustible,
la Delegación Miguel Hidalgo incumplió la cláusula quinta, “Supervisión”, del contrato,
la cual establece que el proveedor permitiría que el usuario realizara la supervisión
permanente o periódica del abastecimiento del combustible (gasolina y diésel),
por medio de servidores públicos adscritos a la Delegación, a efecto de verificar
36
VOLUMEN 8/17
que los litros abastecidos de combustible fueran de 1,000 mililitros, que el sistema
de control y registro de cargas funcionara adecuadamente y que el abastecimiento de
combustible (gasolina y diésel) se efectuara de forma ágil.
c) La Delegación Miguel Hidalgo dispuso de controles para definir la asignación y entrega
de combustible a su parque vehicular, los cuales se relacionan a continuación:
● Padrón con 649 vehículos, que incluye: número de placa, marca, tipo, modelo,
número de serie y cilindros del vehículo; dotación mensual de combustible por tipo
de vehículo; área específica donde está resguardado y resguardante.
● Tarjetas de chip y de tag utilizadas a fin de garantizar el suministro de combustible
sólo al vehículo registrado en el parque vehicular del órgano político-administrativo.
● Informes quincenales de consumo de combustible elaborados por la empresa
que abastece el combustible para registrar todas las operaciones realizadas
en un período, los cuales se concilian y validan por la Unidad Departamental
de Control Vehicular y Maquinaria.
● Autorización de la dotación adicional de combustible por la Dirección de Servicios
Generales con el visto bueno del titular de la DGA del órgano político-administrativo.
● Formato FO3 P-DGAD-03 Rev-1 para suspensión de la dotación de combustible
de los vehículos que están fuera de servicio.
d) Respecto a la autorización de la asignación de dotación de combustible
al parque vehicular del órgano político-administrativo por parte del titular de
la DGA, el Jefe de Unidad Departamental de Contabilidad, mediante el oficio
núm. DMH/DGA/DRF/UDC/51/2013 del 4 de diciembre de 2013, señaló que no fue
localizada.
En la reunión de confronta, celebrada el 10 de marzo de 2014, el titular de la Dirección
General Jurídica y de Servicios Legales de la Delegación Miguel Hidalgo, en su carácter
de representante del titular del órgano político-administrativo, presentó el oficio
núm. DMH/DGA/173/2014 del 10 de marzo de 2014, al que adjuntó la tarjeta informativa
37
VOLUMEN 8/17
del 4 diciembre de 2012, por medio de la cual el titular de la DGA y el Director
de Servicios Generales remitieron a Consorcio Gasolinero Plus, S.A. de C.V.,
el padrón vehicular del órgano político-administrativo que incluyó las dotaciones
autorizadas al mes de diciembre de 2012, y le informó que son “las mismas con las
que ha venido trabajando durante años anteriores y con las que seguirá suministrando
combustible a cada uno de los vehículos incluidos en el padrón de referencia”;
sin embargo, no proporcionó la autorización de la asignación de combustible
correspondiente a 2012, sino la que aplicaría el proveedor del combustible en el
ejercicio de 2013, por lo que la presente observación no se modifica.
Por no contar con la autorización de la asignación de la dotación de combustible
al parque vehicular de 2012, no se racionalizó ni optimizó su uso; en consecuencia,
el órgano político-administrativo incumplió el numeral 7.7.4 de la Normatividad en materia
de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública
del Distrito Federal (Circular Uno Bis) vigente en 2012, que establece lo siguiente:
“7.7.4 Los vehículos terrestres para uso oficial de servidores públicos, así como la
dotación de combustible, serán asignados de acuerdo a la siguiente disposición, salvo
aquellos que la Jefa o Jefe Delegacional considere fuera de la misma:
”La DGAD bajo su absoluta responsabilidad asignará la dotación de combustible,
siempre que ésta se encuentre plenamente justificada contra kilometraje recorrido,
consumo de combustible y bitácoras de servicios diarios, firmadas por el responsable
del vehículo, considerando recorridos con origen y destino. Las Delegaciones,
implantarán las medidas necesarias para que los servidores que tengan asignados
vehículos públicos, no puedan destinar la dotación de combustible para vehículos
particulares u otros fines.”
e) La partida 2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos” está supeditada a criterios de
racionalidad, austeridad, economía, eficiencia y disciplina presupuestales; y se sujetará
a las necesidades básicas del servicio, conforme a lo establecido en los artículos 22
del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal y 83 de la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigentes en 2012. Al respecto,
se observó lo siguiente:
38
VOLUMEN 8/17
● El Jefe Delegacional en Miguel Hidalgo emitió el Programa de Austeridad 2012,
y lo remitió a la OM en el plazo previsto en el numeral 2, “Programa de Austeridad”,
de los Lineamientos con los que se dictan Medidas de Austeridad, Racionalidad
y Disciplina Presupuestal para Contener el gasto en la Administración Pública
del Distrito Federal publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 5 de
marzo de 2012, y en el oficio circular núm. OM/DRMSD/013/2012 emitido
por la DGRMSG de la OM para prorrogar al 30 de marzo de 2012, la fecha
de entrega del citado programa de austeridad.
● Con el oficio núm. DMH/DGA/568/12 del 22 de mayo de 2012, el titular de la DGA
de la Delegación Miguel Hidalgo informó a la OM el monto de las economías
obtenidas en el primer trimestre de 2012, en cumplimiento del numeral 2,
“Programa de Austeridad”, último párrafo, de los Lineamientos con los que se
dictan Medidas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestal para
Contener el gasto en la Administración Pública del Distrito Federal vigentes
en 2012, que establece: “Toda economía obtenida, los DGA deberán informarla
a la Oficialía, en el reporte del cierre del primer trimestre 2012, acompañado
de las afectaciones presupuestales correspondientes, con el propósito de que
dichos ahorros se vean reflejados en reducciones presupuestales a las partidas
de gasto que correspondan”.
● La Delegación Miguel Hidalgo no redujo de un 20.0% hasta un 40.0% el consumo
de combustible de las 56 unidades de su parque vehicular destinado a funciones de
carácter administrativo de marzo a diciembre de 2012 ni proporcionó evidencia
de haber informado bimestralmente a la OM las medidas tomadas para
instrumentar alguna medida para lograr dicha reducción.
Lo anterior, se determinó al analizar el comportamiento del consumo de combustible
de las 56 unidades del parque vehicular del órgano político-administrativo destinado
a desarrollar funciones de carácter administrativo, asentado en los reportes
quincenales de abastecimiento de combustible emitidos por el proveedor, como
se relaciona a continuación:
39
VOLUMEN 8/17
(Litros)
Mes Consumo de combustible Variación
Del mes anterior Del mes Litros %
Marzo 5,388.8 6,301.0 912.2 16.9
Abril 6,301.0 4,636.7 (1,664.3) (26.4)
Mayo 4,636.7 5,481.8 845.1 18.2
Junio 5,481.8 6,011.5 529.7 9.7
Julio 6,011.5 6,108.8 97.3 1.6
Agosto 6,108.8 6,128.2 19.4 0.3
Septiembre 6,128.2 5,484.1 (644.1) (10.5)
Octubre 5,484.1 5,750.7 266.6 4.9
Noviembre 5,750.6 5,580.1 (170.5) (3.0)
Diciembre 5,580.1 4,637.6 (942.5) (16.9)
En la reunión de confronta, celebrada el 10 de marzo de 2014, el titular de la
Dirección General Jurídica y de Servicios Legales de la Delegación Miguel Hidalgo,
en su carácter de representante del titular del órgano político-administrativo,
no presentó información relacionada con la presente observación, por lo que
ésta no se modifica.
Por no haber reducido el consumo de combustible en los porcentajes indicados,
el órgano político-administrativo incumplió el numeral 3, “Combustible”, segundo
párrafo, de los Lineamientos con los que se dictan Medidas de Austeridad,
Racionalidad y Disciplina Presupuestal para Contener el gasto en la Administración
Pública del Distrito Federal vigentes en 2012, que establece: “Las […] delegaciones
[…] deberán reducir de un 20% hasta un 40% el consumo de combustible del
parque vehicular destinado a desarrollar funciones de carácter administrativo, la
instrumentación de esta medida deberá ser informada a la Oficialía bimestralmente,
a partir del 1o. de marzo de 2012”.
● Del análisis a los reportes quincenales de abastecimiento de combustible,
se observó que la Delegación Miguel Hidalgo no suspendió el consumo de
combustible (gasolina magna) de los vehículos asignados a sus mandos
superiores (Directores de Área, Directores Generales y Jefe Delegacional),
los cuales consumieron un monto de 466.6 miles de pesos de marzo a diciembre
de 2012, como se indica a continuación:
40
VOLUMEN 8/17
(Miles de pesos)
Matrícula Cargo del servidor público de mando superior que resguardó el vehículo Importe
259YBL Director Ejecutivo de Enlace Delegacional 22.0
572VHU Director Ejecutivo de Enlace Delegacional 22.6
939YDP Director Ejecutivo de Enlace Delegacional 4.2
563TFF Directora de Desarrollo Social 5.5
190UVB Director Ejecutivo de Comunicación Social 14.0
125YDR Director Ejecutivo de Comunicación Social 13.3
735YME Director General de Seguridad Ciudadana 11.8
606WTK Director General de Gobierno y Participación Ciudadana 0.5
588XNJ Director General de Gobierno y Participación Ciudadana 8.2
905YDP Director de Participación Ciudadana 7.5
259TWL Director de Participación Ciudadana 1.9
1277CF Director de Verificación y Reglamentos 11.6
923TRJ Director de Verificación y Reglamentos 11.3
8021BZ Director de Verificación y Reglamentos 10.0
1353CF Director de Verificación y Reglamentos 7.4
2781CF Director de Verificación y Reglamentos 7.7
766PNL Director de Verificación y Reglamentos 4.0
1121CF Director de Jurídico 7.6
647XLS Director General 0.6
241WTK Director de Recursos Materiales 14.4
2142CA Director de Servicios Generales 12.3
986YDP Director de Personal 11.5
957YDP Director de Personal 13.2
604XXM Director de Recursos Financieros 5.6
201XXN Director de Recursos Materiales 6.2
890YDP Director de Informática 5.6
706WHB Director General de Obras y Desarrollo Urbano 39.8
540SLG Director General de Obras y Desarrollo Urbano 12.6
2817CF Director de Obras 39.6
444SUT Director de Desarrollo Urbano 2.1
852PCD Director de Desarrollo Urbano 10.6
527VSV Director de Limpia 12.3
436PKG Director de Limpia 50.0
290VLF Director de Infraestructura 2.8
4516CJ Director de Mejoramiento Urbano 7.8
463TRD Director Ejecutivo de Enlace Delegacional 25.6
999YAV Director Ejecutivo de Cultura 0.8
462YBM Director Ejecutivo de Cultura 22.0
Total 466.6
En la reunión de confronta, celebrada el 10 de marzo de 2014, el titular de la
Dirección General Jurídica y de Servicios Legales de la Delegación Miguel Hidalgo,
en su carácter de representante del titular del órgano político-administrativo,
no presentó información relacionada con la presente observación, por lo que
ésta no se modifica.
41
VOLUMEN 8/17
Por haber dotado de combustible a vehículos asignados a sus mandos superiores,
la Delegación Miguel Hidalgo incumplió el numeral 3, “Combustible”, tercer
párrafo, de los Lineamientos con los que se dictan Medidas de Austeridad,
Racionalidad y Disciplina Presupuestal para Contener el gasto en la Administración
Pública del Distrito Federal, que establece: “Queda suspendido el suministro
de combustible a los vehículos asignados a los mandos superiores de las […]
delegaciones […] a excepción del titular de la Jefatura de Gobierno”.
Además, el órgano político-administrativo dotó de combustible a 21 vehículos
y 9 depósitos por un monto de 1,386.6 miles de pesos que no formaron parte
de su padrón vehicular, los cuales se relacionan a continuación:
(Miles de pesos)
Matrícula/Referencia Tipo de combustible Litros abastecidos Monto anual abastecido
561WHB Magna 3,595.34 36.5
5TAMB Magna 106.00 1.2
606WKT Magna 6,270.54 64.5
638ES Magna 508.00 5.2
639ES Magna 408.00 4.2
640ES Magna 545.00 5.6
641ES Magna 527.00 5.4
730UWB Magna 1,366.02 13.8
956YAZ Magna 2,780.16 28.6
A1TAMBO * Magna 4,133.00 42.6
A2TAMBO * Magna 4,813.00 51.2
B773 Magna 6,887.00 73.6
BITRI02 Magna 150.00 1.6
BOB004 Magna 94.00 1.0
CINE01 Magna 7,394.00 79.3
DEST01 Magna 2,230.00 22.9
DRE111 Magna 700.00 7.4
DRENOT Magna 644.00 6.9
EU1TAMBO * Magna 3,770.00 38.7
EU2TAMBO * Magna 8,242.00 87.4
EVANS1 Magna 240.00 2.5
PAN1TAMB * Magna 6,335.00 64.7
PAN2TAMB * Magna 714.00 7.5
PYJ1 Magna 32,910.00 338.5
PYJ2 Magna 8,150.00 86.7
RETEX1 Magna 3,568.00 38.5
SOL020 Magna 1,034.00 10.7
TAMBO * Diésel 4,474.00 47.7
VEH4TAMB * Magna 13,921.05 143.1
VEH5TAMB * Diésel 6,471.85 69.1
Total
1,386.6
* Es un depósito de combustible.
42
VOLUMEN 8/17
En la reunión de confronta, celebrada el 10 de marzo de 2014, el titular de la
Dirección General Jurídica y de Servicios Legales de la Delegación Miguel Hidalgo,
en su carácter de representante del titular del órgano político-administrativo,
entregó el oficio núm. DMH/DGA/173/2014 del 10 de marzo de 2014, con el cual
el Director General de Administración remitió copia de 12 oficios de diversas
fechas de 2012, con los que diferentes áreas del órgano político-administrativo
requirieron al Jefe de Unidad Departamental de Control Vehicular combustible
para vehículos y maquinaria; sin embargo, no proporcionó evidencia de que dichas
solicitudes hayan sido autorizadas por el titular de la DGA de la Delegación
Miguel Hidalgo ni de que la información contenida en dichos oficios correspondiera
a los vehículos y depósitos observados, por lo que la observación no se modifica.
Por haber dotado de combustible a vehículos que no formaron parte de su padrón
vehicular y a depósitos para su posterior suministro, se considera que se trató de
un compromiso no devengado, por lo que la Delegación Miguel Hidalgo incumplió
el artículo 69, fracción I, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito
Federal vigente en 2012, que establece lo siguiente:
“Las […] Delegaciones […] deberán cuidar, bajo su responsabilidad, que los pagos
que autoricen con cargo a sus presupuestos aprobados se realicen con sujeción
a los siguientes requisitos:
”I. Que correspondan a compromisos efectivamente devengados con excepción
de los anticipos previstos en esta Ley y en otros ordenamientos aplicables.
”La DGAD deberá mantener actualizado el padrón vehicular asegurable.”
● La Delegación Miguel Hidalgo no elaboró las bitácoras de consumo de combustible
de su parque vehicular, en donde debía establecer la dotación de gasolina
mensual, el kilometraje diario recorrido y el rendimiento de la gasolina, que le
permitiría reducir el uso de vehículos y evitar el consumo de combustible mayor
a la dotación autorizada. Al respecto, mediante el oficio núm. DGA/DRF/367/2013
43
VOLUMEN 8/17
del 29 de noviembre de 2013, la Directora de Recursos Financieros remitió
el oficio circular núm. DSG/MAHS/2020/2013 del 27 de noviembre de 2013,
con el cual el Director de Servicios Generales informó que la Unidad de Control
Vehicular y Maquinaria implementó este control a partir del 1o. de enero de 2013,
razón por la cual no se cuenta con dicha información.
En la reunión de confronta, celebrada el 10 de marzo de 2014, el titular de la
Dirección General Jurídica y de Servicios Legales de la Delegación Miguel Hidalgo,
en su carácter de representante del titular del órgano político-administrativo,
no presentó información relacionada con la presente observación, por lo que
ésta no se modifica.
Por no elaborar las bitácoras de consumo de combustible de su parque vehicular,
la Delegación Miguel Hidalgo incumplió el numeral 7.7.4 de la Normatividad
en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la
Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis) y el numeral 3,
“Combustible”, quinto párrafo, de los Lineamientos con los que se dictan
Medidas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestal para contener
el gasto en la Administración Pública del Distrito Federal vigentes en 2012.
El numeral 3, “Combustible”, establece que “el control del uso de vehículos deberá
establecer la dotación de gasolina mensual que corresponda a cada vehículo
en concordancia con el calendario presupuestal, el kilometraje diario recorrido,
el rendimiento por litro/kilometraje, marca, tipo y modelo, a efecto de que se
detecten variaciones, que permita preventivamente reducir el uso del vehículo
y se evite el consumo de combustible mayor a la dotación designada”.
● Del análisis a los reportes quincenales de abastecimiento de combustible emitidos
por el proveedor, se determinó que el órgano político-administrativo no redujo
en promedio mensual el 20.0% de su consumo de combustible y, por consiguiente,
el uso de su parque vehicular, como se muestra a continuación:
44
VOLUMEN 8/17
(Litros)
Mes
Consumo mensual de combustible
Variación mensual de combustible
Del mes anterior Del mes Litros %
Marzo 288,549.99 309,494.43 20,944.44) 7.3)
Abril 309,494.43 287,661.55 (21,832.88) (7.1)
Mayo 287,661.55 311,707.42 24,045.87) 8.4)
Junio 311,707.42 291,464.85 (20,242.57) (6.5)
Julio 291,464.85 303,373.62 11,908.77) 4.1)
Agosto 303,373.62 310,955.74 7,582.12) 2.5)
Septiembre 310,955.74 284,877.96 (26,077.78) (8.4)
Octubre 284,877.96 334,882.22 50,004.26) 17.6)
Noviembre 334,882.22 313,043.36 (21,838.86) (6.5)
Diciembre 313,043.36 273,678.20 (39,365.16) (12.6)
En la reunión de confronta, celebrada el 10 de marzo de 2014, el titular de la
Dirección General Jurídica y de Servicios Legales de la Delegación Miguel Hidalgo,
en su carácter de representante del titular del órgano político-administrativo,
no presentó información relacionada con la presente observación, por lo que
ésta no se modifica.
Por no suspender el consumo de combustible (gasolina y diésel), por 466.6 miles
de pesos, de los vehículos asignados a sus mandos superiores, no reducir el
consumo de combustible de 56 unidades de su parque vehicular destinadas
a funciones de carácter administrativo ni del resto de unidades de su parque
vehicular en el porcentaje fijado, así como dotar de combustible a 21 vehículos
y nueve depósitos por un monto de 1,386.6 miles de pesos que no formaron
parte de su padrón vehicular y no elaborar las bitácoras de consumo de
combustible de las unidades de su parque vehicular que le permitirían reducir
el uso de vehículos, la Delegación Miguel Hidalgo incumplió el numeral 3,
“Combustible”, sexto párrafo, de los Lineamientos con los que se dictan Medidas
de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestal para Contener el gasto
en la Administración Pública del Distrito Federal vigentes en 2012, que establece:
“Todas las unidades vehiculares deberán pernoctar en las instalaciones de las
unidades administrativas, se deberá reducir en promedio mensual el 20% del uso
del parque vehicular oficial”.
45
VOLUMEN 8/17
f) Con la finalidad de verificar que en los períodos en que los vehículos hayan estado
siniestrados o en reparación no hubieren recibido combustible (gasolina magna y
diésel), se seleccionaron 83 expedientes correspondientes a igual número de vehículos;
sin embargo, los expedientes sólo cuentan con copia de la factura, de la tarjeta de
circulación y del pago de tenencia vehicular y no contienen la información relativa
a las reparaciones, bajas y siniestros que, en su caso, hubiesen en 2012.
Con los oficios núms. ASC/D“C”A/DMH/13/008 del 28 de noviembre de 2013,
ASC/D“C”A/DMH/13/011 del 19 de diciembre de 2013 y ASC/D“C”A/DMH/14/013
del 28 de enero de 2014, la CMHALDF solicitó a la Delegación Miguel Hidalgo la
información de las reparaciones (correctiva y preventiva) y, en su caso, de las bajas
y de los siniestros de los 83 vehículos seleccionados para su revisión. Al respecto,
mediante el oficio núm. DSG/MAHS/186/2014 del 4 de febrero de 2014, el Director de
Servicios Generales informó que en los expedientes “no se anexaron los informes
de mantenimiento correctivo, preventivo y siniestros derivado de que en la gestión
anterior no se llevaba una administración pulcra y organizada, por lo cual únicamente
existen expedientes con documentos fiscales y no contaban con la información total del
vehículo. Por lo anterior, la información solicitada no se encuentran en los expedientes;
sin embargo, se encuentran buscándolos minuciosamente los documentos […] para
integrarlos en los expedientes”.
Mediante el oficio núm. DGA/DRF/SOF/UDC/61/2013 del 30 de diciembre de 2013,
la Delegación Miguel Hidalgo remitió los informes de siniestro y de mantenimiento
preventivo y correctivo remitidos a la OM, que incluyeron los períodos en que los
vehículos se encontraron en reparación; de su revisión, se determinó que durante
el período de reparación, los 83 vehículos seleccionados no consumieron combustible.
En la reunión de confronta, celebrada el 10 de marzo de 2014, el titular de la
Dirección General Jurídica y de Servicios Legales de la Delegación Miguel
Hidalgo, en su carácter de representante del titular del órgano político-administrativo,
no presentó información relacionada con la presente observación, por lo que ésta no
se modifica.
46
VOLUMEN 8/17
Por no contar con expedientes de vehículos integrados con la información relativa
a las reparaciones, bajas y siniestros que, en su caso, hubiesen tenido, la Delegación
Miguel Hidalgo incumplió el artículo 16, inciso c), del Tercer Lineamiento, “Actividades
de Control”, de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración
Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
el 9 de abril de 2007, vigentes en 2012, que dispone lo siguiente:
“Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno son los
siguientes: […]
”Tercer Lineamiento: Actividades de Control […]
”Un adecuado control debe considerar los siguientes aspectos […]
”c) Documentación. La estructura del sistema de control interno y todos sus procesos
y operaciones deben estar perfectamente documentados y la documentación debe
estar disponible para su verificación.”
g) Del análisis a los Reportes Trimestrales del Costo de Consumo de Combustible
remitidos a la DGRMSG adscrita a la OM, por medio de los oficios
núms. DSG/JBB/559/2012 y DSG/JBB/559/2012 del 7 de julio de 2012,
DMH/DGA/GSBG/1448/2012 del 31 de octubre de 2012, y DMH/DGA/1448/2013
del 24 de enero de 2013, se determinó una diferencia de 31.9 miles de pesos entre
el importe informado a la OM (38,140.8 miles de pesos), y el pagado al proveedor
a través de CLC (38,108.9 miles de pesos).
Al respecto, mediante su oficio núm. UDCVM/NIR/064/2014 del 29 de enero de 2014,
el Jefe de Unidad Departamental de Control Vehicular y Maquinaria, responsable de
validar la información contenida en los citados reportes, informó que “la diferencia se
localiza en las notas de crédito […] mismas que […] no reporta […] derivado a que
desconoce en qué momento y en qué forma la Dirección General de Servicios
Generales de la Oficialía Mayor llevará a cabo su aplicación”; sin embargo, a la
fecha de presentación del envío de los informes, las notas de crédito ya habían sido
aplicadas por la OM en los pagos correspondientes.
47
VOLUMEN 8/17
En la reunión de confronta, celebrada el 10 de marzo de 2014, el titular de la Dirección
General Jurídica y de Servicios Legales de la Delegación Miguel Hidalgo, en su
carácter de representante del titular del órgano político-administrativo, entregó el
oficio núm. DMH/DGA/173/2014 del 10 de marzo de 2014, con el cual el Director
General de Administración remitió la nota informativa sin número del 10 de marzo
de 2014, en la que informó que “no corresponde a esta UR la información de lo
efectivamente pagado por CLC, en lo referente a combustible por ser un gasto
centralizado [y que] la información invocada hace referencia al informe de kilometraje
recorrido, costo de consumo de combustibles y lubricantes del parque vehicular,
clasificado por su uso, los cuales se incluyen dentro de los expedientes de los
vehículos”. No obstante lo informado, se determinó que los Reportes Trimestrales
del Costo de Consumo de Combustible que muestran la información indicada
por el Director General de Administración, presenta las diferencias señaladas
en la observación del presente inciso, por lo que ésta no se modifica.
Por no presentar los Reportes Trimestrales del Costo de Consumo de Combustible
antes referidos con el costo del combustible real, la Delegación Miguel Hidalgo
incumplió el apartado 7.8, “Mantenimiento y Conservación del Parque Vehicular”,
numeral 7.8.4, inciso b), de la Normatividad en materia de Administración de
Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal
(Circular Uno Bis) vigente 2012, que establece: “La DGAD, enviará trimestralmente,
en medio electrónico (disco compacto) de conformidad con el formato autorizado,
a la DSG […] b) Informe de kilometraje recorrido, costo de consumo de combustibles
y lubricantes del parque vehicular, clasificado por su uso, de conformidad con las
partidas del concepto 3500 ‘Servicios de Instalación, Reparación, Mantenimiento
y Conservación’ del Clasificador por Objeto del Gasto”.
h) Con la finalidad de verificar que el monto y el número de litros de combustible
asentados en los Reportes Trimestrales del Gasto de Consumo de Combustible,
correspondiera al total de litros cargados por los vehículos del órgano político-
administrativo en cada toma de las estaciones de servicio de Consorcio Gasolinero
Plus, S.A. de C.V., que suministraron el combustible, se revisaron los tickets que
amparan el suministro de combustible por 38,108.9 miles de pesos; sin embargo,
48
VOLUMEN 8/17
la Delegación Miguel Hidalgo no proporcionó 266 tickets que ampararon
13,104.53 litros de combustible (gasolina) suministrados a 76 vehículos, por un monto
de 136.1 miles de pesos.
Con el oficio núm. ASC/D“C”A/DMH/14/013 del 28 de enero de 2014, se solicitaron
a la Delegación Miguel Hidalgo los 266 tickets de referencia; sin que a la fecha
en que la fase de ejecución de la auditoría estaba en curso (28 de febrero de 2014)
los haya remitido.
En la reunión de confronta, celebrada el 10 de marzo de 2014, el titular de la Dirección
General Jurídica y de Servicios Legales de la Delegación Miguel Hidalgo, en su carácter
de representante del titular del órgano político-administrativo, no presentó información
relacionada con la presente observación, por lo que ésta no se modifica.
Por no remitir 266 tickets que ampararon 13,104.53 litros de combustible (gasolina)
suministrados a 76 vehículos por un monto de 136.1 miles de pesos, el órgano
político-administrativo no demostró que dicho importe fuera devengado, por lo que
incumplió el artículo 69, fracción I, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal vigente en 2012.
2. Contrato núm. 034/ADQ-LPN/DRM/2012 formalizado con Collage Distribuciones,
S.A. de C.V., para la adquisición de aceite para motor:
a) Los bienes fueron entregados por el proveedor al órgano político-administrativo
el 15 de junio y 13 de agosto de 2012, según los sellos de recepción de material del
Almacén Central plasmados en las notas de remisión del proveedor del 15 de junio
y 10 de agosto del mismo año, en cumplimiento del anexo único del contrato, en el cual
se indicó que el proveedor entregaría 61 tambos de aceite hidráulico, 53 tambos
de aceite para motor a diésel y 12 tambos de aceite para motor a gasolina por un
monto de 1,534.4 miles de pesos; el 50.0% de los materiales entre el 11 y 15 de junio
de 2012 y el otro 50.0% entre el 13 y 17 de agosto de ese año.
El registro de entrada al almacén se realizó con los formatos “Entrada de Almacén”
con folios A-47 y A-93 del 15 de junio y 13 de agosto de 2013, respectivamente,
49
VOLUMEN 8/17
los cuales están firmados por el Jefe de Unidad Departamental de Control de
Inventarios y por el encargado del Almacén Central.
b) Con las notas de cargo (salida de almacén) núms. 376 del 22 de junio, 460 del 21 de
agosto, 489 del 7 de septiembre, 520 del 17 de septiembre, 676 del 14 de noviembre
y 780 del 21 de diciembre, todos de 2012, y 53 del 20 de febrero, 127 del 27 de
marzo, 136 del 4 de abril y 233 del 9 de mayo, todos de 2013, se registró la salida
de 126 tambos de aceite para motor (61 de aceite hidráulico, 53 de aceite para motor
a diésel y 12 de aceite para motor a gasolina).
Se observó que 89 tambos de aceite para motor (48 de aceite hidráulico, 33 de
aceite para motor a diésel y 8 de aceite para motor a gasolina) permanecieron más
de 90 días naturales en el almacén, toda vez que no se suministraron a más tardar
el 11 de noviembre de 2012, y no se presentó evidencia de haber justificado dicha
situación ante la Dirección de Almacenes e Inventarios de la OM.
En la reunión de confronta, celebrada el 10 de marzo de 2014, el titular de la Dirección
General Jurídica y de Servicios Legales de la Delegación Miguel Hidalgo, en su carácter
de representante del titular del órgano político-administrativo, no presentó información
relacionada con la presente observación, por lo que ésta no se modifica.
Por haber permanecido en el almacén 89 tambos de aceite para motor (48 de aceite
hidráulico, 33 de aceite para motor a diésel y 8 de aceite para motor a gasolina),
más de 90 días naturales sin haberlo justificado ante la Dirección de Almacenes
e Inventarios de la OM, el órgano político-administrativo incumplió la norma 62, párrafos
segundo y tercero, de las Normas Generales de Bienes Muebles de la Administración
Pública del Distrito Federal, vigentes en 2012, que establecen lo siguiente:
“Con el fin de prever la cantidad necesaria de los artículos y materiales en existencia
y conservar la calidad de los mismos, las DGA deberán considerar un plazo máximo
para la permanencia de bienes en almacén de […] 90 días naturales para bienes
de consumo, con el fin de prever la cantidad necesaria y conservar la calidad de los
mismos.
50
VOLUMEN 8/17
”En el caso de bienes que permanezcan en el almacén mayor tiempo de lo señalado
en el párrafo anterior y que por sus características específicas o por su situación en
particular, no deban ser considerados de lenta y/o nula rotación, deberán de justificar
su permanencia en el almacén e informar a la DAI en los reportes correspondientes.”
c) El control del abastecimiento del aceite para motor con el número de inventario
C51020004 por medio de kardex, estuvo a cargo del Jefe de Unidad Departamental de
Control de Inventarios, en cumplimiento de la norma 14 de las Normas Generales
de Bienes Muebles de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2012.
Por lo anterior, se concluye que el órgano político-administrativo otorgó el abastecimiento de
combustible mediante tarjetas de chip y de tag, contó con reportes quincenales de consumo
de combustible emitidos por el proveedor, dotó de combustible a los vehículos seleccionados
para su revisión que no estuvieron en reparación y reportó trimestralmente el costo de
consumo de combustible a la DGRMSG adscrita a la OM; sin embargo, no designó en 2012
al personal que supervisaría que los litros abastecidos de combustible hayan sido de
1,000 mililitros, el titular de la DGA del órgano político-administrativo no autorizó la asignación
de dotación de combustible del parque vehicular de la delegación; no redujo de un 20.0%
hasta un 40.0% el consumo de combustible de las unidades de su parque vehicular destinado
a funciones de carácter administrativo ni informó bimestralmente a la OM las medidas tomadas
para alcanzar dicha reducción, no suspendió el consumo de combustible por 466.6 miles
de pesos a vehículos asignados a sus mandos superiores, no debió otorgar combustible
por 1,386.6 miles de pesos a 21 vehículos y nueve depósitos que no formaron parte de su
padrón vehicular, no elaboró las bitácoras de consumo de combustible de su parque vehicular
que le permitieran reducir el uso de vehículos y evitar el consumo de combustible mayor a
la dotación autorizada, no redujo en un promedio mensual del 20.0% el uso de su parque
vehicular, no integró los expedientes de los vehículos con información relativa a las reparaciones,
bajas y siniestros sufridos, no informó a la OM el importe realmente pagado al proveedor
a través de CLC y no proporcionó los tickets que amparan el suministro de combustible
por 136.1 miles de pesos. El aceite para motor fue entregado por el proveedor de conformidad
con lo establecido en el anexo único del contrato, y su entrada y salida del almacén fue
registrada en los formatos correspondientes; sin embargo, 89 tambos de aceite para motor
permanecieron más de 90 días naturales en el almacén sin haber justificado dicha situación
ante la Dirección de Almacenes e Inventarios de la OM.
51
VOLUMEN 8/17
Recomendación ASC-162-12-08-MH
Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo establezca mecanismos de control para
garantizar que se designe al servidor público encargado de supervisar el abastecimiento
del combustible, en cumplimiento de los contratos celebrados.
Recomendación ASC-162-12-09-MH
Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo establezca mecanismos de control para
garantizar que la Dirección General de Administración autorice la asignación de la dotación
de combustible del parque vehicular del órgano político-administrativo, en cumplimiento de
la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la
Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis).
Recomendación ASC-162-12-10-MH
Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo establezca mecanismos de control para
garantizar que el órgano político-administrativo reduzca el consumo de combustible de su
parque vehicular oficial y, por consiguiente, el uso de éste, en atención a los porcentajes de
consumo de combustible y a las funciones para las que se tienen destinados los vehículos,
de conformidad con los lineamientos por los que se dicten medidas de austeridad, racionalidad
y disciplina presupuestales emitidos por la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal.
Recomendación ASC-162-12-11-MH
Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo establezca mecanismos de control para
garantizar la suspensión del suministro de combustible a las unidades de su padrón vehicular
asignadas a mandos superiores, en cumplimiento de los lineamientos con los que se dicten
medidas de austeridad, racionalidad y disciplina presupuestales emitidos por la Oficialía
Mayor del Gobierno del Distrito Federal.
Recomendación ASC-162-12-12-MH
Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo establezca mecanismos de control para
garantizar que el combustible se suministre al parque vehicular que esté en funcionamiento;
52
VOLUMEN 8/17
y que dicho suministro se soporte con los tickets que expiden las estaciones de servicio en
cada toma de combustible, de conformidad con Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal.
Recomendación ASC-162-12-13-MH
Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo establezca mecanismos de control para
garantizar que se elaboren bitácoras de consumo de combustible de su parque vehicular,
en donde se establezca la dotación de gasolina mensual, el kilometraje diario recorrido
y el rendimiento de la gasolina por cada unidad de su parque vehicular, en cumplimiento
de Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la
Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis).
Recomendación ASC-162-12-14-MH
Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo establezca mecanismos de control para
garantizar que la información relativa a las reparaciones, bajas y siniestros presentados, en su
caso, por las unidades de su parque vehicular se integre en un expediente, en cumplimiento
de Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito
Federal.
Recomendación ASC-162-12-15-MH
Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo establezca mecanismo de control para
asegurarse de que la información que se reporte a la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito
Federal sobre el costo de consumo de combustible de su parque vehicular corresponda
a lo pagado al proveedor, en cumplimiento de la Normatividad en materia de Administración
de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal
(Circular Uno Bis).
Recomendación ASC-162-12-16-MH
Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo establezca mecanismos de control para
garantizar que los bienes de consumo que adquiriera permanezcan en su almacén sin exceder
el tiempo establecido en la normatividad aplicable; y, en su caso, justifique las razones por
53
VOLUMEN 8/17
las que dichos bienes deban permanecer mayor tiempo en el almacén y lo informe a la Oficialía
Mayor del Gobierno del Distrito Federal en los reportes correspondientes, en cumplimiento
de las Normas Generales de Bienes Muebles de la Administración Pública del Distrito Federal.
9. Resultado
Para verificar si la Delegación Miguel Hidalgo reconoció las obligaciones de pago en a favor
de Confecciones Isaac, S.A. de C.V.; e Industrias Corp, S.A. de C.V., por la recepción de
conformidad del vestuario que amparan los contratos de adquisición núms. DAS-04-2012
y 052/ADQ-AD/DRM/2012, respectivamente, por un total de 2,932.9 miles de pesos
(IVA incluido), se revisó la documentación que soporta el cumplimiento de dichos contratos
y se observó lo siguiente:
1. Contrato núm. DAS-04-2012 y sus convenios modificatorios, formalizados con Confecciones
Isaac, S.A. de C.V., para la adquisición de vestuario (juegos de camisola, pantalón
y gorra):
a) En la cláusula primera, “Objeto”, del contrato, se indicó que “el GDF adquiere vestuario
operativo de lluvia correspondiente al ejercicio 2012 y el proveedor se obliga a entregar
los bienes conforme a las características y especificaciones técnicas descritas en
el anexo uno, así como talla, color a cada sector señalado en el anexo dos”.
En el anexo dos del contrato se estableció que el vestuario que se entregaría
a la Delegación Miguel Hidalgo sería el siguiente:
(Piezas)
Descripción Cantidad
Juego de camisola y pantalón de algodón color naranja 1,470
Juego de camisola y pantalón de algodón color beige 2,672
Gorra de algodón tipo beisbolera 4,270
En la cláusula cuarta, “Entrega de los Bienes”, numeral 4.1, del contrato, y en el
primer convenio modificatorio del 20 de abril de 2012, se estableció que el vestuario
se entregaría a más tardar el 29 de junio de 2012.
54
VOLUMEN 8/17
Los bienes fueron entregados por el proveedor al órgano político-administrativo
el 29 de junio y 3 de julio de 2012, según los sellos de recepción del Almacén Central
plasmados en las notas de entrega núms. 3948 y 3977 del 29 de junio de 2012,
y 4074 y 4075 del 3 de julio de 2012, emitidas por el proveedor; es decir, con retraso
de 4 días naturales con respecto a la fecha de entrega (29 de junio de 2012), que
ocasionaron que Confecciones Isaac, S.A. de C.V., fuera sancionada con la cantidad
de 32.1 miles de pesos.
En las actas administrativas de entrega-recepción de bienes consolidados 2012, con
folios DA-04-2012/22 y DA-04-2012/65 de fechas 29 de junio y 3 de julio de 2012,
respectivamente, el Jefe de Unidad Departamental de Control de Inventarios,
un representante de la Dirección de Adquisiciones de la DGRMSG de la OM y un
representante del proveedor hicieron constar que éste entregó los bienes a la Delegación
Miguel Hidalgo.
b) El registro de entrada al almacén se realizó mediante los formatos “Entrada de
Almacén” con los folios A-60 y 87 del 29 de junio y 8 agosto de 2012, respectivamente,
los cuales están firmados por el Jefe de Unidad Departamental de Control de
Inventarios y por el encargado de Almacén Central.
c) La salida de bienes se registró en la nota de cargo (salida de almacén) núm. 408
del 29 de junio de 2012, es decir, el vestuario se distribuyó entre el personal
dentro de los 90 días que se tenían como plazo para permanecer en el almacén
una vez que ingresaron a éste.
d) El control del abastecimiento de los juegos de camisola y pantalón y las gorras
tipo beisbolera con los números de inventario C750200070 y C240400262, por medio
de kardex, estuvo a cargo del Jefe de Unidad Departamental de Control de Inventarios,
en cumplimiento de la norma 14 de las Normas Generales de Bienes Muebles de
la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2012.
e) Mediante el oficio núm. OM/DGRMSG/054/2012 del 11 de septiembre de 2012,
la DGRMSG de la OM informó a la Delegación Miguel Hidalgo que como resultado
55
VOLUMEN 8/17
de la prueba de laboratorio realizada, se observó que los bienes cumplen con las
especificaciones y características técnicas requeridas en el contrato, en cumplimiento
del numeral 6.3 del contrato celebrado.
f) La entrega de los juegos de camisola y pantalón y las gorras tipo beisbolera se acreditó
con el nombre, puesto y firma del personal operativo que los recibió, asentados en el
“Padrón de Entrega” que proporcionó la Delegación Miguel Hidalgo, y que realiza
funciones de limpieza, reparación y mantenimiento en las instalaciones del órgano
político-administrativo.
2. Contrato núm. 052/ADQ-AD/DRM/2012 formalizado con Industrias Corp, S.A. de C.V.,
para la adquisición de vestuario y uniforme institucionales:
a) En la cláusula primera, “Objeto”, del contrato, se indicó que “‘El Proveedor’ se obliga
a suministrar a favor de ‘La Delegación’, la que adquiere de aquel la propiedad de
los bienes objeto del presente contrato, consistente en la adquisición de ‘Vestuario
y Uniforme’, de conformidad con lo señalado en el anexo único”.
En el anexo único del contrato se estableció que el vestuario que se entregaría
a la Delegación Miguel Hidalgo sería el siguiente:
(Piezas)
Descripción Cantidad
Blusa para dama 115
Camisa para caballero 105
Pantalón de vestir para caballero 63
Zapato de vestir para dama 46
Zapato para caballero 42
Pantalón de vestir para dama 44
Chaleco de vestir 44
Falda de vestir 25
Chamarra de vestir tipo gabardina 21
En el anexo único, numeral III, del contrato se estableció que la fecha de entrega
de los bienes sería el 17 de diciembre de 2012.
56
VOLUMEN 8/17
Los bienes fueron entregados oportunamente por el proveedor al órgano político-
administrativo el 17 de diciembre de 2012, según las firmas de recepción del Jefe de
Unidad Departamental de Control de Inventarios plasmadas en las notas de remisión
con folios 1677, 1678, 1679, 1680, 1681, 1682, 1696, 1697 y 1700, todas del 17 de
diciembre de 2012, emitidas por el proveedor y validadas por el Director de Personal
y el Coordinador de Ventanilla Única.
b) El registro de entrada al almacén se realizó mediante el formato “Entrada de Almacén”
con el folio A-217 del 17 de diciembre de 2012, el cual está firmado por el Jefe de
Unidad Departamental de Control de Inventarios y por el Encargado de Almacén
Central.
c) La salida de bienes se registró en la nota de cargo (salida de almacén) núm. 839
del 27 de diciembre de 2012, es decir, el vestuario se distribuyó entre el personal
dentro de los 90 días que se tenían como plazo para permanecer en el almacén
una vez recibidos del proveedor.
d) El control del abastecimiento del vestuario con los números de inventario
C63120004, C240400252, C750200010, C780200016, C750200054, C240400084,
C750200036 y C750200052 por medio de kardex, estuvo a cargo del Jefe de Unidad
Departamental de Control de Inventarios, en cumplimiento de la norma 14 de las
Normas Generales de Bienes Muebles de la Administración Pública del Distrito
Federal vigente en 2012.
e) La entrega del vestuario se comprobó con el nombre, puesto y firma del personal
que los recibió, asentados en la relación del personal que proporcionó la Delegación
Miguel Hidalgo.
Por lo anterior, se concluye que Confecciones Isaac, S.A. de C.V., entregó a la Delegación
Miguel Hidalgo los juegos de camisola, pantalón y gorra en las cantidades establecidas en
el contrato y con las especificaciones y características técnicas requeridas en éste, si bien
la entrega se realizó con desfase de cuatro días naturales, que ameritaron que se le
aplicara una sanción por 32.1 miles de pesos; por su parte, Industrias Corp, S.A. de C.V.,
entregó al órgano político-administrativo el vestuario y uniforme institucionales en las cantidades
y fechas establecidas en el contrato.
57
VOLUMEN 8/17
Gasto Ejercido
10. Resultado
Con objeto de verificar si la Delegación Miguel Hidalgo emitió CLC debidamente elaboradas,
revisadas y aprobadas por los servidores públicos facultados para ello, así como soportadas
con la documentación comprobatoria del gasto, se revisaron 27 CLC con las cuales pagó
a cuatro proveedores 42,576.2 miles de pesos (IVA incluido). Al respecto, se determinó
lo siguiente:
Contrato núm. DAS-08-2012
En la revisión de 24 CLC (núms. 12 CD 01 100213, 12 CD 01 100214, 12 CD 01 100251,
12 CD 01 100384, 12 CD 01 100515, 12 CD 01 100580, 12 CD 01 100727, 12 CD 01 100774,
12 CD 01 101073, 12 CD 01 101075, 12 CD 01 101323, 12 CD 01 101407, 12 CD 01 101493,
12 CD 01 101813, 12 CD 01 101840, 12 CD 01 102130, 12 CD 01 102289, 12 CD 01 102545,
12 CD 01 102937, 12 CD 01 102938, 12 CD 01 102976, 12 CD 01 103402, 12 CD 01 103403
y 12 CD 01 103404), por un monto de 38,108.9 miles de pesos, se comprobó que fueron
elaboradas por la Subdirectora de Administración de Riesgos, Aseguramiento y Control de
Servicios y autorizadas por el Director de Servicios Generales de la OM, servidores públicos
facultados para ello; y están soportadas con las facturas originales y, en su caso, con las
respectivas notas de crédito en las que se detallan los consumos de combustible, las cuales
se expidieron a nombre del Gobierno del Distrito Federal/Delegación Miguel Hidalgo y cumplen
los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación,
y en el subapartado IV.3.1, “Cuenta por Liquidar Certificada”, numeral 4, del Manual de Normas
y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal,
vigentes en 2012.
Las CLC también están soportadas con los oficios de solicitud de pago que el Director de
Recursos Materiales de la Delegación Miguel Hidalgo remitió al Director de Servicios Generales
de la OM y con los formatos de suficiencia presupuestal correspondientes.
La Delegación Miguel Hidalgo únicamente pagó el abastecimiento de combustible por
38,108.9 miles de pesos (IVA incluido), y la empresa Consorcio Gasolinero Plus, S.A. de C.V.,
58
VOLUMEN 8/17
absorbió el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), en cumplimiento de la
cláusula novena del contrato, que establece: “Con fundamento en el artículo 71 de la Ley
de Adquisiciones para el Distrito Federal, todos los impuestos, derechos y demás gravámenes,
que se generen con motivo de la presente adquisición, serán cubiertos por el proveedor,
el GDF únicamente pagará al proveedor el importe correspondiente al Impuesto al Valor
Agregado”.
Finalmente, en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT) se verificó
la emisión de los comprobantes fiscales, y se constató que fue aprobada la impresión de las
facturas por la empresa.
Contrato núm. 034/ADQ-LPN/DRM/2012
En la revisión de la CLC núm. 02 CD 11 102805 del 18 de diciembre de 2012, por un
monto de 1,534.4 miles de pesos, se comprobó que fue elaborada por el Jefe de Unidad
Departamental de Tesorería y autorizada por el Subdirector de Operación Financiera,
servidores públicos facultados para ello y está soportada con las facturas núms. A-277
y A-282 del 1o. y 27 de agosto de 2012, respectivamente, las cuales se expidieron a
nombre del Gobierno del Distrito Federal/Delegación Miguel Hidalgo y contienen los requisitos
fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación vigente
en 2012.
La CLC también está soportada con el formato “Verificación de Comprobantes Fiscales
Digitales por internet del SAT”, el contrato núm. 034/ADQ-LPN/DRM/2012, las dos notas de
remisión del proveedor sin números del 15 de junio y 10 de agosto de 2012, la requisición
de bienes núm. C2012-183 del 22 de junio de 2012, y el formato “Hoja de Clasificación
Presupuestal para la elaboración de Cuentas por Liquidar” núm. 2290.
La validación de las facturas para su pago la otorgó el Director de Servicios Generales mediante
el oficio núm. DSG/JBB/557 del 14 de agosto de 2012, en el que señaló que el aceite para
motor fue entregado por el proveedor en tiempo y forma; además, dicho servidor público junto
con el Director de Recursos Materiales validaron con su firma en las facturas la recepción
del aceite para motor de conformidad con lo establecido en el contrato.
59
VOLUMEN 8/17
Contrato núm. DAS-04-2012
En la revisión de la CLC núm. 02 CD 11 106665 del 6 de diciembre de 2012, por un monto
de 2,632.0 miles de pesos, se comprobó que fue elaborada por el Jefe de Unidad
Departamental de Registro y autorizada por la Directora de Adquisiciones de la OM,
servidores públicos facultados para ello; y está soportada con la factura núm. 647 del 7 de
septiembre de 2012, a nombre del Gobierno del Distrito Federal/Delegación Miguel Hidalgo,
la cual contiene los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal
de la Federación vigente en 2012, y con el formato “Verificación de Comprobantes Fiscales
Digitales por internet del SAT”.
Contrato núm. 052/ADQ-AD/DRM/2012
En la revisión de la CLC núm. 02 CD 11 103191 del 31 de diciembre de 2012, por un
monto de 300.9 miles de pesos, se comprobó que fue elaborada por el Jefe de Unidad
Departamental de Tesorería y autorizada por el Subdirector de Operación Financiera,
servidores públicos facultados para ello, y esta soportada con la factura núm. A-1373 del
17 de enero de 2013, que se expidió a nombre del Gobierno del Distrito Federal/Delegación
Miguel Hidalgo y contiene los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A
del Código Fiscal de la Federación vigente en 2012.
La CLC también esta soportada con el formato “Verificación de Comprobantes Fiscales
Digitales por internet del SAT”, el contrato núm. 052/ADQ-AD/DRM/2012, las notas de
remisión del proveedor con folios 1677, 1678, 1679, 1680, 1681, 1682, 1696, 1697 y 1700,
todas del 17 de diciembre de 2012, la requisición de bienes núm. C2012-252 del 22 de
noviembre de 2012, y el formato “Hoja de Clasificación Presupuestal para la elaboración
de Cuentas por Liquidar” sin número del 20 de enero de 2013.
La validación de las facturas para su pago la otorgó el Director de Personal mediante el oficio
núm. DP/ASC/0027/2013 del 10 de enero de 2013, en el que señaló que la factura y las notas
de remisión contaron con la aprobación del área que recibió el vestuario en tiempo y forma.
De las 27 CLC revisadas, las núms. 02 CD 11 103191, 12 CD 01 103402, 12 CD 01 103403
y 12 CD 01 103404, por un monto de 3,316.4 miles de pesos, fueron de tipo pasivo y así
se reportaron a la SEFIN con el oficio núm. DMH/DGA/17/2013 del 15 de enero de 2013.
60
VOLUMEN 8/17
Los pagos de los cuatro contratos revisados se registraron conforme al Clasificador por Objeto
del Gasto del Distrito Federal, en cumplimiento del artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012.
En suma, la Delegación Miguel Hidalgo ejerció el presupuesto de cuatro contratos mediante
las CLC que contienen la documentación justificativa y comprobatoria del gasto, y están
soportadas con facturas originales y notas de remisión, revisadas y autorizadas por los
servidores públicos facultados para ello.
Gasto Pagado
11. Resultado
Con la finalidad de verificar que los pagos realizados a los proveedores hayan sido para
cancelar total o parcialmente las obligaciones a cargo de la Delegación Miguel Hidalgo,
la CMHALDF solicitó a los proveedores seleccionados como muestra, que indicaran la forma
en que fueron pagados los materiales y suministros entregados al órgano político-administrativo,
así como el monto de los pagos (por números de cheques, transferencias bancarias, notas
de crédito [indicar concepto]), por el período del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2012;
y que informaran de sus saldos al 31 de diciembre de 2012 y a la fecha de la recepción del
oficio emitido por las operaciones mencionadas, con la precisión de las fechas de todos
los documentos emitidos.
Los proveedores remitieron la información relativa a los contratos celebrados; a la modalidad
y número de los procedimientos de adjudicación; a las facturas, con detalle de los conceptos,
montos y las fechas de expedición y pago; a las garantías de cumplimiento (fianzas)
entregadas; y, en su caso, a las sanciones determinadas por incumplimiento de los contratos
suscritos con el órgano político-administrativo.
En el análisis de la información proporcionada por los proveedores, se determinó que coincide
con la entregada por el órgano político-administrativo.
61
VOLUMEN 8/17
II.12.1.2. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO”
Auditoría ASC/163/12
ANTECEDENTES
El artículo décimo primero transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito
Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
el 30 de diciembre de 2011, señala que en relación con los recursos aprobados por la
Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) por concepto de presupuesto participativo
“a las Delegaciones les corresponden recursos por 704,275,724 pesos y se distribuirán de
acuerdo a lo establecido en el Anexo 1 del presente decreto”.
En el artículo décimo segundo transitorio, inciso c), del mismo Decreto de Presupuesto de
Egresos del Distrito Federal establece que “la determinación de las acciones específicas
que con cargo al presupuesto participativo ejecutarán las delegaciones en cada una de las
1,815 colonias y pueblos originarios, que no se encuentren en el supuesto de asentamientos
irregulares, o que en su determinación no se contravenga disposiciones jurídicas vigentes,
se hará con base en los resultados de la consulta ciudadana que se efectuó el domingo
13 de noviembre de 2011. Conforme al anexo 7”. Este último, establece el rubro general
y el proyecto específico ganador para cada colonia o pueblo.
Asimismo, el Anexo 1 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para
el Ejercicio Fiscal 2012, menciona que a la Delegación Miguel Hidalgo le correspondieron
43,108.8 miles de pesos, (6.1%) de los 704,275.7 miles de pesos distribuidos entre las
16 Delegaciones del Distrito Federal.
La Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012 se reportó que los 16 órganos
político-administrativos ejercieron 639,777.7 miles de pesos con cargo al destino de gasto 65
“Presupuesto Participativo”, lo cual representó disminuciones de 64,498.1 miles de pesos (9.2%)
con relación a de los 704,275.7 miles de pesos asignados originalmente y de 20,362.3 miles
de pesos (3.1%) en comparación con los 660,140.0 miles de pesos ejercidos en 2011.
62
VOLUMEN 8/17
La Delegación Miguel Hidalgo ejerció en el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”
recursos por 38,269.3 miles de pesos, que representaron una variación negativa de 11.2%
(4,839.4 miles de pesos) con relación a los 43,108.7 miles de pesos asignados.
En el informe de Cuenta Pública de 2012, apartado “ECG Análisis de Egresos por Capítulo
de Gasto”, la Delegación Miguel Hidalgo no hizo referencia alguna de los recursos ejercidos
con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
El Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) ejerció 49,104.3 miles de pesos en diversas
actividades de difusión y preparación para la realización de la Consulta Ciudadana, lo que
permitió una cobertura del 99.0% en la instalación de las mesas receptoras de opinión;
sin embargo, el porcentaje de votación en el Distrito Federal fue de 1.9%. Al respecto, una
encuesta de opinión y análisis que contrató el IEDF y que se aplicó en junio de 2012,
obtuvo, entre otros resultados, que sólo el 9.7% de los entrevistados conocía el presupuesto
participativo en tanto 90.3% no lo sabía.
OBJETIVO
El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación
Miguel Hidalgo con destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” se haya registrado,
aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con
la normatividad y ordenamientos aplicables.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
La selección de esta auditoría se realizó de conformidad con los siguientes criterios generales,
contenidos en el Manual de Selección de Auditorías de la Contaduría Mayor de Hacienda
de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal:
1. “Exposición al Riesgo”, por ser el presupuesto participativo un programa presupuestario
de reciente creación y, por tanto, estar expuesto a riesgos de irregularidades e ineficiencias,
o incumplimiento de objetivos y metas.
63
VOLUMEN 8/17
2. “Interés General”, por la naturaleza del gasto y su importancia en el ámbito social, las
actividades que realizan los órganos político-administrativos para cumplir con los objetivos
del presupuesto participativo tienen un impacto directo y tangible en la ciudadanía.
3. “Presencia y Cobertura”, de conformidad con la Ley de Participación Ciudadana del Distrito
Federal, a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal le compete vigilar por conducto de la
Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (CMHALDF),
el ejercicio de los recursos del presupuesto participativo, el cual es susceptible de
auditarse por estar contenido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito
Federal y en la Cuenta Pública del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012.
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado C, base primera,
fracción V, incisos c) y e), en relación con el 74, fracción VI, de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;
1o; 2o., fracciones IX y X, inciso a); 3o; 8o., fracciones I, II, III, VI, VII, párrafo primero, VIII, IX,
XIII, XVI y XIX; 9o.; 10, incisos a) y e), 14, fracciones I, VIII, XVII y XXIII; 16; 22; 24; 27;
28; 30; 32; 33; 34; y 35 de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal; 1o, 2o., fracción XIX, inciso a); y 6o., fracciones V y VII;
13; y 16 del Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal.
ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
El alcance de la auditoría se estableció como resultado de los trabajos de planeación
correspondientes, una vez integrado el presupuesto ejercido en 2012 por la Delegación
Miguel Hidalgo con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, por un monto
de 38,269.3 miles de pesos, en las partidas 3511 “Conservación y Mantenimiento Menor de
Inmuebles”, 3571 “Instalación, Reparación y Mantenimiento de Maquinaria, Otros Equipos
y Herramienta”, 5221 “Aparatos Deportivos”, 5291 “Otro Mobiliario y Equipo Educacional y
Recreativo”, 5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas de Seguridad
Pública y Atención de Desastres Naturales”, 6241 “División de Terrenos y Construcción de
Obras de Urbanización”, 6251 “Construcción de Vías de Comunicación” y 6291 “Trabajos
de Acabados en Edificaciones y Otros Trabajos Especializados”
64
VOLUMEN 8/17
Para la presente revisión se seleccionaron las partidas 6241 “División de Terrenos y
Construcción de Obras de Urbanización” y 6251 “Construcción de Vías de Comunicación”,
con un monto ejercido de 23,268.2 miles de pesos, que representaron el 60.8% del gasto
correspondiente al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” (38,269.3 miles de pesos).
Con objeto de analizar los mecanismos de control y supervisión implantados por el sujeto
fiscalizado para aprobar, modificar, comprometer, devengar, ejercer, registrar y pagar los
recursos asignados al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se revisó la normatividad
aplicable: Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; Ley de Obras Públicas
del Distrito Federal y su Reglamento; Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal; Ley de
Participación Ciudadana del Distrito Federal; Decreto de Presupuesto de Egresos del
Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012; Normatividad en materia de Administración
de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal
(Circular Uno Bis 2011) vigente a partir del 20 de mayo de 2011; Normatividad en materia
de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del
Distrito Federal (Circular Uno Bis 2012) vigente a partir del 8 de agosto de 2012; Circular
Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública, el Desarrollo,
Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa y la Atención Ciudadana en la
Administración Pública del Distrito Federal; Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito
Federal; y Lineamientos con los que se Dictan Medidas de Austeridad, Racionalidad y
Disciplina Presupuestal para contener el Gasto en la Administración Pública del Distrito
Federal, vigentes todas en 2012.
Se aplicaron cuestionarios de control interno en la Dirección General de Obras Públicas
y Desarrollo Urbano (DGOPDU), la Dirección General de Gobierno y Participación
Ciudadana (DGGPC) y en la Dirección de Recursos Financieros de la Dirección General
de Administración (DGA), todas adscritas a la Jefatura Delegacional.
Se revisó el Manual Administrativo de la Delegación Miguel Hidalgo vigente en 2012, para
verificar que la organización del sujeto fiscalizado fuera acorde con la estructura orgánica
dictaminada, así como la existencia de procedimientos aplicables al rubro sujeto a revisión.
Se analizó la normatividad que rige el ejercicio de los recursos del presupuesto participativo, para
verificar que el órgano político-administrativo contara con las atribuciones para su operación.
65
VOLUMEN 8/17
Se solicitó y analizó diversa información generada por el IEDF, relacionada con la capacitación
a servidores públicos de la Delegación.
Se verificó que la modificación al presupuesto autorizado para el destino de gasto 65
“Presupuesto Participativo” de la Delegación Miguel Hidalgo se haya justificado y que
haya contado con la documentación soporte y la autorización de la Secretaría de Finanzas
del Distrito Federal (SEFIN).
Se constató que el presupuesto ejercido por el órgano político-administrativo, con cargo a
la muestra de la presente auditoría, se hubiese devengado conforme a la normatividad
aplicable, se verificó la existencia de la documentación soporte que acreditara que las obras
contratadas se realizaron y se pagaron conforme a lo convenido en los contratos y convenios
correspondientes.
Se verificó que el registro presupuestal de las operaciones revisadas se hubiese realizado
de conformidad con el Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2012.
Se revisaron los montos de actuación de la Delegación correspondiente al ejercicio fiscalizado,
para comprobar que las operaciones de gasto de inversión pública se ajustaron a lo dispuesto
en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012.
Se comprobó que el ejercicio de los recursos de la muestra de auditoría contara con la
documentación justificativa y comprobatoria.
Se verificó con los contratistas que conformaron la muestra de auditoría que los importes
facturados y los datos relativos a la entrega de las obras correspondieran con la información
proporcionada por la Delegación, que la adquisición y las obras se hubieran realizado
conforme a las cláusulas de los contratos y que éstos no se encontraran inhabilitados por la
Secretaría de la Función Pública (SFP) o por la Contraloría General del Distrito Federal (CGDF).
Se verificó que las Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) correspondientes al pago de
las obras contratadas hubieran sido elaboradas y autorizadas por los servidores públicos
facultados para tal fin y que los comprobantes de pago (facturas) cumplieran con los requisitos
fiscales establecidos en el Código Fiscal de la Federación vigente en 2012.
66
VOLUMEN 8/17
Se efectuó la verificación física de las obras ejecutadas para constatar que éstas se realizaron
conforme al contrato respectivo.
Se verificó que los informes relativos al ejercicio de recursos del destino de gasto 65,
“Presupuesto Participativo”, se hayan presentado en tiempo y forma, de acuerdo con la
normatividad vigente en 2012.
Para determinar la muestra sujeta a revisión se realizaron las siguientes actividades:
1. Por tratarse de una auditoría financiera, se estratificó el universo de recursos ejercidos
(38,269.3 miles de pesos) por capítulo, partida presupuestal, resultado, subresultado y
actividad institucional; asimismo, con el fin de identificar los importes y las variaciones
más significativas, se determinó el porcentaje que representa cada uno de estos rubros
en relación con el total del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
2. La muestra se definió conforme a la selección incidental y unidad monetaria establecida
en la Norma Internacional de Auditoría (NIA) 530 “Métodos de selección de muestras”, de
las Normas de Auditoría del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. (IMCP);
también, con base en los capítulos, partidas y contratos con mayor participación en el
ejercicio de recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” en 2012.
Con base en lo anterior, se determinó una muestra de auditoría de las partidas 6241 “División
de Terrenos y Construcción de Obras de Urbanización” y 6251 “Construcción de Vías de
Comunicación”, por 23,268.2 miles de pesos, que representan el 60.8% de los 38,269.3 miles
de pesos ejercidos en el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, conformada por los
contratos núms. DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12 y convenio modificatorio
núm. DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12-CONV-1, DMH-LP-045-guarniciones
y banquetas zona 3/12 y convenio modificatorio núm. DMH-LP-045-guarniciones y banquetas
zona 3/12-CONV-1 y DMH-AD-059-pavimentación zona 2/12 y su convenio modificatorio
núm. DMH-AD-059-pavimentación zona 2/12-CONV-1. Para ello, se revisaron dos procedimientos
de adjudicación mediante licitación pública nacional y por adjudicación directa.
La auditoría se llevó a cabo en la Dirección General de Administración (DGA), la Dirección
General de Obra Pública y Desarrollo Urbano (DGOPDU) y la Dirección General de
Gobierno y Participación Ciudadana (DGGPC), adscritas a la Delegación Miguel Hidalgo.
67
VOLUMEN 8/17
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
El sistema de control interno comprende todo el plan de organización, los métodos y
procedimientos instituidos por la administración para garantizar que se cumplan las metas
y objetivos con criterios de economía, eficiencia, eficacia, transparencia y honradez; que los
recursos se empleen de conformidad con las leyes, reglamentos y políticas aplicables,
y que estén protegidos de desperdicios, pérdida o mal uso; y que se obtenga y conserve
la información relacionada con la aplicación de los recursos.
El estudio y evaluación del sistema de control interno ayuda a determinar el grado de
confianza que puede depositarse en los sistemas de control operados por la Delegación
Miguel Hidalgo en torno a las erogaciones efectuadas con fondos del destino de gasto 65
“Presupuesto Participativo”. Lo anterior, con el fin de establecer la extensión, oportunidad
y alcance de las pruebas y procedimientos de auditoría; identificar flujos de operación con
debilidades o desviaciones de control interno y sus probables áreas de riesgo; y definir
los criterios para la selección de la muestra por revisar.
Se revisó y evaluó el sistema de control interno establecido por la Delegación Miguel Hidalgo
en las áreas administrativas y operativas que participaron o tuvieron responsabilidad en el
ejercicio de los recursos, en la operación y supervisión de las obras realizadas con fondos
del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, en la verificación del cumplimiento de
requisitos documentales, en los registros presupuestales, y en el resguardo y archivo de la
documentación justificativa y comprobatoria del gasto y de los expedientes de los contratos
celebrados y de las CLC de los pagos realizados.
Se analizó el manual administrativo, apartado de organización, de la Delegación Miguel
Hidalgo, vigente en 2012, con el fin de identificar tanto la estructura orgánica del sujeto
fiscalizado, como los objetivos, funciones y atribuciones de las unidades administrativas
que la integran. Asimismo, se revisó el manual administrativo, apartado de procedimientos,
de la Delegación, con objeto, por una parte, de conocer cuáles fueron las unidades
administrativas que intervinieron en la autorización, ejercicio y registro de las erogaciones
con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” y, por otra, de verificar que
se aplicaran los procedimientos correspondientes.
68
VOLUMEN 8/17
Como resultado del estudio y evaluación del control interno, se determinó que la Delegación
Miguel Hidalgo, para el ejercicio de los recursos con destino de gasto 65 “Presupuesto
Participativo” y al capítulo 6000 “Inversión Pública”, partidas 6241 “División de Terrenos y
Construcción de Obras de Urbanización” y 6251 “Construcción de Vías de Comunicación”,
estableció mecanismos de control que, en general, hacen factible la administración de los
riesgos relacionados con irregularidades e ineficiencias; por tanto, se considera razonablemente
adecuado dicho sistema. Asimismo, se concluyó que las áreas están estructuradas
conforme a las funciones asignadas en el manual administrativo, apartado de organización,
del sujeto fiscalizado, con lo que se garantiza, en términos generales, tanto el cumplimiento
de la normatividad, como la realización de actividades de supervisión y control de las
operaciones necesarias para validar las erogaciones del rubro sujeto a revisión, lo que a su vez
permite delimitar adecuadamente las áreas de responsabilidad.
RESULTADOS
1. Resultado
Manual Administrativo
La Delegación Miguel Hidalgo desempeñó sus actividades en el ejercicio de 2012, con base
en la estructura orgánica y en los organigramas correspondientes al dictamen núm. 6/2011,
comunicado por la CGDF mediante el oficio núm. CG/251/2011 del 29 de abril de 2011, vigente
a partir del 1o. de mayo de 2011. Asimismo, con el oficio núm. CG/494/2011 del 12 de octubre
de 2011, la CGDF autorizó la modificación al dictamen núm. 6/2011 de la Delegación, con
vigencia a partir del 16 de octubre de 2011.
De conformidad con el dictamen núm. 6/2011 y su modificación, la Delegación contó con
316 plazas, distribuidas de la siguiente forma: Jefatura Delegacional, con 35 plazas; y las
Direcciones Generales: de Gobierno y Participación Ciudadana, con 33; Jurídica y de Servicios
Legales, con 30; de Administración, con 61; de Obras Públicas y Desarrollo Urbano, con 30;
de Servicios Urbanos, con 30; de Desarrollo Social, con 34; de Desarrollo Delegacional, con 15;
y de Seguridad Ciudadana, con 42; así como en la Dirección Ejecutiva de Cultura, con 6 plazas.
Las áreas administrativas de la Delegación Miguel Hidalgo que participaron en el ejercicio
de los recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” fueron las Direcciones
69
VOLUMEN 8/17
Generales de Administración, de Gobierno y Participación Ciudadana, de Obras Públicas
y Desarrollo Urbano, de Servicios Urbanos, y de Desarrollo Delegacional.
Con el oficio núm. JDMH/05/2012 del 2 de enero de 2012, la Delegación Miguel Hidalgo envió
su Manual Administrativo a la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA)
para su autorización y registro. Mediante el oficio núm. CG/CGMA/DEDDEO/0423/2012 del
28 de febrero de 2012, la CGMA comunicó a la Delegación que con el núm. MA-311-6/11 registró
el manual administrativo del órgano político-administrativo en su apartado de organización,
elaborado conforme al dictamen núm. 6/2011, con vigencia a partir del 1o. de mayo de 2011.
Dicho manual cuenta con los apartados relativos a antecedentes, marco jurídico-administrativo,
atribuciones, organigrama, objetivo y funciones por área; y se ajustó a la estructura orgánica
autorizada con el dictamen núm. 6/2011.
El Manual Administrativo de la Delegación Miguel Hidalgo, apartado de organización, se
publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 2 de abril de 2012, en cumplimiento del
numeral 2.4.6.7. de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión
Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención
Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal publicada en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal del 25 de enero de 2011.
Con los oficios núms. DGDD/DMA/147/2011, del 25 de octubre de 2011; DGDD/DMA/069/2012,
del 22 de marzo; DGDD/DMA/120/2012, del 8 de junio; DGDD/DMA/145/2012, del 13 de junio;
DGDD/DMA/178/2012, del 20 de septiembre; y DGDD/DMA/192/2012, del 28 de septiembre,
todos de 2012, la Dirección General de Desarrollo Delegacional (DGDD) de la Delegación
Miguel Hidalgo solicitó a la CGMA la revisión y, en su caso, el registro de 161 procedimientos.
En respuesta, mediante los oficios núms. CG/CGMA/DEDDEO/0423/2012 del 28 de
febrero, CG/CGMA/DEDDEO/1513/2012 del 5 de junio, CG/CGMA/DEDDEO/2455/2012
del 18 de septiembre y CG/CGMA/DEDDEO/2942/2012 del 19 de octubre, todos
de 2012, la CGMA comunicó a la Delegación que con el núm. MA-311-6/11 registró los
161 procedimientos elaborados y actualizados con base en el dictamen núm. 6/2011, de
los cuales 20 se relacionan con las operaciones de gasto efectuadas con cargo al destino
de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
70
VOLUMEN 8/17
El listado de procedimientos del manual administrativo, se publicó en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal con fechas 2 de abril, 27 de junio, 30 de octubre y 29 de noviembre,
todas de 2012.
Con el oficio núm. DGDD/DMA/064/12 del 13 de marzo de 2012, la Dirección de Modernización
Administrativa de la Delegación Miguel Hidalgo solicitó a la DGA difundir el manual
administrativo, en su apartado de organización, registrado con núm. MA-311-6/11.
Con los oficios núms. DGDD/DMA/056/12 y DGDD/DMA/074/12 del 13 de marzo y 2 de
abril, ambos de 2012, respectivamente, la Dirección de Modernización Administrativa
de la Delegación Miguel Hidalgo envió a la DGOPDU el manual administrativo, apartado de
organización, así como cuatro procedimientos, los cuales fueron difundidos entre el personal
responsable de su aplicación.
Mediante los oficios núms. DMH/DGOPDU/0631/12, DMH/DGOPDU/0632/12, DMH/DGOPDU/0633/12
y DMH/DGOPDU/0634/12, todos del 16 de marzo de 2012, la DGOPDU difundió entre sus
Coordinaciones de Enlace Administrativo y Técnica, así como a las Direcciones de Obras
y de Desarrollo Urbano, respectivamente, el manual administrativo, apartado de organización,
conforme al dictamen núm. 6/2011.
Con los oficios núms. DGDD/DMA/220/12 y DGDD/DMA/253/12 del 18 de octubre y 9 de
noviembre de 2012, respectivamente, la Dirección de Modernización Administrativa de la
Delegación Miguel Hidalgo envió a la DGOPDU 45 procedimientos que se integraron al
manual administrativo del órgano político-administrativo, con núm. de registro MA-311-6/11,
conforme al dictamen 06/2011, para ser difundidos entre el personal de las áreas que integran
dicha Dirección.
Mediante los oficios núms. DGOPDU/CEA/1147/2012 y DGOPDU/CEA/1148/2012, ambos
del 23 de octubre de 2012, la Coordinación de Enlace Administrativo de Obras Públicas
envió a la Dirección de Obras, a la Coordinación Técnica y a la Dirección de Desarrollo
Urbano, 41 procedimientos para su conocimiento y aplicación.
Asimismo, con el oficio núm. DGOPDU/CEA/1237/2012 del 14 de noviembre de 2012, la
Coordinación de Enlace Administrativo de Obras Públicas envió a la Dirección de Desarrollo
Urbano cuatro procedimientos para su conocimiento y aplicación.
71
VOLUMEN 8/17
Con el oficio circular núm. DMH/DGA/DRF/006/12 del 9 de noviembre de 2012, la Dirección
de Recursos Financieros adscrita a la DGA de la Delegación Miguel Hidalgo envió a los Jefes
de la Oficina de la Jefatura Delegacional, Directores Generales, Directores Ejecutivos,
Coordinadores y Responsables de Enlace Administrativo, el procedimiento de trámite de pago
general de compromisos normal y pasivo, para su difusión y conocimiento de los funcionarios
adscritos a sus unidades administrativas para su aplicación y estricto cumplimiento.
Al respecto, se observó que la Delegación Miguel Hidalgo envió a la CGMA su manual
administrativo, apartado de organización conforme al dictamen de reestructura núm. 6/2011,
el 2 de enero de 2012; es decir, 174 días hábiles después del 29 de abril de 2011, fecha en
que la CGDF comunicó al órgano político-administrativo el dictamen de reestructuración
orgánica núm. 6/2011 vigente a partir del 1o. de mayo de 2011.
Asimismo, se constató que la Delegación Miguel Hidalgo envió a la CGMA el manual
administrativo, en su apartado de procedimientos, el 25 de octubre de 2011 y 22 de marzo,
8 y 13 de junio, 20 y 28 de septiembre, todos de 2012; es decir, entre 65 y 305 días hábiles
después del plazo establecido (25 de julio de 2011).
Por no enviar oportunamente su manual administrativo, en sus apartados de organización
y procedimientos, conforme al dictamen de reestructura núm. 6/2011, el órgano político-
administrativo incumplió el numeral 2.4.2 de la Circular Contraloría General para el Control y
Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación
Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal,
publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 25 de enero de 2011, que establece:
“Los Titulares de las [...] delegaciones […], son los responsables de la actualización de los
Manuales Administrativos, que se deriven de la aplicación de un proceso rediseñado, de
un procedimiento simplificado, de la modificación de la estructura orgánica, o de la supresión
o creación de leyes y normas, para ello, deberán remitir conjuntamente con la solicitud de
reestructura el proyecto de Manual de Organización, para que se apruebe simultáneamente
con la estructura. La actualización del Manual de Procedimientos deberá remitirse a la CGMA
por medio de oficio firmado con firma autógrafa o firma electrónica avanzada, a más tardar
en 60 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de la modificación efectuada, para que
ésta proceda a su análisis y, en su caso, al registro…”.
72
VOLUMEN 8/17
En la reunión de confronta, celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de
Administración en representación de la Delegación Miguel Hidalgo no proporcionó información
relativa al presente resultado, por lo que éste no se modifica.
En la revisión de la Cuenta Pública del Distrito Federal de 2010, el Informe de Auditoría con
clave ASC/142/10, practicada a la Delegación Miguel Hidalgo, resultado núm. 1, recomendación
núm. ASC-142-10-04-MH, se considera el mecanismo para prevenir el incumplimiento de los
plazos establecidos en la normatividad aplicable, que consistió en el retraso en la actualización
y en el envío del Manual Administrativo de la Delegación Miguel Hidalgo, misma que
ya fue atendida y notificada al sujeto fiscalizado mediante el oficio núm. CMH/13/1215 del
5 de diciembre de 2013. Por ello, no se formula recomendación en el mismo sentido.
2. Resultado
Competencia
De conformidad con el artículo 15, segundo párrafo, de la Ley de Participación Ciudadana
del Distrito Federal “las autoridades están obligadas a promover entre los servidores
públicos cursos de formación y sensibilización para dar a conocer los instrumentos de
participación ciudadana y los órganos de representación ciudadana; la cooperación y
acercamiento con la ciudadanía y la cultura de la participación ciudadana en general,
como un espacio cívico de convivencia social y de una mejor gobernanza”.
Mediante el oficio núm. ASC/13/1641 del 2 de septiembre de 2013, se solicitó a la Consejera
Electoral Presidente del IEDF, información acerca de los cursos de formación y sensibilización
entre los servidores públicos de los órganos político-administrativos, relacionados con
el presupuesto participativo 2012.
Con el oficio núm. SECG-IEDF/2092/2013 del 6 de septiembre de 2013, el IEDF remitió
el similar IEDF/DEPC/567/2013, anexo al cual remitió los oficios núms. IEDF-DDIX/401/12
del 30 de julio y IEDF-DDIX/510/12 del 27 de septiembre, ambos de 2012, signados por la
Coordinación Distrital IX dirigidos al Jefe de Unidad Departamental (JUD) de Enlace
Delegacional y Jefe Delegacional en Miguel Hidalgo, y los oficios núms. IEDF-DDXIV/730/2012
del 29 de agosto y IEDF-DDXIV/895/2012 del 27 de noviembre, ambos de 2012, signado
73
VOLUMEN 8/17
por la Coordinación Distrital XIV dirigidos al Jefe Delegacional en Miguel Hidalgo, invitando
a participar a los funcionarios de ese órgano político-administrativo a los cursos de participación
ciudadana del año 2012 impartidos por el IEDF de manera presencial como en línea, así
como los registros de asistencia y los acuses de recibo de la entrega de constancias.
Por lo anterior, se concluye que los servidores públicos de la Delegación Miguel Hidalgo
participaron en los cursos que en el ejercicio 2012 promovió el IEDF; por lo tanto, contaron
con las competencias que proporcionó dicho organismo mediante los cursos que desarrolló
en ese año, cumpliendo con el artículo 15 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito
Federal; asimismo, la DGGPC cumplió con el artículo 170, fracción II, del Reglamento
Interior de la Administración Pública del Distrito Federal que establece que corresponde a
esa Dirección General: “Impulsar las políticas para el logro de objetivos definidos en los
programas de su competencia, conforme a las leyes y reglamentos en la materia”.
3. Resultado
Objetivos, Indicadores y Metas
El artículo 1o, tercer párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,
vigente en 2012, establece que “los sujetos obligados a cumplir las disposiciones de esta
Ley deberán observar que la administración de los recursos públicos se realice con base en
criterios de […] eficacia, economía, racionalidad, transparencia, control, rendición de cuentas”.
El artículo 25, fracción I, antepenúltimo párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal establece que “la programación y presupuestación anual del
gasto público se realizará con apoyo en los Anteproyectos de Presupuesto que elaboren las
[…] Delegaciones […] para cada ejercicio fiscal y con base en: I. las políticas del Programa
General y los programas sectoriales establecidos en la Ley de Planeación, antepenúltimo
párrafo, […].
”El anteproyecto se elaborará por […] Delegación […] estimando los costos para alcanzar
los resultados cuantitativos y cualitativos previstos en las metas, así como los indicadores
necesarios para medir su cumplimiento”.
74
VOLUMEN 8/17
El artículo 126 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,
vigente en 2012, dispone que “las […] delegaciones […] llevarán la contabilidad en base
acumulativa para determinar costos y facilitar la formulación, ejercicio y evaluación de los
presupuestos y sus programas, con objetivos, metas y unidades responsables de su ejecución”.
El numeral II. 4., “Presupuesto Participativo”, del Manual de Programación-Presupuestación
para la Formulación del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2012, que emitió la SEFIN,
dispone lo siguiente:
”La Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, establece en su artículo 83 que el
presupuesto participativo es aquel sobre el cual los ciudadanos deciden respecto a la forma
en que se aplican recursos en proyectos específicos en las colonias y pueblos originarios
en que se divide el territorio del Distrito Federal.
”Los recursos de Presupuesto Participativo corresponderán al 3 por ciento del presupuesto
anual de las Delegaciones y se destinarán a los rubros generales de obras y servicios,
equipamiento, infraestructura urbana y prevención del delito.
“Por lo anterior, las Delegaciones, en la formulación de sus Anteproyectos, deberán considerar
lo establecido en la citada Ley”.
Con el oficio núm. ASC/13/1599 del 23 de agosto de 2013, se solicitó a la Delegación Miguel
Hidalgo el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y el Programa Operativo Anual (POA)
para el ejercicio 2012; asimismo, con el cuestionario de control interno se solicitó información
referente a los objetivos, metas e indicadores vinculados al presupuesto participativo. Con el
oficio núm. DMH/DGA/DRF/SOF/310/2013 del 30 de septiembre de 2013, la Delegación remitió
la información solicitada.
En el análisis de la información recibida como respuesta, se determinó lo siguiente:
1. Del cuestionario de control interno que integró la DGA de la Delegación se informó
que el objetivo de vinculación al presupuesto participativo “es la aplicación, ejecución
y cumplimiento del total de los recursos del Gasto 65 ‘Presupuesto Participativo’ del
75
VOLUMEN 8/17
ejercicio 2012, otorgado para cada uno de los comités ciudadanos”; asimismo, señaló
que los objetivos no estuvieron vinculados al Programa General de Desarrollo 2007-2012
del Gobierno del Distrito Federal. Además, se establecieron metas e indicadores para
los objetivos del presupuesto participativo, para dar cumplimiento a la aplicación y
ejecución de los rubros generales con los recursos del Gasto 65 y medir el grado de
atención y cumplimiento de las obras y servicios realizados. Respecto de las metas e
indicadores establecidos para medir los objetivos vinculados al presupuesto participativo
en 2012, la DPC informó, mediante nota sin número del 12 de septiembre de 2013,
que la meta es “dar cumplimiento en su totalidad a los recursos de $ 484,368.00
(Cuatrocientos ochenta y cuatro mil trescientos sesenta y ocho pesos 00/100 M.N.),
aprobados en el Decreto de Egresos del Distrito Federal, asignado para cada uno de los
Comités Ciudadanos autorizados por el Instituto Electoral del Distrito Federal, que constan
de 89 distribuidos en dicha Delegación”, y el indicador “nos permite evaluar y determinar
el cumplimiento y ejecución de los rubros generales entre los 89 comités ciudadanos,
calculados de la siguiente manera: (Rubros realizados divididos entre 89 Comités
Ciudadanos, multiplicado por 100)…”.
2. En el análisis del POA 2012 de la Delegación Miguel Hidalgo no se identificó actividad
institucional alguna vinculada con el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”,
en consecuencia no se establecieron metas físicas ni financieras para el efecto.
3. En la Cuenta Pública de 2012, apartado “Avance en los Indicadores de los Resultados
de las Actividades Institucionales Realizadas” (AIRAIR), correspondiente a la Unidad
Responsable 02 CD 11 Delegación Miguel Hidalgo, se identificaron las Actividades
Institucionales núm. 108 “Mantenimiento de carpeta asfáltica en vialidades secundarias
y 118 “Programas delegacionales de renovación de banquetas” que agrupan las acciones
vinculadas al Presupuesto Participativo, correspondiente a la muestra, con un cumplimiento
de metas del 100%.
Por todo lo anterior, se concluye que la Delegación Miguel Hidalgo no dispuso en su
Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal de 2012 de una actividad
institucional vinculada con el destino de gasto 65; y los objetivos, metas e indicadores que
señaló para el presupuesto participativo no estuvieron vinculados al Programa General
76
VOLUMEN 8/17
de Desarrollo 2007-2012 del Gobierno del Distrito Federal; en consecuencia, incumplió lo
establecido en los artículos 1o., tercer párrafo, y 25, de la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal; y 126 de su Reglamento, vigentes en 2012; y con el numeral
II. 4, “Presupuesto Participativo” del Manual de Programación-Presupuestación para la
Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2012.
En la reunión de confronta, celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de
Administración en representación de la Delegación Miguel Hidalgo no proporcionó
información alguna relativa al presente resultado, por lo que éste no se modifica.
Recomendación ASC-163-12-01-MH
Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo deberá establecer los objetivos, metas e
indicadores anuales para el presupuesto participativo que estén vinculados con el Programa
General de Desarrollo del Distrito Federal correspondiente; y que se evalué su cumplimiento
para verificar la eficacia en el ejercicio de los recursos, de acuerdo con la normatividad
aplicable.
4. Resultado
Consulta Ciudadana
En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 29 de septiembre de 2011, se publicó “el Acuerdo
del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal, por el que se aprueba la
Convocatoria para participar en la Consulta Ciudadana del 13 de noviembre de 2011, en
cumplimiento con lo dispuesto por la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal”,
el cual establece en el numeral 10, de las Bases y Reglas Operativas, que del 3 al 7 de
octubre de 2011, los habitantes de las colonias y pueblos, conforme a la delimitación
geográfica establecida en el Catálogo de Colonias y Pueblos Originarios 2010, podrán
registrar ante el Coordinador Interno o de Concertación Comunitaria del Comité Ciudadano
o Consejo del Pueblo que les corresponda, los proyectos específicos que consideraran
prioritarios. La convocatoria describe el proceso para registrar los proyectos, los rubros genéricos
y específicos en los que se emplearían los recursos provenientes del destino de gasto 65
“Presupuesto Participativo”; así como las características de los proyectos que se registrarían.
77
VOLUMEN 8/17
Además, señala que las áreas técnicas de las Delegaciones proporcionarían información
y apoyo técnico a los Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos, a fin de que éstos
seleccionaran un mínimo de dos y un máximo de cinco proyectos entre aquellos que reunieran
las siguientes características básicas: vinculación con un rubro general y un proyecto
específico, costo aproximado del proyecto, cantidad aproximada de habitantes que serían
beneficiados y señalar la ubicación exacta del proyecto.
El 13 de noviembre de 2011, se llevó a cabo la Consulta Ciudadana, dividida en dos
etapas: foro informativo y recepción de la opinión ciudadana. En la primera etapa, se informó
a los ciudadanos y a los habitantes de las colonias o pueblos sobre los proyectos elegidos
por el comité respectivo; en la segunda, se recibió la opinión ciudadana para seleccionar
de entre dichos proyectos, el que considerara prioritario llevar a cabo en su colonia o pueblo.
Concluida la recepción de opiniones, los responsables de las mesas receptoras realizaron
el escrutinio y cómputo de las opiniones a fin de determinar los resultados, los cuales
publicarían en lugares visibles. Como resultado de la Consulta Ciudadana, las Direcciones
Distritales expidieron las constancias de validación, entregadas a la Delegación Miguel
Hidalgo para su difusión y ejecución.
Con los oficios núms. ASC/13/1599 del 23 de agosto y ASC/163/12-2 del 20 de septiembre,
ambos de 2013, la CMHALDF solicitó a la Delegación Miguel Hidalgo información relacionada
con el ejercicio de recursos con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
La DGA del órgano político-administrativo mediante el oficio núm. DMH/DGA/DRF/SOF/310/2013
del 30 de septiembre de 2013, proporcionó el similar núm. DGGyPC/DPC/297/2013 del
24 de septiembre de 2013, anexo al cual el Director de Participación Ciudadana proporcionó
lo siguiente:
1. Oficio núm. SECG-IEDF/3458/2011 del 17 de noviembre de 2011, con el cual el IEDF
remitió a la Jefatura Delegacional en Miguel Hidalgo, copia de 76 constancias de validación
de los resultados por cada una de las colonias y pueblos del Distrito Federal que
participaron en la Consulta Ciudadana, dentro de su ámbito territorial, aclarando que
en las colonias Nueva Argentina y Anáhuac II, correspondientes al Distrito Electoral IX,
de esa demarcación territorial, se presentó un empate entre proyectos específicos;
78
VOLUMEN 8/17
asimismo, se anexa la lista de las 13 colonias en los que no se celebró dicho proceso
participativo por no existir Comité Ciudadano.
Al respecto, presentó copia del acta de la sesión extraordinaria del Consejo Ciudadano
Delegacional en Miguel Hidalgo celebrada el 15 de febrero de 2012, la cual señala
como único punto del orden del día, la determinación de los proyectos específicos en
que habrían de aplicarse los recursos autorizados del presupuesto participativo para
el ejercicio 2012, en las colonias en donde no existió Comité Ciudadano (Ángel Zimbrón,
Campo Militar 1 A, Manuel Ávila Camacho, Lomas de Sotelo, Bosques de Chapultepec,
Bosque Polanco, Lomas Altas, Los Morales Polanco, Alameda Polanco, Palmas Polanco,
Palmitas Polanco, Reforma Polanco, Rincón del Bosque) o se presentaron empates
en primer lugar de uno o más proyectos (Nueva Argentina y Anáhuac II).
2. Copia de las 76 constancias de validación de los resultados de la Consulta Ciudadana
realizada en dicha demarcación territorial, validadas por el Coordinador Distrital
y el Secretario Técnico Jurídico de la Dirección Distrital del IEDF correspondiente
a igual número de Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos de la demarcación, de
conformidad con el Anexo 1, “Presupuesto Participativo por Delegaciones” del Decreto
de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, dentro de
las cuales se identificaron los tres proyectos que integran la muestra de auditoría.
Los tres proyectos relativos a la muestra de auditoría son los que resultaron ganadores
y coinciden con los ejecutados por la Delegación Miguel Hidalgo; el primero, fue para realizar
trabajos de rehabilitación de banquetas y guarniciones y pavimentación en vialidades
secundarias, de acuerdo con el contrato y convenio modificatorio núms. DMH-LP-045-
guarniciones y banquetas zona 3/12 y DMH-LP-045-guarniciones y banquetas zona
3/12-CONV-1, adjudicado mediante licitación pública núm. 30001124 026 12; el segundo,
fue para realizar trabajos de rehabilitación de banquetas y guarniciones en 10 colonias, de
acuerdo con el contrato y convenio modificatorio núms. DMH-LP-046 guarniciones y banquetas
zona 2/12 y DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12-CONV-1, adjudicado
mediante licitación pública núm. 30001124 025 12; y el tercero, para realizar trabajos de
pavimentación en vialidades secundarias en 10 colonias de esa demarcación política,
de acuerdo con el contrato y convenio modificatorio núms. DMH-AD-059-pavimentación
79
VOLUMEN 8/17
zona 2/12 y DMH-AD-059-pavimentación zona 2/12-CONV-1, adjudicado en forma directa,
mismos que se identifican con los rubros generales de “Obras y Servicios”, “Infraestructura
Urbana” y “Prevención del Delito”; por lo que la Delegación Miguel Hidalgo se ajustó al
inciso b), del artículo décimo segundo transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos
del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 30 de diciembre de 2011.
Respecto del programa semestral de difusión pública de las acciones y funciones a cargo
de la Delegación Miguel Hidalgo, mediante el oficio núm. DMH/DGA/DRF/SOF/310/13 del
30 de septiembre de 2013, el órgano político-administrativo informó que “se realizó una
búsqueda exhaustiva en los archivos documentales y electrónicos, así como en los Libros
de Gobierno del registro de la correspondencia de entrada y salida, no encontrando
antecedente alguno del Programa Semestral del 2012, para la Difusión Pública de las
acciones y funciones realizadas por este órgano político administrativo…”, por lo que incumplió
con los artículos 56 y 57 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal vigente
en 2012, que señalan lo siguiente:
“Artículo 56. Las autoridades locales del Gobierno del Distrito Federal están obligadas a
establecer un programa semestral de difusión pública acerca de las acciones y funciones
a su cargo en los términos de este capítulo.
”Artículo 57. El programa semestral de difusión pública será aprobado por el Jefe de Gobierno,
tomando en cuenta las opiniones de los Jefes Delegacionales, los Consejos Ciudadanos, los
Consejos del Pueblo y los Comités Ciudadanos, y contendrá información sobre los planes,
programas, proyectos y acciones a cargo de la Administración Pública…”
En la reunión de confronta, celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General
de Administración en representación de la Delegación Miguel Hidalgo no proporcionó
información alguna relativa al presente resultado, por lo que éste no se modifica.
En la revisión de la Cuenta Pública del Distrito Federal de 2011, el Informe de la Auditoría con
clave ASC/151/11 practicada a la Delegación Miguel Hidalgo, resultado núm. 4, recomendación
núm. ASC-151-11-11-MH, se estableció el mecanismo para prevenir el incumplimiento
80
VOLUMEN 8/17
de la elaboración y autorización de su programa semestral de difusión pública acerca de
las acciones y funciones a su cargo, que contenga los planes, programas, proyectos y
acciones, de acuerdo con la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, misma que
ya fue atendida y notificada al sujeto fiscalizado mediante el oficio núm. CMH/13/1162 del
15 de noviembre de 2013. Por ello, no se formula recomendación alguna en el mismo sentido.
5. Resultado
Atribuciones y Marco Jurídico
Para verificar que el órgano político-administrativo contara con las atribuciones para la
operación y ejercicio de los recursos del presupuesto participativo, se analizó la normatividad
aplicable. Como resultado de ello, se constató lo siguiente:
Entre las atribuciones que el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
del Distrito Federal señala para los titulares de los órganos político-administrativos de cada
demarcación territorial, se encuentran las siguientes:
“LVI. Ejecutar en su demarcación territorial programas de desarrollo social, con la participación
ciudadana, considerando las políticas y programas que en la materia emita la dependencia
correspondiente;
”LXXVI. Coordinar acciones de participación ciudadana en materia de prevención del delito…”
El artículo 170 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal,
señala que corresponde a la Dirección General de Gobierno y Participación Ciudadana:
“II. Impulsar políticas para el logro de objetivos definidos en los programas de su competencia,
conforme a las leyes y reglamentos en la materia;”
El Manual Administrativo de la Delegación Miguel Hidalgo, registrado con núm. MA-311-6/11,
vigente en 2012, señala como objetivo específico de la Dirección General de Gobierno
y Participación Ciudadana “asegurar que se promueva y fomente de forma eficiente la
participación ciudadana individual y colectiva de forma permanente”. Asimismo, le confiere
la función de “coadyuvar en la labor de los Comités Vecinales para el cumplimiento de sus
81
VOLUMEN 8/17
funciones, de acuerdo con la normatividad aplicable, y para que las acciones que se emprendan
o soliciten sean siempre dentro del marco de la ley o leyes vigentes para el Distrito Federal.”
Del análisis de la información anterior, se concluye que la Delegación Miguel Hidalgo contó
con las atribuciones señaladas en la normatividad aplicable y los objetivos específicos
y funciones establecidos en su Manual Administrativo, vigentes en 2012, para el ejercicio de
los recursos y las actividades vinculadas al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
6. Resultado
Programa Anual de Obra Pública 2012
Para verificar que la obra pública que la Delegación Miguel Hidalgo realizó con cargo
al destino de gasto 65 “Presupuesto participativo” se hubiese llevado a cabo conforme a la
normatividad aplicable, se analizó el Programa Anual de Obra Pública 2012. De su evaluación
se constató lo siguiente:
Con el oficio núm. SFDF/SE/986/2012 del 30 de enero de 2012, la Subsecretaría de Egresos
de la SEFIN comunicó a la Delegación Miguel Hidalgo el calendario presupuestal y el POA
definitivos; con base en ello, el órgano político-administrativo publicó su Programa Anual de
Obra Pública 2012, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 23 de febrero de 2012,
cumpliendo con el artículo 21 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, vigente en 2012.
En el análisis del Programa Anual de Obra Pública 2012 de la Delegación Miguel Hidalgo,
se observó que no incluye el tipo de obra, costo estimado, lugar de realización de la obra
ni zonas beneficiadas. Por ello, la Delegación incumplió el artículo 8o., del Reglamento de
la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, vigente en 2012, que establece: “Las […]
delegaciones […] al publicar sus programas anuales de obra pública, darán a conocer las
características fundamentales de las obras públicas correspondientes, como tipo de obra,
costo estimado, lugar de realización y zonas beneficiadas…”.
En la reunión de confronta, celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de
Administración en representación de la Delegación Miguel Hidalgo no proporcionó información
alguna relativa al presente resultado, por lo que éste no se modifica.
82
VOLUMEN 8/17
En la revisión de la Cuenta Pública del Distrito Federal de 2011, el Informe de la Auditoría
con clave ASC/151/11, practicada a la Delegación Miguel Hidalgo, resultado núm. 3,
recomendación núm. ASC-151-11-08-MH, se considera el mecanismo para prevenir que
su Programa Anual de Obra Pública incluya las características fundamentales de las
obras públicas correspondientes, como tipo de obra, costo estimado, lugar de realización
y zonas beneficiadas, de conformidad con lo establecido en la Ley de Obras Públicas del
Distrito Federal y su Reglamento, misma que ya fue atendida y notificada al sujeto fiscalizado
mediante el oficio núm. CMH/13/1162 del 15 de noviembre de 2013. Por ello, no se formula
recomendación alguna en el mismo sentido.
7. Resultado
Gasto Aprobado
Con el objeto de verificar que las asignaciones presupuestarias anuales comprometidas
en el Presupuesto de Egresos de 2012, se hubiesen llevado a cabo conforme a la normatividad
aplicable, se analizó el techo presupuestal reportado en el Analítico de Claves, POA,
calendario presupuestal; y Anteproyecto de Presupuesto de Egresos, todos correspondientes
al ejercicio fiscal de 2012, observándose lo siguiente:
Por medio del oficio núm. SFDF/SE/0061/2012 del 2 de enero de 2012, la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN comunicó al titular de la Delegación Miguel Hidalgo que el techo
presupuestal aprobado por la ALDF para el ejercicio fiscal de 2012, fue de 1,436,958.9 miles
de pesos, de los cuales 764,896.0 miles de pesos (53.2%) serían asignados a gasto corriente
y 672,062.9 miles de pesos (46.8%) a gasto de inversión.
Al respecto, se observó que el presupuesto original asignado a la Delegación Miguel
Hidalgo, reportado para la integración de la Cuenta Pública del Distrito Federal de 2012 coincide
con el techo presupuestal, el POA y el calendario presupuestal autorizado por la SEFIN.
En el anexo del oficio núm. SFDF/SE/0061/2012 del 2 de enero de 2012, por el cual se
comunica el techo presupuestal aprobado para la Delegación Miguel Hidalgo por la ALDF
para el ejercicio fiscal de 2012, se señalan los “Recursos etiquetados en el decreto de
Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012”, y se establece
83
VOLUMEN 8/17
que “conforme al artículo transitorio décimo primero del Decreto de Presupuesto de Egresos,
se deberá etiquetar con el DG 65, los montos establecidos en el Anexo 1”, para lo cual
dispone un importe de 43,108.8 miles de pesos.
Asimismo, mediante el oficio núm. SFDF/SE/986/2012 del 30 de enero de 2012, la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN remitió a la Delegación Miguel Hidalgo el calendario presupuestal
y el POA, ambos en sus versiones definitivas y autorizadas.
Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4, 38, primer párrafo, 43, 44 y 47,
párrafo primero, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; y 39 de su
Reglamento; 15, fracción VIII y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito
Federal; 7, fracción VIII, inciso A) y 34, fracción VI, del Reglamento Interior de la Administración
Pública del Distrito Federal.
8. Resultado
Gasto Modificado
Con objeto de verificar que el presupuesto ejercido coincidiera con el reportado por la
Delegación para la integración de la Cuenta Pública del Distrito Federal de 2012 y que el
presupuesto modificado de las partidas se encontrara soportado con las afectaciones
programático-presupuestarias autorizadas, se analizaron las afectaciones y movimientos
que modificaron el presupuesto original del rubro sujeto a revisión. Asimismo, se constató
que dichas afectaciones se encontraran debidamente registradas y justificadas.
En el análisis de las afectaciones programático-presupuestarias y a la información
presupuestaria, se observó que en el presupuesto original de la Delegación Miguel Hidalgo,
se incluyó la cantidad de 43,108.8 miles de pesos con cargo al capítulo 6000 “Inversión
Pública”, en la posición presupuestal núm. 101 6121 021 00. Sin embargo, en el calendario
presupuestal no se etiquetaron los recursos para el destino de gasto 65.
En razón de lo anterior, la Delegación Miguel Hidalgo realizó 12 afectaciones programático-
presupuestarias autorizadas por la SEFIN, para readecuar los recursos al destino de
gasto 65 (cuatro con efecto cero, tres reducciones líquidas, cuatro adiciones compensadas,
y una ampliación compensada), como se muestra en seguida:
84
VOLUMEN 8/17
(Miles de pesos)
Concepto Importe Parcial Total
Presupuesto original
0.0
Más:
Adiciones compensadas 45,004.5
Ampliaciones compensadas 1,453.1 46,457.6
Menos:
Reducciones líquidas -8,188.3 -8,188.3
Presupuesto modificado y ejercido
38,269.3
Presupuesto asignado 43,108.8
Presupuesto no ejercido (4,839.5)
Se verificó que de conformidad con lo establecido en el Anexo núm. 1 del Decreto de
Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, publicado en
la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de diciembre de 2011, a la Delegación Miguel
Hidalgo le correspondieron, por concepto de destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”,
recursos por 43,108.8 miles de pesos (6.1% del presupuesto asignado a las 16 Delegaciones).
La Delegación ejerció 38,269.3 miles de pesos; es decir, 4,839.5 miles de pesos (11.2%)
menos que lo asignado.
Asimismo, se constató que el presupuesto original reportado por el órgano político-
administrativo para la integración de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal
de 2012, coincide con el comunicado por la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN mediante
el oficio núm. SFDF/SE/0061/2012 del 2 de enero de 2012; que los presupuestos modificado
y ejercido, integrados por la CMHALDF, corresponden a los consignados en la Cuenta
Pública referida; y que el sujeto fiscalizado contó con los recursos asignados al presupuesto
participativo antes de establecer compromisos de pago para realizar las obras resultantes
de la Consulta Ciudadana de 2012.
En la revisión de las afectaciones programático-presupuestarias del destino de gasto
65 “Presupuesto Participativo” del ejercicio 2012, se comprobó que éstas fueron elaboradas,
soportadas documentalmente y autorizadas por la SEFIN mediante el Sistema de Planeación
de Recursos Gubernamentales, de conformidad con lo establecido en el apartado
IV.3.3, “Adecuaciones Programático-Presupuestarias”, numeral 3, del Manual de Normas
y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal; y los
artículos 76, fracción III; 77; y 78, capítulo III “De las Adecuaciones Presupuestarias”,
85
VOLUMEN 8/17
título tercero “Del Ejercicio del Gasto Público”, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal, vigentes en 2012.
9. Resultado
Gasto Comprometido
En 2012, la Delegación Miguel Hidalgo ejerció recursos por 38,269.3 miles de pesos del
destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, con cargo a los capítulos 3000 “Servicios
Generales“, por 6,949.2 miles de pesos (18.2%); 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e
Intangibles” por 7,083.1 miles de pesos (18.5%); y 6000 “Inversión Pública”, por 24,237.0 miles
de pesos (63.3%).
Del total de los recursos ejercidos (38,269.3 miles de pesos), el 63.3% (24,237.0 miles
de pesos) se erogó con cargo a las partidas 6241 “División de Terrenos y Construcción de
Obras de Urbanización”, 6251 “Construcción de Vías de Comunicación” y 6291 “Trabajos
de Acabados en Edificaciones y Otros Trabajos Especializados”. De estas partidas, se
determinó la muestra de auditoría por 9,160.0 miles de pesos (23.9%) ejercidos en
trabajos de rehabilitación de banquetas y guarniciones y pavimentación en vialidades
secundarias, de conformidad con los contratos y convenios núms. DMH-LP-045-guarniciones
y banquetas zona 3/12 y DMH-LP-045-guarniciones y banquetas zona 3/12-CONV-1, por
2,295.4 miles de pesos, adjudicado mediante licitación pública núm. 30001124 026 12;
DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12 y DMH-LP-046-guarniciones y banquetas
zona 2/12-CONV-1 por 2,295.1 miles de pesos, adjudicado mediante licitación pública
núm. 30001124 025 12, para realizar los trabajos de rehabilitación de banquetas y guarniciones
en 10 colonias; y DMH-AD-059-pavimentación zona 2/12 y DMH-AD-059-pavimentación
zona 2/12-CONV-1, por 4,569.5 miles de pesos, adjudicado en forma directa para
realizar los trabajos de pavimentación en vialidades secundarias en 10 colonias de esa
demarcación política.
Contratos
A fin de constatar que el sujeto fiscalizado se hubiese ajustado a la normativa aplicable,
se revisaron tres procedimientos de adjudicación; dos licitaciones públicas y una adjudicación
86
VOLUMEN 8/17
directa, con núms. 30001124 026 12, 30001124 025 12 y DMH-AD-059-pavimentación
zona 2/12, respectivamente; para verificar que se haya dado cumplimiento a las cláusulas
de los contratos respectivos. De su análisis se desprende lo siguiente:
Licitación pública nacional núm. 30001124 025 12,
contrato núm. DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12
1. La apertura de las propuestas técnica y económica (sobre único) se realizó el 31 de
mayo de 2012 y el fallo de adjudicación el 6 de junio de 2012, resultando ganadora la
propuesta económica presentada por la empresa Contacto Construcciones, S.A. de C.V.,
de conformidad con los artículos 39, 40 y 41 de la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal vigente en 2012, conforme a las bases de la licitación pública nacional
núm. 30001124 025 12.
2. El objeto del contrato núm. DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12 formalizado
el 7 de junio de 2012, celebrado con la empresa Contacto Construcciones, S.A. de C.V.,
es la realización de una obra consistente en trabajos de rehabilitación de banquetas y
guarniciones zona 2, ubicadas dentro del perímetro delegacional, en las colonias San
Miguel Chapultepec sección I y II, Escandón II, Ampliación Daniel Garza, y Observatorio,
de acuerdo con las constancias de validación de los proyectos ganadores o prioritarios
emitidas por el IEDF. Dicho contrato se celebró a precios unitarios y por unidad de
concepto de trabajo terminado, en cumplimiento con los artículos 23 y 24, párrafo
segundo, inciso A), de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2012.
3. Se celebró un convenio modificatorio de importe núm. DMH-LP-046-guarniciones
y banquetas zona 2/12-CONV-1 formalizado el 22 de junio de 2012, por 220.3 miles
de pesos.
Licitación pública nacional núm. 30001124 026 12 y contrato
núm. DMH-LP-045-guarniciones y banquetas zona 3/12:
1. La apertura de las propuestas técnica y económica (sobre único) se realizó el 1o. de junio
de 2012 y el fallo de adjudicación el 7 de junio de 2012, resultando ganadora la propuesta
económica presentada por la empresa Construcciones y Edificaciones Tapalpa,
S.A. de C.V., de conformidad con los artículos 39, 40 y 41 de la Ley de Obras Públicas
87
VOLUMEN 8/17
del Distrito Federal vigente en 2012, conforme a las bases de la licitación pública
nacional núm. 30001124 026 12.
2. El objeto del contrato núm. DMH-LP-045-guarniciones y banquetas zona 3/12 celebrado
el 8 de junio de 2012, con la empresa Construcciones y Edificaciones Tapalpa,
S.A. de C.V., es la realización de una obra consistente en trabajos de rehabilitación de
banquetas y guarniciones zona 3, ubicadas dentro del perímetro delegacional, en las
colonias Campo Militar 1-A, Campo Militar K, Loma Hermosa, Lomas de Sotelo y
Periodista, de acuerdo con las constancias de validación de los proyectos ganadores
o prioritarios emitidas por el IEDF. Dicho contrato se celebró a precios unitarios y por
unidad de concepto de trabajo terminado, en cumplimiento con los artículos 23 y 24, párrafo
segundo, inciso A), de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2012.
3. Se realizó un convenio modificatorio de importe núm. DMH-LP-045-guarniciones
y banquetas zona 3/12-CONV-1 formalizado el 22 de junio de 2012, por 189.0 miles
de pesos.
Adjudicación directa y contrato núm. DMH-AD-059-pavimentación zona 2/12
1. La invitación a participar en la adjudicación directa a la empresa Arquitectura Xtrema 7,
S.A. de C.V., fue el 13 de junio y la aceptación el 14 de junio, ambas de 2012; el dictamen
de adjudicación directa y comunicación del fallo fue el 15 de junio de 2012, de conformidad
con los artículos 41 y 61, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2012.
2. El objeto del contrato núm. DMH-AD-059-pavimentación zona 2/12 formalizado
el 15 de junio de 2012, celebrado con la empresa Arquitectura Xtrema 7, S.A. de C.V.,
es la realización de una obra consistente en trabajos de pavimentación en vialidades
secundarias zona 2 (reencarpetado), ubicadas dentro del perímetro delegacional, en
las colonias Reforma social, Daniel Garza, Anáhuac II, Lomas de reforma, América,
Legaria, Lomas altas, Lomas de Barrilaco, Plutarco Elías Calles y Chapultepec Reforma,
de acuerdo con las constancias de validación de los proyectos ganadores o prioritarios
emitidas por el IEDF. Dicho contrato se celebró a precios unitarios y por unidad de
concepto de trabajo terminado, en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 23 y 24,
párrafo segundo, inciso C), de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2012.
88
VOLUMEN 8/17
3. Se formalizó un convenio modificatorio de plazo núm. DMH-AD-059-pavimentación
zona 2/12-CONV-1 el 6 de agosto de 2012.
En el análisis de los contratos referidos se determinó lo siguiente:
1. Los tres contratos contaron con suficiencia presupuestal de acuerdo con el oficio
núm. SFDF/SE/0061/2012 del 2 de enero de 2012, donde la SEFIN les autoriza su
techo presupuestal; sin embargo, no contaron con recursos disponibles aprobados,
ya que la Subdirección de Presupuesto informa a las Direcciones Generales de
Gobierno y Participación Ciudadana y de Obras Públicas y Desarrollo Urbano,
con los oficios núms. DMH/DGA/DRF/SP/204/2012, DMH/DGA/DRF/SP/205/2012 y
DMH/DGA/DRF/SP/207/2012, todos del 29 de agosto de 2012, el registro y autorización
de las afectaciones programáticas presupuestales núms. B 02 CD 11 8772,
B 02 CD 11 8776 y B 02 CD 11 8769, respectivamente, todas del 23 de agosto de 2012,
donde se adicionan las partidas con DG 65 “Presupuesto Participativo”, por lo que a la
firma de los tres contratos que forman parte de la muestra no se contaba con las claves
presupuestarias correspondientes, contraviniendo el artículo 23 de la Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal vigente en 2012, que establece que “las dependencias,
órganos desconcentrados, delegaciones y entidades podrán convocar, adjudicar o llevar
a cabo obra pública, solamente cuando cuenten con recursos disponibles dentro
de su presupuesto aprobado.”
2. El expediente de la licitación pública nacional núm. 30001124 025 12 correspondiente
al contrato núm. DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12, contiene la evidencia
documental de la convocatoria, comprobante de pago y entrega de las bases, bases
de licitación, acta de junta de aclaraciones, acta de apertura de sobre único, evaluación
técnica-económica, dictamen técnico-económico, garantía de seriedad de la propuesta,
acta de fallo de adjudicación, contrato, convenio modificatorio de importe, fianza de
cumplimiento de contrato, estimaciones, minutas de recepción física de los trabajos,
acta de entrega recepción y fianza de vicios ocultos, de conformidad con la Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal vigente en 2012.
3. El expediente de la licitación pública nacional núm. 30001124 026 12 correspondiente
al contrato núm. DMH-LP-045-guarniciones y banquetas zona 3/12, contiene la evidencia
89
VOLUMEN 8/17
documental de la convocatoria, comprobante de pago y entrega de las bases, bases
de licitación, acta de junta de aclaraciones, acta de apertura de sobre único, evaluación
técnica-económica, dictamen técnico-económico, garantía de seriedad de la propuesta,
acta de fallo de adjudicación, contrato, convenio modificatorio de importe, fianza de
cumplimiento de contrato, estimaciones, minuta de recepción física de los trabajos y
fianza de vicios ocultos; observándose que no fue elaborada el acta de entrega recepción
correspondiente, contraviniendo el artículo 57, párrafo cuarto, de la Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal vigente en 2012, que indica: “…en la fecha señalada, la
dependencia, órgano desconcentrado, delegación o entidad, recibirá bajo su responsabilidad
los trabajos y levantara el acta correspondiente, sin perjuicio de proceder con posterioridad
a la liquidación y finiquito del contrato…”
4. El expediente de la adjudicación directa núm. DMH-AD-059-pavimentación zona 2/12,
con mismo número de contrato, contiene la evidencia documental de la invitación,
oficio dirigido a la contraloría interna para participar en el proceso, aceptación de la
invitación, bases del concurso, apertura técnica-económica, evaluación técnica-económica,
dictamen de adjudicación directa, garantía de seriedad de la propuesta, contrato,
convenio modificatorio de plazo, fianza de cumplimiento de contrato, estimaciones, minutas
de recepción física de los trabajos, actas de entrega recepción y fianza de vicios ocultos,
de conformidad con la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2012.
Contrato núm. DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12
1. Con base en el dictamen y en el fallo del 5 y 6 de junio de 2012, respectivamente,
la Delegación Miguel Hidalgo adjudicó a la empresa Contacto Construcciones, S.A. de C.V.,
el contrato a base de precios unitarios y por unidad de concepto de trabajo terminado
núm. DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12, por un importe de 2,076.9 miles de
pesos (IVA incluido), quien ofreció las mejores condiciones legales, técnicas, económicas,
financieras y administrativas para realizar los trabajos de rehabilitación de banquetas
y guarniciones en diferentes colonias de esa demarcación política. El convenio
modificatorio de importe núm. DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12-CONV-1
del 22 de junio de 2012, por 220.3 miles de pesos contó con el dictamen técnico
correspondiente.
90
VOLUMEN 8/17
2. El plazo para la ejecución de las obras contratadas fue de 60 días naturales, (inicio
el 11 de junio de 2012 y término el 9 de agosto de 2012), de conformidad con el programa
de trabajo que formó parte del contrato (cláusula tercera).
3. Las obras estuvieron a cargo de la DGOPDU de la Delegación Miguel Hidalgo. Para el inicio
de los trabajos, la Delegación no otorgó anticipos (cláusula cuarta del contrato).
4. Mediante la convocatoria núm. DMH/DGOPDU/006/12 del 7 de mayo de 2012,
la Delegación publicó la Licitación Pública Nacional núm. 30001124 025 12 para la
realización de la obra pública consistente en la rehabilitación de banquetas y guarniciones
zona 2, ubicadas dentro del perímetro delegacional, de conformidad con la Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal y su reglamento, vigentes en 2012.
5. En el expediente de la licitación pública núm. 30001124 025 12 obra la siguiente
documentación: contrato, convenio modificatorio de importe, garantía de cumplimiento
de las propuestas y del contrato, póliza de seguro de responsabilidad civil para garantizar
la reparación total de los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar a terceros,
bases, actas de las distintas etapas del procedimiento, dictamen de análisis cualitativo,
dictámenes y acta de fallo.
6. El contrato suscrito cumplió los requisitos del artículo 46 de la Ley de Obras Públicas
para el Distrito Federal vigente en 2012.
7. De acuerdo con la cláusula quinta del contrato, “Garantías”, la empresa contratista Contacto
Construcciones, S.A. de C.V., presentó en tiempo y forma las pólizas de fianza para
garantizar el cumplimiento del contrato, responsabilidad civil para garantizar la reparación
total de los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar a terceros y para responder
por los vicios ocultos y cualquier otra responsabilidad, como se muestra en seguida:
(Miles de pesos)
Garantía afianzada Póliza número Fecha Afianzadora Importe %
Cumplimiento de contrato 1346140 7/VI/12 Fianzas Monterrey, S.A. 229.7 10.0
Responsabilidad civil NT 32003015 11/VI/12 Aba/Seguros, S.A. de C.V. 229.7 10.0
Vicios ocultos 1372380 9/VIII/12 Fianzas Monterrey, S.A. 229.7 10.0
91
VOLUMEN 8/17
Lo anterior, en cumplimiento de los artículos 35, fracción III, 36 y 58, segundo párrafo,
de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; y 35 y 36 de su Reglamento, vigentes
en 2012.
Contrato núm. DMH-LP-045-guarniciones y banquetas zona 3/12
1. Con base en el dictamen y fallo del 6 y 7 de junio de 2012 respectivamente, la Delegación
Miguel Hidalgo adjudicó a la empresa Construcciones y Edificaciones Tapalpa,
S.A. de C.V., el contrato a base de precios unitarios y por unidad de concepto de trabajo
terminado núm. DMH-LP-045-guarniciones y banquetas zona 3/12, por un importe de
2,106.4 miles de pesos (IVA incluido), la que ofreció las mejores condiciones legales,
técnicas, económicas, financieras y administrativas para realizar los trabajos de
rehabilitación de banquetas y guarniciones en diferentes colonias de esa demarcación
política. El convenio modificatorio de importe núm. DMH-LP-045-guarniciones y banquetas
zona 3/12-CONV-1 formalizado el 22 de junio de 2012, por 189.0 miles de pesos cuenta
con el dictamen técnico correspondiente.
2. El plazo para la ejecución de las obras contratadas fue de 60 días naturales, (inicio el 11 de
junio de 2012 y término el 9 de agosto de 2012), de conformidad con el programa
de trabajo que formó parte del contrato (cláusula tercera).
3. Las obras estuvieron a cargo de la DGOPDU de la Delegación Miguel Hidalgo. Para el inicio
de los trabajos la delegación no otorgó anticipos (cláusula cuarta del contrato).
4. Mediante la convocatoria núm. DMH/DGOPDU/006/12 del 7 de mayo de 2012,
la Delegación Miguel Hidalgo publicó la licitación pública núm. 30001124 026 12 para la
realización de la obra pública consistente en la rehabilitación de banquetas y guarniciones
zona 3, ubicadas dentro del perímetro delegacional, de conformidad con la Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal y su Reglamento, vigentes en 2012.
5. En el expediente de la licitación pública nacional núm. 30001124 026 12 obra
la siguiente documentación: contrato, convenio modificatorio de importe, garantía de
cumplimiento de las propuestas y del contrato, póliza de seguro de responsabilidad
92
VOLUMEN 8/17
civil para garantizar la reparación total de los daños y perjuicios que se pudieran
ocasionar a terceros, bases, actas de las distintas etapas del procedimiento, dictamen
de análisis cualitativo, dictámenes y acta de fallo.
6. El contrato suscrito cumplió con los requisitos del artículo 46 de la Ley de Obras Públicas
para el Distrito Federal vigente en 2012.
7. Según la cláusula quinta del contrato “Garantías”, la empresa contratista Construcciones
y Edificaciones Tapalpa, S.A. de C.V., presentó en tiempo y forma las pólizas de fianza
para garantizar el cumplimiento del contrato, responsabilidad civil para garantizar la
reparación total de los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar a terceros y para
responder por los vicios ocultos y cualquier otra responsabilidad, como se muestra
en seguida:
(Miles de pesos)
Garantía afianzada Número de póliza Fecha Afianzadora Importe %
Cumplimiento de contrato
3233-02503-1 8/VI/12 Afianzadora Aserta, S.A. de C.V. 229.5 10.0
Responsabilidad civil 000009879 11/VI/12 Seguros Afirme, S.A. de C.V. 229.5 10.0
Vicios ocultos 3233-02916-1 13/VIII/12 Afianzadora Aserta, S.A. de C.V. 222.1 10.0
Lo anterior, en cumplimiento con los artículos 35, fracción III, 36 y 58, segundo párrafo,
de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; y 35 y 36 de su Reglamento, vigentes
en 2012.
Contrato núm. DMH-AD-059-pavimentación zona 2/12
1. Con base en el dictamen del 15 de junio de 2012, la Delegación Miguel Hidalgo
adjudicó a la empresa Arquitectura Xtrema 7, S.A. de C.V., el contrato a base de precios
unitarios y por unidad de concepto de trabajo terminado núm. DMH-AD-059-pavimentación
zona 2/12, por un importe de 4,569.5 miles de pesos (IVA incluido), la que ofreció las
mejores condiciones legales, técnicas, económicas, financieras y administrativas para
realizar los trabajos de pavimentación en vialidades secundarias zona 2, de esa
demarcación política. El convenio modificatorio de plazo núm. DMH-AD-059-pavimentación
zona 2/12-CONV-1 del 6 de agosto de 2012, contó con el dictamen técnico respectivo.
93
VOLUMEN 8/17
2. El plazo para la ejecución de las obras contratadas fue de 60 días naturales, (inicio el 18 de
junio de 2012 y término el 16 de agosto de 2012), de conformidad con el programa
de trabajo que formó parte del contrato (cláusula tercera) y que mediante convenio
modificatorio de plazo la fecha de término se amplió 15 días naturales, quedando
el 31 de agosto de 2012.
3. Las obras estuvieron a cargo de la DGOPDU de la Delegación Miguel Hidalgo. Para el
inicio de los trabajos la delegación no otorgó anticipos (cláusula cuarta del contrato).
4. Mediante el oficio núm. DGOPDU/JUDCC/1443/12 del 13 de junio de 2012, la Delegación
Miguel Hidalgo invitó a la empresa Arquitectura Xtrema 7, S.A. de C.V., para la realización
de la obra pública consistente en pavimentación en vialidades secundarias zona 2,
ubicadas dentro del perímetro delegacional, de conformidad con la Ley de Obras Públicas
del Distrito Federal y su Reglamento, vigentes en 2012.
5. En el expediente de la adjudicación directa obra la siguiente documentación: contrato,
convenio modificatorio de plazo, garantía de cumplimiento de las propuestas y del
contrato, póliza de seguro de responsabilidad civil para garantizar la reparación total
de los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar a terceros, bases, actas de las distintas
etapas del procedimiento, análisis cuantitativo y cualitativo y dictamen de adjudicación
directa.
6. El contrato suscrito cumplió con los requisitos del artículo 46 de la Ley de Obras Públicas
para el Distrito Federal vigente en 2012.
7. En acuerdo con la cláusula quinta del contrato “Garantías”,la empresa contratista
Arquitectura Xtrema 7, S.A. de C.V., presentó en tiempo y forma las pólizas de fianza
para garantizar el cumplimiento del contrato, responsabilidad civil para garantizar la
reparación total de los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar a terceros y para
responder por los vicios ocultos y cualquier otra responsabilidad, como se muestra
enseguida:
94
VOLUMEN 8/17
(Miles de pesos)
Garantía afianzada Póliza número Fecha Afianzadora Importe %
Cumplimiento de contrato
5322-26797-3 15/VI/12 Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V. 456.9 10.0
Responsabilidad civil 0000004938 27/VI/12 Seguros México, S.A. de C.V. 456.9 10.0
Vicios ocultos 5322-27493-7 31/VIII/12 Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V. 456.9 10.0
Lo anterior, en cumplimiento de los artículos 35, fracción III, 36 y 58, segundo párrafo,
de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; y 35 y 36 de su Reglamento, vigentes
en 2012.
En la reunión de confronta, celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de
Administración en representación de la Delegación Miguel Hidalgo no proporcionó información
alguna relativa al presente resultado, por lo que éste no se modifica.
Recomendación ASC-163-12-02-MH
Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo garantice que a la firma de los contratos,
cuente con recursos disponibles dentro de su presupuesto aprobado, de conformidad con
el artículo 23 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
10. Resultado
Gasto Devengado
En cuanto a la recepción de las obras contratadas, se verificó que el órgano político-
administrativo contara con la evidencia documental respectiva, observándose lo siguiente:
Contrato y convenio núms. DMH-LP-045-guarniciones y banquetas zona 3/12
y DMH-LP-045-guarniciones y banquetas zona 3/12-CONV-1
1. La obra pública consistió en la rehabilitación de banquetas y guarniciones zona 3, ubicadas
dentro del perímetro delegacional, la cual se llevará a cabo en las colonias Campo
militar 1-A, Campo militar K, Loma hermosa, Lomas de Sotelo, y Periodista.
95
VOLUMEN 8/17
Las estimaciones autorizadas y pagadas de los trabajos ejecutados se desglosan como
se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Estimaciones de trabajos ejecutados
Estimación autorizada Deducciones Importe
neto pagado
Número Importe (IVA incluido)
Supervisión y revisión
(1.5%)
Servicios de auditoría
(2%)
Aportación voluntaria (I.C.I.C.)
Penas convencionales *
1 (uno) 66.3 0.9 1.1 0.1 1.1 63.1
2 (dos) 816.0 10.5 14.1 1.4 0.0 790.0
3 (tres) 693.4 9.0 11.9 1.2 0.0 671.3
4 (cuatro) 638.8 8.3 11.0 1.1 0.0 618.4
5 (Finiquito) 80.9 1.1 1.4 0.1 0.0 78.3
Total 2,295.4 29.8 39.5 3.9 1.1 2,221.1
* Por no presentar en tiempo las estimaciones.
El monto del contrato y convenio modificatorio de importe, núms. DMH-LP-045-
guarniciones y banquetas zona 3/12 y DMH-LP-045-guarniciones y banquetas zona
3/12-CONV-1, por 2,295.4 miles de pesos (IVA incluido), coincide con el importe de
las cinco estimaciones autorizadas y pagadas.
2. En cuanto a la recepción de los trabajos, la Delegación Miguel Hidalgo proporcionó el
escrito del contratista sin número, del 9 de agosto de 2012, notificando la terminación
de los trabajos y solicitando la verificación de los mismos, así como el acta de verificación
física de la terminación de los trabajos del 21 de agosto de 2012, indicando que la
terminación de los trabajos fue el 9 de agosto de 2012, de acuerdo con el contrato,
observándose que no se llevó a cabo su entrega-recepción, mediante el levantamiento
del acta correspondiente.
Por lo anterior, se observa que la Delegación Miguel Hidalgo incumplió con lo dispuesto
en la cláusula séptima, “Verificación física, recepción, liquidación y finiquito de los trabajos”,
del contrato núm. DMH-LP-045-guarniciones y banquetas zona 3/12 y el artículo 57 de la
Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, que establecen y disponen lo siguiente:
96
VOLUMEN 8/17
Cláusula Séptima:
“Séptima. ‘Verificación física, recepción, liquidación y finiquito de los trabajos’. ‘El contratista’
comunicará por escrito a ‘el órgano político-administrativo’ la terminación de los trabajos
que le fueron encomendados, para que ésta dentro de 30 (treinta) días hábiles posteriores
a la fecha de terminación convenida, verifique la debida terminación de los mismos,
levantando el acta correspondiente de verificación física de los trabajos, conforme a las
condiciones establecidas en el presente contrato, de conformidad con el artículo 57 de
la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal. […] Una vez que se haya constatado
la terminación de los trabajos en los términos del párrafo anterior, ‘el órgano político-
administrativo’ procederá a su recepción física, mediante el levantamiento del acta
correspondiente dentro del plazo de 15 (quince) días hábiles siguientes a la fecha de
la verificación física.”
Ley de Obras Públicas del Distrito Federal
“Artículo 57.- Una vez que se haya constatado la terminación de los trabajos […] la
dependencia, órgano desconcentrado, delegación o entidad, procederá a su recepción
dentro del plazo que para tal efecto se haya establecido en el propio contrato. Al concluir
dicho plazo, sin que la dependencia, órgano desconcentrado, delegación o entidad, haya
recibido los trabajos, éstos se tendrán por recibidos.”
3. De acuerdo con la verificación física efectuada el 25 de octubre de 2013 por la CMHALDF
y por la Delegación Miguel Hidalgo, de las obras objeto del contrato núm. DMH-LP-045-
guarniciones y banquetas zona 3/12, se constató que las obras corresponden a la
descripción establecida en el contrato y con los proyectos ganadores que se indican
en las constancias de validación emitidas, como resultado de la Consulta Ciudadana
celebrada el 13 de noviembre de 2011.
Contrato y convenio núms. DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12
y DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12-CONV-1
1. La obra pública consistió en la rehabilitación de banquetas y guarniciones zona 2, ubicadas
dentro del perímetro delegacional, la cual se llevó a cabo en las colonias San Miguel
Chapultepec zona I y zona II, Escandón II, Ampliación Daniel Garza y Observatorio.
97
VOLUMEN 8/17
Las estimaciones autorizadas y pagadas de los trabajos ejecutados se desglosan
a continuación:
(Miles de pesos)
Estimación autorizada Deducciones Importe
neto pagado
Número Importe (IVA incluido)
Supervisión y revisión
(1.5%)
Servicios de auditoría
(2%)
1 (uno) 362.6 4.7 6.3 351.6
2 (dos) 1,180.9 15.3 20.3 1,145.3
3 (tres) 525.1 6.8 9.0 509.3
4 (Finiquito) 226.5 2.9 3.9 219.7
Total 2,295.1 29.7 39.5 2,225.9
El monto del contrato núm. DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12 y el convenio
modificatorio de importe núm. DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12-CONV-1,
fue de 2,297.2 miles de pesos (IVA incluido), que se integra con las cuatro estimaciones
autorizadas y pagadas por 2,295.1 miles de pesos y un remanente de 2.1 miles de pesos,
el cual se canceló con la afectación presupuestaria liquida C 02 CD 11 17169 del 31 de
diciembre de 2012.
2. En cuanto a la recepción de los trabajos, la Delegación Miguel Hidalgo proporcionó el
escrito del contratista sin número, del 9 de agosto de 2012, notificando la terminación
de los trabajos y solicitando la verificación de los mismos; actas de verificación física de
la terminación de los trabajos del 21, 22 y 27 de agosto; 6 y 7 de septiembre, todas
de 2012, indicando que la terminación de los trabajos fue el 9 de agosto de 2012, de
acuerdo con el contrato; el acta de entrega-recepción física de los trabajos se realizó
el 11 de octubre de 2012, en donde se hizo constar que los trabajos fueron realizados
de conformidad con el contrato y a entera satisfacción de la Delegación, de acuerdo con
la cláusula séptima “Verificación física, recepción, liquidación y finiquito de los Trabajos”
del contrato; y en cumplimiento de los artículos 57 de la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal y 64 de su Reglamento, vigentes en 2012.
3. De acuerdo con la verificación física efectuada el 25 de octubre de 2013 por la CMHALDF
y la Delegación Miguel Hidalgo, se constató que las obras corresponden con la descripción
establecida en el contrato y con los proyectos ganadores que se indican en las constancias
98
VOLUMEN 8/17
de validación emitidas, como resultado de la Consulta Ciudadana celebrada el 13 de
noviembre de 2011.
Contrato y convenio núms. DMH-AD-059-pavimentación zona 2/12
y DMH-AD-059-pavimentación zona 2/12-CONV-1
1. La obra pública consistió en la pavimentación en vialidades secundarias zona 2
(reencarpetado), ubicadas dentro del perímetro delegacional, la cual se llevó a cabo
en las colonias Reforma social, Daniel Garza, Anáhuac II, Lomas de reforma (Lomas de
Chapultepec), América, Legaría, Lomas altas, Lomas de Barrilaco (Lomas de Chapultepec),
Plutarco Elías Calles y Chapultepec Reforma.
Las estimaciones autorizadas y pagadas de los trabajos ejecutados se desglosan
a continuación:
(Miles de pesos)
Estimaciones de trabajos ejecutados
Estimación autorizada Deducciones Importe
neto pagado
Número Importe (IVA incluido)
Supervisión y revisión
(1.5%)
Servicios de auditoría
(2%)
Aportación voluntaria (I.C.I.C.)
Penas convencionales*
1 (uno) 57.0 0.7 1.0 0.1 1.0 54.2
2 (dos) 1,729.0 22.4 29.8 3.0 0.0 1,673.8
3 (tres) 1,151.2 14.9 19.8 2.0 0.0 1,114.5
4 (cuatro) 1,260.7 16.3 21.7 2.2 0.0 1,220.5
5 (cinco) 79.1 1.0 1.4 0.1 0.0 76.6
6 (seis) 273.9 3.6 4.7 0.5 4.7 260.4
7 (Finiquito) 18.6 0.2 0.3 0.0 0.0 18.1
Total 4,569.5 59.1 78.7 7.9 5.7 4,418.1
* Por no presentar en tiempo las estimaciones.
El monto del contrato núm. DMH-AD-059-pavimentación zona 2/12 y el convenio
modificatorio de plazo núm. DMH-AD-059-pavimentación zona 2/12-CONV-1, ascendieron
a 4,569.5 miles de pesos (IVA incluido), importe que coincide con las siete estimaciones
autorizadas y pagadas.
2. En cuanto a la recepción de los trabajos, la Delegación Miguel Hidalgo proporcionó el
escrito del contratista sin número, del 31 de agosto de 2012, notificando la terminación
99
VOLUMEN 8/17
de los trabajos y solicitando la verificación de los mismos; actas de verificación física de la
terminación de los trabajos de los días 3, 4, 5, 6, 13, 14 y 18 de septiembre de 2012,
indicando que la terminación de los trabajos fue el 31 de agosto de 2012, de acuerdo
con el convenio modificatorio de plazo; el acta de entrega-recepción física de los
trabajos se realizó el 10 de octubre de 2012, en donde se hace constar que los trabajos
fueron realizados de conformidad con el contrato y a entera satisfacción de la Delegación,
de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula séptima, “Verificación física, recepción,
liquidación y finiquito de los Trabajos” del contrato; y en cumplimiento de lo dispuesto en
los artículos 57 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y 64 de su Reglamento,
vigentes en 2012.
3. En la verificación física efectuada el 25 de octubre de 2013 por la CMHALDF y por la
Delegación Miguel Hidalgo, se constató que las obras corresponden a la descripción
establecida en el contrato y con los proyectos ganadores que se indican en las constancias
de validación emitidas, como resultado de la Consulta Ciudadana celebrada el 13 de
noviembre de 2011.
En la reunión de confronta, celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de
Administración en representación de la Delegación Miguel Hidalgo no proporcionó información
alguna relativa al presente resultado, por lo que éste no se modifica.
Recomendación ASC-163-12-03-MH
Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo garantice que la entrega-recepción de los
trabajos de obra pública se lleve a cabo mediante el levantamiento del acta correspondiente,
de acuerdo con el artículo 57 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y con las
cláusulas contractuales correspondientes.
11. Resultado
Gasto Registrado y Ejercido
Con el propósito de verificar que los pagos realizados por la Delegación Miguel Hidalgo con
cargo al capítulo 6000 “Inversión Pública”, partidas 6241 “División de Terrenos y Construcción
de Obras de Urbanización” y 6251 “Construcción de vías de comunicación” se hayan sujetado
100
VOLUMEN 8/17
a las condiciones pactadas en los contratos núms. DMH-LP-045-guarniciones y banquetas
zona 3/12 del 8 de junio, DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12 del 7 de junio
y DMH-AD-059-pavimentación zona 2/12 del 15 de junio, todos de 2012; y sus respectivos
convenios núms. DMH-LP-045-guarniciones y banquetas zona 3/12-CONV-1, DMH-LP-046-
guarniciones y banquetas zona 2/12-CONV-1, ambos del 22 de junio y DMH-AD-059-
pavimentación zona 2/12-CONV-1 del 6 de agosto, todos de 2012; que éstos estuvieran
respaldados con la documentación justificativa y comprobatoria de la obras; y que el registro
presupuestal se hubiese sujetado a la normatividad aplicable, se analizó la documentación
soporte de la muestra, contenida en las 16 CLC que se relacionan a continuación:
(Miles de pesos)
Número de contrato y convenio CLC * Factura *
Número Fecha Importe Número Fecha
DMH-LP-045-guarniciones y banquetas zona 3/12 y DMH-LP-045-guarniciones y banquetas zona 3/12-CONV-1
10003449 14/IX/12 66.3 313 5/VII/12
10003450 14/IX/12 816.0 314 21/VII/12
10006080 5/XI/12 693.4 330 6/VIII/12
10006081 5/XI/12 638.8 331 12/VIII/12
10010362 20/XII/12 80.9 336 13/VIII/12
Total
2,295.4
DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12 y DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12-CONV-1
10003202 10/IX/12 362.6 221 19/VII/12
10003367 13/IX/12 1,180.9 248 15/VIII/12
10003991 23/IX/12 525.1 272 13/IX/12
10015555 31/XII/12 226.5 276 17/IX/12
Total
2,295.1
DMH-AD-059-pavimentación zona 2/12 y DMH-AD-059-pavimentación zona 2/12-CONV-1
10003451 14/IX/12 57.0 239 13/VII/12
10003452 14/IX/12 1,729.0 240 25/VII/12
10003986 23/IX/12 1,151.2 255 8/VIII/12
10006207 6/XI/12 1,260.7 262 16/VIII/12
10006209 6/XI/12 79.1 263 27/VIII/12
10010244 19/XII/12 273.9 278 30/VIII/12
10010254 19/XII/12 18.6 281 31/VIII/12
Total
4,569.5
Gran total
9,160.0
* El importe de la CLC coincide con el importe señalado en la factura respectiva.
Del análisis a la documentación que soporta los pagos realizados se desprende lo siguiente:
1. La Delegación Miguel Hidalgo contó con la documentación justificativa del gasto (tres
contratos y sus respectivos convenios modificatorios) y comprobatoria (16 facturas),
de acuerdo con el artículo 69, fracciones I y III, de la Ley de Presupuesto y Gasto
101
VOLUMEN 8/17
Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012; asimismo, las facturas cumplen con
los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la
Federación.
2. La cláusula sexta, “Forma de Pago”, de los contratos establecen “…que los trabajos
objeto del presente contrato, se paguen por unidad de concepto de trabajo terminado
y conforme al calendario de pagos autorizados…mediante la formulación de estimaciones
que abarcarán los conceptos de trabajo terminados por periodos máximos mensuales;
las que serán presentadas…a la residencia de supervisión a través de la ventanilla
única de recepción, control y seguimiento de estimaciones dentro de los cuatro días
hábiles siguientes a la fecha de corte, que serán los días 15 y último de cada mes,
quien deberá revisar y en su caso aprobar la estimación dentro de los cinco días
hábiles siguientes a su presentación; en el supuesto de que surjan diferencias técnicas
o numéricas, las partes tendrán dos días hábiles contados a partir del vencimiento del
plazo señalado para la revisión, para conciliar dichas diferencias; […] ‘La Delegación’
recibirá para su autorización y trámite de pago, dichas estimaciones preferentemente
a partir de los días 16 y/o 01 de cada mes, acompañadas de la documentación que
acredite la procedencia de su pago […]”.
Al respecto, las 16 CLC mediante las cuales se efectuaron los pagos a los contratistas
fueron elaboradas por el personal autorizado y contaron con la documentación soporte,
de conformidad con la DGA y la DGOPDU, consistente en el volante de trámite de
estimación (hoja de seguimiento), factura de la empresa, hoja resumen de estimación,
hoja de liquidación, estado de cuenta, estimación de los trabajos ejecutados, números
generadores de obra, álbum fotográfico, croquis generador de la obra y bitácora de obra.
Por lo anterior, la Delegación Miguel Hidalgo cumplió con los artículos 52 de la Ley de
Obras Públicas del Distrito Federal y 59, último párrafo, de su Reglamento, vigentes
en 2012.
3. El registro presupuestal de las operaciones revisadas se llevó a cabo en el concepto
6200 “Obra pública en bienes propios” del Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito
Federal vigente en 2012, por lo que su registro fue incorrecto, ya que por el tipo de obras
102
VOLUMEN 8/17
realizadas le corresponde el concepto 6100 “Obra pública en bienes de dominio
público”, de acuerdo con el artículo 7 de la Ley General de Bienes Nacionales, por lo que
se incumplió el artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal
vigente en 2012, que establece:
“Los titulares de las Unidades Responsables del Gasto y los servidores públicos
encargados de su administración, serán los responsables del manejo y aplicación de los
recursos […] con sujeción a los capítulos, conceptos y partidas del clasificador por objeto
del gasto que expida la Secretaría […]”.
En la reunión de confronta, celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de
Administración en representación de la Delegación Miguel Hidalgo no proporcionó información
alguna relativa al presente resultado, por lo que éste no se modifica.
En la revisión de la Cuenta Pública del Distrito Federal de 2011, el Informe de la Auditoría
con clave ASC/151/11, practicada a la Delegación Miguel Hidalgo, resultado núm. 5,
recomendación núm. ASC-151-11-15-MH, considera el mecanismo para garantizar que el
ejercicio de su presupuesto se registre en las partidas correspondientes, conforme al Clasificador
por Objeto del Gasto del Distrito Federal y demás normatividad aplicable, misma que
ya fue atendida y notificada al sujeto fiscalizado mediante el oficio núm. ASC/13/1162
del 15 de noviembre de 2013. Por ello, no se formula recomendación en el mismo sentido.
12. Resultado
Gasto Pagado
Con objeto de verificar que la Delegación Miguel Hidalgo contara con la documentación
que reflejara la cancelación total de las obligaciones contraídas, mediante los contratos
correspondientes a la muestra de auditoría, por medio de los oficios núms. ASC/13/1960,
ASC/13/1961 y ASC/13/1962, todos del 3 de octubre de 2013, la CMHALDF solicitó a las
empresas contratistas Construcciones y Edificaciones Tapalpa, S.A. de C.V., Contacto
Construcciones, S.A. de C.V. y Arquitectura Xtrema 7, S.A. de C.V., con quienes la
Delegación celebró los contratos núms. DMH-LP-045-guarniciones y banquetas zona 3/12,
DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12 y DMH-AD-059-pavimentación zona 2/12,
103
VOLUMEN 8/17
respectivamente, la confirmación de las operaciones, relación de pagos, copia de las facturas
emitidas, documentación que acredite la entrega de las obras y, en su caso, el importe de
las penas convencionales aplicadas. A la fecha de la elaboración del informe, la empresa
Construcciones y Edificaciones Tapalpa, S.A. de C.V. no había dado respuesta alguna; del
análisis a los escritos de respuesta de los proveedores Arquitectura Xtrema 7, S.A. de C.V.,
y Contacto Construcciones, S.A. de C.V., ambos sin número y de fechas 15 y 21 de octubre
de 2013, respectivamente, se constató que los importes consignados en las facturas,
estimaciones, acta de entrega-recepción de las obras, estados de cuenta bancarios y contratos,
coinciden con los importes proporcionados por el órgano político-administrativo.
De las consultas realizadas el 7 de octubre de 2013 en los sitios de internet de la SFP y la
CGDF, se desprende que ninguno de los tres contratistas de la muestra de auditoría, con
quienes la Delegación Miguel Hidalgo realizó operaciones durante 2012, se encuentra en los
listados de proveedores y contratistas sancionados que publican dichas instancias en sus
sitios oficiales. Lo anterior, de conformidad con el artículo 37, fracción XI-BIS, de la Ley
de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2012.
13. Resultado
Informes del Compromiso y la Ejecución de los Recursos del Presupuesto Participativo
En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de diciembre de 2011, se publicó el Decreto
de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, que en su artículo
décimo segundo, transitorio inciso f), establece:
“Los Jefes Delegacionales entregarán cuatro informes del compromiso y la ejecución de los
recursos aplicados al presupuesto participativo, por colonia y por pueblo originario, a más
tardar el 30 de marzo, el 30 de junio, el 30 de septiembre y el 5 de diciembre de 2012,
mismos que serán turnados al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, a la Contraloría General
del Distrito Federal a efecto de que evalúe su aplicación y cumplimiento, así como a la
Asamblea Legislativa del Distrito […]”.
Del análisis de los informes del compromiso y la ejecución de los recursos aplicados
al presupuesto participativo, correspondiente a las 89 colonias y pueblos originarios
104
VOLUMEN 8/17
en la Delegación Miguel Hidalgo, se observó que fueron entregados al Jefe de Gobierno del
Distrito Federal, a la ALDF y a la CGDF y a la en las fechas que se señalan a continuación:
Período del Informe 2012 Fecha límite Fecha de presentación Días de desfase
Primer Trimestre 30/III/2012 30/III/2012 0
Segundo Trimestre 30/VI/2012 2/VII/2012 2
Tercer Trimestre 30/IX/2012 1/X/2012 1
Cuarto Trimestre 5/XII/2012 5/XII/2012 0
Por haber presentado los informes correspondientes al segundo y tercer trimestre de 2012
en forma extemporánea, la Delegación Miguel Hidalgo incumplió con el inciso f), del artículo
décimo segundo transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para
el Ejercicio Fiscal 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre
de 2011.
Además, contravino el artículo 16, tercer lineamiento, Actividades de Control, numeral l,
inciso c), de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del
Distrito Federal, vigentes en 2012; los numerales 6.2.3, 6.2.5 y 6.2.7 de la Normatividad en
materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades
de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis 2011), vigente a partir
del 20 de mayo de 2011; y los numerales 6.3.3 y 6.3.5 de la Normatividad en Materia de
Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito
Federal (Circular Uno Bis 2012), vigente a partir del 8 de agosto de 2012.
En la reunión de confronta, celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de
Administración en representación de la Delegación Miguel Hidalgo no proporcionó información
alguna relativa al presente resultado, por lo que éste no se modifica.
Sin embargo, en razón de que el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal
para el Ejercicio Fiscal 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de
diciembre de 2012, no prevé que las Delegaciones tengan la obligación de presentar los
informes del compromiso y la ejecución de los recursos aplicados al presupuesto participativo,
no se emite recomendación alguna por la observación expuesta.
105
VOLUMEN 8/17
II.13. DELEGACIÓN MILPA ALTA
II.13.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS
II.13.1.1. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES,
SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS”
Auditoría ASC/164/12
ANTECEDENTES
La Delegación Milpa Alta ocupó el décimo quinto lugar respecto del presupuesto ejercido
en 2012 por las 16 Delegaciones (23,674,425.9 miles de pesos), con un monto de
753,306.4 miles de pesos, que representó el 3.2% del total erogado por dichos órganos
político-administrativos y significó un decremento de 0.2% (1,445.7 miles de pesos) con relación
al presupuesto original (754,752.1 miles de pesos).
En lo relativo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”,
en 2012, la Delegación registró un presupuesto original de 59,068.0 miles de pesos y ejerció
un monto de 90,465.5 miles de pesos, es decir, 53.2% (31,397.6 miles de pesos) más que lo
previsto. Respecto a los 95,065.5 miles de pesos ejercidos en 2011, se registró un decremento
de 4.8% (4,600.0 miles de pesos).
OBJETIVO
El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación
Milpa Alta en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y otras Ayudas” se haya
registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad
con la normatividad y ordenamientos aplicables.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
La selección de la presente auditoría se basó en los criterios generales “Importancia Relativa”
y “Exposición al Riesgo”, contenidos en el Manual de Selección de Auditorías de la Contaduría
Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (CMHALDF).
106
VOLUMEN 8/17
“Importancia Relativa”: se consideró el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios
y Otras Ayudas” porque en 2012 el presupuesto ejercido (90,465.5 miles de pesos) por la
Delegación Milpa Alta con cargo a este capítulo fue mayor en 53.2% (31,397.6 miles de pesos)
que la asignación original (59,068.0 miles de pesos), y representó una diferencia de 4.8%
(4,600.0 miles de pesos) con relación al presupuesto ejercido en 2011 (95,065.5 miles de pesos).
“Exposición al Riesgo”: el capítulo y la partida citados se seleccionaron por estar propensos
a errores, desperdicio, irregularidades, ineficiencias o incumplimiento de objetivos y metas,
como se ha observado en auditorías de ejercicios anteriores.
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, párrafo primero; 74, fracción VI;
y 122, apartado C, Base Primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;
2o., fracción X, inciso a); 3o.; 8o., fracciones I, II, III, V, VI, VIII, IX, XIII, XVI y XIX; 27; 28;
y 30 de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del
Distrito Federal; y 1o., 13 y 16 del Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda
de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
El alcance de la auditoría es resultado de los trabajos de planeación correspondientes. Una vez
integrado el 100.0% de los 90,465.5 miles de pesos ejercidos en 2012 por la Delegación
Milpa Alta con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”,
se determinaron como muestra de auditoría 43 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC)
correspondientes a las partidas de gasto 4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de
Escasos Recursos” y 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”. El conjunto de estas partidas
importó 65,314.5 miles de pesos.
La auditoría se llevó a cabo en la Dirección General de Administración de la Delegación Milpa
Alta, por ser la unidad administrativa encargada de registrar las operaciones financieras,
así como en las Direcciones Generales de Desarrollo Social, y de Desarrollo Rural y Económico
Sustentable, toda vez que se responsabilizaron de conservar la documentación justificativa
y comprobatoria del gasto. Se aplicaron procedimientos de auditoría en las áreas que intervinieron
107
VOLUMEN 8/17
en la operación del rubro revisado, con objeto de que los resultados obtenidos permitieran
conocer la razonabilidad del uso y destino de los recursos.
A las áreas de la Delegación Milpa Alta encargadas del registro y control de las operaciones
relacionadas con el ejercicio de los recursos correspondientes al capítulo 4000 “Transferencias,
Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, se les solicitó información específica sobre el rubro
objeto de revisión y les fueron aplicados cuestionarios de control interno.
Se revisó el Manual Administrativo de la Delegación Milpa Alta vigente en 2012, tanto en
su parte de organización como en la de procedimientos, para verificar que la organización
fuera acorde con la estructura orgánica dictaminada y que los procedimientos aplicables al
rubro objeto de revisión estuvieran dictaminados y registrados por la Coordinación General
de Modernización Administrativa (CGMA).
Se realizaron pruebas de cumplimiento al registro y control de las operaciones relacionadas
con las partidas de la muestra de auditoría. Dichas pruebas consistieron en lo siguiente:
1. Revisar las autorizaciones del titular de la Delegación Milpa Alta relacionadas con el ejercicio
del gasto que integra la muestra seleccionada.
2. Verificar que la Delegación Milpa Alta disponga de las autorizaciones a su presupuesto,
así como de las relativas a las modificaciones correspondientes y que éstas concuerden
con el presupuesto ejercido reportado en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito
Federal de 2012.
3. Identificar los requisitos y la documentación que deben reunir, así como los trámites
que deben realizar los beneficiarios de las ayudas.
4. Verificar que los expedientes de la documentación legal y administrativa de los beneficiarios
de los programas sociales, así como de los contratos adjudicados para la adquisición de
bienes estuvieran debidamente integrados.
5. Verificar si en los reportes de presupuesto comprometido y de pasivo circulante de 2011,
pagado en 2012, se reportaron operaciones realizadas en este último ejercicio con cargo
a las partidas presupuestales revisadas.
108
VOLUMEN 8/17
Las pruebas sustantivas llevadas a cabo fueron las siguientes:
Pruebas de detalle:
1. Realizar inspecciones físicas con la finalidad de comprobar la aplicación de los recursos
ejercidos con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras
Ayudas”.
2. Verificar que las afectaciones presupuestales hayan sido requisitadas y tramitadas
oportunamente y que cuenten con la autorización y documentación soporte correspondiente;
asimismo, se constatará que el presupuesto modificado se encuentre respaldado con dicha
documentación.
3. Constatar que el presupuesto ejercido derivado de las operaciones seleccionadas como
muestra se encuentre soportado con la documentación justificativa y comprobatoria
del gasto.
Procedimientos analíticos sustantivos:
1. Verificar que el presupuesto aprobado al órgano político-administrativo corresponda
con el establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para
el ejercicio fiscal 2012 y que el ejercido corresponda con las operaciones realizadas
y con el reportado en la Cuenta Pública de 2012.
2. Verificar que los recursos aplicados en las operaciones seleccionadas como muestra,
se otorguen conforme a lo establecido en el marco normativo aplicable.
3. Verificar que las operaciones seleccionadas contengan la documentación justificativa
y comprobatoria de la autorización y entrega de los recursos, de acuerdo con lo establecido
en la normatividad aplicable.
4. Verificar que los pagos seleccionados como muestra, relativos al capítulo 4000
“Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, se encuentren registrados
de acuerdo con su naturaleza y las partidas presupuestales establecidas en el Clasificador
por Objeto del Gasto del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
el 19 de octubre de 2010 y vigente en 2012.
109
VOLUMEN 8/17
Para determinar la muestra sujeta a revisión de las erogaciones efectuadas y registradas
en la Delegación Milpa Alta con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios
y Otras Ayudas”, se observaron los siguientes criterios:
1. Se estratificó el universo (capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras
Ayudas”, por un importe de 90,465.5 miles de pesos) por partida.
(Miles de pesos y por cientos)
Capítulo/partidas Presupuesto
ejercido
Participación respecto
al capítulo (%)
Participación respecto
al ejercido (%)
4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”
4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos“
15,666.3 17.3 2.1
4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas” 71,891.7 79.5 9.5
Otras partidas (3) 2,907.5 3.2 0.4
Total ejercido en el capítulo 4000 90,465.5 100.0 12.0
2. La muestra se definió conforme a la Norma Internacional de Auditoría 530 “Muestreo
de Auditoría” de las Normas de Auditoría para Atestiguar, Revisión y otros Servicios
Relacionados, emitidas por la International Federation of Accountants y adoptadas por
el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C.
3. Se consideraron las partidas que cumplieran las siguientes condiciones:
a) Mayor participación en el ejercicio del presupuesto del capítulo 4000 “Transferencias,
Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.
b) Con base en el criterio “Importancia Relativa”, se identificaron y seleccionaron
las partidas que presentaran las variaciones más significativas en el ejercicio de
los recursos con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios
y Otras Ayudas”; y en función del criterio “Exposición al riesgo”, se seleccionaron
las partidas propensas a irregularidades, ineficiencias o cumplimiento de objetivos
y metas.
110
VOLUMEN 8/17
4. Para las partidas cuyos recursos fueron aplicados y señalados en la justificación del
proyecto de auditoría, se determinó el monto ejercido que representó el peso específico
más alto en relación con el presupuesto ejercido en cada partida.
5. Como resultado de lo anterior, se determinó revisar una muestra de 43 CLC, por un
monto de 65,314.5 miles de pesos, que representa el 72.2% del gasto total ejercido
con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”
(90,465.5 miles de pesos), como se muestra en el siguiente cuadro:
(Miles de pesos y por cientos)
Capítulo/Partidas
Universo Muestra
Importe Número
de CLC
% Importe Número de CLC
Participación respecto
de la partida (%)
Participación respecto
del capítulo (%)
4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”
4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos“ 15,666.3 205 17.3 5,394.5 35 34.4 6.0
4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas” 71,891.7 27 79.5 59,920.0 8 83.3 66.2
Otras partidas (3) 2,907.5 13 3.2 – – – -
Total ejercido en el capítulo 4000 90,465.5 245 100.0 65,314.5 43 72.2
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
Con la finalidad de contar con una base sobre la cual determinar la naturaleza, extensión
y oportunidad de las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el manual
administrativo (apartados de organización y de procedimientos) de la Delegación Milpa Alta
vigente en 2012, para identificar la estructura orgánica; así como los objetivos, funciones
y atribuciones de las unidades administrativas que las integran, específicamente aquellas
que intervinieron en el rubro objeto de la revisión. Se verificaron los procedimientos
aplicados por las unidades administrativas responsables de registrar, aprobar, modificar,
comprometer, devengar, ejercer y pagar las erogaciones efectuadas con cargo al capítulo
4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”; y se constató si éstos
garantizaron razonablemente el cumplimiento de las leyes, reglamentos, normas, políticas
y otras disposiciones de observancia obligatoria.
111
VOLUMEN 8/17
En forma adicional, se realizaron entrevistas con los servidores públicos de la Dirección
General de Administración en la Delegación Milpa Alta que tuvieron relación con el ejercicio
de recursos del capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”,
se verificó que los gastos hubiesen sido autorizados por los servidores públicos facultados
para ello, y se identificaron los riesgos de las operaciones revisadas y los objetivos específicos
de control.
Como resultado del estudio y evaluación del control interno, en cuanto al ejercicio del
presupuesto del capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”,
se determinó que la Delegación Milpa Alta cuenta con mecanismos que, en general, hacen
factible la administración de riesgos de irregularidades e ineficiencias. Se constató que las áreas
están estructuradas conforme a las funciones asignadas en los manuales de organización
de la Delegación, lo cual contribuye al cumplimiento de la normatividad, así como a la
supervisión y control de las operaciones para validar las erogaciones del rubro sujeto a revisión,
lo que a su vez permite delimitar las responsabilidades de los servidores públicos. Sin embargo,
la Delegación presentó deficiencias de control interno que, de manera específica, se señalan
en el apartado de resultados de este informe.
RESULTADOS
Control Interno
1. Resultado
Estructura Orgánica
Mediante el oficio núm. CG/564/2009 del 30 de octubre de 2009, la Contraloría General
del Distrito Federal (CGDF) informó a la Delegación Milpa Alta el dictamen de reestructura
orgánica núm. 22/2009 y los organigramas del órgano político-administrativo. Dicho dictamen
entró en vigor a partir del 1o. de noviembre de 2009 y permaneció vigente en 2012.
El dictamen referido se encuentra integrado por la Oficina del Jefe Delegacional y siete
direcciones generales. Esta estructura, derivada de la reorganización de sus unidades
administrativas, se encuentra dispuesta con base en el esquema de costos compensados,
112
VOLUMEN 8/17
por lo que los recursos financieros para sostenerla estaban debidamente autorizados,
como se muestra a continuación:
Estructura orgánica núm. 22/2009 Plazas
Oficina del Jefe Delegacional 34
Dirección General Jurídica y de Gobierno 19
Dirección General de Administración 23
Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano 14
Dirección General de Servicios Urbanos 11
Dirección General de Desarrollo Social 16
Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable 13
Dirección General del Medio Ambiente 11
Total 141
Manual Administrativo
En 2012, la Delegación contó con su manual administrativo, partes de organización
y procedimientos, el cual fue autorizado por la CGMA. Este documento se difundió, para
su conocimiento, entre los servidores públicos responsables de su aplicación.
Con el oficio núm. CG/CGMA/DDO/1179/2010 del 13 de abril de 2010, la CGMA comunicó
al Jefe Delegacional en Milpa Alta la autorización y registro del Manual Administrativo,
parte de organización, con el número de registro MA-02D12-22/09.
El manual cuenta con los apartados de antecedentes, marco jurídico-administrativo, atribuciones,
organigrama, objetivo y funciones por área; se sujetó a la estructura orgánica correspondiente
al dictamen núm. 22/2009, que estuvo vigente en 2012; y fue publicado en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal del 21 de junio de 2010.
Respecto al apartado de procedimientos vigente en 2012, la Dirección General de
Administración de la Delegación Milpa Alta proporcionó un listado de 112 procedimientos
inherentes a las actividades realizadas por las áreas que la integran, los cuales se encuentran
incorporados a su manual administrativo por medio del registro núm. MA-02D12-22/09.
El referido apartado se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 21 de junio de 2010,
22 de julio de 2011 y 5 de febrero de 2014.
113
VOLUMEN 8/17
De los 112 procedimientos vigentes en 2012, se revisaron siete relacionados directamente con el
objetivo de la auditoría, los cuales incluyen controles para el manejo de los recursos ejercidos
con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, y se
verificó que contaran con los elementos básicos del control interno, relativos a la autorización,
procesamiento y clasificación de las transacciones; a la verificación y evaluación; y a la
salvaguarda física de los activos. Los procedimientos revisados fueron los siguientes:
1. “Día de Reyes, Entrega de Juguetes a la Población Infantil”
2. “Entrega de Obsequios con motivo del Día de las Madres”
3. “Programa Integral de Apoyo a los Productores de Nopal”
4. “Programa de Apoyo para la Adquisición de Semillas y Pago de Servicios y Pago
de Servicios de Tractor y/o Mejoradores de Suelo”
5. “Programa de Abono Orgánico en Especie”
6. “Desarrollo Turístico Ferias Tradicionales”
7. “Ayudas Económicas para la Realización, Rescate, Fomento de Celebraciones,
Conmemoraciones, Festejos Tradicionales, Costumbres, Eventos Culturales y Cívicos
de la Delegación Milpa Alta”
La Delegación Milpa Alta proporcionó evidencia de la difusión, para su observancia, del manual
administrativo (apartados de organización y de procedimientos) vigentes en 2012, que consistió
en emitir los oficios circulares núms. JD/114/2010 y JD/147/2010 del 6 de mayo y 22 de junio
de 2010 a las unidades administrativas que la conforman.
Reglas de Operación
La Delegación Milpa publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal las Reglas de Operación
de las “Ayudas Económicas y en Especie para la Realización, Rescate y Fomento de
Celebraciones, Conmemoraciones, Festejos, Tradiciones y Costumbres, Eventos Culturales
y Cívicos” y del “Programa Integral de Apoyo a los Productores de Nopal” para el ejercicio 2012
el 24 de febrero y 2 de abril de 2012.
114
VOLUMEN 8/17
Publicación de Padrones
La Delegación Milpa Alta publicó los padrones de beneficiarios derivados de “Ayudas Económicas
y en Especie para la Realización, Rescate y Fomento de Celebraciones, Conmemoraciones,
Festejos, Tradiciones y Costumbres, Eventos Culturales y Cívicos” y del “Programa Integral
de Apoyo a los Productores de Nopal” para el ejercicio 2012, publicados en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal el 27 de marzo y 5 de noviembre de 2013.
En cuanto al ejercicio de recursos con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,
Subsidios y Otras Ayudas” los resultados de la evaluación del control interno mostraron
las siguientes fortalezas:
Fortalezas:
1. Para el registro y control de las operaciones del capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,
Subsidios y Otras Ayudas”, la Delegación Milpa Alta dispone de su estructura orgánica
actualizada y registrada ante la CGMA.
2. La Delegación Milpa Alta cuenta con áreas específicas responsables de la gestión de
los recursos ejercidos con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios
y Otras Ayudas”.
3. La Delegación Milpa Alta dispone de los procedimientos y reglas de operación necesarios
para el ejercicio de los recursos con cargo a las “Ayudas Económicas y en Especie para
la Realización, Rescate y Fomento de Celebraciones, Conmemoraciones, Festejos,
Tradiciones y Costumbres, Eventos Culturales y Cívicos” y del “Programa Integral de Apoyo
a los Productores de Nopal”.
4. La Delegación Milpa Alta contó con los padrones de beneficiarios y los publicó en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal.
Se considera que el control interno utilizado por la Delegación Milpa Alta para la administración
de los recursos ejercidos con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios
y Otras Ayudas” es satisfactorio, ya que existen estrategias y mecanismos de control
sobre el desarrollo de las actividades que aseguran la salvaguarda de los recursos de manera
razonable; la obtención de la información suficiente, oportuna y confiable; el cumplimiento
115
VOLUMEN 8/17
de las metas y objetivos; y la observancia de la normatividad en materia de desarrollo social.
Dicha conclusión, se determinó tomando como base el análisis de los procedimientos
administrativos y la documentación generada dentro de cada momento contable descrito
en los resultados del presente informe.
2. Resultado
Marco Jurídico de los Programas implantados por la Delegación Milpa Alta
Mediante la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 18 de agosto de 2010, se publicaron los
Lineamientos para la Formulación de Nuevos Programas Sociales Específicos que otorguen
Subsidios, Apoyos y Ayudas y para la Modificación de los Existentes, que tienen por objetivo
general “sentar las bases para la elaboración, aprobación o modificación de Programas
Sociales Específicos de subsidios, apoyos y ayudas del Gobierno del Distrito Federal que
permitan optimizar la eficiencia del gasto público local, y aumentar el impacto de los mismos
en la población”.
Asimismo, mencionan la definición del término programas sociales y acciones institucionales
de beneficio social, y señalan que:
“Programa social.- Es una intervención pública directa que, mediante un conjunto sistemático
y articulado de diagnósticos, objetivos, acciones y estrategias institucionales, busca contribuir
al bienestar social, objetivo individual y colectivo, así como a la materialización y goce
progresivo de los derechos sociales mediante la distribución de recursos, la provisión de servicios,
el otorgamiento de subsidios y la construcción y operación de infraestructura social […]
”Acciones institucionales de beneficio social.- Constituyen actividades a cargo de las propias
[…] delegaciones, vinculadas al pago de promotores, instructores o personal para operación
de programas sociales, a la prestación de un servicio, a la operación de infraestructura
social o a la realización de eventos, con cargo al capítulo 4000.”
El 30 de enero de 2012, la Delegación Milpa Alta participó en la primera sesión extraordinaria
del Comité de Planeación del Desarrollo 2012; en dicha sesión se aprobaron por unanimidad
los programas sociales que llevaría a cabo en el ejercicio 2012, enlistados a continuación:
116
VOLUMEN 8/17
Programa social Número de caso
en el que se aprobó
Programa de Atención a Grupos Vulnerables, a través de Ayudas a Personas Adultos Mayores SE/1/4/4.23/2012
Centros de Desarrollo Infantil Delegacional SE/1/4/4.23/2012
Programa de Atención a grupos vulnerables, a través de ayuda económica a personas con discapacidad y ayudas económicas a personas con discapacidad que participen como promotores de programas sociales SE/1/4/4.23/2012
Programa Ayudas a la población afectada por desastres naturales, contingencias, o que requiera atención médica especializada SE/1/4/4.23/2012
Programa Ayudas para Otorgar Servicio Funerario Gratuito SE/1/4/4.23/2012
Programa Acciones de Ecología Doméstica SE/1/4/4.23/2012
Programa de Apoyo con paquetes de especies menores y/o aves de corral SE/1/4/4.23/2012
Programa de Apoyo para la adquisición de semillas y pago de servicios de tractor y/o mejoras desuelo SE/1/4/4.23/2012
Programa de Ayudas Económicas “Por ti y por tu futuro” a estudiantes de nivel básico primaria y secundaria SE/1/4/4.23/2012
Programa de Ayudas Económicas “Por ti y por tu futuro” a jóvenes estudiantes de nivel superior SE/1/4/4.23/2012
Programa de Ayudas en Especie (Despensas) “Por ti y por tu futuro” nivel primaria SE/1/4/4.23/2012
Programa de Desarrollo Sectorial (PRODESEC) SE/1/4/4.23/2012
En la sesión del Comité de Planeación del Desarrollo el Presidente suplente del Comité
de Planeación del Desarrollo (Secretario de Desarrollo Social) precisó: “… es importante
señalar que aun y cuando haya proyectos que no sean aprobados como programas sociales,
no implica que no se puedan ejecutar, ya sea como acciones institucionales [de beneficio
social] o acciones administrativas, en cuyo caso deben elaborar también las reglas de operación,
aun y cuando no tengan la obligación de ser publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal”.
Se observó que el programa “Ayudas Económicas y en Especie para la Realización, Rescate
y Fomento de Celebraciones, Conmemoraciones, Festejos, Tradiciones y Costumbres, Eventos
Culturales y Cívicos” y el “Programa Integral de Apoyo a los Productores de Nopal” para
el ejercicio 2012, no se definieron como programas sociales sino como acciones institucionales,
por lo que no se sometieron a consideración del Comité de Planeación del Desarrollo;
en consecuencia la Ley de Desarrollo Social y el artículo 102 de la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal vigentes en 2012, no les resultó aplicable.
La operación del programa “Ayudas Económicas y en Especie para la Realización, Rescate
y Fomento de Celebraciones, Conmemoraciones, Festejos, Tradiciones y Costumbres, Eventos
Culturales y Cívicos” y el “Programa Integral de Apoyo a los Productores de Nopal” para
el ejercicio 2012, se realizaron de conformidad con lo establecido en los artículos 96, 97 y 101
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012.
117
VOLUMEN 8/17
3. Resultado
Adopción e Implantación de Normas emitidas
por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC)
Se solicitó a la Delegación Milpa Alta que informara sobre las medidas adoptadas respecto
a lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, específicamente con las
normas emitidas por el CONAC, en respuesta la Delegación proporcionó nota informativa
mediante la cual informó:
“… no compete a este Órgano Político Administrativo, tomar medida alguna en relación a las
normas emitidas, de acuerdo a lo establecido en el Capítulo II Disposiciones aplicables
a las Delegaciones, artículo Décimo, del Oficio Circular número DGCNCP/003/2010, en el que
se señala que la Elaboración de la Cuenta Pública, Estados Financieros y demás información
Contable, a que se refiere la Ley General de Contabilidad Gubernamental, se cumplirá a través
de la Secretaría de Finanzas.
”No obstante le comunico que con fecha 23 de Abril del 2013 fueron publicadas en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal las Normas y Formatos para dar cumplimiento al Título Quinto de la
Ley General de Contabilidad Gubernamental aprobados por el CONAC, mismas que mediante
oficio DGCNCP/2834/2013 el Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública
solicita sean requisitados los formatos que en el ámbito de nuestra respectiva competencia
corresponden por lo que se anexa al presente dicha solicitud.”
Se comprobó que la Delegación Milpa Alta dio cumplimiento al Título Quinto, “De la Transparencia
y Difusión de la Información Financiera”, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental
mediante la difusión de la información financiera generada por la Delegación y presentada
en su página de internet http://www.milpa-alta.df.gob.mx/index.php/titulo-v-de-la-ley-general-
de-contabilidad-gubernamental.
Se solicitó a la Secretaría de Finanzas (SEFIN) dar respuesta a un cuestionario de control
enfocado a las obligaciones requeridas del sistema de contabilidad gubernamental y a la
armonización contable, derivado a que el desarrollo y operación de los sistemas de contabilidad,
así como la emisión de la normatividad en la materia para efectos administrativos está a cargo
118
VOLUMEN 8/17
de la Secretaría de Finanzas, según lo dispuesto en el artículo 122, de la Ley Presupuesto
y Gasto Eficiente, vigente.
Se comprobó que en 2012 la SEFIN aplicó las normas que emitió y publicó el CONAC en
el Diario Oficial de la Federación y la Gaceta Oficial del Distrito Federal, referentes al ejercicio
del gasto. Dichas normas son las siguientes:
Norma Publicación
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
Marco Conceptual de Contabilidad Gubernamental 11/IX/09
Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental 11/IX/09
Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos 11/IX/09
Normas y Metodología para la Emisión de Información Financiera y Estructura de los Estados Financieros Básicos del Ente Público y Características de sus Notas 25/I/10
Plan de Cuentas 25/I/10
Lineamientos sobre los Indicadores para Medir los Avances Físicos y Financieros relacionados con los Recursos Públicos Federales 25/I/10
Clasificador por Objeto del Gasto 1/VII/10
Clasificador por Tipo de Gasto 1/VII/10
Adecuaciones al Clasificador por Objeto del Gasto 31/XII/10
Manual de Contabilidad Gubernamental 31/XII/10
Clasificación Funcional del Gasto 31/XII/10
Lineamientos Mínimos Relativos al Diseño y la Metodología de Registro de los Libros Diario Mayor e Inventarios y Balances 22/VII/11
Clasificación Administrativa 22/VII/11
Clasificación Económica de los Ingresos, de los Gastos y de Financiamiento de los Entes Públicos 22/VII/11
Lineamientos para la Elaboración del Catálogo de Bienes que permita la Interrelación Automática con el Clasificador por Objeto del Gasto y la Lista de Cuentas 28/XII/11
Lineamientos Generales del Sistema de Contabilidad Gubernamental Simplificado para los Municipios con menos de 25,000 Habitantes 28/XII/11
Lineamientos dirigidos a asegurar que el Sistema de Contabilidad Gubernamental facilite el Registro y Control de los Inventarios de los Bienes Muebles e Inmuebles de los Entes Públicos 28/XII/11
Parámetros para la Estimación de la Vida Útil 11/X/12
Lineamientos para la Elaboración del Catálogo de Bienes Inmuebles que permita la Interrelación Automática con el Clasificador por Objeto del Gasto y la Lista de Cuentas 11/X/12
Por lo anterior, de la difusión de la información financiera realizada por la Delegación Milpa
Alta y de la revisión a la respuesta al cuestionario de control interno y a la documentación
proporcionada por la Secretaría de Finanzas, se comprobó que la Delegación y la Secretaría
de Finanzas han dado cumplimiento a los artículos 7, 56, 57 y 58 de la Ley General de
Contabilidad Gubernamental, vigente en 2012.
119
VOLUMEN 8/17
Gasto Aprobado
4. Resultado
Con la finalidad de comprobar las asignaciones presupuestarias anuales de la Delegación
Milpa Alta, se le solicitó que proporcionara el techo presupuestal autorizado a este órgano
político-administrativo para el ejercicio de 2012. En respuesta, informó que el monto asignado
a la Delegación fue de 754,752.1 miles de pesos, de conformidad con lo establecido en
el artículo 8 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio
fiscal 2012.
1. En el análisis del techo presupuestal, se determinó que del monto asignado a la Delegación
(754,752.1 miles de pesos), se tenía previsto para cubrir los servicios personales
450,453.8 miles de pesos y para otros gastos un monto original de 304,298.3 miles
de pesos. La distribución del techo presupuestal se realizó de la siguiente manera:
(Miles de pesos)
Concepto Gasto corriente
Gasto de inversión
Monto asignado
Servicios personales 226,286.0 224,167.8 450,453.8
Otros gastos 197,463.3 106,835.0 304,298.3
Total 423,749.3 331,002.8 754,752.1
La fuente de recursos se formó como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Concepto Importe
Recursos Fiscales 606,005.0
Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUNDF) 62,014.9
Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (FAFEF)
39,389.3
Recursos de Crédito 35,740.3
Ingresos de Aplicación Automática 8,311.6
CONADE 2,200.0
Fondo de Infraestructura 1,091.0
Total 754,752.1
120
VOLUMEN 8/17
2. Se llevó a cabo el comparativo del presupuesto original asignado establecido en la Cuenta
Pública 2012 y el monto asignado mediante el techo presupuestal, de ello se confirmó
que ambos montos coinciden (754,752.1 miles de pesos).
3. Con el análisis de las cifras aprobadas por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
y presentadas en el Decreto de Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2012;
del techo presupuestal autorizado y dado a conocer a la Delegación Milpa Alta mediante
el oficio núm. SFDF/SE/0062/2012 del 2 de enero de 2012; del calendario presupuestal;
y del Programa Operativo Anual se constató que en todos los documentos el monto
asignado para el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”
fue por 59,068.0 miles de pesos.
Se concluye que el presupuesto original asignado a la Delegación Milpa Alta que se reportó
en la Cuenta Pública coincide con el monto consignado en el techo presupuestal, el Programa
Operativo Anual y el Calendario Presupuestal, autorizados por la Secretaría de Finanzas
en 2012.
Gasto Modificado
5. Resultado
Con objeto de verificar que el presupuesto modificado del capítulo seleccionado se encontrara
soportado con las afectaciones presupuestarias autorizadas, se realizaron las pruebas
sustantivas para analizar las modificaciones al presupuesto:
1. Se analizaron los tipos de afectaciones que modificaron el presupuesto original del capítulo
4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” en el 2012.
2. Se comparó el presupuesto original con el presupuesto ejercido y de la variación reflejada;
se solicitó a la Delegación Milpa Alta una explicación a dicho incremento del presupuesto.
3. Se analizó la respuesta proporcionada por la Delegación Milpa Alta respecto a la variación
del presupuesto en 2012 y la variación presentada en la Cuenta Pública de 2012. Se realizó
el comparativo con las justificaciones presentadas en el texto de las afectaciones
presupuestarias para verificar la congruencia de la información proporcionada, las cuales
121
VOLUMEN 8/17
en coincidencia manifiestan que la variación se debe a “que los recursos originales fueron
autorizados por debajo de los requerimientos reales de operación en los conceptos de
festividades (usos y costumbres), programas de apoyos de especies menores, productores
de nopal, semillas y pago de servicios de tractor, por lo que para el cierre del ejercicio
en mención, fue necesario aplicar las modificaciones correspondientes para brindar
la atención a las demandas”.
4. Se comparó la base de datos de las afectaciones presupuestarias proporcionada por
la Delegación Milpa Alta con la de la Secretaría de Finanzas de la cual se concluyó
que el registró de los movimientos coincide.
5. Las afectaciones son impresiones del Sistema de Planeación de Recursos Gubernamentales
(SAP-GRP) y se encuentran debidamente autorizadas, registradas y soportadas con la
documentación correspondiente.
Se concluyó que en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal correspondiente
al ejercicio de 2012, para el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras
Ayudas”, la Delegación Milpa Alta reportó una asignación original de 59,068.0 miles de pesos,
la cual fue modificada mediante 39 afectaciones programático-presupuestarias. El presupuesto
modificado significó un incremento de 31,397.5 miles de pesos, para quedar en un presupuesto
ejercido por un total de 90,465.5 miles de pesos, como se detalla a continuación:
(Miles de pesos)
Movimiento presupuestal Importe Parcial Total
Presupuesto original 59,068.0
Más:
Adiciones compensadas 1,245.0
Adiciones líquidas 1,800.0
Ampliaciones compensadas 94,142.2
Subtotal 97,187.2 97,187.2
Menos:
Reducciones compensadas 65,077.4
Reducciones líquidas 712.3
Subtotal 65,789.7 65,789.7 31,397.5
Presupuesto modificado 90,465.5
Presupuesto ejercido y pagado 90,465.5
Diferencia 0.0
122
VOLUMEN 8/17
En el apartado “ECG Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto” del Informe de Cuenta Pública
correspondiente a 2012, en relación con el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,
Subsidios y Otras Ayudas”, la Delegación Milpa Alta reportó lo siguiente:
“La variación se debe a que se transfirieron recursos del capítulo 1000 para la adquisición
de abono orgánico e incentivar la producción agrícola, y con ello llevar a cabo el Programa
Integral de Apoyo a los Productores de Nopal 2012…”
Se observó que dichas modificaciones se realizaron por medio de afectaciones programático-
presupuestarias, en cumplimiento de lo dispuesto en los apartados IV.3.3, “Adecuaciones
Programático-Presupuestarias”, numeral 3; IV.3.3.1, “Adecuaciones Programáticas-Presupuestarias
Compensadas”, numeral 15; y IV.3.3.2, “Adecuaciones Programático-Presupuestales Líquidas”,
numeral 18, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración
Pública del Distrito Federal vigente en 2012.
Gasto Comprometido
6. Resultado
Se verificó que las ayudas económicas entregadas contaran con la suficiencia presupuestal
y con la autorización del Jefe Delegacional de conformidad con el antepenúltimo párrafo del
artículo 97 y del artículo 101 la de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,
vigente en 2012.
Ayudas Económicas y en Especie para la Realización,
Rescate y Fomento de Celebraciones, Conmemoraciones, Festejos,
Tradiciones y Costumbres, Eventos Culturales y Cívicos
1. El programa de Ayudas Económicas y en Especie para la Realización, Rescate y Fomento
de Celebraciones, Conmemoraciones, Festejos, Tradiciones y Costumbres, Eventos
Culturales y Cívicos contó con 35 autorizaciones de suficiencia presupuestal por un importe
de 5,394.5 miles de pesos, por la Jefatura de Unidad Departamental de Programación
y Presupuesto de la Delegación Milpa Alta.
2. La Delegación Milpa Alta contó con la autorización expresa del titular la cual fue otorgada
mediante los oficios núms. DGDS/011/2012, y terminaciones 012/2012, 013/2012,
123
VOLUMEN 8/17
014/2012, 015/2012, 016/2012, 017/2012, 018/2012, 019/2012, 020/2012, 021/2012,
022/2012, 023/2012, 024/2012, 025/2012, 026/2012, 027/2012, 028/2012, 029/2012,
060/2012, 090/2012, 096/2012, 097/2012, 098/2012, 107/2012, 115/2012, 121/2012,
135/2012, 158/2012, 165/2012, 186/2012, 187/2012, 188/2012, 200/2012 y 219/2012
todos de 2012, los cuales contienen la solicitud de autorización de la ayuda por parte
de la Dirección General de Desarrollo Social, el monto autorizado por un importe total
por 5,394.5 miles de pesos, con cargo a la partida presupuestal 4412 “Ayudas Sociales
a Personas u Hogares de Escasos Recursos” y el fundamento legal de su autorización
(artículo 96 y 97 fracciones I, IV y 101 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del
Distrito Federal, vigente en 2012).
Programa Integral de Apoyo a los Productores de Nopal
1. El Programa Integral de Apoyo a los Productores de Nopal 2012 contó con dos
autorizaciones de suficiencia presupuestal del 12 de abril (28,425.6 miles de pesos)
y del 12 de noviembre (31,494.4 miles de pesos) ambas de 2012, por la Jefatura de Unidad
Departamental de Programación y Presupuesto de la Delegación Milpa Alta.
2. La Delegación Milpa Alta contó con la autorización del titular la cual fue otorgada
mediante los oficios núms. DGDRES/003/12 del 2 de abril de 2012 (28,425.6 miles de
pesos) y DGDRES/011/12 del 14 de noviembre de 2012 (31,494.4 miles de pesos),
los cuales contienen la solicitud de autorización de la ayuda por parte de la Dirección
General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable, el monto autorizado por un importe
total por 59,920.0 miles de pesos, para el “Programa Integral de Apoyo a los Productores
de Nopal de 2012” con cargo a la partida presupuestal 4419 “Otras Ayudas Sociales a
Personas” y el fundamento legal de su autorización (artículo 96 y 97 fracciones I y IV,
y 101 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2012).
3. La Delegación Milpa Alta informó mediante los oficios núm. DGA/291/2012 y DGA/292/2012
del 6 de marzo, DGA/460/2012 del 10 de abril, DGA/591/2012 del 7 de mayo,
DGA/725/2012 del 1o. de junio, DGA/891/2012 del 5 de julio, DGA/1056/12 del
9 de agosto, DGA/1179/2012 del 4 de septiembre, DGA/017/2012 del 4 de octubre,
DMA/DGA/238/2012 del 22 de noviembre, DMA/DGA/305/2012 del 12 de diciembre,
124
VOLUMEN 8/17
todos de 2012, a la Contraloría General del Distrito Federal sobre el presupuesto ejercido
con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”
(incluidos los programas objeto de revisión) en forma mensual por el período de enero
a noviembre; sin embargo, no proporcionó el oficio mediante el cual se informó sobre
el presupuesto ejercido correspondiente al mes de diciembre de 2012.
La Delegación Milpa Alta incumplió lo establecido en el artículo 101, párrafo tercero,
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2012, que
establece: “Las […] Delegaciones […] deberán informar a la Contraloría, en el ámbito
de sus respectivas competencias, el monto global y los beneficios de las ayudas, apoyos
y donativos otorgados”.
Se comprobó que la Delegación Milpa Alta informó trimestralmente a la SEFIN sobre
la ejecución de los recursos por subsidios, ayudas, donaciones y aportaciones autorizados
y ministrados a instituciones, personas físicas o morales, especificando importes, causas y
finalidades de las erogaciones, de conformidad con lo establecido en el inciso c, de la
fracción IV, del artículo 136 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente, vigente en 2012,
que establece:
“Artículo 136.- Las […] Delegaciones deberán proporcionar a la Secretaría la siguiente
información: […]
”IV. Trimestralmente […]
”c) Información sobre la ejecución de los recursos por subsidios, ayudas, donaciones
y aportaciones autorizados y ministrados a instituciones, personas físicas o morales,
especificando importes, causas y finalidades de las erogaciones.”
En la reunión de confronta, celebrada el 30 de mayo de 2014, la Delegación Milpa Alta no
proporcionó información relativa al oficio mediante el cual se informó sobre el presupuesto
ejercido correspondiente al mes de diciembre de 2012. Por tanto, la observación no se
modifica.
125
VOLUMEN 8/17
Recomendación ASC-164-12-07-MA
Es necesario que la Delegación Milpa Alta adopte medidas para garantizar que los informes
relativos al monto global y los beneficios de las ayudas, apoyos y donativos otorgados
inherentes al presupuesto ejercido con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,
Subsidios y Otras Ayudas” se envíen en el plazo establecido en la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal, vigente.
7. Resultado
Una vez autorizado el monto de las ayudas y apoyos para el ejercicio presupuestal 2012,
dado a conocer por la Secretaría de Finanzas mediante el oficio núm. SFDF/SE/987/2012
del 30 de enero de 2012; así como de la autorización por el Jefe Delegacional en Milpa Alta el
monto para ejercer de 90,465.5 miles de pesos con cargo al capítulo 4000 “Transferencias,
Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”; derivado de la muestra de auditoría se determinó
la revisión de un monto de 65,314.5 miles de pesos.
Para la entrega de ayudas económicas y en especie derivadas del programa “Ayudas
Económicas y en Especie para la Realización, Rescate y Fomento de Celebraciones,
Conmemoraciones, Festejos, Tradiciones y Costumbres, Eventos Culturales y Cívicos”
y otorgar apoyos económicos a los productores de nopal inherentes al “Programa Integral
de Apoyo a los Productores de Nopal”, se comprobó que la Delegación cuenta con el respaldo
documental que refleja el reconocimiento de las obligaciones contraídas por el órgano
político-administrativo, en términos de entrega de ayudas económicas y en especie, y apoyos
económicos a favor de terceros, se identificó la modalidad utilizada para formalizar dichas
obligaciones por parte del sujeto fiscalizado las cuales consistieron en solicitudes, convenios
y contratos, observando los siguiente:
Ayudas Económicas y en Especie para la Realización,
Rescate y Fomento de Celebraciones, Conmemoraciones, Festejos,
Tradiciones y Costumbres, Eventos Culturales y Cívicos
1. Se observó que las reglas de operación de las “Ayudas Económicas y en Especie para
la Realización, Rescate y Fomento de Celebraciones, Conmemoraciones, Festejos,
Tradiciones y Costumbres, Eventos Culturales y Cívicos”, se estructuraron de la siguiente
manera:
126
VOLUMEN 8/17
a) Fundamento legal. Las reglas de operación fueron elaboradas con los requisitos
previstos en los artículos 96, 97 y 101 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal, vigente en 2012, precisan los lineamientos y mecanismos de
operación, la temporalidad y las condiciones de entrega de las ayudas.
b) Entidad responsable del programa. La Delegación Milpa Alta a través de la Dirección
General de Desarrollo Social.
c) Objetivo general. Promover y preservar las tradiciones, usos y costumbres de los
pueblos de la Delegación Milpa Alta, rescatando sus raíces e identidad, impulsando
aquellas expresiones generadas en el seno de la sociedad milpaltense que reflejen
las costumbres y modos de vida forjados en su devenir cotidiano e histórico, realizando
eventos culturales y recreativos, todo con el fin de fomentar la integración familiar
y participación ciudadana, así como acrecentar el sentido de pertenencia y reforzar
los valores de convivencia y participación social.
d) Objetivos específicos.
1. Entregar juguetes a niños y niñas de hasta 12 años de edad, así como a niños y jóvenes con discapacidad,
en situación de vulnerabilidad, para satisfacer su inquietud frente a una tradición cultural “Día del Niño”, en
el caso de tener juguetes sobrantes serán entregados en diversas actividades dirigidas a la población
infantil durante el año.
2. Fomentar la integración y convivencia social de los niños(as) y jóvenes que concluyen sus estudios, en los
niveles de Preescolar, Primaria, Secundaria, Medio Superior y Superior de los planteles públicos de la
Delegación Milpa Alta proporcionando un pastel con motivo de la clausura de fin de cursos, y en actividades
delegacionales dirigidas a la comunidad en general durante el año.
3. Reconocer el desempeño de los Maestros(as) activos y jubilados, que imparten o impartieron cátedra en planteles
educativos oficiales de la demarcación, con la realización de una comida y rifa de electrodomésticos, en el marco
del festejo del “Día del Maestro”.
4. Preservar y fomentar las costumbres y tradiciones de los pueblos de la delegación Milpa Alta, a través del
otorgamiento de ayudas en especie, en eventos culturales y recreativos a mayordomías, comités, comisiones,
organizaciones, asociaciones, grupos de danza folklórica y en general grupos organizados, que tengan los fines
en mención.
5. Promover la oferta cultural y la participación ciudadana mediante la realización de eventos, concursos,
certámenes, etc., otorgando diferentes premios para incentivar el desarrollo de actividades que tengan como
propósito fundamental la preservación y fomento de las costumbres y tradiciones de los pueblos de la Delegación
Milpa Alta.
6. Fortalecer las raíces e identidad cultural de los pueblos de la Delegación Milpa Alta mediante la preservación
de tradiciones, usos y costumbres, a través del otorgamiento de ayudas económicas por única vez en el transcurso
del año a los diferentes grupos sociales tales como: Mayordomías, Comités de Ferias, Comisiones, Organizaciones,
Asociaciones, Grupos de Danza Folklórica y en general grupos organizados, para el desarrollo de actividades
que promuevan la cultura y las tradiciones.
127
VOLUMEN 8/17
e) Meta física. Se programaron 1,450 eventos.
f) Programación presupuestal. La Delegación destinó un presupuesto de 8,000.0 miles
de pesos [se determinó una muestra a revisar por un monto de 5,394.5 miles de
pesos].
g) Acceso:
Ayudas en especie:
Mayordomías, Comités de Ferias, Comisiones, Organizaciones, Asociaciones, Grupos de Danza Folklórica y en
general grupos organizados:
Oficio de petición dirigido al Jefe Delegacional ingresado en el Centro de Servicios y Atención Ciudadana,
mediante el Formato Único de Captación (CESAC).
Copia de credencial de elector y CURP del solicitante.
Ser habitante de la Delegación Milpa Alta mayor de 18 años.
En el caso de eventos organizados por la Delegación y para tener acceso a las ayudas en especie (Día del
Niño, Entrega de Pasteles de fin de Curso, Día de Muertos y Entrega de Piñatas, Caramelos
y naranjas y/o mandarinas), ser habitante de la delegación y en caso de ser menor de edad, deberán ser
acompañados por el padre y/o tutor para proporcionar los datos de menor, de no ser así no se otorgará la
ayuda.
Ayudas económicas:
Deberán integrarse como: Mayordomía, Comité, Comisión, Organización, Mesa Directiva, Grupo Organizado,
integrados por ciudadanos de la Delegación.
Oficio de solicitud de ayuda económica, dirigido al Jefe Delegacional en original.
Acta Constitutiva y/o de Asamblea original y dos copias fotostáticas.
Tres copias fotostáticas de la Credencial expedida por el Instituto Federal Electoral y la Clave Única de Registro
de Población del Presidente(a), Secretario(a) y Tesorero(a).
Los cuales deberán ser ingresados en el Centro de Servicio y Atención Ciudadana (CESAC), mediante el formato
único de captación.
La ayuda económica se otorgará en base al histórico del año inmediato anterior.
La solicitud deberá ser tramitada con anticipación al evento.
Se dará respuesta a través del Centro de Servicio y Atención Ciudadana (CESAC).
Se informa a los peticionarios de los requisitos faltantes para que sean entregados en un plazo no mayor
de 3 días hábiles, para no ser cancelado el trámite.
Una vez cumplido todos los requisitos se firmará el Convenio de Colaboración correspondiente.
2. La Delegación Milpa Alta formalizó 23 convenios de colaboración y 10 contratos, por
medio de los cuales este órgano político-administrativo se comprometió a otorgar apoyos
económicos y en especie por un importe de 5,394.5 miles de pesos con cargo a la partida
4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos”, como se muestra
a continuación:
128
VOLUMEN 8/17
(Miles de pesos)
Número de CLC Beneficiario/convenio/contrato Fecha del contrato
Descripción Importe
4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos”
02 CD 12 100177 Comparsa del Carnaval Barrio San José 2012 DGDS/011/2012
17/II/12 Ayuda económica a la Comparsa del Carnaval Barrio San José 2012, del poblado de Santa Ana Tlacotenco, los días 13, 14 y 15 de abril 58.0
02 CD 12 100178 Comparsa del Carnaval Barrio la Lupita Tepetenco 2012 DGDS/012/2012
17/II/12 Ayuda económica a la Comparsa del Carnaval Barrio La Lupita Tepetenco 2012, del poblado de Santa Ana Tlacotenco, los días 13, 14 y 15 de abril 58.0
02 CD 12 100179 Comparsa del Carnaval Barrio San Miguel 2012 DGDS/013/2012
17/II/12 Ayuda económica a la Comparsa del Carnaval Barrio San Miguel 2012, del poblado de Santa Ana Tlacotenco, los días 13, 14 y 15 de abril 58.0
02 CD 12 100180 Comparsa del Carnaval Barrio San Marcos 2012 DGDS/014/2012
17/II/12 Ayuda económica a la Comparsa del Carnaval Barrio San Marcos 2012, del poblado de Santa Ana Tlacotenco, los días 13, 14 y 15 de abril 58.0
02 CD 12 100181 Comparsa del Carnaval Barrio la Lupita Xolco 2012 DGDS/015/2012
17/II/12 Ayuda económica a la Comparsa del Carnaval Barrio La Lupita Xolco 2012, del poblado de Santa Ana Tlacotenco, los días 13, 14 y 15 de abril 58.0
02 CD 12 100182 Comité Organizador del Carnaval 2012, por la Comparsa La Central DGDS/016/2012
17/II/12 Ayuda económica al Comité Organizador del Carnaval 2012, por la Comparsa La Central, del poblado de San Pablo Oztotepec, los días 7, 8 y 9 de abril 70.0
02 CD 12 100183 Comité Organizador del Carnaval 2012, de la Comparsa La Unión DGDS/017/2012
16/II/12 Ayuda económica al Comité Organizador del Carnaval 2012, por la Comparsa La Unión, del poblado de San Pablo Oztotepec, los días 7, 8 y 9 de abril 70.0
02 CD 12 100190 Comité Organizador del Carnaval 2012 por la Comparsa Oztotepec DGDS/018/2012
16/II/12 Ayuda económica al Comité Organizador del Carnaval 2012, por La Comparsa Oztotepec, del Poblado de San Pablo Oztotepec, los días 7, 8 y 9 de abril 70.0
02 CD 12 100191 Comisión Organizadora del Carnaval 2012 DGDS/021/2012
17/II/12 Ayuda económica a la Comisión Organizadora del Carnaval 2012, del poblado de San Agustín Ohtenco, los días 8 al 12 de abril 90.0
02 CD 12 100192 La Comisión del Carnaval 2012 Barrio San Mateo DGDS/022/2012
21/II/12 Ayuda económica a la Comisión del Carnaval 2012 Barrio San Mateo, de Villa Milpa Alta, los días 8, 9, 10, 11 y 12 de abril 90.0
02 CD 12 100193 La Comisión del Carnaval 2012 Barrio Santa Cruz DGDS/023/2012
21/II/12 Ayuda económica a la Comisión del Carnaval 2012 Barrio Santa Cruz, de Villa Milpa Alta, los días 8, 9, 10, 11 y 12 de abril 90.0
02 CD 12 100194 La Comisión del Carnaval 2012 Barrio de la Luz DGDS/024/2012
21/II/12 Ayuda económica a la Comisión Organizadora del Carnaval 2012 del Barrio de la Luz, de Villa Milpa Alta, los días 8, 9, 10, 11 y 12 de abril 90.0
02 CD 12 100186 La Comisión de Carnaval 2012 Barrio los Ángeles DGDS/025/2012
21/II/12 Ayuda económica a la Comisión de Carnaval 2012 del Barrio Los Ángeles, de Villa Milpa Alta, los días 8, 9, 10, 11 y 12 de abril 90.0
02 CD 12 100195 La Comisión de Carnaval 2012 Barrio la Concepción DGDS/026/2012
21/II/12 Ayuda económica a la Comisión de Carnaval 2012 del Barrio La Concepción, de Villa Milpa Alta, los días 8, 9, 10, 11 y 12 de abril 90.0
02 CD 12 100196 La Comisión de Carnaval 2012 Barrio San Agustín el Alto
DGDS/027/2012
21/II/12 Ayuda económica a la Comisión de Carnaval 2012 del Barrio San Agustín el Alto, de Villa
Milpa Alta, los días 8, 9, 10, 11 y 12 de abril 90.0
02 CD 12 100197 El Comité Organizador del Carnaval 2012 Barrio Santa Martha DGDS/028/2012
21/II/12 Ayuda económica a la Comisión de Carnaval 2012 del Barrio Santa Martha, de Villa Milpa Alta, los días 8, 9, 10, 11 y 12 de abril 90.0
02 CD 12 100731 Grupo de la Compañía de Música y Danza Folclórica de México Hueyitlatoani 2012 DGDS/066/2012
29/V/12 Ayuda económica para el grupo de la Compañía de Música y Danza Folclórica de México Hueyitlatoani 2012, para sufragar gastos del viaje para llevar a cabo una presentación en la Gala Internacional de Folklore en la Ciudad de Catania Italia del 31 de julio al 16 de agosto 100.0
Continúa…
129
VOLUMEN 8/17
… Continuación
Número de CLC Beneficiario/convenio/contrato Fecha del contrato
Descripción Importe
02 CD 12 100741 La Mesa Directiva de la Mayordomía de San Lorenzo Mártir 2012 DGDS/067/2012
1/VI/12 Ayuda económica a la Mesa Directiva de la Mayordomía de San Lorenzo Mártir 2012, del poblado de San Lorenzo Tlacoyucan, para llevar a cabo la festividad el día 10 de agosto 60.0
02 CD 12 100838 El Grupo de Danza Citlalxochitl DGDS/064/2012
25/V/12 Ayuda económica para el Grupo de Danza Citlalxochitl, para llevar a cabo la presentación del Grupo de Danza en eventos organizados por el Ballet Folklorique Mexicain Xcaret, para sufragar gastos del viaje del 1 al 15 de agosto 80.0
02 CD 12 100904 Comercial Morhuer, S.A. de C.V. Contrato núm. 047/2012
17/V/12 Adquisición de electrodomésticos para una rifa en el marco del festejo del día del maestro 520.0
02 CD 12 100907 Comercial Morhuer, S.A. de C.V. Contrato núm. 028/2012
27/IV/12 Adquisición de juguetes que serán entregados a cada uno de los niños de esta demarcación en las coordinaciones de enlace territorial y en la explanada delegacional, con motivo de la celebración del día del niño 1,176.8
02 CD 12 101012 Comité de la Feria regional de Milpa Alta 2012 DGDS/083/2012
24/VII/12 Ayuda económica para el Comité de la Feria regional de Milpa Alta 2012, del 8 al 22 de agosto
150.0
02 CD 12 101297 Comité Organizador de las festividades patronales de San Jerónimo Miacatlan DGDS/098/2012
17/VIII/12 Ayuda económica para el Comité Organizador de las festividades patronales de San Jerónimo Miacatlan, para la celebración de la octava de la festividad patronal, el día 7 de octubre 60.0
02 CD 12 102197 02 CD 12 102468
La Cabaña de Nuestra Provincia, S.A. de C.V. Contrato núm. 084/2012
2/VII/12 Contratación de grupos de música versátil para los diferentes eventos culturales y recreativos dirigidos a las comunidades vulnerables de escasos recursos, en diferentes fechas y horarios 400.0
02 CD 12 102210 Comparsa La Bulla S.C. Contrato núm. 153/2012
28/IX/12 Contratación de grupos de rock para niños, para le realización de eventos culturales y recreativos, con el objeto de preservar costumbre y fomentar las tradiciones de los pueblos 104.4
02 CD 12 102229
02 CD 12 102476
Persona Física
Contrato núm. 051/2012
28/V/12 Arrendamiento de grand support, para los
diferentes eventos culturales y recreativos dirigidos a las comunidades vulnerables de escasos recursos, en diferentes fechas y horarios. 386.3
02 CD 12 102260 Distribuidora Rojorsa, S.A. de C.V. Contrato núm. 179/2012
15/XI/12 Adquisición de pants que serán entregados a la comunidad milpaltense de bajos recursos 93.6
02 CD 12 102269 Distribuidora Rojorsa, S.A. de C.V. Contrato núm. 176/2012
15/XI/12 Adquisición de caramelo macizo para las fiestas decembrinas 191.4
02 CD 12 102430 Consorcio Bit XIII, S.A. de C.V. Contrato núm. 175/2012
14/XI/12 Adquisición de 4 000 piñatas en forma de estrella para las fiesta decembrinas 2012 250.5
02 CD 12 102446 Persona Física DGDS/154/2012
5/XII/12 El comité organizador de las festividades decembrinas del pueblo de Villa Milpa Alta, número de beneficiarios 3000 personas 70.0
02 CD 12 102455 La mayordomía del nacimiento del Niño Dios del Barrio de la Luz DGDS/170/2012
17/XII/12 La mayordomía del nacimiento del Niño Dios del Barrio de la Luz a beneficiar 3,000 personas
70.0
02 CD 12 102457 Panificadora Tecomitl, S.A. de C.V. Contrato núm. 035/2012
4/V/12 Adquisición de 1,350 kilos de pastel de tres leches de moka, para ser entregados a las comunidades vulnerables y de escasos recursos período de mayo-diciembre 61.5
02 CD 12 102462 Persona física Contrato núm. 085/2012
5/VII/12 Contratación de grupos de música versátil para los diferentes eventos culturales y recreativos dirigidos a las comunidades vulnerables de escasos recursos, en diferentes fechas y horarios 400.0
Total 5,394.5
130
VOLUMEN 8/17
Como resultado del análisis de la estructura de los 23 convenios de colaboración,
se comprobó lo siguiente:
a) Los convenios de colaboración se elaboraron tomando como base lo establecido en las
reglas de operación de las “Ayudas Económicas y en Especie para la Realización,
Rescate y Fomento de Celebraciones, Conmemoraciones, Festejos, Tradiciones
y Costumbres, Eventos Culturales y Cívicos.”
b) Establecen el objeto de los convenios.
c) Se especifica el monto de la ayuda económica que se otorga a las mayordomías,
comités, comisiones, organizaciones, asociaciones, grupos de danza folklórica
y en general grupos organizados que contribuyan a elevar el nivel cultural de la
comunidad.
d) Señalan que la ayuda económica únicamente será utilizada por las organizaciones
antes mencionadas para llevar acabo los eventos especificados en el objeto del
convenio.
e) Establecen la obligación de los beneficiarios a comprobar documentalmente ante
la Delegación la ayuda económica otorgada para la celebración de los eventos.
Dicha comprobación es mediante la presentación de facturas, notas de remisión,
contratos u otros documentos idóneos.
f) La Delegación se obliga a entregar la ayuda solicitada, quedando bajo la responsabilidad
de los beneficiarios el adecuado destino y el uso lícito de la ayuda otorgada.
g) Se señala la vigencia del convenio que será hasta por el período que dure el evento
y la comprobación del recurso recibido.
Como resultado del análisis de la estructura de los 10 contratos, se comprobó que
cumplieron con los requisitos mínimos establecidos en el artículo 56 del Reglamento
de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2012.
131
VOLUMEN 8/17
Programa Integral de Apoyo a los Productores de Nopal
1. Se observó que las reglas de operación del “Programa Integral de Apoyo a los Productores
de Nopal de 2012”, se estructuraron de la siguiente manera:
a) Fundamento legal. Las reglas de operación fueron elaboradas con los requisitos
previstos en los artículos 97 y 101 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del
Distrito Federal, vigente en 2012; precisan los lineamientos y mecanismos de operación,
la temporalidad y las condiciones de entrega de las ayudas.
b) Entidad responsable del programa. La Delegación Milpa Alta a través de la Dirección
General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable.
c) Objetivo general. Impulsar el desarrollo rural sostenible de las 4,327 hectáreas de
nopal, mediante la preservación, conservación y restauración de los cultivos, a través
de acciones que incluyan la asistencia técnica para la integración de la cadena
productiva y apoyos para su capitalización y mejoramiento de sus cultivos en términos
productivos, de transformación y comercialización.
d) Objetivo específico. Entregar apoyos económicos a productores de nopal verdura
de la Delegación Milpa Alta para impulsar el desarrollo rural sustentable a través
de la adquisición de insumos, bienes y servicios.
e) Meta física. Atender 5,350 productores de nopal.
f) Programación presupuestal. Ejercer un total de 59,920.0 miles de pesos, otorgando
un apoyo de 11.2 miles de pesos por productor.
g) Requisitos de inscripción al programa.
132
VOLUMEN 8/17
1. Copia legible de la Credencial vigente para votar, expedida por el IFE con domicilio dentro de la Delegación Milpa Alta.
2. Copia legible de la Clave Única de Registro de Población (CURP).
3. Copia legible del comprobante de domicilio, con residencia en la Delegación Milpa Alta (recibo de luz, agua, predial, teléfono, constancia de domicilio emitida por autoridad competente o en su caso carta bajo protesta de decir verdad), la que deberá estar vigente dentro del mismo ejercicio presupuestal.
4. Copia legible de la Constancia de Productor de Nopal, expedida por la autoridad local agraria o en su caso por la Unidad Departamental de Fomento a la Producción del Nopal o por la Subdirección de Desarrollo Agropecuario, documento que deberá contar con una vigencia dentro del mismo ejercicio presupuestal.
5. Copia legible del documento que ampare la posesión del predio a beneficiar, a nombre del productor solicitante (documento privado de compra-venta, cesión de derechos, constancia de posesión firmado y sellado por la autoridad agraria o acta testimonial para la acreditación de posesión.
6. Croquis de localización del predio (con superficies mayores a 500 m²), señalando colindantes y orientación del predio.
7. El productor solicitante deberá presentar la parcela en condiciones productivas para ser sujeto de apoyo en cualquiera de sus modalidades (individual o grupal).
h) Los bienes y servicios apoyados con los recursos del programa serán en forma
individual o grupal específicamente destinados para abono orgánico, insumos,
bienes y servicios vinculados a la producción del nopal.
i) Asimismo, menciona los derechos y obligaciones de los beneficiarios del programa:
Derechos:
Ser atendidos y orientados con cordialidad y respeto por el personal de la Unidad Departamental de Fomento a la Producción del Nopal, sobre los requisitos y procedimientos del Programa.
Ser supervisados de conformidad al Programa.
Recibir el apoyo económico para la adquisición de insumos, bienes y servicios una vez cumplido con los requisitos y procedimientos del programa.
Presentar las quejas y denuncias que estimen pertinentes, relativas a la aplicación y desarrollo del Programa.
Recibir respuesta de cualquier queja que reporte a la Unidad Departamental de Fomento a la Producción del Nopal.
Obligaciones:
Presentar la documentación solicitada en las Reglas de Operación.
Presentar los insumos, bienes y servicios establecidos en el Convenio de Colaboración y en las Reglas de Operación.
Solicitar su supervisión a través del Comité Local del poblado o ante la Delegación, una vez que ha cumplido con los requisitos establecidos y con la adquisición del insumo, bienes y servicios para ser sujeto de apoyo.
En el caso de haber adquirido abonos orgánicos, deberán presentar el volumen establecido en el Convenio de Colaboración y estar incorporado dentro de los surcos.
Realizar la comprobación física y documental de los insumos adquiridos o comprobar el servicio recibido.
Dar trato cordial y de respeto al personal encargado del programa.
Otorgar las facilidades necesarias para que sea marcado, mediante los mecanismos de control que la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable determine, los bienes adquiridos motivo de los apoyos solicitados.
El apoyo otorgado será intransferible.
Destinar los recursos recibidos para el objeto del programa y mantenerlos bajo su custodia durante la vida útil del bien y/o bienes adquiridos.
133
VOLUMEN 8/17
2. La Delegación Milpa Alta formalizó 16 convenios de colaboración, por medio de los cuales
el órgano político-administrativo se comprometió a otorgar apoyos económicos por un
importe por 59,920.0 miles de pesos a los productores de nopal [por 11.2 miles de pesos
por cada productor], como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Convenio Importe
por convenio Pueblo/Barrio Fecha Número de productores
Apoyo individual
Miacatlan 11/VI/12 389 11.2 4,356.8
Ohtenco 1/VI/12 191 11.2 2,139.2
Tecoxpa 12/VI/12 729 11.2 8,164.8
Atocpan 6/VI/12 73 11.2 817.6
Tecomitl 4/VI/12 55 11.2 616.0
Villa Milpa Alta Barrio San Mateo 11/VI/12 251 11.2 2,811.2
Oztotepec 15/VI/12 26 11.2 291.2
Villa Milpa Alta Barrio los Ángeles 7/VI/12 223 11.2 2,497.6
Tlacotenco 25/V/12 460 11.2 5,152.0
Tepenahuac 29/V/12 103 11.2 1,153.6
Tlacoyucan 23/V/12 1,332 11.2 14,918.4
Villa Milpa Alta Barrio de Santa Martha 11/VI/12 479 11.2 5,364.8
Villa Milpa Alta Barrio de Santa Cruz 7/VI/12 292 11.2 3,270.4
Villa Milpa Alta Barrio de San Agustín el Alto 5/VI/12 302 11.2 3,382.4
Villa Milpa Alta Barrio de la Concepción 6/VI/12 262 11.2 2,934.4
Villa Milpa Alta Barrio de la Luz 12/VI/12 183 11.2 2,049.6
Total 5,350 59,920.0
La Delegación Milpa Alta gestionó la obtención de recursos del “Programa Integral de Apoyo
a los Productores de Nopal de 2012” ante la SEFIN, mediante las siguientes CLC:
(Miles de pesos)
Número de CLC Beneficiario/convenio/Contrato Descripción Importe
4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”
02 CD 12 100977, 02 CD 12 101150, 02 CD 12 101427, 02 CD 12 101484, 02 CD 12 101954, 02 CD 12 101955, 02 CD 12 102027 y 02 CD 12 102125
Gobierno del Distrito Federal/ Delegación Milpa Alta
Programa Integral de Apoyo a los Productores de Nopal 2012
59,920.0
Total 59,920.0
134
VOLUMEN 8/17
Como resultado del análisis de la estructura de los convenios de colaboración,
se comprobó lo siguiente:
a) Se elaboraron tomando como base lo establecido en las reglas de operación del
“Programa Integral de Apoyo a los Productores de Nopal de 2012”.
b) Establecen el objeto de los convenios.
c) Especifican que a cada productor de nopal le corresponde un apoyo económico
por un monto de 11.2 miles de pesos (un evento en el año), y que se otorgaran
apoyos a 5,350 productores de nopal.
d) Señalan en qué conceptos se deberán ejercer los apoyos otorgados a los productores
de nopal (adquisición de abono orgánico, insumos, bienes y servicios vinculados
a la producción del nopal).
e) Establecen la obligación de los beneficiarios de comprobar física y documentalmente,
el destino de los recursos de los apoyos entregados a los productores de nopal.
f) Señalan la obligación del personal adscrito a la Dirección General de Desarrollo Rural
y Económico Sustentable de llevar a cabo la supervisión y la verificación de los
insumos, bienes o servicios adquiridos por los beneficiarios de los apoyos.
g) Se especifica que la entrega de los apoyos sólo se realizará a los productores
aprobados con base en el resultado del dictamen de la supervisión realizada por la
Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable.
Se concluye que la Delegación Milpa Alta formalizó mediante 23 convenios de colaboración
y 10 contratos la relación jurídica para llevar a cabo la entrega de “Ayudas Económicas y en
Especie para la Realización, Rescate y Fomento de Celebraciones, Conmemoraciones,
Festejos, Tradiciones y Costumbres, Eventos Culturales y Cívicos”; así como, 16 convenios
de colaboración que se desprendieron del “Programa Integral de Apoyo a los Productores de
Nopal de 2012”, y que éstos dieron cumplimiento a lo establecido en sus respectivas
reglas de operación; en el caso de los 10 contratos se atendió lo dispuesto en el Reglamento
de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
135
VOLUMEN 8/17
Gasto Devengado
8. Resultado
Para verificar si la Delegación Milpa Alta llevó a cabo la entrega de las ayudas económicas
y en especie derivadas del programa de “Ayudas Económicas y en Especie para la Realización,
Rescate y Fomento de Celebraciones, Conmemoraciones, Festejos, Tradiciones y Costumbres,
Eventos Culturales y Cívicos”; así como, de los apoyos económicos a los productores de
nopal mediante el “Programa Integral de Apoyo a los Productores de Nopal de 2012”,
de conformidad con lo establecido en las reglas de operación de cada programa, en los
convenios de colaboración y con los contratos celebrados, se revisaron las obligaciones
de la Delegación con los beneficiarios, de lo cual se determinó lo siguiente:
Ayudas Económicas y en Especie para la Realización, Rescate
y Fomento de Celebraciones, Conmemoraciones, Festejos, Tradiciones
y Costumbres, Eventos Culturales y Cívicos
1. Se verificó que los beneficiarios de las ayudas económicas y en especie inherentes
a las “Ayudas Económicas y en Especie para la Realización, Rescate y Fomento de
Celebraciones, Conmemoraciones, Festejos, Tradiciones y Costumbres, Eventos Culturales
y Cívicos” dieran cumplimiento con los requisitos establecidos en las reglas de operación
del programa para poder acceder a las ayudas, se revisó la documentación soporte
de 35 CLC (oficio de solicitud dirigido al Jefe Delegacional, con el acta constitutiva de la
organización, con la copia de las identificaciones y CURP de los solicitantes, así como
la evidencia de ser habitante de la Delegación).
2. En el caso de las ayudas económicas y en especie entregadas tramitadas mediante
23 convenios de colaboración y 10 contratos por un importe de 5,394.5 miles de pesos,
se verificó que los beneficiarios hayan dado cumplimiento con los requisitos establecidos
en las reglas de operación del programa para poder acceder a las ayudas, se revisó la
documentación de las CLC (en el caso de las ayudas en especie el oficio de petición
dirigido al Jefe Delegacional, copia de la identificación, CURP del solicitante, ser habitante
de la Delegación mayor de 18 años), en el caso de eventos organizados por la Delegación
y para tener acceso a las ayudas en especie [día del niño, entrega de pasteles de fin
136
VOLUMEN 8/17
de curso, entrega de piñatas y caramelos], se verificó que los beneficiarios fueran
habitantes de la misma; para las ayudas económicas se revisó el oficio de solicitud
de ayuda económica dirigido al Jefe Delegacional, original y copia del acta constitutiva
o de asamblea y copias de las identificaciones oficiales de las personas que fungieran
como presidente, secretario y tesorero de la organización).
3. Se revisó la documentación de las 23 CLC inherentes a las ayudas económicas y en
especie y su documentación soporte (convenio de colaboración; carta compromiso
mediante la cual los beneficiarios se comprometen a rendir un informe al titular de la
Dirección General de Desarrollo Social sobre el destino de los recursos otorgados
mediante facturas, notas de remisión o contratos; el Contra-recibo de Cuenta por Liquidar
Certificada el cual cuenta con la fecha, nombre y firma de quien recibió el cheque
correspondiente; y la memoria fotográfica de la realización del evento) se comprobó la
entrega de las ayudas económicas y en especie por un importe de 1,810.0 miles de pesos.
4. Se analizó la documentación de las 6 CLC inherentes a las ayudas en especie y su
documentación soporte específicamente la relacionadas con la entrega de electrodomésticos
para una rifa en el marco del festejo del día del maestro, entrega de juguetes en
conmemoración del día del niño, entrega de pants para la comunidad de bajos recursos,
entrega de caramelo macizo y piñatas en forma de estrella para las fiestas decembrinas
las cuales consistieron en las requisiciones de compra, autorizaciones expresas del
Jefe Delegacional, contratos, notas de entrada al almacén, facturas y salidas al almacén
y la memoria fotográfica del evento) se comprobó la entrega de las ayudas en especie
por un importe de 2,293.8 miles de pesos.
5. Mediante la revisión de las 6 CLC inherentes a las ayudas en especie y su documentación
soporte específicamente las relacionadas con la contratación de grupos musicales y el
arrendamiento de grand support se analizaron: solicitud de servicio y/o arrendamiento,
autorizaciones expresas del Jefe Delegacional, contratos, orden de servicio firmadas por
el prestador del servicio y por el servidor público encargado de verificar la prestación del
servicio en los eventos solicitados, y por el que da el visto bueno, facturas y la memoria
fotográfica del evento, se comprobó la entrega de las ayudas en especie por un importe
por 1,290.7 miles de pesos.
137
VOLUMEN 8/17
Programa Integral de Apoyo a los Productores de Nopal
1. En el caso de los apoyos económicos a los productores de nopal se determinó una
muestra de 32 beneficiarios, de los cuales se verificó que hayan dado cumplimiento con
los requisitos establecidos en las reglas de operación del programa para poder acceder
a los apoyos, se revisaron los expedientes de los beneficiarios (copia de la identificación
y CURP del solicitante, comprobante de domicilio con residencia en Milpa Alta, copia
de la constancia de ser productor de nopal, copia del documento que ampare la posesión
del predio a beneficiar a nombre del productor solicitante, croquis de la localización del
predio y el solicitante deberá presentar la parcela en condiciones productivas para ser
sujeto de apoyo).
2. Mediante la revisión de ocho CLC y su documentación soporte, se comprobó la entrega
de un apoyo económico individual (11.2 miles de pesos) por única vez en el año a cada
productor de nopal (5,350 productores) para la adquisición de abono orgánico, insumos,
bienes y servicios vinculados a la producción del nopal.
3. Mediante la revisión de 5,350 cédulas de supervisión se comprobó que 3,426 productores
de nopal adquirieron abono orgánico, 1,867 productores adquirieron insumos, compra de
bienes o contratación de servicios y 57 abono orgánico e insumos. En el caso en que
el productor adquirió insumos, compra de bienes o contratación de servicios, se comprobó
la recepción por parte de la Delegación de los comprobantes por dichos conceptos, de
conformidad con lo establecido en el apartado de obligaciones de las reglas de operación.
De la revisión a las 3,426 cédulas de supervisión por concepto de abono orgánico,
en éstas no se realiza ninguna anotación sobre la aplicación de abono en las cantidades
a cuantificar ni del tipo de abono (fresco con paja o aserrín, fresco aguado, seco (molido)
de res, caballo, borrego, gallinaza o pollinaza). Por lo anterior la Delegación Milpa Alta
incumplió lo establecido en el “Aviso por el que se da a conocer los volúmenes de
cumplimiento de abono y composta para el programa integral de apoyo a los productores
de nopal 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de mayo del 2012”.
Tampoco se hace referencia de si el productor ya había realizado la incorporación del
abono orgánico en los surcos de las parcelas como se establece en la cláusula segunda
de los convenios de colaboración.
138
VOLUMEN 8/17
De las 1,924 cédulas de supervisión realizadas por concepto de adquisición de insumos
o adquisición de abono orgánico e insumos, se concluyó que en dicho formato no se
realizaron anotaciones de la comprobación física de los insumos, bienes y servicios,
según lo establecido en la cláusula segunda de los convenios de colaboración.
4. Se comprobó la existencia de las 5,350 cédulas de supervisión (una por cada productor
de nopal) suscritas por la Delegación Milpa Alta y sirven como documento base para iniciar
el trámite para la entrega del apoyo económico de conformidad con lo establecido en el
numeral 20, del apartado VI, Procedimiento de Instrumentación, de las reglas de operación
del “Programa Integral de Apoyo a los Productores de Nopal de 2012”.
Cabe mencionar que dichas cédulas son elaboradas y requisitadas una vez que el
productor de nopal cumple con los requisitos establecidos en las reglas de operación;
asimismo, deja constancia de los datos del poblado, del productor, predio, y en el caso
de la adquisición de insumos, compra de bienes o contratación de servicios los datos
de la documentación comprobatoria; cuentan con las firmas de los servidores públicos
encargados de la supervisión, del responsable del programa (Jefatura de Unidad
Departamental de Fomento a la Producción del Nopal), de quien da el visto bueno
(Subdirección de Desarrollo Agropecuario), y de quien autoriza (Dirección General de
Desarrollo Rural y Económico Sustentable).
5. Mediante la revisión de las pólizas cheque se comprobó que la Delegación Milpa Alta
entregó a 5,350 productores un apoyo de 11.2 miles de pesos dando un importe total
de 59,920.0 miles de pesos previstos en el apartado IV, Programación Presupuestal, de las
reglas de operación del “Programa Integral de Apoyo a los Productores de Nopal de 2012”.
Cabe mencionar que las pólizas cheque contaron con la fecha de cuando se recibió el
apoyo y la firma del productor beneficiado; se anexa copia de una identificación oficial
en la que también se plasma el número de cheque, la cantidad del apoyo que se recibe,
la fecha en que se recibe el cheque, y el nombre y firma del beneficiario.
6. La Delegación Milpa Alta junto con el personal auditor realizaron dos inspecciones
físicas: la primera se realizó el 11 de abril de 2014, a tres predios ubicados dentro de
la demarcación territorial con la finalidad de constatar cuál es el mecanismo utilizado
139
VOLUMEN 8/17
por la Delegación para llevar a cabo la medición del volumen de abono orgánico
adquirido por los beneficiarios y aplicado a los predios; la segunda inspección se realizó
el 6 de mayo de 2014, a siete grupos de trabajo (Temixco, San Marcos, Ohtenco, Familia,
Monarcas, Cuyucali y Campesinos Detzotzomaco) con la finalidad de comprobar
la existencia física de los bienes adquiridos con los apoyos otorgados.
Como resultado de las inspecciones físicas, se observó el mecanismo utilizado para
determinar el volumen de abono orgánico de los predios propiedad de los beneficiarios
de los apoyos económicos; de los grupos de trabajo visitados únicamente se pudo
comprobar de cuatro la adquisición de maquinaria vinculada a la producción del nopal,
como evidencia se elaboró una minuta de trabajo y se tomaron fotografías de dicha
maquinaria, en cuanto a los tres restantes no se localizó a ningún miembro del grupo que
facilitara la inspección.
Se concluyó que la Delegación cuenta con la evidencia física y documental de la entrega
de las ayudas económicas y en especie a la población que habita en la demarcación
territorial derivadas de la actividad institucional “Ayudas Económicas y en Especie para la
Realización, Rescate y Fomento de Celebraciones, Conmemoraciones, Festejos, Tradiciones
y Costumbres, Eventos Culturales y Cívicos” y de los apoyos económicos entregados
a los productores de nopal inherentes al “Programa Integral de Apoyo a los Productores
de Nopal de 2012”.
Derivado de la reunión de confronta celebrada el 30 de mayo de 2014, la Dirección General
de Administración de la Delegación Milpa Alta mediante el oficio núm. DGA/0661/2014
del 30 de mayo de 2014, informó y proporcionó lo siguiente:
Copia del oficio núm. DGDRE/0226/2014 del 27 de mayo de 2014, mediante el cual
la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable, precisó lo siguiente:
“Que de acuerdo a la documentación soporte con que cuenta, la Unidad Departamental
de Fomento a la Producción del Nopal, solicitó mediante oficios de fecha 13 de junio de 2012,
a cada uno de los Comités locales (se anexa copia), informar los volúmenes y tipos de abono
orgánico que verterían los productores a las parcelas; por consecuencia los Comités Locales
140
VOLUMEN 8/17
emitieron respuesta en la que señalan que incorporarían abono fresco de res con un volumen
total de 65 m³ (se anexa copia de los oficios de respuesta).
”Por lo que, en cada cédula de supervisión aplicada a cada uno de los productores que
adquirieron abono, se señala bajo protesta de decir verdad ʽManifiesto ser productor de nopal
activo […] Del mismo modo declaro que adquirí el abono orgánico bajo mi propio derecho
y responsabilidad, para cumplir con los metros cúbicos de abono (o mejoradores de suelo)
requeridos en este ejercicio presupuestalʼ.
”Por lo anterior, se considera suficiente la información, toda vez que físicamente se constató
mediante la supervisión el tipo de abono y su volumen vertido en las parcelas de nopal.
”Referente a la cláusula segunda del Convenio de Colaboración celebrado entre la Delegación
y cada uno de los Comités Locales en el año 2012, el abono debería ser vertido en los surcos
de las parcelas, por lo que en el supuesto de no ser así, no se realizó supervisión y se indicó
al productor que el abono tendría que ser incorporado a la nopalera; así mismo esta cláusula
dice que el productor debe hacer la comprobación física y documental en el caso de la
adquisición de insumos, bienes y servicios y no especifica describir en la cédula de supervisión,
sin embargo, en la cédula se anota el número de factura, la razón social del establecimiento
y el monto total en apego a los documentos comprobatorios que exhibe el productor en original,
los cuales son integrados al expediente, así mismo se anexa archivo fotográfico de los bienes
adquiridos.”
Del análisis a la información y documentación proporcionada por la Delegación Milpa Alta,
se constató que ésta cuenta con 3,426 cédulas de supervisión por concepto de abono
orgánico y 1,924 cédulas de supervisión realizadas por concepto de adquisición de insumos
o adquisición de abono orgánico e insumos, y en ellas se deja constancia de la comprobación
física; no así como medida de control el especificar si el productor ya había realizado la
incorporación del abono orgánico en los surcos de las parcelas al momento de la supervisión;
y el no realizar anotaciones de la comprobación física de los insumos, bienes y servicios.
La observación del presente resultado se modifica parcialmente, ya que la Delegación
proporcionó evidencia que comprueba que los productores se comprometen a incorporar
141
VOLUMEN 8/17
en sus parcelas abono fresco de res con un volumen total de 65 m³, no así respecto de las
observaciones de especificar si el productor ya había realizado la incorporación del abono
orgánico en los surcos de las parcelas al momento de la supervisión; y el no realizar
anotaciones de la comprobación física de los insumos, bienes y servicios.
Recomendación ASC-164-12-08-MA
Es necesario que la Delegación Milpa Alta adopte medidas para garantizar que los formatos
de supervisión utilizados para la entrega de apoyos a los productores de nopal especifiquen
si al momento de llevarse a cabo la supervisión, el productor ya ha incorporado el abono
orgánico en los surcos de las parcelas; y realizar anotaciones si se llevó a cabo inspección
física de los insumos, bienes y servicios.
Gasto Ejercido
9. Resultado
A efecto de comprobar que la Delegación Milpa Alta contase con evidencia documental de que
en el ejercicio del gasto haya sido debidamente aprobado, en este caso, la entrega de ayudas,
de acuerdo con el criterio relativo a la fiscalización de los recursos destinados al capítulo
4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, se revisaron las CLC
concernientes a la muestra de auditoría, documentos en los que se puede observar el monto
otorgado, la fuente de financiamiento y la autorización por parte del titular de la demarcación,
como se muestra en los cuadros relativos a las CLC, del resultado núm. 7, del presente informe.
Del análisis a la documentación proporcionada por la Delegación, se determinó lo siguiente:
1. La Delegación Milpa Alta contó con evidencia documental de que el ejercicio del gasto
fue debidamente aprobado, mediante la autorización del monto de las ayudas y apoyos
para el ejercicio presupuestal 2012, dado a conocer por la Secretaría de Finanzas
mediante el oficio núm. SFDF/SE/987/2012 del 30 de enero de 2012; así como de las
autorizaciones expresas por el Jefe Delegacional en Milpa Alta el monto para ejercer
de 90,465.5 miles de pesos con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,
Subsidios y Otras Ayudas”.
142
VOLUMEN 8/17
2. Las CLC cuentan con clave presupuestaria y detallan la forma de pago, el destino de
los recursos, el objetivo, los beneficiarios, la temporalidad y las condiciones de la entrega
de las ayudas y apoyos económicos y en especie, y se cuenta con la documentación
justificativa descrita en los resultados núms. 7 y 8 del presente informe, conforme a lo
dispuesto en el artículo 69 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal
vigente en 2012.
3. En el caso específico de las ayudas económicas y en especie entregadas para la
realización de eventos culturales y recreativos organizados dentro de la demarcación
territorial no se registraron conforme al Clasificador por Objeto del Gasto para el Gobierno
del Distrito Federal vigente en 2012, cabe mencionar que se observó la misma
inconsistencia en la revisión de la Cuenta Pública de 2011, dejando constancia en el
Informe Final de Auditoría con clave núm. ASC/152/11, practicada a la Delegación
Milpa Alta, específicamente en el resultado número 9, y se emitió la recomendación
núm. ASC-152-11-05-MA.
Mediante el oficio núm. CMH/13/1212 del 5 de diciembre de 2013, se le comunicó al Jefe
Delegacional en Milpa Alta la atención de dicha recomendación, derivado del análisis
a la documentación presentada por el órgano político-administrativo. Es preciso mencionar
que las medidas adoptadas por la Delegación comenzaron su aplicación a partir de abril
de 2013, motivo por el cual durante el ejercicio 2012 aún se presentó el registro de las
operaciones en forma errónea a la partida 4412 y no a la partida 4419 de conformidad
con lo establecido en el Clasificador por Objeto del Gasto para el Gobierno del Distrito
Federal vigente en 2012.
4. Las CLC fueron elaboradas y autorizadas por los servidores públicos inscritos en la Cédula
de Registro de Firmas de los Servidores Públicos Facultados para Elaborar, Solicitar
y/o Autorizar las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos Múltiples, Afectaciones
Programático-Presupuestales y Control del Presupuesto Comprometido en 2012.
5. Las CLC son impresiones del SAP-GRP debidamente autorizadas, por lo que la
Delegación Milpa Alta se sujetó a lo establecido en el apartado IV, “Lineamientos
Generales para los Trámites Presupuestarios”, subapartados IV.3, “Registro de Operaciones
143
VOLUMEN 8/17
Presupuestarias”, y IV.3.1, “Cuenta por Liquidar Certificada”, numeral 2, del Manual
de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito
Federal vigente en 2012.
6. Se revisó la documentación soporte (justificativa y comprobatoria) de un total de 10 CLC
relacionadas con las adquisiciones de electrodomésticos, juguetes, pants, caramelos,
piñatas y pasteles; así como de la contratación de grupos musicales y el arrendamiento
de grand support de lo cual se concluyó que la documentación comprobatoria adjunta
(facturas) cumplió con los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código
Fiscal de la Federación vigente durante 2012, la documentación justificativa consistió
en los convenios de colaboración y contratos formalizados.
7. Las CLC que fueron pagadas con recursos de 2012, con cargo a las partidas 4412 “Ayudas
Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos” y 4419 “Otras Ayudas Sociales
a Personas”, corresponden a las ayudas económicas y en especie inherentes a las
“Ayudas Económicas y en Especie para la Realización, Rescate y Fomento de
Celebraciones, Conmemoraciones, Festejos, Tradiciones y Costumbres, Eventos Culturales
y Cívicos” y de los apoyos económicos entregados en el marco del “Programa Integral
de Apoyo a los Productores de Nopal de 2012”.
Se concluyó que la Delegación Milpa Alta tramitó las CLC debidamente aprobadas por la
autoridad competente para la entrega de las ayudas económicas y en especie y los apoyos
económicos a los productores de nopal, con la documentación justificativa y comprobatoria
correspondiente en cumplimiento de los artículos 64 y 69 de la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal.
Gasto Pagado
10. Resultado
Con la finalidad de comprobar el momento contable del gasto que refleja la cancelación
total o parcial de las obligaciones de pago, que se concreta mediante la entrega de cheques
(a los beneficiarios de ayudas y apoyos económicos) y de transferencias electrónicas
a los proveedores y prestadores de servicios (en el caso de las ayudas en especie), se
realizaron las siguientes actividades:
144
VOLUMEN 8/17
1. La Delegación Milpa Alta tramitó ante la Secretaría de Finanzas la obtención de
recursos económicos para llevar a cabo la entrega mediante cheque de las ayudas
y apoyos económicos y mediante transferencia electrónica el pago a proveedores y
prestadores de servicios.
a) En la revisión de los cheques mediante los cuales se entregaron los apoyos
económicos a los productores de nopal, se identificó que se emitieron 5,710 cheques
y sólo se cobraron 5,350, como se muestra a continuación:
Cuenta por Liquidar Certificada Cheques
Números Fecha Emitidos Cobrados Cancelados
02 CD 12 100977 24/VII/12 876 841 35
02 CD 12 101150 17/VIII/12 567 551 16
02 CD 12 101427 19/IX/12 718 708 10
02 CD 12 101484 24/IX/12 440 438 2
02 CD 12 101954 3/XII/12 929 747 182
02 CD 12 101955 3/XII/12 613 598 15
02 CD 12 102027 6/XII/12 385 363 22
02 CD 12 102125 18/XII/12 1,182 1,104 78
Total 5,710 5,350 360
Se observó que 20 cheques no cuentan con el sello de cancelado, ni líneas paralelas
por medio de las cuales se invalidaran los cheques (núm. 4501 al 4515 y del 4804
al 4808). La Delegación Milpa Alta no observó lo dispuesto en la fracción IV,
Segundo Lineamiento: Evaluación y Administración de Riesgos del artículo 16, de los
Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito
Federal publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007
vigentes en 2012 que establece lo siguiente:
“IV. El enfoque que debe darse a un sistema de control interno debe ser
preferentemente preventivo, con la finalidad de anticiparse a que sucedan las
acciones no deseadas o ineficientes que perjudiquen a las Unidades de Gobierno
de la Administración Pública del Distrito Federal en el desarrollo de sus operaciones
sustantivas, sin soslayar la visión detectiva y preventiva; asimismo, deberán
implementarse procedimientos y requisitos que deban observarse para el cumplimiento
145
VOLUMEN 8/17
de los objetivos y metas propuestos. Conociendo los riesgos se disponen los controles
destinados a evitarlos o minimizarlos.
”Debe ser dinámico y debe estar en permanente cambio con los siguientes objetivos:
”● Facilitar la construcción y toma de decisiones.
”● Lograr la misión establecida.
”● Optimizar los bienes y recursos.
”● Minimizar riesgos.
”● Mejorar resultados.
”● Eliminar la burocracia.”
Derivado de la reunión de confronta celebrada el 30 de mayo de 2014, la Dirección
General de Administración de la Delegación Milpa Alta mediante el oficio
núm. DGA/0661/2014 del 30 de mayo de 2014, informó y proporcionó lo siguiente:
Copia simple de los cheques números 4501 al 4515 y del 4804 al 4808, acompañados
de su respectiva póliza, mismos que muestran sello con la leyenda CANCELADO.
Derivado del análisis a las pólizas cheque núms. 4501 al 4515 y del 4804 al 4808
proporcionadas por la Delegación, se observó que en ellas se aprecia el sello de
cancelado. Cabe mencionar que la cancelación la realizó la Delegación derivado
de la observación dada a conocer mediante el Informe de Resultados de Auditoría
para Confronta; por lo anterior, la observación no se desvirtúa por tener carácter
preventivo.
b) Los cheques inherentes a las CLC núms. 02 CD 12 102027 y 02 CD 12 102125,
fueron elaborados el 2 de enero de 2013 y no al 31 de diciembre de 2012 que era
el plazo de vigencia del convenio de colaboración.
146
VOLUMEN 8/17
La Delegación Milpa Alta no atendió lo dispuesto en la cláusula octava del convenio
de colaboración que establece: “el convenio de colaboración suscrito entre
‘la delegación’ y ‘el comité local’, tendrá una vigencia a partir del 8 de abril al 31 de
diciembre del mismo año, la fecha última de supervisión será notificada por la
Unidad Departamental de Fomento a la Producción del Nopal, en función del monto
asignado a esta población y de acuerdo a la normatividad presupuestal no se podrán
ejercer recursos después del 31 de diciembre de 2012”.
c) Mediante el oficio núm. ASC/164/12/MA-03 del 9 de abril de 2014, la CMHALDF
solicitó a la Delegación Milpa Alta copia de los oficios enviados a la Secretaría de
Finanzas, fichas de depósito y recibos de entero realizados por concepto de intereses
a favor generados por la cuenta bancaria utilizada para el manejo y control de los
recursos del “Programa Integral de Apoyo a los Productores de Nopal de 2012”.
En respuesta, con el oficio núm. DDPRF/0163/2014 del 21 de abril de 2014, la
Delegación Milpa Alta proporcionó copia de los oficios enviados a la Secretaría de
Finanzas, recibos de entero realizados y fichas del depósito a favor de la SEFIN,
como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Número de cheque
Fecha
Importe
Documentación
Ficha de depósito
Oficio de trámite de entero
Entero
1426 14/IX/12 0.1 X X
2144 16/X/12 9.4 X X X
3504 14/XII/12 0.7 X X X
5711 9/I/13 3.9 X X X
5716 5/III/13 0.2 X X
5717 20/III/13 4.6 X X
5718 21/III/13 184.9 X X
Total 203.8
En la revisión a la documentación al respecto, la Delegación Milpa Alta no proporcionó
las fichas de depósito a la cuenta de la SEFIN de los recursos por concepto
de intereses a favor por un monto por 4.9 miles de pesos, ni el recibo de entero por
147
VOLUMEN 8/17
un importe por 184.9 miles de pesos. Cabe mencionar que respecto a los 4.9 miles
de pesos, se constató que la Delegación cuenta con oficios mediante los cuales
se envían las fichas de depósito de los recursos por concepto de intereses y mediante
los cuales se solicitó la expedición de los recibos de entero correspondiente y los
recibos de entero; asimismo, en relación con los 184.9 miles de pesos el órgano
político-administrativo cuenta con la ficha de depósito de dicho monto a la SEFIN
y el oficio mediante los cuales se envió la ficha de depósito de los recursos por
concepto de intereses y mediante los cuales se solicitó la expedición de los recibos
de entero correspondiente.
La Delegación Milpa Alta no atendió lo dispuesto en el artículo 126 de la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2012, que establece
lo siguiente:
“Artículo 126.- Será responsabilidad de las Unidades Responsables de Gasto la
confiabilidad de las cifras consignadas en la contabilidad.”
El artículo 16, Tercer Lineamiento, “Actividades de Control”, incisos a), “Separación
de tareas y responsabilidades”; y e), “Registro oportuno y adecuado de las operaciones
y hechos”, de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración
Pública del Distrito Federal publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
el 9 de abril de 2007 vigentes en 2012, que establecen los siguiente:
“Artículo 16. Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno
son los siguientes: […] ‘Tercer Lineamiento: Actividades de Control […]’
a) Separación de tareas y responsabilidades. Las funciones y responsabilidades
relativas a la elaboración, revisión, autorización y registro de las operaciones deben
ser asignadas preferentemente a servidores públicos diferentes, a efecto de procurar
un equilibrio de autoridad y responsabilidad […]
e) Registro oportuno y adecuado de las operaciones y hechos. Las operaciones
y otros eventos que afecten a las Unidades de Gobierno de la Administración
148
VOLUMEN 8/17
Pública del Distrito Federal, deben registrarse en el momento de su ocurrencia o lo
más oportuno posible, para garantizar su relevancia y utilidad…”
2. Se verificó que el importe tramitado por la Delegación Milpa Alta mediante las CLC
para la entrega de las ayudas económicas y en especie, y los apoyos económicos
correspondieran al monto establecido en las reglas de operación, y en su caso las
facturas, y que éste no rebasara el importe formalizado a través de los convenios de
colaboración y los contratos.
3. Se comparó la base de datos de las CLC proporcionada por la Secretaría de Finanzas
y la de la Delegación, para comprobar el registro de todas las CLC emitidas en favor de los
beneficiarios de las ayudas y apoyos económicos, y de los proveedores y prestadores
de servicios.
Recomendación ASC-164-12-09-MA
Es necesario que la Delegación Milpa Alta adopte medidas para garantizar que los cheques
que emita sean cancelados, cuenten con el sello de cancelación, o con líneas paralelas
por medio de las cuales se invalidaran de conformidad con los Lineamientos Generales de
Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal.
Recomendación ASC-164-12-10-MA
Es necesario que la Delegación Milpa Alta adopte medidas para garantizar que el reintegro
de recursos por concepto de intereses a favor se acompañe con la documentación soporte de
las operaciones, de conformidad con los Lineamientos Generales de Control Interno para
la Administración Pública del Distrito Federal.
149
VOLUMEN 8/17
II.13.1.2. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO”
Auditoría ASC/165/12
ANTECEDENTES
El artículo décimo primero transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito
Federal para el Ejercicio Fiscal 2012 publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el
30 de diciembre de 2011, señala en relación con los recursos aprobados por la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal (ALDF) por concepto de presupuesto participativo “a las
Delegaciones les corresponden recursos por 704,275,724 pesos y se distribuirán de acuerdo
a lo establecido en el Anexo 1 del presente decreto”.
En el artículo décimo segundo transitorio, inciso c), del mismo Decreto de Presupuesto
de Egresos del Distrito Federal se indica: “La determinación de las acciones específicas
que con cargo al presupuesto participativo ejecutarán las delegaciones en cada una de las
1,815 colonias y pueblos originarios, que no se encuentren en el supuesto de asentamientos
irregulares, o que en su determinación no se contravenga disposiciones jurídicas vigentes,
se hará con base en los resultados de la consulta ciudadana que se efectuó el domingo
13 de noviembre de 2011. Conforme al Anexo 7”. Este último establece el rubro general
y el proyecto específico ganador, para cada colonia o pueblo.
Asimismo, en el Anexo 1 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal
se determinó que a la Delegación Milpa Alta le corresponderían 22,642.6 miles de pesos del
presupuesto participativo, que se distribuirían entre los 12 Comités Ciudadanos, a razón
de 1,886.9 miles de pesos para cada uno.
Los recursos para el presupuesto participativo asignados en 2012 a la Delegación
Milpa Alta (22,642.6 miles de pesos) representaron el 3.2% de los presupuestados para
las 16 Delegaciones y significaron un decremento de 3.9% respecto de los 23,565.4 miles
de pesos que le fueron asignados en 2011.
150
VOLUMEN 8/17
En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012, se reportó que los 16 órganos
político-administrativos ejercieron 639,777.7 miles de pesos con cargo al destino de
gasto 65 “Presupuesto Participativo”, lo cual representó disminuciones de 64,498.1 miles
de pesos (9.2%) con relación a los 704,275.8 miles de pesos asignados originalmente
y de 20,362.3 miles de pesos (3.1%) en comparación con los 660,140.0 miles de pesos
ejercidos en 2011.
En 2012, la Delegación Milpa Alta ejerció 21,051.3 miles de pesos en el destino de gasto
65 “Presupuesto Participativo”, que representaron una variación negativa de 7.0% (1,591.3 miles
de pesos) respecto al presupuesto original y un incremento de 13.9% en relación con
los 18,132.7 miles de pesos ejercidos en 2011.
En el Informe de Cuenta Pública 2012 de la delegación Milpa Alta, apartado “ECG Análisis de
Egresos por Capítulo de Gasto”, el órgano político-administrativo no hizo referencia alguna
del ejercicio del gasto de los recursos del presupuesto participativo.
Para la Consulta Ciudadana, el Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) ejerció
49,104.3 miles de pesos en diversas actividades de difusión y preparación, lo que permitió una
cobertura de 99.0% en la instalación de las mesas receptoras de opinión; sin embargo,
el porcentaje de votación fue de 1.9%. Al respecto, una encuesta de opinión y análisis que
contrató el IEDF y que se aplicó en junio de 2012, obtuvo, entre otros resultados, que sólo
el 9.7% de los entrevistados conocía el presupuesto participativo.
OBJETIVO
El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación
Milpa Alta con destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” se haya registrado, aprobado,
modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con la normatividad
y ordenamientos aplicables.
151
VOLUMEN 8/17
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Esta auditoría se realizó de conformidad con los siguientes criterios generales, incluidos
en el Manual de Selección de Auditorías:
1. “Exposición al Riesgo”, el presupuesto participativo es un programa presupuestario
de reciente creación, que está expuesto a riesgos de irregularidades e ineficiencias,
o incumplimiento de objetivos y metas.
2. “Interés General”, por la naturaleza del gasto y su importancia en el ámbito social, las
actividades y funciones que desarrollen los órganos político-administrativos para cumplir
los compromisos del programa presupuestario tienen un impacto directo y tangible
en beneficio de la ciudadanía.
3. “Presencia y Cobertura”, de conformidad con la Ley de Participación Ciudadana del Distrito
Federal, a la ALDF le compete vigilar por conducto de la Contaduría Mayor de Hacienda
de la Asamblea Legislativa (CMHALDF), el ejercicio de los recursos del presupuesto
participativo, el cual es susceptible de auditarse por estar contenido en el Decreto
de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal y en la Cuenta Pública del Gobierno
del Distrito Federal de 2012.
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado C, base primera,
fracción V, incisos c) y e), en relación con el 74, fracción VI, de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;
1o; 2o., fracciones IX y X, inciso a); 3o; 8o., fracciones I, II, VI, VII, párrafo primero, VIII, IX y XIX;
9o.; 10, incisos a) y e); 14, fracciones I, VIII, XVII y XXIII; 16; 22; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34;
y 35 de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa
del Distrito Federal; 1o; 2o., fracción XIX, inciso a); y 6o., fracciones V y VII, del Reglamento
Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
El alcance de la auditoría se determinó como resultado de los trabajos de planeación
correspondientes, una vez integrado el presupuesto ejercido por la Delegación Milpa
152
VOLUMEN 8/17
Alta en 2012 con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, por un total de
21,051.3 miles de pesos.
Con objeto de analizar los mecanismos de control y supervisión implantados por el sujeto
fiscalizado para aprobar, modificar, comprometer, devengar, ejercer, registrar y pagar
los recursos asignados al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se revisó la
normatividad aplicable: Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; Ley de
Obras Públicas del Distrito Federal y su Reglamento; Ley de Adquisiciones para el Distrito
Federal; Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal; Decreto de Presupuesto de
Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012; Manual de Normas y Procedimientos
Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal; Normatividad en materia
de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del
Distrito Federal (Circular Uno Bis 2011) vigente a partir del 20 de mayo de 2011; Normatividad
en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración
Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis 2012) vigente a partir del 08 de agosto de 2012;
Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública, el Desarrollo,
Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa y la Atención Ciudadana en la
Administración Pública del Distrito Federal; Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito
Federal; y Lineamientos con los que se dictan Medidas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina
Presupuestal para contener el Gasto en la Administración Pública del Distrito Federal,
todos vigentes en 2012.
Se aplicaron cuestionarios de control interno en la Dirección General de Obras y Desarrollo
Urbano (DGODU), en la Dirección General de Administración (DGA) y en la Dirección de
Participación Ciudadana, todas adscritas a la Jefatura Delegacional.
Se revisó el Manual Administrativo de la Delegación Milpa Alta vigente en 2012, para
verificar que la organización del órgano político-administrativo fuera acorde con la estructura
orgánica dictaminada, así como la existencia de procedimientos aplicables al rubro sujeto
a revisión.
Se solicitó y analizó diversa información generada por el IEDF, relacionada con la capacitación
a servidores públicos de la Delegación.
153
VOLUMEN 8/17
Se seleccionó una muestra de auditoría de 3,753.7 miles de pesos, que representó el 17.8% de
los recursos ejercidos en el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” (21,051.3 miles
de pesos) y corresponden a las erogaciones realizadas en las partidas presupuestales
6121 “Edificación no Habitacional” (1,870.5 miles de pesos) y 6131 “Construcción de
Obras para el Abastecimiento de Agua, Petróleo, Gas, Electricidad y Telecomunicaciones”
(1,883.2 miles de pesos).
Se verificó que el presupuesto autorizado a la Delegación Milpa Alta correspondiera
al establecido en el Anexo 1 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal
para el Ejercicio Fiscal 2012 y que los presupuestos modificado, registrado y ejercido en
las partidas presupuestales 6121 “Edificación no Habitacional” y 6131 “Construcción de
Obras para el Abastecimiento de Agua, Petróleo, Gas, Electricidad y Telecomunicaciones”,
estuvieran respaldados con la documentación justificativa y comprobatoria, conforme
a la normatividad vigente en 2012.
Para analizar el ejercicio del presupuesto de la Delegación Milpa Alta en las partidas 6121
“Edificación no Habitacional” y 6131 “Construcción de Obras para el Abastecimiento de
Agua, Petróleo, Gas, Electricidad y Telecomunicaciones”, se verificó que el órgano político-
administrativo contara con la documentación soporte de las obras contratadas; y que éstas
se hubieran realizado y pagado conforme a los contratos respectivos y a la normatividad
vigente en 2012.
Se revisaron los montos de actuación de la Delegación correspondientes al ejercicio de 2012,
con objeto de comprobar que las operaciones de gasto de inversión pública se ajustaran a lo
establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal 2012.
En cuanto a los contratistas considerados en la muestra de auditoría, se verificó que
los importes facturados y los datos relativos a la entrega de las obras correspondieran
a la información proporcionada por la Delegación, que las obras se hubieran realizado
conforme a las cláusulas de los contratos y que los contratistas no se encontraran inhabilitados
por la Secretaría de la Función Pública (SFP) o por la Contraloría General del Distrito
Federal (CGDF).
154
VOLUMEN 8/17
Se efectuó la verificación física de las obras contratadas para constatar si se realizaron
conforme a la descripción incluida en los contratos y de acuerdo con los proyectos ganadores
de la Consulta Ciudadana de 2012.
Se verificó que los informes relativos al ejercicio de recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto
Participativo” se hayan presentado en tiempo y forma, de acuerdo con la normatividad
vigente en 2012.
Para determinar la muestra sujeta a revisión se realizaron las siguientes actividades:
1. Por tratarse de una auditoría financiera, el universo de recursos ejercidos (21,051.3 miles
de pesos) se estratificó por capítulo, partida presupuestal, resultado, subresultado y
actividad institucional. Asimismo, a fin de identificar los importes y las variaciones más
significativas, se determinó el porcentaje que representa cada uno de esos rubros
en relación con el total del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
2. La muestra se definió conforme a la selección incidental y por unidad monetaria establecida
en la Norma Internacional de Auditoría (NIA) 530 “Métodos de Selección de Muestras”,
de las Normas de Auditoría del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. (IMCP);
y con base en los capítulos, partidas y contratos con mayor participación en el ejercicio de
recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” en 2012.
De acuerdo con lo anterior, la muestra de auditoría por 3,753.7 miles de pesos del destino
de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, correspondiente a las partidas presupuestales
6121 “Edificación no Habitacional” y 6131 “Construcción de Obras para el Abastecimiento
de Agua, Petróleo, Gas, Electricidad y Telecomunicaciones”, se integró con los contratos
núms. DGODU-LP-OBRA-13/2012, suscrito con la empresa Constructora Aryak Ingenieros y
Arquitectos, S.A. de C.V., por un importe de 1,870.5 miles de pesos (IVA incluido);
y DGODU-AD-OBRA-25/2012, suscrito con la empresa Servicios Integrales Fix, S.A. de C.V.,
por 1,883.2 miles de pesos (IVA incluido).
La auditoría se llevó a cabo en la DGODU, la DGA y la Dirección de Participación Ciudadana
adscritas a la Delegación Milpa Alta.
155
VOLUMEN 8/17
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
El sistema de control interno comprende el plan de organización, así como los métodos y
procedimientos instituidos por la administración para garantizar que se cumplan las metas
y objetivos del sujeto fiscalizado, con criterios de economía, eficiencia, eficacia, transparencia y
honradez; que los recursos se empleen conforme a las leyes, reglamentos y políticas aplicables,
a fin de protegerlos de eventuales desperdicios, pérdidas o mal uso; y que se obtenga
y conserve la información relacionada con el empleo de los recursos.
Se revisó y evaluó el sistema de control interno establecido por la Delegación Milpa Alta
para las áreas administrativas y operativas que participaron o tuvieron responsabilidad en
el ejercicio de los recursos, la adquisición de bienes y la operación y supervisión de las obras
realizadas con recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”; la disposición
de objetivos, metas e indicadores; el cumplimiento de los requisitos documentales y los
registros presupuestales; y el resguardo y archivo de la documentación justificativa y
comprobatoria del gasto, de los expedientes de los contratos celebrados y de las Cuentas
por Liquidar Certificadas (CLC) correspondientes a los pagos realizados.
Se analizó el Manual de Organización de la Delegación Milpa Alta vigente en 2012, para
identificar la estructura orgánica del sujeto fiscalizado y los objetivos, funciones y atribuciones de
las unidades administrativas que lo integran. Asimismo, se revisó el manual de procedimientos
de la Delegación, con objeto, por una parte, de conocer cuáles fueron las unidades
administrativas que intervinieron en la autorización, ejercicio y registro de las erogaciones
con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” y, por otra, verificar si se aplicaron
los procedimientos correspondientes.
Como resultado del estudio y evaluación del control interno se determinó que éste es
insuficiente en cuanto al ejercicio de los recursos con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto
Participativo”, ya que la Delegación Milpa Alta no estableció una actividad institucional,
objetivos, metas ni indicadores para el rubro revisado; tampoco identificó los posibles riesgos
que podrían afectar el ejercicio, registro y control de los recursos. Por otra parte, las áreas de
la Delegación Milpa Alta se estructuraron conforme a las funciones asignadas en el manual
de organización y se contó con procedimientos de aplicación general.
156
VOLUMEN 8/17
RESULTADOS
1. Resultado
Manual Administrativo
La DGA de la Delegación Milpa Alta proporcionó, mediante el oficio núm. DGA/1107/2013
del 6 de septiembre de 2013, el manual administrativo del órgano político-administrativo,
apartados de organización y procedimientos, vigente en 2012, conforme al dictamen de estructura
orgánica núm. 22/2009, autorizada a partir del 1o. de noviembre de 2009; asimismo, proporcionó
el oficio núm. CG/564/2009 del 30 de octubre de 2009, mediante el cual el Contralor General del
Distrito Federal comunicó a la Jefa Delegacional en Milpa Alta la dictaminación favorable de la
estructura orgánica con el dictamen núm. 22/2009 y los organigramas correspondientes.
Del análisis a dicha información, se desprende lo siguiente:
La estructura orgánica de la Delegación Milpa Alta vigente del 1o. de noviembre de 2009,
de conformidad con el dictamen núm. 22/2009, se integró en 2012 por un total de 141 plazas,
como se muestra a continuación:
Unidad administrativa Plazas
Jefatura Delegacional 1
Asesores 2
Secretaría Particular 1
Direcciones Generales (Jurídica y de Gobierno, de Administración, de Obras y Desarrollo Urbano, de Servicios Urbanos, de Desarrollo Social, de Desarrollo Rural y Económico Sustentable y del Medio Ambiente)
7
Coordinaciones (incluye la Coordinación de Asesores) 8
Direcciones de Área 9
Subdirecciones 19
Jefaturas de Unidad Departamental 57
Líderes Coordinadores de Proyectos “A”, “B” y “C” 23
Enlaces “A”, “B” y “C” 14
Total 141
Las áreas administrativas de la Delegación Milpa Alta que participaron en el ejercicio de los
recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” fueron la DGA, la DGODU,
la DGSU y la Dirección de Participación Ciudadana.
157
VOLUMEN 8/17
El Manual Administrativo de Organización de la Delegación Milpa Alta y Procedimientos (30),
conforme al dictamen núm. 22/2009, fue registrado por la Coordinación General de
Modernización Administrativa (CGMA) con el núm. MA-02D12-22/09, y publicado en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal del 21 de junio de 2010. Dicho manual se presentó, publicó
y difundió entre los servidores públicos responsables de su aplicación, de acuerdo con
los numerales 4.4.10, 4.4.12 y 4.4.14 de la Normatividad en materia de Administración de
Recursos para las Delegaciones del Gobierno del Distrito Federal (Circular Uno Bis),
publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 12 de abril de 2007 y vigente hasta
el 19 de mayo de 2011.
En la revisión del citado manual, se verificó que 10 procedimientos de la Delegación Milpa
Alta vigentes en 2012 estaban relacionados con el objetivo de la auditoría.
2. Resultado
Competencia
De conformidad con el artículo 15 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal,
“las autoridades están obligadas a promover entre los servidores públicos cursos de formación
y sensibilización para dar a conocer los instrumentos de participación ciudadana y los órganos
de representación ciudadana; la cooperación y acercamiento con la ciudadanía y la cultura de
la participación ciudadana en general, como un espacio cívico de convivencia social y de una
mejor gobernanza”.
Mediante el oficio núm. ASC/13/1641 del 2 de septiembre de 2013, se solicitó a la Consejera
Electoral Presidente del IEDF que informara sobre los cursos de formación y sensibilización
impartidos a los servidores públicos de los órganos político-administrativos, relacionados
con el presupuesto participativo, realizados en 2012.
En respuesta, mediante el oficio núm. SECG-IEDF/2092/2013 del 6 de septiembre de 2013,
el IEDF remitió el oficio núm. IEDF-DO-XXXIV/408/2013 del día 4 del mismo mes y año,
mediante el cual la Coordinadora de la XXXIV Dirección Distrital del IEDF (Cabecera) en
Milpa Alta informó: “En cumplimiento con las instrucciones recibidas, se remite a la Dirección
Ejecutiva de Participación Ciudadana copias simples de la documentación generada
158
VOLUMEN 8/17
por esta Dirección Distrital con motivo de los cursos ofrecidos a los integrantes de los Órganos
de Representación Ciudadana, así como a los servidores públicos en 2011 y 2012 anexando
listas de asistencia”. También remitió copia simple del oficio núm. IEDF-OD-XXXIV/131912012
del 9 de octubre de 2012 dirigido al titular de la Delegación Milpa Alta, con el cual se comunicó
“que en la página web del Instituto está a disposición de los servidores públicos a su cargo,
el curso en línea cuyos materiales se adjuntan en dos ejemplares, impartido en la sede distrital
durante los meses de octubre y noviembre (de 2012) de lunes a viernes, en una sola sesión
de 10:00 a 13:00 y de 14:00 a 17:00 horas, a elegir por los interesados en curso presencial,
del cual se entregará constancia de acreditación”.
Mediante el oficio núm. DDPRF/0728/2013 del 29 de octubre de 2013, la Delegación Milpa
Alta remitió nota informativa, que indica: “En virtud del cambio de administración ocurrida
el 1o. de octubre de dos mil doce, en los archivos de la Dirección de Participación Ciudadana
no se cuenta con los informes y/o constancias de los servidores públicos que asistieron a los
cursos que el Instituto Electoral del Distrito Federal llevó a cabo para tal efecto”.
Por lo anterior, se concluye que los servidores públicos de la Delegación Milpa Alta participaron
en los cursos que en 2012 promovió el IEDF, y que contaron con las competencias que
proporcionó dicho organismo, con lo cual se atendió el artículo 15 de la Ley de Participación
Ciudadana del Distrito Federal; asimismo, la Dirección de Participación Ciudadana cumplió
el artículo 136, fracción I, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito
Federal que le señala como atribución: “Cumplir en tiempo y forma la realización de las tareas
de participación ciudadana establecidas en la Ley de Participación Ciudadana del Distrito
Federal, dentro del ámbito de su competencia”.
Sin embargo, por no exhibir ni proporcionar la documentación soporte de los informes o
constancias de los servidores públicos que asistieron a los cursos de formación y sensibilización
que en 2012 promovió el IEDF, la Delegación Milpa Alta incumplió el artículo 16, Tercer
Lineamiento “Actividades de Control”, numeral l, inciso c), de los Lineamientos Generales
de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal del 9 de abril de 2007, vigentes en 2012, que indica:
“Documentación. La estructura del sistema de control interno y todos sus procesos y operaciones
deben estar perfectamente documentados y la documentación debe estar disponible para
159
VOLUMEN 8/17
su verificación”; tampoco atendió los numerales 6.2.3, 6.2.5 y 6.2.7 de la Normatividad en
materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades
de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis) 2011, publicada en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal del 20 de mayo de 2011, vigente hasta el 7 de agosto
de 2012, que corresponden a los numerales 6.3.3, 6.3.5 y 6.3.7 de la circular publicada en
la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 8 de agosto de 2012, vigente a partir de esa fecha.
En la reunión de confronta celebrada el 3 de diciembre de 2013, el Director General de
Administración y representante de la Delegación Milpa Alta no proporcionó información
o documentación alguna que modifique la presente observación, por lo que ésta prevalece.
Recomendación ASC-165-12-01-MA
Es necesario que la Delegación Milpa Alta documente todos sus procesos y operaciones;
y garantice el archivo, custodia y disponibilidad de la documentación respectiva, de acuerdo
con la normatividad aplicable.
3. Resultado
Objetivos, Indicadores y Metas
El artículo 1o., tercer párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,
indica: “Los sujetos obligados a cumplir las disposiciones de esta Ley deberán observar
que la administración de los recursos públicos se realice con base en criterios de […] eficacia,
economía, racionalidad, transparencia, control, rendición de cuentas”.
El artículo 25 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal establece:
“La programación y presupuestación anual del gasto público se realizará con apoyo en los
Anteproyectos de Presupuesto que elaboren las […] Delegaciones […] para cada ejercicio fiscal
y con base en las políticas del Programa General y los programas sectoriales establecidos
en la Ley de Planeación […]. El anteproyecto se elaborará por […] Delegación […] estimando
los costos para alcanzar los resultados cuantitativos y cualitativos previstos en las metas,
así como los indicadores necesarios para medir su cumplimiento”.
160
VOLUMEN 8/17
En tanto que el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal, dispone: “Las […] delegaciones […] llevarán la contabilidad en base
acumulativa para determinar costos y facilitar la formulación, ejercicio y evaluación de los
presupuestos y sus programas, con objetivos, metas y unidades responsables de su ejecución”.
Por su parte, el numeral II.4, “Presupuesto Participativo”, del Manual de Programación-
Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2012,
dispone lo siguiente:
“La Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, establece en su artículo 83 que
el Presupuesto Participativo es aquel sobre el cual los ciudadanos deciden respecto a la
forma en que se aplican recursos en proyectos específicos en las colonias y pueblos originarios
en que se divide el territorio del Distrito Federal.
”Los recursos de Presupuesto Participativo corresponderán al 3 por ciento del presupuesto
anual de las Delegaciones y se destinarán a los rubros generales de obras y servicios,
equipamiento, infraestructura urbana y prevención del delito.
”Por lo anterior, las Delegaciones, en la formulación de sus Anteproyectos, deberán considerar
lo establecido en la citada Ley.”
Al respecto, con el oficio núm. ASC/13/1600 del 23 de agosto de 2013, se solicitó a la Delegación
Milpa Alta el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2012 y el
Programa Operativo Anual (POA) 2012; asimismo, mediante el cuestionario de control interno
se solicitó información referente a los objetivos, metas e indicadores vinculados al presupuesto
participativo. Con el oficio núm. DGA/1107/2013 del 6 de septiembre de 2013, el órgano
político-administrativo remitió la información solicitada.
Al analizar la información proporcionada se determinó lo siguiente:
1. En respuesta al cuestionario de control interno, la Coordinadora de Control y Seguimiento
de Administración de la Delegación informó que los objetivos no estuvieron vinculados con
el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2007-2012, y que no se establecieron
metas e indicadores relacionados con el presupuesto participativo.
161
VOLUMEN 8/17
2. En atención a la solicitud de la descripción de los objetivos, metas e indicadores para
el ejercicio de 2012 vinculados con el presupuesto participativo, no se señalaron objetivos,
metas e indicadores, ni su vinculación con el Programa General de Desarrollo del Distrito
Federal 2007-2012.
3. En el POA 2012 de la Delegación Milpa Alta no se identificó actividad institucional alguna
vinculada con el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, por lo cual no se
establecieron metas físicas ni financieras.
4. En el Informe de Cuenta Pública de 2012, apartado “Avance en los Indicadores de los
Resultados de las Actividades Institucionales Realizadas” AIRAIR, correspondiente a
la Unidad Responsable 02 CD 12 Delegación Milpa Alta, no se identificó actividad
institucional alguna que agrupara las acciones vinculadas con el presupuesto participativo;
en consecuencia, no se registraron “metas 2012” ni “índice de cumplimiento de metas”
para el rubro revisado.
Por lo anterior, se concluye que la Delegación Milpa Alta no estableció en su Anteproyecto
de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2012, una actividad institucional,
ni contó con objetivos, metas e indicadores para el presupuesto participativo que estuvieran
vinculados con el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2007-2012, por lo cual
incumplió los artículos 1o., tercer párrafo; y 25, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del
Distrito Federal; 126 de su Reglamento; y el numeral II. 4, “Presupuesto Participativo”, del Manual
de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto del Presupuesto de
Egresos 2012.
En la reunión de confronta celebrada el 3 de diciembre de 2013, el Director General de
Administración y representante de la Delegación Milpa Alta no proporcionó información
o documentación alguna que modifique la presente observación, por lo que ésta prevalece.
Recomendación ASC-165-12-02-MA
Es necesario que la Delegación Milpa Alta establezca objetivos, metas e indicadores anuales
para el presupuesto participativo que estén vinculados con el Programa General de Desarrollo
del Distrito Federal correspondiente; y que evalúe su cumplimiento, para verificar la eficacia
en el ejercicio de los recursos, de acuerdo con la normatividad aplicable.
162
VOLUMEN 8/17
4. Resultado
Consulta Ciudadana
En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 29 de septiembre de 2011, se publicó el Acuerdo
del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal por el que se aprueba
la Convocatoria a participar en la Consulta Ciudadana del 13 de noviembre de 2011, en
cumplimiento a lo dispuesto por la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, en el
cual se indicó que, del 3 al 7 de octubre de 2011, los habitantes de las colonias y pueblos,
conforme a la delimitación geográfica establecida en el Catálogo de Colonias y Pueblos
Originarios 2010, podrían registrar ante el Coordinador Interno o de Concertación Comunitaria
del Comité Ciudadano o Consejo del Pueblo que les corresponda, los proyectos específicos
que consideraran prioritarios.
La convocatoria describe el proceso para registrar los proyectos, los rubros genéricos
y específicos en los que se emplearían los recursos provenientes del destino de gasto
65 “Presupuesto Participativo”; así como las características de los proyectos que se
registrarían en la convocatoria. También, indicó que las áreas técnicas de las Delegaciones
proporcionarían información y apoyo técnico a los Comités Ciudadanos y Consejos de los
Pueblos, a fin de que éstos seleccionaran un mínimo de dos y un máximo de cinco proyectos
que reunieran las características básicas siguientes: vinculación con un rubro general y un
proyecto específico, costo aproximado del proyecto, cantidad aproximada de habitantes
que serían beneficiados y señalar la ubicación exacta del proyecto.
El 13 de noviembre de 2011, inició la Consulta Ciudadana, la cual se llevaría a cabo en dos
etapas: foro informativo y recepción de la opinión ciudadana. En la primera etapa se informaría
a los ciudadanos y a la comunidad en general de las colonias o pueblos sobre las características
de los proyectos elegidos por el comité respectivo y su posible impacto; en la segunda, se
recibiría la opinión ciudadana para elegir el proyecto que consideraran prioritario realizar
en su colonia o pueblo y, concluida la recepción de opiniones, los responsables de las mesas
receptoras de opinión realizarían el escrutinio y cómputo de las opiniones para obtener los
resultados de la consulta, fijándolos en un lugar visible. Las Direcciones Distritales expidieron
las constancias de validación donde se mostraron los resultados validados de la Consulta
Ciudadana, que se hicieron llegar a la Delegación MiIpa Alta para su difusión y ejecución.
163
VOLUMEN 8/17
Para 2012, la Delegación Milpa Alta contó con los 12 Comités Ciudadanos y Consejos
de Pueblos (11 pueblos y 1 barrio), conforme al Anexo 1 y 7 del Decreto de Presupuesto de
Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012.
Como parte de la auditoría, en la Delegación Milpa Alta se realizó lo siguiente:
1. Se revisaron las 12 constancias de validación de la Dirección Distrital correspondientes
a igual número de Comités Ciudadanos y Consejos de Pueblos de la demarcación, en las
cuales se presentan los resultados obtenidos de la Consulta Ciudadana.
2. Los proyectos específicos para las colonias o pueblos originarios en materia de presupuesto
participativo se describen a continuación:
Clave Colonia o pueblo Proyecto prioritario
09-001 San Agustín Ohtenco (Pueblo) Adquisición de Terreno (Predio Denominado Ixocopa)
09-002 San Antonio Tecómitl (Pueblo) Proyecto Integral Incluyendo Concreto Armado de la Plaza
09-003 San Bartolomé Xicomulco (Pueblo) Continuidad de la Casa de la Cultura Tepecuitlapa
09-004 San Francisco Tecoxpa (Pueblo) Construcción de la Barda Perimetral del Terreno para el Nuevo Panteón en San Francisco Tecoxpa
09-005 San Jerónimo Miacatlán (Pueblo) Construcción Muros de Contención Camino al Tanque
09-006 San Juan Tepenáhuac (Pueblo) Deportivo Ecológico Hueytepec 2da. Etapa
09-007 San Lorenzo Tlacoyucan (Pueblo) Construcción de un Espacio en el 2do. Nivel de la Biblioteca
09-008 San Pablo Oztotepec (Pueblo) Rehabilitación de Tanque Tetzacatzintla y Válvulas en Red de Distribución
09-009 San Pedro Atocpan (Barrio) Ampliación, Remodelación y/o Adecuación del Centro de Salud Dr. Alberto Eroza León
09-010 San Salvador Cuauhtenco (Pueblo) Compra de Terreno e Inicio de Obra para la Ampliación del Centro de Salud
09-011 Santa Ana Tlacotenco (Pueblo) Ampliación, Remodelación y Adecuación del Centro de Salud
09-012 Villa Milpa Alta (Pueblo) Mantenimiento y Remodelación Deportivo Villa Milpa Alta
3. Mediante el oficio núm. ASC/13/1600 del 26 de agosto de 2013, se solicitó el programa
semestral de difusión pública 2012 de las acciones y funciones a cargo de la Delegación,
de conformidad con el artículo 56 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito
Federal. En respuesta, con nota informativa sin número, del 28 de octubre de 2013,
la Dirección de Participación Ciudadana señaló: “La población de la Delegación conserva
aspectos rurales por esta razón la comunicación es por medio de mesas de trabajos con
cada uno de los comités y/o pueblos, así como la entrega del periódico local que edita esta
desconcentrada casa por casa de forma trimestral, relativo al presupuesto participativo”.
164
VOLUMEN 8/17
4. Con el oficio núm. DDPRF/0728/2013 del 29 de octubre de 2013, la Delegación Milpa Alta
remitió nota informativa sin número, mediante la cual se señala que para difundir la Consulta
Ciudadana de 2012, realizada el 13 de noviembre del 2011, la “Dirección de Participación
Ciudadana llevó a cabo el perifoneo en los 11 pueblos y Villa Milpa Alta, la pega de
1,365 carteles, se colocaron 11 lonas y se repartieron 2,200 trípticos en la Delegación”.
Por no contar con su programa semestral de difusión pública acerca de las acciones y funciones
a su cargo, la Delegación Milpa Alta incumplió el artículo 56 de la Ley de Participación
Ciudadana del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del
27 de mayo de 2010, que señala: “Las autoridades locales del Gobierno del Distrito Federal
(Delegaciones) están obligadas a establecer un programa semestral de difusión pública acerca
de las acciones y funciones a su cargo en los términos de este capítulo”.
En la reunión de confronta celebrada el 3 de diciembre de 2013, el Director General de
Administración y representante de la Delegación Milpa Alta no proporcionó información
o documentación alguna que modifique la presente observación, por lo que ésta prevalece.
Recomendación ASC-165-12-03-MA
Es necesario que la Delegación Milpa Alta establezca el programa semestral de difusión pública
de las acciones y funciones a su cargo, conforme a la Ley de Participación Ciudadana del
Distrito Federal.
5. Resultado
Atribuciones y Marco Jurídico
Entre las atribuciones que el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Distrito Federal establece para los titulares de los Órganos Político-Administrativos se encuentran
las siguientes:
“LVI. Ejecutar en su demarcación territorial programas de desarrollo social, con la participación
ciudadana, considerando las políticas y programas que en la materia emita la dependencia
correspondiente […]
”LXXVI. Coordinar acciones de participación ciudadana en materia de prevención del delito…”
165
VOLUMEN 8/17
El Manual Administrativo en su apartado de Organización de la Delegación Milpa Alta y
Procedimientos, registrado con el núm. MA-02D12-22/09, autorizado a partir del 1o. de
noviembre de 2009 y vigente en 2012, señala los siguientes objetivos específicos y funciones
de las áreas involucradas en el ejercicio de los recursos del presupuesto participativo:
Dirección de Participación Ciudadana
“Funciones:
”● Proponer al Jefe Delegacional las políticas, planes y programas en materia de participación
ciudadana.
”● Supervisar el diseño de los diferentes instrumentos para la ejecución y seguimiento
de las acciones de concertación social y organización vecinal.
”● Establecer convenios con la comunidad para la ejecución de obra pública y apoyar
a las tradiciones y costumbres de la región.
”● Establecer en conjunto con los Coordinadores de Enlace de los 11 pueblos, la elaboración
de propuestas de programas para obras y servicios prioritarios, a fin que puedan ser
considerados en la integración del Programa Operativo Anual.
”● Dirigir la planeación, evaluación y supervisión de las acciones de la Coordinación
de Enlaces Territoriales y las Unidades Departamentales.
”● Participar junto con los Coordinadores de Enlace Territorial de los pueblos, en la elaboración
de propuestas de programas para obras y servicios prioritarios, a fin de que puedan
ser consideradas en la integración del Programa Operativo Anual.
”Objetivo:
”Diseñar, proponer y ejecutar las políticas públicas en materia de concertación social y
organización vecinal; así como propiciar la corresponsabilidad social en las acciones de gobierno,
siempre buscando el beneficio comunitario. Además de promover la formalización de grupos
y organizaciones en un ámbito de respeto y brindando las herramientas y mecanismos de
participación ciudadana previstos en la Ley respectiva.”
166
VOLUMEN 8/17
Coordinación de Enlaces Territoriales
“Objetivo:
”Coordinar las acciones de los coordinadores de enlaces territoriales tendientes a fortalecer
la organización vecinal y la concertación con los diferentes grupos y sectores sociales
de cada comunidad; así como dar seguimiento a las demandas ciudadanas captadas por los
Coordinadores de Enlace Territorial, supervisar la realización de obras y prestación de servicios,
a fin de responder oportunamente a los vecinos de toda la demarcación.”
Jefatura de Unidad Departamental de Organización Vecinal
“Objetivo:
”Diseñar, planear y ejecutar las acciones tendientes a fortalecer la organización vecinal
y coadyuvar en el proceso de integración y formalización de estos grupos, a fin de que
cuenten con las herramientas necesarias para lograr los objetivos que se plantean.”
Jefatura de Unidad Departamental de Concertación Social
“Objetivo:
”Establecer los mecanismos necesarios de concertación social y participación ciudadana,
con el fin de lograr acuerdos entre los ciudadanos y grupos sociales, con las diferentes
áreas de la estructura delegacional para la realización de proyectos y acciones de beneficio
comunitario.”
Del análisis de la información anterior, se concluye que la Delegación Milpa Alta, según las
funciones específicas de la Dirección de Participación Ciudadana, la Coordinación de Enlaces
Territoriales, la Jefatura de Unidad Departamental de Organización Vecinal y la Jefatura
de Unidad Departamental de Concertación Social, adscritas a la Dirección de Participación
Ciudadana, contó con atribuciones establecidas en la normatividad aplicable en 2012, en
relación con el ejercicio de los recursos y las actividades vinculadas con el destino de gasto
65 “Presupuesto Participativo”.
167
VOLUMEN 8/17
6. Resultado
Programa Anual de Obra
El 30 de enero de 2012, la Delegación Milpa Alta recibió el oficio núm. SFDF/SE/987/2012
del 30 de enero de 2012 con la autorización presupuestal de su Programa Anual de Obras
2012 (PAO), el cual publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 4 de abril de 2012.
Por lo expuesto, la Delegación Milpa Alta publicó el PAO 35 días después del período
establecido, incumpliendo con ello el artículo 21 de la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal vigente en 2012, que dispone: “Las […] Delegaciones y Entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal, a más tardar dentro de los treinta días posteriores, a la recepción
de la autorización presupuestal, darán a conocer a través de la Gaceta Oficial del Distrito
Federal, la disponibilidad de sus programas anuales de obra pública, salvo que medie causa
debidamente justificada para no hacerlo en dicho plazo”.
En la reunión de confronta celebrada el 3 de diciembre de 2013, el Director General de
Administración y representante de la Delegación Milpa Alta no proporcionó información
o documentación alguna, que modifique la presente observación, por lo que ésta prevalece.
En la revisión de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2011, el Informe
de Auditoría con clave ASC/153/11, practicada a la Delegación Milpa Alta, resultado
núm. 3, recomendación núm. ASC-153-11-01-MA, considera el mecanismo para prevenir
el incumplimiento de los plazos establecidos para la publicación del PAO del órgano
político-administrativo, por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte
del seguimiento de la recomendación citada. Por ello, no se formula recomendación.
7. Resultado
Gasto Aprobado
El Anexo 1 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de diciembre de 2011,
señala que a la Delegación Milpa Alta le corresponderían recursos del presupuesto participativo
por 22,642.6 miles de pesos.
168
VOLUMEN 8/17
En congruencia con lo anterior, mediante el oficio núm. SFDF/SE/0062/2012 del 2 de enero
de 2012, la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Finanzas (SEFIN) comunicó al
Jefe Delegacional en Milpa Alta el techo presupuestal aprobado por el órgano legislativo.
En el anexo del oficio referido se señalan: “Recursos Etiquetados en el Decreto de Presupuesto
de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012”, y se establece que, “conforme
al Artículo Transitorio Décimo Primero del Decreto de Presupuesto de Egresos, se deberá
etiquetar con el DG 65, los montos establecidos en el Anexo 1”, para lo cual dispuso de un
importe de 22,642.6 miles de pesos.
Al respecto, la Delegación Milpa Alta entrego oficio núm. SFDF/SE/987/2012 del 2 de enero
de 2012, mediante el cual el Subsecretario de Egresos de la SEFIN les remitió el calendario
presupuestal definitivo autorizado, en el cual se verificó que no se establecieron los recursos
para el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
Sobre el particular con el oficio núm. DDPRF/0728/2013 del 29 de octubre de 2013,
la Delegación Milpa Alta remitió nota informativa sin número que señala: “En lo referente
al calendario presupuestal definitivo para el ejercicio fiscal 2012, donde se señala que no
se identifican los recursos para el destino de gasto 65, al respecto le señalo que mediante
oficio No. JD/275/2011, se remitió el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2012
en el cual en el apartado del analítico de claves se observa la clave presupuestal
221107406612102165 O.2D12.2001 por un monto de 22,515.8 miles de pesos la cual
corresponde al presupuesto participativo, sin embargo es preciso mencionar que una vez
notificado el techo presupuestal definitivo para este órgano político-administrativo mediante
el oficio núm. SFDF/SE/0062/2012 es enviado en medio magnético el analítico de claves
correspondiente, identificando que dichos recursos se encuentran sin ser etiquetados con
el destino de gasto correspondiente…”.
8. Resultado
Gasto Modificado
Con relación a los 22,642.6 miles de pesos que se le asignaron originalmente, la Delegación
Milpa Alta ejerció 21,051.3 miles de pesos, que representaron una disminución de 1,591.3 miles
de pesos (7%). En razón de que en el calendario presupuestal no se etiquetaron los recursos
169
VOLUMEN 8/17
para el destino de gasto 65, el órgano político-administrativo realizó 19 afectaciones programático-
presupuestales: 7 para readecuar los recursos asignados al presupuesto participativo, 8 con
efecto cero y 4 reducciones líquidas. Los movimientos se resumen en seguida:
(Miles de pesos)
Resumen de Afectaciones Presupuestarias
Descripción Afectaciones Importes
Ampliaciones:
Compensadas 1 74.8
Total de ampliaciones 1 74.8
Adiciones:
Compensadas 5 20,680.9
Líquidas 1 1,886.9
Total de adiciones 6 22,567,8
Total ampliaciones y adiciones 7
22,642.6
Reducciones:
Líquidas 4 (1,591,3)
Total reducciones 4 (1,591.3)
Presupuesto modificado 11
21,051.3
Presupuesto ejercido
21,051.3
Diferencia 0.0
Derivado de la revisión y análisis de las afectaciones programático-presupuestarias y de
la información presupuestaria, se determinó que la variación entre el presupuesto ejercido
con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” y el presupuesto original se debió
principalmente a que se obtuvieron economías.
Asimismo, se constató que las afectaciones presupuestarias fueron debidamente elaboradas
y requisitadas por la Delegación por medio del Sistema de Planeación de Recursos
Gubernamentales, de conformidad con lo establecido en el numeral 3, apartado IV.3.3,
“Adecuaciones Programático-Presupuestarias”, del Manual de Normas y Procedimientos
Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal; y en los artículos 76,
fracción III; 77; y 78, capítulo III, “De las Adecuaciones Presupuestarias”, del título tercero,
“Del Ejercicio del Gasto Público”, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito
Federal, todos vigentes en 2012.
Se analizó la documentación proporcionada por la Delegación Milpa Alta, y se verificó que
de los 21,051.3 miles de pesos ejercidos, 14,768.9 miles de pesos, que representan el 70.2%,
correspondieron a recursos federales del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento
de las Entidades Federativas (FAFEF).
170
VOLUMEN 8/17
Mediante el oficio núm. DDPRF/0728/2013 del 29 de octubre de 2013, la Delegación Milpa
Alta remitió nota informativa, en la que señala: “En lo que respecta al presupuesto ejercido con
cargo al destino de gasto 65 presupuesto participativo con recursos del Fondo de Aportaciones
para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (FAFEF) […] se presentó el apartado
denominado PPD Presupuesto Participativo para la Delegaciones correspondiente al Informe
Trimestral de Avance Programático Enero-Diciembre 2012 con lo cual se dio cumplimiento
al artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal”; asimismo, en dicho documento señaló
que “se publicó en la página de Internet de la Delegación Milpa Alta los recursos ejercidos
del FAFEF, de conformidad al artículo 48 de la Ley mencionada”.
Asimismo, se constató que el presupuesto original que la Delegación Milpa Alta reportó para
la integración de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012 coincide
con el que le fue comunicado por la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, mediante el
oficio núm. SFDF/SE/987/2012 del 30 de enero de 2012; que los presupuestos modificado
y ejercido integrados por la CMHALDF corresponden a los consignados en la Cuenta Pública
referida; y que el sujeto fiscalizado contó con los recursos asignados al destino de gasto
65 “Presupuesto Participativo” antes de establecer compromisos como resultado de la Consulta
Ciudadana de 2012.
9. Resultado
Gasto Comprometido
En 2012, la Delegación Milpa Alta ejerció recursos por un importe de 21,051.3 miles de pesos,
identificados con el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, en los capítulos 5000
“Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” por un importe de 2,394.3 miles de pesos (11.4%);
y 6000 “Inversión Pública”, por un importe de 18,657.0 miles de pesos (88.6%). De dichos
recursos, 1,870.5 miles de pesos fueron aplicados en las partidas 6121 “Edificación
no Habitacional”, para realizar los trabajos de construcción del deportivo ecológico del
poblado de San Juan Tepenáhuac (segunda etapa), dentro del perímetro delegacional,
al amparo del contrato núm. DGODU-LP-OBRA-13/2012, adjudicado mediante la licitación
pública nacional núm. 30001065-007-12 del 11 de mayo de 2012; así como en la partida
6131 “Construcción de Obras para el Abastecimiento de Agua, Petróleo, Gas, Electricidad
y Telecomunicaciones”, que participó con 1,883.2 miles de pesos, para realizar los trabajos
para la conservación y mantenimiento al tanque de almacenamiento de agua potable
171
VOLUMEN 8/17
del poblado de San Pablo Oztotepec, dentro del perímetro delegacional, al amparo del contrato
núm. DGODU-AD-OBRA-25/2012 otorgado por adjudicación directa, después de que se declaró
desierta la invitación restringida a cuando menos tres concursantes núm. DGODU-IR-05/2012,
convocada para los mismos trabajos.
Se revisaron los procedimientos licitatorios y de adjudicación señalados, se verificó el cumplimiento
de las principales cláusulas de los contratos, con el propósito de constatar si el sujeto fiscalizado
se ajustó a la normatividad aplicable. Los resultados obtenidos son los siguientes:
Contrato núm. DGODU-LP-OBRA-13/2012
Partida 6121 “Edificación no Habitacional”
La licitación pública nacional núm. 30001065-007-12 tuvo por objeto la contratación de obras
para los trabajos de construcción del deportivo ecológico del poblado de San Juan Tepenáhuac
(segunda etapa). De dicho proceso se derivó el contrato núm. DGODU-LP-OBRA-13/2012
del 11 de mayo de 2012, celebrado con la empresa Constructora Aryak Ingenieros y
Arquitectos, S.A. de C.V., a precios unitarios y por unidad de trabajo terminado. En el análisis
del procedimiento se determinó lo siguiente:
1. Mediante el oficio núm. SFDF/SE/0062/2012 del 2 de enero de 2012, la SEFIN comunicó
a la Delegación Milpa Alta la autorización de su presupuesto; por tanto, la Delegación contó
con suficiencia presupuestaria para la partida 6121 “Edificación no Habitacional”, por
un importe de 1,870.5 miles de pesos, de conformidad con la Ley de Obras Públicas
del Distrito Federal vigente en 2012.
2. La convocatoria del proceso licitatorio fue publicada en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 11 de mayo de 2012, y tanto ésta como las bases del procedimiento cumplieron
los requisitos previstos en los artículos 28 y 29 de la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal vigente en 2012.
3. La Delegación Milpa Alta contó con el expediente de la licitación pública, el cual contiene la
documentación comprobatoria de las distintas etapas del proceso: convocatoria, bases de
la licitación, comprobantes de venta de bases, acta de junta de aclaración de bases,
de presentación y de apertura de documentación legal y administrativa, y de propuestas
técnicas y económicas; dictamen y fallo. En todos los casos, estos eventos se ajustaron
a lo establecido en la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2012.
172
VOLUMEN 8/17
4. En el dictamen del 31 de mayo de 2012 y el fallo del 8 de junio de 2012, la Delegación
Milpa Alta adjudicó a la empresa Aryak Ingenieros y Arquitectos, S.A. de C.V., el contrato
núm. DGODU-LP-OBRA-13/2012 con base en precios unitarios, por un importe de
1,870.5 miles de pesos (IVA incluido), en razón de que ofreció las mejores condiciones
legales, técnicas, económicas, financieras y administrativas para realizar los trabajos
construcción del deportivo ecológico del poblado de San Juan Tepenáhuac (segunda etapa).
5. De acuerdo con el contrato, la ejecución de los trabajos iniciaría el 25 de junio de 2012
y terminaría el 22 de septiembre del mismo año.
6. Se revisaron los listados de proveedores y contratistas sancionados, que publican tanto
la SFP como la CGDF en sus sitios oficiales, en ningún caso se encontraron antecedentes
de que el contratista adjudicado hubiera sido sancionado por alguna de las instancias
referidas. Lo anterior, con base en el artículo 37, fracción XI-BIS, de la Ley de Obras
Publicas del Distrito Federal vigente en 2012.
7. El contrato suscrito cumplió los requisitos previstos en el artículo 46 de la Ley de Obras
Públicas para el Distrito Federal vigente en 2012.
8. En la verificación del cumplimiento de las cláusulas octava, “Garantías”; y décimo
tercera “Terminación, Recepción, Liquidación y Finiquito de los Trabajos”, se comprobó
que el contratista Aryak Ingenieros y Arquitectos, S.A. de C.V., presentó en tiempo
y forma las pólizas de fianza para garantizar el anticipo, el cumplimiento del contrato,
de responsabilidad civil por daños a terceros y para responder por vicios ocultos y por
cualquier otra responsabilidad. Su descripción es la siguiente:
(Miles de pesos)
Póliza Número Fecha Emisor Importe
Fianza de anticipo 5322-26714-6 12/VI/12 Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V. 561.1
Fianza de cumplimiento 5322-26716-8 12/VI/12 Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V. 187.0
Responsabilidad civil 2366 15/VI/12 Seguros Banorte-Generali, S.A. de C.V. 374.1
Fianza de vicios ocultos 5322-27636-2 26/IX/12 Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V. 187.0
Lo anterior, conforme lo dispuesto en la cláusula octava, “Garantías”, del contrato; y en
cumplimiento de los artículos 35, fracción III; 36; y 58, segundo párrafo, de la Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal; y 35 y 36 de su Reglamento, vigentes en 2012.
173
VOLUMEN 8/17
Contrato núm. DGODU-AD-OBRA-25/2012
Partida 6131 “Construcción de Obras para el Abastecimiento de Agua,
Petróleo, Gas, Electricidad y Telecomunicaciones”
De los recursos ejercidos durante 2012 por la Delegación Milpa Alta, por un importe de
21,051.3 miles de pesos para el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, la partida
6131 “Construcción de Obras para el Abastecimiento de Agua, Petróleo, Gas, Electricidad y
Telecomunicaciones” participó con 1,883.2 miles de pesos (8.9%), los cuales se emplearon para
realizar los trabajos de conservación y mantenimiento del tanque de almacenamiento de agua
potable del poblado San Pablo Oztotepec, al amparo del contrato núm. DGODU-AD-OBRA-25/2012,
otorgado mediante adjudicación directa, después de que se declaró desierta la invitación
restringida a cuando menos tres concursantes núm. DGODU-IR-05/2012.
Como parte de la auditoría, se revisó el procedimiento de adjudicación directa señalado y se
verificó el cumplimiento de las principales cláusulas del contrato, para constatar que el sujeto
fiscalizado se ajustara a la normatividad aplicable. Los resultados son los siguientes:
1. Mediante el oficio núm. SFDF/SE/0062/2012 del 2 de enero de 2012, la SEFIN comunicó
a la Delegación Milpa Alta la autorización de su presupuesto; por tanto, la Delegación
contó con la suficiencia presupuestaria para la partida 6131 “Construcción de Obras
para el Abastecimiento de Agua, Petróleo, Gas, Electricidad y Telecomunicaciones”,
por un importe de 1,883.2 miles de pesos, de conformidad con la Ley de Obras Públicas
del Distrito Federal vigente en 2012.
2. La Delegación Milpa Alta contó con el antecedente del contrato de adjudicación
directa, correspondiente al expediente de la invitación restringida a cuando menos
tres concursantes núm. DGODU-IR-05/2012, convocada para los mismos trabajos, el cual
contiene la documentación comprobatoria de las distintas etapas de dicho proceso,
como la convocatoria, las bases de la licitación, comprobantes de venta de bases, actas
de las juntas de aclaración de bases, de presentación y de apertura de documentación
legal y administrativa y de propuestas técnicas y económicas; manifestación en el acta de
presentación y apertura de propuestas, que se declara desierta la invitación restringida
a cuando menos tres concursantes por no presentarse uno de los contratistas invitados
(Edificadora Lemus, S.A. de C.V.). Cabe señalar que todos los eventos se ajustaron
a lo establecido en la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2012.
174
VOLUMEN 8/17
Además, Edificadora Lemus, S.A. de C.V., expidió el cheque núm. 0000067, por un
importe de 5,609.07 pesos a favor de la SEFIN, y fue enviado por la Delegación a la
Dirección de Desarrollo de Personal y de Recursos Financieros para validarse (debido
al incumplimiento de la presentación de la propuesta, de conformidad con el artículo 32
del Reglamento de la Ley de Obras del Distrito Federal).
3. La Delegación Milpa Alta contó con el expediente de la adjudicación directa, el cual
contiene la documentación comprobatoria de las distintas etapas de dicho proceso, como
los oficios de invitación a participar en la ejecución de la obra, bases de la contratación,
aceptación de la invitación, actas de presentación y de apertura de documentación legal
y administrativa y de propuesta técnica y económica, dictamen técnico de adjudicación.
Cabe señalar que todos los eventos se ajustaron a lo establecido en la Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal vigente en 2012.
4. Con base en el dictamen técnico de adjudicación del 30 de octubre de 2012, la Delegación
Milpa Alta adjudicó de manera directa a la empresa Servicios Integrales Fix, S.A. de C.V.,
el contrato núm. DGODU-AD-OBRA-25/2012, a precios unitarios, suscrito el 30 de
octubre de 2012, por un importe de 1,886.8 miles de pesos (IVA incluido), en razón de que
cumplió los requisitos y la documentación solicitada en la invitación, se consideró técnica
y financieramente solvente y cumplió la normatividad vigente, para realizar los trabajos de
conservación y mantenimiento al tanque de almacenamiento de agua potable del poblado
de San Pablo Oztotepec.
5. De acuerdo con el contrato, la ejecución de los trabajos iniciaría el 1o. de noviembre
de 2012 y terminaría el 30 de diciembre del mismo año, de conformidad con los
artículos 61; 62; y 63, fracción XV, de la Ley de Obras Públicas para el Distrito Federal
vigente en 2012.
6. Se revisaron los listados de proveedores y contratistas sancionados, que publican en
los sitios oficiales en Internet de la SFP y la CGDF, sin que dicha búsqueda arrojara
antecedentes de que el contratista hubiera sido sancionado por alguno de los entes
referidos. Lo anterior, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 37, fracción XI-BIS,
de la Ley de Obras Publicas del Distrito Federal vigente en 2012.
175
VOLUMEN 8/17
7. La cláusula octava, “Garantías”, apartado “Póliza de seguro de responsabilidad civil”,
del contrato establece: “El contratista deberá presentar dentro de los diez días hábiles
siguientes a la fecha de la firma del presente contrato, una copia de la póliza de seguro
de responsabilidad civil por una suma asegurada mínima del 20% (veinte por ciento) del
monto total del contrato…”, en congruencia con lo que establece el artículo 47, último
párrafo de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2012.
En la misma cláusula, apartado “Fianza de Cumplimiento”, se agrega: “El contratista
se obliga a garantizar el debido y estricto cumplimiento del contrato que formaliza esa
actividad empresarial, mediante póliza de fianza […] por el 10% (diez por ciento) […]
la fianza deberá ser presentada dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha
en que el contratista reciba copia de la notificación del fallo…”; ello, de conformidad
con los artículos 35, fracción III; y 36, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal;
y 34 y 35 de su Reglamento, vigentes en 2012.
Asimismo, el último párrafo de la misma cláusula señala: “Para responder de los defectos que
resultaren de los trabajos realizados, de vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad,
el contratista deberá presentar previamente a la recepción de los trabajos una fianza […]
equivalente al 10% (diez por ciento) incluyendo el Impuesto al Valor Agregado del monto
total ejercido y deberá estar vigente durante el plazo de un año a partir de la fecha de
recepción formal de los trabajos…”, lo cual es congruente con el artículo 58 de la Ley
de Obras Públicas del Distrito Federal y 36 de su Reglamento, vigentes en 2012.
Al respecto, se comprobó que el contratista presentó en tiempo y forma la póliza de fianza
para garantizar el cumplimiento del contrato; sin embargo, no presentó las pólizas
de responsabilidad civil por daños a terceros ni la de vicios ocultos. Su descripción es
la siguiente:
(Miles de pesos)
Póliza Número Fecha Emisor Importe
Fianza de cumplimiento 002399AH0012 30/X/12 Fianzas Dorama, S.A. 188.6
Responsabilidad civil No presentó
Fianza de vicios ocultos No presentó
176
VOLUMEN 8/17
Sobre el particular, mediante nota informativa sin número del 28 de octubre de 2013,
el Coordinador Técnico de la Delegación Milpa Alta manifestó que, “correspondiente al contrato
núm. DGODU-AD-OBRA-25/2012, relativo a la póliza de responsabilidad civil, informa que no
obstante que se le solicitó a la empresa contratista; ésta hizo caso omiso al requerimiento,
razón por la cual la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano determinó considerar
la fianza de cumplimiento núm. 002399AH0012, presentada en su momento por la empresa
denominada ‘Servicios Integrales Fix, S.A. de C.V.’ con R.F.C. SIF-090513-TU4 para responder
en su caso de cualquier responsabilidad civil”. Asimismo, manifestó que, “correspondiente al
contrato núm. DGODU-AD-OBRA-25/2012, relativo a la fianza de vicios ocultos, se informa
que no obstante que se solicitó en reiteradas ocasiones a la contratista; ésta hizo caso omiso
al requerimiento, razón por la cual la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano determinó
considerar la fianza de cumplimiento núm. 002399AH0012, para en caso de requerirse obligar
a la empresa a responder de ser el caso, por algún vicio oculto que se pudiese presentar”.
Por lo anterior, el contratista incumplió las obligaciones señaladas en la cláusula Octava,
“Garantías”, apartados “Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil” y “Fianza de Cumplimiento”,
último párrafo, del contrato. Sin embargo, la Delegación no ejerció en su perjuicio el derecho
de rescindir el contrato y aplicar las penas convencionales correspondientes, conforme
al penúltimo párrafo de la cláusula décima octava, la cual indica: “La contravención a las
disposiciones y requisitos que establece la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, su
Reglamento, las Políticas Administrativas, Bases, Lineamientos en materia de Obra Pública
y demás disposiciones administrativas sobre la materia, así como el incumplimiento de
cualquiera de las obligaciones de ‘EL CONTRATISTA’ que se estipulan en el presente contrato,
da derecho a su rescisión inmediata sin responsabilidad para ‘LA DELEGACIÓN’, además de
que se le apliquen a ‘EL CONTRATISTA’ las penas convencionales conforme a lo establecido
en este contrato y se le haga efectiva la garantía otorgada para el cumplimiento del mismo”.
Asimismo, la Delegación incumplió el artículo 27, primer párrafo, de la Ley de Obras Públicas
del Distrito Federal que establece: “Las […] delegaciones y entidades podrán rescindir
administrativamente los contratos en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo
del contratista”.
La Delegación también incumplió el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas
del Distrito Federal, que dispone: “Para responder de vicios ocultos, defectos y otras
responsabilidades, el contratista garantizará mediante fianzas desde los diez días hábiles
177
VOLUMEN 8/17
previos a la recepción formal de las obligaciones establecidas en el contrato o antes del pago
del diez por ciento final de ellos, en cuyo caso deberá entregar la garantía en forma adjunta
a la primera estimación de ese diez por ciento. Esta sustituirá a la o a las garantías de
cumplimiento de contrato y será por un monto equivalente al diez por ciento del monto total
ejercido, el cual incluirá el monto original del contrato, los montos de convenidos modificatorios y
especiales, los ajustes de costos y el Impuesto al Valor Agregado pagado en las estimaciones
y en su caso, cantidades estimadas que puedan resultar de la liquidación. Se podrá darle
continuación a la garantía de cumplimiento de contrato, como de vicios ocultos, defectos u otras
responsabilidades, si así se estipuló en el contrato de fianza. […] En caso de no entregar
esta fianza en las condiciones establecidas y la entrega-recepción no se pueda llevar a cabo
por este motivo, se considerará a los trabajos terminados, como no entregados y se penalizará
la prolongación de la entrega en la misma forma que se estableció en el contrato para
los retrasos en la terminación de los mismos”.
En la reunión de confronta celebrada el 3 de diciembre de 2013, el Director General de
Administración y representante de la Delegación Milpa Alta no proporcionó información
o documentación alguna, que modifique la presente observación, por lo que ésta prevalece.
Recomendación ASC-165-12-04-MA
Es necesario que la Delegación Milpa Alta garantice que en la celebración de los contratos de
obra pública, los contratistas obligados presenten en tiempo y forma la póliza y el contrato
de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros y la garantía por defectos o vicios
ocultos; y que, en caso de incumplimiento, realice la rescisión de los contratos y aplique las
penalizaciones correspondientes sin responsabilidad para el órgano político-administrativo,
en cumplimiento de las cláusulas contractuales correspondientes y de la Ley de Obras Públicas
del Distrito Federal.
10. Resultado
Gasto Devengado
Contrato núm. DGODU-LP-OBRA-13/2012
Se analizó la cláusula décima tercera del contrato “Terminación, Recepción, Liquidación
y Finiquito de los Trabajos” se observó lo siguiente:
178
VOLUMEN 8/17
1. En cuanto a la recepción de los trabajos de construcción del deportivo ecológico
del poblado de San Juan Tepenáhuac (segunda etapa), correspondientes al contrato
núm. DGODU-LP-OBRA-13/2012 del 11 de mayo de 2012, con la empresa Constructora
Aryak Ingenieros y Arquitectos, S.A. de C.V., se comprobó que la Delegación Milpa
Alta dispone del acta de entrega-recepción física de los trabajos al usuario, en la cual
se hace constar que la entrega de las obras se formalizó el 7 de diciembre de 2012 y que
los trabajos fueron realizados conforme a las condiciones establecidas en el contrato
y a entera satisfacción de la Delegación. El documento está firmado por el personal
de la DGODU y por el representante legal de la empresa contratista.
2. Se constató que dicha acta se realizó con un desfase de 35 días naturales, en razón de
que las obras se concluyeron el 22 de septiembre de ese año, con lo cual se incumplió
la cláusula décima tercera “Terminación, Recepción, Liquidación y Finiquito de los Trabajos”,
del contrato, que señala: “Una vez que se haya constatado la terminación de los trabajos
la Delegación contará con un plazo no mayor de 30 días hábiles para proceder al
levantamiento del acta de entrega-recepción de los trabajos”; tampoco se atendió el
artículo 57, párrafo segundo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente
en 2012, que establece: “Una vez que se haya constatado la terminación de los trabajos
[…] la delegación o entidad, procederá a su recepción dentro del plazo que para
tal efecto se haya establecido en el propio contrato…”.
Contrato núm. DGODU-AD-OBRA-25/2012
La cláusula décima tercera del contrato, “Terminación, Recepción, Liquidación y Finiquito de
los Trabajos”, establece: “El contratista comunicará por escrito a la Delegación la terminación
de los trabajos que le fueron encomendados, para que dentro del término de 20 días hábiles
posteriores a la fecha de terminación pactada en la cláusula tercera de este contrato, verifique
la debida terminación de los mismos […]. Una vez que se haya constatado la terminación de los
trabajos […], la Delegación contará con un plazo no mayor a treinta días hábiles para proceder
a su recepción física mediante el levantamiento del acta correspondiente, al concluir dicho
plazo sin que la Delegación haya recibido los trabajos, éstos se darán por recibidos…”.
Al respecto, la cláusula tercera del contrato en cuestión señala como fecha de terminación
de los trabajos “a más tardar el día 30 de diciembre de 2012”.
179
VOLUMEN 8/17
Del análisis a la información se determinó lo siguiente:
1. El acta de entrega-recepción de obra del contrato núm. DGODU-AD-OBRA-25/2012
se formalizó el 7 de agosto de 2013 y no presenta la firma del representante legal de la
empresa contratista en virtud de que no asistió a la formalización de la entrega-recepción.
Resultando que el acta de entrega-recepción se realizó con un desfase de 178 días
naturales, contados a partir de los 30 días posteriores al 11 de enero del 2013 fecha en
que la delegación de Milpa Alta efectuó la verificación y constatación física de los trabajos
realizados.
2. Por realizar con desfase de 178 días naturales el acta de entrega recepción-física de
los trabajos, la Delegación Milpa Alta incumplió la cláusula décima tercera, “Terminación,
Recepción, Liquidación y Finiquito de los Trabajos”, del contrato; y lo dispuesto en
el artículo 57, párrafo segundo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente
en 2012, que establece: “Una vez que se haya constatado la terminación de los trabajos
[…] la delegación o entidad, procederá a su recepción dentro del plazo que para tal efecto
se haya establecido en el propio contrato”.
Para ambos contratos de obra pública se analizaron las estimaciones autorizadas:
1. La cláusula séptima, “Forma de Pago”, de cada contrato, establece: “… las partes
convienen que los trabajos objeto del presente contrato, se paguen mediante formulación
de estimaciones que abarcarán los conceptos de trabajos terminados con una
periodicidad no mayor de quince días, ‘El Contratista’ deberá entregar a la residencia
de supervisión sea externa o interna, la estimación acompañada de la documentación
soporte correspondiente dentro de los cuatro días hábiles siguientes a la fecha de
corte; al efecto, las estimaciones deberán ir acompañadas de la documentación que
acredite la procedencia de su pago, la residencia de supervisión realizará la revisión
y autorización de las estimaciones, dentro de los cinco días hábiles siguientes a su
presentación”. De su análisis se constató que se presentaron oportunamente, como
se muestra a continuación:
180
VOLUMEN 8/17
(Miles de pesos)
Contrato Número
de estimación
Período Entrega para tramitar la CLC
(hoja de seguimiento de estimación
Inicio Término Importe (IVA)
Límite de entrega
Fecha real de entrega
Desfase en días
DGODU-LP-OBRA-13/2012 N/A Anticipo del 30.0% 561.2
1 25/VI/12 9/VII/12 141.7 13/VII/12 13/VII/12 0
2 10/VII/12 24/VII/12 291.7 30/VII/12 27/VII/12 0
3 10/VII/12 24/VII/12 208.5 30/VII/12 27/VII/12 0
4 25/VII/12 8/VIII/12 204.8 14/VIII/12 13/VIII/12 0
5 9/VIII/12 23/VIII/12 331.7 29/VIII/12 27/VIII/12 0
6 24/VIII/12 22/IX/12 130.9 27/IX/12 26/IX/12 0
Subtotal 1,870.5
DGODU-AD-OBRA-25/2012 1 1/XI/12 15/XI/12 570.0 21/XI/12 19/VII/12 0
2 16/XI/12 30/XI/12 241.2 6/XII/12 3/XII/12 0
3 1/XII/12 15/XII/12 644.7 20/XII/12 18/XII/12 0
4 16/XII/12 23/XII/12 133.8 27/XII/12 26/XII/12 0
5 16/XII/12 23/XII/12 293.5 27/XII/12 26/XII/12 0
Subtotal
1,883.2
Total de estimaciones de los dos contratos 3,753.7
2. El monto original del contrato núm. DGODU-LP-OBRA-13/2012 fue por 1,870.5 miles
de pesos (IVA incluido) y corresponde al importe de un anticipo más las seis estimaciones
autorizadas por 1,870.5 miles de pesos (IVA incluido).
3. El monto original del contrato núm. DGODU-AD-OBRA-25/2012 fue por 1,883.2 miles
de pesos (IVA incluido) y corresponde al importe de las cinco estimaciones autorizadas
por 1,883.2.5 miles de pesos (IVA incluido).
4. Del resultado de la verificación física efectuada el 11 de noviembre de 2013 por
la CMHALDF y la Delegación Milpa Alta, de la realización de las obras objeto de los
contratos núms. DGODU-LP-OBRA-13/2012 y DGODU-AD-OBRA-25/2012, se determinó
que los trabajos corresponden a la descripción establecida en ambos contratos y a los
proyectos que resultaron ganadores, según las constancias de validación de la Consulta
Ciudadana celebrada el 13 de noviembre de 2011.
En la reunión de confronta celebrada el 3 de diciembre de 2013, el Director General de
Administración y representante de la Delegación Milpa Alta no proporcionó información
o documentación alguna, que modifique la presente observación, por lo que ésta prevalece.
181
VOLUMEN 8/17
Recomendación ASC-165-12-05-MA
Es necesario que la Delegación Milpa Alta garantice en los contratos de obras públicas
a su cargo, que la terminación de los trabajos y el acta correspondiente se realicen en el plazo
establecido en los propios contratos.
11. Resultado
Gasto Registrado y Ejercido
Con el propósito de verificar que los pagos realizados por la Delegación Milpa Alta
correspondientes a la muestra de auditoría, con cargo al capítulo 6000 “Inversión
Pública”, partidas 6121 “Edificación no Habitacional” y 6131 “Construcción de Obras para
el Abastecimiento de Agua, Petróleo, Gas, Electricidad y Telecomunicaciones”, se hayan
sujetado a las condiciones pactadas en los contratos núms. DGODU-LP-OBRA-13/2012
y DGODU-AD-OBRA-25/2012, suscritos el 12 de junio y 30 de octubre, ambos de 2012,
respectivamente; que éstos se encontraran respaldados con la documentación justificativa
y comprobatoria de la obras; y que el registro presupuestal se hubiese llevado a cabo conforme
a la normatividad aplicable, se analizó la documentación soporte de la muestra sujeta a revisión,
contenida en las 12 CLC que se relacionan a continuación:
(Miles de pesos)
Número de contrato CLC Factura
Número 02 CD 12 Fecha Importe Número Fecha
DGODU-LP-OBRA-13/2012 10001593 25/VII/12 561.2 0009 14/VI/12
10002185 20/VIII/12 141.7 0013 13/VII/12
10002825 4/IX/12 291.7 0014 27/VII/12
10003268 5/IX/12 208.5 0019 27/VII/12
10004041 24/IX/12 204.8 0020 11/VIII/12
10006542 9/XI/12 331.7 0021 27/VIII/12
10007042 18/XI/12 130.9 0037 26/IX/12
Total del contrato 1,870.5
DGODU-AD-OBRA-25/2012 10009357 17/XII/12 570.0 A292 29/XI/12
10010133 19/XII/12 241.2 A294 17/XII/12
10014005 31/XII/12 644.7 A297 18/XII/12
10014008 31/XII/12 133.8 A299 26/XII/12
10014010 31/XII/12 293.5 A300 26/XII/12
Total del contrato 1,883.2
Total de los dos contratos 3,753.7
NOTA: El importe de las CLC corresponde al importe de la factura respectiva.
182
VOLUMEN 8/17
Del análisis a la información proporcionada en este rubro, se determinó lo siguiente:
1. La Delegación Milpa Alta contó con la documentación justificativa, consistente en dos
contratos; y comprobatoria del gasto, amparada en 12 facturas, en cumplimiento del
artículo 69, fracciones I y III, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito
Federal vigente en 2012 y la cláusula séptima, “Forma de Pago”, de ambos contratos.
2. Las 12 CLC mediante las cuales se pagó a los contratistas fueron elaboradas
por el personal autorizado y contaron con la documentación soporte descrita en
el formato de control de recepción de estimaciones de la DGODU, oficio dirigido al
Director de Desarrollo de Personal y Recursos Financieros, Factura y Verificación
de Comprobantes Fiscales en la página de Internet del Servicio de Administración
Tributaria (SAT), carátula de estimación de obra, hoja de seguimiento, hoja resumen
por partidas, resumen de estimación, generadores, álbum fotográfico y bitácora de obra,
en cumplimiento de los artículos 52 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal;
y 59, último párrafo, de su Reglamento, vigentes en 2012.
3. El registro presupuestal de las operaciones revisadas se llevó a cabo conforme al
Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2012.
12. Resultado
Gasto Pagado
Con el propósito de realizar la confirmación de operaciones relativa a las obras
públicas realizadas por la Delegación Milpa Alta correspondientes en los contratos
núms. DGODU-LP-OBRA-13/2012 y DGODU-AD-OBRA-25/2012, suscritos el 12 de junio
y 30 de octubre, ambos de 2012, y contenidos en la muestra de auditoría, con cargo al capítulo
6000 “Inversión Pública”, partidas 6121 “Edificación no Habitacional” y 6131 “Construcción
de Obras para el Abastecimiento de Agua, Petróleo, Gas, Electricidad y Telecomunicaciones”,
respectivamente; y que éstos se encontraran respaldados con la documentación justificativa
y comprobatoria de las obras:
1. Mediante el oficio núm. ASC/13/1836, del 11 de septiembre de 2013, la CMHALDF
solicitó al contratista Aryak y Arquitectos, S.A. de C.V., al que la Delegación Milpa Alta
183
VOLUMEN 8/17
adjudicó el contrato núm. DGODU-LP-OBRA-13/2012, la confirmación de operaciones,
la relación de pagos, copia de las facturas emitidas, la documentación que acreditara la
entrega de las obras y, en su caso, el importe de penas convencionales aplicadas.
Con el escrito sin número del 2 de octubre de 2013, el representante legal del contratista
Aryak y Arquitectos, S.A. de C.V., confirmó las operaciones realizadas al amparo del
contrato y mencionó haber recibido pagos por 1,870.5 miles de pesos (IVA incluido),
sin la aplicación de sanciones. Al respecto, remitió la documentación solicitada (copia
de facturas y del acta de entrega-recepción de las obras).
De la revisión y análisis efectuados a la documentación relativa al contrato
núm. DGODU-LP-OBRA-13/2012, proporcionada por el contratista Aryak y Arquitectos,
S.A. de C.V., se determinó que coincide con la presentada por la Delegación Milpa Alta.
2. Con el oficio núm. ASC/13/1835 del 11 de septiembre de 2013, la CMHALDF solicitó
el contrato núm. DGODU-AD-OBRA-25/2012, la al contratista Servicios Integrales Fix,
S.A. de C.V., al que la Delegación Milpa Alta adjudicó confirmación de operaciones,
la relación de pagos, la copia de las facturas emitidas, la documentación que acreditara
la entrega de las obras y, en su caso, el importe de penas convencionales aplicadas.
No fue posible notificar a la empresa contratista en el domicilio que se señala en el contrato
para oír y recibir notificaciones, razón por la cual se solicitó a la Delegación de Milpa Alta
mediante el oficio núm. ASC/165/12/MA/13-04 del 29 de octubre de 2013, que girara
instrucciones para solicitar la presencia del referido contratista en las instalaciones de
la CMHALDF; sin embargo, no se tuvo respuesta por parte de la Delegación, por lo
que no fue posible realizar la confirmación de las operaciones que la Delegación realizó
con la contratista Servicios Integrales Fix, S.A. de C.V.
13. Resultado
Informes del Compromiso y Ejecución
En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de diciembre de 2011, se publicó el Decreto
de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, que en el
artículo décimo segundo transitorio, inciso f), establece: “Los Jefes Delegacionales entregarán
184
VOLUMEN 8/17
cuatro informes del compromiso y la ejecución de los recursos aplicados al presupuesto
participativo, por colonia y por pueblo originario, a más tardar el 30 de marzo, el 30 de
junio, el 30 de septiembre y el 5 de diciembre de 2012, mismos que serán turnados al Jefe
de Gobierno del Distrito Federal, a la Contraloría General del Distrito Federal a efecto de
que evalúe su aplicación y cumplimiento, así como a la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal...”.
Se verificó el cumplimiento, por parte de la Delegación Milpa Alta, de lo dispuesto
en la normatividad aplicable, y se observó lo siguiente:
1. Con el oficio núm. DGA/911/2012 del 1o. de agosto de 2012, el Jefe Delegacional en
Milpa Alta remitió con un desfase de cuatro meses y seis días naturales al Jefe de
Gobierno del Distrito Federal, el primer Informe de Avance para la Aplicación del
Presupuesto Participativo correspondiente a los 12 Comités Ciudadanos y Consejos
de Pueblos constituidos en dicha Delegación. Las constancias de envío a la CGDF y a
la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) no fueron proporcionadas.
2. Con el oficio núm. DGA/1098/2012 del 15 de agosto de 2012, el Jefe Delegacional en
Milpa Alta remitió con un desfase de 1 mes y 20 días naturales al Jefe de Gobierno
del Distrito Federal, el segundo Informe de Avance para la Aplicación del Presupuesto
Participativo correspondiente a los 12 Comités Ciudadanos y Consejos de Pueblos
constituidos en dicha Delegación. Las constancias de envío a la CGDF y a la ALDF no
fueron proporcionadas.
3. Asimismo, mediante el oficio núm. JD/01/2012 del 1o. de octubre de 2012, el Jefe
Delegacional de Milpa Alta remitió con un desfase de dos días naturales al Jefe de Gobierno
del Distrito Federal, el Tercer Informe de Avance para la Aplicación del Presupuesto
Participativo correspondiente a los 12 Comités Ciudadanos y Consejos de Pueblos
constituidos en dicha Delegación. Las constancias de envío a la CGDF y a la ALDF
no fueron proporcionadas.
4. Mediante el oficio núm. JD/65/2012 del 7 de diciembre de 2012, el Jefe Delegacional de
Milpa Alta, remitió con un desfase de cinco días naturales al Jefe de Gobierno del Distrito
Federal el Cuarto Informe de Avance para la Aplicación del Presupuesto Participativo
185
VOLUMEN 8/17
correspondiente a los 12 Comités Ciudadanos y Consejos de Pueblos constituidos
en dicha Delegación. Las constancias de envío a la CGDF y a la ALDF no fueron
proporcionadas.
Debido a que la Delegación Milpa Alta presentó con desfase al Jefe de Gobierno del Distrito
Federal sus informes de Avance para la Aplicación del Presupuesto Participativo
correspondiente a los 12 Comités Ciudadanos y Consejos de Pueblos constituidos
en dicha Delegación, y no proporcionó evidencia documental que demuestre el envío
de los informes referidos a la CGDF y a la ALDF, se incumplió el artículo décimo
segundo transitorio, inciso f), del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito
Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
del 30 de diciembre de 2011.
En la reunión de confronta celebrada el 3 de diciembre de 2013, el Director General
de Administración y representante de la Delegación Milpa Alta no proporcionó información
o documentación alguna, que modifique la presente observación, por lo que ésta prevalece.
No obstante, en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de diciembre de 2012,
no se establece que las Delegaciones tengan la obligación de presentar los informes
del compromiso y la ejecución de los recursos aplicados al presupuesto participativo, por
colonia y por pueblo originario, por lo que no se emite recomendación para el presente
resultado.
187
VOLUMEN 8/17
II.14. DELEGACIÓN TLÁHUAC
II.14.1. AUDITORÍA FINANCIERA
II.14.1.1. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO”
Auditoría ASC/166/12
ANTECEDENTES
El artículo décimo primero transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito
Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el
30 de diciembre de 2011, señala que en relación con los recursos aprobados por la
Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) por concepto de presupuesto participativo
“a las Delegaciones les corresponden recursos por 704,275,724 pesos y se distribuirán de
acuerdo con lo establecido en el Anexo 1 del presente decreto”.
En el artículo décimo segundo transitorio, inciso c), del mismo Decreto de Presupuesto de
Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012 establece que “la determinación
de las acciones específicas que con cargo al presupuesto participativo ejecutarán las
delegaciones en cada una de las 1815 colonias y pueblos originarios, que no se encuentren
en el supuesto de asentamientos irregulares, o que en su determinación no se contravenga
disposiciones jurídicas vigentes, se hará con base en los resultados de la consulta ciudadana
que se efectuó el domingo 13 de noviembre de 2011. Conforme al anexo 7”. Este último,
establece el rubro general y el proyecto específico ganador para cada colonia o pueblo.
El Anexo 1 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal 2012 determina que a la Delegación Tláhuac le correspondieron 29,670.7 miles de
pesos del Presupuesto Participativo, que se distribuirían entre los 52 Comités Ciudadanos,
a razón de 570.6 miles de pesos para cada uno.
Los recursos asignados en 2012 a la Delegación Tláhuac representan el 4.2% del total
de las 16 delegaciones y tuvieron un decremento del 0.4%, respecto de los 29,798.4 miles de
pesos que le fueron asignados en 2011.
188
VOLUMEN 8/17
En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012, se reportó que los 16 órganos
político-administrativos ejercieron 639,777.7 miles de pesos con cargo al destino de gasto 65
“Presupuesto Participativo”, lo cual representó disminuciones de 64,498.1 miles de pesos (9.2%)
con relación a los 704,275.8 miles de pesos asignados originalmente y de 20,362.3 miles
de pesos (3.1%) en comparación con los 660,140.0 miles de pesos ejercidos en 2011.
En 2012, la Delegación Tláhuac ejerció 29,549.9 miles de pesos en el destino de gasto 65
“Presupuesto Participativo”, que representaron una variación negativa de 0.4% (120.8 miles
de pesos) respecto del presupuesto original (29,670.7 miles de pesos) y un incremento
del 0.1% en relación con los 29,521.0 miles de pesos ejercidos en 2011.
En el Informe de la Cuenta Pública de 2012, apartado “ECG Análisis de Egresos por
Capítulo de Gasto”, el órgano político-administrativo, en relación con el capítulo 6000 “Inversión
Pública”, informó que “la variación en este capítulo de gasto consiste en movimientos
compensados por 37,621,281.11 que redujeron el capítulo, como 5,500,000.00 de recursos de
la Comisión Nacional del Deporte (CONADE) que no se ejercieron por problemas técnicos
del proyecto, y 3,585,397.00 de mercados, entre otros”.
El Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) ejerció 49,104.3 miles de pesos en diversas
actividades de difusión y preparación para la realización de la Consulta Ciudadana, lo que
permitió una cobertura de 99.0% en la instalación de las mesas receptoras de opinión;
sin embargo, el porcentaje de votación fue de 1.9%. Al respecto, una encuesta de opinión
y análisis que contrató el IEDF y que se aplicó en junio de 2012, obtuvo, entre otros resultados,
que sólo 9.7% de los entrevistados conocía el presupuesto participativo.
OBJETIVO
El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación
Tláhuac con destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” se haya registrado, aprobado,
modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con la normatividad
y ordenamientos aplicables.
189
VOLUMEN 8/17
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Esta auditoría se realizó de conformidad con los siguientes criterios generales, incluidos
en el Manual de Selección de Auditorías:
1. “Exposición al Riesgo”, el presupuesto participativo es un programa de reciente creación;
por tanto está expuesto a riesgos de irregularidades, ineficiencias o incumplimiento de
objetivos y metas.
2. “Interés General”, por la naturaleza del gasto y su importancia en el ámbito social, las
actividades y funciones que desarrollen los órganos político-administrativos para cumplir
los compromisos del programa presupuestario tienen un impacto directo y tangible en
beneficio de la ciudadanía.
3. “Presencia y Cobertura”, de conformidad con la Ley de Participación Ciudadana del
Distrito Federal, a la ALDF le compete vigilar, por conducto de la Contaduría Mayor
de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (CMHALDF), el ejercicio de
los recursos del presupuesto participativo, el cual es susceptible de auditarse por estar
contenido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal 2012 y en la Cuenta Pública del Distrito Federal 2012.
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado C, base primera,
fracción V, incisos c) y e), en relación con el 74, fracción VI, de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;
1o; 2o., fracciones IX y X, inciso a); 3o; 8o., fracciones I, II, III, VI, VII, párrafo primero,
VIII, IX, XIII, XVI y XIX; 9o.; 10, incisos a) y e); 14, fracciones I, VIII, XVII y XXIII; 16; 22;
24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; y 35 de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda
de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; 1o; 2o., fracción XIX, inciso a); 6o.,
fracciones V y VII; 13 y 16, del Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda
de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
190
VOLUMEN 8/17
ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
El alcance de la auditoría se determinó como resultado de los trabajos de planeación
correspondientes, una vez integrado el presupuesto ejercido por la Delegación Tláhuac en 2012
con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, por un total de 29,549.9 miles
de pesos.
Con objeto de analizar los mecanismos de control y supervisión implantados por el sujeto
fiscalizado para aprobar, modificar, comprometer, devengar, ejercer, registrar y pagar los
recursos asignados al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se revisó la
normatividad aplicable: Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; Ley de
Obras Públicas del Distrito Federal y su Reglamento; Ley de Participación Ciudadana del
Distrito Federal; Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal 2012; Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración
Pública del Distrito Federal; Normatividad en materia de Administración de Recursos para
las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis 2011),
vigente a partir del 20 de mayo de 2011; Normatividad en materia de Administración de
Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular
Uno Bis 2012), vigente a partir del 8 de agosto de 2012; Circular Contraloría General para
el Control y Evaluación de la Gestión Pública, el Desarrollo, Modernización, Innovación
y Simplificación Administrativa y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del
Distrito Federal, Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal; y Lineamientos con
los que se Dictan Medidas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestal para Contener
el Gasto en la Administración Pública del Distrito Federal, todos vigentes en 2012.
Se aplicaron cuestionarios de control interno en la Dirección General de Obras y Desarrollo
Urbano (DGODU), en la Dirección General de Participación Ciudadana (DGPC) y en la
Dirección General de Administración (DGA), todas adscritas a la Jefatura Delegacional.
Se revisó el Manual Administrativo de la Delegación Tláhuac vigente en 2012, para verificar
que la organización del órgano político-administrativo fuera acorde con la estructura
orgánica dictaminada, así como la existencia de procedimientos aplicables al rubro sujeto
a revisión.
191
VOLUMEN 8/17
Se analizó la normativa que rige el ejercicio de los recursos del presupuesto participativo, para
verificar que el órgano político-administrativo contara con las atribuciones para su operación.
Se solicitó y analizó diversa información generada por el IEDF, relacionada con la capacitación
a servidores públicos.
Se seleccionó una muestra de auditoría de 10,573.3 miles de pesos, que representa el 35.8%
de los recursos ejercidos (29,549.9 miles de pesos) en el destino de gasto 65 “Presupuesto
Participativo”, y corresponde a las erogaciones realizadas en la partida presupuestal 6291
“Trabajos de Acabados en Edificaciones y Otros Trabajos Especializados”.
Se verificó que el presupuesto autorizado a la Delegación Tláhuac correspondiera con el
establecido en el Anexo 1 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el
Ejercicio Fiscal 2012 y que el presupuesto modificado, registrado y ejercido en la partida
presupuestal 6291 “Trabajos de Acabados en Edificaciones y Otros Trabajos Especializados”
estuviera respaldado con la documentación justificativa y comprobatoria, conforme a la
normatividad vigente en 2012.
Para analizar el ejercicio del presupuesto de la Delegación Tláhuac en la partida 6291 “Trabajos
de Acabados en Edificaciones y Otros Trabajos Especializados”, se verificó que el órgano
político-administrativo contara con la documentación soporte para acreditar la “Rehabilitación
de espacios públicos, dentro del perímetro delegacional” de diferentes Comités Ciudadanos de
la Delegación; así como que éstas fueran realizadas y pagadas conforme a los contratos
respectivos.
Se revisaron los montos de actuación de la Delegación correspondientes al ejercicio de 2012,
con objeto de comprobar que las operaciones de gasto de inversión pública se ajustaran a lo
establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal 2012.
Se verificó con el contratista que conformó la muestra de auditoría que los importes facturados
y los datos relativos a las obras correspondieran con la información proporcionada por la
Delegación, que las obras se hubieran realizado conforme a las cláusulas de los contratos
192
VOLUMEN 8/17
y que éstos no se encontraran inhabilitados por la Secretaría de la Función Pública (SFP)
o por la Contraloría General del Distrito Federal (CGDF).
Se efectuó la verificación física de las obras contratadas para corroborar que éstas se
realizaron conforme a la descripción incluida en los contratos, así como a los proyectos
ganadores de la Consulta Ciudadana de 2012.
Se verificó que los informes relativos al ejercicio de recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto
Participativo” se hayan presentado en tiempo y forma, de acuerdo con la normatividad
vigente en 2012.
Para determinar la muestra sujeta a revisión se realizaron las siguientes actividades:
1. Por tratarse de una auditoría financiera, el universo de recursos ejercidos (29,549.9 miles
de pesos) se estratificó por capítulo, partida presupuestal, resultado, subresultado
y actividad institucional. Asimismo, a fin de identificar los importes y las variaciones más
significativas, se determinó el porcentaje que representa cada uno de esos rubros
en relación con el total del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
2. La muestra se definió conforme a la selección incidental y por unidad monetaria establecida
en la Norma Internacional de Auditoría (NIA) 530 “Métodos de selección de muestras”, de
las Normas de Auditoría del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. (IMCP);
con base en los capítulos, partidas y contratos con mayor participación en el ejercicio
de recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” en 2012.
De acuerdo con lo anterior, la muestra de auditoría por 10,573.3 miles de pesos del
destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, correspondiente a la partida presupuestal
6291 “Trabajos de acabados en edificaciones y otros trabajos especializados” se integró
con el contrato núm. DGODU/AD/06/OB-019-12 y su convenio modificatorio
núm. DGODU/AD/06/OB-019-12-CONV-01, suscrito con la empresa Constructora Jimtre,
S.A. de C.V. Se revisó que el proceso de adjudicación directa se haya realizado conforme
a la normatividad vigente.
La auditoría se llevó a cabo en la DGODU, DGPC y DGA, de la Delegación Tláhuac.
193
VOLUMEN 8/17
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
El sistema de control interno comprende el plan de organización, así como los métodos
y procedimientos instituidos por la administración para garantizar que se cumplan las
metas y objetivos del sujeto fiscalizado, con criterios de economía, eficiencia, eficacia,
transparencia y honradez; que los recursos se empleen conforme a las leyes, reglamentos
y políticas aplicables, a fin de protegerlos de eventuales desperdicios, pérdidas o mal
uso; y que se obtenga y conserve la información relacionada con el empleo de los recursos.
Se revisó y evaluó el sistema de control interno establecido por la Delegación Tláhuac
para las áreas administrativas y operativas que participaron o tuvieron responsabilidad en
el ejercicio de los recursos, la operación y supervisión de las obras realizadas con recursos
del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”; la disposición de objetivos, metas e
indicadores; el cumplimiento de los requisitos documentales y los registros presupuestales;
y el resguardo y archivo de la documentación justificativa y comprobatoria del gasto, de
los expedientes de los contratos celebrados y de las Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC)
correspondientes a los pagos realizados.
Se analizó el Manual Administrativo, apartado de organización, de la Delegación Tláhuac
vigente en 2012, para identificar la estructura orgánica del sujeto fiscalizado, los objetivos,
funciones y atribuciones de las unidades administrativas que lo integran. Asimismo, se revisó el
manual administrativo, apartado de procedimientos, de la Delegación, con objeto; por una parte,
de conocer cuáles fueron las unidades administrativas que intervinieron en la autorización,
ejercicio y registro de las erogaciones con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto
Participativo” y, por otra, verificar si se aplicaron los procedimientos correspondientes.
Como resultado del estudio y evaluación del control interno se determinó que éste es
suficiente en cuanto al ejercicio de los recursos con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto
Participativo”, ya que la Delegación Tláhuac no estableció una actividad institucional,
objetivos, metas ni indicadores para el rubro revisado; tampoco identificó los posibles riesgos
que podrían afectar el ejercicio, registro y control de los recursos. Por otra parte, las áreas
de la Delegación Tláhuac se estructuraron conforme a las funciones asignadas en el manual
administrativo, en su apartado de organización y contó con los procedimientos de aplicación
general, los cuales fueron actualizados oportunamente. Además, los servidores públicos
194
VOLUMEN 8/17
responsables de verificar el cumplimiento de los proyectos del presupuesto participativo
no contaron con las competencias suficientes, ya que no participaron en las capacitaciones
que desarrolló la instancia responsable.
RESULTADOS
1. Resultado
Manual Administrativo
La DGA de la Delegación Tláhuac proporcionó, mediante el oficio núm. DGA/DRF/SF/1438/2013
del 10 de septiembre de 2013, su manual administrativo, apartados de organización y
procedimientos, vigente en 2012, conforme al dictamen de estructura orgánica núm. 2/2009,
el cual fue autorizado por la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA)
con el núm. MA-02D13-2/09.
De conformidad con el dictamen núm. 2/2009, en 2012, la Delegación se integró por un
total de 200 plazas, como se muestra a continuación:
Unidad administrativa Plazas
Jefe Delegacional 1
Asesor 1
Secretario Particular 1
Direcciones Generales Jurídica y de Gobierno, de Administración, de Obras y Desarrollo Urbano, de Servicios Urbanos, de Desarrollo Social, de Desarrollo Económico y Rural, y de Participación Ciudadana
7
Direcciones de Área 25
Subdirecciones 17
Jefaturas de Unidad Departamental 84
Líderes Coordinadores de Proyectos “A”, “B” y “C” 64
Total 200
Manual Administrativo, Apartado de Organización
Con el oficio núm. CGMA/DDO/1251/09 del 18 de diciembre de 2009, la CGMA comunicó
a la Delegación Tláhuac el registro y la integración de su manual administrativo, con el
núm. MA-02D13-2/09. El órgano político-administrativo publicó dicho manual en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 2 de marzo de 2010, el cual establece las funciones, facultades,
atribuciones y normas de trabajo que corresponden a las unidades administrativas integrantes
de la Delegación.
195
VOLUMEN 8/17
Con los oficios núms. DGA/039/2010, DGA/040/2010, DGA/041/2010, DGA/042/2010,
DGA/043/2010, DGA/044/2010 y DGA/045/2010, todos del 14 de enero de 2010, la DGA
en la Delegación Tláhuac difundió y comunicó entre los servidores públicos el manual
administrativo, en su apartado de organización, con número de registro MA-02D13-2/09.
Manual Administrativo, Apartado de Procedimientos
Con el oficio núm. CGMA/DDO/0256/09 del 26 de agosto de 2009, la CGMA informó a la
Delegación Tláhuac que los 174 procedimientos elaborados conforme al dictamen núm. 2/2009,
fueron registrados con el núm. MA-02D13-2/09.
Con los oficios núms. DGA/302/2010 y terminaciones 298/2010, 300/2010, 301/2010, 303/2010,
304/2010 y 305/2010, todos del 3 de marzo de 2010, la DGA en la Delegación Tláhuac
difundió y comunicó entre los servidores públicos el manual administrativo, en su apartado
de procedimientos, con el número de registro MA-02D13-2/09.
Los procedimientos mencionados fueron publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
el 1o. de marzo de 2010.
Con los oficios núms. JDT/164/2012 y terminaciones 206/2012, 239/2012, 707/2012 y 817/2012
del 15 de marzo, 25 de abril, 15 de mayo, 9 de agosto y 21 de septiembre, todos del 2012,
respectivamente, el Jefe Delegacional en Tláhuac remitió diversos procedimientos a la CGMA.
Con los oficios núms. CG/CGMA/DEDDEO/3347/2012 y terminaciones 3348/2012, 3349/2012,
3350/12 y 3388/2012, los primeros cuatro del 23 de noviembre y el último del 26 de
noviembre, todos de 2012, la CGMA informó a la Jefatura Delegacional en Tláhuac que se
determinó registrar e integrar diversos procedimientos con el núm. MA-02D13-2/09.
Con el oficio núm. DGA/1506/2012 del 18 de diciembre de 2012, el Director General de
Administración solicitó al Director de Adquisiciones, Recursos Materiales y de Servicios
Generales del órgano político-administrativo que se dieran a conocer entre el personal
que interviene en la aplicación de los mismos.
Del análisis a la información proporcionada por la Delegación Tláhuac, se observó que han
publicado 246 procedimientos vigentes en 2012, en cuatro diferentes fechas (1 de marzo,
196
VOLUMEN 8/17
22 de noviembre ambas de 2010; 8 de abril y 29 de noviembre, ambas de 2011), en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal. Todos con registro núm. MA-02D13-2/09, de los cuales 26 se
encuentran relacionados con el objetivo de la auditoría.
2. Resultado
Competencia
De conformidad con el artículo 15 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal,
“las autoridades están obligadas a promover entre los servidores públicos cursos de formación
y sensibilización para dar a conocer los instrumentos de participación ciudadana y los
órganos de representación ciudadana; la cooperación y acercamiento con la ciudadanía y
la cultura de la participación ciudadana en general, como un espacio cívico de convivencia
social y de una mejor gobernanza”.
Mediante el oficio núm. ASC/13/1641 del 2 de septiembre de 2013, se solicitó a la Consejera
Electoral Presidente del IEDF que informara sobre los cursos de formación y sensibilización
impartidos a los servidores públicos de los órganos políticos-administrativos, relacionados
con el presupuesto participativo en 2012.
En respuesta, mediante el oficio núm. SECG-IEDF/2092/2013 del 6 de septiembre de 2013,
el IEDF remitió el oficio núm. DD-XXXV/320/13 del día 4 del mismo mes y año, mediante
el cual el Coordinador de la XXXV Dirección Distrital del IEDF en Tláhuac proporcionó copias
simples de los oficios núms. DD-XXXV/287/11 del 2 de septiembre de 2011 y DD-XXXV/445/12
del 23 de julio de 2012, ambos dirigidos al Jefe Delegacional Tláhuac y a la Encargada del
Despacho de la Delegación Tláhuac, respectivamente, en el que se les solicitó hacer del
conocimiento a funcionarios de esa dependencia para que asistieran a los cursos impartidos
por el IEDF.
No obstante lo anterior, el Coordinador de la XXXV Dirección Distrital del IEDF en Tláhuac
informó que una vez revisados los archivos distritales, no se tuvo registro alguno de la asistencia
de funcionarios delegacionales (en Tláhuac) a los cursos de capacitación del año 2012,
ya fuera a las sesiones presenciales o a los cursos ofrecidos en línea; situación que
también se presentó en el año 2011.
197
VOLUMEN 8/17
Por todo lo anterior, se concluye que los servidores públicos de la Delegación Tláhuac no
participaron en los cursos que promovió el IEDF en el ejercicio 2012; en consecuencia,
no contaron con las competencias que proporcionó dicho organismo, incumpliendo con el
artículo 15 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal; asimismo, la Dirección
General de Participación Ciudadana incumplió el artículo 181 Bis, fracción IV, del Reglamento
Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, el cual establece que corresponde
a ésta “Implementar acciones de información, capacitación y educación, para promover la
participación ciudadana;”.
En la reunión de confronta celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de
Administración y representante de la Delegación Tláhuac no proporcionó información
o documentación alguna que modifique la presente observación, por lo que ésta prevalece.
Recomendación ASC-166-12-01-TLH
Es necesario que la Delegación Tláhuac promueva entre sus servidores públicos la asistencia
a los cursos de formación y sensibilización de participación ciudadana que promueva el
IEDF, de conformidad con lo establecido en el Reglamento Interior de la Administración
Pública del Distrito Federal y la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal.
3. Resultado
Objetivos, Indicadores y Metas
El artículo 1o., tercer párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,
vigente en 2012, establece que “los sujetos obligados a cumplir las disposiciones de esta
Ley deberán observar que la administración de los recursos públicos se realice con base en
criterios de […] eficacia, economía, racionalidad, transparencia, control, rendición de cuentas”.
El artículo 25 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal establece:
“La programación y presupuestación anual del gasto público se realizará con apoyo en los
Anteproyectos de Presupuesto que elaboren las Dependencias, Órganos Desconcentrados,
Delegaciones y Entidades para cada ejercicio fiscal y con base en: […]
”II. Las políticas de gasto público que determine el Jefe de Gobierno, a través de la Secretaría.
198
VOLUMEN 8/17
”El anteproyecto se elaborará por Dependencia, Órgano Desconcentrado, Delegación
y Entidad estimando los costos para alcanzar los resultados cuantitativos y cualitativos
previstos en las metas, así como los indicadores necesarios para medir su cumplimiento.
El artículo 126 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito
Federal, vigente en 2012, dispone que “las […] delegaciones […] llevarán la contabilidad
en base acumulativa para determinar costos y facilitar la formulación, ejercicio y evaluación
de los presupuestos y sus programas, con objetivos, metas y unidades responsables de su
ejecución”.
Por su parte, el numeral II.4. “Presupuesto Participativo”, del Manual de Programación-
Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2012,
dispone que “la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, establece en su
artículo 83 que el presupuesto participativo es aquel sobre el cual los ciudadanos deciden
respecto a la forma en que se aplican recursos en proyectos específicos en las colonias
y pueblos originarios en que se divide el territorio del Distrito Federal. Los recursos de
presupuesto participativo corresponderán al 3 por ciento del presupuesto anual de las
Delegaciones y se destinarán a los rubros generales de obras y servicios, equipamiento,
infraestructura urbana y prevención del delito. Por lo anterior, las Delegaciones, en la
formulación de sus Anteproyectos, deberán considerar lo establecido en la citada Ley”.
Con el oficio núm. ASC/13/1601 del 23 de agosto de 2013, se solicitó a la Delegación
Tláhuac el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y el Programa Operativo Anual (POA)
para el ejercicio 2012; asimismo, con el cuestionario de control interno se solicitó información
referente a los objetivos, metas e indicadores vinculados al presupuesto participativo. Con los
oficios núms. DTP/0575/2013, SP/UDPEyM/53/2013, UDMA/172/2013, DARMSG/0752/13
y DGAT/JPC/0229/13, del 11, 12 y los últimos tres del 13, todos de septiembre 2013,
respectivamente, la Delegación remitió la información solicitada.
Al analizar la información proporcionada se determinó lo siguiente:
1. En respuesta al Cuestionario de control interno, la Subdirectora de Finanzas de la DGA
informó que “más que objetivos, son proyectos mismos que se describieron en el Decreto
199
VOLUMEN 8/17
de Presupuesto de Egresos del D.F. para el ejercicio fiscal 2012”; asimismo, señaló que
“los objetivos del presupuesto participativo estuvieron acordes a las necesidades de cada
comité, no obstante, los mismos no dejan de lado lo recomendado en el Eje 1 Reforma
Política: Derechos plenos a la ciudad y sus habitantes”.
2. En atención a la solicitud de la descripción de los objetivos, metas e indicadores para el
ejercicio 2012, vinculados al presupuesto participativo, la Jefa de Unidad Departamental
(JUD) de Promoción Ciudadana, adscrita a la DGPC, informó que las metas son
“el cumplimiento de los proyectos del Presupuesto Participativo” y la ejecución del
presupuesto participativo asignado para tal fin.
3. En el POA 2012 de la Delegación Tláhuac no se identificó actividad institucional
alguna vinculada con el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”; por lo que no
se establecieron metas físicas ni financieras para el efecto.
4. En el apartado “Avance en los Indicadores de los Resultados de las Actividades
Institucionales Realizadas” (AIRAIR) de la Cuenta Pública de 2012, correspondiente a la
Unidad Responsable 02 CD 13 Delegación Tláhuac, no se identificó actividad institucional
alguna que agrupara las acciones vinculadas al presupuesto participativo, por lo que no se
registraron “metas 2012” ni “índice de cumplimiento de metas” para tal rubro.
Por todo lo anterior, se concluye que la Delegación Tláhuac no dispuso en su Anteproyecto
de Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal de 2012 de una actividad institucional,
tampoco contó con objetivos, metas e indicadores para el presupuesto participativo que
estuvieran vinculados al Programa General de Desarrollo 2007-2012 del Gobierno del
Distrito Federal, por lo que incumplió con lo establecido en los artículos 1o., tercer párrafo
y 25, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 126 de su Reglamento
y el numeral II.4, “Presupuesto Participativo”, del Manual de Programación-Presupuestación
para la Formulación del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2012.
En la reunión de confronta celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de
Administración y representante de la Delegación Tláhuac no proporcionó información
o documentación alguna que modifique la presente observación, por lo que ésta prevalece.
200
VOLUMEN 8/17
Recomendación ASC-166-12-02-TLH
Es necesario que la Delegación Tláhuac establezca objetivos, metas e indicadores anuales
para el presupuesto participativo que estén vinculados con el Programa General de
Desarrollo del Distrito Federal correspondiente; y que evalúe su cumplimiento, para verificar
la eficacia en el ejercicio de los recursos, de acuerdo con la normatividad aplicable.
4. Resultado
Consulta Ciudadana
En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 29 de septiembre de 2011, se publicó el Acuerdo
del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal por el que se aprueba
la Convocatoria a participar en la Consulta Ciudadana del 13 de noviembre de 2011, en
cumplimiento de lo dispuesto por la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal,
en el cual se indicó que, del 3 al 7 de octubre de 2011, los habitantes de las colonias
y pueblos, conforme a la delimitación geográfica establecida en el Catálogo de Colonias y
Pueblos Originarios 2010, podrían registrar ante el Coordinador Interno o de Concertación
Comunitaria del Comité Ciudadano o Consejo del Pueblo que les corresponda, los proyectos
específicos que consideraran prioritarios.
La convocatoria describe el proceso para registrar los proyectos, los rubros genéricos
y específicos en los que se emplearían los recursos provenientes del destino de gasto 65
“Presupuesto Participativo”; así como las características de los proyectos que se registrarían
en la convocatoria. También, indicó que las áreas técnicas de las Delegaciones proporcionarían
información y apoyo técnico a los Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos, a fin
de que éstos seleccionaran un mínimo de 2 y un máximo de 5 proyectos que reunieran las
características básicas siguientes: vinculación con un rubro general y un proyecto
específico, costo aproximado del proyecto, cantidad aproximada de habitantes que serían
beneficiados y señalar la ubicación exacta del proyecto.
El 13 de noviembre de 2011, inició la Consulta Ciudadana, la cual se llevó a cabo en dos etapas:
foro informativo y recepción de la opinión ciudadana. En la primera etapa, se informaría a los
ciudadanos y a la comunidad en general de las colonias o pueblos sobre las características
201
VOLUMEN 8/17
de los proyectos elegidos por el comité respectivo y su posible impacto; en la segunda, se
recibiría la opinión ciudadana para elegir el proyecto que consideraran prioritario realizar
en su colonia o pueblo y, concluida la recepción de opiniones, los responsables de las mesas
receptoras de opinión realizarían el escrutinio y cómputo de las opiniones para obtener los
resultados de la consulta, fijándolos en un lugar visible. Las Direcciones Distritales expidieron
las constancias de validación donde se mostraron los resultados validados de la Consulta
Ciudadana, mismos que se hicieron llegar a la Delegación Tláhuac para su difusión y ejecución.
Como parte de la auditoría, en la Delegación Tláhuac se realizó lo siguiente:
1. Se revisaron las 52 constancias de validación de la Dirección Distrital, correspondientes
a igual número de Comités Ciudadanos y Consejos de Pueblos de la demarcación, de
conformidad con el Anexo 1, “Presupuesto Participativo por Delegaciones”, del Decreto
de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, en las
cuales se presentan los resultados obtenidos de la Consulta Ciudadana. Al respecto,
se constató que los proyectos, relativos a la muestra de auditoría, que resultaron
ganadores coincidieron con los ejecutados por la Delegación Tláhuac, consistentes en
“Rehabilitación de espacios públicos, dentro del perímetro delegacional” en 28 colonias
del órgano político-administrativo, mediante el contrato núm. DGODU/AD/06/OB-019-12
y su convenio modificatorio núm. DGODU/AD/06/OB-019-12-CONV-01, los cuales se
identifican con los rubros generales de “Obras y servicios”, “Equipamiento”, “Infraestructura
urbana” y “Prevención del delito”; por lo que la Delegación Tláhuac se ajustó a lo dispuesto
en el inciso b), del artículo décimo segundo transitorio del Decreto de Presupuesto de
Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, publicado en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal del 30 de diciembre de 2011.
2. Con el oficio núm. ASC/13/1601 del 23 de agosto de 2013, se solicitó a la Delegación
Tláhuac los programas semestrales de 2012 para la difusión pública de las acciones
y funciones a cargo de la Delegación. Mediante el oficio núm. DGA/1617/2013 del 9 de
octubre de 2013, la Delegación proporcionó el oficio núm. JDT/456/13 del 19 de julio
de 2013, en el que la Jefatura Delegacional en Tláhuac envió al Jefe de Gobierno del
Distrito Federal, el programa semestral de difusión pública 2013, sin embargo se solicitó
el programa semestral 2012, por lo que la Delegación Tláhuac no lo exhibió.
202
VOLUMEN 8/17
Por no contar con los programas semestrales de 2012 para la difusión pública de las acciones
y funciones a cargo de la Delegación, el órgano político-administrativo incumplió con los
artículos 56 y 57 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, publicada en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal del 27 de mayo de 2010, vigente en 2012, que señalan:
“Artículo 56. Las autoridades locales del Gobierno del Distrito Federal están obligadas
a establecer un programa semestral de difusión pública acerca de las acciones y funciones
a su cargo en los términos de este capítulo.”
“Artículo 57. El programa semestral de difusión pública será aprobado por el Jefe de
Gobierno, tomando en cuenta las opiniones de los Jefes Delegacionales, los Consejos
Ciudadanos, los Consejos del Pueblo y los Comités Ciudadanos, y contendrá información sobre
los planes, programas, proyectos y acciones a cargo de la Administración Pública…”
En la reunión de confronta celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de
Administración y representante de la Delegación Tláhuac no proporcionó información o
documentación alguna que modifique la presente observación, por lo que ésta prevalece.
En la revisión de la Cuenta Pública del Distrito Federal de 2011, el Informe de Auditoría
con clave ASC/155/11, practicada a la Delegación Tláhuac, resultado núm. 4, recomendación
núm. ASC-155-11-02-TLH, considera el mecanismo para garantizar que se elabore el
programa semestral de difusión pública acerca de las acciones y funciones a su cargo, que
contenga los planes, programas, proyectos y acciones, conforme a la Ley de Participación
Ciudadana del Distrito Federal, por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como
parte del seguimiento de la recomendación citada. Por ello, no se formula recomendación.
5. Resultado
Atribuciones y Marco Jurídico
Para verificar que el órgano político-administrativo contara con las atribuciones para la
operación y ejercicio de los recursos del presupuesto participativo, se analizó la normatividad
aplicable. Como resultado de ello, se constató lo siguiente:
203
VOLUMEN 8/17
Entre las atribuciones que el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Distrito Federal señala para los titulares de los órganos políticos-administrativos, se encuentran
las siguientes:
“LVI. Ejecutar en su demarcación territorial programas de desarrollo social, con la participación
ciudadana, considerando las políticas y programas que en la materia emita la dependencia
correspondiente; […]
”LXXVI. Coordinar acciones de participación ciudadana en materia de prevención del
delito…”
El Manual Administrativo, apartado de organización, de la Delegación Tláhuac, registrado
con el núm. MA-02D13-2/09 y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 2 de
marzo de 2010, señala las siguientes funciones para la Dirección General de Participación
Ciudadana:
“Artículo 181 Bis.- A la Dirección General de Participación Ciudadana le corresponde:
“I. Proponer al Jefe Delegacional los planes y políticas en materia de participación ciudadana;
[…]
”IV. Implementar acciones de información, capacitación y educación, para promover la
participación ciudadana; […]
”IX. Coordinar la planeación, diseño, seguimiento y control de programas y proyectos que
fomenten la participación ciudadana; […]
”XIII. Recibir, atender y dar respuesta a las solicitudes y peticiones que formulen los comités
vecinales con base en la Ley de Participación Ciudadana.”
Del análisis de la información anterior, se concluye que la Delegación Tláhuac, según las
funciones específicas de la DGPC, contó con atribuciones, para el ejercicio de los recursos
y las actividades vinculadas con el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
204
VOLUMEN 8/17
6. Resultado
Programa Anual de Obra
Se analizó el Programa Anual de Obra de la Delegación Tláhuac, para constatar que
las obras que en 2012 contrató el órgano político-administrativo con cargo al destino de
gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se realizaron conforme a la normatividad aplicable.
De su análisis se constató lo siguiente:
Con los oficios núms. ASC/166/12/TLH/13-01 y ASC/166/12/TLH/13-02 del 11 de septiembre
y 2 de octubre, ambos de 2013, la CMHALDF solicitó, entre otros puntos, el oficio mediante
el cual la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Finanzas (SEFIN) comunicó a la
Delegación el Calendario Presupuestal, el POA y el oficio de autorización presupuestal.
Al respecto, la Delegación proporcionó el oficio núm. SFDF/SE/988/2012 del 30 de enero
de 2012, el cual no cuenta con sello ni fecha de recibido por parte de la Delegación,
por el cual la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN comunicó a la Delegación Tláhuac la
autorización presupuestal para su Programa Anual de Obra Pública 2012, publicado en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal del 20 de marzo de 2012; sin embargo, por no contar
con sello ni fecha de recibido no se pudo determinar los días de desfase para la entrega.
Por lo anterior, no se pudo determinar que la publicación del Programa Anual de Obras
Públicas se haya realizado en tiempo y forma en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, conforme
al artículo 21 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, que indica lo siguiente:
“Las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal, a más tardar dentro de los treinta días posteriores a la recepción
de la autorización presupuestal, darán a conocer a través de la Gaceta Oficial del Distrito
Federal, la disponibilidad de sus programas anuales de obra pública, salvo que medie causa
debidamente justificada para no hacerlo en dicho plazo…”
En la revisión del Programa Anual de Obras 2012, se observó que la Delegación Tláhuac
no incluyó el lugar de realización de la obra, ni las zonas beneficiadas. Por lo que, incumplió con
el artículo 8o. del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, vigente en 2012,
205
VOLUMEN 8/17
que establece: “Las […] delegaciones […] al publicar sus programas anuales de obra pública,
darán a conocer las características fundamentales de las obras públicas correspondientes,
como tipo de obra, costo estimado, lugar de realización y zonas beneficiadas…”.
En la reunión de confronta celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de
Administración y representante de la Delegación Tláhuac no proporcionó información
o documentación alguna que modifique la presente observación, por lo que ésta prevalece.
Recomendación ASC-166-12-03-TLH
Es necesario que la Delegación Tláhuac elabore y publique su Programa Anual de Obras
Públicas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, de conformidad con la Ley de Obras Públicas
del Distrito Federal y su Reglamento.
7. Resultado
Gasto Aprobado
El Anexo 1 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2011,
señala que a la Delegación Tláhuac le correspondieron recursos del presupuesto participativo
por 29,670.7 miles de pesos.
Mediante el oficio núm. SFDF/SE/0063/2012 del 2 de enero de 2012, la Subsecretaría de
Egresos de la SEFIN comunicó al Jefe Delegacional en Tláhuac el techo presupuestal
aprobado por la ALDF. En el anexo del oficio referido se señalan los “Recursos Etiquetados
en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012”,
y establece que “Conforme al artículo transitorio décimo primero del Decreto de Presupuesto
de Egresos del Distrito Federal, se deberá etiquetar con el DG 65, los montos establecidos
en el Anexo 1” para lo cual dispone un importe de 29,670.7 miles de pesos.
La Delegación Tláhuac informó que con el oficio núm. SFDF/SE/988/2012 del 30 de enero
de 2012, el Subsecretario de Egresos de la SEFIN remitió el calendario presupuestal
definitivo autorizado. En la revisión del mismo, se verificó que no se establecieron los recursos
para el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
206
VOLUMEN 8/17
Al respecto, mediante oficio núm. DFR/1737/2013 del 6 de noviembre de 2013, la Directora
de Recursos Financieros de la DGA informó lo siguiente:
“Esta Unidad Responsable del Gasto en el ejercicio 2012, atendiendo la solicitud de la
Secretaría de Finanzas, identificó los recursos presupuestales asignados al Presupuesto
Participativo en el primer proyecto de inversión de ese año, siendo el proyecto de inversión
él o.2d13.2001, no obstante en la solicitud del calendario en el sistema SAP-GRP la clave
presupuestal que identificaba dicho proyecto de inversión se solicitó con DG 00. Por lo
anterior, el calendario presupuestal definitivo para este ejercicio fiscal 2012 fue entregado
y aprobado por parte de la Secretaría de Finanzas con DG 00.”
Por lo anterior, se constató que la Delegación Tláhuac contó con la aprobación de la
Subsecretaría de Egresos de la SEFIN de los recursos para el presupuesto participativo,
conforme al monto establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito
Federal para el Ejercicio Fiscal 2012.
8. Resultado
Gasto Modificado
Con objeto de verificar que el presupuesto ejercido coincidiera con el reportado por
la Delegación para la integración de la Cuenta Pública del Distrito Federal de 2012 y que
el presupuesto modificado de las partidas se encontrara soportado con las afectaciones
programático-presupuestarias autorizadas, se analizaron las afectaciones y movimientos
que modificaron el presupuesto original del rubro sujeto a revisión. Asimismo, se constató
que dichas afectaciones se encontraran debidamente registradas y justificadas.
De los 29,670.7 miles de pesos que se le asignaron originalmente, la Delegación Tláhuac
ejerció 29,549.9 miles de pesos, que representaron una disminución de 120.8 miles de
pesos (0.4%). En razón de que en el calendario presupuestal no se etiquetaron los recursos
para el destino de gasto 65, la Delegación Tláhuac realizó 14 afectaciones programático-
presupuestales: 3 con efecto cero y 11 para readecuar los recursos asignados al presupuesto
participativo. Los movimientos se resumen enseguida:
207
VOLUMEN 8/17
(Miles de pesos)
Concepto
Parcial Total
Presupuesto asignado
0.0
Ampliaciones
Compensadas 7,242.3
Total de ampliaciones 7,242.3
Adiciones
Compensadas 22,418.7
Total de adiciones 22,418.7
Reducciones
Líquidas (111.1) (111.1)
Presupuesto modificado
29,549.9
Presupuesto ejercido
29,549.9
Diferencia
0.0
Derivado de la revisión y análisis de las afectaciones programático-presupuestarias
y de la información presupuestaria, se determinó que la variación entre el presupuesto ejercido
con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” y el presupuesto original se debió
principalmente a economías.
Asimismo, se constató que el presupuesto original que la Delegación Tláhuac reportó para
la integración de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012, coincide con
el que le fue comunicado por la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, mediante el oficio
núm. SFDF/SE/988/2012 del 30 de enero de 2012; que los presupuestos modificado
y ejercido integrados por la CMHALDF corresponden a los consignados en la Cuenta
Pública referida; y que el sujeto fiscalizado contó con los recursos asignados al destino
de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, antes de establecer compromisos como resultado de
la Consulta Ciudadana de 2012.
De la revisión de las afectaciones programático-presupuestarias del destino de gasto 65
“Presupuesto Participativo” del ejercicio 2012, se comprobó que éstas fueron elaboradas,
soportadas documentalmente y autorizadas por la SEFIN mediante el Sistema de Planeación
de Recursos Gubernamentales, de conformidad con lo establecido en el apartado IV.3.3
“Adecuaciones Programático-Presupuestarias”, numeral 3, del Manual de Normas y
Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal;
y los artículos 76, fracción III; 77 y 78, capítulo III “De las Adecuaciones Presupuestarias”,
208
VOLUMEN 8/17
título tercero “Del Ejercicio del Gasto Público”, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal vigentes en 2012. Por tanto, del presente resultado no se desprende
observación alguna.
9. Resultado
Gasto Comprometido
En 2012, la Delegación Tláhuac ejerció recursos por un importe de 29,549.9 miles de
pesos, identificados con el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, en los capítulos
5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” por un importe de 820.0 miles de pesos (2.8%)
y 6000 “Inversión Pública” por 28,729.9 miles de pesos (97.2%).
Del importe, 17,045.0 miles de pesos (57.7%) fueron aplicados a la partida 6291 “Trabajos
de Acabados en Edificaciones y Otros Trabajos Especializados”; de esos recursos,
10,573.3 miles de pesos (35.8%) fueron para realizar los trabajos de “Rehabilitación de
espacios públicos dentro del perímetro delegacional” en 28 colonias, los cuales formaron la
muestra de auditoría, correspondientes al contrato núm. DGODU/AD/06/OB-019-12 formalizado
el 28 de septiembre de 2012 y con un plazo de ejecución del 1o. de octubre al 29 de diciembre
de 2012 y su convenio modificatorio de importe núm. DGODU/AD/06/OB-019-12-CONV-01,
formalizado el 31 de octubre de 2012.
A fin de constatar que el sujeto fiscalizado se hubiese ajustado a la normatividad aplicable, se
revisó el procedimiento de adjudicación directa, que derivó en el contrato y convenio
modificatorio de importe mencionados en el párrafo anterior, verificando que se haya dado
cumplimiento a las cláusulas del contrato y convenio modificatorio respectivos, observándose
lo siguiente:
1. Con el oficio núm. SFDF/SE/988/2012 del 30 de enero de 2012, la Subsecretaría de
Egresos de la SEFIN comunicó a la Delegación Tláhuac la autorización presupuestal;
y en la tercera sesión extraordinaria del Subcomité de Obras de la Delegación
Tláhuac del 4 de julio de 2012, presentó el caso 21 referente a la “Rehabilitación de
espacios públicos, dentro del perímetro delegacional”, solicitando que dicha obra se ejecute
con un contrato de obra pública, mediante el procedimiento de licitación pública.
209
VOLUMEN 8/17
Asimismo, se indicó que la DGPC en coordinación con la DGODU por conducto de su
Dirección de Proyectos, realizaran juntas de trabajo con cada Comité Vecinal y se
acordaran los alcances que se le daría a la inversión, aplicando el recurso a 28 colonias
o pueblos, como se describe a continuación:
Clave Colonia o pueblo Proyecto prioritario
11-001 Agrícola Metropolitana Adquisición de inmuebles o rehabilitación para fines públicos
11-004 Del Mar Sur Rehabilitación y mantenimiento de espacios públicos
11-008 Emiliano Zapata 1ª sección Escalinatas
11-011 Granjas Cabrera Rehabilitación y mantenimiento de espacios públicos
11-012 Jaime Torres Bodet Retirar el banco de piedra que se encuentra en Av. Tecnológica y 3ra cerrada de tecnológica
11-014 La Draga Rehabilitación de jardineras y camellones
11-017 La Joyita Construcción de un laboratorio clínico en el centro de salud ubicado en Rafael Oropeza
11-018 La Mesa Construcción de 2 sanitarios en cancha de usos múltiples ubicada en calle 1 no. 42
11-022 López Portillo Barda tubular y juegos gimnasio
11-024 Los Olivos Los Olivos más seguro
11-034 San Juan Ixtayopan (Pblo) Equipamiento e infraestructura al Deportivo Ventera Medina Tapia de San Juan Ixtayopan
11-041 Santa Cecilia Construcción de un módulo de seguridad pública y un gimnasio al aire libre, ambos en el parque de la colonia, con postes de luz, para su buena iluminación
11-045 Selene 2da secc. Rescate de camellón con aparatos de ejercicio y áreas recreativas (camellón Estanislao Ramírez Ruiz y monte de las cordilleras)
11-047 Teozoma Construcción de canal de desagüe y rejilla de captación de aguas pluviales (enfrente del área de juegos en la calle Durazno)
11-050 Tierra Blanca Seguimiento en predio Cuachilco (avenida barranca s/n, esquina calle Sauce)
11-052 Villa Centroamericana (UH) Barda perimetral
11-053 Villas de los trabajadores (GDF) (UH)
Cancha multifuncional
11-055 Unidades Habitac. de Santa Ana Poniente
Rehabilitación de espacio público
11-026 Miguel Hidalgo Ote. Instalación de juegos infantiles
11-003 Del Mar Norte Instalación de juegos infantiles
11-021 Las Arboledas Instalación de juegos infantiles y gimnasio al aire libre
11-036 San Miguel Zapotitla Instalación de juegos infantiles
11-035 San miguel (Ampl) Instalación de juegos infantiles y gimnasio al aire libre
11-039 Santa Catarina (Ampl) Instalación de juegos infantiles y gimnasio al aire libre
11-040 Santa Catarina Yecahuizotl (Pblo) Instalación de gimnasio al aire libre
11-019 La Nopalera Instalación de juegos infantiles
11-051 Tierra y Libertad Instalación de gimnasio al aire libre
11-038 San Pedro Tláhuac Construcción de biblioteca para recurso de aprendizaje y hábito de lectura.
210
VOLUMEN 8/17
2. Con los oficios núms. ASC/166/12/TLH/13-01 y ASC/166/12/TLH/13-02 del 11 de septiembre
y 2 de octubre ambos de 2013, respectivamente, la CMHALDF solicitó el expediente
de adjudicación directa relativo al contrato núm. DGODU/AD/06/OB-019-12 con su
respectiva documentación soporte.
Con el oficio núm. DGA/1491/2013 del 19 de septiembre de 2012, el Director General
de Administración remitió el oficio núm. DRF/1447/2013 del 17 de septiembre de 2013,
con el que la Directora de Recursos Financieros de la DGA solicitó al Director General
de Obras y Desarrollo Urbano el expediente de la adjudicación directa relativa al contrato
núm. DGODU/AD/06/OB-019-12 celebrado con la empresa Constructora Jimtre, S.A. de C.V.
Asimismo, con el oficio núm. DGA/1695/2013 del 25 de octubre de 2013, el Director
General de Administración, remitió los siguientes oficios:
a) Oficio núm. DGODU/2552/2013 del 23 de octubre de 2013, con el que el Director
General de Obras y Desarrollo Urbano informó al Director General de Administración
que en respuesta al oficio núm. DRF/1447/2013 del 17 de septiembre de 2013,
dicho expediente le fue entregado a la contraloría interna el 15 de julio de ese mismo
año para llevar a cabo los trabajos de la auditoría 05F/13 con clave 234 denominada
“Obras Públicas por Contrato”.
b) Oficio núm. DGODU/2553/2013 del 23 de octubre de 2013, con el que el Director
General de Obras y Desarrollo Urbano entregó al Director General de Administración
el oficio de invitación núm. DGODU/2407/2012, catálogo de conceptos con importes
parciales y totales, y el programa de obra y especificaciones técnicas.
Además con el oficio núm. DGA/1708/2013 del 29 de octubre de 2013, el Director General
de Administración proporcionó el “dictamen de justificación para la adjudicación directa de
los trabajos referentes a la rehabilitación de espacios públicos, dentro del perímetro
delegacional” y las fotocopias de la bitácora de obra.
Finalmente, con el oficio núm. DGODU/2717/2013 del 12 de noviembre de 2013, la
Delegación Tláhuac remitió la documentación relativa al expediente de adjudicación
del contrato núm. DGODU/AD/06/OB-019-12.
211
VOLUMEN 8/17
Con el oficio núm. DGODU/2407/2012 del 26 de septiembre de 2012, el Director General
de Obras y Desarrollo Urbano invitó a participar a la empresa Constructora Jimtre,
S.A. de C.V., en la ejecución de la obra relativa a “rehabilitación de espacios públicos,
dentro del perímetro delegacional”.
3. En el “Dictamen de Justificación para la Adjudicación Directa de los Trabajos referentes
a: Rehabilitación de Espacios Públicos, dentro del Perímetro Delegacional” del 27 de
septiembre de 2012, proporcionado por la DGODU de la Delegación Tláhuac, se procedió
a declarar desierto el concurso de la licitación pública núm. 30001121-001-12;
en consecuencia indicó que “la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano en
uso de las atribuciones que le han sido conferidas en el Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito Federal […] dictamina procedente la contratación
de los trabajos referentes a Rehabilitación de espacios públicos dentro del perímetro
delegacional con la empresa Constructora Jimtre, S.A. de C.V., por un monto de
$9,954,496.76”. Como evidencia documental que justifique el supuesto legal de la
licitación pública declarada desierta, proporcionaron:
a) “Acta declarada desierta” del 26 de julio de 2012, correspondiente al concurso por
licitación pública nacional núm. 30001121-001-12 relativo a la rehabilitación de espacios
públicos, dentro del perímetro delegacional, en la cual indicó “… en cumplimiento
a lo dispuesto en el artículo 24 inciso ‘A’ y 26 párrafo segundo de la Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal y de conformidad con la licitación pública nacional
30001121-001-12 […] procediendo a declararse desierto el concurso por licitación
pública nacional 30001121-001-12, fundamentado en las bases del mismo concurso
que a la letra dice: “Tercera.- Visita al sitio de los trabajos. ‘Será obligatorio para los
licitantes visitar el sitio donde se realizarán los trabajos por personal calificado, en la
fecha, hora y lugar que señale la Delegación para que consideren la información…”,
firmando al calce el JUD de Concursos de la DGODU, el Contralor Interno y dos
representantes de la DGSU y de la Dirección de Proyectos, respectivamente.
b) Oficio núm. DGODU/1828/2012 del 16 de julio de 2012, con el que el Director General
de Obras y Desarrollo Urbano solicitó a la Directora General Jurídica y de Estudios
Legislativos la publicación de la convocatoria núm. 001-12 de la Administración
Pública en Tláhuac.
212
VOLUMEN 8/17
c) Convocatoria 001-12 de la licitación pública nacional con el núm. de procedimiento
30001121-001-12, correspondiente a los trabajos consistentes en rehabilitación
de espacios públicos, dentro del perímetro delegacional.
4. En el contrato núm. DGODU/AD/06/OB-019-12 celebrado el 28 de septiembre de 2012
con la empresa Constructora Jimtre, S.A. de C.V., cláusula primera.- Objeto del contrato:
“Rehabilitación de espacios públicos, dentro del perímetro delegacional”; y en los
documentos catálogo de conceptos, programa de ejecución de trabajos y especificaciones
de proyecto que forman parte del contrato, no se indica de manera específica el
número de colonias o pueblos en donde se aplicará el recurso.
Por lo anterior, el sujeto fiscalizado incumplió con lo dispuesto en el artículo 46, fracción X,
inciso a) de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2012, que señala:
“Artículo 46.- Los contratos de obra pública contendrán como mínimo, las declaraciones
y cláusulas referentes a: […] X.- La descripción pormenorizada de los trabajos que se
deban ejecutar, debiendo acompañar, como parte integrante del contrato: a) En el caso de
obra, los proyectos, planos, especificaciones, programas y presupuestos correspondientes”.
5. El 31 de octubre de 2012, se formalizó el convenio modificatorio de importe
núm. DGODU/AD/06/OB-019-12-CONV-01, el objeto del convenio fue “ampliar el monto
del contrato DGODU/AD/06/OB-019-12, adjudicado a la empresa Jimtre, S.A. de C.V.
para los trabajos de rehabilitación de espacios públicos, dentro del perímetro delegacional”,
con un importe de 624.6 miles de pesos, en cumplimiento del artículo 56 de la Ley de
Obras Públicas del Distrito Federal; además, proporcionaron la documental que justificó la
realización del convenio modificatorio de conformidad con la Ley de Obras Públicas
del Distrito Federal, consistente en:
a) “Acta circunstanciada” del 31 de octubre de 2012, en la que se acordó lo siguiente:
“Es procedente la ejecución de volúmenes excedentes y conceptos extraordinarios
[…] considerando que esto representará cambios en las volumetrías y un incremento
en el monto contratado”; firmando al calce el Director de Proyectos, el JUD
de Proyectos y Presupuestos, el Director de Obras y Mantenimiento, la JUD de
Supervisión Técnica y, por parte del contratista, el Administrador Único.
213
VOLUMEN 8/17
b) “Dictamen Técnico” del 31 de octubre de 2012, en el que se dictaminó lo siguiente:
“Es procedente la ejecución de volúmenes excedentes y conceptos extraordinarios,
considerando que esto representará cambios en las volumetrías y un incremento al
monto originalmente contratado por la cantidad de $624,591.00 […] monto que
incluye el IVA”. El dictamen fue firmado al calce por el Director de Proyectos, el JUD
de Proyectos y Presupuestos, el Director de Obras y Mantenimiento, la JUD de
Supervisión Técnica y, por parte del contratista, el Administrador Único.
c) Reprogramación de actividades. Formato de la delegación denominado “Programa
de Obra”, sin fecha, en el que se indica una cantidad total de 10,579.1 miles de pesos.
6. En la verificación del cumplimiento de la cláusula octava, “Garantías”, del contrato
núm. DGODU/AD/06/OB-019-12, se observó lo siguiente:
El contratista Constructora Jimtre, S.A. de C.V., presentó en tiempo y forma las pólizas de
fianza para garantizar el cumplimiento del contrato y de convenio, como a continuación
se describen:
(Miles de pesos)
Póliza Número Fecha Emisor Importe
Fianza de cumplimiento 1563961 28/IX/12 Afianzadora Sofimex, S.A. 995.4
Cumplimiento de convenio 1563961 (de aumento)
31/X/I2 Afianzadora Sofimex, S.A. 62.5
La Delegación Tláhuac exhibió las pólizas de fianza de responsabilidad civil y de vicios
ocultos, determinando lo siguiente:
La cláusula segunda del contrato núm. DGODU/AD/06/OB-019-12, señala: “El monto total
del presente contrato es de $8,581,462.72 […] más la cantidad de $1,373,034.04 […]
que corresponde al Impuesto al Valor Agregado, dando un total de $9,954,496.76…”.
Asimismo el párrafo quinto de la cláusula octava del contrato en mención, señala:
“El Contratista deberá entregar en un plazo no mayor a 5 días hábiles siguientes a la
fecha de la firma del contrato, la póliza de responsabilidad civil por daños y perjuicios
que se pudieran ocasionar a ‘la Delegación’ o a terceros, por el 10% del monto total
del contrato…”.
214
VOLUMEN 8/17
Del análisis a la póliza de responsabilidad civil, se observó que el contratista tenía que
presentarla por un importe de 995.4 miles de pesos y la que presentó fue por un importe
de 965.5 miles de pesos expedida por Seguros Banorte-Generali, S.A. de C.V., el 3 de
octubre de 2012, determinándose una diferencia de 29.9 miles de pesos. Por lo anterior,
la Delegación no observó lo dispuesto en la cláusula octava señalada en el párrafo anterior
y el artículo 47 último párrafo de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, que señala:
“Artículo 47. […] Los contratistas están obligados a presentar la póliza y el contrato de
seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la fecha de la firma del contrato, por el monto que se establezca en las bases
correspondientes.”
Además, para la fianza de vicios ocultos presentó la fianza de cumplimiento núm. 1563961,
en la que en el inciso d) señala “que en caso de que el fiado no realice la sustitución
de esta fianza por la de vicios ocultos, acepta que esta fianza se prorrogue hasta por un
año posterior a la fecha de vigencia del contrato y convenios, para responder por defectos
que resultaren de la ejecución de los trabajos, de los vicios ocultos y de cualquier otra
responsabilidad..”.
7. Se comprobó que el contratista no se encontraba en los listados de proveedores
y contratistas sancionados que publican en sus páginas web, la SFP y la CGDF. Lo anterior,
de conformidad con el artículo 37, fracción XI BIS, de la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal vigente en 2012.
En la reunión de confronta celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de
Administración y representante de la Delegación Tláhuac no proporcionó información
o documentación alguna que modifique la presente observación del numeral 5 del presente
resultado, por lo que ésta prevalece. Con relación al numeral 7, se modifica parcialmente
la observación.
Recomendación ASC-166-12-04-TLH
Es necesario que la Delegación Tláhuac elabore los contratos de obra con la descripción
pormenorizada de los trabajos que se deban ejecutar, así como la ubicación de éstos, de
conformidad con la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y su Reglamento.
215
VOLUMEN 8/17
Recomendación ASC-166-12-05-TLH
Es necesario que la Delegación Tláhuac garantice que las pólizas de responsabilidad civil,
correspondientes a los contratos de obra se presente en tiempo y forma, conforme a la
normatividad aplicable.
10. Resultado
Gasto Devengado
En las CLC se desglosan las estimaciones autorizadas del contrato
núm. DGODU/AD/06/OB-019-12 del 28 de septiembre de 2012 y su convenio
modificatorio de importe del 31 de octubre de 2012, por un monto de 10,573.3 miles de
pesos, para el ejercicio fiscal 2012. Asimismo, con el oficio núm. DGODU/2717/2013 del
12 de noviembre de 2013, el órgano político-administrativo presentó copia simple de las
hojas de seguimiento correspondientes, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
CLC Estimaciones
Importe Número Fecha
Número Período
Oficio de entrega de la contratista a la residencia de las obras
Inicio Término
Fecha límite de entrega
Fecha real de entrega
Desfase en días
10008938 12/Xll/12 1 1/X/12 31/X/12 6/Xl/12 5/Xl/12 11 647.8
10009936 19/Xll/12 2 1/Xl/12 15/Xl/12 22/Xl/12 14/Xll/12 18 5,416.1
10009942 19/Xll/12 3 1/Xl/12 15/Xl/12 22/Xl/12 14/Xll/12 18 95.7
10009946 19/Xll/12 4 16/Xl/12 15/Xll/12 20/Xll/12 17/Xll/12
2,749.5
10015642 31/Xll/12 5 16/Xll/12 26/Xll/12 2/l/13 28/Xll/12 13 1,045.4
10015668 31/Xll/12 6 16/Xll/12 26/Xll/12 2/l/13 21/l/13 13 564.8
10015869 31/Xll/12 7 16/Xll/12 26/Xll/12 2/l/13 11/lV/13 54.0
10,573.3
1. La estimación núm. 4 (con un período del 16 de noviembre al 26 de diciembre de 2012)
no se elaboró en el período quincenal establecido en la cláusula séptima del contrato
núm. DGODU/AD/06/OB-019-12. La estimación núm. 7 abarco un período de 11 días
naturales (del 16 al 26 de diciembre de 2012) y no los períodos quincenales y a las fechas
de corte establecidos en la cláusula séptima del contrato (los días 15 y 30 de cada mes).
216
VOLUMEN 8/17
Sin embargo en contravención con lo estipulado en las cláusulas séptima y décimo sexta
del contrato, la Delegación Tláhuac en su perjuicio no calculó ni cobró las sanciones de
las estimaciones, que se detallan a continuación:
(Miles de pesos)
Estimación Cálculo de la penalización*
Número Período Importe Porcentaje de la sanción
Importe de la sanción
Del Al (fecha
de corte)
Días del período
4 16/Xl/12 15/Xll/12 30 2,749.5 2.0 55.0
7 16/Xll/12 26/Xll/12 11 54.0 2.0 1.1
Total 56.1
Cálculo determinado por la CMHALDF
Por no aplicar las sanciones por la elaboración y presentación de las estimaciones en
períodos y fechas de corte distinto a los establecidos en el contrato, la Delegación Tláhuac
incumplió con lo dispuesto en las cláusulas séptima “Forma de Pago” y décima sexta
“Penas Convencionales”, del contrato en revisión, que señalan lo siguiente:
“Cláusula séptima.- Las partes convienen que los trabajos objeto del presente contrato,
se paguen mediante la formulación de estimaciones que abarcarán los conceptos
de trabajo terminados en períodos quincenales […], las que serán presentadas por el
contratista a la residencia de supervisión dentro de los cuatro días hábiles siguientes
a la fecha de corte qué será los días 15 y 30 de cada mes […]
”El contratista deberá presentar por primera vez cada estimación respetando las
fechas de corte fijadas anteriormente, de no hacerlo se le aplicarán las penas que se
establecen en la cláusula décima sexta.”
“Cláusula décimo sexta.- […] Para el caso de incumplimiento por causas imputables a
el contratista en la presentación de estimaciones en la fecha fijada de corte y pactada
en la cláusula séptima del presente contrato, la pena que se aplicará a éste será del
2%, calculado sobre el importe bruto de la estimación presentada.”
217
VOLUMEN 8/17
2. De la revisión y análisis a las hojas de seguimiento correspondientes a las estimaciones
núms. 1, 2, 3, 5 y 6, se observó que éstas se presentaron a la residencia de la obra en
forma extemporánea.
Al respecto, con el oficio núm. SAO/018/2013 del 6 de septiembre de 2013, el Subdirector
de Administración de Obras informó a la Directora de Recursos Financieros de la DGA lo
siguiente: “Sobre las sanciones aplicadas a contratistas por incumplimiento a contratos
con destino de gasto 65, durante el ejercicio 2012 no fue necesaria su aplicación”.
En contravención de lo estipulado en las cláusulas séptima y décimo sexta del contrato,
así como del artículo 59 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal
vigente en 2012, la Delegación Tláhuac no calculó y cobró en su perjuicio las sanciones
de las estimaciones, que se detallan a continuación:
(Miles de pesos)
Estimación Cálculo de la penalización*
Número Período Importe Fecha límite
de entrega
Fecha de entrega
a la residencia
de supervisión
interna
Días de desfase
Porcentaje de la
sanción
Importe de la
sanción Del Al
(Fecha de corte)
1 1/X/12 31/X/12 647.8 6/Xl/12 22/Xl/12 11 2.0 13.0
2 1/Xl/12 15/Xl/12 5,416.1 22/Xl/12 17/Xll/12 18 2.0 108.3
3 1/Xl/12 15/Xl/12 95.7 22/Xl/12 17/Xll/12 18 2.0 1.9
5 16/Xll/12 26/Xll/12 1,045.4 2/l/13 21/l/13
13 2.0 20.9
6 16/Xll/12 26/Xll/12 564.8 2/l/13 21/l/13
13 2.0 11.3
Total 155.4
* Cálculo determinado por la CMHALDF.
Por no aplicar la sanción por la entrega extemporánea de las estimaciones 1, 2, 3, 5 y 6
a la residencia de obra, la Delegación Tláhuac incumplió lo dispuesto en las cláusulas
sexta, “Forma de Pago” y décima sexta, “Penas Convencionales”, del contrato en revisión.
Las disposiciones incumplidas señalan lo siguiente:
“Artículo 59. Las estimaciones se deberán formular con una periodicidad no mayor de
un mes y comprenderán los trabajos realizados en el período hasta la fecha de corte.
218
VOLUMEN 8/17
“I. El contratista deberá entregar a la residencia de supervisión sea externa o interna,
la estimación acompañada de la documentación de soporte correspondiente dentro de
los cuatro días hábiles siguientes a la fecha de corte; dicha residencia de supervisión
dentro de los cinco días hábiles siguientes deberá revisar, y en su caso, aprobar la
estimación, y […]
”El contratista deberá presentar las estimaciones respetando las fechas de corte fijadas
en el contrato, de no hacerlo se le aplicarán las penas que se establezcan en el contrato.”
Del análisis de los 2 numerales anteriores, la CMHALDF realizó el cálculo de las sanciones
no aplicadas por concepto de presentación de estimaciones en períodos y fechas de
corte distinto a los establecidos en el contrato (56.1 miles de pesos) y por la entrega
extemporánea de las estimaciones (155.4 miles de pesos), resultando una estimación
total de 211.5 miles de pesos, en perjuicio al erario del Gobierno del Distrito Federal.
3. En la verificación del cumplimiento de la cláusula décimo segunda “Recepción de los
Trabajos”, del contrato, se observó que:
a) La Delegación Tláhuac no exhibió la documentación original siguiente:
● Oficio del contratista notificando la terminación de los trabajos.
● Minuta de inspección física de los trabajos terminados.
● Acta de entrega-recepción de los trabajos.
b) En cuanto a la verificación de los trabajos, la Delegación Tláhuac proporcionó
30 “Actas de constatación”; de las cuales, 24 actas se realizaron el 29 de
diciembre de 2012; en 3 existieron detalles a corregir, correspondientes a igual
número de comités (Agrícola Metropolitana, Selene Segunda Sección y la Mesa),
por lo cual se originaron 2 actas en cada uno de esos comités (una con detalles
a corregir y la otra ya corregida); finalmente se firmó el cierre de las mismas
el 4, 29 y 30 de enero de 2013, respectivamente. Por lo anterior, las 30 “Actas de
constatación” correspondieron a 27 comités.
219
VOLUMEN 8/17
En la información proporcionada no se localizó el “Acta de constatación” del
Comité San Juan Ixtayopan, el cual estuvo contemplado en los trabajos de obra
pública del contrato núm. DGODU/AD/06/OB-019-12.
c) “Acta entrega recepción” del 29 de noviembre de 2013, en el que indicó que “se
formuló la presente acta para hacer constar la terminación y entrega recepción de
los trabajos de rehabilitación de espacios públicos”, firmando al calce el Director
General de Obras y Desarrollo Urbano, Director Técnico y de Planeación,
representante de la Subdirección de Proyectos, Director de Obras y Mantenimiento,
el Administrador Único de la Contratista y la Supervisión Interna.
Derivado de lo anterior, se observó que existe un desfase en la entrega-recepción de los
trabajos de 202 días hábiles, por lo que la Delegación no cumplió con los artículos 57, párrafo
segundo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y 64, inciso a), de su Reglamento,
así como con la cláusula décimo segunda del contrato, los cuales establecieron lo siguiente:
“Artículo 57.- […] Una vez que se haya constatado la terminación de los trabajos en los
términos del párrafo anterior, la dependencia, órgano desconcentrado, delegación o entidad,
procederá a su recepción dentro del plazo que para tal efecto se haya establecido en el
propio contrato. Al concluir dicho plazo, sin que la dependencia, órgano desconcentrado,
delegación o entidad, haya recibido los trabajos, éstos se tendrán por recibido.”
“Artículo 64.- […] a) Por contrato ya sea con base en precios unitarios, a precio alzado o por
administración, dentro de los términos y plazos establecidos para tal efecto en el contrato;
debe instrumentar acta de recepción en la que conste este hecho…Décimo segunda.-
Recepción de los trabajos […] el acto de recepción de los trabajos se llevará a efecto a los
10 días hábiles en que el contratista haya concluido la corrección de los detalles, fecha
en que se realizará el acto de entrega-recepción.”
En la revisión de la Cuenta Pública del Distrito Federal de 2011, el Informe de Auditoría
con clave ASC/155/11, practicada a la Delegación Tláhuac, resultado núm. 5, recomendación
núm. ASC-155-11-05-TLH, considera el mecanismo para garantizar que se elabore
oportunamente el acta de entrega-recepción de los trabajos conforme lo estable la Ley de
220
VOLUMEN 8/17
Obras Públicas del Distrito Federal, misma que ya fue atendida y notificada al sujeto
fiscalizado mediante el oficio núm. CMH/13/1144 del 15 de noviembre de 2013. Por ello,
no se formula una nueva recomendación en el mismo sentido.
De acuerdo con la verificación física efectuada el 12 de noviembre de 2013 por personal
de la CMHALDF y de la Delegación Tláhuac, se constató que las obras corresponden a
los proyectos ganadores que se indican en las constancias de validación emitidas como
resultado de la Consulta Ciudadana celebrada el 13 de noviembre de 2011.
En la reunión de confronta celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de
Administración y representante de la Delegación Tláhuac proporcionó la siguiente información:
Referente al numeral dos, presentó dos hojas de seguimiento, que manifiestan ser originales,
correspondientes a las estimaciones números 1 y 5 del contrato DGODU/AD/06/OB-019-12,
las cuales no corresponden a las hojas de seguimiento proporcionadas en el transcurso
de la auditoría.
En relación al numeral 3 inciso a), proporcionó la siguiente documentación; oficio sin
número del 30 de enero de 2013, en el cual, el contratista comunicó al Director de Obras
y Mantenimiento que “con esta fecha se dan por terminados los trabajos”.
Por lo anterior, la Delegación no cumplió con la cláusula décimo segunda, párrafo segundo
del contrato, que señala: “El aviso de terminación de los trabajos por parte de los contratistas
debe hacerse dentro de los diez días hábiles anteriores a la fecha de terminación de los
mismos…”.
Recomendación ASC-166-12-06-TLH
Es necesario que la Delegación Tláhuac garantice el cumplimiento de las cláusulas de los
contratos de obra, correspondientes a los períodos, fechas de corte y entrega de las
estimaciones y, en su caso, que se apliquen las sanciones correspondientes, conforme
a la normatividad aplicable.
221
VOLUMEN 8/17
11. Resultado
Gasto Registrado y Ejercido
1. Con el propósito de verificar que los pagos realizados por la Delegación Tláhuac con cargo
al capítulo 6000 “Inversión Pública”, partida 6291 “Trabajos de Acabados en Edificaciones
y Otros Trabajos Especializados”, contrato núm. DGODU/AD/06/OB-019-12 y su convenio
modificatorio núm. DGODU/AD/06/OB-019-12-CONV-01, se hayan sujetado a las
condiciones pactadas y que estuvieran respaldados con la documentación justificativa
y comprobatoria de la obras; y que el registro presupuestal se hubiese sujetado a la
normatividad aplicable, se analizó la documentación soporte de la muestra, contenida
en las siete CLC que se relacionan a continuación:
(Miles de pesos)
CLC Factura Importe
Número Fecha Número Fecha
02 CD 13 10008938 12/Xll/12 21 19/Xll/12 647.8
02 CD 13 10009936 19/Xll/12 22 19/Xll/12 5,416.1
02 CD 13 10009942 19/Xll/12 23 19/Xll/12 95.7
02 CD 13 10009946 19/Xll/12 24 19/Xll/12 2,749.5
02 CD 13 10015642 31/XII/12 42 30/l/13 1,045.4
02 CD 13 10015668 31/XII/12 31 18/l/13 564.8
02 CD 13 10015869 31/XII/12 43 30/l/13 54.0
Total 10,573.3
En cuanto a la documentación que soporta los pagos realizados, se revisó el soporte
documental de las siete CLC, correspondientes a igual número de estimaciones,
consistente en carátula de estimación, oficio de entrega de las estimaciones del Director
General de Obras y Desarrollo Urbano al Director General de Administración para su
trámite correspondiente, factura, hoja resumen y control acumulativo. Asimismo, se observó
lo siguiente:
a) Las siete CLC se elaboraron y autorizaron por los servidores públicos inscritos en
la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos Facultados para
Elaborar y Autorizar las CLC, Documentos Múltiples y Afectaciones Programático
Presupuestarias en 2012.
222
VOLUMEN 8/17
b) El presupuesto ejercido mediante las siete CLC se soportó con la documentación
comprobatoria respectiva, de acuerdo con el artículo 69, fracción III, de la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012.
c) Las siete CLC se debieron registrar presupuestalmente en el concepto 6100
“Obra Pública en Bienes de Dominio Público”, en la partida 6191 “Trabajos de
Acabados en Edificaciones y Otros Trabajos Especializados”, y no como se
registró originalmente en el concepto 6200 “Obra Pública en Bienes Propios”, en
la partida 6291 “Trabajos de Acabados en Edificaciones y Otros Trabajos
Especializados”; en razón de que dichos recursos se destinaron a cubrir el pago de
rehabilitación de espacios públicos en bienes de dominio público, conforme al
Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2012.
Por no registrar en la partida presupuestal correspondiente los trabajos de
“Rehabilitación de espacios públicos, dentro del perímetro delegacional”, la Delegación
Tláhuac incumplió con el artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal vigente en 2012, que establece: “Los titulares de las Unidades
Responsables del Gasto y los servidores públicos encargados de su administración,
serán los responsables […] de llevar el registro de sus operaciones conforme a
las disposiciones aplicables en la materia, con sujeción a los capítulos, conceptos
y partidas del Clasificador por Objeto del Gasto que expida la Secretaría”.
2. El monto ejercido de 10,573.3 miles de pesos, IVA incluido, no correspondió a lo indicado
en el contrato núm. DGODU/AD/06/OB-019-12 del 28 de septiembre de 2012,
por un importe de 9,954.5 miles de pesos y a su convenio modificatorio de importe
núm. DGODU/AD/06/OB-019-12-CONV-01, formalizado el 31 de octubre de 2012,
por 624.6 miles de pesos.
Al respecto, con el oficio núm. ASC/166/12/TLH/13-06 del 8 de noviembre de 2013, se
solicitó al órgano político-administrativo nota informativa que explique la diferencia entre
el importe establecido (10,579.1 miles de pesos) en la cláusula segunda del convenio
modificatorio núm. DGODU/AD/06/OB-019-12-CONV-01 y el importe (10,573.3 miles de
pesos), determinado en el análisis de las CLC de la Cuenta Pública 2012 proporcionadas
por la SEFIN y de las estimaciones relativas al contrato y convenio mencionados
proporcionadas por la Delegación Tláhuac.
223
VOLUMEN 8/17
Con el oficio núm. DGODU/2717/2013 del 12 de noviembre de 2013, el Director General
de Obras y Desarrollo Urbano señaló lo siguiente:
“Monto de contrato con convenio $10,579,087.76
Monto estimado hasta estimación número 08 $10,573,274.19
Monto por estimar $5,813.57
”Con oficio GDF/SOBSE/DGST/CT/DIC/90/002013-262, la Dirección General de Servicios
Técnicos de la Secretaría de Obras y Servicios emite oficio relativo a la autorización
de precios unitarios, de lo cual se ha solicitado la intervención de nuestra Dirección de
Obras y Mantenimiento para que notifique a la empresa y se realicen los ajustes para
el finiquito de dicho contrato.”
Derivado de lo anterior, se observó que el contratista elaboró la estimación núm. 8 por
un importe de $20.00 y existe un monto pendiente por estimar de 5.8 miles de pesos.
En la reunión de confronta celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de
Administración y representante de la Delegación Tláhuac no proporcionó información o
documentación alguna que modifique la presente observación, por lo que ésta prevalece.
Recomendación ASC-166-12-07-TLH
Es necesario que la Delegación Tláhuac registre correctamente en la partidas presupuestales,
con sujeción a los capítulos, conceptos y partidas del Clasificador por Objeto del Gasto
que expida la Secretaría de Finanzas.
12. Resultado
Gasto Pagado
Con objeto de verificar que la Delegación Tláhuac contara con la documentación que reflejara
la cancelación total de las obligaciones contraídas mediante el contrato y su convenio
modificatorio de importe correspondientes a la muestra de auditoría, por medio del oficio
núm. ASC/13/2142 del 28 de octubre de 2013, la CMHALDF solicitó al contratista Constructora
224
VOLUMEN 8/17
Jimtre, S.A. de C.V., con quien la Delegación celebró el contrato núm. DGODU/AD/06/OB-019-12
y su convenio modificatorio núm. DGODU/AD/06/OB-019-12-CONV-01, la confirmación de
operaciones, relación de pagos, copia de las facturas emitidas, documentación que acredite
la entrega de las obras y, en su caso, el importe de penas convencionales aplicadas.
Con escrito sin número del 4 de noviembre de 2013, el contratista proporcionó fotocopia
de las facturas y de los pagos realizados por el órgano político-administrativo (las cuales
se cotejaron con las facturas originales proporcionadas por la Delegación), que soportan
las CLC correspondientes, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Estimación Factura
Número Fecha pago Número Fecha Importe (IVA incluido)
Líquido a pagar
1 31/Xll/12 21 19/Xll/12 647.8 628.2
2 31/Xll/12 22 19/Xll/12 5,416.1 5,252.7
3 31/Xll/12 23 19/Xll/12 95.7 92.8
4 31/Xll/12 24 19/Xll/12 2,749.5 2,666.6
5 13/ll/13 42 30/l/13 1,045.4 1,013.9
6 12/lll/13 31 18/l/13 564.8 547.7
7 13/ll/13 43 30/l/13 54.0 52.4
8 * 58 26/lX/13 0.0 0.0
9 * 61 31/X/13 5.8 5.6
Total 10,579.1 10,259.9
* Pendiente de pago
De acuerdo con lo anterior, están pendientes de pago 5.8 miles de pesos, cantidad que coincide
con lo señalado en el numeral 2 del resultado núm. 11.
Los pagos efectuados por la Delegación por un importe de 10,573.3 miles de pesos
(IVA incluido), fueron soportados con siete facturas, las cuales cumplieron con los requisitos
fiscales previstos en los artículos 29 y 29-A, del Código Fiscal de la Federación vigente en 2012,
y se verificó su registro en el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
De lo anterior, se verificó que el importe de las siete CLC (10,573.3 miles de pesos), objeto de
la muestra de auditoría, coincide con el importe reportado en la Cuenta Pública 2012.
225
VOLUMEN 8/17
Asimismo, coincide con la información proporcionada por el contratista, resultando
5.8 miles de pesos pendientes de pago, en relación con el importe total del contrato núm.
DGODU/AD/06/OB-019-12 y su convenio modificatorio núm. DGODU/AD/06/OB-019-12-CONV-01
(10, 579.1 miles de pesos).
13. Resultado
Informes del Compromiso y Ejecución
En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de diciembre de 2011, se publicó el Decreto
de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, que en su artículo
décimo segundo transitorio, inciso f), establece que “los Jefes Delegacionales entregarán
cuatro informes del compromiso y la ejecución de los recursos aplicados al presupuesto
participativo, por colonia y por pueblo originario, a más tardar el 30 de marzo, el 30 de junio, el
30 de septiembre y el 5 de diciembre de 2012, mismos que serán turnados al Jefe de
Gobierno del Distrito Federal, a la Contraloría General del Distrito Federal a efecto de que
evalúe su aplicación y cumplimiento, así como a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal”.
Del análisis de los informes del compromiso y la ejecución de los recursos aplicados al
presupuesto participativo, por colonia y por pueblo originario, correspondiente a los 52 Comités
Ciudadanos y Consejos de Pueblos constituidos en la Delegación Tláhuac, los informes fueron
entregados en las fechas que se señalan a continuación:
Informe Número de
oficio Dirigido a:
Fecha del oficio
Fecha de entrega
Fecha límite de cumplimiento
Observaciones
1
JDT/182/12 JGDF 29/lll/12 30/lll/12 30/III/12 JDT/184/12 CGDF 29/lll/12 NL 30/III/12
JDT/183/12 ALDF 29/lll/12 2/lV/12 30/III/12 1 día de desfase
2 NL JGDF 29/Vl/12 29/Vl/12 30/Vl/12
JD/355/12 CGDF 29/Vl/12 NL 30/Vl/12 JD/351/12 ALDF 29/Vl/12 NL 30/Vl/12
3 JD/825/12 JGDF 27/lX/12 27/lX/12 30/lX/12
NL CGDF 27/lX/12 27/lX/12 30/lX/12 JD/826/12 ALDF 27/lX/12 NL 30/lX/12
4 JD/1252/12 JGDF 3/Xll/12 04/Xll/12 05/Xll/12
JD/1253/12 CGDF 3/Xll/12 05/Xll/12 05/Xll/12 JD/1254/12 ALDF 3/Xll/12 04/Xll/12 05/Xll/12
JGDF= Jefe de Gobierno del Distrito Federal.
CGDF= Contraloría General del Distrito Federal.
ALDF= Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
NL: No es legible.
226
VOLUMEN 8/17
Por el desfase en el envío a la ALDF del primer informe del compromiso y la ejecución de
los recursos aplicados al presupuesto participativo, la Delegación Tláhuac incumplió el artículo
décimo segundo transitorio, inciso f), del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito
Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
el 30 de diciembre de 2011.
En la reunión de confronta celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de
Administración y representante de la Delegación Tláhuac no proporcionó información
o documentación alguna que modifique la presente observación, por lo que ésta prevalece.
No obstante, en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre de 2012,
no se establece que las Delegaciones tengan la obligación de presentar los informes del
compromiso y la ejecución de los recursos aplicados al presupuesto participativo, por colonia
y por pueblo originario, por lo que no se emite recomendación al respecto.
227
VOLUMEN 8/17
II.15. DELEGACIÓN TLALPAN
II.15.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS
II.15.1.1. RECURSOS FEDERALES EJERCIDOS CON CARGO AL FONDO DE APORTACIONES
PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS MUNICIPIOS Y DE LAS DEMARCACIONES
TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL (FORTAMUNDF)
Auditoría ASCprofcasf/105/12
ANTECEDENTES
En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012, se informó que el total
de las transferencias federales ejercidas por las 16 Delegaciones con cargo al Fondo de
Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales
del Distrito Federal (FORTAMUNDF) fue de 4,230,822.8 miles de pesos, de los cuales
310,970.4 miles de pesos (7.4%) correspondieron a la Delegación Tlalpan.
El total de los recursos ejercidos en 2012 por la Delegación Tlalpan fue de 1,464,577.2 miles
de pesos; de ellos, 310,970.4 miles de pesos (21.2%) provinieron de los fondos federales
que fueron transferidos mediante el FORTAMUNDF (fuente de financiamiento 405).
El monto de los recursos federales ejercidos (310,970.4 miles de pesos), fue superior en
0.6% (2,008.8 miles de pesos) en relación con la asignación original (308,961.6 miles de
pesos). Dicho incremento se debió al producto financiero que generó la cuenta bancaria
donde se concentraron los recursos del FORTAMUNDF.
A la fecha, la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal (CMHALDF) ha practicado a la Delegación Tlalpan tres auditorías financieras a los
recursos federales ejercidos con cargo al FORTAMUNDF en los ejercicios de 2008, 2009 y 2011.
OBJETIVO
El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación
Tlalpan derivado de los recursos federales ministrados por la Secretaría de Finanzas,
228
VOLUMEN 8/17
correspondientes al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de
las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUNDF), se haya registrado,
aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con
la normatividad y ordenamientos aplicables.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Mediante el oficio núm. OASF/0595/2013 del 22 de febrero de 2013, la Auditoría Superior
de la Federación (ASF) solicitó a esta CMHALDF efectuar una auditoría orientada a
revisar los recursos federales correspondientes al FORTAMUNDF, ejercidos por la Delegación
Tlalpan durante 2012.
Por tal motivo y con fundamento en el Convenio de Coordinación y Colaboración para la
Fiscalización de los Recursos Públicos Federales Transferidos para su Administración,
Ejercicio y Aplicación al Gobierno del Distrito Federal y los Órganos Político-Administrativos
de sus Demarcaciones Territoriales y, en general a cualquier Entidad, Persona Física y
Moral, Pública o Privada; que se prevén en el Presupuesto de Egresos de la Federación,
así como de los correspondientes al Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado
(PROFIS), suscrito por la ASF y la CMHALDF el 15 de febrero de 2010 y publicado en el
Diario Oficial de la Federación del 4 de marzo de 2010, la auditoría se realizará de
manera coordinada con ese órgano de fiscalización.
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, párrafo primero; 74,
fracción VI; y 122, apartado C, base primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno
del Distrito Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del
Distrito Federal; 2o., fracción X, inciso a); 3o.; 8o., fracciones I, II, III, V, VI, VIII, IX, XIII, XVI
y XIX; 27; 28; y 30 de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal; y 1o., 13 y 16 del Reglamento Interior de la Contaduría
Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
229
VOLUMEN 8/17
ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
La muestra de auditoría, en términos absolutos y relativos, se determinó como resultado
de los trabajos llevados a cabo en la fase de planeación de la auditoría.
De la misma manera, la muestra de auditoría fue resultado del estudio y evaluación del
sistema de control interno, y abarcó por lo menos 20.1% del presupuesto ejercido en el
rubro sujeto a revisión.
La auditoría se practicó en la Dirección General de Administración, y en la Coordinación
de Seguridad Ciudadana. La primera, por ser la unidad administrativa encargada de
administrar los recursos humanos, materiales y financieros del órgano político-administrativo,
de registrar sus operaciones financieras; y de conservar la documentación justificativa
y comprobatoria del gasto; y la segunda, por ser la encargada de ejecutar programas de
seguridad pública en la Delegación de acuerdo con las políticas y programas que en la
materia emita la Secretaría de Seguridad Pública.
Se analizó el Manual Administrativo de la Delegación Tlalpan vigente en el ejercicio
de 2012, para verificar que el manual de organización fuera acorde con la estructura orgánica
dictaminada y que éste y los procedimientos aplicables al rubro revisado, se hubiesen
registrado ante la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA).
Se identificaron las atribuciones de la Delegación establecidas en la Ley Orgánica y el
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; asimismo, se analizaron
la estructura orgánica y el Manual Administrativo de la Delegación Tlalpan, vigentes en 2012,
a fin de determinar las áreas, funciones y procedimientos relacionados con las erogaciones
efectuadas con cargo al FORTAMUNDF y verificar que éstos últimos hubieran sido autorizados
y registrados por la CGMA.
Se verificó que se hubieran publicado, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el monto
de los recursos del FORTAMUNDF que correspondieran a la Delegación y el calendario
de ministración de dichos recursos, en cumplimiento de la Ley de Coordinación Fiscal.
También se verificó que la Secretaría de Finanzas (SF) hubiese abierto una cuenta
bancaria específica para los recursos del FORTAMUNDF, en la cual se identifiquen los
recursos federales y sus productos financieros.
230
VOLUMEN 8/17
Se revisó que, en cumplimiento de la Ley de Coordinación Fiscal vigente en 2012,
la Delegación haya hecho del conocimiento de los habitantes de su demarcación los
montos asignados a las obras y acciones por realizar; el costo de cada una, su ubicación,
metas y beneficiarios; los resultados alcanzados; y la cobertura y suficiencia de los
medios utilizados para difundir dicha información.
Se verificó que los recursos del FORTAMUNDF se hayan orientado prioritariamente al
cumplimiento de las obligaciones financieras, al pago de derechos y aprovechamientos
por concepto de agua y a la atención de las necesidades vinculadas directamente con la
seguridad pública de los habitantes de la demarcación territorial, en cumplimiento de
la Ley de Coordinación Fiscal vigente en 2012.
Se realizaron pruebas de cumplimiento al registro y control de las operaciones relacionadas
con las partidas que integraron la muestra de auditoría. Dichas pruebas consistieron en
lo siguiente:
1. Se aplicaron cuestionarios de control interno a fin de verificar que los procedimientos
relacionados con las operaciones registradas con cargo a los recursos federales del
FORTAMUNDF se hayan difundido entre el personal encargado de su aplicación, que
éstos se hubiesen actualizado y autorizado, y que las actividades se hubieran
realizado de conformidad con dichos procedimientos.
2. Se verificó que la Delegación Tlalpan contara con las autorizaciones respecto a su
presupuesto, así como las relativas a las modificaciones correspondientes, y que
el presupuesto modificado correspondiera con el presupuesto ejercido reportado en la
Cuenta Pública de 2012.
3. Se evaluó el sistema de control interno establecido por la Delegación Tlalpan, para
verificar que el proceso de solicitud, autorización, adquisición, contratación, recepción
y abastecimiento de los bienes adquiridos, así como el pago, control y registro de los
recursos ejercidos con cargo al FORTAMUNDF se hayan sujetado a la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012, al Decreto
de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2012 y
demás normatividad aplicable.
231
VOLUMEN 8/17
4. Se comprobó que la transferencia de recursos del FORTAMUNDF a la Delegación
y el destino de éstos se hubiesen sujetado a la normatividad aplicable.
5. Se revisó que la adquisición de bienes y la contratación de servicios se haya ajustado
a los procedimientos de adjudicación (directa, invitación restringida a cuando menos
tres proveedores y licitación pública nacional o internacional) establecidos en la
normatividad aplicable.
6. Se constató que las 23 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) revisadas
presentaran al reverso la leyenda que indicara que los recursos federales procedían
del FORTAMUNDF, Ramo 33 “Aportaciones Federales para Entidades Federativas
y Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal”.
7. Se verificó que las facturas que soportan los pagos realizados con cargo al
FORTAMUNDF cumplieran los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A
del Código Fiscal de la Federación vigente en 2012.
8. Se verificó que se hubiesen formalizado contratos con proveedores de bienes y prestadores
de servicio que no se encontraran inhabilitados por la Contraloría General del Distrito
Federal o por la Secretaría de la Función Pública.
9. Se revisaron los montos de actuación de la Delegación correspondientes al ejercicio
de 2012, con objeto de verificar que los procesos de adquisición de bienes y servicios
correspondieran a los términos establecidos en el Decreto de Presupuesto de
Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2012.
10. Se examinaron el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de
Servicios autorizado para el ejercicio de 2012 y las actas de las sesiones del Comité
o Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de la
Delegación Tlalpan correspondientes a dicho ejercicio.
11. Se verificó que los procesos de adquisición de bienes y contratación de servicios,
pagados en 2012 con cargo al FORTAMUNDF se hubieran sujetado a la Ley de
Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento, vigentes en el ejercicio de 2012;
232
VOLUMEN 8/17
y se revisó que, según la modalidad de adquisición, se hubieran ajustado a los montos de
actuación autorizados en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal
para el Ejercicio Fiscal de 2012.
12. Se verificó que los bienes adquiridos se hubiesen recibido en los plazos establecidos
y que, en caso contrario, se hubieran aplicado las penas convencionales pactadas en
los contratos, de conformidad con la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su
Reglamento, vigentes en 2012.
13. Se revisó que los proveedores y prestadores de servicios hubiesen entregado
comprobantes de pago a nombre del GDF/Delegación Tlalpan y que cumplieran con
los requisitos fiscales establecidos en el Código Fiscal de la Federación.
14. Se verificó que los pagos realizados por la Delegación efectivamente hubiesen sido
por la entrega de bienes y la recepción de servicios, que hubieran cumplido las
condiciones pactadas en los contratos y bases de colaboración, y que se hubiesen
efectuado en cumplimiento de la normatividad aplicable.
15. Se verificó que se contara con la documentación justificativa y comprobatoria de las
operaciones seleccionadas, que demostrara la autorización y entrega de los recursos,
de acuerdo con lo establecido en la normatividad aplicable.
16. Se verificó que los pagos seleccionados como muestra con cargo a los recursos
federales provenientes del FORTAMUNDF se hubiesen registrado conforme a su
naturaleza, de acuerdo con la partida presupuestal establecida en el Clasificador por
Objeto del Gasto del Gobierno del Distrito Federal vigente.
Las pruebas sustantivas consistieron en lo siguiente:
1. Verificar que el presupuesto aprobado al órgano político-administrativo correspondiera
con el establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para
el Ejercicio Fiscal de 2012 y que el ejercido correspondiera a las operaciones
realizadas y al monto reportado en la Cuenta Pública de 2012.
233
VOLUMEN 8/17
2. Analizar 48 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron los recursos
federales asignados provenientes del FORTAMUNDF. Se verificaron las causas por
las cuales se incrementó el presupuesto respectivo y se constató que se contara con
la documentación soporte de las modificaciones efectuadas.
3. Constatar que el presupuesto ejercido derivado de las operaciones seleccionadas
como muestra se encontrara soportado con la documentación justificativa y
comprobatoria del gasto.
4. Realizar confirmaciones de las operaciones que el ente auditado efectuó con las
empresas y prestadores de servicios, a fin de verificar los procesos de adquisición
y contratación, y de tramitación del presupuesto devengado, comprometido y pagado
por los bienes adquiridos; y efectuar el control de la cuenta bancaria en la que se
registraron los recursos federales del FORTAMUNDF.
5. Realizar inspecciones físicas con la finalidad de comprobar la aplicación de los recursos
federales ejercidos con cargo al FORTAMUNDF.
Para determinar la muestra sujeta a revisión de las erogaciones efectuadas y registradas
en la Delegación Tlalpan con recursos federales provenientes del FORTAMUNDF, se
realizó lo siguiente:
1. Se estratificó el universo (recursos federales ejercidos con cargo al FORTAMUNDF
por un importe de 310,970.4 miles de pesos) por partida. Cabe mencionar que
308,961.6 miles de pesos corresponden al presupuesto original asignado a la Delegación
y 2,008.8 miles de pesos pertenecen al producto financiero.
234
VOLUMEN 8/17
(Miles de pesos)
Partidas Presupuesto ejercido
Participación respecto
al ejercido (%)
2211 “Productos Alimenticios y Bebidas para Personas” 757.2 0.2
2411 “Mezcla Asfáltica” 13,823.0 4.4
2461 “Material Eléctrico y Electrónico” 7,511.1 2.4
2471 “Artículos Metálicos para la Construcción” 812.3 0.3
2511 “Productos Químicos Básicos” 2,630.3 0.8
2561 “Fibras Sintéticas, Hules, Plásticos y Derivados” 1,196.5 0.4
2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos” 56,778.4 18.3
2721 “Prendas de Seguridad y Protección Personal” 635.8 0.2
3112 “Servicio de Energía Eléctrica” 68,552.8 22.0
3131 “Agua Potable” 5,459.2 1.8
3141 “Telefonía Tradicional” 2,954.0 0.9
3252 “Arrendamiento de Equipo de Transporte Destinado a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos” 70,398.8 22.6
3331 “Servicios de Consultoría Administrativa, Procesos, Técnica y en Tecnologías de la Información” 1,500.0 0.5
3381 “Servicios de Vigilancia” 35,247.4 11.3
3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales” 11,286.5 3.6
3552 “Reparación, Mantenimiento y Conservación de Equipo de Transporte Destinados a Servicios Públicos y Operación de Programas Públicos” 4,260.0 1.4
3571 “Instalación, Reparación y Mantenimiento de Maquinaria, Otros Equipos y Herramienta” 1,152.6 0.4
3821 “Espectáculos Culturales“ 6,936.0 2.2
3921 “Impuestos y Derechos” 2,245.4 0.7
3969 “Otros Gastos por Responsabilidades” 510.8 0.2
Importe de las partidas seleccionadas (20) 294,648.1 94.8
Otras partidas (8) 16,322.3 5.2
Recursos federales ejercidos con cargo al FORTAMUNDF 310,970.4 100.0
2. Conforme a las Normas Internacionales de Auditoría 530 “Muestreo de Auditoría” de
las Normas de Auditoría para Atestiguar, Revisión y otros Servicios Relacionados,
emitidas por la International Federation of Accountants y adoptadas por el Instituto
Mexicano de Contadores Públicos, A.C., para integrar la muestra se consideraron las
partidas que cumplieran las siguientes condicionantes:
a) De acuerdo con el principio “Importancia Relativa”, se seleccionaron las partidas
que tuvieran mayor participación o que hubiesen registrado variaciones significativas
en el ejercicio de los recursos federales provenientes del FORTAMUNDF,
respecto al gasto programado.
235
VOLUMEN 8/17
b) En función del criterio “Presencia y Cobertura” se incorporaron partidas con
asignaciones presupuestales significativas o no, a fin de garantizar que,
eventualmente, todas las partidas sean susceptibles de ser auditados.
3. Para las partidas cuyos recursos fueron ejercidos y señalados en la justificación del
proyecto de auditoría, se determinó el monto ejercido que representó el peso específico
más alto en relación con el presupuesto ejercido en cada partida.
4. Como resultado de lo anterior, se determinó revisar una muestra de 20 CLC, por un
monto de 62,357.6 miles de pesos, que representa el 20.1% del gasto total ejercido
con cargo al FORTAMUNDF (310,970.4 miles de pesos), como se muestra en el
siguiente cuadro:
(Miles de pesos)
Partida
Universo Muestra
Importe Número de CLC
% Importe Número de CLC
Participación en la partida
(%)
Participación en el capítulo
(%)
2211 “Productos Alimenticios y Bebidas para Personas” 757.2 1 0.2 757.2 1 100.0 0.2
2411 “Mezcla Asfáltica” 13,823.0 10 4.4 9,466.8 1 68.5 3.0
2461 “Material Eléctrico y Electrónico” 7,511.1 2 2.4 7,511.1 2 100.0 2.4
2471 “Artículos Metálicos para la Construcción” 812.3 4 0.3 567.1 1 69.8 0.2
2511 “Productos Químicos Básicos” 2,630.3 2 0.8 2,630.3 2 100.0 0.8
2561 “Fibras Sintéticas, Hules, Plásticos y Derivados” 1,196.5 3 0.4 815.1 1 68.1 0.3
2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos” 56,778.4 29 18.3 3,121.3 1 5.5 1.0
2721 “Prendas de Seguridad y Protección Personal” 635.8 2 0.2 635.8 2 100.0 0.2
3112 “Servicio de Energía Eléctrica” 68,552.8 15 22.0 10,574.2 1 15.4 3.4
3131 “Agua Potable” 5,459.2 11 1.8 817.5 1 15.0 0.3
3141 “Telefonía Tradicional” 2,954.0 15 0.9 473.3 1 16.0 0.2
3252 “Arrendamiento de Equipo de Transporte Destinado a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos” 70,398.8 260 22.6 2,145.1 1 3.0 0.7
3331 “Servicios de Consultoría Administrativa, Procesos, Técnica y en Tecnologías de la Información” 1,500.0 1 0.5 1,500.0 1 100.0 0.5
3381 “Servicios de Vigilancia” 35,247.4 6 11.3 9,651.4 1 27.4 3.1
3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales” 11,286.5 37 3.6 2,443.3 1 21.6 0.8
3552 “Reparación, Mantenimiento y Conservación de Equipo de Transporte Destinados a Servicios Públicos y Operación de Programas Públicos” 4,260.0 7 1.4 1,891.5 1 44.4 0.6
3571 “Instalación, Reparación y Mantenimiento de Maquinaria, Otros Equipos y Herramienta” 1,152.6 3 0.4 977.9 1 84.8 0.3
Continúa…
236
VOLUMEN 8/17
… Continuación
Partida
Universo Muestra
Importe Número de CLC
% Importe Número de CLC
Participación en la partida
(%)
Participación en el capítulo
(%)
3821 “Espectáculos Culturales“ 6,936.0 8 2.2 4,996.7 1 72.0 1.6
3921 “Impuestos y Derechos” 2,245.4 19 0.7 1,030.0 1 45.9 0.3
3969 “Otros Gastos por Responsabilidades” 510.8 5 0.2 352.0 1 68.9 0.1
Importe de las partidas seleccionadas (20) 294,648.1 440 94.8 62,357.6 23 20.1
Otras partidas (8) 16,322.3 17 5.2
Total ejercido del FORTAMUNDF 310,970.4 457 100.0
Cabe mencionar que la muestra seleccionada de 62,357.6 miles de pesos representa el
20.1% de los recursos federales del FORTAMUNDF ejercidos por la Delegación Tlalpan
(310,970.4 miles de pesos) y el 4.3% de los recursos totales ejercidos por el órgano
político-administrativo (1,464,577.2 miles de pesos).
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
Para el estudio y evaluación del control interno, se analizaron, hasta el grado en que se
consideró necesario para determinar la naturaleza, extensión y alcance de las pruebas
de auditoría por aplicar, la estructura orgánica y los manuales administrativos (apartados de
organización y de procedimientos) de la Delegación Tlalpan, vigentes en 2012, así como
el marco normativo aplicable. Lo anterior para identificar las atribuciones y funciones de
las unidades administrativas que intervinieron en el rubro revisado. También, se revisaron
los procedimientos aplicados por las unidades administrativas de la Delegación, relacionados
con los procesos de erogación (autorización, adquisición, contratación, recepción, pago,
registro y control administrativo) efectuados con cargo al FORTAMUNDF. Finalmente, se
verificó si se conservó la documentación justificativa y comprobatoria correspondiente. Al
respecto, se determinó lo siguiente:
1. Estructura Orgánica
En 2012, la Delegación Tlalpan realizó sus funciones y atribuciones con base en el
dictamen de reestructuración núm. 17/2009, vigente a partir del 1o. de octubre de 2009
y permaneció vigente hasta el 15 de octubre de 2012; para el período del 16 de octubre
a diciembre de 2012, el dictamen vigente fue el núm. 11/2012.
237
VOLUMEN 8/17
La estructura orgánica de la Dirección General de Administración de la Delegación
Tlalpan y de sus unidades administrativas encargadas del registro, control y manejo de los
recursos del FORTAMUNDF se integró en 2012 por un total de 36 plazas.
2. Manual Administrativo
En 2012, la Delegación contó con el manual administrativo, en su parte de organización
y procedimientos, que fue autorizado por la CGMA de la Contraloría General del Distrito
Federal (CGDF) y registrado con el núm. MA-02D14-17/09. Dicho manual se sujetó a
la estructura orgánica correspondiente al dictamen núm. 17/2009 y fue publicado en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de junio de 2011.
El Manual Administrativo de la Delegación Tlalpan, específicamente el apartado de
procedimientos, se integró por 379 procedimientos vigentes en 2012, formulados con base
en el dictamen núm. MA-02D14-17/09.
Como parte de los trabajos de auditoría, se aplicaron cuestionarios de control interno al
personal de las unidades administrativas que intervinieron en el ejercicio de los recursos
provenientes del FORTAMUNDF.
Del estudio y evaluación del control interno establecido por la Delegación para el manejo y
operación de los recursos del FORTAMUNDF en 2012, se concluye que la Delegación contó
con mecanismos de control suficientes para atender y reducir los riesgos que afectan el ejercicio
de los recursos. Las fallas de control detectadas se señalan en el apartado de resultados.
RESULTADOS
Control Interno
1. Resultado
Estructura Orgánica
Mediante el oficio núm. CG/539/2009 del 8 de octubre de 2009, la CGDF informó a la
Delegación en Tlalpan el dictamen de reestructura orgánica núm. 17/2009 y los organigramas
238
VOLUMEN 8/17
del órgano político-administrativo. Dicho dictamen entró en vigor a partir del 1o. de octubre
de 2009 y permaneció vigente hasta el 15 de octubre de 2012; para el período del
16 de octubre a diciembre de 2012, el dictamen vigente fue el núm. 11/2012.
La estructura orgánica correspondiente al dictamen núm. 17/2009 se integra por la Oficina
del Jefe Delegacional, nueve Direcciones Generales y una Dirección Ejecutiva. Esta
estructura, derivada de la reorganización de sus unidades administrativas, fue dispuesta
con base en el esquema de costos compensados, por lo que los recursos financieros para
sostenerla estaban debidamente autorizados, como se muestra a continuación:
Estructura orgánica núm. 17/2009 Plazas
Oficina del Jefe Delegacional 36
Dirección General Jurídica y de Gobierno 34
Dirección General de Administración 36
Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano 28
Dirección General de Servicios Urbanos 11
Dirección General de Desarrollo Social 31
Dirección General de Ecología y Desarrollo Sustentable 9
Dirección General de Cultura 8
Dirección General de Participación y Concertación Ciudadana 16
Dirección General de Desarrollo Económico y Fomento Cooperativo 6
Dirección Ejecutiva de Mejora Comunitaria 11
Total 226
Manual Administrativo
Se constató que en 2012 la Delegación contó con su manual administrativo (partes de
organización y procedimientos), el cual fue autorizado por la CGMA y difundido entre los
servidores públicos responsables de su aplicación.
Con el oficio núm. CG/CGMA/DDO/1153/2011 del 2 de marzo de 2011, la CGMA
comunicó a la Jefatura Delegacional en Tlalpan la autorización y registro del manual
administrativo, en su parte de organización, con el de registro núm. MA-02D14-17/09.
El manual cuenta con los apartados de antecedentes, marco jurídico-administrativo,
atribuciones, organigrama, objetivo y funciones por área; se sujetó a la estructura
orgánica correspondiente al dictamen núm. 17/2009; y fue publicado en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal del 30 de junio de 2011.
239
VOLUMEN 8/17
Respecto al apartado de procedimientos vigente en 2012, la Dirección General de
Administración de la Delegación Tlalpan proporcionó un listado de 379 procedimientos
inherentes a las actividades realizadas por las áreas que integran la Delegación, los cuales se
encuentran incorporados a su manual administrativo por medio del registro núm. 17/2009.
Dicho apartado se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 17 de junio de 2011.
De los 379 procedimientos vigentes en 2012, se revisaron 29 relacionados directamente
con el objetivo de la auditoría, los cuales incluyen controles para el manejo de los recursos
ejercidos con cargo al FORTAMUNDF.
La Delegación Tlalpan proporcionó evidencia de la difusión, para su observancia, de los
manuales administrativos (apartado de organización y procedimientos) vigentes en 2012,
que consistió en girar oficios circulares a las unidades administrativas que conforman la
Delegación.
En cuanto al ejercicio de recursos con cargo al FORTAMUNDF los resultados de la
evaluación del control interno mostraron las siguientes fortalezas y debilidades:
1. Fortalezas:
a) Para el registro y control de las operaciones del FORTAMUNDF, la Secretaría de
Finanzas dispone de su estructura operativa actualizada y registrada ante la CGMA.
b) La Secretaría de Finanzas y la Delegación Tlalpan cuentan con áreas específicas
responsables de la gestión del fondo.
c) La Secretaría de Finanzas dispone de procedimientos necesarios para la generación
de la información financiera y contable.
2. Debilidades:
a) La Delegación Tlalpan no dispone de mecanismos de control para que la
documentación justificativa y comprobatoria original se cancele con la leyenda
“Operado”.
240
VOLUMEN 8/17
b) La Delegación Tlalpan no cuenta con un adecuado control del suministro de
combustible al parque vehicular mediante las bitácoras de consumo de combustible,
lo que impide sustentar el importe de las notas de remisión y posteriormente de
las facturas, y poder conciliar las cifras con las gasolineras, contrariamente a lo
que establece el procedimiento administrativo denominado “Suministro y Pago de
Combustible”.
c) La Delegación Tlalpan no aplicó mecanismos de control que le permitan contar
con la documentación justificativa y comprobatoria derivada de las operaciones
realizadas de forma centralizada cargadas a su presupuesto.
Transferencias de Recursos
2. Resultado
Los recursos del FORTAMUNDF asignados a la Delegación Tlalpan ascendieron a
310,970.4 miles de pesos, conformados por 308,961.6 miles de pesos de recursos
federales e intereses por 2,008.8 miles de pesos; y se enteraron mensualmente a la
Delegación, de manera ágil, directa, sin limitaciones ni restricciones, conforme al calendario
publicado el 27 de enero de 2012 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Asimismo, los
recursos y sus accesorios no se gravaron, ni afectaron en garantía o se destinaron a
mecanismos de fuente de pago, de conformidad con la fracción I del artículo 10 del
Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012, que establece
lo siguiente:
“I. Publicar en el medio oficial de difusión de la entidad federativa correspondiente y en
medios asequibles a la población, a más tardar el 31 de enero, la distribución por municipio
o, en su caso, por demarcación territorial del Distrito Federal, de las aportaciones federales
que en términos de la Ley de Coordinación Fiscal les correspondan, así como el calendario
para la ministración mensual de dichos recursos federales por municipio o demarcación.”
Asimismo, se cumplieron los artículos 36, incisos a) y b), y 49 de la Ley de Coordinación
Fiscal, que disponen lo siguiente:
241
VOLUMEN 8/17
“Artículo 36. El Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las
Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal se determinará anualmente en el
Presupuesto de Egresos de la Federación con recursos federales, por un monto equivalente,
sólo para efectos de referencia, como sigue:
”a) […] Este Fondo se enterará mensualmente por partes iguales a los Municipios, por
conducto de los Estados, de manera ágil y directa sin más limitaciones ni restricciones,
incluyendo aquellas de carácter administrativo […]
”b) Al Distrito Federal y a sus Demarcaciones Territoriales, los fondos correspondientes
les serán entregados en la misma forma que al resto de los Estados y Municipios, pero
calculados como el 0.2123% de la recaudación federal participable, según estimación que
de la misma se realice en el propio presupuesto, con base en lo que al efecto establezca
la Ley de Ingresos de la Federación para ese ejercicio.”
“Artículo 49. Las aportaciones y sus accesorios que con cargo a los Fondos a que se
refiere este Capítulo reciban las entidades y, en su caso, los municipios y las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal, no serán embargables, ni los gobiernos correspondientes
podrán, bajo ninguna circunstancia, gravarlas ni afectarlas en garantía o destinarse a
mecanismos de fuente de pago, salvo por lo dispuesto en los artículos 50 y 51 de esta Ley.
Dichas aportaciones y sus accesorios, en ningún caso podrán destinarse a fines distintos a
los expresamente previstos en los artículos 26, 29, 33, 37, 40, 42, 45 y 47 de esta Ley.”
También, se observó la fracción I del numeral octavo de los Lineamientos para informar
sobre el Ejercicio, Destino y Resultados de los Recursos Federales Transferidos a las
Entidades Federativas, que establece lo siguiente:
“OCTAVO. Las Entidades Federativas deberán reportar en el Sistema, en adición a lo
dispuesto en los Lineamientos del Ramo 33, lo siguiente:
”I. Fecha de publicación en el periódico oficial de difusión de la Entidad Federativa, de la
distribución por municipio de las Aportaciones Federales que les correspondan, así como
del calendario para la ministración mensual de dichas aportaciones…”
242
VOLUMEN 8/17
3. Resultado
Registro e Información Contable y Presupuestaria
La Secretaría de Finanzas estableció una cuenta bancaria específica para el manejo de
los recursos del FORTAMUNDF de 2012 y sus rendimientos financieros, por lo que
no existieron remanentes de otros ejercicios fiscales en dicha cuenta. Asimismo, se
comprobó que los recursos no fueron destinados a fines distintos a lo establecido en la
normativa y no se transfirieron a otros fondos o a otras cuentas bancarias.
Lo anterior, de conformidad con la fracción III del artículo 10 del Presupuesto de Egresos
de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012, que establece lo siguiente:
“III. Informar, conforme a las disposiciones aplicables, a los órganos de control y
fiscalización locales y federales, sobre la cuenta bancaria específica en la que recibirán
y administrarán los recursos del respectivo fondo de aportaciones federales; en todo caso,
contarán únicamente con una cuenta por cada fondo.
”Será en una cuenta específica en la que se manejen exclusivamente los recursos
del fondo correspondiente y sus rendimientos financieros.
”La cuenta específica relativa a los recursos del fondo correspondiente y sus rendimientos
financieros, no podrá incorporar remanentes de otros ejercicios ni las aportaciones que
realicen, en su caso, los beneficiarios de las obras y acciones…”
4. Resultado
Registro e Información Contable y Presupuestaria
Se comprobó que las operaciones del fondo fueron identificadas y registradas contable
y patrimonialmente, y que se encuentran plasmadas en la Cuenta Pública de la
Delegación Tlalpan, de conformidad con artículo 10, fracción III, inciso d), del Presupuesto
de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012, que establece:
243
VOLUMEN 8/17
“d) El registro contable, presupuestario y patrimonial de las operaciones realizadas con los
recursos de los fondos de aportaciones del Ramo General 33 Aportaciones Federales para
Entidades Federativas y Municipios se deberá realizar conforme a la normativa aplicable…”
Respecto de las operaciones seleccionadas como muestra de auditoría, se detectó que la
documentación justificativa y comprobatoria de las operaciones realizadas con recursos
del FORTAMUNDF, no se encuentra cancelada con la leyenda “Operado”, con excepción
de la documentación presentada en las CLC núms. 02 CD 14 101873 y 02 CD 14 101590,
correspondientes a las partidas 2211 “Productos Alimenticios y Bebidas para Personas”
y 2461 “Material Eléctrico y Electrónico”, respectivamente.
Por lo anterior, la Delegación Tlalpan infringió el artículo 10, fracción III, inciso c), del
Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012, que establece:
“c) Cancelar la documentación comprobatoria del gasto, con la leyenda ʽOperadoʼ, o como
se establezca en las disposiciones locales, identificándose con el nombre del fondo
o programa respectivo…”.
En la reunión de confronta, celebrada el 28 de agosto de 2013, mediante el oficio
núm. DT/DGA/1055/2013 de la misma fecha, la Delegación Tlalpan informó lo siguiente:
“Referente a este punto se comenta que en la clave presupuestaria se señala el fondo
que se afecta, que para el caso corresponde al 405 el cual refiere a FORTAMUN, es una
identificación dispuesta por la administración pública local que en la clave presupuestal
refiere e identifica el nombre del fondo o programa respectivo, tal y como lo señala el
inciso c, fracción III del artículo 10 del Presupuesto de Egresos de la Federación para
el ejercicio fiscal 2012, que dispone lo siguiente: c) Cancelar la documentación comprobatoria
del gasto, con la leyenda ʽOperadoʼ, o como se establezca en las disposiciones locales,
identificándose con el nombre del fondo o programa respectivo.
”Para sustentar el hecho, se anexa el catálogo de fondos utilizado para la elaboración del
anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2012, que agrega el fondo 405 relativo a Recursos
Federales Ramo 33-Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las
Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUNDF).
244
VOLUMEN 8/17
”Asimismo, se anexa archivo en CD que contiene una muestra de documentos digitalizados
de las CLC canceladas con el sello de ʽOperadoʼ [CLC núms. 02 CD 14 101463,
02 CD 14 101654 y 02 CD 14 102565], mismas que se ponen a la disposición del órgano
fiscalizador con el universo de las que corresponden al presupuesto FORTAMUNDF.”
Del análisis de la información y documentación presentada por la Delegación Tlalpan,
se concluye que lo que se identifica con el tipo de recursos (FORTAMUNDF) mediante la
clave presupuestaria es únicamente la CLC y no la documentación comprobatoria del
gasto, como establece el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio
Fiscal de 2012, por lo que la presente observación no se modifica. Cabe mencionar, que
la Delegación proporcionó únicamente cinco CLC canceladas con el sello de “Operado”
del total de las CLC proporcionadas por la Delegación.
Recomendación ASCprofcasf-105-12-01-TLA
Es necesario que la Delegación Tlalpan adopte mecanismos que garanticen que la
documentación comprobatoria de las Cuentas por Liquidar Certificadas pagadas con
recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las
Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal se cancele con la leyenda “Operado”,
o como se establezca en las disposiciones locales, y que en ella se identifique el fondo o
programa respectivo, en cumplimiento del Presupuesto de Egresos de la Federación vigente.
5. Resultado
Registro e Información Contable y Presupuestaria
Gasto aprobado
El techo presupuestal autorizado a la Delegación Tlalpan para el ejercicio de 2012 fue
de 1,516,411.1 miles de pesos, que fueron distribuidos de la siguiente manera:
(Miles de pesos)
Concepto Corriente Inversión Monto
asignado
Gasto total 551,915.9 964,495.2 1,516,411.1
Servicios personales 335,737.6 342,957.9 678,695.5
Otros gastos 216,178.3 621,537.3 837,715.6
245
VOLUMEN 8/17
De estos recursos, 308,961.6 miles de pesos se etiquetaron como recursos correspondientes
al FORTAMUNDF.
Se constató que el presupuesto original asignado a la Delegación Tlalpan, reportado en
Cuenta Pública del Ejercicio Fiscal de 2012, coincide con el techo presupuestal, y con lo
consignado en el Programa Operativo Anual y el Calendario Presupuestal autorizados por
la Secretaría de Finanzas en 2012.
Por lo anterior, se concluye que el presupuesto fue aprobado de acuerdo con la normatividad
y los ordenamientos aplicables.
6. Resultado
Registro e Información Contable y Presupuestaria
Gasto modificado
El artículo 8 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal 2012 establece que los recursos asignados a la Delegación Tlalpan fueron
1,516,411.1 miles de pesos. De dichos montos 308,961.6 miles de pesos provinieron de
los fondos federales FORTAMUNDF.
Con objeto de verificar que el presupuesto modificado de las partidas seleccionadas de la
muestra se encontrara soportado con las afectaciones presupuestarias autorizadas, se
realizaron las pruebas sustantivas para analizar los tipos de afectaciones y movimientos
que modificaron el presupuesto original del rubro sujeto a revisión. También, se constató que
dichas afectaciones se encontraran debidamente registradas y soportadas con la
documentación correspondiente.
La Delegación Tlalpan proporcionó un total de 48 afectaciones programático-presupuestarias
que modificaron el presupuesto asignado (recursos del FORTAMUNDF); en el análisis de
éstas, se determinó lo siguiente:
246
VOLUMEN 8/17
De acuerdo con la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal correspondiente al
ejercicio de 2012, la Delegación Tlalpan reportó una asignación original de 308,961.6 miles de
pesos provenientes del FORTAMUNDF, la cual fue objeto de los siguientes movimientos
presupuestales: 18 adiciones compensadas, por 58,386.2 miles de pesos; 2 adiciones
líquidas, por 2,008.8 miles de pesos; 33 ampliaciones compensadas, por 177,269.3 miles
de pesos; y 46 reducciones compensadas, por 235,655.5 miles de pesos. En consecuencia,
el presupuesto sufrió una ampliación de 2,008.8 miles de pesos, para quedar en
310,970.4 miles de pesos, importe que fue ejercido en su totalidad, como se detalla
a continuación:
(Miles de pesos)
Movimiento presupuestal Importe Parcial Subtotal Total
Presupuesto original 308,961.6
Más:
Ampliaciones
Compensadas 177,269.3 177,269.3
Adiciones
Compensadas 58,386.2
Líquidas 2,008.8 60,395.0
Subtotal 237,664.3
Menos:
Reducciones
Compensadas (235,655.5) (235,655.5) (235,655.5)
Subtotal 2,008.8
Presupuesto modificado 310,970.4
Menos:
Presupuesto ejercido 310,970.4
Diferencia 0.0
Al respecto, se comprobó que la variación del presupuesto se realizó para contar con
recursos suficientes para cubrir compromisos de ejercicios anteriores, debido a que las
operaciones pendientes de pago se reflejan en el informe del Pasivo Circulante.
Dichas modificaciones se realizaron por medio de 48 afectaciones programático-presupuestarias,
en cumplimiento de los apartados IV.3.3, “Adecuaciones Programático-Presupuestaria”,
numeral 3; IV.3.3.1, “Adecuaciones Programáticas Presupuestarias Compensadas, numeral 15;
y IV.3.3.2, “Adecuaciones Programático Presupuestales Líquidas”, numeral 18, del Manual
de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito
Federal vigente en 2012.
247
VOLUMEN 8/17
7. Resultado
Registro e Información Contable y Presupuestaria
Gasto comprometido
Con relación a los recursos del FORTAMUNDF, ejercidos por la Delegación Tlalpan
durante el 2012, la CMHALDF solicitó a la Delegación la información y documentación que
reflejara el reconocimiento de las obligaciones de pago en favor de terceros (contratos) por
la recepción de conformidad de los bienes y los servicios contratados. Al respecto, se
obtuvo lo siguiente:
(Miles de pesos)
Partida Número de contrato y fecha
Proveedor o prestador de servicios
Tipo Fundamento Importe* Importe revisado
2211 “Productos Alimenticios y Bebidas para Personas”
DT-2012-104-PS 27/VII/12
María del Rocío Hernández Andrade
IR Artículos 26, 27, inciso b); 28; 52; 55; y 63, fracción I, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente durante 2012 757.1 757.1
Subtotal 757.2
2411 “Mezcla Asfáltica” ** Gobierno del Distrito Federal/Tesorería
9,466.8
Subtotal 9,466.8
2461 “Material Eléctrico y Electrónico” DT-2010-111-ADQ 12/X/10
Ferrecorp, S.A. de C.V. IR Artículos 27, inciso b); 28; 52; 55; y 56, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente durante 2010 1,094.1 1,094.1
DT-2012-067-ADQ 10/IX/12
Roberto Carlos Blanco Sentiés
IR Artículos 26; 27, inciso b); 28; 52; 55; y 56, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente durante 2012 6,417.0 6,417.0
Subtotal 7,511.1
2471 “Artículos Metálicos para la Construcción” DT-2012-066-ADQ 10/IX/12
Roberto Carlos Blanco Sentiés
IR Artículos 26; 27, inciso b); 28; 52; 55; y 56, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente durante 2012 567.1 567.1
Subtotal 567.1
2511 “Productos Químicos Básicos” DT-2012-009-ADQ
30/IV/2012
Black Verd de México,
S.A. de C.V.
IR Artículos 26; 27,
inciso b); 28; 30; fracción I; 43, fracción II; y 49 de la ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente durante 2012 2,430.6 2,430.6
199.8 199.8
Subtotal 2,630.4
Continúa…
248
VOLUMEN 8/17
… Continuación
Partida Número de contrato y fecha
Proveedor o prestador de servicios
Tipo Fundamento Importe* Importe revisado
2561 “Fibras Sintéticas, Hules, Plásticos y Derivados”
DT-2012-035-ADQ 12/VI/12
Tube Hidráulicas, S.A. de C.V.
IR Artículos 26; 27, inciso b); 28; 30, fracción I; 43, fracción II; y 49 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente durante 2012 815.1 815.1
Subtotal 815.1
2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos” DAS-16-2012 30/XII/11
Gasolinerías PS, S.A. de C.V.
AD Artículos 27, inciso c); 28; y 54, fracción XVI, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente durante 2011
Mínimo de 39,958.1 miles de pesos hasta un máximo de 79,916.2 miles de pesos 3,121.3
DAS-16-2012-C1
2/VII/12
186.5
DAS-16-2012-C2 31/VII/12
1,997.8
DAS-16-2012-C3 3/X/12
1,622.8
DAS-16-2012-C4 17/XII/12
11,695.2
DAS-16-2012-C5 2/VII/12
186.5
Subtotal 3,121.3
2721 “Prendas de Seguridad y Protección Personal” **
Protectores Plásticos, S.A. de C.V.
591.5
44.3
Subtotal 635.8
3112 “Servicio de Energía Eléctrica” ** Tesorería de la Federación 10,574.2
Subtotal 10,574.2
3131 “Agua Potable” ** Gobierno del Distrito Federal/Tesorería
817.5
817.5
3141 “Telefonía Tradicional” *** Gobierno del Distrito Federal/Tesorería
473.3
Subtotal 473.3
3252 “Arrendamiento de Equipo de Transporte Destinado a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”
DT-2012-021-DGOPS 2/II/12
Transportes de Agua y Productos del Campo Grupo Tlalpense de la Magdalena, San Andrés y Topilejo, S.C.
AD Artículos 26; 27, inciso c); 28; 52; 54, fracción VIII; y antepenúltimo párrafo; y 63, fracción I, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente durante 2012
Mínimo de 0.3 miles de pesos hasta un máximo de 11,979.5 miles de pesos
2,145.1
Subtotal 2,145.1
3331 “Servicios de Consultoría Administrativa, Procesos, Técnica y en Tecnologías de la Información”
DT-2012-111-PS 31/VIII/12
Consultoría Integral Jurídica & Reingeniería Graja, S.A. de C.V.
AD Artículos 26, segundo párrafo; 27, inciso c); 28; 52; 54, fracción VII y antepenúltimo párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente durante 2012 1,500.0 1,500.0
Subtotal 1,500.0
Continúa…
249
VOLUMEN 8/17
… Continuación
Partida Número de contrato y fecha
Proveedor o prestador de servicios
Tipo Fundamento Importe* Importe revisado
3381 “Servicios de Vigilancia” Bases de colaboración núms. 31874 extramuros
18573 intramuros
Gobierno del Distrito Federal/ Tesorería
Artículos 2o., 3o., fracciones I, IV, VII; y 15, fracción X; de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 3o., fracción VIII; 5o., fracción II; y 6o., de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, vigentes en 2012 35,157.4 9,651.4
Subtotal 9,651.4
3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales” ** AXA Seguros, S.A. de C.V. 2,443.3
Subtotal 2,443.3
3552 “Reparación, Mantenimiento y Conservación de Equipo de Transporte Destinados a Servicios Públicos y Operación de Programas Públicos”
Reconocimiento de adeudo
núm. RAP-DT-2012-012 27/VII/12
Tracto Camiones Aguirre, S.A. de C.V.
1,891.5 1,891.5
Subtotal 1,891.5
3571 “Instalación, Reparación y Mantenimiento de Maquinaria, Otros Equipos y Herramientas”
DT-2012-108-PS 31/VII/12
Diésel Maquinaria y Adecuaciones Electromecánicas, S.A. de C.V.
AD Artículos 27, inciso c); 28; 52; y 54, fracción X; 63, fracción I, y antepenúltimo párrafo, de Ley de Adquisiciones del Distrito Federal vigente en 2012 977.9 977.9
Subtotal 977.9
3821 “Espectáculos Culturales“ DT-2012-127-PS 7/IX/12
3 Lunas Producciones, S.A. de C.V.
AD Artículos 26, segundo párrafo; 27, inciso c); 28; 52; y 54, fracción XIII, antepenúltimo párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente durante 2012 4,996.7 4,996.7
Subtotal 4,996.7
3921 “Impuestos y Derechos” **** Gobierno del Distrito Federal/Tesorería
1,030.0
Subtotal 1,030.0
3969 “Otros Gastos por Responsabilidades” ** AXA Seguros, S.A. de C.V. 352.0
Subtotal 352.0
Total 62,357.6
* Los importes incluyen IVA. ** Las CLC con cargo a las partidas no se encuentran respaldadas con su documentación justificativa y comprobatoria, por lo que no se contó con los
contratos respectivos. *** Las operaciones realizadas con cargo a la partida 3141 se derivan del pago del servicio telefónico contratado en años anteriores para uso de la
Delegación, por lo que no se realizó procedimiento de adjudicación. **** Las operaciones realizadas con cargo a la partida 3921 se derivan del pago de tenencia del parque vehicular de la Delegación, por lo que no se
realizó procedimiento de adjudicación, ya que la Secretaría de Finanzas es la facultada para recaudar, cobrar y administrar los impuestos a que tenga derecho el Distrito Federal, de conformidad con el artículo 30, fracción IV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
AD: Adjudicación directa. IR: Invitación restringida a cuando menos tres proveedores.
En el análisis de los contratos formalizados por la Delegación, se observó lo siguiente:
1. Los contratos núms. DT-2012-104-PS, DT-2012-067-ADQ, DT-2012-066-ADQ,
DT-2012-009-ADQ, DT-2012-035-ADQ, DAS-16-2012, DT-2012-021-DGOPS, DT-2012-111-PS,
250
VOLUMEN 8/17
DT-2012-108-PS y DT-2012-127-PS, relacionados con las partidas núms. 2211 “Productos
Alimenticios y Bebidas para Personas”, 2461 “Material Eléctrico y Electrónico”,
2471 “Artículos Metálicos para la Construcción”, 2511 “Productos Químicos Básicos”,
2561 “Fibras Sintéticas, Hules, Plásticos y Derivados”, 2611 “Combustibles,
Lubricantes y Aditivos”, 3252 “Arrendamiento de Equipo de Transporte Destinado
a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”, 3331 “Servicios de
Consultoría Administrativa, Procesos, Técnica y en Tecnologías de la Información”,
3571 “Instalación, Reparación y Mantenimiento de Maquinaria, Otros Equipos y
Herramientas” y 3821 “Espectáculos Culturales“, respectivamente, suscritos por
la Delegación Tlalpan, cumplieron con los requisitos mínimos establecidos en el
artículo 56 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente
en 2012, que indica lo siguiente:
“Los contratos que celebren las […] delegaciones […] contendrán como mínimo lo
siguiente:
”I. El objeto del mismo;
”II. Las declaraciones de las partes en el sentido de que cuentan con plena
capacidad legal, técnica y económica para contratar;
”III. La autorización específica de suficiencia presupuestal para cubrir el compromiso
derivado del contrato, así como la partida a afectar;
”IV. La indicación del procedimiento y el fundamento legal conforme al cual se llevó
a cabo la adjudicación del contrato;
”V. La descripción pormenorizada de los bienes o servicios objeto de contrato,
incluyendo en su caso la marca y modelos de los bienes;
”VI. El precio unitario y el importe total a pagar por los bienes o servicios;
”VII. En caso de haber anticipos, su porcentaje y su forma de amortización;
251
VOLUMEN 8/17
”VIII. La fecha, lugar y condiciones de entrega;
”IX. La forma y términos para garantizar los anticipos y el cumplimiento del contrato;
”X. Las condiciones de pago del precio de los bienes o servicios contratados;
”XI. La fijación y monto de las penas convencionales”.
2. Mediante los oficios núms. ASC/105/12/03 del 12 de julio de 2013 y ASC/105/12/06
del 8 de agosto de 2013, la CMHALDF solicitó a la Delegación Tlalpan que proporcionara
la documentación justificativa y comprobatoria relacionada con las operaciones
realizadas con recursos del FORTAMUNDF, con cargo a las partidas 2411 “Mezcla
Asfáltica”, 2721 “Prendas de Seguridad y Protección Personal”, 3112 “Servicio de
Energía Eléctrica”, 3131 “Agua Potable”, 3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales”, y
3969 “Otros Gastos por Responsabilidades”. Sin embargo, al cierre de la auditoría
(28 de agosto de 2013) la Delegación Tlalpan no proporcionó dicha documentación.
Derivado de lo anterior, la Delegación Tlalpan incumplió el artículo 44 de la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012, que establece lo
siguiente:
“Artículo 44. Los titulares de las Unidades Responsables del Gasto y los servidores
públicos encargados de su administración, serán los responsables del manejo
y aplicación de los recursos […] de que los compromisos sean efectivamente
devengados, comprobados y justificados; de la guarda y custodia de los documentos
que los soportan…”
Asimismo, incumplió el artículo 10, fracción III, inciso a), del Presupuesto de Egresos
de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012:
“Artículo 10. Las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales
del Distrito Federal, en el ejercicio de los recursos que les sean transferidos a través del
Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios,
se sujetarán a las disposiciones en materia de información, rendición de cuentas,
252
VOLUMEN 8/17
transparencia y evaluación establecidas en los artículos 134 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, 48 y 49, fracción V, de la Ley de
Coordinación Fiscal, 85 y 110 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, el Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica y
Normal y el Acuerdo Nacional para la Descentralización de los Servicios de Salud
y para ello deberán: […]
”a) Mantener registros específicos de cada fondo, debidamente actualizados,
identificados y controlados, así como la documentación original que justifique y
compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los órganos
competentes de control y fiscalización que la soliciten…”
En la reunión de confronta, celebrada el 28 de agosto de 2013, mediante el oficio
núm. DT/DGA/1055/2013 de la misma fecha, la Delegación Tlalpan proporcionó
documentación e informó lo siguiente: “Adjunto oficios donde se solicitó el soporte
documental a las diferentes Direcciones Generales referente a los movimientos
presupuestales con cargo a las partidas 2721 ʽPrendas de Seguridad y Protección
Personalʼ, 3131 ʽAgua Potableʼ, 2411 ʽMezcla Asfálticaʼ y 3112 ʽServicios de
Energía Eléctricaʼ, DT/DGA/1001/2013, DT/DGA/0987/2013, DT/DGA/0986/2013,
DT/DGA/0924/2013 y DT/DGA/0988/2013 con fines de seguimiento, cabe señalar los
dos últimos oficios corresponden a 3112 ʽServicios de Energía Eléctricaʼ de la cual
se remite 14 copias de Cuentas por Liquidar Certificadas, asimismo 3451 ʽSeguro de
Bienes Patrimonialesʼ, 12 CO 01 104076 y 12 CO 01 104838, 3969 ʽOtros Gastos por
Responsabilidadesʼ 12 CO 01 105416, así como su respectivo soporte documental”.
En la revisión, se constató que, respecto a las operaciones realizadas de forma
centralizada que afectaron su presupuesto, la Delegación Tlalpan no contó con la
documentación justificativa y comprobatoria, por lo que se concluye que no aplicó
mecanismos de coordinación con las unidades administrativas consolidadoras a fin de
garantizar que se obtuviera dicha documentación. Derivado de lo anterior y toda vez
que la Secretaría de Finanzas afectó el presupuesto de la Delegación Tlalpan por
tratarse de partidas centralizadas, se desvirtúa parcialmente el presente resultado.
253
VOLUMEN 8/17
3. Respecto de la partida 2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”, la Delegación
Tlalpan no proporcionó la garantía de cumplimiento del contrato núm. DAS-16-2012.
Derivado de lo anterior, la Delegación Tlalpan incumplió el artículo 44 de la Ley
de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012.
Asimismo, incumplió la fracción III, inciso a), del artículo 10 del Presupuesto de
Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012.
En la reunión de confronta celebrada el 28 de agosto de 2013, mediante el oficio
núm. DT/DGA/1055/2013 de la misma fecha, la Delegación indicó: “Se informa que
por ser un contrato formalizado de manera centralizada, la Dirección de Recursos
Materiales y Servicios Generales solicitó con oficio DT/DGA/DRMSG/1928/2013, al
Director de Adquisiciones, de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios
Generales, copia simple de contrato, fianzas, facturas y CLC´s”.
En cuanto a las operaciones realizadas de forma centralizada que afectaron su
presupuesto, la Delegación Tlalpan no contó con la garantía de cumplimiento, por lo
que se concluye que no aplicó mecanismos de coordinación con las unidades
administrativas consolidadoras, a fin de garantizar que se obtuviera dicha documentación.
Derivado de lo anterior y por tratarse de una partida centralizada cuya documentación
se encuentra bajo resguardo de las unidades consolidadoras, se desvirtúa parcialmente
el presente resultado.
Recomendación ASCprofcasf-105-12-02-TLA
Es necesario que la Delegación Tlalpan adopte mecanismos para garantizar que se
establezca una mejor coordinación con las áreas consolidadoras de información
y documentación de la Oficialía Mayor, a fin de que pueda sustentar las operaciones
realizadas con cargo a su presupuesto con su información y documentación soporte, de
conformidad con la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.
254
VOLUMEN 8/17
8. Resultado
Registro e Información Contable y Presupuestaria
Gasto devengado
Para verificar que el órgano político-administrativo hubiese recibido los bienes adquiridos
y los servicios contratados, se revisó la documentación del gasto que refleja el
reconocimiento de una obligación de pago a favor de terceros por la recepción de
conformidad y la recepción de bienes y servicios oportunamente, en este caso los
derivados de las operaciones pagadas con recursos del FORTAMUNDF.
1. Con la finalidad de comprobar que la Delegación Tlalpan efectivamente recibió los bienes
adquiridos y los servicios formalizados mediante los contratos núms. DT-2012-104-PS,
DT-2012-067-ADQ, DT-2012-066-ADQ, DT-2012-009-ADQ, DT-2012-035-ADQ,
DT-2012-021-DGOPS, DT-2012-111-PS, DT-2012-108-PS y DT-2012-127-PS
relacionados con las partidas núms. 2211 “Productos Alimenticios y Bebidas para
Personas”, 2461 “Material Eléctrico y Electrónico”, 2471 “Artículos Metálicos para la
Construcción”, 2511 “Productos Químicos Básicos”, 2561 “Fibras Sintéticas, Hules,
Plásticos y Derivados”, 3252 “Arrendamiento de Equipo de Transporte Destinado
a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”, 3331 “Servicios de
Consultoría Administrativa, Procesos, Técnica y en Tecnologías de la Información”,
3571 “Instalación, Reparación y Mantenimiento de Maquinaria, Otros Equipos y
Herramienta” y 3821 “Espectáculos Culturales“, respectivamente, la CMHALDF
solicitó la documentación relacionada con la entrega-recepción de los bienes y
prestación de servicios, entre la que se encuentran: notas de remisión, facturas,
reportes de almacén de entradas y salidas y, en el caso de la partida 3821, memoria
fotográfica de los eventos realizados.
En la revisión de la documentación proporcionada por la Delegación Tlalpan, se comprobó
que efectivamente se recibieron los bienes adquiridos y los servicios contratados, que
las operaciones fueron pagadas con recursos del FORTAMUNDF por la Delegación, y
que dichas adquisiciones se efectuaron de conformidad con las cláusulas de sus
respectivos contratos en cuanto a los plazos y lugares de entrega de los bienes, así
como de la prestación de los servicios, como se muestra a continuación:
255
VOLUMEN 8/17
(Miles de pesos)
Partida Número de CLC Proveedor o prestador de servicios Concepto Importe
2211 02 CD 14 101873 María del Rocío Hernández Andrade Insumos para cafetería y box lunch. 757.1
Subtotal 757.1
2461 02 CD 14 101519 Ferrecorp, S.A. de C.V. Material eléctrico utilizado para alumbrado público. 1,094.1
02 CD 14 102389 Roberto Carlos Blanco Sentiés Material eléctrico utilizado para alumbrado público. 6,417.0
Subtotal 7,511.1
2471 02 CD 14 102187 Roberto Carlos Blanco Sentiés Artículos metálicos utilizados para alumbrado público. 567.1
Subtotal 567.1
2511 02 CD 14 101654 Black Verd de México, S.A. de C.V. Emulsión catiónica de rompimiento rápido RR-2K (Liga) 121,679 litros.
2,430.6
02 CD 14 102565 199.8
Subtotal 2,630.4
2561 02 CD 14 101463 Tube Hidráulicas, S.A. de C.V. Tubos de PAD en rollo marca Valtic, coladera pluvial para banqueta de polietileno y brocal y tapa para pozo de visita, así como silleta de PAD. 815.1
Subtotal 815.1
3141 02 CD 14 100231 Gobierno del Distrito Federal/Delegación Tlalpan
Pago de líneas telefónicas a Teléfonos de México, S.A. de C.V. 473.3
Subtotal 473.3
3252 02 CD 14 100680 Transportes de Agua y Productos del Campo Grupo Tlalpense de la Magdalena, San Andrés y Topilejo, S.C.
Servicios de transporte de agua por medio de vehículos propiedad del “Prestador de servicios”. 2,145.1
Subtotal 2,145.1
3331 02 CD 14 101871 Consultoría Integral Jurídica & Reingeniería Graja, S.A. de C.V.
Contratación de servicios para la elaboración del Informe de Gestión de la Administración Pública del Distrito Federal 2006-2012. 1,500.0
Subtotal 1,500.0
3552 02 CD 14 102085 Tracto Camiones Aguirre, S.A. de C.V. Realización de servicios de mantenimiento preventivo y correctivo de vehículos. 1,891.5
Subtotal 1,891.5
3571 02 CD 14 102100 Diésel Maquinaria y Adecuaciones Electromecánicas, S.A. de C.V.
Servicio de reparación y mantenimiento de maquinaria y equipo de rebombeo de aguas negras. 977.9
Subtotal 977.9
3821 02 CD 14 101767 3 Lunas Producciones, S.A. de C.V. Evento 15 de septiembre de 2012. 4,996.7
Subtotal 4,996.7
3921 02 CD 14 100326 Gobierno del Distrito Federal/Delegación Tlalpan
Pago de tenencia del parque vehicular de la Delegación Tlalpan. 1,030.0
Subtotal 1,030.0
Total 25,295.3
256
VOLUMEN 8/17
2. Respecto de la información y documentación relacionada con la entrega de los bienes
adquiridos y la prestación de servicios, la CMHALDF solicitó a la Delegación los
expedientes de las CLC de las partidas 2411 “Mezcla Asfáltica”, 2721 “Prendas de
Seguridad y Protección Personal”, 3112 “Servicio de Energía Eléctrica”, 3131 “Agua
Potable”, 3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales”, y 3969 “Otros Gastos por
Responsabilidades”; sin embargo, a la fecha de cierre de la auditoría (28 de agosto
de 2013) la Delegación no la proporcionó, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Partida Número de CLC Proveedor o prestador de servicios
Concepto* Importe
2411 02 CD 14 101558 Gobierno del Distrito Federal/Tesorería
Asignaciones destinadas a la adquisición de mezcla asfáltica para la pavimentación y repavimentación de vialidades, así como para el bacheo, entre otros similares. 9,466.8
Subtotal 9,466.8
2721 02 CD 14 101372 Protectores Plásticos, S.A. de C.V.
Asignaciones destinadas a la adquisición de ropa y equipo de máxima seguridad, prendas especiales de protección personal, tales como: guantes; botas de hule y asbesto, de tela o materiales especiales; cascos; caretas; lentes; cinturones; y demás prendas distintas de las prendas de protección para seguridad pública y nacional.
591.5
02 CD 14 102020
44.3
Subtotal 635.8
3112 02 CD 14 100566 Tesorería de la Federación Asignaciones destinadas a cubrir el importe del consumo de energía eléctrica, necesaria para el funcionamiento de las instalaciones oficiales. Incluye alumbrado público. 10,574.2
Subtotal 10,574.2
3131 02 CD 14 101321 Gobierno del Distrito Federal/ Tesorería
Asignaciones destinadas a cubrir el importe del consumo de agua potable necesaria para el desempeño de funciones oficiales. 817.5
Subtotal 817.5
3451 02 CD 14 101708 AXA Seguros, S.A. de C.V. Asignaciones destinadas a cubrir las primas por concepto de seguros contra robos, incendios, y demás riesgos o contingencias a que pueden estar sujetos los materiales, bienes muebles e inmuebles y todo tipo de valores registrados en los activos. Excluye el pago de deducibles previstos en el concepto: “Servicios de Instalación, Reparación, Mantenimiento y Conservación”, así como los seguros de vida del personal civil y militar o de gastos médicos, previstos en el capítulo 1000 “Servicios Personales”. 2,443.3
Subtotal 2,443.3
3969 02 CD 14 102112 AXA Seguros, S.A. de C.V. Asignaciones destinadas a cubrir las erogaciones de las unidades responsables del gasto que deriven del robo o extravío de recursos públicos que no sean recuperables e impliquen afectar su presupuesto disponible. Incluye erogaciones de las unidades responsables del gasto que se deriven de la responsabilidad civil, montos diferenciales de las indemnizaciones que no cubran las sumas aseguradas, los importes deducibles del seguro de responsabilidad patrimonial del Estado así como aquellas erogaciones distintas de las consideradas en las demás partidas de este concepto, que impliquen afectar el presupuesto disponible de la unidad responsable del gasto. Excluye las recuperaciones de recursos que se realicen por los diversos medios
establecidos por las disposiciones aplicables, como es el Fondo de Garantía para Reintegros al Erario en el caso de las unidades responsables del gasto, así como las asignaciones a que se refiere la partida 3961. 352.0
Subtotal 352.0
Total 24,289.6
* Los conceptos plasmados corresponden a lo expuesto en el Clasificador por Objeto del Distrito Federal vigente, ya que no se contó con la documentación justificativa y comprobatoria.
257
VOLUMEN 8/17
Por no proporcionar la documentación justificativa y comprobatoria de las operaciones
relativas a las partidas y CLC mencionadas, la Delegación Tlalpan infringió el artículo 44
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012, que
dispone: “Artículo 44. Los titulares de las Unidades Responsables del Gasto y los
servidores públicos encargados de su administración, serán los responsables del
manejo y aplicación de los recursos […] de que los compromisos sean efectivamente
devengados, comprobados y justificados; de la guarda y custodia de los documentos
que los soportan…”.
Asimismo, incumplió el artículo 10, fracción III, inciso a), del Presupuesto de Egresos
de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012 que señala lo siguiente:
“Artículo 10. Las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales
del Distrito Federal, en el ejercicio de los recursos que les sean transferidos a través del
Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios,
se sujetarán a las disposiciones en materia de información, rendición de cuentas,
transparencia y evaluación establecidas en los artículos 134 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, 48 y 49, fracción V, de la Ley de
Coordinación Fiscal, 85 y 110 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, el Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica y
Normal y el Acuerdo Nacional para la Descentralización de los Servicios de Salud
y para ello deberán […]
”a) Mantener registros específicos de cada fondo, debidamente actualizados,
identificados y controlados, así como la documentación original que justifique y
compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los órganos
competentes de control y fiscalización que la soliciten…”
En la reunión de confronta, celebrada el 28 de agosto de 2013, mediante el oficio
núm. DT/DGA/1055/2013 de la misma fecha, la Delegación Tlalpan proporcionó
documentación e informó lo siguiente: “Adjunto oficios donde se solicitó el soporte
documental a las diferentes Direcciones Generales referente a los movimientos
presupuestales con cargo a las partidas 2721 ʽPrendas de Seguridad y Protección
258
VOLUMEN 8/17
Personalʼ, 3131 ʽAgua Potableʼ, 2411 ʽMezcla Asfálticaʼ y 3112 ʽServicios de Energía
Eléctricaʼ, DT/DGA/1001/2013, DT/DGA/0987/2013, DT/DGA/0986/2013,
DT/DGA/0924/2013 y DT/DGA/0988/2013 con fines de seguimiento, cabe señalar los
dos últimos oficios corresponden a 3112 ʽServicios de Energía Eléctricaʼ de la cual se
remite 14 copias de Cuentas por Liquidar Certificadas, asimismo 3451 ʽSeguro de
Bienes Patrimonialesʼ, 12 CO 01 104076 y 12 CO 01 104838, 3969 ʽOtros Gastos por
Responsabilidadesʼ 12 CO 01 105416, así como su respectivo soporte documental”.
En cuanto a las operaciones realizadas de forma centralizada que afectaron su
presupuesto, la Delegación Tlalpan no contó con la documentación justificativa y
comprobatoria, por lo que se concluye que no aplicó mecanismos de coordinación con
las unidades administrativas consolidadoras, a fin de garantizar que se tuviera dicha
documentación.
Derivado de lo anterior y toda vez que la Secretaría de Finanzas afectó el
presupuesto de la Delegación Tlalpan por tratarse de partidas centralizadas,
se desvirtúa parcialmente el presente resultado.
3. Con relación a la partida 2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”, la CMHALDF
solicitó a la Delegación Tlalpan que proporcionara las bitácoras de consumo de
combustible, la base de datos del consumo mensual de combustible, las notas
de consumo expedidas por la gasolinera, las conciliaciones realizadas sobre el
suministro de combustible y la relación de oficios de autorización por cargas
extraordinarias de combustible que dieron origen al pago efectuado con cargo al
presupuesto de la Delegación en 2012.
El abastecimiento de combustible (gasolina y diésel) fue pagado mediante la CLC
núm. 02 CD 14 101969 por un importe de 3,121.3 miles de pesos.
Cabe mencionar que la Delegación, a la fecha de cierre de la auditoría (28 de agosto
de 2013), no proporcionó las bitácoras de consumo de combustible, por lo que no fue
posible validar los consumos de combustible por parte de la Delegación con lo
plasmado en las notas de consumo emitidas por la gasolinera y posteriormente en las
259
VOLUMEN 8/17
facturas. Derivado de lo anterior, no fue posible constatar si la Delegación Tlalpan
cuenta con un mecanismo de control del suministro de combustible a su parque
vehicular.
Por lo anterior, se concluye que la Delegación Tlalpan incumplió el apartado “Políticas
y Normas de Operación” del procedimiento administrativo denominado “Suministro y
Pago de Combustible”, que establece: “El supervisor de campo […] llevará una
bitácora de consumo acumulado en el mes”.
4. Finalmente, con relación a la partida 3381 “Servicios de Vigilancia”, la CMHALDF
solicitó a la Delegación Tlalpan que proporcionara las bases de colaboración para la
prestación de servicios, las fatigas de servicios, las listas de asistencia de los
servicios de vigilancia, las conciliaciones de turno y los Informes Presupuestales de
Liquidaciones a cargo de las Unidades Ejecutoras del Gasto Usuarias de los Servicios
de la Policía Auxiliar del Distrito Federal.
El servicio de seguridad y vigilancia que contrató la Delegación Tlalpan con la
Secretaría de Seguridad Pública (SSP) por conducto de la Policía Auxiliar del Distrito
Federal (PADF), mediante las Bases de Colaboración para la Prestación de Servicios
de Seguridad y Vigilancia núms. 18573 intramuros y 31874 extramuros, fue pagado
mediante la CLC núm. 02 CD 14 100775 por un importe de 9,651.4 miles de pesos.
Recomendación ASCprofcasf-105-12-03-TLA
Se reitera la recomendación expuesta en relación con el resultado núm. 7.
Recomendación ASCprofcasf-105-12-04-TLA
Es necesario que la Delegación Tlalpan adopte mecanismos que garanticen un adecuado
control del suministro de combustible al parque vehicular mediante la elaboración de las
bitácoras de consumo de combustible, con la finalidad de sustentar el importe de las notas
de remisión, y posteriormente de las facturas y poder conciliar las cifras con las gasolineras, de
conformidad con el procedimiento administrativo “Suministro y Pago de Combustible”.
260
VOLUMEN 8/17
9. Resultado
Registro e Información Contable y Presupuestaria
Gasto ejercido
Con la finalidad de constatar que la Delegación Tlalpan contara con la documentación que
reflejara la emisión de las CLC, debidamente aprobadas por la autoridad facultada para
ello, y para verificar que la documentación comprobatoria adjunta cumpliera los requisitos
establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación vigente
durante 2012, la CMHALDF solicitó a la Delegación Tlalpan la documentación justificativa
y comprobatoria de las operaciones relacionadas con 23 CLC emitidas con cargo a las
20 partidas determinadas como muestra de auditoría. Del análisis de dicha documentación,
se concluyó lo siguiente:
Las 23 CLC son impresiones del Sistema de Planeación de Recursos Gubernamentales
(SAP-GRP) y fueron elaboradas y autorizadas por los servidores públicos inscritos en la
Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos Facultados para Elaborar,
Solicitar y/o Autorizar las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos Múltiples,
Afectaciones Programático-Presupuestales y Control del Presupuesto Comprometido
en 2012, por lo que la Delegación Tlalpan se sujetó a lo establecido en el apartado IV,
“Lineamientos Generales para los Trámites Presupuestarios”, subapartados IV.3,
“Registro de Operaciones Presupuestarias”, y IV.3.1, “Cuenta por Liquidar Certificada”,
numeral 2, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración
Pública del Distrito Federal vigente en 2012, que dispone: “Con fundamento en lo
establecido en el artículo 64 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito
Federal y el Decreto de Presupuesto de Egresos, ambos vigentes durante 2012 y
conforme a las responsabilidades que de ahí se derivan, le corresponde al titular de la UR
o a los servidores públicos de nivel de estructura que fueron facultados conforme a ley,
autorizar el pago, mediante su firma”.
A efecto de comprobar que la Delegación Tlalpan contase con evidencia documental de
que el ejercicio del gasto fue debidamente aprobado, en este caso, los recursos ejercidos
con cargo al FORTAMUNDF, se revisaron las 23 CLC determinadas como muestra de
261
VOLUMEN 8/17
auditoría, documentos en los que se puede observar el monto ejercido y la fuente
de financiamiento, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Partida Número de CLC Proveedor/prestador de servicios Importe
2211 02 CD 14 101873 María del Rocío Hernández Andrade 757.1
Subtotal 757.1
2411* 02 CD 14 101558 Gobierno del Distrito Federal/Tesorería 9,466.8
Subtotal 9,466.8
2461 02 CD 14 101590 Ferrecorp, S.A. de C.V. 1,094.1
02 CD 14 102389 Roberto Carlos Blanco Sentiés 6,417.0
Subtotal 7,511.1
2471 02 CD 14 102187 Roberto Carlos Blanco Sentiés 567.1
Subtotal 567.1
2511 02 CD 14 101654 Black Verd de México, S.A. de C.V 2,430.6
02 CD 14 102565 199.8
Subtotal 2,630.4
2561 02 CD 14 101463 Tube Hidráulicas, S.A. de C.V. 815.1
Subtotal 815.1
2611 02 CD 14 101969 Gasolinerías P.S., S.A. de C.V. 3,121.3
Subtotal 3,121.3
2721* 02 CD 14 101372 Protectores Plásticos, S.A. de C.V. 591.5
02 CD 14 102020 44.3
Subtotal 635.8
3112* 02 CD 14 100556 Tesorería de la Federación 10,574.2
Subtotal 10,574.2
3131* 02 CD 14 101321 Gobierno del Distrito Federal/Tesorería 817.5
Subtotal 817.5
3141 02 CD 14 100231 Gobierno del Distrito Federal/Tesorería 473.3
Subtotal 473.3
3252 02 CD 14 100680 Transportes de Agua y Productos del Campo Grupo Tlalpense de la Magdalena, San Andrés y Topilejo, S.C. 2,145.1
Subtotal 2,145.1
3331 02 CD 14 101871 Consultoría Integral Jurídica & Reingeniería Graja, S.A. de C.V. 1,500.0
Subtotal 1,500.0
3381 02 CD 14 100775 Gobierno del Distrito Federal/Tesorería 9,651.4
Subtotal 9,651.4
3451* 02 CD 14 101708 AXA Seguros, S.A. de C.V. 2,443.3
Subtotal 2,443.3
3552 02 CD 14 102085 Tracto Camiones Aguirre, S.A. de C.V. 1,891.5
1,891.5
3571 02 CD 14 102100 Diésel Maquinaria y Adecuaciones Electromecánicas, S.A. de C.V. 977.9
Subtotal 977.9
3821 02 CD 14 101767 3 Lunas Producciones, S.A. de C.V. 4,996.7
Subtotal 4,996.7
3921 02 CD 14 100326 Gobierno del Distrito Federal/Tesorería 1,030.0
Subtotal 1,030.0
3969* 02 CD 14 102112 AXA Seguros, S.A. de C.V. 352.0
Subtotal 352.0
Total 62,357.6
*Las CLC señaladas no se encuentran respaldadas con la documentación justificativa y comprobatoria respectiva, por lo que no fue posible comprobar el ejercicio del gasto.
262
VOLUMEN 8/17
En el análisis de la información contenida en el cuadro anterior, se determinó lo siguiente:
1. Respecto de la documentación comprobatoria del gasto de las CLC correspondientes
a las partidas 2211 “Productos Alimenticios y Bebidas para Personas”, 2461 “Material
Eléctrico y Electrónico”, 2471 “Artículos Metálicos para la Construcción”, 2511 “Productos
Químicos Básicos”, 2561 “Fibras Sintéticas, Hules, Plásticos y Derivados”,
2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”, 3252 “Arrendamiento de Equipo de Transporte
Destinado a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”, 3331 “Servicios de
Consultoría Administrativa, Procesos, Técnica y en Tecnologías de la Información”,
3571 “Instalación, Reparación y Mantenimiento de Maquinaria, Otros Equipos y
Herramienta” y 3821 “Espectáculos Culturales“, se verificó la autenticidad de dichos
documentos en la página de Internet de Verificación de Comprobantes Fiscales
Digitales del Sistema de Administración Tributaria (SAT), con lo que se cumplió el
artículo 76 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito
Federal vigente en 2012, que indica: “Las Cuentas por Liquidar Certificadas se
deberán soportar con los originales de la documentación justificativa y comprobatoria
correspondiente, y las Unidades Responsables del Gasto verificarán y serán
responsables de que esta última cumpla con los requisitos fiscales y administrativos
aplicables, así como de su glosa, guarda y custodia para los fines legales y
administrativos que sean procedentes”.
2. En relación con las CLC correspondientes a las partidas 2411 “Mezcla Asfáltica”,
2721 “Prendas de Seguridad y Protección Personal”, 3112 “Servicio de Energía
Eléctrica”, 3131 “Agua Potable”, 3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales” y 3969 “Otros
Gastos por Responsabilidades”, se solicitó a la Delegación la documentación
comprobatoria; sin embargo, a la fecha de cierre de la auditoría (28 de agosto de 2013) la
Delegación no proporcionó información o documentación al respecto.
Por no contar con la documentación comprobatoria del gasto, la Delegación Tlalpan
incumplió lo establecido en el artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal vigente durante el ejercicio de 2012.
Asimismo, incumplió la fracción III, inciso a), del artículo 10 del Presupuesto de
Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012.
263
VOLUMEN 8/17
En la reunión de confronta, celebrada el 28 de agosto de 2013, mediante el oficio
núm. DT/DGA/1055/2013 de la misma fecha, la Delegación Tlalpan proporcionó
documentación e informó lo siguiente: “Adjunto oficios donde se solicitó el soporte
documental a las diferentes Direcciones Generales referente a los movimientos
presupuestales con cargo a las partidas 2721 ʽPrendas de Seguridad y Protección
Personalʼ, 3131 ʽAgua Potableʼ, 2411 ʽMezcla Asfálticaʼ y 3112 ʽServicios de Energía
Eléctricaʼ, DT/DGA/1001/2013, DT/DGA/0987/2013, DT/DGA/0986/2013,
DT/DGA/0924/2013 y DT/DGA/0988/2013 con fines de seguimiento, cabe señalar los
dos últimos oficios corresponden a 3112 ʽServicios de Energía Eléctricaʼ de la cual
se remite 14 copias de Cuentas por Liquidar Certificadas, asimismo 3451 ʽSeguro de
Bienes Patrimonialesʼ, 12 CO 01 104076 y 12 CO 01 104838, 3969 ʽOtros Gastos por
Responsabilidadesʼ 12 CO 01 105416, así como su respectivo soporte documental”.
En cuanto a las operaciones realizadas de forma centralizada que afectaron su
presupuesto, la Delegación Tlalpan no contó con la documentación justificativa
y comprobatoria, por lo que se concluye que no contó con mecanismos de coordinación
con las unidades administrativas consolidadoras que garantizara la obtención
de dicha documentación. Derivado de lo anterior y toda vez que la Secretaría de
Finanzas afectó el presupuesto de la Delegación Tlalpan por tratarse de partidas
centralizadas, se desvirtúa parcialmente el presente resultado.
Recomendación ASCprofcasf-105-12-05-TLA
Se reitera la recomendación expuesta en relación con el resultado núm. 7.
10. Resultado
Registro e Información Contable y Presupuestaria
Gasto pagado
Se revisó la evidencia documental de las erogaciones con las que se cancelaron total
o parcialmente las obligaciones de pago con los proveedores y prestadores de servicios.
264
VOLUMEN 8/17
Asimismo, se realizó la confirmación de operaciones con los 12 proveedores y prestadores de
servicios seleccionados, cabe mencionar que sólo 10 de éstos dieron respuesta a la
solicitud de información y documentación.
Derivado del análisis de la documentación comprobatoria proporcionada por los
proveedores y prestadores de servicios, en seis casos, se identificó el momento del pago
por medio de las transferencias bancarias en relación con las CLC emitidas con cargo al
presupuesto de la Delegación Tlalpan, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Partida Número de CLC Proveedor o prestador de servicios
Importe Institución bancaria
Transferencia bancaria Observación
Fecha Número de transferencia
Importe
2211 02 CD 14 101873 María del Rocío Hernández Andrade 757.1
No proporcionó documentación
Subtotal 757.1
2461 02 CD 14 101519 Ferrecorp, S.A. de C.V. 1,094.1 BANORTE 13/IX/12 3840948900 1,094.1
02 CD 14 102389 Roberto Carlos Blanco Sentiés 6,417.0
No proporcionó información
Subtotal 7,511.1
2471 02 CD 14 102187 Roberto Carlos Blanco Sentiés 567.1
No proporcionó información
Subtotal 567.1
2511 02 CD 14 101654 Black Verd de México, S.A. de C.V 2,430.6
No proporcionó información
02 CD 14 102565 199.8
Subtotal 2,630.4
2561 02 CD 14 101463 Tube Hidráulicas, S.A. de C.V. 815.1 BANORTE 29/VIII/12 3840912128 815.1
Subtotal 815.1
2611 02 CD 14 101969 Gasolinerías, P.S., S.A. de C.V. 3,121.3 BANORTE 12/X/12 3840025430 3,121.3
Subtotal 3,121.3
3252 02 CD 14 100680 Transportes de Agua y Productos del Campo Grupo Tlalpense de la Magdalena, San Andrés y Topilejo, S.C. 2,145.1
BBVA Bancomer 25/V/12 0001125661 044 2,145.1
Subtotal 2,145.1
3331 02 CD 14 101871 Consultoría Integral Jurídica & Reingeniería Graja, S.A. de C.V. 1,500.0
No proporcionó información
Subtotal 1,500.0
Continúa…
265
VOLUMEN 8/17
… Continuación
Partida Número de CLC Proveedor o prestador de servicios
Importe Institución bancaria
Transferencia bancaria Observación
Fecha Número de transferencia
Importe
3451 02 CD 14 101708 AXA Seguros, S.A. de C.V. 2,443.3
No proporcionó documentación
Subtotal 2,443.3
3552 02 CD 14 102085 Tracto Camiones Aguirre, S.A. de C.V. 1,891.5
No proporcionó información
Subtotal 1,891.5
3571 02 CD 14 102100 Diésel Maquinaria y Adecuaciones Electromecánicas, S.A. de C.V. 977.9 BANAMEX 31/X/12 3840081220 977.9
Subtotal 977.9
3821 02 CD 14 101767 3 Lunas Producciones, S.A. de C.V. 4,996.7 BANAMEX 1/X/12 3840996272 4,996.7
Subtotal 4,996.7
3969 02 CD 14 102112 AXA Seguros, S.A. de C.V. 352.0
No proporcionó documentación
352.0
29,708.7
Respecto de la información y documentación relativa a las operaciones realizadas con la
Delegación Tlalpan, que proporcionaron los proveedores y prestadores de servicios se
concluye que no se determinaron diferencias con lo reportado por la Delegación.
11. Resultado
Revisión de la Adopción e Implantación de Normas emitidas
por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC)
Se comprobó que la Secretaría de Finanzas aplicó las normas emitidas y publicadas en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal en 2012, que emitió y publicó el CONAC en el Diario
Oficial de la Federación, en cumplimiento de los artículos 6 y 9, fracción I, de la Ley
General de Contabilidad Gubernamental, que establecen lo siguiente:
“Artículo 6. El consejo es el órgano de coordinación para la armonización de la
contabilidad gubernamental y tiene por objeto la emisión de las normas contables
y lineamientos para la generación de información financiera que aplicarán los entes
públicos.
”Los miembros del consejo y del comité no recibirán remuneración alguna por su
participación en los mismos.”
266
VOLUMEN 8/17
“Artículo 9. El consejo tendrá las facultades siguientes:
”I. Emitir el marco conceptual, los postulados básicos, el plan de cuentas, los elementos
mínimos que deben contener los manuales de contabilidad gubernamental, junto con los
reclasificadores de catálogos de cuentas para el caso de los correspondientes al sector
paraestatal; así como las normas contables y de emisión de información financiera,
generales y específicas, que hayan sido formuladas y propuestas por el secretario técnico.”
12. Resultado
Con la finalidad de verificar que el destino de los recursos ejercidos con cargo al
FORTAMUNDF correspondiera al establecido en el artículo 37 de la Ley de Coordinación
Fiscal, con el oficio núm. ASC/13/1123 del 5 de junio de 2013, la CMHALDF solicitó a la
Delegación Tlalpan que indicara el número de obras y acciones que realizó con cargo
al FORTAMUNDF en 2012 y el monto ejercido en éstas, y la representatividad de los
recursos destinado al cumplimiento de obligaciones financieras, pago de derechos
y aprovechamientos por concepto de agua, seguridad pública y otras prioridades de la
Delegación.
La Delegación Tlalpan proporcionó información y documentación relacionadas con el destino
de los recursos ejercidos con cargo al FORTAMUNDF, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Rubros Importe Participación en el total ejercido
(%)
Medida Obras o acciones Parcial Total
Seguridad pública 35,247.4 35,247.4 11.3 Servicio 1
Obligaciones financieras 8,808.6 2.8
Pago de pasivos 8,808.6 Acción 1
Obra pública 14,508.2 14,508.2 4.7 Inmueble 58
Otros requerimientos 252,406.2 81.2
Programa delegacional de alumbrado público 8,828.2 Luminaria 4,600
Recolección delegacional de residuos sólidos 3,777.8 Tonelada 261,981
Servicios de energía eléctrica 64,334.8 Acción 1
Mantenimiento de la carpeta asfáltica en vialidades secundarias 20,144.6 m² 133,898
Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales 77,994.4 m³ 1,026,234
Servicios de apoyo administrativo en Delegaciones 77,326.4 Acción 1
Total 310,970.4 310,970.4 100.0
267
VOLUMEN 8/17
Además, mediante el oficio núm. ASC/105/12/06 del 8 de agosto de 2013, se solicitó
que se explicara por qué se ejercieron recursos del FORTAMUNDF en las partidas que
integraron la muestra de auditoría, y si éstas corresponden al destino de los recursos de
conformidad con el artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal.
De la revisión a la documentación soporte de las operaciones realizadas con recursos del
FORTAMUNDF con cargo a las partidas 2211 “Productos Alimenticios y Bebidas
para Personas” (CLC 02 CD 14 101873, por un importe de 757.1 miles de pesos) y
3141 “Telefonía Tradicional” (CLC 02 CD 14 100231, por un importe de 473.3 miles de pesos),
y se constató que, específicamente las justificaciones presentadas en las requisiciones de
servicios no corresponden con el destino de los recursos que se contempla en la Ley
de Coordinación Fiscal.
Asimismo, con relación a la partida 3921 “Impuestos y Derechos” (CLC 02 CD 14 100326,
por un importe de 1,030.0 miles de pesos), no se pudo comprobar el destino de los
recursos, ya que al cierre de auditoría (28 de agosto de 2013) la Delegación Tlalpan no
proporcionó información o documentación al respecto.
Derivado de lo anterior, la Delegación Tlalpan incumplió los artículos 37 y 49 de la Ley de
Coordinación Fiscal, que disponen lo siguiente:
“Artículo 37. Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones para el
Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito
Federal, reciban los municipios a través de las entidades y las Demarcaciones
Territoriales por conducto del Distrito Federal, se destinarán a la satisfacción de sus
requerimientos, dando prioridad al cumplimiento de sus obligaciones financieras, al pago
de derechos y aprovechamientos por concepto de agua y a la atención de las
necesidades directamente vinculadas con la seguridad pública de sus habitantes.
Respecto de las aportaciones que reciban con cargo al Fondo a que se refiere este
artículo, los municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal tendrán las
mismas obligaciones a que se refieren las fracciones I y III del artículo 33 de esta Ley.”
268
VOLUMEN 8/17
“Artículo 49. Las aportaciones y sus accesorios que con cargo a los Fondos a que se
refiere este Capítulo reciban las entidades y, en su caso, los municipios y las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal, no serán embargables, ni los gobiernos correspondientes
podrán, bajo ninguna circunstancia, gravarlas ni afectarlas en garantía o destinarse a
mecanismos de fuente de pago, salvo por lo dispuesto en los artículos 50 y 51 de esta
Ley. Dichas aportaciones y sus accesorios, en ningún caso podrán destinarse a fines
distintos a los expresamente previstos en los artículos 26, 29, 33, 37, 40, 42, 45 y 47 de
esta Ley.”
Recomendación ASCprofcasf-105-12-06-TLA
Es necesario que la Delegación Tlalpan adopte mecanismos que garanticen que las
operaciones realizadas por este órgano político-administrativo con recursos del Fondo de
Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal correspondan con el destino de los recursos que se
contempla la Ley de Coordinación Fiscal.
13. Resultado
Transparencia del Ejercicio, Destino y Resultados del Fondo
La Delegación Tlalpan reportó de manera oportuna a la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público (SHCP) la información trimestral relacionada con el ejercicio, destino y los
resultados obtenidos de los recursos del fondo, de manera pormenorizada y público el
avance físico reportado a la SHCP. Se constató la congruencia de los reportes de avance
y los registros contable-presupuestales y con la información de la Cuenta Pública del
Gobierno del Distrito Federal del ejercicio de 2012. Además, se verificó la difusión de
dichos informes mediante la página de Internet de la Secretaría de Finanzas.
Por su parte, la Secretaría de Finanzas publicó oportunamente en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal los informes trimestrales relacionados con el ejercicio, destino y los
resultados obtenidos de los recursos del fondo, de manera pormenorizada; y el avance
físico reportado a la SHCP, como se muestra a continuación:
269
VOLUMEN 8/17
Trimestre Fecha de publicación
Primer trimestre 4/V/12
Segundo trimestre 1/VIII/12
Tercer trimestre 5/XI/12
Cuarto trimestre 5/II/13
Por lo anterior, se concluye que la Delegación Tlalpan y la Secretaría de Finanzas
cumplieron el artículo 48 de la Ley de Coordinación Fiscal, que dispone lo siguiente:
“Artículo 48. Los Estados y el Distrito Federal enviarán al Ejecutivo Federal, por conducto
de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, informes sobre el ejercicio y destino de
los recursos de los Fondos de Aportaciones Federales a que se refiere este Capítulo.
”Para los efectos del párrafo anterior, los Estados y el Distrito Federal reportarán tanto la
información relativa a la Entidad Federativa, como aquella de sus respectivos Municipios
o Demarcaciones Territoriales para el caso del Distrito Federal, en los Fondos que
correspondan, así como los resultados obtenidos; asimismo, remitirán la información
consolidada a más tardar a los 20 días naturales posteriores a la terminación de cada
trimestre del ejercicio fiscal.
”La Secretaría de Hacienda y Crédito Público incluirá los reportes señalados en el párrafo
anterior, por Entidad Federativa, en los informes trimestrales que deben entregarse al
Congreso de la Unión en los términos del artículo 107, fracción I, de la Ley Federal
de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; asimismo, pondrá dicha información a
disposición para consulta en su página electrónica de Internet, la cual deberá actualizar
a más tardar en la fecha en que el Ejecutivo Federal entregue los citados informes.
”Los Estados, el Distrito Federal, los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del
Distrito Federal, publicarán los informes a que se refiere el párrafo primero de este artículo
en los órganos locales oficiales de difusión y los pondrán a disposición del público en
general a través de sus respectivas páginas electrónicas de Internet o de otros medios
locales de difusión, a más tardar a los 5 días hábiles posteriores a la fecha señalada en el
párrafo anterior.”
270
VOLUMEN 8/17
14. Resultado
Transparencia del Ejercicio, Destino y Resultados del Fondo
La Delegación Tlalpan informó que difunde entre sus habitantes el monto de los recursos
recibidos, las obras y acciones realizadas (costo, ubicación, metas cumplidas y beneficiarios),
y los resultados alcanzados mediante las operaciones realizadas con cargo al
FORTAMUNDF a través de su página de Internet, en cumplimiento de las fracciones I y III,
inciso b), del artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal, que establece lo siguiente:
“I. Hacer del conocimiento de sus habitantes, los montos que reciban las obras y acciones
a realizar, el costo de cada una, su ubicación, metas y beneficiarios; […]
”III. Informar a sus habitantes, al término de cada ejercicio, sobre los resultados alcanzados…”
Asimismo, cumplió el artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal, que establece:
“Artículo 37. Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones para el
Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito
Federal, reciban los municipios a través de las entidades y las Demarcaciones
Territoriales por conducto del Distrito Federal, se destinarán a la satisfacción de sus
requerimientos, dando prioridad al cumplimiento de sus obligaciones financieras, al pago
de derechos y aprovechamientos por concepto de agua y a la atención de las
necesidades directamente vinculadas con la seguridad pública de sus habitantes.
Respecto de las aportaciones que reciban con cargo al Fondo a que se refiere este
artículo, los municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal tendrán las
mismas obligaciones a que se refieren las fracciones I y III del artículo 33 de esta Ley.”
15. Resultado
Obligaciones Financieras
La Delegación Tlalpan registró en su contabilidad el pasivo pagado con cargo al
FORTAMUNDF al 1o. de enero de 2012; dicho pago fue programado en el presupuesto
para ser cubierto con recursos del FORTAMUNDF de 2012. Por lo anterior, la Delegación
Tlalpan cumplió el artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal, que establece:
271
VOLUMEN 8/17
“Artículo 37. Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones para el
Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal,
reciban los municipios a través de las entidades y las Demarcaciones Territoriales por conducto
del Distrito Federal, se destinarán a la satisfacción de sus requerimientos, dando prioridad al
cumplimiento de sus obligaciones financieras, al pago de derechos y aprovechamientos por
concepto de agua y a la atención de las necesidades directamente vinculadas con la seguridad
pública de sus habitantes. Respecto de las aportaciones que reciban con cargo al Fondo a que se
refiere este artículo, los municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal tendrán
las mismas obligaciones a que se refieren las fracciones I y III del artículo 33 de esta Ley.”
16. Resultado
Seguridad Pública
La Delegación Tlalpan ejerció 35,247.4 miles de pesos en el rubro de seguridad pública,
servicio que contrato con la SSP por medio de la PADF, mediante las Bases de Colaboración
para la Prestación de Servicios de Seguridad y Vigilancia. Al respecto, se constató que el
órgano político-administrativo no efectúo retenciones por concepto de Impuesto sobre la
Renta en las nóminas, ya que el personal que presta los servicios de seguridad y vigilancia
intramuros y extramuros está adscrito a la SSP no a la Delegación. Lo anterior en
cumplimiento del primer y segundo párrafo del artículo 102 de la Ley del Impuesto sobre
la Renta, que establece lo siguiente:
“Artículo 102. Los partidos y asociaciones políticas, legalmente reconocidos, tendrán las
obligaciones de retener y enterar el impuesto y exigir la documentación que reúna los
requisitos fiscales, cuando hagan pagos a terceros y estén obligados a ello en términos de Ley.
”La Federación, los Estados, los Municipios y las instituciones que por Ley estén obligadas a
entregar al Gobierno Federal el importe íntegro de su remanente de operación, sólo tendrán
las obligaciones a que se refiere el primer párrafo de este artículo.”
17. Resultado
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
El Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios 2012, se
envió oportunamente a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios
272
VOLUMEN 8/17
Generales de la Oficialía Mayor, no así los Informes Trimestrales de Seguimiento de
las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, ya que los envíos de los
informes correspondientes a los tres primeros trimestres del año se efectuaron con
desfases de 11, 17 y 51 días naturales respecto a la fecha establecida. Asimismo,
no presentó evidencia del envío del informe correspondiente al cuarto trimestre.
Por lo anterior, la Delegación Tlalpan incumplió el numeral 5.16, apartado “Informes” de la
Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la
Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis) vigente al 7 de agosto de 2012.
Es preciso mencionar que no se emite recomendación relacionada con los Informes
Trimestrales de Seguimiento de las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de
Servicios, puesto que en la Normatividad en materia de Administración de Recursos para
las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis),
publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de agosto de 2012, ya no se
contempla la obligatoriedad de emitir dichos informes.
18. Resultado
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
Se verificó que las adquisiciones, arrendamientos y servicios realizados con recursos del
FORTAMUNDF se adjudicaron por invitación restringida a cuando menos tres proveedores
y que, en aquellos casos en los que no se sujetó al procedimiento de invitación, se
acreditaron de manera suficiente los criterios en los que se sustenta la excepción, a fin de
garantizar para la Delegación Tlalpan las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio,
calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes. Además, se constató
que las adquisiciones se efectuaron al amparo de un contrato o pedido debidamente
formalizado y que se contó con la garantía de cumplimiento, de conformidad con lo establecido
en la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su reglamento, vigentes en 2012.
19. Resultado
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
Se verificó que los bienes adquiridos y los servicios prestados se hubiesen recibido dentro
de los plazos pactados en los contratos respectivos y, en su caso, que se aplicaran las
273
VOLUMEN 8/17
penas convencionales por incumplimiento, de conformidad con lo establecido en la Ley de
Adquisiciones para el Distrito Federal y su reglamento, vigentes en 2012.
Cabe mencionar que únicamente se pudo comprobar la entrega-recepción de los bienes y
servicios de los contratos núms. DT-2012-104-PS, DT-2012-067-ADQ, DT-2012-066-ADQ,
DT-2012-009-ADQ, DT-2012-035-ADQ, DT-2012-021-DGOPS, DT-2012-111-PS, DT-2012-108-PS y
DT-2012-127-PS; y los pagos relativos a la tenencia vehicular y el servicio telefónico.
Con relación a las partidas 2411 “Mezcla Asfáltica”, 2721 “Prendas de Seguridad y
Protección Personal”, 3112 “Servicio de Energía Eléctrica”, 3131 “Agua Potable”, 3451
“Seguro de Bienes Patrimoniales”, y 3969 “Otros Gastos por Responsabilidades”, la
CMHALDF solicitó a la Delegación los expedientes de sus respectivas CLC sin embargo,
a la fecha de cierre de la auditoría (28 de agosto 2013) la Delegación no los proporcionó.
Por no proporcionar la documentación justificativa y comprobatoria de las operaciones
relativas a las partidas y CLC mencionadas, la Delegación Tlalpan infringió el artículo 44 de
la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012, que dispone:
“Artículo 44. Los titulares de las Unidades Responsables del Gasto y los servidores públicos
encargados de su administración, serán los responsables del manejo y aplicación de los
recursos […] de que los compromisos sean efectivamente devengados, comprobados y
justificados; de la guarda y custodia de los documentos que los soportan…”.
Asimismo, incumplió el artículo 10, fracción III, inciso a), del Presupuesto de Egresos de la
Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012 que señala lo siguiente:
“Artículo 10. Las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales del
Distrito Federal, en el ejercicio de los recursos que les sean transferidos a través
del Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios,
se sujetarán a las disposiciones en materia de información, rendición de cuentas,
transparencia y evaluación establecidas en los artículos 134 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, 48 y 49, fracción V, de la Ley de Coordinación Fiscal, 85 y 110
de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Acuerdo Nacional
para la Modernización de la Educación Básica y Normal y el Acuerdo Nacional para la
Descentralización de los Servicios de Salud y para ello deberán […]
274
VOLUMEN 8/17
”a) Mantener registros específicos de cada fondo, debidamente actualizados, identificados
y controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto
incurrido. Dicha documentación se presentará a los órganos competentes de control
y fiscalización que la soliciten…”
En la reunión de confronta, celebrada el 28 de agosto de 2013, mediante el oficio
núm. DT/DGA/1055/2013 de la misma fecha, la Delegación Tlalpan proporcionó
documentación e informó lo siguiente: “Adjunto oficios donde se solicitó el soporte
documental a las diferentes Direcciones Generales referente a los movimientos presupuestales
con cargo a las partidas 2721 ʽPrendas de Seguridad y Protección Personalʼ, 3131 ʽAgua
Potableʼ, 2411 ʽMezcla Asfálticaʼ y 3112 ʽServicios de Energía Eléctricaʼ, DT/DGA/1001/2013,
DT/DGA/0987/2013, DT/DGA/0986/2013, DT/DGA/0924/2013 y DT/DGA/0988/2013 con
fines de seguimiento, cabe señalar los dos últimos oficios corresponden a 3112 ʽServicios
de Energía Eléctricaʼ de la cual se remite 14 copias de Cuentas por Liquidar Certificadas,
asimismo 3451 ʽSeguro de Bienes Patrimonialesʼ, 12 CO 01 104076 y 12 CO 01 104838,
3969 ʽOtros Gastos por Responsabilidadesʼ 12 CO 01 105416, así como su respectivo
soporte documental”.
En cuanto a las operaciones realizadas de forma centralizada que afectaron su
presupuesto, la Delegación Tlalpan no contó con la documentación justificativa
y comprobatoria, por lo que se concluye que no aplicó mecanismos de coordinación con
las unidades administrativas consolidadoras, a fin de garantizar que se tuviera dicha
documentación.
Derivado de lo anterior y toda vez que la Secretaría de Finanzas afectó el presupuesto de
la Delegación Tlalpan por tratarse de partidas centralizadas, se desvirtúa parcialmente el
presente resultado.
Recomendación ASCprofcasf-105-12-07-TLA
Se reitera la recomendación expuesta en relación con el resultado núm. 7.
275
VOLUMEN 8/17
II.15.1.2. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO”
Auditoría ASC/167/12
ANTECEDENTES
El artículo décimo primero transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito
Federal para el Ejercicio Fiscal de 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
el 30 de diciembre de 2011, señala, en relación con los recursos aprobados por la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal (ALDF) por concepto de presupuesto participativo, que “a las
Delegaciones les corresponden recursos por 704,275,724 pesos y se distribuirán de acuerdo
a lo establecido en el Anexo 1 del presente decreto”.
El artículo décimo segundo transitorio, inciso c), del mismo ordenamiento establece que
“la determinación de las acciones específicas que con cargo al presupuesto participativo
ejecutarán las Delegaciones en cada una de las 1,815 colonias y pueblos originarios, que
no se encuentren en el supuesto de asentamientos irregulares, o que en su determinación no se
contravenga disposiciones jurídicas vigentes, se hará con base en los resultados de la consulta
ciudadana que se efectuó el domingo 13 de noviembre de 2011. Conforme al Anexo 7”.
Este último establece el rubro general y el proyecto específico ganador para cada Comité
Ciudadano o Consejo del Pueblo.
El Anexo 1 hace mención que a la Delegación Tlalpan le correspondieron 45,492.3 miles
de pesos, que representan el 6.5% de los 704,275.7 miles de pesos distribuidos entre las
16 Delegaciones del Distrito Federal, representando 0.4% de disminución respecto de los
45,691.8 miles de pesos que le fueron asignados en 2011.
En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012, se reportó que los 16
órganos político-administrativos ejercieron 639,777.7 miles de pesos con cargo al destino
de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, lo que representó una variación negativa de
64,498.1 miles de pesos (9.2%) con relación a los 704,275.8 miles de pesos asignados
276
VOLUMEN 8/17
originalmente y de 20,362.3 miles de pesos (3.1%) en comparación con los 660,140.0
miles de pesos ejercidos en 2011.
El monto ejercido por la Delegación Tlalpan en el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”
fue de 36,922.2 miles de pesos, que representaron una variación negativa de 18.8%
(8,570.1 miles de pesos) con relación al presupuesto original y una disminución de 17.6% en
relación con los 44,826.1 miles de pesos ejercidos en 2011.
En el Informe de Cuenta Pública de 2012 de la Delegación Tlalpan, apartado “ECG, Análisis
de Egresos por Capítulo de Gasto”, el órgano político-administrativo no hace referencia sobre
el ejercicio del gasto de los recursos con clave 65 “Presupuesto Participativo”.
OBJETIVO
El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación
Tlalpan, con destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se haya registrado, aprobado,
modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con la normatividad
y los ordenamientos aplicables.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Esta auditoría se seleccionó de conformidad con los siguientes criterios generales, contenidos
en el Manual de Selección de Auditorías de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal:
1. “Exposición al Riesgo”, por ser un programa presupuestario de reciente creación y estar
expuesto a riesgos de irregularidades e ineficiencias, o incumplimiento de objetivos y metas.
2. “Interés General”, por la naturaleza del gasto y su importancia en el ámbito social, las
actividades que realizan los órganos político-administrativos para cumplir con los objetivos
del presupuesto participativo tienen un impacto directo y tangible en la ciudadanía.
3. “Presencia y Cobertura”, de conformidad con la Ley de Participación Ciudadana del Distrito
Federal a la ALDF le compete vigilar, por conducto de la Contaduría Mayor de Hacienda
de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (CMHALDF), el ejercicio de los recursos
277
VOLUMEN 8/17
del presupuesto participativo, el cual es susceptible de auditarse por estar contenido
en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal y en la Cuenta Pública del
Distrito Federal de 2012.
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado C, Base Primera,
fracción V, incisos c) y e), en relación con el 74, fracción VI, de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;
1o; 2o., fracciones IX y X, inciso a); 3o; 8o., fracciones I, II, III, VI, VII, párrafo primero, VIII, IX,
XIII, XVI y XIX; 9o.; 10, incisos a) y e); 14, fracciones I, VIII, XVII y XXIII; 16; 22; 24; 27;
28; 30; 32; 33; 34; y 35 de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la
Asamblea Legislativa del Distrito Federal; 1o; 2o., fracción XIX, inciso a); 6o., fracciones V
y VII; 13 y 16 del Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal.
ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
El alcance de la auditoría se determinó como resultado de los trabajos que se realizaron en la
fase de planeación y del estudio y evaluación del sistema de control interno, una vez integrado
el presupuesto ejercido por la Delegación Tlalpan en 2012 con cargo al destino de gasto
65 “Presupuesto Participativo”, por 36,922.2 miles de pesos, en las partidas 2419 “Otros
Productos Minerales no Metálicos”, 2421 “Cemento y Productos de Concreto”, 2461 “Material
Eléctrico y Electrónico”, 2471 “Artículos Metálicos para la Construcción”, 2491 “Otros Materiales
y Artículos de Construcción y Reparación”, 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”,
6121 “Edificación no Habitacional” y 6151 “Construcción de Vías de Comunicación”.
Para la presente revisión, se seleccionaron las partidas 6121 “Edificación no Habitacional”
y 6151 “Construcción de Vías de Comunicación”, por montos ejercidos de 218.7 miles
de pesos y 7,854.6 miles de pesos, respectivamente, que en conjunto representan el
21.9% (8,073.3 miles de pesos) de las erogaciones correspondientes al destino de gasto
65 “Presupuesto Participativo” (36,922.2 miles de pesos).
Con objeto de analizar los mecanismos de control y supervisión implantados por el sujeto
fiscalizado para aprobar, modificar, comprometer, devengar, ejercer, registrar y pagar los
recursos asignados al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se revisó la normatividad
278
VOLUMEN 8/17
aplicable: Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; Ley de Obras Públicas
del Distrito Federal y su Reglamento; Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal;
Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012; Manual
de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito
Federal; Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones
de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis 2011) vigente a partir
del 20 de mayo de 2011; Normatividad en materia de Administración de Recursos para las
Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis 2012) vigente
a partir del 8 de agosto de 2012; Circular Contraloría General para el Control y Evaluación
de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa
y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal; Clasificador por
Objeto del Gasto del Distrito Federal; y Lineamientos con los que se dictan Medidas de
Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestal para contener el Gasto en la Administración
Pública del Distrito Federal, vigentes en 2012.
Se aplicaron cuestionarios de control interno en las Direcciones Generales de Obras y Desarrollo
Urbano (DGODU), de Participación y Concertación Ciudadana, de Servicios Urbanos,
y de Administración (DGA), de la Delegación Tlalpan.
Se revisó el Manual Administrativo de la Delegación Tlalpan vigente en 2012, para verificar
que la organización fuera acorde con la estructura orgánica autorizada y dictaminada y que,
junto con los procedimientos aplicables al rubro revisado, contaran con la autorización de la
Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA) de la Contraloría General
del Distrito Federal (CGDF).
Se analizó la normatividad que rige el ejercicio de los recursos del presupuesto participativo,
para verificar que el órgano político-administrativo contara con las atribuciones para su
operación.
Se solicitó y analizó diversa información generada por el Instituto Electoral del Distrito
Federal (IEDF), relacionada con la capacitación a servidores públicos de la Delegación.
Se verificó que la modificación al presupuesto autorizado para el destino de gasto
65 “Presupuesto Participativo” del órgano político-administrativo se haya justificado y que haya
279
VOLUMEN 8/17
contado con la documentación soporte y la autorización de la Secretaría de Finanzas del Distrito
Federal (SEFIN).
Se comprobó que el presupuesto ejercido por la Delegación, con cargo a la muestra de la
presente auditoría, se hubiese devengado conforme a la normatividad aplicable. Asimismo,
se verificó la existencia de la documentación que acreditara que las obras contratadas se
realizaron y se pagaron conforme al contrato correspondiente.
Se verificó que el registro presupuestal de las operaciones revisadas se hubiese realizado
de conformidad con el Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal de 2012.
Se revisó que los procedimientos para contratar obras públicas, efectuados con cargo al
capítulo 6000 “Inversión Pública” se hayan realizado conforme a lo establecido en la Ley
de Obras Públicas del Distrito Federal y su Reglamento, vigentes en 2012. También se confirmó
que dichas contrataciones se sujetaron a los montos autorizados en el Decreto de Presupuesto
de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012.
En cuanto a la empresa contratista de la muestra de auditoría, se verificó que los importes
contratados, facturados y los datos relativos a la entrega de las obras correspondieran a la
información proporcionada por la Delegación, y que las obras se hubieran realizado conforme
a las cláusulas establecidas en el contrato respectivo y que no hubiese sido inhabilitada
por la Secretaría de la Función Pública o por la Contraloría General del Distrito Federal (CGDF).
Se verificó que las Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) correspondientes al pago de las
obras contratadas hubieran sido elaboradas y autorizadas por los servidores públicos facultados
para tal fin y que los comprobantes de pago (facturas) cumplieran con los requisitos fiscales
establecidos en el Código Fiscal de la Federación vigente en 2012.
Se efectuó la verificación física de las obras ejecutadas para constatar que se hayan realizado
conforme a los contratos respectivos y de acuerdo con los proyectos ganadores de la consulta
ciudadana de 2012.
Se verificó que los informes relativos al ejercicio de los recursos del destino de gasto 65
“Presupuesto Participativo” se hayan presentado en tiempo y forma, de acuerdo con la
normatividad vigente en 2012.
280
VOLUMEN 8/17
La muestra de auditoría se determinó conforme a la siguiente:
1. Se estratificó el universo (36,922.2 miles de pesos) por capítulo, partida presupuestal,
resultado, subresultado y actividad institucional. Asimismo, a fin de identificar los importes
y las variaciones más significativas, se determinó el porcentaje que representa cada uno
de esos rubros en relación con el total del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
2. La muestra se definió conforme a la selección incidental y por unidad monetaria
establecida en la Norma Internacional de Auditoría (NIA) 530 “Métodos de Selección
de Muestras”, de las Normas de Auditoría del Instituto Mexicano de Contadores
Públicos, A.C.; y con base en los capítulos, partidas y contratos con mayor participación
en el ejercicio de recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” en 2012.
De acuerdo con lo anterior, se determinó una muestra de auditoría por 8,073.3 miles de
pesos, que representa el 21.9% de los 36,922.2 miles de pesos ejercidos en el destino
de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, y corresponde al gasto realizado con cargo a las
partidas 6121 “Edificación no Habitacional” por 218.7 miles de pesos y 6151 “Construcción
de Vías de Comunicación”, por 7,854.6 miles de pesos, relacionado con el contrato
núm. DTL-OM-LP-091-2012 y convenio modificatorio de importe núm. 1, adjudicado mediante
el procedimiento de licitación pública nacional, concurso núm. DTL-2M-LP-037-2012,
mismos que se identifican con los rubros generales de “Obras y Servicios”, “Infraestructura
Urbana”, “Equipamiento” y “Prevención del Delito”; por lo que la Delegación Tlalpan se
ajustó al inciso b), del artículo décimo segundo transitorio del Decreto de Presupuesto
de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, publicado en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2011.
La auditoría se llevó a cabo en la Dirección General de Administración, en la Dirección General
de Obras y Desarrollo Urbano y en la Dirección General de Participación y Concertación
Ciudadana, adscritas a la Delegación Tlalpan.
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
Para contar con una base sobre la cual determinar la naturaleza, extensión y oportunidad
de las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el Manual de Organización
281
VOLUMEN 8/17
de la Delegación Tlalpan vigentes en 2012, con el propósito de identificar su estructura
orgánica, así como los objetivos, funciones y atribuciones de las unidades administrativas
que la integran y específicamente de las que intervinieron en el rubro objeto de la revisión.
También se revisó el manual de procedimientos del órgano político-administrativo con
objeto de conocer los que fueron aplicados por las unidades administrativas responsables
de registrar, aprobar, modificar, comprometer, devengar, ejercer y pagar las erogaciones
efectuadas con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, y si éstos
garantizaron razonablemente el cumplimiento de las leyes, reglamentos, normas, políticas
y otras disposiciones de observancia obligatoria.
Se aplicaron cuestionarios de control interno en las Direcciones Generales de Obras
y Desarrollo Urbano (DGODU), de Participación y Concertación Ciudadana, de Servicios
Urbanos, y de Administración (DGA), de la Delegación Tlalpan, las cuales tuvieron relación
con el ejercicio del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
Una vez recopilada y analizada la información general de las áreas y operaciones sujetas
a revisión, y a partir de los mecanismos de control identificados en cada proceso, se evaluó
si los mecanismos establecidos hicieron factible la administración de los riesgos de
irregularidades e ineficiencias y disminuyeron las debilidades detectadas.
Con base en el estudio y evaluación del control interno, se determinó que la Delegación
Tlalpan, en cuanto al ejercicio de los recursos con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto
Participativo”, no estableció una actividad institucional, objetivos, metas ni indicadores para el
rubro revisado. Por otra parte, las áreas de la Delegación Tlalpan se estructuraron conforme
a las funciones asignadas en el manual de organización. Con motivo de la reestructura
orgánica vigente a partir del 16 de octubre de 2012, su Manual Administrativo (apartados
de organización y procedimientos) actualizado conforme al dictamen núm. 11/2012 se envió
a la Coordinación General de Modernización Administrativa en forma extemporánea. Asimismo,
los servidores públicos responsables de verificar el cumplimiento de los proyectos del
presupuesto participativo, al no haber participado en los cursos de formación y sensibilización
que impartió el IEDF en materia de Participación Ciudadana en 2012, no contaron con las
competencias que proporcionó dicho organismo.
282
VOLUMEN 8/17
RESULTADOS
1. Resultado
Estructura Orgánica
En 2012, la Delegación Tlalpan realizó sus funciones con base en la estructura orgánica
y organigramas correspondientes al dictamen de reestructuración núm. 17/2009, vigente
del 1o. de octubre de 2009 al 15 de octubre de 2012, para el período del 16 de octubre al
31 de diciembre de 2012, se basó en el dictamen núm. 11/2012, dictaminadas favorablemente
por la CGDF.
De conformidad con el dictamen núm.17/2009, autorizado por la CGDF, mediante el oficio
núm. CG/539/2009 del 8 de octubre de 2009, la estructura orgánica autorizada de la Delegación
Tlalpan estaba integrada por 233 plazas distribuidas de la siguiente forma:
Unidad administrativa Plazas
Jefatura Delegacional 32
Dirección General Jurídica y de Gobierno 37
Dirección General de Administración 33
Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano 31
Dirección General de Desarrollo Social 20
Dirección General de Ecología y Desarrollo Sustentable 16
Dirección General de Cultura 17
Dirección General de Desarrollo Ciudadano 17
Dirección General de Servicios Urbanos 30
Total 233
Con los oficios núms. DT/028/2012 y DT/JD/044/2012, del 8 y 25 de octubre de 2012,
respectivamente, la Jefatura Delegacional en Tlalpan envió a la Coordinación General de
Modernización Administrativa (CGMA) y a la CGDF, la propuesta de modificación de estructura
orgánica con vigencia a partir del 16 de octubre de 2012, para su análisis y dictaminación
correspondiente.
Mediante el oficio núm. CG/485/12 del 25 de octubre de 2012, la CGDF notificó a la Delegación
Tlalpan la dictaminación favorable de su estructura orgánica y organigramas con base en
283
VOLUMEN 8/17
el dictamen núm. 11/2012, en vigor a partir del 16 de octubre de 2012 e integrada por 226 plazas
distribuidas de la siguiente manera:
Unidad administrativa Plazas
Jefatura Delegacional 36
Dirección General Jurídica y de Gobierno 34
Dirección General de Administración 36
Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano 28
Dirección General de Desarrollo Social 31
Dirección General de Ecología y Desarrollo Sustentable 9
Dirección General de Cultura 8
Dirección General de Participación y Concertación Ciudadana 16
Dirección General de Desarrollo Económico y Fomento Cooperativo 6
Dirección General de Servicios Urbanos 11
Dirección Ejecutiva de Mejora Continua 11
Total 226
Manual Administrativo
1. El Manual Administrativo de la Delegación Tlalpan, apartado de organización, elaborado
conforme al dictamen núm. 17/2009, quedó registrado con el núm. MA-02D14-17/09
y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de junio de 2011.
Dicho manual fue difundido por la Delegación Tlalpan entre los servidores públicos
responsables de su aplicación mediante los oficios núms. DT/DGA/865/2011 y terminaciones
866/2011, 867/2011, 868/2011, 869/2011, 870/2011, 871/2011, 872/2011, 873/2011,
874/201 y 875/2011, todos del 5 de julio de 2011, en cumplimiento de los numerales
2.4.6.7 y 2.4.7.2 de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la
Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa
y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal, publicada
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 25 de enero de 2011.
De la revisión al contenido del citado manual, se desprende que éste se ajusta al dictamen
de estructura orgánica núm. 17/2009; además, el apartado de organización cuenta con
antecedentes, marco jurídico-administrativo, atribuciones, objetivo, funciones y organigramas
por área.
284
VOLUMEN 8/17
2. Con relación al manual administrativo, apartado de procedimientos, la Delegación Tlalpan
proporcionó copia de los oficios núms. CG/CGMA/DDO/1153/2011 y terminaciones
3943/2011, 4293/2011 y 4576/2011, todos de 2011, con los cuales la CGMA comunicó
a la Delegación Tlalpan, la actualización de 380 procedimientos elaborados conforme al
dictamen 17/2009, registrados con el núm. MA-02D14-17/09. Dichos procedimientos fueron
publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal con fechas 17 de junio y 22 de
noviembre de 2011 y 1o. de febrero de 2012, en cumplimiento del numeral 2.4.6.7
de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública;
el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa y la Atención
Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal del 25 de enero de 2011.
De los 380 procedimientos antes mencionados, se verificó que 29 están relacionados
con el objetivo de la auditoría, los cuales incluyen controles para el manejo de recursos
ejercidos con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
Respecto de la difusión de su manual de procedimientos, la Delegación Tlalpan proporcionó
los oficios núms. DT/DGA/872/2011 al DT/DGA/875/2011, todos del 5 de junio de 2011,
y núms. DT/DGA/DMA/255/2011 al DT/DGA/DMA/261/2011, todos del 23 de noviembre
de 2011, mediante los cuales se realizó la difusión entre el personal de las áreas que
conforman esa Delegación, en cumplimiento del numeral 2.4.7.2 de la Circular Contraloría
General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización,
Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración
Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 25 de enero
de 2011, vigente en 2012.
3. La Delegación Tlalpan no proporcionó evidencia de haber enviado a la CGMA su manual
de procedimientos actualizado de acuerdo con el dictamen núm. 11/2012, por lo que
incumplió con el numeral 2.4.2 de la Circular Contraloría General para el Control
y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación
Administrativa y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal,
publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 25 de enero de 2011, vigente
en 2012, en el que se establece: “La actualización del Manual de Procedimientos deberá
285
VOLUMEN 8/17
remitirse a la CGMA por medio de oficio firmado con firma autógrafa o firma electrónica
avanzada, a más tardar en 60 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de la
modificación efectuada, para que ésta proceda a su análisis y, en su caso, al registro…”.
Dicho plazo se cumplió en el mes de enero de 2013, considerando que la vigencia del
dictamen 11/2012 es a partir del 16 de octubre de 2012; de lo anterior se concluye que no
se desprende observación alguna, en virtud de que el desfase de su envío a la CGMA
para su dictamen y registro, y su posterior publicación, aplican para el ejercicio fiscal
de 2013, en cuya revisión se deberá aplicar la observación correspondiente. Por tanto,
no se formula observación alguna al respecto.
2. Resultado
Competencia
De conformidad con el artículo 15 párrafo II, de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito
Federal, “las autoridades están obligadas a promover entre los servidores públicos cursos
de formación y sensibilización para dar a conocer los instrumentos de participación ciudadana
y los órganos de representación ciudadana; la cooperación y acercamiento con la ciudadanía y
la cultura de la participación ciudadana en general, como un espacio cívico de convivencia
social y de una mejor gobernanza”.
La CMHALDF mediante el oficio núm. ASC/13/1641 del 2 de septiembre de 2013, solicitó
a la Consejera Electoral Presidente del IEDF, información acerca de los cursos de formación
y sensibilización impartidos a los servidores públicos de los órganos político-administrativos,
relacionados con el presupuesto participativo realizados en 2012.
En respuesta, con el oficio núm. SECG-IEDF/2092/2013 del 6 de septiembre de 2013, el IEDF
remitió el oficio núm. DDXXXVIII/257/13 del 4 de septiembre de 2013, con el que envió copia
de oficio de invitación dirigido al Jefe Delegacional en Tlalpan correspondiente a 2012,
solicitando se notificara a los funcionarios públicos de esa Delegación sobre la capacitación
en línea en materia de participación ciudadana.
Sin embargo, una vez revisados los archivos distritales, no se encontró registro de la asistencia
y constancia de algún funcionario delegacional en los cursos de participación ciudadana 2012
que impartió el IEDF.
286
VOLUMEN 8/17
Por todo lo anterior, se concluye que los servidores públicos de la Delegación Tlalpan no
participaron en los cursos que el IEDF promovió en el 2012; en consecuencia, no contaron
con las competencias que proporcionó dicho organismo, incumpliendo con el artículo 15
de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal vigente en 2012 que señala:
“Las autoridades están obligadas a promover entre los servidores públicos cursos de formación
y sensibilización para dar a conocer los instrumentos de participación ciudadana y los órganos
de representación ciudadana; la cooperación y acercamiento con la ciudadanía y la cultura de la
participación ciudadana en general, como un espacio cívico de convivencia social y de una
mejor gobernanza”. Asimismo, la Dirección General de Participación y Concertación Ciudadana
incumplió con el artículo 136, fracción I, del Reglamento Interior de la Administración Pública
del Distrito Federal, vigente en 2012, que establece que corresponde a la Dirección General de
Participación y Concertación Ciudadana de la Delegación Tlalpan “cumplir en tiempo y forma
la realización de las tareas de participación ciudadana establecidas en la Ley de Participación
Ciudadana del Distrito Federal, dentro del ámbito de su competencia”.
En la reunión de confronta, celebrada el 8 de mayo de 2014, el Director General de
Administración, en representación de la Delegación Tlalpan, proporcionó con el oficio
núm. DT/DGA/683/2014 del 7 de mayo de 2014, nota informativa sin número ni fecha,
mediante la cual la Directora General de Participación y Concertación Ciudadana comunicó
y proporcionó copia fotostática de lo siguiente:
“La actual administración delegacional ha establecido los mecanismos para que las y los
servidores públicos de las áreas inmersas en las actividades y funciones de participación
ciudadana, como es el caso de la Dirección General de Participación y Concertación
Ciudadana, cuenten con instrumentos y conocimientos que les permitan realizar con mayor
eficiencia y eficacia su trabajo hacia la comunidad, en este sentido el 6 de diciembre de 2013,
se generaron cursos de capacitación vivencial en el IEDF, asimismo se cuenta con una
comunicación estrecha y permanente con las tres coordinaciones distritales de la demarcación.”
Asimismo, remitió copia fotostática del oficio núm. DT/DGPCC/382/2014 del 7 de mayo de 2014
suscrito por la Directora General de Participación y Concertación Ciudadana anexo al cual
remite listado de los asistentes a los cursos realizados por el IEDF el 6 de diciembre de 2013,
en el que se señala que se otorgaron las respectivas constancias a todos los participantes
de la Delegación.
287
VOLUMEN 8/17
Del análisis de la información y documentación presentadas por la Delegación, en la reunión
de confronta, se concluye que ésta no desvirtúa la observación expuesta en el presente
resultado, debido a que los mecanismos establecidos por el ente fiscalizado y los cursos de
capacitación vivencial impartidos por el IEDF a los que asistieron los servidores públicos de esa
Delegación, se realizaron en el ejercicio fiscal de 2013; por lo que la observación prevalece.
Recomendación ASC-167-12-08-TLA
Es necesario que la Delegación Tlalpan promueva entre los servidores públicos que designe
la asistencia a los cursos de formación y sensibilización de participación ciudadana que realice
el Instituto Electoral del Distrito Federal, de conformidad con lo establecido en el Reglamento
Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y la Ley de Participación Ciudadana
del Distrito Federal.
3. Resultado
Objetivos, Indicadores y Metas
El artículo 1o., tercer párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal
vigente en 2012, establece: “Los sujetos obligados a cumplir las disposiciones de esta Ley
deberán observar que la administración de los recursos públicos se realice con base en criterios
de legalidad, honestidad, austeridad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, transparencia,
control, rendición de cuentas…”.
El artículo 25, fracción I, antepenúltimo párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal establece:
“La programación y presupuestación anual del gasto público se realizará con apoyo en los
Anteproyectos de Presupuesto que elaboren las […] Delegaciones […] para cada ejercicio fiscal
y con base en: I. las políticas del Programa General y los programas sectoriales establecidos
en la Ley de Planeación […]
”El anteproyecto se elaborará por […] Delegación […] estimando los costos para alcanzar
los resultados cuantitativos y cualitativos previstos en las metas, así como los indicadores
necesarios para medir su cumplimiento.”
288
VOLUMEN 8/17
El artículo 126 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,
vigente en 2012, dispone que “las […] delegaciones […] llevarán la contabilidad en base
acumulativa para determinar costos y facilitar la formulación, ejercicio y evaluación de los
presupuestos y sus programas, con objetivos, metas y unidades responsables de su ejecución”.
El numeral II. 4. “Presupuesto Participativo” del Manual de Programación-Presupuestación para
la Formulación del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2012, emitido por la SEFIN,
dispone lo siguiente:
“La Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, establece en su artículo 83 que el
Presupuesto Participativo es aquel sobre el cual los ciudadanos deciden respecto a la forma
en que se aplican recursos en proyectos específicos en las colonias y pueblos originarios en
que se divide el territorio del Distrito Federal.
”Los recursos de Presupuesto Participativo corresponderán al 3 por ciento del presupuesto
anual de las Delegaciones y se destinarán a los rubros generales de obras y servicios,
equipamiento, infraestructura urbana y prevención del delito.
”Por lo anterior, las Delegaciones, en la formulación de sus Anteproyectos, deberán considerar
lo establecido en la citada Ley.”
Con objeto de verificar el cumplimiento de los ordenamientos antes mencionados, la CMHALDF
mediante el oficio núm. ASC/13/1602 del 23 de agosto de 2013, solicitó a la Delegación
Tlalpan el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2012 y el Programa
Operativo Anual (POA) para 2012; asimismo, mediante el cuestionario de control interno se
solicitó información referente a los objetivos, metas e indicadores vinculados al presupuesto
participativo. En respuesta, con el oficio núm. DT/DGA/DGMA/0672/2014 del 11 de febrero
de 2014, el órgano político-administrativo remitió la información solicitada, y de su análisis,
se determinó lo siguiente:
1. En respuesta del cuestionario de control interno, la Dirección General de Administración
de la Delegación informó que, para el ejercicio de 2012, la Delegación no estableció
objetivos vinculados al presupuesto participativo, “salvo en materia de participación
ciudadana, toda vez que se determinaron en noviembre anterior al año de ejecución,
289
VOLUMEN 8/17
no acotándose los proyectos específicos a la ciudadanía, contando con libertad de definir
acciones dentro de sólo rubros generales”. Asimismo, señaló:
“Los objetivos estuvieron alineados al Programa General de Desarrollo 2007-2012,
la actividad delegacional del Alumbrado Público en Tlalpan, se encuentra estrechamente
vinculado con las estrategias, objetivos y líneas de acción del Programa General de
Desarrollo del Distrito Federal, teniendo como eje principal el No. 7: Nuevo Orden Urbano
y Calidad de Vida para todos y siguen los lineamientos establecidos en eje de equidad del
Programa 7.5.11. Conseguir la apropiación colectiva de la ciudad y sus espacios públicos;
garantizar su accesibilidad y equipamiento, con atención prioritaria a las necesidades
de las mujeres en los grupos más vulnerables. De esta manera, se recuperó el espacio
público como principal articulador de integración social y eje detonador de desarrollo
e inversión. 7.4.3. Para que la Ciudad de México se convierta en autentico espacio de
integración social y desarrollo personal, la equidad será el criterio rector de las políticas
de desarrollo urbano. Garantizar la equidad en los accesos a los servicios requiere de hacer
énfasis, especialmente en mejorar la distribución territorial de los servicios, la infraestructura
y el equipamiento urbano, para superar las desigualdades entre las diferentes zonas y
grupos sociales que conviven en la Ciudad de México. 7.6.37. Garantizaremos la equidad
de género con proyectos urbanos y de equipamiento que faciliten las tareas y la
movilidad de las tareas de la mujer en la Ciudad, que fortalezcan el desarrollo integral
de la sociedad. PGDDF 2007-2012 Dirección General de Servicios Urbanos…”
Además, mencionó que estableció metas e indicadores para cumplir los objetivos del
presupuesto participativo, a través del organigrama de actividades de acuerdo a los
proyectos ejecutivos realizados por la DGODU. Sin embargo, la Delegación no proporcionó
evidencia documental de los objetivos, metas e indicadores descritos.
2. En la Cuenta Pública de 2012, apartado “Avance en los Indicadores de los Resultados
de las Actividades Institucionales Realizadas” (AIRAIR), correspondiente a la Unidad
Responsable 02 CD 14 Delegación Tlalpan, no se reportó ninguna actividad institucional
que agrupara las acciones vinculadas al presupuesto participativo, en consecuencia,
la Delegación no registró “metas 2012” ni “índice de cumplimiento de metas” para el rubro
revisado.
290
VOLUMEN 8/17
3. De la revisión al POA 2012 de la Delegación Tlalpan, no se identificó ninguna actividad
institucional vinculada con el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, en
consecuencia, la Delegación no estableció metas físicas ni financieras para el efecto.
Por lo anterior, se concluye que la Delegación Tlalpan no dispuso en su Anteproyecto
de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2012 de una actividad institucional;
ni contó con objetivos, metas e indicadores para el presupuesto participativo; en consecuencia,
incumplió lo establecido en los artículos 1o., tercer párrafo y 25, de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 126 de su Reglamento y el numeral II. 4, “Presupuesto
Participativo” del Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto
del Presupuesto de Egresos 2012, todos vigentes en 2012, citados al inicio del presente
resultado.
En la reunión de confronta, celebrada el 8 de mayo de 2014, el Director General de
Administración en representación de la Delegación Tlalpan proporcionó con el oficio
núm. DT/DGA/683/2014 del 7 de mayo de 2014, nota informativa sin número ni fecha,
mediante la cual la Directora de Recursos Financieros y Presupuestales informó y proporcionó
copia fotostática de lo siguiente:
“La Integración del Anteproyecto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2012 integrado en 2011,
llevado a cabo por la anterior administración, no se contempló recurso alguno etiquetado
con el destino de gasto 65 ‘Presupuesto Participativo’, por consecuencia no se consideró
ninguna actividad institucional, ni contó con objetivos, metas e indicadores para el Presupuesto
Participativo, situación que se detalla en copia de Nota Informativa generada por la Dirección
de Recursos Financieros y Presupuestales.
”En la integración del Anteproyecto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2014, la actual
administración delegacional contempló las actividades institucionales conjuntamente con sus
objetivos e indicadores específicos para cada frente de trabajo emanado de la Consulta
Ciudadana y reflejado en el Presupuesto Participativo como se muestra en Analítico de Claves
anexo y se remarca el Destino de Gasto 65.”
Asimismo, proporcionó copia fotostática de la nota informativa sin número del 6 de mayo
de 2014, suscrita por la Directora de Recursos Financieros y Presupuestales, en la cual explica
291
VOLUMEN 8/17
que en la elaboración del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal
de 2013 ya se contemplan las actividades institucionales conjuntamente con sus objetivos
e indicadores específicos para cada frente de trabajo emanado de la Consulta Ciudadana para
el Ejercicio Fiscal 2013, como se muestra en el informe enviado a la Secretaría de Finanzas
del GDF; anexando copia fotostática del Analítico de Claves del Anteproyecto de Presupuesto de
Egresos de 2014, en el que se observan actividades institucionales vinculadas con el destino
de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
Del análisis de la información y documentación presentadas por la Delegación en la reunión
de confronta, se concluye que ésta no desvirtúa la observación expuesta en el presente
resultado, debido a que no estableció objetivos, metas e indicadores específicos vinculados
al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, por lo que la observación prevalece.
Recomendación ASC-167-12-09-TLA
Es necesario que la Delegación Tlalpan establezca objetivos, metas e indicadores anuales
para el presupuesto participativo que estén vinculados con el Programa General de Desarrollo
del Distrito Federal correspondiente; y que evalúe su cumplimiento para verificar la eficacia
en el ejercicio de los recursos, en cumplimiento de la normatividad aplicable.
4. Resultado
Consulta Ciudadana
En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 29 de septiembre de 2011, fue publicado
“el Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal por el que se
aprueba la Convocatoria a participar en la Consulta Ciudadana del 13 de noviembre de 2011,
en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal”.
Dicho acuerdo establece en su numeral 10, que del 3 al 7 de octubre de 2011, los habitantes
de las colonias y pueblos, conforme a la delimitación geográfica establecida en el Catálogo de
Colonias y Pueblos Originarios 2010, podrán registrar ante el Coordinador Interno o de
Concertación Comunitaria del Comité Ciudadano o Consejo del Pueblo que les corresponda,
los proyectos específicos que consideren prioritarios.
292
VOLUMEN 8/17
La convocatoria describe el proceso para registrar los proyectos, los rubros genéricos
y específicos en los que se emplearían los recursos provenientes del destino de gasto
65 “Presupuesto Participativo”; así como las características de los proyectos que se registrarían.
También establece que las áreas técnicas de las Delegaciones proporcionarían información
y apoyo técnico a los Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos, a fin de que éstos
seleccionaran un mínimo de dos y un máximo de cinco proyectos que reunieran las siguientes
características básicas: vinculación con un rubro general y un proyecto específico, costo
aproximado del proyecto, cantidad aproximada de habitantes que serían beneficiados y señalar
la ubicación exacta del proyecto.
Posteriormente, el 13 de noviembre de 2011, se llevó a cabo la Consulta Ciudadana, dividida
en dos etapas: foro informativo y recepción de la opinión ciudadana. En la primera etapa
se informaría a los ciudadanos y a los habitantes de las colonias o pueblos sobre los proyectos
elegidos por el comité respectivo; en la segunda se recibiría la opinión ciudadana para
seleccionar de entre dichos proyectos, el que consideraran prioritario realizar en su colonia
o pueblo. Concluida la recepción de opiniones, los responsables de las mesas receptoras
realizarían el escrutinio y cómputo de las opiniones a fin de determinar los resultados, los cuales
publicarían en lugares visibles. Como resultado de la Consulta Ciudadana antes mencionada,
las Direcciones Distritales expidieron las constancias de validación, las cuales fueron entregadas
a la Delegación Tlalpan para su difusión y ejecución.
La DGA de la Delegación Tlalpan mediante el oficio núm. DT/DGA/1200/2013 del 24 de
septiembre de 2013, proporcionó la siguiente información relacionada con el destino de gasto
65 “Presupuesto Participativo”, y de su análisis, se determinó lo siguiente:
1. Oficio núm. SECG-IEDF/3458/2011 del 17 de noviembre de 2011, con el cual el IEDF
remitió a la Jefatura Delegacional en Tlalpan, copia de las constancias de validación de
los resultados por cada una de las colonias y pueblos que participaron en la Consulta
Ciudadana.
2. Copia de las 195 constancias de validación de los resultados de la Consulta Ciudadana
realizada en dicha Delegación, validadas por el Coordinador Distrital y el Secretario
Técnico-Jurídico de la Dirección Distrital del Instituto Electoral del Distrito Federal,
293
VOLUMEN 8/17
correspondiente a igual número de Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos
de la demarcación, de conformidad con el Anexo 1, “Presupuesto Participativo por
Delegaciones”, del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal 2012, en las cuales se observa que 39.0% (76 constancias) se relacionan con
el rubro de prevención del delito; 36.4% (71 constancias) conciernen con el rubro de
obras y servicios; 13.8% (27 constancias) corresponden al rubro de infraestructura urbana;
y 10.8%, (21 de las constancias) pertenecen al rubro de equipamiento; además se
verificó que dichas constancias guardaran relación con los trabajos de guarniciones
y banquetas en 15 colonias que integran la muestra de auditoría.
Se comprobó que los trabajos relativos a la muestra de auditoría, son los que resultaron
ganadores y coinciden con los ejecutados por la Delegación; relacionados con la
construcción de guarniciones y banquetas en diversas ubicaciones, que se identifica
con los rubros generales de “Obras y Servicios”, “Infraestructura Urbana”, “Equipamiento”
y “Prevención del Delito”.
Por lo anterior, la Delegación Tlalpan se ajustó al inciso b), del artículo décimo segundo
transitorio, del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2011.
3. Respecto del programa semestral de difusión pública de las acciones y funciones
a cargo de la Delegación Tlalpan, con el oficio núm. DT/DGA/DMAI/064/2014 del
5 de febrero de 2014, el órgano político-administrativo informó que “en el marco de lo
establecido en los artículos que se citan, se remitió en los anexos del oficio
DT/DGA/1200/2013 diversas imágenes y fotos en los que se observa los avisos,
señalamientos y medios de información sobre los trabajos, acciones u obras que se
realizarían en distintos frentes con presupuesto participativo, asimismo y de acuerdo a la
normatividad aplicable la información se dispone a través del portal de transparencia en
la dirección http://www.tlalpan.gob.mx/transparencia/index.php/menu-a14-fraccionxxv”.
Sin embargo, la Delegación no proporcionó evidencia documental de que los referidos
programas semestrales de 2012 fueron elaborados y tramitados para su aprobación.
Por no contar con su Programa Semestral de Difusión Pública acerca de las acciones
y funciones a su cargo, el sujeto fiscalizado incumplió lo dispuesto en los artículos 56 y 57
294
VOLUMEN 8/17
de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, vigente en 2012 y publicada
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 27 de mayo de 2010, que instruyen:
“Artículo 56.- Las autoridades locales del Gobierno del Distrito Federal están obligadas
a establecer un programa semestral de difusión pública acerca de las acciones y funciones
a su cargo en los términos de este capítulo.
”Artículo 57.- El programa semestral de difusión pública será aprobado por el Jefe de
Gobierno, tomando en cuenta las opiniones de los Jefes Delegacionales, los Consejos
Ciudadanos, los Consejos del Pueblo y los Comités Ciudadanos, y contendrá información
sobre los planes, programas, proyectos y acciones a cargo de la Administración Pública.”
En la reunión de confronta, celebrada el 8 de mayo de 2014, el Director General de
Administración en representación de la Delegación Tlalpan proporcionó con el oficio
núm. DT/DGA/683/2014 del 7 de mayo de 2014, nota informativa sin número ni fecha,
mediante la cual la Directora General de Participación y Concertación Ciudadana informó
y proporcionó copia fotostática de lo siguiente:
“Para las actividades realizadas con Presupuesto Participativo 2012, la administración contó
con la información gráfica proporcionada durante la revisión que se cita en el Informe de
Resultados de Auditoría para Confronta, relacionada con avisos, señalamientos y medios
de información de las acciones a realizar con el presupuesto participativo y de acuerdo a los
resultados de la Consulta Ciudadana en cada colonia, para el ejercicio 2013, la Dirección
General de Participación y Concertación Ciudadana estableció mecanismos que permitieron
la difusión de las acciones a desarrollarse en las distintas colonias mediante la integración del
Programa Semestral de Difusión y de un Protocolo del Programa de Difusión del Presupuesto
Participativo.”
Copia fotostática de dos oficios suscritos por la Directora General de Participación
y Concertación Ciudadana números DT/DGPCC/382/2014 del 7 de mayo de 2014, en el que
informa al Director General de Administración que, “para dar cumplimiento al artículo 56 y 57
de la Ley de Participación Ciudadana del presente ejercicio, se cuenta con el protocolo anexo
que ha operado como ‘Programa de Difusión de Presupuesto Participativo’ desde el 2011”;
295
VOLUMEN 8/17
y DT/DGPCC/385/2014 del 6 de mayo de 2014, con el que le envió el Programa Semestral
de Difusión implementado en la Delegación Tlalpan en el ejercicio fiscal de 2014.
Del análisis de la información y documentación presentadas por la Delegación en la reunión
de confronta, se concluye que ésta no desvirtúa la observación expuesta en el presente
resultado, debido a que en 2012 no contó con su Programa Semestral de Difusión Pública
acerca de las acciones y funciones a su cargo, conforme a lo dispuesto en la Ley de
Participación Ciudadana del Distrito Federal, por lo que la observación prevalece.
Recomendación ASC-167-12-10-TLA
Es necesario que la Delegación Tlalpan establezca un programa semestral de difusión
pública acerca de las acciones y funciones a su cargo, que contenga los planes, programas,
proyectos y acciones, de conformidad con la Ley de Participación Ciudadana del Distrito
Federal.
5. Resultado
Atribuciones y Marco Jurídico
Para verificar que el órgano político-administrativo contara con las atribuciones para la
operación y ejercicio de los recursos del presupuesto participativo, se analizó la normativa
aplicable. Como resultado de ello, se constató que:
Entre las atribuciones que el artículo 39, fracciones LVI y LXXV de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito Federal, vigente en 2012, señala para los titulares de los
órganos político-administrativos de cada demarcación territorial, se encuentran las siguientes:
“LVI. Ejecutar en su demarcación territorial programas de desarrollo social, con la
participación ciudadana, considerando las políticas y programas que en la materia
emita la dependencia correspondiente. […]
”LXXV. Realizar recorridos periódicos, audiencias públicas y difusión pública de conformidad
con lo establecido en el Estatuto de Gobierno y en la Ley de Participación
Ciudadana…”
296
VOLUMEN 8/17
El artículo 128, fracción VIII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito
Federal, establece que:
Corresponde a la Dirección General de Desarrollo Social:
“VIII. Ejecutar en su demarcación territorial programas de desarrollo social con la participación
ciudadana, considerando las políticas y programas que en la materia emita la
dependencia correspondiente…”
Por su parte, el Manual Administrativo de la Delegación Tlalpan, apartado de organización,
vigente hasta el 15 de octubre de 2012, señala dentro de las funciones de la Jefatura de
Unidad Departamental de Promoción de Participación Ciudadana las siguientes:
“Crear los medios (materiales didácticos) en conjunto con los comités vecinales con el fin
de proyectar los planes y programas de gobierno que estén o sean implementados.
”Coadyuvar a la integración de los órganos de representación vecinal, así como en
el seguimiento de su función, a través de la capacitación de los comités vecinales.”
Del análisis de la información anterior, se concluye que la Delegación Tlalpan contó con las
atribuciones señaladas en la normatividad aplicable y las funciones establecidas en su manual
administrativo, vigentes en 2012, en relación con el ejercicio de los recursos y las actividades
vinculadas al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
6. Resultado
Programa Anual de Obra Pública 2012
Con el objeto de verificar que las obras que en 2012 contrató la Delegación Tlalpan con cargo
al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se realizaran conforme la normativa
aplicable, se analizó el Programa Anual de Obras de la Delegación, constatando lo siguiente:
Mediante el oficio núm. SFDF/SE/989/2012 del 30 de enero de 2012, la Subsecretaría de
Egresos de la SEFIN comunicó a la Delegación Tlalpan el calendario presupuestal y el POA
definitivos; con base en ello, el órgano político-administrativo elaboró su Programa Anual
297
VOLUMEN 8/17
de Obra Pública 2012, el cual publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 26 de marzo
de 2012; es decir, 56 días naturales posteriores a la fecha del oficio remitido por la SEFIN,
por lo que incumplió el artículo 21 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal,
vigente en 2012, que dispone:
“Las […] Delegaciones y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, a más
tardar dentro de los treinta días posteriores a la recepción de la autorización presupuestal,
darán a conocer a través de la Gaceta Oficial del Distrito Federal, la disponibilidad de sus
programas anuales de obra pública, salvo que medie causa debidamente justificada para
no hacerlo en dicho plazo.”
Asimismo, se observó que el Programa Anual de Obra Pública 2012 incluye la siguiente
información: tipo de obra, lugar de realización de la obra y zonas beneficiadas; en cumplimiento
del artículo 8o., del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, vigente
en 2012. Por tanto, no se formula observación alguna al respecto.
7. Resultado
Gasto Aprobado
Con objeto de verificar que las asignaciones presupuestarias anuales comprometidas en
el Presupuesto de Egresos de 2012 se hubiesen llevado a cabo conforme a la normatividad
aplicable, se analizó el techo presupuestal reportado en el Analítico de Claves, POA, Calendario
Presupuestal y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos, todos correspondientes a la
Delegación Tlalpan para el ejercicio fiscal de 2012, observándose lo siguiente:
Con el oficio núm. SFDF/SE/0064/2011 del 2 de enero de 2011, la Subsecretaría de Egresos
de la SEFIN comunicó al Jefe Delegacional en Tlalpan el techo presupuestal aprobado
por la ALDF para el ejercicio fiscal de 2012 por un monto por 1,516,411.1 miles de pesos;
de los cuales, 551,915.9 miles de pesos (36.4%) serían asignados a gasto corriente
y 964,495.2 miles de pesos (63.6%) para gasto inversión, asimismo, le remitió en medio
magnético el Analítico de Claves y el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal
para el Ejercicio Fiscal 2012.
298
VOLUMEN 8/17
Al respecto, se observó que el presupuesto original asignado a la Delegación Tlalpan
reportado en la Cuenta Pública del Distrito Federal de 2012 coincide con el techo presupuestal,
el POA y el calendario presupuestal autorizado por la SEFIN.
En el oficio núm. SFDF/SE/0064/2012 del 2 de enero de 2012, mediante el cual se comunica
el techo presupuestal aprobado para la Delegación Tlalpan por la ALDF para el ejercicio
fiscal de 2012, se señala que “conforme al artículo transitorio Décimo Primero del Decreto
de Presupuesto de Egresos, se deberá etiquetar con el DG 65, un importe de 45,492.3 miles
de pesos, establecidos en el Anexo 1”.
Por medio del oficio núm. SFDF/SE/989/2012 del 30 de enero de 2012, la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN remitió a la Delegación Tlalpan el calendario presupuestal y el POA,
ambos en sus versiones definitivas y autorizadas.
Por lo anterior, se constató que la Delegación Tlalpan contó con la aprobación de la
Subsecretaría de Egresos de la SEFIN de los recursos para el presupuesto participativo,
conforme al monto establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal
para el Ejercicio Fiscal 2012.
8. Resultado
Gasto Modificado
Con objeto de verificar que el presupuesto modificado coincidiera con el reportado por
la Delegación Tlalpan para la integración de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal
de 2012, y que éste se encontrara debidamente soportado, se analizaron las afectaciones
y los movimientos que modificaron el presupuesto original del rubro sujeto a revisión.
En el análisis de las afectaciones programático-presupuestarias y de la información
presupuestaria, se observó que en el presupuesto original de la Delegación Tlalpan, se incluyó
la cantidad por 45,492.3 miles de pesos con cargo al capítulo 6000 “Inversión Pública”,
en la posición presupuestal núm. 6121 0 2 1 00; sin embargo, en el calendario presupuestal
no se etiquetaron los recursos para el destino de gasto 65.
299
VOLUMEN 8/17
En razón de lo anterior, la Delegación Tlalpan realizó nueve afectaciones programático-
presupuestarias autorizadas por la SEFIN, para readecuar los recursos al destino de gasto 65
(una con efecto cero, seis adiciones compensadas y dos reducciones líquidas) como
se muestra en seguida:
(Miles de pesos)
Concepto Importe
Presupuesto original 0.0
Adiciones compensadas 51,800.6
Reducciones líquidas (14,878.4)
Presupuesto modificado 36,922.2
Presupuesto asignado 45,492.3
Presupuesto no ejercido (8,570.0)
Se verificó que de conformidad con lo establecido en el Anexo 1 del Decreto de Presupuesto
de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, publicado en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2011, a la Delegación Tlalpan se le asignaron, por
concepto de destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, recursos por 45,492.3 miles
de pesos (6.5% del presupuesto asignado a las 16 Delegaciones del Distrito Federal); de ese
monto, la Delegación modificó su presupuesto a 36,922.2 miles de pesos, es decir 8,570.0 miles
de pesos (18.8%) menos de lo asignado.
Se constató que el presupuesto original reportado por el órgano político-administrativo para
la integración de la Cuenta Pública del Distrito Federal de 2012, coincide con el comunicado
por la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN mediante el oficio núm. SFDF/SE/0064/2012 del
2 de enero de 2012; que los presupuestos modificado y ejercido, integrados por la CMHALDF,
corresponden a los consignados en la Cuenta Pública referida; y que el sujeto fiscalizado
contó con los recursos asignados al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” antes
de establecer compromisos de pago para realizar las obras resultantes en la Consulta
Ciudadana de 2012.
En la revisión de las afectaciones programático-presupuestarias del destino de gasto
65 “Presupuesto Participativo” del ejercicio 2012, se comprobó que éstas fueron elaboradas,
300
VOLUMEN 8/17
soportadas documentalmente y autorizadas por la SEFIN mediante el Sistema de Planeación
de Recursos Gubernamentales, de conformidad con lo establecido en el apartado
IV.3.3 “Adecuaciones Programático-Presupuestarias”, numeral 3, del Manual de Normas
y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal; y los
artículos 76, fracción III; 77; y 78, capítulo III “De las Adecuaciones Presupuestarias”, título
tercero “Del Ejercicio del Gasto Público”, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito
Federal, vigentes en 2012.
9. Resultado
Gasto Comprometido
En 2012, la Delegación Tlalpan ejerció recursos por 36,922.2 miles de pesos del destino de
gasto 65 “Presupuesto Participativo”, con cargo a los capítulos 2000 “Materiales y Suministros”,
por 17,224.3 miles de pesos (46.6%); 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras
Ayudas”, por 2,507.7 miles de pesos (6.8%); y 6000 “Inversión Pública”, por 17,190.2 miles
de pesos (46.6%).
Del total de los recursos ejercidos en el presupuesto participativo (36,922.2 miles de pesos),
el 25.3% (9,335.6 miles de pesos) se erogó con cargo a la partida 6121 “Edificación no
Habitacional” y el 21.3% (7,854.6 miles de pesos) con cargo a la partida 6151 “Construcción
de Vías de Comunicación”. De estas partidas, se determinó una muestra de auditoría por
8,073.3 miles de pesos (21.9%), ejercido por la Delegación Tlalpan para la construcción
de guarniciones y banquetas en diversas ubicaciones dentro del perímetro delegacional,
al amparo del contrato núm. DTL/OM/LP/091-2012, por 8,092.4 miles de pesos, resultando una
diferencia de 19.1 miles de pesos que no se pagaron en la última estimación (finiquito-convenio),
debido a que se aplicaron ajustes en los importes por trabajos inconclusos.
En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de agosto de 2012, se publicó la convocatoria
para la licitación pública núm. DTL/LPN/012/2012, para llevar a cabo trabajos de construcción
de guarniciones y banquetas en diversos Comités Vecinales de la Delegación Tlalpan.
De la verificación del procedimiento respectivo, se observó lo siguiente:
301
VOLUMEN 8/17
1. La convocatoria cumplió los requisitos establecidos en el artículo 28 de la Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal vigente en 2012.
2. El expediente de la licitación pública contó con la documentación soporte consistente
en el presupuesto de referencia; bases; compra de las bases de la licitación; acta relativa
a la junta de aclaración de bases, presentación de apertura de la documentación legal
y administrativa, propuestas técnica y económica; dictamen y acta de fallo; contrato y
convenio modificatorio; garantías de sostenimiento de la propuesta y de cumplimiento
del contrato; pólizas de responsabilidad civil por daños a terceros y por vicios ocultos;
así como el dictamen de análisis cualitativo.
3. Conforme al dictamen y fallo del 18 de septiembre de 2012, la Delegación Tlalpan
suscribió con el contratista Construcciones DITSA, S.A. de C.V., el contrato de Obra
Pública con base en precios unitarios por unidad de concepto de trabajo terminado
núm. DTL/OM/LP/091-2012 con fecha del 19 de septiembre de 2012, por un monto de
7,857.2 miles de pesos (IVA incluido); además de un Convenio Modificatorio por un importe
de 235.2 miles de pesos (IVA incluido), suscrito el 29 de octubre de 2012; con el
objeto de realizar los trabajos de construcción de guarniciones y banquetas en los siguientes
Comités Vecinales de la Delegación Tlalpan: Lomas de Padierna, Pedregal de San Nicolás
1a., 2a., 3a., y 4a. Secciones, Fuentes del Pedregal, Fresnos, 2 de Octubre, Lomas
Hidalgo, Tetenco, San Pedro Mártir, Residencial Insurgentes Sur, San Buenaventura,
Santa Úrsula Xitla, Villa Charra, Tlalpan Joya, Toriello Guerra, Popular Santa Teresa, Isidro
Fabela, Calvario Camisetas, Miguel Hidalgo, San Fernando, Las Tórtolas, Colinas del
Bosque, Jardines Coapa, Prado Coapa 2a. y 3a. Secciones, Rincón Las Hadas, Villa
Lázaro Cárdenas, ISSFAM No. 7, Magisterial Coapa, Rinconada Coapa 1a. Sección, Villa
Cuemanco, Narciso Mendoza, El Zacatón, Lomas de Cuilotepec y Lomas del Pedregal.
4. En dicho contrato se estableció que el período de ejecución de las obras sería
del 20 de septiembre al 28 de diciembre de 2012.
5. La supervisión de las obras estuvo a cargo de la Subdirección de Obras, adscrita a la
Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano de la Delegación Tlalpan; para el inicio
de los trabajos no se otorgó anticipos (cláusula quinta del contrato).
302
VOLUMEN 8/17
6. Se verificó que el contrato cumplió con los requisitos que establece el artículo 46 de la Ley
de Obras Públicas para el Distrito Federal vigente en 2012.
7. En la cláusula octava, “Garantías”, del contrato núm. DTL/OM/LP/091-2012, se establece
la obligación de la empresa contratista a entregar pólizas de fianza otorgadas por
institución autorizada y a favor de la SEFIN, por el equivalente al 10.0% del monto
contratado (sin IVA incluido), a fin de garantizar el cumplimiento de obligaciones contratadas,
de responsabilidad civil por daños a terceros y para responder por vicios ocultos.
Se constató que la empresa Construcciones DITSA, S.A. de C.V., presentó en tiempo
y forma las pólizas de fianza para garantizar el cumplimiento del contrato, responsabilidad
civil para garantizar la reparación total de los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar
a terceros y para responder por defectos y vicios ocultos u otra responsabilidad resultante.
Respecto de la póliza y contrato de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros
y fianza de garantía de defectos y vicios ocultos, el contrato estableció un importe del
10% del monto total del mismo. Al respecto, se constató que la fianza de vicios ocultos
es la misma que se otorgó para amparar el cumplimiento del contrato, ya que en el
documento se establece en el inciso d), una prórroga de un año para responder por
los defectos que resulten de la obra, vicios ocultos y cualquier otra responsabilidad
en que incurra la empresa contratista. Los montos de las garantías antes señaladas,
fueron los siguientes:
(Miles de pesos)
Garantía afianzada Póliza número Fecha Afianzadora Importe %
Cumplimiento de contrato
587106516-5 19/IX/12 Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V. 697.6 10.0
Responsabilidad civil
000011274 y Endoso A-002587
11/VI/12 La Latinoamericana, S.A. de C.V. 809.2 10.0
Vicios ocultos 587106516-5 19/IX/12 Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V. 697.6 10.0
Lo anterior cumple lo dispuesto en los artículos 35, fracción III; 36; y 58, segundo
párrafo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; y 35 y 36 de su Reglamento,
vigentes en 2012.
303
VOLUMEN 8/17
8. De las consultas realizadas el 19 de marzo de 2014, en los sitios de Internet de la
Secretaría de la Función Pública y la CGDF, se desprende que la empresa contratista
de la muestra de auditoría, con quien la Delegación Tlalpan realizó operaciones
durante 2012, no se encuentra en los listados de proveedores y contratistas sancionados
que publican dichas instancias en sus sitios oficiales. Lo anterior, de conformidad con el
artículo 37, fracción XI-BIS, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente
en 2012 que señala: “Las que se encuentren impedidas por resolución de la Contraloría en
los términos del Título Sexto de este ordenamiento, o por resolución de la Secretaría de la
Función Pública del Gobierno Federal o de las autoridades competentes de los gobiernos
de las entidades federativas o municipios y que hayan sido comunicadas por la propia
Contraloría”. Por tanto, no se formula observación alguna al respecto.
10. Resultado
Gasto Devengado
Respecto a la recepción de la obra contratada, se verificó que el órgano político-administrativo
contara con la evidencia documental respectiva. En su análisis, se observó lo siguiente:
1. La empresa contratista entregó la bitácora de obra, referida en la cláusula primera
del contrato revisado, debidamente requisitada al término de la obra; así como el aviso de
término de obra a la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano el 28 de diciembre
de 2012, en cumplimiento de lo que establecen los artículos 46, fracción XI, de la Ley de
Obras Públicas del Distrito Federal y 62, fracción I, de su Reglamento, vigentes en 2012.
2. En relación con la recepción de los trabajos del contrato núm. DC-AD-PP-O-047-12,
la Delegación proporcionó 37 actas de verificación de terminación de obra, una por
cada frente de los trabajos de obra pública realizada; finiquitos de obra por frente de trabajo,
que incluyen memoria descriptiva, fotográfica y resumen; oficio de aviso a la contraloría
núm. DGODU/0539/2013 del 5 de abril de 2013, con el que invita a la recepción formal de
los trabajos; oficio de notificación al contratista núm. DGODU/DOO/SDO/OV/290-2013
del 11 de abril de 2013, para que acuda a la recepción formal de los trabajos; y acta
de entrega-recepción del 24 de abril de 2013.
304
VOLUMEN 8/17
Lo anterior, en cumplimiento al artículo 57, cuarto párrafo, de la Ley de Obras Públicas
del Distrito Federal.
3. De acuerdo con la verificación física efectuada el 27 de marzo de 2014 por la CMHALDF,
conjuntamente con la Delegación Tlalpan y la empresa contratista, se observó que las
obras de la muestra de auditoría corresponden a la descripción establecida en el contrato
y a los proyectos ganadores que se indican en las constancias de validación emitidas como
resultado de la Consulta Ciudadana celebrada el 13 de noviembre de 2011. Por tanto,
no se formula observación alguna al respecto.
11. Resultado
Gasto Registrado y Ejercido
Con el propósito de verificar que los pagos realizados por la Delegación Tlalpan con cargo
al capítulo 6000 “Inversión Pública”, partidas 6121 “Edificación no Habitacional” y 6151
“Construcción de Vías de Comunicación”, estuvieran respaldados con la documentación
justificativa y comprobatoria de las obras; y que el registro presupuestal se hubiese sujetado
a la normativa aplicable, se analizó la documentación soporte de la muestra sujeta a revisión,
contenida en 10 CLC, correspondientes al contrato núm. DTL/OM/LP/091-2012, que se relacionan
a continuación:
(Miles de pesos)
Cuenta por Liquidar Certificada Factura
Número Fecha *Importe Número Fecha
O2 CD 14 10000693 31/XII/2012 212.4 0049 28/XII/2012
O2 CD 14 10000695 31/XII/2012 212.4 0039 16/XI/2012
O2 CD 14 10000696 31/XII/2012 424.7 0042 30/XI/2012
O2 CD 14 10000697 31/XII/2012 206.2 0031 30/IX/2012
O2 CD 14 10000698 31/XII/2012 2,191.5 0034 1/XI/2012
O2 CD 14 10000699 31/XII/2012 1,911.2 0041 30/XI/2012
O2 CD 14 10000700 31/XII/2012 2,328.3 0038 16/XI/2012
O2 CD 14 10000701 31/XII/2012 370.5 0043 10/XII/2012
O2 CD 14 10000882 31/XII/2012 209.7 0079 28/XII/2012
O2 CD 14 10000883 31/XII/2012 6.4 0083 28/XII/2012
Total 8,073.3
305
VOLUMEN 8/17
Del análisis de la documentación que soporta los pagos realizados, se desprende lo siguiente:
1. Las 10 CLC mediante las cuales se efectuaron los pagos a la contratista, fueron elaboradas
por el personal autorizado y contaron con la documentación justificativa del gasto,
consistente en escritos de entrega de la estimación por parte del contratista, facturas,
carátulas para estimaciones, control acumulativo de estimaciones, resúmenes de
generadores por concepto, hojas anexo de ubicación de frentes de trabajo, hojas viajeras,
copia de los contratos, copia de las pólizas de fianza de cumplimiento y vicios ocultos
y oficios de envío de la estimación para su pago. Lo anterior, en cumplimiento de
los artículos 52, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; y 59, último párrafo,
de su Reglamento, vigentes en 2012.
2. La Delegación Tlalpan contó con la documentación comprobatoria del gasto (10 facturas),
en cumplimiento del artículo 69, fracciones I y III, de la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012; asimismo, se verificó que las facturas
cumplieran con los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código
Fiscal de la Federación y estuvieran registradas en el Sistema Integral de Comprobantes
Fiscales “SICOFI”, según verificación realizada en el página web http://www.sat.gob.mx/
del Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,
en el Servicio de Verificación de Comprobantes Fiscales Impresos.
3. Se observó que el registro presupuestal de las operaciones revisadas se llevó a cabo
conforme al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2012.
12. Resultado
Gasto Pagado
Con objeto de verificar que la Delegación Tlalpan contara con la documentación que reflejara
la cancelación total de las obligaciones contraídas mediante el contrato correspondiente a la
muestra de auditoría, la CMHALDF mediante el oficio núm. ASC/14/0504 del 5 de marzo
de 2014, solicitó a la empresa contratista con quien el órgano político-administrativo
celebró el contrato núm. DTL/OM/LP/091-2012, la confirmación de las operaciones realizadas
en el ejercicio 2012.
306
VOLUMEN 8/17
En respuesta, la empresa contratista Construcciones DITSA, S.A. de C.V., con el oficio
núm. DITSA-0004-03/14 del 12 de marzo de 2014, remitió cuadros concentrados de información,
en los que detallan el monto, fecha de inicio y término, descripción de los trabajos, facturas,
importes y fecha de pago de cada estimación, y anexó copia fotostática de la documentación
antes descrita. Al respecto se comprobó que los importes consignados en las facturas,
estimaciones, acta de entrega-recepción de las obras, estados de cuenta bancarios y contratos
entregados por el proveedor, coinciden con los importes proporcionados por la Delegación.
Por tanto, no se formula observación alguna al respecto.
13. Resultado
Informes del Compromiso y Ejecución
En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de diciembre de 2011, se publicó el Decreto
de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, que en su artículo
décimo segundo transitorio, inciso f), establece:
“Los Jefes Delegacionales entregarán cuatro informes del compromiso y la ejecución de los
recursos aplicados al presupuesto participativo, por colonia y por pueblo originario, a más
tardar el 30 de marzo, el 30 de junio, el 30 de septiembre y el 5 de diciembre de 2012,
mismos que serán turnados al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, a la Contraloría General
del Distrito Federal a efecto de que evalúe su aplicación y cumplimiento, así como
a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal…”
En el análisis de los informes del compromiso y la ejecución de los recursos aplicados
al presupuesto participativo, por colonia y por pueblo originario, correspondiente a los
208 Comités Ciudadanos y Consejos del Pueblo constituidos en la Delegación Tlalpan, se
observó que dichos informes fueron entregados en las fechas que se señalan a continuación:
307
VOLUMEN 8/17
Número de informe
Número de oficio Destinatario Fecha
del oficio Fecha
de acuse Fecha límite
de cumplimiento Días
de desfase
1 DT/109/2012 JGDF 29/III/12 12/IV/12 30/III/12 4
1 Copia del oficio DT/109/2012 CGDF 12/IV/12 30/III/12 4
1 Copia del oficio DT/109/2012 ALDF 12/IV/12 30/III/12 4
2 DT/207/2012 JGDF 26/VI/12 29/VI/12 30/VI/12
2 Copia del oficio DT/207/2012 CGDF 29/VI/12 30/VI/12
2 Copia del oficio DT/207/2012 ALDF 29/VI/12 30/VI/12
3 DT/301/2012 JGDF 25/IX/12 28/IX/12 30/IX/12
3 DT/299/2012 CGDF 28/IX/12 30/IX/12
3 DT/300/2012 ALDF 28/IX/12 30/IX/12
4 DT/240/2012 JGDF 13/XII/12 18/XII/12 5/XII/12 9
4 Copia del oficio DT/240/2012 CGDF 18/XII/12 5/XII/12 9
4 Copia del oficio DT/240/2012 ALDF 18/XII/12 5/XII/12 9
JGDF: Jefatura de Gobierno del Distrito Federal. CGDF: Contraloría General del Distrito Federal. ALDF: Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
Por haber remitido a la Jefatura de Gobierno, a la Contraloría General y a la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal, con desfase de 4 a 9 días hábiles los informes del primer
y cuarto trimestres de 2012, del compromiso y la ejecución de los recursos aplicados
al presupuesto participativo, la Delegación Tlalpan incumplió el inciso f), del artículo décimo
segundo transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el
Ejercicio Fiscal 2012, vigente en 2012 y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
el 30 de diciembre de 2011, citado al inicio del presente resultado.
No obstante lo anterior, en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para
el Ejercicio Fiscal 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre
de 2012, no establece que las Delegaciones tengan la obligación de presentar los informes del
compromiso y la ejecución de los recursos aplicados al presupuesto participativo, por colonia
y por pueblo originario. Por tanto, no se formula observación alguna al respecto.
309
VOLUMEN 8/17
II.16. DELEGACIÓN VENUSTIANO CARRANZA
II.16.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS
II.16.1.1. SUBSIDIO PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA DE LOS MUNICIPIOS
Y LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL
Auditoría ASCprofcasf/106/12
ANTECEDENTES
El 15 de enero de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el
que se da a conocer la Lista de Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal,
Elegibles para el Otorgamiento del Subsidio a que se refiere el Artículo 11 del Decreto del
Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012.
Con fecha 15 de febrero de 2012, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las
Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios, y en su caso, a los Estados
cuando tengan a su cargo la Función de Seguridad Pública o la ejerzan coordinadamente
con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para sus Demarcaciones
Territoriales. En ellas se establecieron los conceptos a los que se destinarían los recursos
del Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios y las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal (SUBSEMUN) y los mecanismos para su otorgamiento.
El 29 de febrero de 2012, fue firmado el “Convenio Específico de Adhesión para el
Otorgamiento del SUBSEMUN” por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional
de Seguridad Pública (SESNSP) y el Gobierno del Distrito Federal, representado por el Jefe de
Gobierno, el Secretario de Gobierno, el Secretario de Finanzas y los Jefes Delegacionales
de las 16 Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal. Dicho convenio fue publicado
en el Diario Oficial de la Federación el 19 de julio de 2012.
El 15 de febrero de 2010, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) y la Contaduría
Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (CMHALDF)
310
VOLUMEN 8/17
celebraron el Convenio de Coordinación y Colaboración para la Fiscalización de los
Recursos Públicos Federales Transferidos para su Administración, Ejercicio y Aplicación
al Gobierno del Distrito Federal y los Órganos Político-Administrativos de sus Demarcaciones
Territoriales y, en general, a Cualquier Entidad, Persona Física o Moral, Pública o Privada,
que se prevén en el Presupuesto de Egresos de la Federación, así como de los
correspondientes al Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado (PROFIS).
Con fecha 26 de marzo de 2013, la ASF publicó en el Diario Oficial de la Federación las
Reglas de Operación del Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado en el
Ejercicio Fiscal 2012. La séptima regla establece: “En los Convenios de Coordinación
y Colaboración, suscritos por la ASF con las EFSL [Entidades de Fiscalización Superior
de las Legislaturas Locales] se establecen las bases generales para la fiscalización de los
recursos federales transferidos a las entidades federativas, los municipios y los órganos
político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal”.
Por medio del oficio núm. OASF/0595/2013 del 22 de febrero de 2013, la Oficina del
Auditor Superior de la Federación remitió a la CMHALDF el listado de las auditorías que la
ASF estimó realizar en el Distrito Federal, en coordinación con la CMHALDF, para la revisión
de la Cuenta Pública de 2012. Entre ellas se encontraban las revisiones de los recursos del
SUBSEMUN transferidos a la Delegaciones Cuauhtémoc y Venustiano Carranza.
Respecto a los recursos federales del SUBSEMUN, en el artículo 11 del Decreto de
Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2012, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2011, se estableció que el monto
para este rubro sería de 4,453,900.0 miles de pesos; de ellos, 338,553.0 miles de pesos,
se destinarían a las Delegaciones del Distrito Federal.
El Gobierno del Distrito Federal, por conducto de la Secretaría de Seguridad Pública
(SSP), de la Secretaría de Finanzas (SF) y de las 16 Delegaciones, administró y ejerció
los recursos federales asignados del SUBSEMUN. La SSP presentó un presupuesto
ejercido con cargo al SUBSEMUN por 370,183.3 miles de pesos, que representaron el
2.6% del total erogado por la dependencia (14,076,007.6 miles de pesos).
311
VOLUMEN 8/17
El presupuesto ejercido de 370,183.3 miles de pesos, representó una variación de 0.6%
(2,225.0 miles de pesos) con relación al presupuesto original de dicho rubro
(372,408.3 miles de pesos) y un decremento de 9.4% (38,228.0 miles de pesos) respecto
a lo ejercido en 2011 (408,411.3 miles de pesos).
OBJETIVO
Verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación Venustiano Carranza y la
Secretaría de Seguridad Pública, derivado de los recursos federales ministrados por
la Secretaría de Finanzas correspondientes al Subsidio para la Seguridad Pública de los
Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (SUBSEMUN), se haya
registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad
con la normatividad y ordenamientos aplicables.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Mediante el oficio núm. OASF/0595/2013 del 22 de febrero de 2013, la ASF solicitó
a la CMHALDF efectuar una auditoría a los recursos federales del SUBSEMUN 2012, que
ejerció la SSP en beneficio de la Delegación Venustiano Carranza.
La auditoría se realizó de manera coordinada con la ASF, con fundamento en el convenio
de coordinación y colaboración, suscrito por la ASF y la CMHALDF el 15 de febrero de 2010 y
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de marzo de 2010.
La auditoría también se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, primer párrafo; 74,
fracción VI; y 122, Apartado C, Base Primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno
del Distrito Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del
Distrito Federal; 2o., fracción X, inciso a); 3o.; 4o.; 8o., fracciones I, II, IV, V, VI, VII, VIII,
IX, XII, XIII y XIX; 16; 22; 24; 27; 28; 30, fracción IV; 31; 32; 33; 34; y 36 de la Ley
Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal; y 1o; 2o., fracción XIX, inciso a); 6o., fracciones V y VII; 13 y 16 de su
Reglamento Interior.
312
VOLUMEN 8/17
En el Convenio Específico de Adhesión para el Otorgamiento del Subsidio para la
Seguridad Pública de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal,
que celebraron el SESNSP y el Gobierno del Distrito Federal, el 29 de febrero de 2012, se
estipuló que el total de las transferencias federales del SUBSEMUN asignado a los órganos
político-administrativos del Distrito Federal, sería de 338,553.0 miles de pesos. De ese
monto, 270,842.4 miles de pesos (80.0%) serían ejercidos por la SSP en beneficio de las
16 Delegaciones y 67,710.6 miles de pesos (20.0%), directamente por éstas. Durante 2012,
la SSP ejerció en beneficio de la Delegación Venustiano Carranza 13,608.6 miles de
pesos (5.0% del total asignado).
ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
Del total de recursos ejercidos por la SSP con cargo al SUBSEMUN, por 370,183.3 miles
de pesos, correspondientes a 193 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC), derivado de
los trabajos que se llevaron a cabo en la fase de planeación de la auditoría, así como
del estudio y evaluación del sistema de control interno, se determinó revisar 14 CLC
expedidas con cargo a 4 de las 20 partidas de gasto que integraron el presupuesto ejercido
en dicho rubro; se seleccionó una muestra de 172,207.5 miles de pesos, que representa
el 45.6% del total ejercido por la SSP y 1 de las Delegaciones. No se revisaron CLC de la
Delegación Venustiano Carranza debido a que ésta no ejerció recursos del SUBSEMUN
en 2012. Las partidas seleccionadas como muestra fueron la 1341 “Compensaciones”, la
1343 “Compensaciones Adicionales y Provisionales por Servicios Especiales”, 2831 “Prendas
de Protección para Seguridad Pública y Nacional” y la 5411 “Automóviles y Camiones
para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres
Naturales”.
La auditoría se llevó a cabo en la Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas (DERC)
y en las Direcciones Generales de Recursos Financieros, de Recursos Humanos y de
Recursos Materiales, adscritas a la Oficialía Mayor (OM) de la SSP, por ser las encargadas
de administrar operar y registrar los recursos presupuestales asignados a la SSP, así
como de custodiar la documentación justificativa y comprobatoria del gasto.
313
VOLUMEN 8/17
Se analizó el manual administrativo de la OM de la SSP vigente en 2012, apartados de
organización y de procedimientos, con el fin de verificar que correspondiera a la estructura
orgánica aprobada y dictaminada, y que los procedimientos aplicables al rubro revisado
hubieran sido dictaminados y registrados por la Coordinación General de Modernización
Administrativa (CGMA).
Se aplicaron cuestionarios de control interno al personal responsable de las unidades
administrativas de la OM de la SSP; y se evaluó si los mecanismos establecidos hicieron
factible la administración de los riesgos de irregularidades e ineficiencias a que estuvieron
sujetas las operaciones revisadas.
Se analizaron 24 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron el monto
asignado al SUBSEMUN, se verificaron las causas por las cuales se vio disminuido el
presupuesto y se constató que se contara con la documentación soporte de las modificaciones
presupuestales.
Se practicaron pruebas de controles para verificar que los procedimientos y demás
normatividad aplicable, se hayan observado durante el período auditado. Dichas pruebas
consistieron en lo siguiente:
1. Recopilar y analizar la información general de la SSP para conocer su operación
en relación con el rubro objeto de la auditoría.
2. Identificar y analizar de las atribuciones de la dependencia establecidas en la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y en su Reglamento
Interior, así como del marco normativo aplicable al rubro sujeto a revisión.
3. Analizar la estructura orgánica de la SSP y sus unidades administrativas para
identificar las áreas que intervinieron en el ejercicio de los recursos del SUBSEMUN
y verificar la dictaminación y registro de dicha estructura.
4. Analizar el apartado de organización del manual administrativo de la SSP vigente en
2012, con el fin de identificar las funciones, atribuciones y responsabilidades de los
314
VOLUMEN 8/17
servidores públicos de las unidades administrativas que integran la dependencia
y de las que intervinieron en el registro y control de los recursos del rubro objeto de la
revisión.
5. Verificar la dictaminación y registro del manual administrativo en su apartado de
organización, así como de las modificaciones realizadas en 2012; su publicación en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal; y su difusión entre el personal de la dependencia.
6. Revisar el apartado de procedimientos del manual administrativo vigente en 2012, con
la finalidad de identificar aquellos que fueron aplicables al ejercicio de los recursos del
SUBSEMUN y verificar si dichos procedimientos contaron con la dictaminación
y registro por parte de la CGMA.
7. Verificar si los procedimientos fueron publicados en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal; y constatar que fueron difundidos entre el personal encargado de su operación.
8. Revisar y analizar las observaciones formuladas por la CMHALDF y por otros organismos
de fiscalización (internos y externos) en auditorías realizadas a la SSP respecto al
rubro sujeto a revisión.
9. Aplicar cuestionarios de control interno y de ambiente de control a las áreas que
intervinieron en las actividades relacionadas con el registro y ejercicio de los recursos
del SUBSEMUN.
10. Verificar que las cifras reportadas por el sujeto de fiscalización coincidieran con lo
reflejado en la Cuenta Pública de 2012.
11. Constatar que los registros contables del rubro revisado correspondieran a los establecidos
en el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal vigente en 2012.
12. Integrar por partida presupuestal el total del presupuesto ejercido en 2012 con cargo
al rubro sujeto a revisión.
315
VOLUMEN 8/17
13. Identificar y analizar los tipos de afectaciones y movimientos que modificaron el
presupuesto original y verificar que estuvieran debidamente registrados y soportados
con la documentación correspondiente (afectaciones presupuestaria y programática
y su justificación).
14. Verificar que los expedientes de la documentación legal y administrativa de los
proveedores de bienes y prestadores de servicios adjudicados, se hubieran integrado
debidamente.
15. Elaborar y enviar oficios de confirmación de operaciones con los proveedores de bienes
a quienes se realizaron pagos con cargo al SUBSEMUN en 2012.
Se realizaron pruebas sustantivas o de detalle, las cuales consistieron en integrar por
partida el presupuesto ejercido con cargo al SUBSEMUN; en verificar que las cifras
reportadas a la SF por el sujeto fiscalizado coincidieran con las asentadas en la Cuenta
Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012; y verificar los registros presupuestarios
e importes contabilizados por la Subsecretaría de Egresos. Con el fin de constatar el registro
y control de las adquisiciones efectuadas por la SSP con cargo al SUBSEMUN en 2012,
se practicaron las pruebas que se indican en seguida:
1. Verificar que en la adquisición de bienes se hayan cumplido los requisitos establecidos
en el Catálogo de Bienes del SUBSEMUN.
2. Identificar los riesgos que pudieron afectar las operaciones efectuadas con cargo
al rubro revisado, que pudieran ser los siguientes:
a) Que el Gobierno del Distrito Federal, por conducto de la SF, no haya efectuado en
tiempo y forma la aportación del 30.0% de coparticipación que se establece en las
Reglas de Operación de dicho subsidio y en el Convenio Específico de Adhesión
para el Otorgamiento del SUBSEMUN, publicados en el Diario Oficial de la Federación
el 15 de febrero y el 19 de julio de 2012, respectivamente.
316
VOLUMEN 8/17
b) Que el Gobierno Federal no haya ministrado los recursos de participación federal
de conformidad con el convenio específico referido.
c) Que la SF no haya enterado cada trimestre a la SSP de manera ágil y directa los
recursos del SUBSEMUN 2012, conforme a las “Reglas para el Otorgamiento del
Subsidio a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo
la Función de Seguridad Pública o la ejerzan coordinadamente con los Municipios,
así como al Gobierno del Distrito Federal para sus Demarcaciones Territoriales”,
publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 15 de febrero de 2012.
d) Que la SF no haya realizado la apertura de una cuenta bancaria específica para
el manejo de los recursos del SUBSEMUN en 2012.
e) Que la SSP no haya destinado los recursos del SUBSEMUN 2012 y sus respectivos
rendimientos financieros al financiamiento de los rubros de profesionalización,
equipamiento e infraestructura, en materia de seguridad pública y operación policial.
f) Que los recursos de coparticipación no se hayan destinado al programa de
mejora de las condiciones laborales del personal operativo de los diferentes
cuerpos policíacos destacados en la demarcación territorial de Venustiano Carranza,
así como al establecimiento de mecanismos para la prevención del delito y
participación ciudadana.
g) Que no se haya proporcionado por escrito a la Dirección General de Vinculación
y Seguimiento, adscrita al SESNSP, el informe trimestral relativo al ejercicio de
los recursos y al cumplimiento de las metas del SUBSEMUN de 2012.
h) Que la SSP no haya ejercido en su totalidad los recursos asignados en beneficio
de la Delegación Venustiano Carranza de conformidad con el Convenio Específico de
Adhesión para el Otorgamiento del SUBSEMUN, publicado en el Diario Oficial
de la Federación el 19 de julio de 2012; y, en su caso, que los recursos sin ejercer
no hayan sido devueltos a las instancias correspondientes.
317
VOLUMEN 8/17
i) Que no se haya elaborado el acta de cierre del ejercicio de los recursos, y que
ésta no se haya integrado con la documentación que demuestre la aplicación y
destino de los recursos, asimismo, que dicha acta no se haya suscrito por las partes
responsables o que no hayan sido enviada al SESNSP.
3. Identificar los riesgos que pudieron afectar las operaciones con cargo a los recursos
federales del SUBSEMUN en 2012:
a) Requisiciones de compra:
● Que las requisiciones de compra no se hayan elaborado, que no se hayan
formulado debidamente; o que no contaran con autorización presupuestal.
● Que los bienes adquiridos no se hayan ingresado y registrado en el almacén
o que no hayan sido entregados a las unidades administrativas requirentes.
b) Adquisición de bienes:
● Que no se haya observado la normatividad federal en materia de adquisiciones de
bienes y servicios por la SSP con cargo a los recursos del SUBSEMUN de 2012,
contraviniendo las Reglas de Operación del SUBSEMUN y el Convenio
Específico de Adhesión para el Otorgamiento del Subsidio, publicadas en el
Diario Oficial de la Federación el 15 de febrero de 2012.
● De conformidad con lo anterior, que no se hayan realizado estudios de
precios de mercado en los procedimientos de adjudicación directa cuando
se requirió.
● Que los procedimientos de adquisición de bienes (adjudicación directa y licitación
pública nacional) no se hayan ajustado a lo establecido en la normatividad
federal aplicable.
● Que no se hayan elaborado y formalizado los contratos para la adquisición
de bienes en los plazos establecidos en la normatividad.
318
VOLUMEN 8/17
● Que no haya documentación que ampare la adquisición, entrega, recepción y
pago de los bienes adquiridos por la SSP con recursos del SUBSEMUN en 2012.
● Que se hayan adquirido bienes (vestuario, accesorios de vestuario, armamento
y equipo de transporte) distintos a los establecidos en el Catálogo Único de
Bienes SUBSEMUN 2012.
● Que el proveedor no haya presentado las garantías correspondientes en los
plazos establecidos y no se hayan aplicado las penas convencionales procedentes
por cualquiera de las causales establecidas en los contratos o convenios
respectivos.
● Que los proveedores no hayan entregado comprobantes de pago, que éstos
no se hayan expedido a nombre del Gobierno del Distrito Federal o que no
hayan cumplido los requisitos fiscales establecidos en el Código Fiscal de la
Federación.
● Que en caso de incumplimiento de los contratos, no se hubieran hecho
efectivas las garantías correspondientes.
c) Registro presupuestal y contable:
● Que no se haya registrado el gasto ejercido por la SSP con recursos
del SUBSEMUN en el concepto o partida presupuestal que correspondía de
acuerdo con la naturaleza de las erogaciones y con el Clasificador por Objeto
del Gasto del Gobierno del Distrito Federal, vigente en 2012.
● Que las cifras reportadas por el sujeto fiscalizado no coincidieran con las de la
Cuenta Pública.
● Que los registros contables del rubro sujeto a revisión no correspondan a los
establecidos en el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal
vigente en 2012.
319
VOLUMEN 8/17
d) Salvaguarda de la información:
● Que los expedientes de la documentación legal y administrativa de los
proveedores de bienes adjudicados no se hayan integrado con la documentación
generada en su proceso.
● Que no se haya conservado la documentación justificativa y comprobatoria
de los pagos realizados.
Para determinar la muestra por revisar, se consideraron los siguientes criterios:
1. Por tratarse de una auditoría financiera, se integró el universo de los recursos
ejercidos en 2012 por la SSP por cada una de las partidas presupuestales y se
determinó el porcentaje que representa cada una de ellas en relación con el total de
los recursos ejercidos por el SUBSEMUN, con la finalidad de identificar los importes
y partidas más significativos, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos y por cientos)
Partida Presupuesto
% Original Modificado Ejercido
1341 “Compensaciones” 0.0 34,047.4 34,047.4 9.2
1343 “Compensaciones Adicionales y Provisionales por Servicios Especiales” 0.0 67,518.5 67,518.5 18.2
2821 “Materiales de Seguridad Pública” 15,000.0 5,483.2 5,483.2 1.5
2831 “Prendas de Protección para Seguridad Pública y Nacional” 76,000.0 75,855.7 75,855.7 20.5
3341 “Servicios de Capacitación” 4,500.0 4,779.2 4,779.2 1.3
3993 “Subrogaciones” 20,000.0 4,581.5 4,581.5 1.2
4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro” 0.0 3,527.0 3,527.0 1.0
5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” 0.0 124,183.6 124,183.6 33.5
5511 “Equipo de Defensa y Seguridad” 0.0 21,604.1 21,604.1 5.8
6221 “Edificación no Habitacional” 0.0 24,096.8 24,096.8 6.5
Subtotal 115,500.0 365,677.1 365,677.1 98.8
Otras 10 partidas con recursos ejercidos inferiores al 1.0% 256,908.3 4,506.2 4,506.2 1.2
Totales 372,408.3 370,183.3 370,183.3 100.0
320
VOLUMEN 8/17
2. Se seleccionaron las cuatro partidas más representativas por su monto y peso específico
y se determinó el número de CLC y documentos múltiples (incluyendo los documentos
de glosa) que fueron emitidos en 2012 por la dependencia, a fin de identificar el
universo de documentos susceptibles de revisar, como se establece en el cuadro
siguiente:
(Miles de pesos)
Partida Presupuesto
ejercido
Número de documentos
CLC DM DG
1341 “Compensaciones” 34,047.4 5 0 0
1343 “Compensaciones Adicionales y Provisionales por Servicios Especiales” 67,518.5 5 0 5
2831 “Prendas de Protección para Seguridad Pública y Nacional” 75,855.7 14 9 1
5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” 124,183.6 8 0 0
Subtotal 301,605.2 32 9 6
Otras partidas no seleccionadas 68,578.1 161 1 2
Totales 370,183.3 193 10 8
CLC: Cuentas por Liquidar Certificadas. DM: Documentos Múltiples. DG: Documentos de Glosa.
3. Se determinó el número de contratos o convenios de cada una de las cuatro partidas
seleccionadas, así como la modalidad de adquisición de los bienes y servicios, como
se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Partida Presupuesto
ejercido
Procesos de adquisición Contratos
LPN AD
1341 “Compensaciones” 34,047.4 n.a. n.a. n.a.
1343 “Compensaciones Adicionales y Provisionales por Servicios Especiales” 67,518.5 n.a. n.a. n.a.
2831 “Prendas de Protección para Seguridad Pública y Nacional” 75,855.7 7 7
5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” 124,183.6 2 2
Subtotal 301,605.2 2 7 9
Otras partidas no seleccionadas 68,578.1
Total 370,183.3
LPN: Licitación Pública Nacional. AD: Adjudicación Directa. n.a. No aplicable.
321
VOLUMEN 8/17
4. Se integró el presupuesto ejercido por la SSP en las cuatro partidas seleccionadas
(301,605.2 miles de pesos) y el presupuesto ejercido directamente por las Delegaciones
que la ASF solicitó auditar (Cuauhtémoc y Venustiano Carranza). En el caso de la
Delegación Venustiano Carranza, se observó que no ejerció recursos del SUBSEMUN
en 2012, por lo que la muestra de auditoría se integró con los recursos ejercidos por
la SSP y por la Delegación Cuauhtémoc. Esta última erogó recursos federales
por 6,159.6 miles de pesos, que sumados a lo ejercido por la SSP en beneficio de las
Delegaciones determinaron un universo susceptible de revisión de 307,764.8 miles
de pesos, como se muestra en el siguiente cuadro:
(Miles de pesos)
Partida Presupuesto ejercido Total
Secretaría de Seguridad
Pública
Delegación Cuauhtémoc
1341 “Compensaciones” 34,047.4 34,047.4
1343 “Compensaciones Adicionales y Provisionales por Servicios Especiales” 67,518.5 67,518.5
2831 “Prendas de Protección para Seguridad Pública y Nacional” 75,855.7 75,855.7
3341 “Servicios de Capacitación” 1,054.6 1,154.3
3351 “Servicios de Investigación Científica y Desarrollo” 5,105.0 6,237.8
5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” 124,183.6 124,183.6
Subtotal 301,605.2 6,159.6 307,764.8
Otras partidas no seleccionadas 68,578.1 0.0 68,578.1
Totales 370,183.3 6,159.6 376,342.9
5. De conformidad con lo expuesto en los numerales anteriores, se seleccionó una
muestra de 172,207.5 miles de pesos, que representa el 45.6% del total ejercido
por la SSP y una de las dos Delegaciones (377,575.4 miles de pesos). La muestra de
auditoría se integró por 2,934.5 miles de pesos (20.0%) de recursos locales ejercidos
en beneficio de las dos Delegaciones referidas en el numeral anterior (9,321.9 miles
de pesos y 5,348.4 miles de pesos, respectivamente), 164,168.0 miles de pesos de
recursos federales ejercidos por la dependencia y 5,105.0 miles de pesos de recursos
federales ejercidos directamente por la Delegación Cuauhtémoc, como se muestra en
el cuadro siguiente:
322
VOLUMEN 8/17
(Miles de pesos y por cientos)
Partida Presupuesto ejercido
Muestra de auditoría* %*
CLC Contratos Importe
1341 “Compensaciones” 34,047.4 2 n.a. 114.9 0.3
1343 “Compensaciones Adicionales y Provisionales por Servicios Especiales” 67,518.5 2 n.a. 2,819.6 4.2
Recursos locales (Coparticipación) 101,565.9 2** 2,934.5 2.9
2831 “Prendas de Protección para Seguridad Pública y Nacional” 75,855.7 5 2 49,818.9 65.7
5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” 124,183.6 7 2 114,349.1 92.1
Recursos federales ejercidos por la SSP 200,039.3 12 4 164,168.0 82.1
Recursos federales de otras partidas no seleccionadas 68,578.1
Total de recursos locales y federales ejercidos por la SSP 370,183.3 14 4 167,102.5 45.1
3341 “Servicios de Capacitación” 1,154.3 0 0 0.0 n.a.
3351 “Servicios de Investigación Científica y Desarrollo” 6,237.8 12 12 5,105.0 81.8
Recursos federales ejercidos directamente por la Delegación Cuauhtémoc 7,392.1 12 12 5,105.0 69.1
Totales 377,575.4 26 16 172,207.5 45.6
* Porcentaje en relación con el presupuesto ejercido en la partida. ** Las dos CLC que afectaron la partida 1341 “Compensaciones” son las mismas que afectaron la 1343 “Compensaciones
Adicionales y Provisionales por Servicios Especiales”.
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
Con la finalidad de tener una base sobre la cual determinar la naturaleza, extensión
y oportunidad de las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el manual
de organización de la OM de la SSP vigentes en 2012, con el fin de identificar sus
estructuras orgánicas, los objetivos, funciones y atribuciones de las unidades administrativas
que las integran y las que intervinieron en el rubro objeto de la revisión.
Se revisaron los manuales de procedimientos, para identificar los que fueron aplicados
por las unidades administrativas responsables de justificar, aprobar, modificar, comprometer,
devengar, comprobar, ejercer, registrar y pagar las erogaciones efectuadas con cargo al
SUBSEMUN.
En forma adicional, se aplicaron cuestionarios de control interno a las diversas unidades
administrativas de la OM de la SSP que tuvieron relación con el ejercicio del SUBSEMUN; y se
verificó que los gastos hayan sido autorizados por los servidores públicos facultados para ello.
323
VOLUMEN 8/17
Como resultado del estudio y evaluación del control interno, se determinó que la SSP
cuenta con un manual administrativo, en su parte organización, actualizado conforme al
último dictamen de reestructuración orgánica (núm. 16/2010); y que la OM de la SSP
cuenta con procedimientos actualizados, dictaminados y registrados por la CGMA. Los
resultados relativos al control interno se describen en el apartado de resultados del
presente informe.
RESULTADOS
Control Interno
1. Resultado
Estructura Orgánica
En 2012, la SSP ejerció sus funciones y atribuciones con base en el dictamen de
reestructuración orgánica núm. 16/2010, con vigencia a partir del 1o. de noviembre de 2010,
el cual le fue comunicado por la CGMA mediante el oficio núm. CG/437/2010 del 20 de
octubre de 2010. Posteriormente, con el oficio núm. CG/CGMA/DDO/2231/2011 del 9 de mayo
de 2011, la CGMA comunicó a la SSP que determinó registrar su manual administrativo,
apartado de organización, con el núm. MA-11001-16/10. Dicho documento fue publicado
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de junio de 2011.
La estructura orgánica correspondiente al dictamen núm. 16/2010 consideró 1,334 plazas
de estructura. A la OM de la SSP (área encargada del registro y control de las operaciones de
los recursos del SUBSEMUN) le fueron asignadas 194 plazas de estructura, las cuales
se señalan a continuación:
Unidad administrativa Elementos
Oficial Mayor 1
Secretario Particular 1
Direcciones Ejecutivas 3
Direcciones Generales 4
Direcciones de Área 11
Subdirecciones 25
Jefaturas de Unidad Departamental 51
Líder Coordinador de Proyectos “B” 1
Enlaces “A” 96
Enlace “B” 1
Total 194
324
VOLUMEN 8/17
El manual administrativo, apartado de organización, fue difundido por la Dirección
Ejecutiva de Organización y Administración Territorial mediante diversos oficios del
2 de junio de 2011, dirigidos a la Contraloría Interna, al Jefe de Estado Mayor Policial,
a las Direcciones Generales y a las Direcciones de Área.
La revisión de la documentación relativa al manual administrativo de la OM de la SSP,
apartado de organización, no arrojó observación alguna.
Manual de Procedimientos
Mediante el oficio núm. CG/CGMA/DDO/2231/2011 del 9 de mayo de 2011, la CGMA
informó a la SSP que su manual administrativo, apartados de organización y de procedimientos
elaborado con base en el dictamen de reestructuración orgánica núm. 16/2010, quedó
registrado con el núm. MA-11001-16/10. El manual fue publicado en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el 8 de julio de 2011 y en él se incluyeron 274 procedimientos, los cuales
estaban vigentes durante la ejecución de la auditoría.
De los 274 procedimientos, 16 se relacionan con las partidas de la muestra de auditoría
y son los siguientes:
Unidad administrativa/Procedimiento Partida
Dirección Ejecutiva de Desarrollo Organizacional y Administrativo
Elaboración o Actualización del Manual Administrativo Todas
Formulación, Actualización y Difusión de Métodos y Procedimientos Administrativos Todas
Dirección General de Recursos Humanos
Aplicación del Estímulo por Especialización Técnico Policial Concepto 1653 1341 y 1343
Dirección General de Recursos Materiales
Recepción y Suministro de Vehículos de Nueva Adquisición 5411
Elaboración de Resguardos del Parque Vehicular de la S.S.P. 5411
Entrega Personalizada de Vestuario en Áreas Operativas por parte del Proveedor 2831
Entrega Personalizada de Vestuario a Áreas Operativas en Almacén Central 2831
Dirección General de Mantenimiento y Servicios
Inspección Física de Bienes Muebles 5411
Dirección General de Recursos Financieros
Afectaciones Programático-Presupuestarias Todas
Control del Presupuesto Comprometido Todas
Recepción y Trámite de Fichas de Depósito para la Obtención del Recibo del Entero 1341 y 1343
Registro de Salida de Bienes 2831
Revisión, Captura y Trámite del Pago de Cuentas por Liquidar Certificadas Todas
Captura, Revisión y Autorización de Documentos Múltiples de Notas de Observación de Glosa, Cancelación, Comprobación y Reintegro de Recursos
Todas
Integración de Documentación Soporte para Trámites Presupuestales, Pago de Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos Múltiples y Pólizas-Cheque
Todas
Solicitud y Elaboración de Cheques de Diversos Estímulos 1341 y 1343
325
VOLUMEN 8/17
Se solicitaron a la SSP los 16 procedimientos referidos, que fueron proporcionados en
medio magnético. Se verificó que los procedimientos contaran con los cuatro elementos
básicos de control interno, relativos a los objetivos de autorización, de procesamiento
y clasificación de transacciones, de verificación y evaluación, y de salvaguarda física.
Los trabajos de auditoría incluyeron la aplicación de cuestionarios de control interno al
personal de las unidades administrativas de la Secretaría de Finanzas (SF) y de la SSP
que intervino en el ejercicio de los recursos federales con cargo al SUBSEMUN.
Derivado de la aplicación de los cuestionarios de control interno y del análisis de la
información proporcionada, se determinó que tanto la SF como la SSP presentan las
siguientes fortalezas y debilidades de control interno:
1. Fortalezas:
Para el registro y control de las operaciones del SUBSEMUN, tanto la SF como la SSP
disponen de una estructura operativa actualizada y registrada ante la CGMA, así como
áreas específicas responsables de la gestión del subsidio. Estas últimas se integran por
personal informado específicamente acerca de la normatividad federal que le aplica al
subsidio y disponen de los procedimientos necesarios para generar la información
presupuestal y contable.
2. Debilidades:
Las áreas de la SSP encargadas del registro y control de las operaciones relacionadas
con el pago de estímulos al personal policiaco del Servicio Profesional de Carrera Policial
(Direcciones Generales de Recursos Financieros y de Recursos Humanos) no cuentan
con mecanismos de control que permitan generar una base de datos confiable, que
indique los períodos en que fueron liquidados los estímulos con base en los recibos
entregados al personal operativo.
Las áreas de la SSP encargadas de entregar equipos (chalecos y cascos antimotín), así
como de supervisar esta actividad, carecen de mecanismos para identificar plenamente
las Unidades de Protección Ciudadana a las cuales fueron destinados los equipos.
326
VOLUMEN 8/17
Tampoco se cuenta con mecanismos para supervisar que en los fallos de las licitaciones
públicas nacionales que realiza la SSP con recursos del SUBSEMUN, se incluyan
las causas por las cuales se descalificó a los proveedores no adjudicados. Dichas
inconsistencias se describen en los resultados respectivos.
3. Calificación:
Satisfactorio
En razón de lo expuesto, la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del
Distrito Federal considera satisfactorio el control interno que dispone para la gestión
del SUBSEMUN, el Gobierno del Distrito Federal, por conducto de la SSP. En general, se
cuenta con estrategias y mecanismos de control adecuados sobre el comportamiento
de algunas actividades, son suficientes para garantizar el cumplimiento de su objetivo y la
observancia de la normatividad aplicable.
En la reunión de confronta, celebrada el 30 de agosto de 2013, la Dirección Ejecutiva
de Rendición de Cuentas, adscrita a la OM de la SSP, presentó con el oficio
núm. DERC/OM/SSP/0610/2013 de la misma fecha, el oficio núm. SSP/OM/DGRM/702/2013
del 28 de agosto de 2013, por medio del cual la Dirección General de Recursos Materiales
indicó: “En relación con este resultado, se informa que derivado de una recomendación
realizada por ese órgano fiscalizador relativa a adoptar medidas de control y supervisión
para garantizar que se publique en la página de CompraNet la información que exige la
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, vigente en 2012,
se emitió la circular interna, actualmente vigente, a través de la cual se instruyó para que
en lo sucesivo los procedimientos de adjudicación con recursos federales se realicen en
apego a la normatividad que le sea aplicable, particularmente a lo establecido en los
artículos 30 y 37, párrafo quinto, de dicha ley”.
Cabe señalar que el presente resultado no se refirió al incumplimiento normativo alguno,
sólo se señalaron las debilidades y fortalezas del control interno implementado por el
sujeto fiscalizado para registrar y controlar las operaciones relacionadas con los recursos
del SUBSEMUN.
Por lo anterior, el resultado no se modifica.
327
VOLUMEN 8/17
Transferencia de Recursos
2. Resultado
Para el manejo y disposición de los recursos del SUBSEMUN en 2012, el Gobierno
del Distrito Federal (GDF), por conducto de la SF, abrió una cuenta bancaria específica en
cumplimiento de lo dispuesto en la regla Vigésima Quinta “Primera Ministración”, Fracción II,
inciso B, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso,
a los Estados cuando tengan a su cargo la función de Seguridad Pública o la ejerzan
coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para sus
Demarcaciones Territoriales, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 15 de febrero
de 2012, que señalan:
“II. Los Beneficiarios remitirán a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento, a más
tardar el 15 de marzo de 2012, lo siguiente: […]
”B. La documentación bancaria que acredite la apertura de dos cuentas bancarias,
una para recibir los recursos federales y otra para el depósito de la coparticipación...”
Al respecto, la SF abrió la cuenta bancaria núm. 0189566929 el 14 de marzo de 2012. La
apertura de la cuenta fue comunicada por la Dirección General de Administración
Financiera de la SF al Director General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP,
mediante el oficio núm. SFDF/SPF/0747/2012 del 14 de marzo de 2011.
No se formula observación alguna al respecto.
Ministración de los Recursos
3. Resultado
En 2012, el Gobierno Federal, por conducto del SESNSP, transfirió a la SF recursos
del SUBSEMUN por un monto de 325,367.7 miles de pesos (270,842.4 miles de pesos
que ejerció la SSP y 54,525.3 miles de pesos que erogaron directamente las Delegaciones).
Dichos recursos fueron transferidos a la cuenta bancaria abierta por la SF, de conformidad
328
VOLUMEN 8/17
con el calendario de ministraciones de recursos establecido en la cláusula Séptima
“Transferencia de los Recursos”, fracción II, incisos A, B, y C, de del Convenio Específico
de Adhesión para el Otorgamiento del Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios
y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, en la cual se estableció lo siguiente:
“II. Las transferencias de los recursos federales se realizará en tres ministraciones:
”A. ‘EL DISTRITO FEDERAL’ y ‘LAS DEMARCACIONES’ en el ámbito de sus
competencias, solicitarán la primera ministración a más tardar el 15 de marzo de 2012,
la cual corresponderá al 40.0% del monto total de los recursos federales convenidos.
”B. ‘EL DISTRITO FEDERAL’ y ‘LAS DEMARCACIONES’ en el ámbito de sus competencias,
solicitarán la segunda ministración a más tardar el 29 de junio de 2012, y deberán
haber comprometido, devengado y/o pagado el 30.0% del monto total de los recursos
federales convenidos. […] La segunda ministración corresponderá al 30.0% del monto
total de los recursos federales convenidos.
”C. ‘EL DISTRITO FEDERAL’ y ‘LAS DEMARCACIONES’ en el ámbito de sus competencias,
solicitarán la tercera ministración a más tardar el 28 de septiembre de 2012,
y deberán haber comprometido, devengado y/o pagado, por lo menos el 60.0% del
monto total de los recursos federales convenidos […] La tercera ministración
corresponderá al 30.0% del monto total de los recursos federales convenidos.”
De conformidad con la documentación proporcionada por la SF y la SSP, la primera
ministración de recursos federales del SUBSEMUN, fue depositada en junio, la segunda
en septiembre y octubre; y la tercera en noviembre y diciembre de 2012 y en enero de 2013.
Sin embargo, el sujeto fiscalizado no proporcionó evidencia documental de la fecha de la
solicitud de recursos por el beneficiario (GDF/SF/SSP).
En la reunión de confronta, celebrada el 30 de agosto de 2013, la Dirección Ejecutiva
de Rendición de Cuentas, adscrita a la OM de la SSP, proporcionó el oficio núm.
DERC/OM/SSP/0610/2013 de la misma fecha, mediante el cual presentó el oficio
núm. SSP/OM/DGRF/2058 del 29 de agosto de 2013, con el cual indicó lo siguiente:
329
VOLUMEN 8/17
“En cumplimiento de las Reglas Vigésima Quinta, Vigésima Sexta y Vigésima Séptima
de las Reglas para el otorgamiento del SUBSEMUN, se giraron los oficios
núms. DGRF/OM/SSP/0405/2012, del 14 de marzo de 2012, DGRF/OM/SSP/0908/2012
del 26 de junio de 2012 y DGRF/OM/SSP/1317/2012 del 28 de agosto de 2012, con la
finalidad de solicitar al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública
la primera, segunda y tercera ministración de recursos del SUBSEMUN 2012, respectivamente,
documentos que se anexan en copia certificada.”
De los oficios presentados por el sujeto fiscalizado, se desprende que la SSP realizó la
solicitud de los recursos dentro de los plazos estipulados en las Reglas de Operación del
SUBSEMUN, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 15 de febrero de 2012,
como se aprecia en el cuadro siguiente:
(Miles de pesos)
Ministraciones Importe solicitado
Fechas en que debieron
solicitarse las ministraciones según calendario
Oficio de solicitud de ministración de los recursos
Fecha en que se realizaron
las ministraciones por el SESNSP
Número Fecha
Primera, por el 40.0% 135,421.2 15/III/2012 DGRF/OM/SSP/0405/2012 14/III/12 20/VI/12
Segunda, por el 30.0%* 97,299.8 29/VI/2012 DGRF/OM/SSP/0908/2012 26/VI/12 26/IX/12 22/X/12
Tercera, por el 30.0%** 92,646.7 28/IX/2012 DGRF/OM/SSP/1137/2012 28/VIII/12 29/XI/12
31/XII/12 11/I/13
Total recursos federales 325,367.7
* En el caso de la primera ministración, se efectuaron dos depósitos. ** En el caso de la tercera ministración, se efectuaron tres depósitos.
En cuanto a la coparticipación del Distrito Federal (30.0% del monto total de los recursos
federales), la SF proporcionó evidencia documental de la transferencia de dichos
recursos a la SSP en el ejercicio de 2012. Dicha evidencia consistió en el oficio
núm. SFDF/SE/2599/2012 del 27 de marzo de 2012, mediante el cual el Subsecretario de
Egresos de la SF remitió al Director General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP
copia certificada del “Reporte de Evolución del Presupuesto por Clave Presupuestal al
Mes de Marzo para el Ejercicio Fiscal 2012”, relativo a la clave presupuestal de la SSP:
2 11C0 01 1 7 1 002 1 28 1544 0 1 1 00, obtenido del Sistema de Planeación de Recursos
Gubernamentales (GRP-SAP), por los recursos presupuestarios de la aportación del
Distrito Federal, conforme a lo establecido en las Reglas de Operación del SUBSEMUN.
330
VOLUMEN 8/17
Con dicho documento, sustenta la previsión de recursos del SUBSEMUN de 2012 como
contraparte local, los presupuestos modificado y disponible ascendieron a 101,565.9 miles
de pesos.
La obligación de efectuar una aportación con recursos locales se estipuló en las cláusulas
Tercera, fracción II, del Convenio Específico de Adhesión y Vigésima Cuarta, fracción III;
de las Reglas de Operación del SUBSEMUN, publicadas en el Diario Oficial de la Federación
el 15 de febrero de 2012, las cuales indicaron lo siguiente:
Cláusula Tercera, fracción II, del Convenio Específico de Adhesión. “A efecto de complementar
los recursos necesarios para el cumplimiento del objeto del presente Convenio Específico
de adhesión, ‘El Distrito Federal’ se obliga a aportar de sus recursos presupuestarios
cuando menos el 30 (treinta) por ciento del total de los recursos federales otorgados para
la seguridad pública en sus demarcaciones territoriales…”.
Asimismo, en la fracción III de la cláusula Vigésima Cuarta “Disposiciones Previas” de las
Reglas de operación del SUBSEMUN, se estableció:
“III. Los recursos de la coparticipación deberán ser depositados en una cuenta bancaria
productiva específica, dentro de los cuarenta días hábiles posteriores a la fecha de
recepción de los recursos federales.”
De lo anterior, se desprende que el Gobierno del Distrito Federal, por conducto de la SF,
realizó la transferencia de recursos de la coparticipación a la cual se obligó en las Reglas
de Operación del SUBSEMUN y en el convenio específico, por lo que no se formula
observación al respecto.
4. Resultado
En la revisión de los estados de cuenta relativos a la cuenta bancaria núm. 0189566929
del Banco BBVA-Bancomer, S.A., que abrió la SF para depositar los recursos federales del
SUBSEMUN (325,367.6 miles de pesos), se constató que los intereses generados en 2012,
correspondientes a los meses de junio de 2012 a enero de 2013, ascendieron a 1,672.5 miles
de pesos. De los intereses generados, a la SSP le correspondieron 1,337.7 miles de pesos,
331
VOLUMEN 8/17
es decir, el 80.0%, mismo porcentaje en que participó de los recursos del SUBSEMUN
en 2012. De los 1,337.7 miles de pesos referidos, la SSP aplicó un importe de 162.1 miles de
pesos para complementar las acciones autorizadas en los anexos técnicos del convenio
de adhesión y reintegró a la Tesorería de la Federación 1,175.6 miles de pesos. El reintegro
se confirmó con el oficio núm. FDF/SPF/DGAF/DCCF/00988/2013 del 7 de febrero de 2013.
La información relativa a los intereses financieros quedó consignada en el Acta de Cierre
Definitiva del SUBSEMUN 2012/Distrito Federal/Secretaría de Seguridad Pública.
De los 162.1 miles de pesos que la SSP aplicó para complementar las acciones autorizadas
en los anexos técnicos del convenio de adhesión, 25.8 miles de pesos, los aplicó en la
partida presupuestal 2821 “Materiales de Seguridad Publica”, 16.3 miles de pesos en
la 2831 “Prendas de Protección para Seguridad Publica y Nacional” y 120.0 miles de pesos
en la 6221 “Edificación no Habitacional”.
No se formulan observaciones respecto a la aplicación de los intereses generados por los
recursos federales del SUBSEMUN en 2012.
Registros Contables
5. Resultado
Por lo que respecta al registro contable de las operaciones efectuadas por la SSP en 2012,
con recursos federales del SUBSEMUN, la CMHALDF solicitó a la SF los registros
de egresos correspondientes. En respuesta, con el oficio núm. DGCNCP/2677/2013 del
26 de julio de 2013, la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública
(DGCNCP) de la SF, proporcionó a la CMHALDF el reporte de registro de egresos (fuente
de financiamiento 28) de la SSP, correspondiente a las adquisiciones y arrendamientos de
bienes y contrataciones de servicios realizados en 2012 con cargo al SUBSEMUN.
A continuación se muestra el detalle de esas operaciones:
332
VOLUMEN 8/17
(Miles de pesos)
Tipo de recursos/cuenta contable Importe
Recursos federales
1236211000 “Edificación no Habitacional” 23,976.8
1241911000 “Otros Mobiliarios y Equipos de Administración” 872.6
1244111000 “Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” 124,183.6
1244210100 “Carrocerías y Remolques para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” 400.0
1245110000 “Equipo de Defensa y Seguridad” 21,604.1
1246211000 “Maquinaria y Equipo Industrial” 388.4
5125125911 “Otros Productos Químicos Gasto Corriente” 944.9
5128128211 “Materiales de Seguridad Pública Gasto Corriente” 5,457.4
5128128311 “Prendas de Seguridad Pública y Nacional Gasto Corriente” 75,839.3
5133133411 “Servicios de Capacitación Gasto Corriente” 4,779.2
5139139931 “Subrogaciones Gasto Corriente” 672.8
Subtotal 259,119.1
5 Remanentes del ejercicio anterior
1241311000 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información” 1,900.5
5139139931 “Subrogaciones Gasto Corriente” 3,908.7
5243144511 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro Gasto Corriente” 3,527.0
Subtotal 9,336.2
7 Intereses
1236211000 “Edificación no Habitacional” 120.0
5128128211 “Materiales de Seguridad Pública Gasto Corriente” 25.8
5128128311 “Materiales de Seguridad Pública Gasto Corriente” 16.3
Subtotal 162.1
Total de Recursos federales del SUBSEMUN 268,617.4
Recursos fiscales
5210112251 “Compensaciones Adicionales y Proveedores por Servicios Especiales” 101,565.9
Total de recursos del SUBSEMUN ejercidos por la SSP en 2012 370,183.3
Al respecto, se constató que el registro contable de las operaciones se efectuó conforme
a las cuentas señaladas en el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal, y
que coincide con lo reportado por la SSP en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito
Federal correspondiente a 2012.
6. Resultado
Modificación del Presupuesto
En el ejercicio de 2012, la SSP consideró inicialmente recursos del SUBSEMUN por la
cantidad de 372,408.3 miles de pesos, de los cuales 270,842.4 miles de pesos serían
recursos federales y 101,565.9 miles de pesos (30.0%) coparticipación del Gobierno
333
VOLUMEN 8/17
del Distrito Federal; sin embargo, dicha asignación se redujo en 2,225.0 miles de pesos,
debido a que el Gobierno Federal le asignó el mismo importe total que en 2011
(338,553.0 miles de pesos). El presupuesto modificado quedó en 370,183.3 miles de
pesos, y fue ejercido en su totalidad.
Destaca la transferencia de recursos federales a las 16 Delegaciones del Distrito Federal
para el desarrollo y aplicación de políticas públicas en materia de prevención social del
delito con participación ciudadana, por un importe de 67,710.6 miles de pesos, que equivalen
al 20.0% de los recursos federales (338,553.0 miles de pesos).
La reducción del presupuesto (2,225.0 miles de pesos) se derivó de la gestión de
24 afectaciones programático-presupuestarias solicitadas en 2012 por la SSP.
Las 24 afectaciones generaron 42 movimientos presupuestarios, que implicaron
411,219.1 miles de pesos de ampliaciones y adiciones, y 413,444.1 miles de pesos, de
reducciones; ello arrojó una modificación neta de 2,225.0 miles de pesos, como se muestra
en el cuadro siguiente:
(Miles de pesos)
Concepto Importes
Asignación original 372,408.3
Más:
17 ampliaciones compensadas 114,884.7
4 adiciones líquidas 10,264.1
2 adiciones compensadas 286,070.3
Total ampliaciones y adiciones 411,219.1
Menos:
1 reducción líquida 12,489.1
18 reducciones compensadas 400,955.0
Total reducciones 413,444.1
Total modificación (2,225.0)
Presupuesto ejercido 370,183.3
334
VOLUMEN 8/17
En el análisis efectuado a las 24 afectaciones programático-presupuestarias, se determinó
que 7 de ellas presentaron movimientos que afectaron las partidas presupuestales
relacionadas con los recursos del SUBSEMUN y las restantes 17 mostraron movimientos
cuyo efecto fue cero. La justificación presentada por la SSP para la autorización de las
siete afectaciones mencionadas se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Número de afectación
Fecha Ampliación o adición
Reducción Modificación total
Justificación
A 11 CO 01 1970 4/IV/12 184,811.3 184,811.4 0.1 Ampliación y reducción compensada de recursos federales, en el marco del Convenio Específico de Adhesión para el Otorgamiento de Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, que celebró la Secretaría con el Ejecutivo Federal . Se requiere reprogramar recursos a fin de estar en condiciones de dar cumplimiento al objetivo de dicho convenio.
Esta reclasificación de recursos permite destinar solvencia a las partidas 2591 “Otros Productos Químicos", 3341 “Servicios de Capacitación", 5191 “Otros Mobiliarios y Equipos de Administración", 5411 “Veh ículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales", 5421 “Carrocerías y Remolques para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales", 5511 “Equipo de Defensa y Seguridad", 5621 “Maquinaria y Equipo Industrial", 5911 “Software" y 6221 “Edificación no Habitacional". Lo anterior, permitirá reclasificar los recursos de acuerdo con las autorizaciones y anexos técnicos emitidos por el Sistema Nacional de Seguridad Pública, a fin de dar atención a los requerimientos de capacitación, la adquisición de diversos bienes y vehículos equipados como patrulla s, así como trabajos en las subcomandancias de las Delegaciones Álvaro Obregón, Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero e Iztapalapa.
C 11 CO 01 4175 1/VI/12 403.1 403.1 Adición liquida de recursos federales, para la partida 5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información" con la finalidad de cubrir compromisos contraídos en el ejercicio 2011.
Estos recursos corresponden a intereses del SUBSEMUN, los cuales fueron generados en el ejercicio fiscal 2011 e informados a la Dirección General de Administración Financiera de la Secretaría de Finanzas. Asimismo, el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública , Dirección General de Vinculación y Seguimiento, determinó que los subsidios autorizados en el ejercicio fiscal 2011 y después que han sido entregados a los municipios beneficiarios, éstos deberán estar comprometidos a más tardar el 31 de diciembre del año en curso y podrán ser devengados hasta el 31 de marzo del año 2013, siempre que se hubieren contabilizado debida y oportunamente las operaciones correspondientes. Estos movimientos no afectan el desarrollo de resultados ni de actividades institucionales.
C 11 C0 01 4178 1/VI/12 9,027.8 9,027.8 Adición liquida de recursos federales, con base en las autorizaciones emitidas por el Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Estos recursos corresponden al ejercicio 2011, por lo que se consideran remanentes y son necesarios en las áreas funcionales, específicamente en las partidas 5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información", para el pago del contrato núm. SSP/BE/A/477/2011, partida 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro" para el diagnóstico local sobre la realidad social, económica y cultural de la violencia y delincuencia para las Delegaciones, así como fomentar el monitoreo y seguimiento de las políticas públicas de prevención social, a través de observatorios ciudadanos/urbanos locales que desarrollen y mantengan sistemas integrados de información
útiles para la toma de decisiones en la materia para las delegaciones y partida 3993 “Subrogaciones" para efectuar los pagos por concepto de: evaluaciones poligráficas.
Continúa…
335
VOLUMEN 8/17
… Continuación
Número de afectación
Fecha Ampliación o adición
Reducción Modificación total
Justificación
C 11 CO 01 13619 8/XI/12 563.8 563.8 Adición líquida de recursos en el marco del Convenio Específico de Adhesión para el Otorgamiento del Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, que celebró la Secretaría con el Ejecutivo Federal, por lo que se requieren recursos que permitan estar en condiciones de dar cumplimiento al objetivo fundamental del convenio.
Este movimiento se destinara a dar suficiencia presupuestal en la partida 2951 “Refacciones y Accesorios Menores de Equipo e Instrumental Médico y de Laboratorio", para la adquisición de estuches diagnostico recargable, estetoscopios de doble campana, martillos para reflejo, esfigmomanómetro aneroide, glucómetro y cartas de snell, en la partida 5111 “Muebles de Oficina y Estantería" para la adquisición de libreros fabricados en madera necesarios para la colocación del expediente único de evaluación del centro de control y confianza, finalmente en la partida 6221 “Edificación no Habitacional" a fin de dar continuidad al programa “Cuartel Digno". Cabe señalar que con oficio núm. DGEI/439/2012, la Dirección General de Enlace Interinstitucional señala que al mes de septiembre (2012) se han generado rendimientos por un monto de 704.7 miles de pesos; asimismo, que con base en el Convenio Específico de Adhesión, corresponde a la Secretaría el 80.0% (563.8 miles de pesos) de los recursos asignados y el 20.0% restante distribuido entre las 16 Delegaciones.
C 11 C0 01 15754 31/XII/12 269.4 269.4 Adición líquida de recursos, en el marco del Convenio Específico de Adhesión para el Otorgamiento del Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, que celebró la Secretaría con el Ejecutivo Federal, por lo que se requieren recursos líquidos que permitan estar en condiciones de dar cumplimiento al objetivo fundamental de dicho convenio.
Este movimiento permitirá complementar la suficiencia presupuestal en las partidas 2821 “Materiales de Seguridad Pública" y 2831 “Prendas de Protección para Seguridad Pública y Nacional", para la adquisición de municiones y escudos que requiere el personal para llevar a cabo los operativos que tienen encomendados para salvaguardar la integridad física y patrimonial de la ciudadanía.
Es importante mencionar que estos recursos corresponden a intereses del SUBSEMUN, los cuales fueron generados en el ejercicio fiscal 2012 e informados a la Dirección General de Administración Financiera de la Secretaría de Finanzas, mismos que se aplican para dar cumplimiento al objetivo del convenio.
C 11 C0 01 17528 31/XII/12 12,481.6 (12,481.6) Reducción líquida de recursos federales del SUBSEMUN, por un importe de 12,481.6 miles de pesos, de los cuales 11,715.8 miles de pesos corresponden al tipo de recurso “5 28”; 94.8 al “6 28” remanentes del ejercicio fiscal 2011 y 671.0 al “7 28” intereses generados en el ejercicio 2012.
Esta reducción se realiza de acuerdo con el análisis efectuado a los recursos del SUBSEMUN, por la Secretaría de Seguridad Pública con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Gobierno del Distrito Federal, debido a que no serán ejercidos por ser producto de economías generadas durante el cierre del ejercicio fiscal 2012.
Asimismo, con los oficios SFDF/SPF/DGAF/DCEF/01036/2013 y SSP/OM/DGRF/963/2013 se soporta el reintegro de 11,715.8 miles de pesos, mediante los oficios núms. SFDF/SPF/DGAF/DCCF/0988/2013 y SSP/OM/DGRF/280/2013 se soporta el reintegro de 1,175.6 miles de pesos, que corresponden a los intereses generados en 2012 y el reintegro de 94.8 miles de pesos a los remanentes de 2011. Respecto de los interese generados en 2012, 671.0 miles de pesos se incorporaron en el techo presupuestal y la diferencia de 504.6 corresponden a intereses comunicados con los oficios SFDF/SPF/DGAF/DCFF/008178/2012 y SFDF/SPF/DGAF/DCFF/194/2013, que no se incorporaron al techo presupuestario en noviembre y diciembre.
C 11 C0 01 17659 31/XII/12 7.4 (7.4) Reducción liquida de recursos federales del SUBSEMUN, correspondientes al tipo de recurso “5 28” del ejercicio 2012.
Esta reducción se realiza de acuerdo con el análisis de los recursos derivados del convenio del SUBSEMUN que celebró la Secretaría de Seguridad Pública y el Gobierno del Distrito Federal, debido a que no serán ejercidos por ser producto de economías generadas durante el cierre del ejercicio fiscal 2012. Este movimiento es complemento de la afectación núm. C 11 C0 01 17528.
Otras 17 afectaciones con efecto cero
0.0 0.0 0.0
Sumas 195,075.4 197,300.4 (2,225.0)
336
VOLUMEN 8/17
El presupuesto ejercido de 370,183.3 miles de pesos por la SSP en 2012, provino de
recursos fiscales por 101,565.9 miles de pesos, recursos federales, por 259,119.2 miles
de pesos, remanentes del ejercicio anterior por 9,336.1 miles de pesos e intereses
relativos a la cuenta bancaria de la SF para el manejo y control de los recursos del
SUBSEMUN por 162.1 miles de pesos, registrados en la finalidad, función y subfunción
que se muestran en seguida:
(Miles de pesos)
Tipo de recursos/Finalidad/Función/Subfunción Presupuesto
Original Ejercido
1 Recursos Fiscales (locales): 101,565.9 101,565.9
5 Recursos Federales:
1 Gobierno
7 Asuntos de Orden Público y Seguridad Interior
1 Policía 270,842.4 259,119.2
6 Remanentes:
1 Gobierno
7 Asuntos de Orden Público y Seguridad Interior
1 Policía 0.0 3,527.0
8 Otros Servicios Generales
2 Servicios Estadísticos 5,809.1
7 Intereses:
1 Gobierno
7 Asuntos de Orden Público y Seguridad Interior
1 Policía 0.0 42.1
3 Otros Asuntos de Orden Público y Seguridad 0.0 120.0
Sumas 372,408.3 370,183.3
El presupuesto original se modificó mediante las 24 adecuaciones programático-
presupuestarias autorizadas por la SF, por conducto de la Dirección General de Egresos
“A”, Dirección de Análisis Sectorial “C” y la Dirección General de Política Presupuestal,
todas de la Subsecretaría de Egresos. Con base en el análisis de las adecuaciones de
referencia, se determinó que las modificaciones al presupuesto se realizaron
de conformidad con lo establecido en el Manual de Normas y Procedimientos
Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2012.
337
VOLUMEN 8/17
Destino de los Recursos
7. Resultado
En el Informe de Cuenta Pública de la SSP correspondiente a 2012, se informó que el
monto original de los recursos del SUBSEMUN fue de 372,408.3 miles de pesos, que
corresponden a las aportaciones efectuadas por el Gobierno Federal; y que el Gobierno
del Distrito Federal aportó 101,565.9 miles de pesos, coparticipación del 30.0% para ser
ejercidos por la SSP.
El presupuesto ejercido en 2012 por la SSP con cargo a los recursos del SUBSEMUN
fue de 370,183.3 miles de pesos, inferior en 38,228.0 miles de pesos (9.4%) al ejercido en
2011 (408,411.3 miles de pesos).
De ese total, la SSP ejerció en beneficio de la Delegación Venustiano Carranza un
importe de 13,608.6 miles de pesos (3.7%), distribuidos como sigue conforme a los rubros
indicados en las Reglas de Operación del SUBSEMUN:
(Miles de pesos)
Concepto Asignado
anexo técnico
Total ejercido Saldo
Profesionalización 308.0 284.6 23.4
Equipamiento 10,454.3 9,775.3 679.0
Infraestructura 3,500.0 3,498.7 1.3
Operación policial 0.0 50.0 (50.0)
Total SSP 14,262.3 13,608.6* 653.7**
Asignado a la Delegación
Prevención social del delito 3,565.6 0.0 3,565.6
Total 17,827.9 13,608.6 4,219.3
* Según reportes de Avance Físico Financieros, recursos que ejerció la SSP. ** Recursos reintegrados a la Tesorería de la Federación, según oficio
núm. DGRF/OM/SSP/0036/2013 del 10 de enero de 2013.
De lo anterior, se concluye que la SSP aplicó los recursos del SUBSEMUN en los rubros
de gasto relativos a las secciones III, “De la Profesionalización”; IV “Del Equipamiento”,
V, “De la Infraestructura”; y VI, “De los Recursos de Coparticipación”, de las Reglas de
Operación del SUBSEMUN, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 15 de febrero
de 2012.
338
VOLUMEN 8/17
Profesionalización
8. Resultado
Partidas 1341 “Compensaciones” y 1343 “Compensaciones Adicionales
y Provisionales por Servicios Especiales”
Según el numeral II de la cláusula tercera, “Monto de los Recursos”, del Convenio Específico
de Adhesión para el Otorgamiento del SUBSEMUN, formalizado el 29 de febrero de 2012
y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de julio del mismo año, el Distrito
Federal se obligó a aportar de sus recursos presupuestarios cuando menos el 30.0%
(101,565.9 miles de pesos), del total de los recursos otorgados por el Gobierno Federal
(338,553.0 miles de pesos).
La SSP destinó los recursos de la coparticipación a la restructuración y homologación
salarial de los elementos de su corporación policial y los pagó mediante cinco Cuentas
por Liquidar Certificadas, en beneficio de las 16 Delegaciones del Distrito Federal
(101,565.9 miles de pesos), como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Cuentas por Liquidar Certificadas
Número Fecha Importe
11 C0 01 100018 25/I/12 26,736.8
11 C0 01 100271 24/II/12 26,875.7
11 C0 01 100577 23/III/12 22,051.6
11 C0 01 101042 24/IV/12 17,985.0
11 C0 01 101612 25/V/12 7,916.8
Total 101,565.9
En el numeral 3, “Destino de Gasto y Montos de Recursos”, de los Anexos Técnicos de
dicho convenio, se estableció que, del monto aportado por el Distrito Federal, a la Delegación
Venustiano Carranza, se destinarían 5,348.4 miles de pesos a la reestructuración
y homologación salarial de los elementos policiales.
339
VOLUMEN 8/17
La SSP ejerció dichos recursos en beneficio del personal policiaco de las Unidades de
Participación Ciudadana (UPC) ubicadas en la Delegación Venustiano Carranza. Los
recursos fueron aplicados en las partidas 1341 “Compensaciones” y 1343 “Compensaciones
Adicionales y Provisionales por Servicios Especiales”, específicamente en los conceptos
nominales 1653 “Compensación por Especialización Técnico Policial”, con un importe
de 76.3 miles de pesos; y 2103 “Estímulo de Protección Ciudadana”, con 5,272.1 miles de
pesos; y se pagaron a los elementos policiacos del Servicio Profesional de Carrera
Policial de la Unidad de Protección Ciudadana “Aeropuerto”.
De esos 5,348.4 miles de pesos, se revisó una muestra de 1,334.9 miles de pesos, que
representan el 25.0% del total. Dichos recursos corresponden a los meses de septiembre,
octubre y noviembre de acuerdo con la base de datos proporcionada por la Dirección
General de Recursos Financieros de la Oficialía Mayor, como se muestra en seguida:
(Miles de pesos)
Mes Importe
Muestra
Importe Recibos pagados
Enero 444.8
Febrero 448.1
Marzo 444.8
Abril 445.6
Mayo 445.6
Junio 444.0
Julio 445.4
Agosto 446.7
Septiembre 444.1 444.1 139
Octubre 442.9 442.9 121
Noviembre 447.9 447.9 128
Diciembre 448.5
Total 5,348.4 1,334.9 388
Al revisar los recibos de la muestra, se confirmó que correspondían a los meses de
septiembre, octubre y noviembre de 2012, de conformidad con la base de datos
proporcionada por la SSP; sin embargo, las CLC relativas al pago de dichos estímulos se
refieren a los meses de enero a mayo de 2012.
340
VOLUMEN 8/17
Por no corresponder los meses de pago de las cinco CLC (enero-mayo) con las nóminas
y recibos de los pagos por la restructuración y homologación salarial del personal del
Servicio Profesional de Carrera Policial (enero-diciembre), la CMHALDF solicitó la
aclaración respectiva. En respuesta, la SSP proporcionó nota informativa del 2 de agosto
de 2013, en la cual la Dirección de Remuneraciones, Prestaciones y Cumplimientos, informó:
“De una búsqueda exhaustiva en esta Dirección, no se encontró registro documental alguno
es decir oficios, notas o cualquier otro antecedente necesario para emitir la información que
compruebe el ejercicio de los recursos durante 2012; por tal motivo los datos emitidos en
esta área presentan una inconsistencia respecto de la información que obra en la Dirección
General de Recursos Financieros, toda vez que el método utilizado para el prorrateo
del total de los recursos asignados a la UPC de la Delegación Venustiano Carranza fue a
12 meses, mientras que la información reflejada en las CLC es a 5 (enero-mayo)”.
Con el fin de constatar el pago de los estímulos de la muestra de auditoría al personal
policiaco se verificaron 388 recibos de 232 elementos de la Unidad de Protección
Ciudadana pertenecientes a la Delegación Venustiano Carranza. Al respecto, se observó
que en los conceptos nominales 1653 “Compensación por Especialización Técnico Policial”
y 2103 “Estímulo de Protección Ciudadana”, hay un recibo cancelado que se encuentra
registrado en la base de datos de la nómina y otro cuyo importe es diferente, al registrado,
como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Fuente Concepto nominal
Total Recibos 1653 Recibos 2103 Recibos
Según base de datos 20.3 8 1,314.6 380 1,334.9 388
Verificación física 20.3 8 1,314.4 378 1,331.7 386
Diferencias 0.0 0 (3.2) 2 (3.2) 2
También se encontraron tres recibos cancelados, por un monto de 3.9 miles de pesos,
cuyo reintegro se solicitó. Los recibos cancelados son los siguientes:
341
VOLUMEN 8/17
(Miles de pesos)
Mes Número del recibo cancelado
Concepto nominal
1653 2103
Septiembre 7567 0.0 3.9
Septiembre 309 0.0 0.0
Septiembre 7625 0.0 0.0
Total 0.0 3.9
Mediante nota informativa sin fecha, la Dirección General Recursos Financieros indicó
que los recursos de coparticipación se aplicaron en su totalidad en los conceptos
nominales 1653 “Compensación por Especialización Técnico Policial” y 2103 “Estímulo de
Protección Ciudadana” de enero a mayo de 2012.
En la revisión de los recibos de pago correspondientes a los tres meses de la muestra, se
constató que todos cuentan con la firma del personal que recibió el pago; además,
señalan los conceptos nominales liquidados y el período de pago. Asimismo, se verificó
que los estímulos otorgados se calcularon conforme a la normatividad aplicable.
Por no corresponder los meses de pago de las cinco CLC (enero-mayo) con las nóminas
de los pagos por la restructuración y homologación salarial del personal del Servicio
Profesional de Carrera Policial (enero-diciembre); y por la diferencia de dichas nóminas
con los recibos verificados de la muestra, se determinó que la SSP no cuenta con una base
de datos confiable de los pagos realizados de los conceptos nominales 1653 “Compensación
por Especialización Técnico Policial” y 2103 “Estímulo de Protección Ciudadana”, por lo
que la dependencia incumplió lo siguiente:
El artículo 16, Tercer Lineamiento “Actividades de Control”, numeral l, incisos b) y h), de
los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito
Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007, vigentes
en 2012, que señalan:
“b) Coordinación entre áreas. Cada área debe operar coordinadamente e interrelacionarse
con las restantes, a efecto de trabajar conjuntamente para lograr los objetivos y metas de
las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal. […]
342
VOLUMEN 8/17
”h) Los titulares deben llevar actividades de control en todo el proceso de obtención de
información, desde la generación de los documentos fuente, hasta la obtención de los
reportes o informes, así como su archivo y custodia.”
El numeral 1.8.1 de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las
Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico
Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito
Federal (Circular Uno 2012) del 31 de julio de 2012, vigente a partir del 9 de agosto de 2012.
El apartados IV.3, “Registro de Operaciones Presupuestarias”; subapartado IV.3.1,
“Cuenta por Liquidar Certificada, Lineamientos Generales”; inciso A, “Instrumento para el
Registro del Presupuesto Ejercido”; numeral 15, del Manual de Normas y Procedimientos
Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2012, que
señala: “Las partidas presupuestales incluidas en las CLC´s que se elaboren y soliciten
deberán contar con disponibilidad presupuestal acumulada al mes de registro, por lo que
las UR´s deberán aplicar los medios de control necesarios para que los cargos se realicen
de conformidad con los montos y calendarios autorizado”.
En la reunión de confronta, celebrada el 30 de agosto de 2013, la Dirección
Ejecutiva de Rendición de Cuentas, adscrita a la OM de la SSP, presentó el oficio
núm. DERC/OM/SSP/0609/2013 de la misma fecha, con el cual proporcionó la siguiente
documentación:
Oficio núm. SSP/OM/DGAP/DRPC/03823/2013 del 29 de agosto de 2013, mediante el
cual el Director de Remuneraciones, Prestaciones y Cumplimientos de la Dirección General
de Administración de Personal informó al Director Ejecutivo de Rendición de Cuentas
que, “por lo que respecta al resultado 8, esta dirección cumplió con lo requerido por la
Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea legislativa del Distrito Federal a través del
oficio de solicitud de información de ese órgano fiscalizador”.
Adicionalmente, proporcionó el Reporte del Pago Real de Nómina (Devolución por recibos
no cobrados), formato de movimientos SIDEN relativos a diversos meses de 2012. Dicha
información ya había sido proporcionada por el sujeto fiscalizado en la etapa de ejecución
de la auditoría.
343
VOLUMEN 8/17
La documentación proporcionada por el sujeto fiscalizado, no modifica la observación del
presente resultado.
En el Informe de la Auditoría ASCprofcasf/104/12 practicada a la Delegación Cuauhtémoc,
Secretaría de Seguridad Pública y Secretaría de Finanzas, resultado núm. 8,
recomendación ASCprofcasf-104-12-01-SSP, se contempla el mecanismo para prevenir la
deficiencia de control consistente en que los recibos de nóminas por el pago de estímulos
con recursos del SUBSEMUN al personal policiaco de las Unidades de Participación
Ciudadana correspondan con los registros de la base de datos elaborada por las
Direcciones Generales de Recursos Financieros y de Recursos Humanos de la Oficialía
Mayor de la SSP, de conformidad con los Lineamientos Generales de Control Interno para
la Administración Pública del Distrito Federal, por lo que se dará tratamiento a dicha
circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación citada.
9. Resultado
Con el fin de verificar sí el Gobierno del Distrito Federal, por conducto de la SSP, continuó
con las acciones para fortalecer el Servicio Profesional de Carrera Policial, la CMHALDF
solicitó información sobre la situación actual del Programa de Capacitación 2012 y sobre
el proyecto de Reglamento del Servicio Profesional de Carrera, de conformidad con las
reglas de operación del SUBSEMUN, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el
15 de febrero de 2012. En respuesta, mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/532/2013
del 31 de julio de 2013, la Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas de la OM de la
SSP informó que se han llevado a cabo las siguientes acciones:
1. Proyecto de Reglamento de Carrera Policial: fue sustituido por las Reglas para el
Establecimiento de la Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal, debido a que
el Gobierno del Distrito Federal no está facultado para elaborar un reglamento con
esas características. Sin embargo, dichas reglas son de orden público y de observancia
obligatoria y tienen por objeto establecer las disposiciones normativas que regulan la
organización y funcionamiento de la Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal y
fueron publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 14 de septiembre de 2012.
344
VOLUMEN 8/17
2. Programa de Mejoras de las Condiciones Laborales del Personal Operativo; éste fue
implementado desde el ejercicio 2010. Las mejoras consistieron en el otorgamiento de
los conceptos nominales 1653 “Compensación por Especialización Técnico-Policial”
y 2103 “Estímulo de Protección Ciudadana”, que se pagan al personal en forma
adicional a su percepción, según tabuladores.
3. Programa de Capacitación: la Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas de la
SSP, con el oficio núm. SSP/OM/DERC/534/2013 del 1o. de agosto de 2013, proporcionó
el oficio núm. SDI/005642/2012 del 6 de septiembre de 2012, por medio del cual el
Encargado del Despacho de la Subsecretaría de Desarrollo Institucional remitió la ficha
de Aprobación, requisitada y firmada, correspondiente a los Programas de Capacitación
“Habilidades Gerenciales” y “Fortalecimiento de la Actuación Policial”. Con el oficio
núm. SDI/007001/2012 del 31 de octubre de 2012, se entregó la Ficha de Verificación
y Seguimiento requisitada y firmada, correspondiente a los Programas de
Capacitación, copias de los contratos administrativos núms. SSP/BE/S/239/2012 del
28 de junio de 2012, celebrado con la empresa Prospective de México, S.A. de C.V.,
para la realización del Curso Capacitación a Personal Operativo Fortalecimiento de la
Actuación Policial y SSP/BE/S/255/2012 del 20 de julio de 2012, suscrito con Compañía
Mexicana de la Presencia, S.A. de C.V., para la capacitación a 143 mandos en
habilidades gerenciales, ambos contratos se celebraron en el marco del SUBSEMUN.
Respecto a las acciones para fortalecer el Servicio Profesional de Carrera Policial, el
Programa de Capacitación y las Reglas para el Establecimiento de la Carrera Policial
de la Policía del Distrito Federal, no se formula observación alguna.
Partida 2831 “Prendas de Protección para Seguridad Pública y Nacional”
10. Resultado
En el ejercicio de 2012, la SSP ejerció 75,855.7 miles de pesos en la partida
2831 “Prendas de Protección para Seguridad Pública y Nacional”, cantidad que representó el
20.5% de los recursos que el sujeto fiscalizado ejerció del SUBSEMUN (370,183.3 miles
de pesos). En la determinación de la muestra, se seleccionaron para su análisis y revisión
345
VOLUMEN 8/17
cinco CLC mediante las cuales se pagó la adquisición de cascos antimotín y chalecos
antibalas por un importe de 49,818.9 miles de pesos, (65.7% de lo ejercido en la partida).
La SSP adquirió los cascos antimotín y chalecos antibalas mediante dos procedimientos
de adjudicación directa, los cuales se fundamentaron en los artículos 1o. de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 52 de su Reglamento; así
como en la regla cuarta, “Naturaleza de los Recursos”, fracción I, de las Reglas de
Operación del SUBSEMUN, publicadas en el Diario Oficial de la Federación de fecha
15 de febrero de 2012. Esta última establece lo siguiente:
“IV. Los recursos federales del SUBSEMUN no son regularizables, son parcialmente
concursables y no pierden su carácter federal al ser transferidos a los beneficiarios, y por
lo tanto, su asignación ejercicio, aplicación, vigilancia y control, se sujetará a las
disposiciones del Presupuesto de Egresos, la Ley de Presupuesto y su Reglamento, la
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento,
la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas y su Reglamento, los
acuerdos del Consejo Nacional, las Reglas, el Convenio Específico de Adhesión, su
Anexo Técnico y demás normativa aplicable.”
Asimismo, cumplió lo establecido en la cláusula Octava del Convenio Específico de Adhesión
para el Otorgamiento del SUBSEMUN del 19 de julio de 2012, que indica:
“Octava. Mecanismos de Adquisición de Equipamiento y Contratación y Ejecución de las
Acciones de Infraestructura y Servicios Relacionados.- ‘I Para la contratación y ejecución
de las acciones de infraestructura y servicios relacionados con las mismas, la adquisición
del equipamiento para los cuerpos de seguridad pública; el desarrollo de los proyectos
de prevención social del delito con participación ciudadana; y la operación policial e
interconexión a la Red Nacional de Telecomunicaciones del Sistema de Seguridad
Pública, ‘El Distrito Federal’ y las ‘Demarcaciones’ deberán sujetarse a los procedimientos
establecidos en las Leyes de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
y de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Federal, sus
Reglamentos, así como a lo dispuesto en las ‘Reglas’ y demás disposiciones legales y
normativas aplicables.”
346
VOLUMEN 8/17
Los procedimientos de adjudicaciones directas se realizaron conforme a lo siguiente:
Convenio Administrativo núm. SSP/BE/CI/061/2012 (Adquisición de Cascos Antimotín)
1. Mediante la requisición núm. 100 del 30 de enero 2012, con sello de no existencia en
el almacén, la Subsecretaría de Operación Policial solicitó 1,500 piezas de cascos
antimotín “Tipo inglés de orden público que proporcione protección a la cabeza de los
agentes de seguridad en tareas de orden público contra las armas de ataque manual”.
2. Por medio del oficio núm. DAAA/DGRM/OM/SSP/816/2012 del 31 de enero 2012, la
Dirección de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento de la SSP solicitó a la Secretaría
de la Defensa Nacional (SEDENA) una cotización de diversos materiales. Dicha
dependencia dio respuesta mediante la cotización núm. SIDCAM-GOB-052/2012 del
17 de febrero 2012, con la cual remitió el listado que incluye clave, precio unitario y
especificaciones técnicas del material requerido.
3. Con base en la cotización de la SEDENA, la Dirección de Recursos Materiales en la
SSP realizó un Resumen Ejecutivo de la Investigación de Mercado, en el cual determinó
que los bienes requeridos se fabrican totalmente en el extranjero. Con la finalidad de dar
cumplimiento a la normatividad establecida en materia de adquisiciones, arrendamientos y
prestación de servicios, con el oficio núm. DGRM/OM/SSP/0307/2012 del 9 de mayo
de 2012, solicitó a la Secretaría de Desarrollo Económico del Distrito Federal el
dictamen para la omisión del grado de integración nacional de los bienes. En respuesta,
mediante el oficio núm. SEDECO/DICT/148-M/2012 del 11 de mayo de 2012, dicha
dependencia emitió el dictamen solicitado por la SSP.
4. Con el oficio núm. SPP/DPP/DGRF/OM/SSP/087/2012 del 9 de febrero de 2012, la
Subdirección de Programación y Presupuesto autorizó a la Dirección de Adquisiciones,
Almacenes y Aseguramiento la suficiencia presupuestal para la adquisición de cascos
antimotín en la partida presupuestal 2831 “Prendas de Protección para Seguridad
Pública y Nacional” hasta por un importe de 13,935.0 miles de pesos. En el oficio se
estableció que la compra se sujetaría a lo dispuesto en las Reglas de Operación del
SUBSEMUN y la normatividad federal aplicable.
347
VOLUMEN 8/17
5. El 17 de mayo de 2012, la SSP suscribió el convenio administrativo
núm. SSP/BE/CI/061/2012 con la SEDENA, por un importe de 989,625.00 dólares
estadounidenses, por concepto de 1,500 cascos. En el convenio se estableció que
estaría vigente desde su firma hasta la entrega total de los bienes y el finiquito
que celebraran ambas partes.
6. En dicho convenio se estipuló que el 100.0% de los bienes se pagarían mediante
depósito bancario en favor de la Dirección General de Industria Militar, en moneda
nacional, al tipo de cambio del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada,
S.N.C. (BANJERCITO).
7. La CMHALDF solicitó a la Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas de la OM
de la SSP que proporcionara los tipos de cambio peso/dólar comunicados por la
SEDENA para llevar a cabo el pago de las CLC relacionadas con los contratos
pactados en moneda extranjera. En respuesta, la dependencia proporcionó copia
fotostática de seis formatos denominados “Folio” (núms. 0763/2012, 0764/2012,
0810/2012, 0905/2012, 0906/2012 y 1305/2012) con los que la SEDENA comunicó a
la SSP el tipo de cambio peso/dólar que estableció BANJERCITO para el pago de los
bienes adquiridos.
8. Las CLC núms. 11 C0 01 101425 y 11 C0 01 102595, con las cuales se pagaron los
cascos antimotín fueron elaboradas y autorizadas por los servidores públicos inscritos
en la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos Facultados para
elaborar, solicitar y/o autorizar el Registro de las Cuentas por Liquidar Certificadas,
Documentos Múltiples, Afectaciones Programático-Presupuestarias y de Presupuesto
Comprometido para el Ejercicio Fiscal 2012.
Dichas CLC presentan tres comprobantes fiscales originales denominados “Ingresos”
(núms. VM-3907, VM-10642 y VM-12903), los cuales tienen fecha de expedición del
28 de junio, 13 de noviembre y 31 de diciembre de 2012, respectivamente. Por medio
de esos documentos se entregaron en el almacén central de la SSP los bienes
adquiridos, como a continuación se indica:
348
VOLUMEN 8/17
(Pesos)
CLC Ingreso
Piezas Precio
unitario* Importe
IVA
Total
Factura Fecha
101425 VM-3907 28/VI/12 937 7,934.0625 7,434,216.6 1,189,474.6 8,623,691.2
VM-10642 13/XI/12 536 7,934.0625 4,252,657.5 680,425.2 4,933,082.7
102595 VM-12903 31/XII/12 27 7,649.6875 206,541.5 33,046.7 239,588.2
Totales 1,500 11,893,415.6 1,902,946.5 13,796,362.1
* Para efectos de cálculo del importe total e IVA, se tomó en cuenta el precio unitario hasta con cuatro decimales considerado en las facturas respectivas.
9. Con la finalidad de verificar que los bienes adquiridos se hayan recibido, registrado,
almacenado y entregado a las áreas solicitantes, de acuerdo con la normatividad
vigente en 2012, la CMHALDF solicitó documentación relativa a las entradas y salidas
de almacén o registros electrónicos de los cascos antimotín adquiridos por la SSP
en 2012 con recursos del SUBSEMUN, así como evidencia documental de la salida y
distribución de dichos bienes. En respuesta, la SSP proporcionó las notas de cargo de
los bienes adquiridos; se cotejó que éstas estuvieran registradas en el kardex del
almacén central y que presentaran las firmas de autorización, entrega y recibo. La
nota de cargo núm. 201205656 carece de autorización del Jefe de Unidad Departamental
de Almacén Central, y no especifica cómo se efectúo la distribución de los bienes en
cada una de las 16 Delegaciones, sólo indica que los 27 cascos antimotín que
consigna dicha nota fueron enviados a la Dirección General de la Policía Metropolitana
adscrita a la Subsecretaría de Operación Policial de la SSP.
No obstante, que en las notas de cargo no se especificó a qué Delegación fueron
distribuidos los cascos antimotín, en el análisis de los “Informes de Cumplimiento de
Metas” enviados por la SSP al SESNSP, se determinó que a la Delegación Venustiano
Carranza le fueron asignados 325 cascos antimotín como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Delegaciones Piezas Importe total
Delegación Venustiano Carranza 325 2,989.2
Otras 15 Delegaciones del Distrito Federal 1,175 10,807.2
Total 1,500 13,796.4
349
VOLUMEN 8/17
En la reunión de confronta, celebrada el 30 de agosto de 2013, la Dirección
Ejecutiva de Rendición de Cuentas, adscrita a la OM de la SSP, presentó el oficio
núm. DERC/OM/SSP/0609/2012 de la misma fecha, mediante el cual proporcionó la
siguiente documentación:
1. Oficio núm. SSP/OM/DGRM/0703/2013 del 28 de agosto de 2013, por medio del cual
el Director General de Recursos Materiales comunicó al Director Ejecutivo de
Rendición de Cuentas que, “en atención a este punto (resultado 10) el Almacén
Central envió copia simple de la Nota de Cargo núms. 201205656, la cual se
encuentra firmada por el Jefe de Unidad Departamental de dicho almacén misma que
se adjunta para pronta referencia. Cabe informar que el propósito fundamental
de estos documentos se cumplió en cuanto a la oportunidad del registro de salida
y entrega de los bienes de las áreas que los solicitaron”.
2. Nota de cargo núm. 201205656 del 20 de diciembre de 2012, la cual ampara la salida
de 27 cascos antimotín para la Dirección General de la Policía Metropolitana, (adscrita
a la Subsecretaría de Operación Policial de la SSP), y está firmada por el Jefe de
Unidad Departamental del Almacén Central de la SSP.
Como la nota de cargo proporcionada por el sujeto fiscalizado solventó la observación
referente a la carencia de la firma, no se observa el incumplimiento normativo.
Contrato Administrativo núm. SSP/BE/CI/058/2012 (Adquisición de Chalecos Balísticos)
1. Mediante la requisición núm. 098 del 30 de enero 2012, la cual presenta sello de no
existencia en el almacén, la Dirección de Armamentos de la Subsecretaría de
Operación Policial solicitó a la Dirección de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento
3,842 piezas de chaleco balístico exterior tipo policial Nivel III-A, a fin de que los
integrantes de los cuerpos policiacos cuenten con las herramientas y medidas de
seguridad básicas necesarias para salvaguardar su integridad.
2. Por medio del oficio núm. DAAA/DGRM/OM/SSP/1185/2012 del 24 de febrero 2012,
la Dirección de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento de la SSP solicitó a la
350
VOLUMEN 8/17
SEDENA una ampliación a la cotización SIDCAM-GOB-052/2012 para incluir el
chaleco balístico. Dicha dependencia dio respuesta mediante el oficio núm. 2945
del 11 de mayo 2012, con el cual remitió el listado que incluye precio unitario y
especificaciones técnicas del material requerido.
3. Con base en la cotización de la SEDENA, la Dirección de Recursos Materiales en la
SSP realizó un Resumen Ejecutivo de la Investigación de Mercado, en el cual
determinó que los bienes requeridos se fabrican totalmente en el extranjero. Con la
finalidad de dar cumplimiento a la normatividad establecida en materia de adquisiciones,
arrendamientos y prestación de servicios, con el oficio núm. DGRM/OM/SSP/0311/2012
del 9 de mayo 2012, solicitó a la Secretaría de Desarrollo Económico del Distrito
Federal el dictamen para la omisión del grado de integración nacional de los bienes.
En respuesta, mediante el oficio núm. SEDECO/DICT/152-M/2012 del 11 de mayo
de 2012, dicha dependencia emitió el dictamen solicitado por la SSP.
4. Con el oficio núm. SPP/DPP/DGRF/OM/SSP/086/2012 del 9 de febrero de 2012, la
Subdirección de Programación y Presupuesto autorizó a la Dirección de Adquisiciones,
Almacenes y Aseguramiento, la suficiencia presupuestal para la adquisición de
chalecos balísticos en la partida presupuestal 2831 “Prendas de Protección para
Seguridad Pública y Nacional”, por un monto de 36,924.6 miles de pesos. En el oficio
se estableció que la compra se debería sujetar a lo dispuesto en las reglas del
SUBSEMUN y la normatividad federal aplicable.
5. El 28 de febrero de 2012, la SSP suscribió el convenio administrativo
núm. SSP/BE/CI/058/2012 con la SEDENA, por un importe de 2,587,010.7 dólares
estadounidenses, por concepto de 3,842 chalecos balísticos tipo policial marca KDH
Defense Systems Nivel III-A. En el convenio se estableció que estaría vigente desde
su firma hasta la entrega total de los bienes y el finiquito que celebraran ambas
partes.
6. En dicho convenio se estipuló que el 100.0% de los bienes se pagarían mediante
depósito bancario en favor de la Dirección General de Industria Militar, en moneda
nacional, al tipo de cambio de BANJERCITO.
351
VOLUMEN 8/17
7. Con fecha 22 de junio de 2012, la SSP celebró el convenio modificatorio
núm. SSP/BE/CI/CM/067/2012, con el cual se modificaron el precio unitario del chaleco
balístico de 673.35 a 671.35 dólares estadounidenses, el total contratado de 2,587,010.70
a 2,579,326.70 dólares estadounidenses, y las características de los chalecos. Con ello,
el importe de la operación se redujo en 7,684.0 dólares estadounidenses.
8. Las CLC núms. 11 C0 01 101208, 11 C0 01 101424 y 11 C0 01 102637, con las
cuales fueron pagados los chalecos balísticos, fueron elaboradas y autorizadas por
los servidores públicos facultados para ello. Dichas CLC, presentan cinco
comprobantes fiscales originales denominados “Ingresos” (núms. VM-8068, VM-9458,
VM-9459, VM-9626 y VM-12899). Por medio de esos documentos se entregaron los
bienes adquiridos, como a continuación se indica:
(Pesos)
CLC Ingreso
Piezas Precio
unitario* Importe IVA Total
Factura Fecha
101208 VM-8068 28/IX/12 1600 8,085.1375 12,936,220.0 2,069,795.2 15,006,015.2
VM-9459 23/X/12 614 8,085.1375 4,964,274.4 794,283.9 5,758,558.3
101424 VM-9458 23/X/12 786 8,073.5625 6,345,820.1 1,015,331.2 7,361,151.3
VM-9626 26/X/12 804 8,073.5625 6,491,144.2 1,038,583.1 7,529,727.3
102637 VM-12899 31/XII/12 38 7,784.1875 295,799.1 47,327.8 343,126.9
Total 3,842 31,033,257.8 4,965,321.2 35,998,579.0
* Para efectos de cálculo del importe total e IVA, se tomó en cuenta el precio unitario hasta cuatro decimales considerado en las facturas respectivas.
9. Con la finalidad de verificar que los bienes adquiridos se hayan recibido, registrado,
almacenado y entregado a las áreas solicitantes, de acuerdo con la normatividad
vigente en 2012, la CMHALDF solicitó a la SSP documentación relativa a las entradas
y salidas de almacén o registros electrónicos de los chalecos balísticos adquiridos
en 2012 con recursos del SUBSEMUN, así como evidencia documental de la salida y
distribución de dichos bienes. En respuesta, la SSP proporcionó las notas de cargo
de los bienes adquiridos; se cotejó que éstas estuvieran registradas en el kardex del
almacén central y que presentaran las firmas de autorización, entrega y recibo. Las
notas de cargo núms. 201204149, 2012044615 y 2012044658 carecen de la firma de
autorización del Jefe de Unidad Departamental del Almacén Central y no especifican
cómo se efectuó la distribución de los bienes para cada una de las 16 Delegaciones,
352
VOLUMEN 8/17
sólo indican que los 2,204 chalecos balísticos consignados en dichas notas fueron
enviados a la Dirección de Armamento de la Dirección General de Apoyo y Control
Operativo adscrita a la Subsecretaría de Operación Policial de la SSP.
No obstante que en las notas de cargo no se especificó a qué Delegación fueron
distribuidos los chalecos balísticos, en el análisis de los Informes de Cumplimiento de
Metas enviados por la SSP al SESNSP se determinó que a la Delegación Venustiano
Carranza le fueron asignados 94 chalecos balísticos, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Delegaciones Piezas Importe total
Delegación Venustiano Carranza 94 883.6
Otras 15 Delegaciones del Distrito Federal. 3,924 36,884.8
Total 4,018* 37,768.4
* La diferencia entre 4,018 y 3,842 piezas de chaleco balístico corresponde a las 176 piezas adquiridas mediante el convenio administrativo núm. SSP/BE/CI/058/2012 no considerado en la muestra.
En la reunión de confronta, celebrada el 30 de agosto de 2013, la Dirección Ejecutiva
de Rendición de Cuentas, adscrita a la OM de la SSP, presentó el oficio
núm. DERC/OM/SSP/0610/2012 de la misma fecha, mediante el cual proporcionó la
siguiente documentación:
1. Oficio núm. SSP/OM/DGRM/0702/2013 del 28 de agosto de 2013, por medio del cual
el Director General de Recursos Materiales comunicó al Director Ejecutivo de
Rendición de Cuentas que, “en atención a este punto (resultado 10) el Almacén
Central envió copias simples de las Notas de Cargo núms. 201204149, 201204615
y 201204658, las cuales se encuentran firmadas por el Jefe de Unidad Departamental
de dicho almacén, mismas que se adjuntan para pronta referencia. Cabe informar que
el propósito fundamental de estos documentos se cumplió en cuanto a la oportunidad
del registro de salida y entrega de los bienes de las áreas que los solicitaron”.
2. Notas de cargo núms. 201204149, 201204615 y 201204658 del 9, 24 y 26 de octubre
de 2012, las cuales amparan la salida de 2,204 chalecos balísticos del Almacén
Central de la SSP para la Dirección de Armamento y están firmadas por el Jefe de
Unidad Departamental del Almacén Central de la SSP.
353
VOLUMEN 8/17
3. Como las notas de cargo proporcionadas por el sujeto fiscalizado solventan la carencia
de las firmas, no se observa incumplimiento normativo.
Partida 5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas
de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”
(Partida 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de Programas
de Seguridad y Atención de Desastres Naturales” a partir del 27 de junio de 2012,
publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal)
11. Resultado
En 2012, la SSP no contó con presupuesto asignado para la partida 5411; sin embargo,
ejerció recursos del SUBSEMUN por un importe de 124,183.6 miles de pesos, que
representaron el 33.5% del presupuesto ejercido en el rubro (370,183.3 miles de pesos).
Del presupuesto ejercido, se seleccionó una muestra de 114,349.1 miles de pesos, que
representó el 92.1% de lo ejercido en la partida. El total de la muestra fue erogado
por la SSP mediante dos licitaciones públicas nacionales presenciales: la licitación
núm. LPN-30001066-002-12 para adquirir camiones tipo costero y la licitación núm.
LPN-30001066-004-12 para la compra de vehículos tipo sedán y camionetas tipo pick-up
doble cabina, equipados como patrullas, con equipo de radiocomunicación y señalización
visual y acústica, ambas licitaciones sumaron un importe total de 114,349.1 miles de pesos.
En la revisión del expediente de la licitación pública nacional presencial núm.
LPN-30001066-002-12, relativa a la adquisición de 23 camiones tipo costero, marca
International, modelo 2012, con equipamiento de comunicación y señalización visual y
acústica, se constató lo siguiente:
1. Mediante la requisición de compra núm. 359 del 10 de abril de 2012, la Dirección
de Transportes solicitó la adquisición de 23 vehículos tipo costero, modelo 2012, con
motor diésel de 6 cilindros, transmisión estándar de 5 velocidades con dual. En la
justificación se señaló: “Las unidades tipo costero, serán destinadas para reforzar las
diferentes Unidades Especiales que se tienen distribuidas dentro del perímetro del
354
VOLUMEN 8/17
Distrito Federal en el que sean requeridos, para protección y tranquilidad de la
ciudadanía”. La requisición contó con sello de no existencia en el almacén del
10 de abril de 2012, firma del área solicitante (Dirección de Transportes), visto bueno
de la Dirección General de Recursos Materiales y aprobación de la Dirección de
Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento.
2. Con el oficio núm. DAAA/DGRM/OM/SSP/02204/2012 del 17 de abril de 2012, la Dirección
de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento envió a la Dirección de Programación y
Presupuesto de la SSP la requisición de compra, y le solicitó la autorización
presupuestal respectiva. Con el oficio núm. SPP/DPP/DGRF/OM/SSP/349/2012 del
27 de abril de 2012, la Dirección de Programación y Presupuesto autorizó la
suficiencia presupuestal por un monto de 44,275.0 miles de pesos.
3. Por medio del oficio núm. DGRM/OM/SSP/0293/2012 del 4 de mayo de 2012, la
Dirección General de Recursos Materiales de la SSP remitió a la Dirección General de
Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM la solicitud de autorización para
la adquisición de bienes restringidos con cargo a la partida 5411 “Vehículos y Equipo
Terrestre para la Ejecución de Programas de Seguridad y Atención de Desastres
Naturales”. Mediante el oficio núm. OM/DGRMSG/1353/2012 del 17 de mayo de 2012,
la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales emitió la autorización
correspondiente.
4. Con el oficio núm. DAAA/DGRM/OM/SSP/02693/2012 del 9 de mayo de 2012, la SSP
solicitó al Director General Adjunto del Diario Oficial de la Federación la publicación
de la convocatoria para llevar a cabo la licitación pública nacional presencial
núm. LPN-30001066-002-12. Dicha publicación se efectúo el 17 de mayo de 2012.
5. Se solicitó a la SSP evidencia documental de la publicación de la convocatoria de
la licitación pública nacional núm. LPN-30001066-002-12 (incluyendo las bases de dicha
licitación en el sistema Compranet.). Con el oficio núm. SSP/OM/DERC/517/2013 del
26 de julio de 2013, la SSP sólo proporcionó copia del resumen de la convocatoria
para su publicación en el Diario Oficial de la Federación y copia de acta de la junta de
aclaraciones para su publicación en la página web de la SSP. Asimismo, mediante
355
VOLUMEN 8/17
el oficio núm. SSP/OM/DERC/526/2013 del 31 de julio de 2013, la SSP informó que,
“derivado de que el personal que operaba dicho sistema dejó de laborar en la SSP,
fue imposible actualizar la plataforma del Sistema CompraNet, y que a partir del mes
de julio de 2012, se iniciaron los trámites correspondientes para tener acceso a dicho
sistema”.
Por no publicar en el sistema CompraNet la convocatoria referida, la SSP contravino
el artículo 30 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público vigente en 2012, que establece: “La publicación de la convocatoria a la
licitación pública se realizará a través de CompraNet y su obtención será gratuita.
Además, simultáneamente se enviará para su publicación en el Diario Oficial de la
Federación, un resumen de la convocatoria a licitación que deberá contener, entre
otros elementos, el objeto de la licitación, el volumen a adquirir, el número de
licitación, las fechas previstas para llevar a cabo el procedimiento de contratación
y cuándo se publicó en CompraNet y, asimismo, la convocante pondrá a disposición de
los licitantes copia del texto de la convocatoria”.
6. La junta de aclaración de bases se realizó el 22 de mayo de 2012, de acuerdo con lo
establecido en las bases de la licitación y con los artículos 33 Bis de la Ley
de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 45 y 46 de su
Reglamento, vigentes en 2012.
7. El 30 de mayo de 2012, se llevó a cabo la junta para formalizar el acta de
presentación y la apertura de proposiciones, conforme a lo establecido en las bases
de la licitación y en el artículo 35 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público vigente en 2012.
8. El 1o. de junio de 2012, se emitió el fallo y se suscribió el acta correspondiente, de
conformidad con el plazo establecido en las bases de la licitación. Se contó con la
asistencia de un representante de la Contraloría Interna en la SSP para dar validez
al acto.
356
VOLUMEN 8/17
9. La CMHALDF solicitó a la SSP evidencia documental de la publicación del fallo en el
sistema CompraNet. En respuesta, con el oficio núm. SSP/OM/DERC/517/2013 del
26 de julio de 2013, la SSP solo proporcionó copia del acta de fallo del procedimiento
licitatorio y con el oficio núm. SSP/OM/DERC/526/2013 del 31 de julio de 2013, la
SSP informó que, “derivado de que el personal que operaba dicho sistema dejó de
laborar en la SSP, fue imposible actualizar la plataforma del Sistema CompraNet,
y que a partir del mes de julio de 2012, se iniciaron los trámites correspondientes para
tener acceso a dicho sistema”.
Por lo anterior, la SSP incumplió el artículo 37, párrafo cuarto, de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2012, que
dispone: “Cuando la licitación sea presencial o mixta, se dará a conocer el fallo de la
misma en junta pública en la que libremente podrán asistir los licitantes que hubieran
presentado su proposición, entregándoseles copia del mismo y levantándose el acta
respectiva. A los licitantes que no hayan asistido a la junta pública, se les enviará por
correo electrónico un aviso informándoles que el acta de fallo se encuentra a su
disposición en CompraNet”.
10. Para garantizar las obligaciones contractuales de conformidad con lo establecido en la
cláusula decimocuarta del referido contrato, el proveedor entregó a la SSP la fianza
de cumplimiento núm. 3341-01029-5, por un importe de 6,055.9 miles de pesos
(10.0% del precio total pactado, sin IVA), del 25 de junio de 2012 (fecha de la firma
del contrato). Dicha fianza fue expedida por Afianzadora Aserta, S.A. de C.V.
En la reunión de confronta, celebrada el 30 de agosto de 2013, la Dirección Ejecutiva
de Rendición de Cuentas mediante el oficio núm. DERC/SSP/OM/0610/2013 de la misma
fecha proporcionó lo siguiente:
1. Oficio núm. SSP/OM/DGRM/0702/2013 del 28 de agosto de 2013, por medio del cual
el Director General de Recursos Materiales comunicó al Director Ejecutivo de
Rendición de Cuentas: “con fecha 3 de septiembre de 2012, la Jefa de Unidad
Departamental de Compras de Bienes Especializados, fue habilitada por la Secretaría
de la Función Pública para acceder a la plataforma del CompraNet, como consta en el
357
VOLUMEN 8/17
documento anexo. Asimismo, se adjunta la lista de los procedimientos de adjudicación
que ya fueron incorporados a la plataforma del CompraNet a partir del 9 de octubre
de 2012 y hasta la fecha”.
2. Impresión de la pantalla del sistema CompraNet, en la cual se puede apreciar que la
Jefa de Unidad Departamental de Compras de Bienes Especializados fue habilitada
por la Secretaría de la Función Pública para acceder a dicho sistema.
3. Impresión de la en pantalla del sistema CompraNet, en la cual se observa el estado
que guardaban, al 27 de agosto de 2013 seis procesos de adquisiciones de bienes y
servicios por la SSP relativos a ese mismo año.
En la respuesta correspondiente al resultado núm. 1, informó que, “derivado de una
recomendación realizada por ese órgano fiscalizador relativa a adoptar medidas de
control y supervisión para garantizar que se publique en la página de CompraNet la
información que exige la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público, se emitió la circular interna, actualmente vigente, a través de la cual se instruyó
para que en lo sucesivo los procedimientos de adjudicación con recursos federales se
realicen en apego a la normatividad que le sea aplicable, particularmente a lo establecido
en los artículos 30 y 37, párrafo quinto, de dicha ley”.
Conforme a la documentación e información proporcionada, se desprende que no fueron
publicados en el sistema CompraNet las convocatorias y los fallos referidos en el presente
resultado; no obstante, el sujeto fiscalizado cuenta con mecanismos de supervisión para
verificar que las convocatorias y fallos respectivos de las licitaciones públicas nacionales
llevadas a cabo por la dependencia con recursos del SUBSEMUN fueran publicadas en el
sistema CompraNet, por lo que no se emite recomendación al respecto.
En la revisión del expediente de la licitación pública nacional presencial
núm. LPN-3000-1066-004-12, relativa a la adquisición de 150 vehículos: 100 vehículos tipo
sedán, marca Dodge Avenger, y 50 pick-up, doble cabina, Dodge Ram 2500, modelo 2012,
equipados como patrullas, con equipamiento de comunicación y señalización visual y
acústica, se constató lo siguiente:
358
VOLUMEN 8/17
1. Mediante la requisición de compra núm. 345.1 del 1o. de marzo de 2012, la Dirección
de Transportes solicitó la adquisición de 100 vehículos tipo sedán y 50 camionetas
pick-up, modelo 2012, equipados como patrullas. En la justificación se señaló: “La
adquisición de vehículos se destinará a la sustitución de las patrullas que por su
inoperatividad, dejarán de prestar sus servicios de protección y patrullaje en las
unidades de protección ciudadana y tránsito”. La requisición contó con sello de no
existencia en el almacén del 1o. de marzo de 2012, firmas del área solicitante
(Dirección de Transportes), visto bueno de la Dirección General de Recursos Materiales
y aprobación de la Dirección de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento.
2. Con el oficio núm. DAAA/DGRM/OM/SSP/02479/2012 del 27 de abril de 2012, la Dirección
de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento envió a la Dirección de Programación
y Presupuesto de la SSP la requisición de compra núm. 345.1 y le solicitó la autorización
presupuestal respectiva. Con el oficio núm. SPP/DPP/DGRF/OM/SSP/369/2012 del
30 de abril de 2012, la Dirección de Programación y Presupuesto autorizó la suficiencia
presupuestal, por un monto de 73,095.7 miles de pesos.
3. Por medio del oficio núm. DGRM/OM/SSP/0296/2012 del 8 de mayo de 2012, la
Dirección General de Recursos Materiales de la SSP remitió a la Dirección General de
Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM la solicitud de autorización para
la adquisición de bienes restringidos con cargo a la partida 5411 “Automóviles y
Camiones para la Ejecución de Programas de Seguridad y Atención de Desastres
Naturales”. Mediante el oficio núm. OM/DGRMSG/1405/2012 del 17 de mayo de 2012,
la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales emitió la autorización
correspondiente.
4. Con el oficio núm. DAAA/DGRM/OM/SSP/02687/2012 del 14 de mayo de 2012
la SSP solicitó al Director General Adjunto del Diario Oficial de la Federación, la
publicación de la convocatoria para llevar a cabo la licitación pública nacional presencial
núm. LPN-30001066-004-12. Dicha publicación se llevó a cabo el 22 de mayo de 2012.
359
VOLUMEN 8/17
5. La CMHALDF solicitó a la SSP evidencia documental de la publicación de la
convocatoria de la licitación pública nacional núm. LPN-30001066-004-12 (que
incluyera las bases de dicha licitación) en el sistema CompraNet. Con el oficio
núm. SSP/OM/DERC/517/2013 del 26 de julio de 2013, la SSP sólo proporcionó copia
del resumen de la convocatoria para su publicación en el Diario Oficial de la
Federación y copia de acta de la junta de aclaraciones para su publicación en
la página web de la SSP. Asimismo, mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/526/2013
del 31 de julio de 2013 la SSP informó que, “derivado de que el personal que operaba
dicho sistema dejó de laborar en la SSP, fue imposible actualizar la plataforma del
sistema CompraNet, y que a partir del mes de julio de 2012, se iniciaron los trámites
correspondientes para tener acceso a dicho sistema”.
Por no publicar en el sistema CompraNet la convocatoria de referencia, la SSP
contravino el artículo 30 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Publico vigente en 2012.
6. La junta de aclaración de bases se realizó el 28 de mayo de 2012, de acuerdo con lo
establecido en las bases de la licitación y con los artículos 33 Bis de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 45 y 46 de su
Reglamento, vigentes en 2012.
7. La junta para formalizar el acta de presentación y la apertura de proposiciones se
realizó el 5 de junio de 2012, de acuerdo con lo establecido en las bases de la
licitación y en el artículo 35 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público vigente en 2012. El acta fue firmada por todos los participantes.
8. El 11 de junio de 2012, se emitió el fallo y se suscribió el acta correspondiente,
de conformidad con el plazo establecido en las bases de la licitación. Se contó con la
asistencia de un representante de la Contraloría Interna en la SSP para dar validez al
acto. Sin embargo, en el acta de fallo no se señalaron las causas de descalificación
de los demás proveedores participantes, en contravención de lo dispuesto en el
artículo 37, fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público vigente en 2012, que establece:
360
VOLUMEN 8/17
“Artículo 37. La convocante emitirá un fallo, el cual deberá contener lo siguiente:
I. La relación de licitantes cuyas proposiciones se desecharon, expresando todas las
razones legales, técnicas o económicas que sustentan tal determinación e indicando
los puntos de la convocatoria que en cada caso se incumpla.”
9. La CMHALDF solicitó a la SSP evidencia documental de la publicación del fallo en el
sistema CompraNet. En respuesta, con el oficio núm. SSP/OM/DERC/517/2013
del 26 de julio de 2013, la SSP sólo proporcionó copia del resumen de la convocatoria
para su publicación en el Diario Oficial de la Federación, copia de acta de la junta de
aclaraciones para su publicación en la página web de la SSP y copia del acta de fallo
del procedimiento licitatorio y con el oficio núm. SSP/OM/DERC/526/2013 del 31 de julio
de 2013, informó que, “derivado de que el personal que operaba dicho sistema dejó de
laborar en la SSP, fue imposible actualizar la plataforma del Sistema CompraNet, y
que a partir del mes de julio de 2012, se iniciaron los trámites correspondientes para
tener acceso a dicho sistema”.
Por lo anterior, la SSP incumplió el artículo 37, párrafo cuarto, de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2012.
10. Para garantizar las obligaciones contractuales de conformidad con lo establecido en
la cláusula decimoquinta del contrato núm. SSP/BE/A/223/2102, el proveedor entregó la
fianza de cumplimiento núm. 5870-16098-6, por un importe de 7,603.6 miles de pesos
(20.0% del precio total pactado, sin IVA), de fecha 18 de junio de 2012 (siete días
posteriores a la firma del contrato). Dicha fianza fue expedida por Afianzadora
Insurgentes, S.A. de C.V.
En la reunión de confronta, celebrada el 30 de agosto de 2013, la Dirección Ejecutiva de
Rendición de Cuentas mediante el oficio núm. DERC/SSP/OM/0609/2013 de la misma
fecha proporcionó lo siguiente:
1. Oficio núm. SSP/OM/DGRM/0703/2013 del 28 de agosto de 2013, mediante el cual el
Director General de Recursos Materiales comunicó al Director Ejecutivo de Rendición
de Cuentas: “con fecha 3 de septiembre de 2012, la Jefa de Unidad Departamental de
361
VOLUMEN 8/17
Compras de Bienes Especializados, fue habilitada por la Secretaría de la Función
Pública para acceder a la plataforma del CompraNet, como consta en el documento
anexo. Asimismo, se adjunta la lista de los procedimientos de adjudicación que ya
fueron incorporados a la plataforma del CompraNet a partir del 9 de octubre de 2012 y
hasta la fecha”.
2. Impresión de la pantalla del sistema CompraNet, en la cual se puede apreciar que la
Jefa de Unidad Departamental de Compras de Bienes Especializados fue habilitada
por la Secretaría de la Función Pública para acceder a dicho sistema.
3. Impresión de la pantalla del sistema CompraNet, en la cual se observa el estado que
guardaban al 27 de agosto de 2013 seis procesos de adquisiciones de bienes y
servicios por la SSP relativas a ese mismo año.
Respecto a que en el acta de fallo no se señalaron las causas de descalificación de los
demás proveedores participantes, informó: “… en el acto de lectura de dictamen y emisión
del fallo, no se descalificó a ningún participante por no haber lugar a ello, toda vez que en
las propuestas técnicas y económicas presentadas por los licitantes quedaron
garantizados a satisfacción de la convocante, todos los numerales establecidos en las
bases de la Licitación Pública como se hizo constar en el dictamen que emitió la
convocante, concluyéndose en dicho dictamen que los bienes serían adjudicados a un
solo licitante ya que cumplió con todos los requisitos técnicos, administrativos, legales
y económicos”.
Asimismo, se indicó que, “derivado de una recomendación realizada por ese órgano
fiscalizador relativa a adoptar medidas de control y supervisión para garantizar que se
publique en la página de CompraNet la información que exige la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2012, se emitió la circular
interna, actualmente vigente, a través de la cual se instruyó para que en lo sucesivo los
procedimientos de adjudicación con recursos federales se realicen en apego a la
normatividad que le sea aplicable, particularmente a lo establecido en los artículos 30 y 37,
párrafo quinto, de dicha ley”.
362
VOLUMEN 8/17
Además, se proporcionó la circular interna sin número de fecha 29 de agosto de 2012,
mediante la cual la Dirección de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento instruyó al
Subdirector de Adquisiciones y a los Jefes de Unidad Departamental de Control de
Adquisiciones, de Compras de Bienes Generalizados y de Compras de Bienes Especializados
para que se diera puntual cumplimiento a lo establecido en los artículos 36 y 37 de la Ley
de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Conforme a la documentación e información proporcionada, se observa que no fueron
publicados en el sistema CompraNet las convocatorias y los fallos referidos en el presente
resultado; no obstante, se desprende que el sujeto fiscalizado cuenta con mecanismos
de control y supervisión para verificar que las convocatorias y fallos respectivos de las
licitaciones públicas nacionales, correspondientes a operaciones que llevó a cabo con
recursos del SUBSEMUN sean publicadas en el sistema CompraNet, por lo que no se
emite recomendación al respecto.
En cuanto a que en el acta de fallo no se indicaron las causas de descalificación de los
demás proveedores participantes, el artículo 37 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos
y Servicios del Sector Público vigente en 2012, indica que el fallo deberá contener una
relación de licitantes cuyas proposiciones se desecharon, expresando todas las razones
legales, técnicas o económicas que sustentan tal determinación. Por lo anterior, no se
modifica la observación al respecto.
En el Informe de la Auditoría ASCprofcasf/104/12 practicada a la Delegación
Cuauhtémoc, Secretaría de Seguridad Pública y Secretaría de Finanzas, resultado
núm. 11, recomendación ASCprofcasf-104-12-02-SSP, se contempla el mecanismo para
prevenir la deficiencia de control consistente en que, en las licitaciones públicas
nacionales que impliquen recursos del SUBSEMUN se desechen proposiciones de los
concursantes, en las actas de fallo respectivas, se expresen las razones legales, técnicas
o económicas de tal determinación, de conformidad con la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por lo que se dará tratamiento a dicha
circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación citada.
363
VOLUMEN 8/17
12. Resultado
Revisión de las Cuentas por Liquidar Certificadas
En 2012 la SSP erogó, 114,349.1 miles de pesos de recursos federales provenientes del
SUBSEMUN (fuente de financiamiento 28), con cargo a la partida 5411 “Vehículos
y Equipo Terrestre para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de
Desastres Naturales”, mediante 7 CLC. Con ese importe se adquirieron 150 vehículos
equipados como patrullas, con equipo de radiocomunicación y señalización visual
y acústica (100 vehículos tipo sedán, marca Dodge Avenger; 50 tipo pick-up, doble
cabina, marca Dodge Ram 2500) y 23 camiones tipo costero, marca International.
La CMHALDF solicitó a la SSP las CLC correspondientes al pago de los contratos
administrativos núms. SSP/BE/A/223/2012 (100 vehículos tipo sedán, marca Dodge Avenger,
y 50 tipo pick-up, doble cabina, marca Dodge Ram 2500) y SSP/BE/A/214/2012
(23 camiones tipo costero, marca International). La dependencia proporcionó las CLC
respectivas, las cuales estaban soportadas con la documentación justificativa y
comprobatoria correspondiente, consistente en contrato, facturas y oficios internos para
tramitar el pago al proveedor. Las facturas cumplen los requisitos fiscales establecidos en
el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación vigente en 2012.
En el análisis de las CLC, se determinó lo siguiente:
1. Con siete CLC se pagó a los proveedores Comercial Crymex, S.A. de C.V., y Grupo
Mi Camión, S.A. de C.V.; cuentan con las facturas respectivas, y presentan los sellos
del área encargada de autorizar el trámite para su pago y del área encargada de
recibir los vehículos.
364
VOLUMEN 8/17
2. Los pagos a los proveedores se llevaron a cabo como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Proveedor/CLC Importe IVA Total
Comercial Crymex, S.A. de C.V.
11 C0 01 10003353 11,834.1 1,893.4 13,727.5
11 C0 01 10003354 11,834.1 1,893.4 13,727.5
11 C0 01 10006092 9,222.6 1,475.7 10,698.3
11 C0 01 10006094 9,222.6 1,475.7 10,698.3
11 C0 01 10006097 9,222.6 1,475.6 10,698.2
11 C0 01 10006098 9,222.6 1,475.6 10,698.2
Total proveedor 60,558.6 9,689.4 70,248.0
Grupo Mi Camión, S.A. de C.V.
11 C0 01 10004327 38,018.2 6,082.9 44,101.1
Total proveedor 38,018.2 6,082.9 44,101.1
Sumas 98,576.8 15,772.3 114,349.1
3. Con la finalidad de identificar cuántos vehículos correspondieron a la Delegación
Venustiano Carranza, la CMHALDF solicitó a la SSP la documentación relacionada
con el parque vehicular asignado a dicho órgano político-administrativo en 2012,
adquirido por medio de los contratos núms. SSP/BE/A/214/2012
y SSP/BE/A/223/2012. La SSP informó que a la Delegación Venustiano Carranza le
fue asignado un solo vehículo (camión tipo costero, marca International, con un costo
de 1,917.5 miles de pesos).
Del pago por 114,349.1 miles de pesos efectuado por la SSP mediante las siete CLC para
la adquisición de los 150 vehículos equipados como patrullas y los 23 camiones tipo
costero, no se desprendió observación alguna.
13. Resultado
Revisión de los Contratos y Verificación Física de los Vehículos
La SSP adjudicó los contratos administrativos núms. SSP/BE/A/214/2012 y SSP/BE/A/223/2012
a los proveedores ganadores Comercial Crymex, S.A. de C.V., y Grupo Mi Camión,
S.A. de C.V., celebrados el 11 y 25 de junio de 2012, respectivamente; el primero importó
44,101.1 miles de pesos y el segundo 70,248.0 miles de pesos (IVA incluido), ambos se
365
VOLUMEN 8/17
pagaron con cargo a la partida 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de
Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”. De la revisión se
observa que se formularon para la adquisición de 23 vehículos tipo costero modelo 2012
el primero y 100 vehículos tipo sedán modelo 2012 y 50 camionetas tipo pick-up doble
cabina modelo 2012 el segundo, es decir, un total de 173 vehículos equipados como
patrullas, con equipamiento de comunicación y señalización visual y acústica.
Con el fin de verificar que los contratos formalizados por la SSP con recursos del
SUBSEMUN cumplieran las especificaciones del contrato tipo, la CMHALDF solicitó al
sujeto fiscalizado que informara la manera en que los contratos o convenios son avalados
por el área jurídica. En respuesta, con el oficio núm. SSP/OM/DGRM/0554/2013 del
26 de julio de 2013, la Dirección General de Recursos Materiales de la SSP informó lo
siguiente: “… para garantizar que los contratos o pedidos contengan las cláusulas
mínimas requeridas de conformidad con el contrato tipo y la normatividad bajo la cual
deben estar formalizados, la Dirección General de Recursos Materiales, a través de su
Dirección de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento, remite por escrito, con base
en el oficio circular núm. 1447, los contratos elaborados a la Subdirección Consultiva y de
Contratos adscrita a la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SSP, para que éstos
sean ‘sancionados’ y proceder así a su formalización”.
Contrato Núm. SSP/BE/A/214/2012
Se constató que el contrato cumple los requisitos mínimos del contrato tipo y lo
establecido en el artículo 45 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público vigente en 2012. Algunas de las cláusulas se señalan en seguida:
1. En la cláusula primera del contrato, se estipuló: “‘El Proveedor’ se obliga a entregar a
‘La Secretaría’ los bienes consistentes en vehículos tipo costero modelo 2012,
incluido el equipo de comunicación y señalización visual y acústica”.
2. En la cláusula segunda, último párrafo, se dispuso: “Los bienes objeto del presente
contrato deberán cumplir con las características y especificaciones consignadas en el
Anexo Técnico…”.
366
VOLUMEN 8/17
3. Como el costo unitarios de los 23 vehículos tipo costero modelo 2012, incluido el
equipo de comunicación y señalización visual y acústica, fue de 1,917.5 miles de pesos
(IVA incluido), en la cláusula segunda la SSP se comprometió a pagar al proveedor
Grupo Mi Camión, S.A. de C.V., un monto de 44,101.1 miles de pesos (IVA incluido).
4. En el clausulado del contrato se consideraron el importe del contrato, el lugar y forma
de pago, el lugar y forma de entrega de los bienes, la vigencia del contrato, la
verificación de los bienes, las responsabilidades del proveedor, la entrega de la póliza
de fianza del 20.0% del precio total pactado para garantizar el cumplimiento del
contrato y las penas convencionales por retraso o incumplimiento en la entrega de los
bienes, equivalentes al 2.0% por cada día de retraso.
El proveedor cumplió los compromisos contractuales de conformidad con lo
establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
vigente en 2012.
Contrato Núm. SSP/BE/A/223/2012
Se constató que el contrato cumplió los requisitos mínimos del contrato tipo y lo
establecido en el artículo 45 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público vigente en 2012. Algunas de las cláusulas se señalan en seguida:
1. En la cláusula primera del contrato, se estipuló: “ ‘El Proveedor’ se obliga a
proporcionar a ‘La Secretaría’ los vehículos tipo sedán modelo 2012 y camionetas tipo
pick-up doble cabina modelo 2012, equipados como patrullas, con equipo de
radiocomunicación y señalización visual y acústica”, tal como se indica en el
Anexo…”.
2. En la cláusula segunda, penúltimo párrafo, se dispuso: “Los bienes objeto del
presente contrato deberán cumplir con las características y especificaciones
establecidas en el Anexo del presente contrato…”.
367
VOLUMEN 8/17
3. Como el costo unitario de los 100 vehículos sedán Dodge Avenger, de la partida 1 fue
de 427.9 miles de pesos (IVA incluido); y el de los 50 vehículos pick-up Dodge Ram
2500 de la partida 2, ascendía a 549.1 miles de pesos (IVA incluido), en la cláusula
segunda la SSP se comprometió a pagar al proveedor Grupo Crymex, S.A. de C.V.,
un monto de 70,247.9 miles de pesos (IVA incluido).
4. En el clausulado del contrato, se consideraron el importe del contrato, el lugar y forma
de pago, el lugar y forma de entrega de los bienes, la vigencia del contrato, la
verificación de los bienes, las responsabilidades del proveedor, la entrega de la póliza
de fianza del 10.0% del precio total pactado para garantizar las obligaciones del
contrato y las penas convencionales por retraso o incumplimiento de los bienes,
equivalentes al 1.0% por cada día de retraso.
El proveedor cumplió los compromisos contractuales, de conformidad con lo establecido
en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2012.
Verificación Física de los Vehículos
Se comprobó la existencia y funcionamiento del vehículo (camión tipo costero) asignado a
la Delegación Venustiano Carranza, se constató que la unidad cumple las especificaciones
del resguardo y que se realizaron los registros de entrada y salida (kardex, notas de
entrada y notas de cargo) correspondientes.
Respecto a la revisión física del vehículo, se elaboró el acta de fecha 25 de julio de 2013
y se concluyó que no existe observación alguna.
14. Resultado
Comparativo de Especificaciones Técnicas
Se compararon la ficha técnica del contrato núm. SSP/BE/A/214/2012 y el Catálogo Único
de Bienes del SUBSEMUN (emitido por el SESNSP) vigente en 2012. Como resultado, se
observó que en dicho catálogo no se incluyen las especificaciones generales del
transporte terrestre tipo costero, por lo que la SSP solicitó la autorización correspondiente
368
VOLUMEN 8/17
al Director General de Apoyo Técnico del SESNSP de la Secretaría de Gobernación. En
respuesta, con el oficio núm. DGAT/0426/2012 del 18 de abril de 2012, la Dirección
General de Apoyo Técnico del SESNSP informó a la SSP que “no se tiene inconveniente
en registrar la propuesta de los bienes de equipamiento a adquirir”.
Por lo anterior no se formula observación al respecto.
15. Resultado
Confirmación de Operaciones
La CMHALDF solicitó a Grupo Mi Camión, S.A. de C.V. (proveedor del camión tipo costero
asignado a la Delegación Venustiano Carranza), la confirmación de las operaciones
realizadas con la SSP que se hayan derivado de pasivos de 2011 pagados en 2012 y de
pasivos de este último año que dicha dependencia haya pagado en 2013; y la relación
detallada de los contratos relativos a dichas operaciones, con fecha de firma; servicios
proporcionados; monto de los convenios y, en su caso, convenios modificatorios facturas;
remisiones; notas de cargo; y otros documentos que amparen las operaciones realizadas.
El proveedor Grupo Mi Camión, S.A. de C.V., proporcionó la información solicitada el
31 de julio de 2013.
Al analizar la documentación proporcionada por el proveedor, se determinó que coincide
con las registrada y proporcionada por la SSP, por lo que no se formula observación
alguna.
Cumplimiento de Metas y Objetivos
16. Resultado
Con el fin de verificar que el GDF, por conducto de la SSP, haya enviado al SESNSP los
informes de avance físico-financiero de cumplimiento de metas, tanto mensuales como
trimestrales de los recursos del SUBSEMUN en 2012, la CMHALDF solicitó dichos
informes. Con el oficio núm. SSP/OM/DERC/347/2013 del 12 de junio de 2013, la OM de
la SSP proporcionó la documentación requerida.
369
VOLUMEN 8/17
En la revisión, se determinó que los informes mensuales correspondientes a las 16 Delegaciones
se enviaron al SESNSP con desfases de 1 a 59 días como se muestra a continuación:
Mes Oficios Fecha Días de desfase Número Fecha Límite
de presentación Recepción
en el SESNSP
Marzo DGRF/OM/SSP/0901/2012 15/VI/12 6/IV/12 29/VI/12 59
Abril DGRF/OM/SSP/0901/2012 15/VI/12 8/V/12 29/VI/12 38
Mayo DGRF/OM/SSP/0901/2012 15/VI/12 7/VI/12 29/VI/12 21
Junio DGRF/OM/SSP/0947/2012 4/VII/12 6/VII/12 6/VII/12 0
Julio DGRF/OM/SSP/01213/2012 3/VIII/12 7/VIII/12 17/VIII/12 8
Agosto DGRF/OM/SSP/01431/2012 4/IX/12 7/IX/12 10/IX/12 1
Septiembre DGRF/OM/SSP/01634/2012 4/X/12 5/X/12 5/X/12 0
Octubre DGRF/OM/SSP/01756/2012 1/XI/12 8/XI/12 29/XI/12 14
Noviembre DGRF/OM/SSP/1954/2012 5/XII/12 7/XII/12 7/XII/12 0
Diciembre DGRF/OM/SSP/0050/2013 14/I/13 7/I/13 16/I/13 7
Por haber presentado al SESNSP los informes mensuales de avance físico-financiero de
cumplimiento de metas correspondiente a 2012, con desfases; la SSP incumplió la regla
Cuadragésima Primera, numeral I, inciso B, de las Reglas de Operación del SUBSEMUN,
que establece: “Remitir los informes trimestrales y mensuales de avance físico-financiero,
en un plazo no mayor a 5 (cinco) días hábiles posteriores a la conclusión del período
correspondiente, a través del formato, sistema informático o mecanismo que determine el
Secretariado Ejecutivo…”.
Respecto a los informes trimestrales de avance físico-financiero de cumplimiento de
metas, la SSP proporcionó copia de los oficios con los cuales remitió al SESNSP los
informes de las 16 Delegaciones correspondientes a 2012, los cuales fueron remitidos en
las fechas que abajo se señalan. En el caso del primero y cuarto trimestres se observan
desfases de entre 60 y 7 días, respectivamente como se ilustra en el cuadro siguiente:
Trimestre Oficios Fecha Días de desfase Número Fecha Límite
de presentación Recepción
en el SESNSP
Primero DGRF/OM/SSP/000901/2012 15/VI/12 6/IV/12 29/VII/12 60
Segundo DGRF/OM/SSP/000947/2012 4/VII/12 6/VII/12 6/VII/12 0
Tercero DGRF/OM/SSP/01634/2012 4/X/12 5/X/12 5/X/12 0
Cuarto DGRF/OM/SSP/0050/2013 14/I/13 7/I/13 16/I/13 7
370
VOLUMEN 8/17
Por haber presentado al SESNSP los informes trimestrales de avance físico-financiero de
cumplimiento de metas correspondientes al primero y cuarto trimestres de 2012 con
desfases, la SSP incumplió la regla Cuadragésima Primera, numeral I, inciso B, de las
Reglas de Operación del SUBSEMUN.
En la reunión de confronta, celebrada el 30 de agosto de 2013, mediante el oficio
núm. DERC/OM/SSP/0610/2013 de la misma fecha, la Dirección Ejecutiva de Rendición de
Cuentas, adscrita a la OM de la SSP, presentó el oficio núm. SSP/OM/DGRF/2058/2013
del 28 de agosto de 2013, mediante el cual la Dirección General de Recursos Financieros
informó al Director Ejecutivo de Rendición de Cuentas lo siguiente:
“Con la finalidad de evitar que se presenten desfases en la entrega de los informes de
avance físico-financiero, de cumplimiento de metas tanto mensuales como trimestrales
de los recursos del SUBSEMUN, la Dirección de Presupuesto instruyó mediante oficio al
área competente encargada de la elaboración y presentación de dichos informes, para
que en lo sucesivo se verifique y constate que éstos sean entregados de conformidad con
lo establecido en la Regla Cuadragésima primera, numeral I, inciso B, de las reglas de
operación del SUBSEMUN.”
De lo anterior, se desprende que se dictaron instrucciones al área responsable para que
los informes de avance físico-financiero, de cumplimiento de metas, tanto mensuales
como trimestrales, de los recursos del SUBSEMUN sean entregados de conformidad con
las Reglas de Operación del SUBSEMUN. Esto confirma la observación del presente
resultado.
En la revisión de los informes de avance físico-financieros relativos al cumplimiento de
metas de la Delegación Venustiano Carranza, se observó que dichos documentos fueron
acompañados de la información sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos con los
recursos del SUBSEMUN; las disponibilidades financieras; los presupuestos comprometido,
devengado y pagado, como se muestra en el siguiente cuadro:
371
VOLUMEN 8/17
(Miles de pesos)
Concepto Asignado anexo técnico
Total ejercido
Diferencias Cumplió la meta
Profesionalización 308.0 284.6 23.4 Sí
Equipamiento 10,454.3 9,775.3 679.0 Sí
Infraestructura 3,500.0 3,498.7 1.3 Sí
Operación policial 50.0 (50.0)
Total SSP 14,262.3 13,608.6* 653.7**
Asignado a la Delegación:
Prevención social del delito 3,565.6 0.0 3,565.6 Sí
Total 17,827.9 13,608.6 4,219.3
* Según reportes de Avance Físico Financieros, recursos que ejerció la SSP. ** Recursos reintegrados a la Tesorería de la Federación según el oficio núm. DGRF/OM/SSP/0036/2013
del 10 de enero de 2013.
En cuanto al acta de cierre del ejercicio de 2012, la SSP informó que se cumplieron las
metas de la Delegación Venustiano Carranza.
De la revisión del contenido de los informes de cumplimiento de metas, no se desprende
observación alguna, ya que dichos reportes cumplen lo dispuesto en los numerales 11.1,
“Avance Físico Financiero” (documentación que deben acompañar dichos reportes);
y 11.2, “Cierre del Ejercicio” (actas de cierre definitivo), de las reglas de operación del
SUBSEMUN, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 2011.
En el Informe de la Auditoría ASCprofcasf/104/12 practicada a la Delegación Cuauhtémoc,
Secretaría de Seguridad Pública y Secretaría de Finanzas, resultado núm. 16, recomendación
ASCprofcasf-104-12-03-SSP, se contempla el mecanismo para prevenir la deficiencia de
control consistente en que los informes mensuales y trimestrales de avance físico-
financiero de cumplimiento de metas sean enviados al Secretariado Ejecutivo del Sistema
Nacional de Seguridad Pública en los plazos que establecen las Reglas para el
Otorgamiento del Subsidio a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a
su cargo la Función o la ejerza coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno
del Distrito Federal en sus demarcaciones territoriales, por lo que se dará tratamiento a
dicha circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación citada.
372
VOLUMEN 8/17
Recursos ejercidos directamente por la Delegación Venustiano Carranza
17. Resultado
En el ejercicio de 2012, el monto de los recursos del SUBSEMUN destinado a las
Delegaciones del Distrito Federal en 2012 de conformidad con lo indicado en la
Cláusula Tercera, “Monto de los Recursos”, del convenio específico de adhesión fue de
67,710.6 miles de pesos (20.0% del total de los recursos federales). De ese monto,
correspondieron a la Delegación Venustiano Carranza 3,565.6 miles de pesos (5.3%),
para ser destinados a la Prevención Social del Delito con Participación Ciudadana. En
2012 no se ejercieron los recursos asignados al órgano político-administrativo ya que los
reflejados como ejercidos (1,232.5 miles de pesos) en la Cuenta Pública de la Delegación
Venustiano Carranza de 2012, corresponden a remanentes del ejercicio anterior (2011)
y se registraron con fuente de financiamiento 7 “Remanentes”.
Al respecto, la CMHALDF solicitó a la Delegación Venustiano Carranza información y
documentación que soportará las causas por las cuales no fueron ejercidos los recursos
y, en su caso, el reintegro efectuado a la Tesorería de la Federación.
En respuesta, la Delegación Venustiano Carranza proporcionó la siguiente información:
1. Acta de Cierre del Ejercicio 2012 SUBSEMUN de fecha 31 de diciembre de 2012.
2. Oficio núm. DGEI/227/2012 del 27 de junio de 2012, por medio del cual el Director
General de Enlace Interinstitucional de la SF remitió copia simple del recibo de entero
núm. 2012-216 del 20 de junio de 2012, en el que se informa al Director General de
Administración de la Delegación el ingreso de los recursos abonados en la cuenta
que se estableció para su recepción, correspondientes a la primera ministración del
SUBSEMUN 2012, por 1,426.2 miles de pesos.
3. Oficio núm. JD/121/12 del 30 de agosto de 2012, con el cual la Jefa Delegacional en
Venustiano Carranza informó al Director General de Vinculación y Seguimiento
del SESNSP lo siguiente:
373
VOLUMEN 8/17
“Esta demarcación ha tenido a bien declinar el recurso correspondiente a la 2a. y 3a.
ministración, toda vez que no fue posible dar cumplimiento a la resolución emitida
y comunicada mediante oficio […] mediante el cual se solicitaba que en un plazo no
mayor a 10 días naturales contados a partir de la recepción del mismo se enviara
a esa dirección a su cargo la documentación que acreditara el compromiso de por lo
menos el 30.0% de los recursos de conformidad con lo establecido en las reglas del
SUBSEMUN.
”También le informó que la SF autorizó la suficiencia presupuestal de los recursos en
mención el pasado 8 de agosto (2012), motivo por el cual este Órgano Político
Administrativo a partir de esta fecha podría iniciar con los procesos de adjudicación
y contratación de cada uno de los proyectos del anexo técnico del Convenio
Específico de Adhesión, por lo que el día 22 de agosto se cumplieron los 10 días
naturales del oficio en mención, situación que imposibilitó cumplir con tiempo y forma
con la información solicitada por el SESNSP.
”Por otra parte, en referencia al recurso correspondiente a la 1a. Ministración por un
monto de 1,426.2 miles de pesos, éste será devuelto a la brevedad.”
4. Oficio núm. SFDF/SPF/DGAF/DCCF/05846/2012 del 18 de septiembre de 2012, por
medio del cual el Director de Concentración y Control de Fondos de la Dirección
General de Administración Financiera informó a la Directora General de Administración
de la Delegación Venustiano Carranza que el reintegro de los recursos se efectuó el
10 de septiembre de 2012.
5. Oficio núm. DGA/1082/12 del 12 de septiembre de 2012, mediante el cual la Directora
General de Recursos Financieros de la Dirección General de Administración de la
Delegación, envió al Director General de Administración Financiera de la SF la línea
de captura con la cual se efectuó el reintegro de los recursos de la 1a. ministración
(1,426.2 miles de pesos), a efecto de que fueran reintegrados antes del 25 de septiembre
de 2012.
374
VOLUMEN 8/17
6. Oficio núm. JD/143/2012 del 27 de septiembre de 2012, con el cual la Jefa
Delegacional en Venustiano Carranza comunicó al Director General de Vinculación
y Seguimiento del SESNSP que se reintegraron a la Tesorería de la Federación los
recursos no ejercidos del SUBSEMUN correspondientes a la 1a. Ministración,
1,426.3 miles de pesos.
7. Línea de captura de la Tesorería de la Federación, emitida el 10 de septiembre
de 2012, por el importe de 1,426.3 miles de pesos, con número de operación 0000274479.
Al respecto, la Delegación dio cumplimiento a la fracción III de la Cláusula Décima
Segunda, “Suspensión y Cancelación del SUBSEMUN”, del Convenio Específico de
Adhesión; y la fracción I de la Cláusula Trigésima Cuarta, “Terminación Anticipada del
Convenio Específico de Adhesión”, de las Reglas de Operación del SUBSEMUN, que
disponen, respectivamente:
“III. En el caso de que el ‘Distrito Federal’ y/o las ‘Demarcaciones’ renuncien a su
participación en el SUBSEMUN en cualquier momento del año, deberán notificarlo por
oficio a ‘El Secretariado’ quien resolverá la terminación de este Convenio Específico
de Adhesión sin realizar trámite alguno…”
“I. En caso de que los beneficiarios renuncien a su participación en el SUBSEMUN en
cualquier momento del año, deberán notificarlo por oficio al Secretariado Ejecutivo, quien
dará por terminado el convenio Específico de Adhesión sin realizar trámite alguno…”
De acuerdo con la información proporcionada por la Delegación Venustiano Carranza,
ésta no ejerció recursos del SUBSEMUN en 2012 y reintegró los recursos de la primera
ministración a la Tesorería de la Federación, conforme a lo dispuesto en el Convenio
Específico de Adhesión y en las Reglas de Operación del SUBSEMUN.
375
VOLUMEN 8/17
Difusión
18. Resultado
En la revisión de las 14 CLC de la muestra de auditoría (emitidas por la SSP en 2012)
y su documentación soporte, se observó que presentan la leyenda “Operado con
Recursos de SUBSEMUN” (numeral L, de la regla Cuadragésima Primera de las Reglas
de Operación del SUBSEMUN); sin embargo, en la regla Cuadragésima Séptima,
“Difusión”, de dichas reglas, se menciona: “En toda la papelería, documentación oficial,
publicidad y promoción del SUBSEMUN se deberá incluir la siguiente leyenda: ‘Este
programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines
distintos a los establecidos en el programa’ ”. Como esta leyenda no fue incluida en la
documentación revisada, se solicitó al sujeto fiscalizado la aclaración correspondiente.
En respuesta, la Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas informó lo siguiente:
“… debido al elevado volumen de cargas de trabajo generados por la operación
presupuestal de esta Secretaría y a un error involuntario se omitió dicha leyenda; sin
embargo, para subsanar esta situación se implementará un mecanismo de control que
garantice que toda la documentación del SUBSEMUN cuente con dicha leyenda.”
Por lo anterior, la SSP incumplió lo dispuesto en la regla cuadragésima séptima,
“Difusión”, de las Reglas de Operación del SUBSEMUN, publicadas en el Diario Oficial de
la Federación el 15 de febrero de 2012.
En la reunión de confronta, celebrada el 30 de agosto de 2013, por medio del oficio
núm. DERC/OM/SSP/0610/2013 de la misma fecha, la Dirección Ejecutiva de Rendición de
Cuentas adscrita a la OM de la SSP, presentó el oficio núm. SSP/OM/DGRF/2058/2013
del 28 de agosto de 2013, con el cual el Director General de Recursos Financieros
comunicó al Director Ejecutivo de Rendición de Cuentas lo siguiente:
“Con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Regla Cuadragésima Séptima
‘Difusión’ de las Reglas de Operación del SUBSEMUN, esta Dirección General se dio a la
tarea de incluir dicha leyenda en todas las Cuentas por Liquidar Certificadas para el
presente ejercicio y los subsecuentes. En este sentido se anexan como muestra dos CLC
376
VOLUMEN 8/17
en las cuales consta la leyenda de mérito, y se pone a disposición de ese órgano
fiscalizador el archivo de esta Dirección General para verificar que el resto de la
documentación cumpla con lo dispuesto en las Reglas de Operación del SUBSEMUN.”
De acuerdo con lo anterior, el sujeto fiscalizado, ha girado instrucciones para que en
las CLC y su documentación soporte se incluya la leyenda enunciada en la regla
cuadragésima séptima, “Difusión” de las Reglas de Operación del SUBSEMUN, lo que
confirma la presente observación, por lo que el resultado no se modifica.
En el Informe de la Auditoría ASCprofcasf/104/12 practicada a la Delegación Cuauhtémoc,
Secretaría de Seguridad Pública y Secretaría de Finanzas, resultado núm. 16, recomendación
ASCprofcasf-104-12-04-SSP, se contempla el mecanismo para prevenir la deficiencia de
control consistente en que toda la documentación soporte del registro y control de las
operaciones relacionadas con los recursos del Subsidio para la Seguridad Pública de los
Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal cuente con las leyendas
de difusión establecida en las Reglas de Operación del SUBSEMUN, por lo que se dará
tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación citada.
19. Resultado
Con el propósito de conocer los logros obtenidos por la SSP con la aplicación de las
aportaciones federales recibidas del SUBSEMUN en el ejercicio de 2012, de conformidad
con el artículo 8, fracción V, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, la
CMHALDF le solicitó a la dependencia los indicadores para apoyar la evaluación de los
resultados del subsidio.
En respuesta, la SSP proporcionó diversos oficios con la documentación e información
solicitadas. Con los datos proporcionados por la SSP, el Informe de Cuenta Pública de la
dependencia correspondiente a 2012 y los resultados de esta auditoría, se determinaron
los siguientes indicadores para evaluar el cumplimiento de las metas y objetivos del
SUBSEMUN:
377
VOLUMEN 8/17
Indicador Valor
Evaluación del control interno
El control interno de la SSP resultó (suficiente, insuficiente o deficiente). Deficiente
Eficacia en el cumplimiento del programa de inversión
I.1. Nivel de gasto al 31 de diciembre de 2012 (% ejercido del monto asignado). 99.2
I.2. Nivel de gasto al 31 de diciembre de 2012 (% pagado del monto asignado). 99.2
I.3. Nivel de gasto al 31 de diciembre de 2012 (% comprometido del monto asignado). 99.2
I.4. Nivel de gasto al 31 de marzo de 2012 (% ejercido del monto asignado). 0.0
I.5. Nivel de gasto al 31 de marzo de 2012 (% pagado del monto asignado). 0.0
I.6. Se recibieron todas las ministraciones del fondo (Sí o No). Sí
I.7. Se recibieron oportunamente todas las ministraciones (Sí o No). No
Sistema de Información
II.1. La SSP se encuentra interconectada al sistema Plataforma México (Sí o No). Sí
II.2. Su funcionamiento es adecuado, no adecuado, parcialmente adecuado. Adecuado
II.3. Se lleva un sistema Paralelo de Información a Plataforma México (Sí o No). SÍ
II.4. Se cargó, integró y actualizó el kardex del personal policial (Sí o No). SÍ
Operación Policial
III.1. Número de personal policial con que cuenta la SSP. 80,686
III.2. Proporción de policías por cada 1,000 habitantes en 2011. 2.2
III.3. Proporción de policías por cada 1,000 habitantes en 2012. 1.8
III.4. Existe en el Distrito Federal el servicio de emergencia 066 (Sí o No). Sí
III.5. Tiempo promedio de respuesta en el servicio de emergencia 066 en 2011. 15:39
III.6. Tiempo promedio de respuesta en el servicio de emergencia 066 en 2012. 15:14
III.7. Informes policiales homologados capturados, respecto de los delitos denunciados (%). 39,314
III.8. El informe policial homologado se registra en el Sistema Único de Información Criminal (SUIC) (Sí, No, Parcialmente). Sí
Profesionalización
IV.1. La SSP realizó la renivelación salarial (Sí o No). SÍ
IV.2. Se reestructuró el estado de fuerza mediante el Simulador Piramidal Salarial (Sí o No). SÍ
IV.3. Se tiene implementado el Servicio Profesional de Carrera Policial (Sí o No). Sí
IV.4. Porcentaje de personal evaluado a 2012 respecto del total (Control de Confianza). 91.0
IV.5. En el Distrito Federal existe Centro de Evaluación y Control de Confianza (Sí o No). Sí
IV.6. En qué fase del proceso de acreditación se encuentra el Centro de Evaluación y Control de Confianza Acreditado
Prevención del Delito
V.1. Porcentaje de recursos del SUBSEMUN 2012 destinados a la prevención del delito con participación ciudadana en 2012
20
V.2. Porcentaje de recursos de la coparticipación de la SSP destinados a la prevención del delito. 30
Eficiencia en el uso de los recursos
VI.1. Valor del equipamiento que no está en operación por el personal policial, respecto del monto que se pagó en ese rubro, incluye armamento y municiones (%).
0.1
Transparencia en la aplicación de los recursos
VII.1. Cumplimiento de la entrega de informes a la SHCP (% de informes remitidos). SÍ
Existe congruencia de la información remitida a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados del fondo, con la información contable y presupuestal (Sí o No).
SÍ
La SSP difundió en su página de internet, órgano local oficial de difusión y otros medios locales de comunicación, los informes remitidos a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados del fondo (Formato Único; Formato de Nivel Fondo e Indicadores de Desempeño) (Sí, No, Parcialmente).
Impacto y cumplimiento de metas y objetivos
VIII.1. Importancia del SUBSEMUN respecto del presupuesto total asignado a la SSP en materia de seguridad pública (%). 2.3
VIII.2. Se cumplieron las metas convenidas en el Anexo Único del Convenio de Adhesión (Sí, No o Parcialmente) Parcialmente
VIII.3. Variación % de la incidencia delictiva en el Distrito Federal 2012 con respecto a 2011. -3.5
VIII.4. Se realizaron reprogramaciones al recurso del SUBSEMUN en 2012 en la SSP (Sí o No) Sí
VIII.5 Porcentaje del recurso del SUBSEMUN 2012 reprogramado a otras acciones (%). 4.4
Evaluación del fondo.
IX.1. La SSP realizó al cierre del ejercicio la evaluación sobre los resultados del SUBSEMUN prevista por la normativa (Sí o No).
Sí
378
VOLUMEN 8/17
Del análisis de la información contenida en los expedientes del SUBSEMUN, los resultados
de la auditoría y la información proporcionada por la SSP; se concluye lo siguiente:
1. El control interno implementado por la SSP en 2012 para el manejo, administración,
registro y control de los recursos del SUBSEMUN resultó suficiente, ya que se detectaron
inconsistencias por la falta de mecanismos para supervisar diversas actividades
(las inconsistencias se describen en el apartado “Debilidades” del resultado núm. 1).
2. Por lo que hace a la eficiencia en el cumplimiento del programa de inversión del
presupuesto asignado de recursos federales del SUBSEMUN, por 270,842.4 miles
de pesos, la SSP ejerció el 99.2% (268,617.4 miles de pesos, de los cuales
259,119.1 miles de pesos fueron recursos federales del SUBSEMUN, 9,336.1 miles
de pesos, remanentes del ejercicio anterior y 162.1 miles de pesos intereses).
3. En materia de operación policial, el GDF, por conducto de la SSP, sufrió un decremento
en el número de elementos policiacos por cada mil habitantes con relación al ejercicio
de 2011, al pasar de 2.2 a 1.8.
4. En el rubro de profesionalización, la SSP en 2012 contó con el Servicio Profesional de
Carrera Policial, acreditó el Centro de Evaluación y Control de Confianza ante el
SESNSP y aplicó evaluaciones a un 91.0% de su personal.
5. En prevención del delito, el GDF destinó el 20.0% de los recursos para ser ejercidos
directamente por las 16 Delegaciones.
6. En cuanto a la eficiencia en el uso de los recursos, no estuvo en operación por el
personal policial el 0.1 del equipamiento que, respecto del monto que se pagó en
el rubro de armamento y municiones.
7. En materia de transparencia en la aplicación de los recursos, el GDF por conducto de
la SF y la SSP entregaron los informes mensuales y trimestrales a la SHCP conforme
a con lo dispuesto en la normatividad aplicable. En ellas se reflejó el cumplimiento
de las metas convenidas en el Anexo Técnico del Convenio Específico de Adhesión.
379
VOLUMEN 8/17
8. En el rubro de impacto y cumplimiento de metas y objetivos, la SSP ejerció recursos
del SUBSEMUN por un monto de 370,183.3 miles de pesos, que representaron el
2.3% de su presupuesto total en materia de seguridad pública; de conformidad con
los datos proporcionados por la dependencia disminuyó en 3.5% el índice delictivo en
el Distrito Federal.
20. Resultado
Con el fin de establecer los momentos en que la SF y la SSP debieron llevar a cabo el
registro contable de las etapas del presupuesto aprobado, modificado, comprometido,
devengado, ejercido y pagado en el ejercicio fiscal de 2012, la CMHALDF aplicó
cuestionarios relativos al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley General de Contabilidad
Gubernamental.
Al respecto, con el oficio núm. OM/SSP/DERC/0552/2013 del 7 de julio de 2013, la
Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas de la Oficialía Mayor indicó lo siguiente:
“… se informa que la instancia indicada para responder dicho cuestionario es la SF, con
fundamento en los artículos 122 y 123 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente que
disponen ‘El desarrollo y operación del Sistema Contable para las dependencias órganos
desconcentrados y Delegaciones, así como la emisión de la normatividad contable para
efectos administrativos estarán a cargo de la Secretaría’ y 123 ‘Las dependencias
Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades, suministrarán a la Secretaría con
la periodicidad que ésta lo determine, la información presupuestal, programática, contable
y financiera que requiera’.”
Por lo que se refiere a la SF mediante el oficio núm. DGCNCP/1987/2012 del 25 de julio
de 2012, la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SF
remitió la respuesta al cuestionario de control interno que se aplicó para evaluar el
cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, vigente en 2012, así
como la documentación correspondiente. En su análisis, se determinó lo siguiente:
380
VOLUMEN 8/17
1. El Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC) emitió y publicó en el Diario
Oficial de la Federación del 20 de agosto de 2009 y en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal del 11 de septiembre de 2009, el Marco Conceptual de Contabilidad
Gubernamental, las Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos
Contables de los Egresos, y los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental.
Lo anterior, en cumplimiento del artículo Tercero Transitorio, fracciones II y IV, de la
Ley General de Contabilidad Gubernamental, vigente en 2012.
2. El CONAC emitió y publicó, en el Diario Oficial de la Federación del 9 de diciembre
de 2009 y en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 25 de enero de 2010, el
Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, el Clasificador por Rubro de
Ingresos, el Plan de Cuentas, las Normas y Metodología para la Determinación de los
Momentos Contables de los Ingresos, las Normas y Metodología para la Emisión
de la Información Financiera y Estructura de los Estados Financieros Básicos del Ente
Público y Características de sus Notas, y los Lineamientos sobre los Indicadores para
medir los Avances Físicos y Financieros relacionados con los Recursos Públicos
Federales. Lo anterior, en cumplimiento del artículo Tercero Transitorio, fracciones III y IV,
de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
3. El 20 de junio de 2011 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el Acuerdo
por el que se crea el Consejo de Armonización Contable del Distrito Federal
(CONSAC-DF), que en su primera reunión de trabajo extraordinaria, celebrada el
31 de agosto de 2011, dio a conocer la aprobación de la Guía de Requerimientos
Mínimos para la Valoración de Aplicativos Informáticos de Administración y Gestión
de Información Financiera, con el propósito de que la adecuaran a sus sistemas
contables para estar en condiciones de cumplir lo establecido en la Ley General de
Contabilidad Gubernamental.
4. El CONAC emitió y publicó, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, del 1o. de julio de 2010,
el Acuerdo por el que se emite el Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito
Federal, en el cual se establecen las bases (finalidad y función); en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal del 31 de diciembre del mismo año, publicó la Clasificación
381
VOLUMEN 8/17
Funcional del Gasto (finalidad, función y subfunción); las Principales Reglas de Registro
y Valoración del Patrimonio (elementos generales); el Marco Metodológico sobre la
Forma y Términos en que se deberá orientar el Desarrollo del Análisis de los
Componentes de las Finanzas Públicas con relación a los Objetivos y Prioridades que
en la materia establezca la Planeación del Desarrollo, para su integración a la Cuenta
Pública; y el Manual de Contabilidad Gubernamental.
5. El CONAC emitió y publicó, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, del 22 de julio
de 2011, los Lineamientos Mínimos relativos al Diseño e Integración del Registro en
los Libros Diario, Mayor e Inventarios y Balances (registro electrónico); la Clasificación
Económica de los Ingresos, de los Gastos y del Financiamiento de los Entes Públicos;
y su Clasificación Administrativa.
6. El CONAC emitió y publicó, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 28 de
diciembre de 2011, los lineamientos dirigidos a garantizar que el Sistema de Contabilidad
Gubernamental facilite el control de los inventarios de los bienes muebles e inmuebles
de los entes públicos, así como las Reglas Específicas del Registro y Valoración del
Patrimonio.
7. De acuerdo con lo informado por la SF, el registro contable de las etapas del
presupuesto del gasto aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y
pagado se llevará a cabo “en base al Acuerdo de Interpretación sobre las Obligaciones
Establecidas en los Artículos Transitorios de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, A-2 y que su aplicación será a partir del ejercicio 2012”.
8. El 24 de mayo de 2012, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Manual
de Contabilidad del Sector Central, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
cuarto transitorio de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Asimismo, la SF
dispone de listas de cuentas para el Sector Central, aplicando la armonización al cuarto
y quinto niveles que establece el CONAC, con clasificadores presupuestarios armonizados.
9. Adicionalmente, la Dirección General de Informática tiene establecidos mecanismos
de control para garantizar que se realicen las adecuaciones a sus sistemas contables
382
VOLUMEN 8/17
y presupuestales para cumplir con lo establecido en la Ley General de Contabilidad
Gubernamental. Dichos mecanismos consisten en los procedimientos “Atención a
Solicitud de Nuevos Desarrollos en el Sistema de Planeación de Recursos
Gubernamentales” y “Atención a Solicitud de Cambios en los Desarrollos Existentes
en el SISTEMA de Planeación de Recursos Gubernamentales”.
10. El 16 de mayo de 2013, el CONAC publicó en el Diario Oficial de la Federación los
plazos para que la Federación, las entidades federativas y los municipios adopten las
decisiones siguientes:
Meta Fecha límite para la federación, las entidades federativas
y sus respectivos entes públicos
Fecha límite para los municipios y sus entes públicos
Integración automática del ejercicio del presupuesto con la operación contable
30 de junio de 2014 30 de junio de 2015
Realizar los registros contables con base en las Reglas de Registro y Valoración del Patrimonio
31 de diciembre de 2014 31 de diciembre de 2015
Generación en tiempo real de estos estados financieros
30 de junio de 2014 30 de junio de 2015
Emisión de Cuentas Públicas en los términos acordados por el Consejo
Fecha de la presentación de la Cuenta Pública correspondiente a 2014
Fecha de la presentación de la Cuenta Pública correspondiente a 2015
Derivado de lo anterior, se concluye que la SF realizó acciones encaminadas al
cumplimiento de lo que disponen la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las
normas y lineamientos publicados por el CONAC. En cuanto a los registros los registros
contables sobre base acumulativa y acordes con los postulados básicos de contabilidad
gubernamental armonizados en sus respectivos libros de diario, mayor e inventarios
y balances; y la emisión de información contable, presupuestaria y programática para dar
cumplimiento a los artículos transitorios de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, la SF los realiza de manera centralizada; la fecha límite para producir
dichos registros es el 30 de junio de 2014, de conformidad con los plazos publicados en el
Diario Oficial de la Federación el 16 de mayo 2013.
383
VOLUMEN 8/17
II.16.1.2. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO”
Auditoría ASC/168/12
ANTECEDENTES
El artículo décimo primero transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito
Federal para el Ejercicio Fiscal de 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
del 30 de diciembre de 2011, señala, en relación con los recursos aprobados por la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal (ALDF) por concepto de presupuesto participativo, que “a las
Delegaciones les corresponden recursos por 704,275,724 pesos y se distribuirán de acuerdo
a lo establecido en el Anexo 1 del presente decreto”.
En el artículo décimo segundo transitorio, inciso c), de ese decreto, se indica: “La determinación
de las acciones específicas que con cargo al presupuesto participativo ejecutarán las
Delegaciones en cada una de las 1,815 colonias y pueblos originarios, que no se encuentren
en el supuesto de asentamientos irregulares, o que en su determinación no se contravenga
disposiciones jurídicas vigentes, se hará con base en los resultados de la consulta ciudadana
que se efectuó el domingo 13 de noviembre de 2011. Conforme al Anexo 7”. Este último,
establece el rubro general y el proyecto específico ganador para cada Comité Ciudadano
y Consejo de los Pueblos.
En el Anexo 1 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal 2012, se determinó que a la Delegación Venustiano Carranza le corresponderían
45,820.0 miles de pesos del presupuesto participativo, que se distribuirían entre los 80 Comités
Ciudadanos y Consejos de los Pueblos, a razón de 572.7 miles de pesos para cada uno de ellos.
Los recursos asignados para el presupuesto participativo en 2012 a la Delegación Venustiano
Carranza (45,820.0 miles de pesos), representaron el 6.5% de los presupuestados para
las 16 Delegaciones y significaron un decremento del 1.7%, respecto de los 46,623.9 miles
de pesos que le fueron asignados en 2011.
384
VOLUMEN 8/17
En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012, se reportó que los 16 órganos
político-administrativos ejercieron 639,777.7 miles de pesos con cargo al destino de gasto
65 “Presupuesto Participativo”, lo cual representó disminuciones de 64,498.1 miles de pesos
(9.2%) con relación a los 704,275.8 miles de pesos asignados originalmente.
En 2012, la Delegación Venustiano Carranza ejerció 45,691.8 miles de pesos en el destino
de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, que representaron una variación negativa de
0.3% (128.2 miles de pesos) respecto al presupuesto original y una disminución de 1.2%
en relación con los 46,231.6 miles de pesos ejercidos en 2011.
En la Cuenta Pública 2012 apartado “ECG Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto”,
la Delegación Venustiano Carranza reportó, en relación con el presupuesto participativo, que en
el capítulo 6000 “Inversión Pública”, “la variación en inversión pública explica a los recursos
destinados a la transferencia de recursos a los capítulos 2000 ‘Materiales y Suministros’,
4000 ‘Transferencia, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas’ y 5000 ‘Bienes Muebles,
Inmuebles e Intangibles’, del presupuesto participativo de conformidad a lo establecido al
artículo transitorio décimo primero ‘Presupuesto Participativo’ identificados con el Destino
de Gasto 65, del Decreto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2012”.
OBJETIVO
El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación
Venustiano Carranza con destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” se haya registrado,
aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con
la normatividad y ordenamientos aplicables.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Esta auditoría se realizó de conformidad con los siguientes criterios generales, incluidos
en el Manual de Selección de Auditorías:
1. “Exposición al Riesgo”, por ser un programa de reciente creación y estar expuesto a riesgos
de irregularidades, ineficiencias o incumplimiento de objetivos y metas.
385
VOLUMEN 8/17
2. “Interés General”, por la naturaleza del gasto y su importancia en el ámbito social, las
actividades y funciones que desarrollen los órganos político-administrativos para cumplir
los compromisos del programa presupuestario tienen un impacto directo y tangible en
beneficios para la ciudadanía.
3. “Presencia y Cobertura”, de conformidad con la Ley de Participación Ciudadana del Distrito
Federal, a la ALDF le compete, en materia de presupuesto participativo, vigilar, por conducto
de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
(CMHALDF), el ejercicio de los recursos del presupuesto participativo, el cual es susceptible
de auditarse por estar contenido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito
Federal y en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012.
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado C, Base Primera,
fracción V, incisos c) y e), en relación con el 74, fracción VI, de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;
1o; 2o., fracciones IX y X, inciso a); 3o; 8o., fracciones I, II, III, VI, VII, párrafo primero, VIII, IX,
XIII, XVI y XIX; 9o.; 10, incisos a) y e); 14, fracciones I, VIII, XVII y XXIII; 16; 22; 24; 27; 28; 30;
32; 33; 34; y 35 de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal; 1o; 2o., fracción XIX, inciso a); 6o., fracciones V y VII; 13
y 16 del Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa
del Distrito Federal.
ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
El alcance de la auditoría se determinó como resultado de los trabajos de planeación
correspondientes, una vez integrado el presupuesto ejercido por la Delegación Venustiano
Carranza en 2012 con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, por un total
de 45,691.8 miles de pesos.
Con objeto de analizar los mecanismos de control y supervisión implantados por el sujeto
fiscalizado para aprobar, modificar, comprometer, devengar, ejercer, registrar y pagar los recursos
asignados al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se revisó la normatividad
386
VOLUMEN 8/17
aplicable en 2012: Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal y su Reglamento; Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal;
Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal; Decreto de Presupuesto de Egresos
del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012; Manual de Normas y Procedimientos
Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal; Normatividad en materia
de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del
Distrito Federal (Circular Uno Bis 2011) vigente a partir del 20 de mayo de 2011; Normatividad
en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración
Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis 2012) vigente a partir del 8 de agosto de 2012;
Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo,
Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la
Administración Pública del Distrito Federal; Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito
Federal; y Lineamientos con los que se Dictan Medidas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina
Presupuestal para Contener el Gasto en la Administración Pública del Distrito Federal,
vigentes en 2012.
Se aplicaron cuestionarios de control interno en la Dirección General de Obras y Desarrollo
Urbano (DGODU), en la Dirección Ejecutiva de Participación Ciudadana y en la Dirección
General de Administración (DGA), adscritas a la Jefatura Delegacional.
Se revisó el Manual Administrativo de la Delegación Venustiano Carranza vigente en 2012,
para verificar que la organización fuera acorde con la estructura orgánica dictaminada, así como
la existencia de procedimientos aplicables al rubro sujeto a revisión.
Se analizó la normativa que rige el ejercicio de los recursos del presupuesto participativo para
verificar que el órgano político-administrativo contara con las atribuciones para su operación.
Se solicitó y analizó diversa información generada por el Instituto Electoral del Distrito
Federal (IEDF), relacionada con la capacitación a servidores públicos de la Delegación.
Se seleccionó una muestra de auditoría de 13,202.0 miles de pesos, que representó
el 28.9% de los recursos ejercidos en el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”
387
VOLUMEN 8/17
(45,691.8 miles de pesos), y correspondieron a las erogaciones realizadas en los capítulos
2000 “Materiales y Suministros“, por 9,117.6 miles de pesos (20.0%); 4000 “Transferencias,
Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” por 3,436.5 miles de pesos (7.5%), 5000 “Bienes
Muebles, Inmuebles e Intangibles”, por 572.0 miles de pesos (1.2%); y 6000 “Inversión Pública”,
por 32,565.7 miles de pesos (71.3%).
Se verificó que el presupuesto autorizado a la Delegación Venustiano Carranza correspondiera
al establecido en el Anexo 1 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal
para el Ejercicio Fiscal 2012 y que el presupuesto modificado, registrado, ejercido y pagado
en la partida presupuestal 6221 “Edificación no Habitacional” correspondiente a la muestra de
auditoría, estuviera respaldado con la documentación justificativa y comprobatoria, conforme
al contrato y convenio modificatorio de ampliación de plazo respectivos y a la normatividad
vigente en 2012.
Se revisaron los montos de actuación de la Delegación correspondientes al ejercicio de 2012,
con objeto de comprobar que las operaciones de gasto de inversión pública se ajustaran a lo
establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal 2012.
En cuanto a los contratistas considerados en la muestra de auditoría, se verificó que los
importes facturados y los datos relativos a las obras, correspondieran con la información
proporcionada por la Delegación; que las obras se hubieran realizado conforme a las cláusulas
de los contratos; y que los contratistas no se encontraran inhabilitados por la Secretaría de la
Función Pública (SFP) o por la Contraloría General del Distrito Federal (CGDF).
Se efectuó la verificación física de las obras contratadas para constatar si éstas se realizaron
conforme a la descripción incluida en el contrato y de acuerdo con los proyectos ganadores
de la Consulta Ciudadana de 2012.
Se verificó que los informes relativos al ejercicio de recursos del destino de gasto
65 “Presupuesto Participativo” se hayan presentado en tiempo y forma, de acuerdo con la
normatividad vigente en 2012.
388
VOLUMEN 8/17
Para determinar la muestra sujeta a revisión se realizaron las siguientes actividades:
1. Por tratarse de una auditoría financiera, el universo de recursos ejercidos (45,691.8 miles
de pesos) se estratificó por capítulo, partida presupuestal, resultado, subresultado y actividad
institucional. Asimismo, a fin de identificar los importes y las variaciones más significativas,
se determinó el porcentaje que representó cada uno de esos rubros en relación con el total
del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
2. La muestra se definió conforme a la selección incidental y por unidad monetaria
establecida en la Norma Internacional de Auditoría (NIA) 530 “Métodos de Selección
de Muestras”, de las Normas de Auditoría del Instituto Mexicano de Contadores
Públicos, A.C. y con base en los capítulos, partidas y contratos con mayor
participación en el ejercicio de recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto
Participativo” en 2012.
De acuerdo con lo anterior, la muestra de auditoría por 13,202.0 miles de pesos del destino
de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, correspondiente a la partida presupuestal 6221
“Edificación no Habitacional”, se integró con el contrato núm. DVC/DGODU/LP/010/2012 del
1o. de agosto de 2012, suscrito con la empresa Ingeniería Regional de Veracruz, S.A. de C.V.,
por un importe de 13,202.0 miles de pesos (IVA incluido), adjudicado mediante la licitación
pública nacional núm. 3000-1061-004-12.
La auditoría se llevó a cabo en la Dirección General de Administración, la Dirección General
de Obras y Desarrollo Urbano y en la Dirección Ejecutiva de Participación Ciudadana, todas
adscritas a la Delegación Venustiano Carranza.
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
El sistema de control interno comprende el plan de organización, los métodos y procedimientos
instituidos por la administración para garantizar que se cumplan las metas y objetivos del
sujeto de fiscalización, con criterios de economía, eficiencia, eficacia, transparencia y honradez;
que los recursos se empleen conforme a las leyes, reglamentos y políticas aplicables,
389
VOLUMEN 8/17
a fin de protegerlos de eventuales desperdicios, pérdidas o mal uso; y que se obtenga
y conserve la información relacionada con el empleo de los recursos.
Se revisó y evaluó el sistema de control interno establecido por la Delegación Venustiano
Carranza para las áreas administrativas y operativas que participaron o tuvieron responsabilidad
en el ejercicio de los recursos, la operación y supervisión de las obras realizadas con
recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”; la disposición de objetivos, metas
e indicadores; el cumplimiento de los requisitos documentales y los registros presupuestales;
y el resguardo y archivo de la documentación justificativa y comprobatoria del gasto, de los
expedientes de los contratos celebrados y de las Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC)
correspondientes a los pagos realizados.
Se analizó el Manual Administrativo en su apartado de Organización de la Delegación
Venustiano Carranza vigente en 2012 para identificar la estructura orgánica del sujeto
fiscalizado, y los objetivos, funciones y atribuciones de las unidades administrativas que lo
integran. Asimismo, se revisó el Manual Administrativo en su apartado de Procedimientos de la
Delegación, con objeto, por una parte, de conocer cuáles fueron las unidades administrativas
que intervinieron en la autorización, ejercicio y registro de las erogaciones con cargo al destino
de gasto 65 “Presupuesto Participativo” y, por otra, verificar si se aplicaron los procedimientos
correspondientes.
Como resultado del estudio y evaluación del control interno, se determinó que éste es
insuficiente en cuanto al ejercicio de los recursos con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto
Participativo”, ya que la Delegación Venustiano Carranza no identificó los posibles riesgos
que podrían afectar el ejercicio, registro y control de los recursos. Por otra parte, las áreas
de la Delegación Venustiano Carranza se estructuraron conforme a las funciones asignadas
en el manual de organización y contó con procedimientos de aplicación general, actualizados
oportunamente. Asimismo, los servidores públicos responsables de verificar el cumplimiento
de los proyectos del presupuesto participativo contaron con las competencias suficientes,
ya que participaron en la capacitación que desarrolló la instancia responsable.
390
VOLUMEN 8/17
RESULTADOS
1. Resultado
Manual Administrativo
La Delegación Venustiano Carranza mediante el oficio núm. DGA/1539/2013 del 6 de
septiembre de 2013, proporcionó su manual administrativo, apartados de organización
y procedimientos, así como su estructura orgánica, vigentes en 2012. Del análisis a dicha
información, se observó lo siguiente:
La estructura orgánica de la Delegación Venustiano Carranza vigente en 2012, correspondió
al dictamen núm. 16/2009, con vigencia a partir del 1o. de octubre de 2009; asimismo, con
el oficio núm. CG/462/2011 del 3 de octubre de 2011, la CGDF comunicó a la Delegación
Venustiano Carranza modificaciones a costos compensados a dicho dictamen, vigentes
a partir del 16 de octubre de 2011.
Con base en el dictamen núm. 16/2009, en 2012, la Delegación Venustiano Carranza contó
con 265 plazas autorizadas, distribuidas como sigue:
Unidad administrativa Plazas
Oficina de la Jefatura Delegacional 98
Dirección General Jurídica y de Gobierno 33
Dirección General de Administración 25
Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano 21
Dirección General de Desarrollo Social 46
Dirección General de Desarrollo Delegacional 26
Dirección General de Servicios Urbanos 16
Total 265
La Delegación Venustiano Carranza publicó su estructura orgánica en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal del 6 de mayo de 2010, en cumplimiento del numeral 4.4.10 de la Normatividad
en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones del Gobierno del Distrito
Federal (Circular Uno Bis), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 12 de abril
de 2007 y vigente hasta el 19 de mayo de 2011.
391
VOLUMEN 8/17
Las áreas administrativas de la Delegación Venustiano Carranza que participaron en el ejercicio
de los recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” fueron las Direcciones
Generales de Administración; de Obras y Desarrollo Urbano; así como la Ejecutiva de
Participación Ciudadana, esta última, adscrita a la Oficina de la Jefatura Delegacional.
Se verificó que en 2012 la Delegación Venustiano Carranza aplicó el manual administrativo
(apartados de organización y de procedimientos) y actuó conforme a la estructura orgánica
autorizada con el dictamen de reestructuración orgánica núm. 16/2009 vigente a partir del
1o. de octubre de 2009. Al respecto, se observó lo siguiente:
1. El manual de organización cuenta con presentación, antecedentes, marco jurídico-
administrativo, objetivo general, estructura orgánica, atribuciones, funciones por área
de responsabilidad y organigramas; en tanto que el manual de procedimientos integra
176 de ellos; ambos manuales se sujetaron a la estructura orgánica autorizada mediante
el dictamen núm. 16/2009.
El Manual Administrativo de la Delegación Venustiano Carranza, apartado de organización
se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 6 de mayo de 2010; y los
listados con los 176 procedimientos fueron publicados en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal de fechas 6 de mayo de 2010; 5 de abril, 12 de septiembre, 20 de octubre
y 29 de diciembre, todos de 2011; y 13 de junio y 24 de diciembre, ambos de 2012;
en cumplimiento del numeral 4.4.10 de la Normatividad en materia de Administración de
Recursos para las Delegaciones del Gobierno del Distrito Federal (Circular Uno Bis),
publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 12 de abril de 2007, que estuvo
vigente hasta el 19 de mayo de 2011; y el numeral 2.4.6.7. de la Circular Contraloría
General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización,
Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración
Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 25 de
enero de 2011, vigente en 2012.
2. De los 176 procedimientos vigentes en 2012, 10 guardaron relación directa con la
autorización, registro, control y pago de los recursos asignados para el destino de gasto
65 “Presupuesto Participativo”.
392
VOLUMEN 8/17
3. Se verificó que la Delegación Venustiano Carranza mediante el oficio núm. DGDD//077/2010
del 2 de marzo de 2010 difundió el manual administrativo, apartados de organización
y de procedimientos, para su conocimiento y difusión entre el personal a su cargo, en
cumplimiento a lo señalado en el numeral 4.4.12 de la Normatividad en materia de
Administración de Recursos para las Delegaciones del Gobierno del Distrito Federal
(Circular Uno Bis), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 12 de abril
de 2007, que estuvo vigente hasta el 19 de mayo de 2011.
De conformidad con lo anterior, se constató que la Delegación Venustiano Carranza desarrolló
sus actividades conforme a su respectivo manual administrativo (apartados de organización
y de procedimientos), y actuó conforme a su estructura orgánica autorizada con el dictamen
núm. 16/2009, verificándose también que en 2012 no se realizaron modificaciones a su estructura
orgánica.
2. Resultado
Competencia
De conformidad con el artículo 15, párrafo segundo, de la Ley de Participación Ciudadana
del Distrito Federal vigente en 2012, “las autoridades están obligadas a promover entre los
servidores públicos cursos de formación y sensibilización para dar a conocer los instrumentos
de participación ciudadana y los órganos de representación ciudadana; la cooperación
y acercamiento con la ciudadanía y la cultura de la participación ciudadana en general, como
un espacio cívico de convivencia social y de una mejor gobernanza”.
La CMHLADF mediante el oficio núm. ASC/13/1641 del 2 de septiembre de 2013, le solicitó
a la Consejera Electoral Presidente del IEDF información sobre los cursos de formación
y sensibilización entre los servidores públicos de los órganos político-administrativos,
relacionados con el presupuesto participativo que se hayan realizado en 2012.
En respuesta, mediante el oficio núm. SECG-IEDF/2092/2013 del 6 de septiembre de 2013,
el IEDF remitió los oficios núms. IEDF-DDXI/298/2013 y DDXII/0249/13, ambos del día
4 del mismo mes y año, por medio de los cuales las Direcciones Distritales XI y XII del IEDF,
correspondientes a la Delegación Venustiano Carranza, señalaron que mediante el oficio
393
VOLUMEN 8/17
núm. IEDF-DD-XI/744/2012 del 11 de octubre de 2012, puso a disposición de los servidores
públicos de la Delegación los cursos en línea de “Planeación y Presupuesto Participativo”,
los “Módulos I y II del Programa de Capacitación, Educación, Asesoría y Comunicación 2012”
y “Taller para la Capacitación en materia de Planeación y Presupuesto Participativo”.
Al respecto, indicó que el 30 de noviembre de 2012, la Dirección Distrital XI, impartió de forma
presencial los “Módulos I y II del Plan Anual de Estudios y Acciones 2012 del Curso de
Participación Ciudadana del IEDF”, a diversos funcionarios adscritos a la Delegación, el primer
curso a 114 funcionarios y el segundo a 108, y entregó 80 constancias de participación.
Asimismo la Dirección Distrital XII, impartió de forma presencial el curso “Taller para
la Capacitación en materia de Planeación y Presupuesto Participativo”, al que asistieron
219 funcionarios de dicha Delegación.
Por lo anterior, se concluye que los servidores públicos de la Delegación Venustiano Carranza
participaron en los cursos que en el ejercicio de 2012 promovió el IEDF; en consecuencia,
contaron con las competencias que proporcionó dicho organismo mediante los cursos que
desarrolló en ese año, con lo cual cumplió con lo señalado en el artículo 15 de la Ley de
Participación Ciudadana del Distrito Federal.
3. Resultado
Objetivos, Indicadores y Metas
El artículo 1o, tercer párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal
vigente en 2012, establece: “Los sujetos obligados a cumplir las disposiciones de esta Ley
deberán observar que la administración de los recursos públicos se realice con base en criterios
de […] eficacia, economía, racionalidad, resultados, transparencia, control, rendición de
cuentas…”.
El artículo 25, primer párrafo, fracción I, y antepenúltimo párrafo, de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal establece que “la programación y presupuestación anual
del gasto público se realizará con apoyo en los Anteproyectos de Presupuesto que elaboren las
[…] Delegaciones […] para cada ejercicio fiscal y con base en las I. políticas del Programa
General y los programas sectoriales establecidos en la Ley de Planeación […]. El anteproyecto
394
VOLUMEN 8/17
se elaborará por […] Delegación […] estimando los costos para alcanzar los resultados
cuantitativos y cualitativos previstos en las metas, así como los indicadores necesarios
para medir su cumplimiento”.
El artículo 126 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal
vigente en 2012, dispone: “Las […] delegaciones […] llevarán la contabilidad en base
acumulativa para determinar costos y facilitar la formulación, ejercicio y evaluación de los
presupuestos y sus programas, con objetivos, metas y unidades responsables de su ejecución”.
Por su parte, el numeral II. 4, “Presupuesto Participativo”, del Manual de Programación-
Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2012
emitido por la Secretaría de Finanzas (SEFIN), dispone lo siguiente:
“La Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, establece en su artículo 83 que
el Presupuesto Participativo es aquel sobre el cual los ciudadanos deciden respecto a la
forma en que se aplican recursos en proyectos específicos en las colonias y pueblos originarios
en que se divide el territorio del Distrito Federal.
”Los recursos de Presupuesto Participativo corresponderán al 3 por ciento del presupuesto
anual de las Delegaciones y se destinarán a los rubros generales de obras y servicios,
equipamiento, infraestructura urbana y prevención del delito.
”Por lo anterior, las Delegaciones, en la formulación de sus Anteproyectos, deberán considerar
lo establecido en la citada Ley.”
Con objeto de verificar el cumplimiento de los ordenamientos antes mencionados, la CMHALDF
mediante el oficio núm. ASC/13/1603 del 23 de agosto de 2013, solicitó a la Delegación
Venustiano Carranza el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2012
y el Programa Operativo Anual (POA) 2012; asimismo, mediante cuestionario de control interno
solicitó información referente a los objetivos, metas e indicadores vinculados con el presupuesto
participativo. En respuesta, mediante el oficio núm. DGA/1539/2013 del 6 de septiembre
de 2013, la Delegación remitió la información solicitada, y de su análisis, se determinó
lo siguiente:
395
VOLUMEN 8/17
1. En respuesta al cuestionario de control interno, la Coordinadora de Control y Seguimiento
de Administración de la Delegación Venustiano Carranza informó que los objetivos
relevantes del programa de obras para 2012, vinculados con el presupuesto participativo,
consistieron en: mejorar las condiciones para el desplazamiento de peatones y vehículos
en vía pública a través de la rehabilitación de banquetas y guarniciones deterioradas
y dando mantenimiento a la carpeta asfáltica; mejorar las condiciones de salud de la
población y evitar encharcamientos e inundaciones en la temporada de lluvias, realizando
trabajos de sustitución de tubería de drenaje y coladeras, y desazolve de la red de
drenaje; y fomentar el deporte entre la población, realizando trabajos de conservación,
mantenimiento y ampliación de centros y módulos deportivos. Asimismo, señaló que
los objetivos estuvieron vinculados con el Programa General de Desarrollo del Distrito
Federal 2007-2012, y existieron metas que se cumplieron en 100.0%.
2. Mediante nota informativa del 5 de septiembre de 2013, en atención a la solicitud de la
descripción de los objetivos, metas e indicadores para el ejercicio de 2012, vinculados
con el rubro presupuesto participativo, la Subdirección de Presupuesto de la Dirección
de Recursos Financieros adscrita a la Dirección General de Administración del Órgano
Político-Administrativo informó que “la descripción de los objetivos y metas se encuentran
en los resultados de la Consulta Ciudadana del 13 de noviembre de 2011, en la cual se
detallan el rubro general y proyecto específico de cada una de las colonias que conforman
esta demarcación, los cuales se cumplieron en su totalidad en beneficio de esta Delegación”.
3. En el POA 2012 de la Delegación Venustiano Carranza, no se observó actividad
institucional alguna vinculada con el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”,
en consecuencia, no estableció metas físicas ni financieras relacionadas con dicho rubro.
4. Mediante nota informativa del 28 de agosto de 2013, la Dirección Ejecutiva de Participación
Ciudadana de la Delegación Venustiano Carranza señaló que con el ejercicio de los
recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” en el ejercicio 2012, se
benefició a un total de 82,361 habitantes en 80 colonias de la demarcación, otorgando
un presupuesto de 572.7 miles de pesos por colonia.
5. En el informe de Cuenta Pública de 2012, apartado “Avance en los Indicadores de los
Resultados de las Actividades Institucionales Realizadas”, correspondiente a la Unidad
396
VOLUMEN 8/17
Responsable 02 CD 15 Delegación Venustiano Carranza, no se identificó actividad
institucional alguna que agrupara las acciones vinculadas con el presupuesto participativo;
en consecuencia, no se registraron “metas 2012” ni “índice de cumplimiento de metas”
para el rubro revisado.
Por lo anterior, se concluyó que la Delegación Venustiano Carranza, no dispuso en su
Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2012 de una actividad
institucional; tampoco contó con objetivos, metas ni indicadores para el presupuesto
participativo vinculados con el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2007-2012,
por lo que incumplió lo establecido en los artículos 1o., tercer párrafo; y 25, de la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 126 de su Reglamento, y el numeral II.4,
“Presupuesto Participativo”, del Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación
del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2012, citados al inicio del presente resultado.
En la reunión de confronta, celebrada el 8 de mayo de 2014, mediante el oficio
núm. DGA/0704/2014 del 7 de mayo de 2014, la Directora General de Administración de
la Delegación Venustiano Carranza informó lo siguiente:
“En relación a este resultado cabe señalar que en la Estructura Funcional del Gobierno del
Distrito Federal vigente para el ejercicio fiscal 2012, no existe una actividad institucional
para la identificación única y exclusivamente para los recursos del presupuesto participativo,
toda vez que los recursos y las metas alcanzadas se encuentran consideradas en las actividades
institucionales específicas de cada uno de los proyectos. Por citar un ejemplo, las colonias cuyos
proyectos ganadores fueron la renovación y/o mantenimiento de banquetas y guarniciones,
los recursos y metas se encuentran registradas en el Programa Operativo Anual (POA) dentro
del Área Funcional:
”Finalidad (FI) 2 ‘Desarrollo Social’
”Función (F) 2 ‘Vivienda y Servicios a la Comunidad’
”Subfunción (SF) 1 ‘Urbanización’
”Actividad Institucional (Al) 118 ‘Programas Delegacionales de Renovación de Banquetas’
397
VOLUMEN 8/17
”O bien para los proyectos ganadores de alumbrado público, los cuales son ejecutados por
administración directa de la Delegación, los recursos y metas se encuentran dentro del Área
Funcional:
”Finalidad (FI) 2 ‘Desarrollo Social’
”Función (F) 2 ‘Vivienda y Servicios a la Comunidad’
”Subfunción (SF) 4 ‘Alumbrado Público’
”Actividad Institucional (Al) 101 ‘Programa Delegacional de Alumbrado Público’
”Derivado de lo anterior, en el Programa Operativo Anual de ésta Delegación para el ejercicio
fiscal 2012, no existe una actividad institucional especifica que sirva para identificar el gasto
del presupuesto participativo, sin embargo los recursos y metas alcanzadas se encuentran
registradas y vinculadas a las áreas funcionales y actividades institucionales relacionadas
con cada uno de los proyectos ganadores en cada una de las colonias. Así mismo es
pertinente aclarar que todas las Áreas Funcionales se encuentran directamente relacionadas
con el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, toda vez que cuando se elabora
el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos en su apartado de Marco de Política Pública,
el requisito indispensable en cada una de las Áreas Funcionales es cumplimentar la información
correspondiente al Fin, Propósito, Diagnóstico, Acciones Generales, Eje, Estrategia,
Objetivo, Meta, Líneas de Acción y Justificación, de cada una de las actividades, así como
su vinculación con el PGD-DF, tal como se acredita en los Marcos de Política Pública que
son capturados y solicitados a través de firma electrónica en el Sistema GRP-SAP de la SEFIN,
se anexan al presente solo aquellas Actividades Institucionales en las cuales se ejerció
el presupuesto participativo.
”… la forma establecida por la Secretaría de Finanzas para identificar los recursos destinados
al Presupuesto Participativo, es en el Analítico de Claves, el cual se encuentra conformado
entre sus componentes por el Área Funcional y la Posición Presupuestal, ésta última incluye
el Destino del Gasto (DG) el cual sirve para identificar el destino de los recursos de un fin
específico, que para el caso del presupuesto participativo es el DG 65.”
En el análisis de la información y documentación proporcionadas por la Delegación Venustiano
Carranza, se determinó que no contó con una actividad institucional para el presupuesto
398
VOLUMEN 8/17
participativo; tampoco contó con objetivos, metas ni indicadores para el mismo, que permitan
evaluar sus resultados, por lo que la presente observación prevalece.
Recomendación ASC-168-12-01-VC
Es necesario que la Delegación Venustiano Carranza establezca objetivos, metas e indicadores
anuales para el presupuesto participativo que estén vinculados con el Programa General
de Desarrollo del Distrito Federal correspondiente; y que evalúe su cumplimiento para verificar
la eficacia en el ejercicio de los recursos, de acuerdo con la normatividad aplicable.
4. Resultado
Consulta Ciudadana
En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 29 de septiembre de 2011, fue publicado el Acuerdo
del Consejo General del IEDF por el que se aprueba la Convocatoria para participar en la
Consulta Ciudadana del 13 de noviembre de 2011, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley
de Participación Ciudadana del Distrito Federal. En dicho Acuerdo, se indicó que del 3 al 7 de
octubre de 2011, los habitantes de las colonias y pueblos, conforme a la delimitación geográfica
establecida en el Catálogo de Colonias y Pueblos Originarios 2010, podrían registrar ante
el Coordinador Interno o de Concertación Comunitaria del Comité Ciudadano o Consejo
del Pueblo que les corresponda, los proyectos específicos que consideraran prioritarios.
La convocatoria describe el proceso para registrar los proyectos, los rubros genéricos
y específicos en los que se emplearían los recursos provenientes del destino de gasto
65 “Presupuesto Participativo”; así como las características de los proyectos que se registrarían
en la convocatoria. También establece que las áreas técnicas de las Delegaciones
proporcionarían información y apoyo técnico a los Comités Ciudadanos y Consejos de los
Pueblos, a fin de que éstos seleccionaran un mínimo de dos y un máximo de cinco proyectos
que reunieran las características básicas siguientes: vinculación con un rubro general y un
proyecto específico, costo aproximado del proyecto, cantidad aproximada de habitantes
que serían beneficiados y señalar su ubicación exacta.
El 13 de noviembre de 2011 se realizó la Consulta Ciudadana, la cual se llevó a cabo en dos
etapas: foro informativo y recepción de la opinión ciudadana. En la primera etapa se informaría
399
VOLUMEN 8/17
a los ciudadanos y a la comunidad en general de las colonias o pueblos sobre las características
de los proyectos elegidos por el comité respectivo y su posible impacto; en la segunda se
recibiría la opinión ciudadana para elegir el proyecto que consideraran prioritario realizar
en su colonia o pueblo y, concluida la recepción de opiniones, los responsables de las mesas
receptoras de opinión realizarían el escrutinio y cómputo para obtener los resultados de la
consulta, fijándolos en un lugar visible. Las Direcciones Distritales expidieron las constancias
de validación donde se mostraron los resultados de la Consulta Ciudadana, las cuales
se hicieron llegar a la Delegación para su difusión y ejecución.
Para 2012, en las 80 colonias con que cuenta la Delegación Venustiano Carranza, de acuerdo
con el Anexo 1 “Presupuesto Participativo para Delegaciones”, del Decreto de Presupuesto
de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, se integraron los Comités
Ciudadanos y Consejos de los Pueblos.
En relación con lo anterior, se verificó lo siguiente:
1. Se revisaron 80 constancias de validación de las Direcciones Distritales correspondientes
a igual número de Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos de la demarcación,
en las cuales se asientan los resultados obtenidos de la Consulta Ciudadana de 2012.
2. Se constató que los proyectos que resultaron ganadores, relativos a la muestra de
auditoría, coincidieron con los ejecutados por la Delegación Venustiano Carranza, que
consistieron en obras y servicios para 24 Comités Ciudadanos y Consejos de Pueblos,
mediante el contrato núm. DVC/DGODU/LP/010/2012; por lo expuesto, la Delegación
se ajustó al artículo décimo segundo transitorio, inciso b), del Decreto de Presupuesto
de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, publicado en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2011.
3. La CMHALDF mediante el oficio núm. ASC/13/1603 del 23 de agosto de 2013, solicitó
a la Delegación Venustiano Carranza los programas semestrales de 2012 para la difusión
pública de las acciones y funciones a su cargo, conforme lo establecen los artículos
56 y 57 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal. En respuesta, mediante
el oficio núm. DGA/1539/2013 del 6 de septiembre de 2013, la Delegación proporcionó el
documento “Programa de Difusión de la Coordinación de Comunicación Social 2011”,
que no corresponde a los programas semestrales solicitado.
400
VOLUMEN 8/17
Por no contar con los programas semestrales de 2012 para la difusión pública de las acciones
y funciones a su cargo, la Delegación Venustiano Carranza incumplió los artículos 56 y 57
de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal del 27 de mayo de 2010, vigente en 2012; que establecen:
“Artículo 56. Las autoridades locales del Gobierno del Distrito Federal están obligadas
a establecer un programa semestral de difusión pública acerca de las acciones y funciones a su
cargo en los términos de este capítulo.
”Artículo 57. El programa semestral de difusión pública será aprobado por el Jefe de Gobierno,
tomando en cuenta las opiniones de los Jefes Delegacionales, los Consejos Ciudadanos,
los Consejos del Pueblo y los Comités Ciudadanos, y contendrá información sobre los
planes, programas, proyectos y acciones a cargo de la Administración Pública. En ningún caso
los recursos presupuestarios se utilizarán con fines de promoción de imagen de servidores
públicos, partidos políticos o integrantes a puestos de elección popular.”
En la reunión de confronta, celebrada el 8 de mayo de 2014, mediante el oficio
núm. DGA/0704/2014 del 7 de mayo de 2014, la Directora General de Administración de
la Delegación Venustiano Carranza informó lo siguiente:
“… el programa semestral para la difusión pública de las acciones y funciones a su cargo
de la Delegación Venustiano Carranza fue implementado en ésta demarcación en el primer
semestre de 2013, […] en los años 2011 y 2012 […] se elaboró un documento interno
denominado ‘Programa de difusión de la Coordinación de Comunicación Social.”
En el análisis de la información y documentación proporcionada por la Delegación Venustiano
Carranza, se determinó que para 2012 no fue elaborado el programa semestral para la difusión
pública de las acciones y funciones a su cargo, debido a que se implementó hasta el primer
semestre de 2013, por lo que la presente observación prevalece.
Al respecto, en la revisión de la Cuenta Pública del Distrito Federal de 2011, el Informe
de Auditoría con clave ASC/159/11, practicada a la Delegación Venustiano Carranza,
resultado núm. 4, se consideró el mecanismo para prevenir el incumplimiento en la elaboración
401
VOLUMEN 8/17
y autorización del programa semestral de difusión pública acerca de las acciones y funciones
a cargo del órgano político-administrativo, que contenga los planes, programas, proyectos
y acciones, conforme lo estable la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, misma
que fue atendida y notificada al sujeto fiscalizado mediante el oficio núm. CMH/14/0013
del 15 de enero de 2014. Por ello no se formula una nueva recomendación en el mismo sentido.
5. Resultado
Atribuciones y Marco Jurídico
Para verificar que el órgano político-administrativo contara con las atribuciones para la operación
y ejercicio de los recursos del presupuesto participativo, se analizó la normativa aplicable.
Como resultado de ello, se constató lo siguiente:
La Delegación Venustiano Carranza tiene, entre las atribuciones establecidas para los órganos
político-administrativos en el artículo 39, fracciones LVI y LXXV, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2012, las siguientes:
“LVI. Ejecutar en su demarcación territorial programas de desarrollo social, con la participación
ciudadana, considerando las políticas y programas que en la materia emita la dependencia
correspondiente […]
”LXXV. Realizar recorridos periódicos, audiencias públicas y difusión pública de conformidad
con lo establecido en el Estatuto de Gobierno y en la Ley de Participación Ciudadana.”
Asimismo, el Manual Administrativo (parte de organización) de la Delegación Venustiano
Carranza, con registro núm. MA-02D15-16/09, vigente en 2012, señala entre otras, las siguientes
funciones:
1. Dirección General de Administración:
“Administrar los recursos humanos, materiales y financieros del Órgano Político-Administrativo,
conforme a las políticas, lineamientos criterios y normas establecidas por la Oficialía Mayor
y la Secretaría de Finanzas.
402
VOLUMEN 8/17
”Autorizar y supervisar el registro de las erogaciones realizadas, clasificándolas por objeto
del gasto y por unidades administrativas de responsabilidad.”
2. Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano
“Construir y rehabilitar las vialidades secundarias, las guarniciones y banquetas requeridas
en la Demarcación Territorial.”
3. Dirección Ejecutiva de Participación Ciudadana:
“Asegurar la participación, integración y operación de los órganos de representación ciudadana.
”Coadyuvar con el Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) y el Instituto Federal
Electoral (IFE), en los procesos de participación ciudadana […].
”Diseñar y consolidar estrategias que permitan la participación de la ciudadanía en la definición
y aplicación del gasto público.”
Con el análisis de la información anterior, se concluye que la Delegación Venustiano Carranza,
mediante las funciones básicas de las Direcciones Generales de Administración, y de Obras
y Desarrollo Urbano; así como las específicas de la Dirección Ejecutiva de Participación
Ciudadana, contó con las atribuciones establecidas en el marco jurídico de la materia vigente
en 2012, para el ejercicio de los recursos y las actividades vinculadas al destino de gasto
65 “Presupuesto Participativo”.
6. Resultado
Programa Anual de Obra
Con objeto de verificar que las obras que en 2012 contrató la Delegación Venustiano Carranza
con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se realizaran conforme la
normativa aplicable, se analizó el Programa Anual de Obra Pública de la Delegación, y de su
análisis se constató lo siguiente:
403
VOLUMEN 8/17
Mediante el oficio núm. SFDF/SE/0065/2012 del 2 de enero de 2012, recibido por la Delegación
Venustiano Carranza el 11 de enero del mismo año, la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN
otorgó al órgano político-administrativo la autorización presupuestal para el ejercicio de 2012.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal
vigente en 2012, la Delegación Venustiano Carranza debió publicar su Programa Anual de Obra
Pública en la Gaceta Oficial del Distrito Federal a más tardar el 10 de febrero de 2012;
sin embargo, la Delegación efectuó dicha publicación hasta el 21 de febrero de ese año;
es decir, 11 días naturales después del plazo establecido, por lo que incumplió el artículo 21
de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2012, que instruye: “Las […]
delegaciones […] de la Administración Pública del Distrito Federal, a más tardar dentro de
los treinta días posteriores a la recepción de la autorización presupuestal, darán a conocer
a través de la Gaceta Oficial del Distrito Federal, la disponibilidad de sus programas anuales de
obra pública, salvo que medie causa debidamente justificada para no hacerlo en dicho plazo”.
Se verificó que el Programa Anual de Obra Pública que la Delegación Venustiano Carranza
publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 21 de febrero de 2012, cumplió con el
artículo 8o. del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente
en 2012, respecto de dar “a conocer las características fundamentales de las obras públicas
correspondientes, como tipo de obra, costo estimado, lugar de realización y zonas beneficiadas,
de conformidad con el Código Financiero del Distrito Federal”.
En la reunión de confronta, celebrada el 8 de mayo de 2014, mediante el oficio
núm. DGA/0704/2014 del 7 de mayo de 2014, la Directora General de Administración de
la Delegación Venustiano Carranza informó lo siguiente:
“Solicitamos se reconsidere el resultado emitido, a efecto de que los días que se cuantificaron
para la publicación de nuestro Programa Anual de Obra sean hábiles y no naturales de
conformidad con los argumentos que a continuación vertimos:
”El artículo 21 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2012 señala
lo siguiente:
”Artículo 21. Las […] delegaciones […] de la Administración Pública del Distrito Federal, a más
tardar dentro de los treinta días posteriores a la recepción de la autorización presupuestal,
404
VOLUMEN 8/17
darán a conocer a través de la Gaceta Oficial del Distrito Federal, la disponibilidad de sus
programas anuales de obra pública, salvo que medie causa debidamente justificada para
no hacerla en dicho plazo.
”De la lectura del citado artículo se desprende que se otorga un plazo de ‘30 días posteriores’
a la recepción de la autorización presupuestal para dar a conocer a través de la Gaceta Oficial
del Distrito Federal, la disponibilidad de sus programas de obra. No obstante lo anterior,
el artículo 21 no señala si días a que se refiere son hábiles o naturales.
”En virtud de lo anterior, al no considerar la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal nada
respecto de los días hábiles o naturales, es necesario considerar lo previsto en el artículo 8 de
la referida ley, mismo que a la letra indica:
”Artículo 8o. En lo no previsto por esta Ley, será aplicable el Código Civil para el Distrito Federal
en Materia Común y para toda la República en Materia Federal, el Código de Procedimientos
Civiles para el Distrito Federal y la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público.
”Del artículo transcrito se puede señalar que ante la omisión en el texto de la ley de la regulación
específica a una determinada situación, se acude a la legislación supletoria, que en el caso
de la Ley de Obras Públicas para el Distrito Federal, será aplicable en lo conducente el
Código Civil para el Distrito en Materia Común y para toda la República en Materia Federal,
el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal y la Ley del Régimen Patrimonial
y del Servicio Público.
”En el caso que nos ocupa, la legislación aplicable es el Código de Procedimientos Civiles
para el Distrito Federal, vigente en 2012, mismo que en sus numerales 64, 131 y 136 indica
lo siguiente:
”Artículo 64. Las actuaciones judiciales se practicarán en días y horas hábiles. Son días hábiles
todos los del año, menos los sábados y domingos, y aquellos que las leyes declaren festivos.
”Artículo 131. En ningún término se contarán los días en que no puedan tener lugar actuaciones
judiciales.
405
VOLUMEN 8/17
”Artículo 136. Para fijar la duración de los términos, los meses se regularán por el número
de días que les correspondan, y los días se entenderán de veinticuatro horas naturales,
sin perjuicio de que las actuaciones judiciales se sujeten al horario que establece el artículo 6.
”De la lectura de los numerales antes transcritos se desprende que los plazos y términos deben
contarse en días hábiles y que en ningún caso se contarán días en los que no se puedan tener
actuaciones judiciales, es decir, no se contarán los inhábiles. Si bien es cierto los artículos
transcritos hacen referencia a actuaciones judiciales, también lo es que acudimos a ellos
por supletoriedad (la ley de la materia no lo regula) y se acredita que no lo tiene que regular
de forma textual, por lo que es dable que en el caso que nos ocupa sean aplicables estos
artículos en virtud de que guardan igualdad esencial de los hechos.
”En este tenor, me permito señalar el siguiente criterio jurisdiccional:
”Época: Séptima Época, Registro: 255302, Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito, Tipo
de Tesis: Aislada, Fuente: Semanario Judicial de la Federación, Volumen 70, Sexta Parte,
Materia(s): Administrativa, Tesis: Página: 53
”Plazos procesales. Se computan por días hábiles.
”Los plazos procesales corren a partir del día siguiente al en que surta efectos la notificación
respectiva y en ellos sólo deben computarse los días hábiles, salvo que la ley aplicable,
de modo claro y categórico, expresamente disponga otra cosa. Por lo tanto, si, en el caso,
el día 20 de agosto de 1973 la quejosa fue notificada de la resolución administrativa, y el día
29 siguiente interpuso en su contra el recurso de inconformidad, el cómputo del plazo de ocho
días establecido por el artículo 124 del Reglamento de la Distribución de Gas, debe hacerse
de acuerdo con lo preceptuado en los artículos 284, 286 y 321 del Código Federal de
Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, y establecerse que la instancia fue oportuna.
”Amparo en revisión 462/74, Gas Elsa, S.A., 31 de octubre de 1974. Unanimidad de votos.
Ponente: Juan Gómez Díaz. Secretaria: María Soledad Hernández de Mosqueda.
”En este orden de ideas, si consideramos que de acuerdo con la legislación supletoria así como
el criterio jurisdiccional invocado, los plazos concedidos sólo se cuentan en días hábiles,
406
VOLUMEN 8/17
a menos que haya disposición expresa en la ley, circunstancia que no ocurre en la especie,
es de concluir que el plazo de 30 días que señala el artículo 21 de la Ley de Obras Públicas
del Distrito Federal se refiere a días hábiles.
”En tal sentido, considerando únicamente los días hábiles, el 21 de febrero de 2012 era el día
28 del plazo de 30 días a que se refiere el artículo 21 de la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal, razón por la cual, no existe motivo por el que señale omisión y/o incumplimiento
al artículo 21 de la normatividad que nos ocupa.
”Lo anterior se refuerza si consideramos lo que también prescribe el multicitado numeral 21
de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, en el sentido de que se darán a conocer
la disponibilidad de los programas de obra ‘dentro de los treinta días posteriores a la recepción
de la autorización presupuestal, darán a conocer a través de la Gaceta Oficial del Distrito
Federal’, es decir, que la publicación […] puede hacerse en cualquiera de los treinta días de
referencia; sin embargo, toda vez que no refiere a días naturales y considerando que dicho
órgano de información sólo hace publicaciones de lunes a viernes e incluso sus oficinas
no laboran los días inhábiles, sólo se estaría en posibilidad de publicarlo dentro del periodo
de 21 días, lo cual notoriamente contravendría lo que la ley expresamente señala.
”Asimismo, si los días a que se refiere el artículo 21 de la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal fueran naturales, ello implicaría que este Órgano Político Administrativo sólo tendría
21 días efectivos para poder cumplimentar lo ordenado en tal artículo, en virtud de que en
9 días sería materialmente imposible cumplir, lo cual refuerza el argumento de que los días
a los que se refiere el artículo 21 multicitado, son días hábiles.”
En el análisis de la información y documentación proporcionadas por la Delegación Venustiano
Carranza, se determinó que, en razón de que la observación se deriva de un acto administrativo
y no de una actuación judicial, no le es aplicable la normativa invocada; por tanto, se ratifica
que ésta no dio a conocer la disponibilidad de sus programas anuales de obra pública en
el plazo establecido y, en su momento, tampoco justificó debidamente la causa para no hacerlo
en dicho plazo, por lo que la presente observación prevalece.
En la revisión de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2011, el Informe
de Auditoría con clave ASC/159/11, practicada a la Delegación Venustiano Carranza,
407
VOLUMEN 8/17
resultado núm. 3, se consideró el mecanismo para prevenir el incumplimiento de los plazos
establecidos para la publicación del PAO del órgano político-administrativo, misma que fue
atendida y notificada al sujeto fiscalizado mediante el oficio núm. CMH/13/1145 del 15 de
noviembre de 2013. Por ello no se formula una nueva recomendación en el mismo sentido.
7. Resultado
Gasto Aprobado
El Anexo 1 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de diciembre de 2011,
señala que a la Delegación Venustiano Carranza le corresponderían recursos del presupuesto
participativo por 45,820.0 miles de pesos.
En congruencia con lo anterior, mediante el oficio núm. SFDF/SE/0065/2012 del 2 de enero
de 2012, la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN comunicó al Jefe Delegacional en
Venustiano Carranza el techo presupuestal aprobado por el órgano legislativo. En el Anexo del
oficio referido se señalan: “Recursos Etiquetados en el Decreto de Presupuesto de Egresos
del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012”, y establece que “conforme al artículo
transitorio décimo primero del Decreto de Presupuesto de Egresos, se deberá etiquetar
con el DG 65, los montos establecidos en el Anexo 1”, para lo cual dispuso de un importe
de 45,820.0 miles de pesos.
La Delegación Venustiano Carranza informó que, mediante el oficio núm. SFDF/SE/990/2012
del 30 de enero de 2012, el Subsecretario de Egresos de la SEFIN remitió el calendario
presupuestal definitivo autorizado, en el cual se verificó que no se establecieron los recursos
para el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
Con la nota informativa sin número del 19 de marzo de 2014, la Directora General
de Administración informó que “efectivamente […] en dicho calendario la Secretaría de
Finanzas no identificó los recursos del Presupuesto Participativo con el destino de gasto 65
[…] una vez aprobado el calendario presupuestal, se procedió a realizar las afectaciones
programático presupuestales para etiquetar e identificar los recursos destinados a los proyectos
ganadores de la consulta ciudadana del presupuesto participativo 2012”.
408
VOLUMEN 8/17
Por lo anterior, se constató que la Delegación Venustiano Carranza contó con la aprobación
de la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN de los recursos para el presupuesto participativo,
conforme al monto establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal
para el Ejercicio Fiscal 2012.
8. Resultado
Gasto Modificado
Con objeto de verificar que el presupuesto modificado coincidiera con el reportado por
la Delegación Venustiano Carranza para la integración de la Cuenta Pública del Gobierno del
Distrito Federal de 2012, y que éste se encontrara debidamente soportado, se analizaron
las afectaciones y los movimientos que modificaron el presupuesto original del rubro sujeto
a revisión.
Se analizaron las afectaciones programático-presupuestarias y la información presupuestaria,
observándose que de los 45,820.0 miles de pesos que se le asignaron originalmente,
la Delegación modificó su presupuesto a 45,691.8 miles de pesos, que representaron una
disminución de 128.2 miles de pesos (0.3%).
En razón de que en el calendario presupuestal no se etiquetaron los recursos para el destino de
gasto 65, el órgano político-administrativo realizó 22 afectaciones programático-presupuestales:
9 adiciones compensadas para reclasificar los recursos y asignarlos al presupuesto participativo,
2 reducciones líquidas y 11 con efecto neto cero. Los movimientos presupuestales fueron
los siguientes:
(Miles de pesos)
Concepto Parcial Total
Presupuesto asignado
0.0
Reclasificación de recursos 59,916.9
Reducciones compensadas y líquidas (14,225.1)
Presupuesto modificado
45,691.8
Presupuesto ejercido
45,691.8
Diferencia
0.0
409
VOLUMEN 8/17
En la revisión y análisis de las afectaciones programático-presupuestarias y de la información
presupuestaria, se determinó que la variación entre el presupuesto aprobado para el destino
de gasto 65 “Presupuesto Participativo” y el presupuesto modificado se debió principalmente
a las economías obtenidas por la Delegación.
Asimismo, se constató que el presupuesto original que la Delegación Venustiano Carranza
reportó para la integración de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012,
coincidió con el que le comunicó la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, mediante el oficio
núm. SFDF/SE/990/2012 del 30 de enero de 2012; que los presupuestos modificado y ejercido
integrados por la CMHALDF, correspondieron a los consignados en la Cuenta Pública
referida; y finalmente se verificó que el sujeto fiscalizado contó con los recursos asignados
al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, antes de establecer compromisos como
resultado de la Consulta Ciudadana de 2012.
9. Resultado
Gasto Comprometido
En 2012, la Delegación Venustiano Carranza ejerció recursos por 45,691.8 miles de pesos
del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, con cargo a los capítulos 2000 “Materiales
y Suministros“, por 9,117.6 miles de pesos (20.0%); 4000 “Transferencia, Asignaciones,
Subsidios y Otras Ayudas” por 3,436.5 miles de pesos (7.5%); 5000 “Bienes Muebles,
Inmuebles e Intangibles”, por 572.0 miles de pesos (1.2%); y 6000 “Inversión Pública”, por
32,565.7 miles de pesos (71.3%).
Del total de los recursos ejercidos en el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”
(45,691.8 miles de pesos), se determinó una muestra de auditoría de 13,202.0 miles de
pesos (28.9%), y correspondió a la partida presupuestal 6221 “Edificación no Habitacional”,
al amparo del contrato núm. DVC/DGODU/LP/010/2012 con la empresa Ingeniería Regional
de Veracruz, S.A. de C.V., adjudicado mediante el procedimiento de licitación pública
nacional núm. 3000-1061-004-12; y su convenio modificatorio de ampliación de plazo
núm. DVC/DGODU/LP/010/12-CM-01 del 16 de octubre de 2012.
410
VOLUMEN 8/17
A fin de constatar que el sujeto fiscalizado se ajustara a la normatividad aplicable, se revisó
el procedimiento de adjudicación, el contrato anteriormente mencionado y su convenio
modificatorio. Sobre el particular, se observó lo siguiente:
1. La Delegación Venustiano Carranza emitió la convocatoria núm. 002/12, para la licitación
pública núm. 3000-1061-004-12, relativa a la realización de la obra pública consistente
en la renovación y rehabilitación de banquetas y guarniciones en 24 colonias de diferentes
Comités Ciudadanos y Consejos de Pueblos de la mencionada Delegación. Dicha
convocatoria se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 12 de julio de 2012
y se sujetó a los artículos 23, 24 y 25 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal,
vigente en 2012.
2. Con base en el dictamen y el acta de fallo del 31 de julio y 1o. de agosto de 2012,
respectivamente, la Delegación Venustiano Carranza adjudicó al contratista Ingeniería
Regional de Veracruz, S.A. de C.V., el contrato a base de precios unitarios y por unidad
de trabajo terminado núm. DVC/DGODU/LP/010/2012, por un importe de 13,202.0 miles de
pesos (IVA incluido), en razón de que dicha empresa ofreció las mejores condiciones
legales, técnicas, económicas, financieras y administrativas para realizar los trabajos de
renovación y rehabilitación de banquetas y guarniciones en 24 colonias de la demarcación,
de conformidad con los artículos 39, 40 y 41 de la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal vigente en 2012.
3. El expediente del procedimiento de licitación pública núm. 3000-1061-004-12, se encontró
soportado con la publicación de la convocatoria, contrato, garantía de cumplimiento de las
propuestas y del contrato, póliza de seguro de responsabilidad civil para garantizar
la reparación total de los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar a terceros, póliza de
seguro vicios ocultos, bases, actas de las distintas etapas del procedimiento y dictamen
del fallo.
4. El objeto del contrato núm. DVC/DGODU/LP/010/2012 del 1o. de agosto de 2012, suscrito
por la Delegación Venustiano Carranza con el contratista Ingeniería Regional de Veracruz,
S.A. de C.V., fue la realización de una obra, que consistió en la renovación y rehabilitación
de banquetas y guarniciones en 24 colonias de diferentes Comités Ciudadanos y Consejos
411
VOLUMEN 8/17
de Pueblos de la Delegación, como son: Aztecas, Emilio Carranza, Felipe Ángeles,
Michoacana, Michoacana (ampliación), Venustiano Carranza, Centro I, Centro II, Morelos I,
Morelos II, Aeronáutica Militar, El Parque, Merced Balbuena, Moctezuma 1a. sección,
Sevilla, 24 de Abril, Jardín Balbuena II, Federal, Industrial Puerto Aéreo (fraccionamiento.),
Valentín Gómez Farías, Ignacio Zaragoza I, Ignacio Zaragoza II, Jardín Balbuena I, y Aarón
Sáenz; de acuerdo con las constancias de validación de los proyectos ganadores
o prioritarios emitidas por el IEDF. Dicho contrato se celebró conforme a los artículos 23;
24, párrafo segundo, inciso a); y 25, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal
vigente en 2012.
El convenio modificatorio de ampliación de plazo núm. DVC/DGODU/LP/010/12-CM-01
del 16 de octubre de 2012, se suscribió en razón de que se presentaron inconvenientes
en seis colonias de la Delegación Venustiano Carranza, debido a que fue la temporada
de romerías y no se permitió el acceso a las calles, ya que se encontraban ocupadas
por puestos y vehículos; por lo que se tuvo que otorgar una prórroga en el plazo original
(3 de diciembre de 2012) hasta el 31 de diciembre de 2012.
5. De conformidad con el contrato núm. DVC/DGODU/LP/010/2012 y el convenio modificatorio
de ampliación de plazo núm. DVC/DGODU/LP/010/12-CM-01, la ejecución de las obras
contratadas fue del 2 de agosto al 31 de diciembre de 2012.
6. La Delegación Venustiano Carranza no otorgó anticipos para la realización de las obras,
de conformidad con la cláusula quinta del contrato núm. DVC/DGODU/LP/010/2012.
7. Se verificó que el contrato anteriormente mencionado, cumplió con los requisitos que
establece el artículo 46 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2012.
8. De acuerdo con la cláusula octava del contrato “Garantías”, el contratista Ingeniería Regional
de Veracruz, S.A. de C.V., presentó en tiempo y conforme a los montos establecidos, las
pólizas de fianza para garantizar el cumplimiento del contrato, de responsabilidad civil
para garantizar la reparación total de los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar
a terceros y para responder por vicios ocultos o por cualquier otra responsabilidad, en
cumplimiento de los artículos 35, fracción III; 36; y 58, segundo párrafo, de la Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal; y 35 y 36 de su Reglamento, ambos vigentes en 2012.
412
VOLUMEN 8/17
9. Según la consulta realizada por la CMHALDF el 13 de marzo de 2014 a los sitios
de Internet de la SFP y de la CGDF, el contratista Ingeniería Regional de Veracruz,
S.A. de C.V., no se encuentra en los listados de proveedores sancionados que publican
dichas instancias en sus sitios oficiales, conforme al artículo 37, fracción XI-BIS, de la Ley
de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2012.
10. Resultado
Gasto Devengado
Se observó que de conformidad con el contrato núm. DVC/DGODU/LP/010/2012 y el convenio
modificatorio de ampliación de plazo núm. DVC/DGODU/LP/010/12-CM-01 del 16 de octubre
de 2012, la ejecución de las obras contratadas inició el 2 de agosto y debió concluir el 31 de
diciembre de 2012; sin embargo, como consta en el acta de entrega-recepción de los trabajos,
ésta no se concluyó hasta el 9 de enero de 2013; es decir, nueve días posteriores a la fecha
de conclusión estipulada. Al respecto, se constató que la Delegación Venustiano Carranza
determinó y cobró la penalización correspondiente, de conformidad con la cláusula décima
sexta del contrato, por un importe de 237.6 miles de pesos.
En cuanto a la documentación que ampara la recepción de los trabajos contratados,
la Delegación proporcionó los oficios sin número de notificación de terminación de los trabajos
del 9 de enero de 2013, suscrito por la empresa Ingeniería Regional de Veracruz, S.A. de C.V.;
el acta de verificación de terminación de los trabajos se realizó el mismo 9 de enero de 2013;
y el acta de entrega-recepción física de los trabajos el 31 de enero de 2013. Las actas
antes señaladas están firmadas por el personal de la Dirección y Subdirección de Obras,
la supervisión externa y la representante legal de la empresa contratista. Cabe señalar que
mediante los oficios núms. DGODU/0088/13 y DGODU/0089/13, ambos del 18 de enero
de 2013, se invitó a la CGDF y a la Contraloría Interna en el órgano político-administrativo,
respectivamente, para que asistieran al acto de entrega-recepción de los trabajos realizados;
sin embargo, no se contó con su asistencia.
De acuerdo con la verificación física efectuada el 25 de marzo de 2014 por personal
de la CMHALDF y de la Delegación Venustiano Carranza, con la finalidad de constatar la
realización de las obras objeto del contrato núm. DVC/DGODU/LP/010/2012, se comprobó
413
VOLUMEN 8/17
que éstas correspondieron a la descripción establecida en el contrato y a lo indicado en
las constancias de validación del proyecto ganador, emitidas como resultado de la Consulta
Ciudadana celebrada el 13 de noviembre de 2011.
11. Resultado
Gasto Registrado y Ejercido
Con el propósito de verificar que los pagos realizados por la Delegación Venustiano Carranza
con cargo al capítulo 6000 “Inversión Pública”, partida 6221 “Edificación no Habitacional”,
estuvieran respaldados con la documentación justificativa y comprobatoria de la obra;
y que el registro presupuestal se hubiese sujetado a la normatividad aplicable, se analizó la
documentación soporte de la muestra por un importe de 13,202.0 miles de pesos (IVA incluido),
contenida en las 10 CLC que se relacionan a continuación:
(Miles de pesos)
Cuenta por Liquidar Certificada Factura Importe
Número Fecha Número Fecha
10000039 22/X/12 195 28/XII/12 1,131.9
10000041 25/X/12 204 31/VII/12 1,102.8
10000046 25/X/12 194 10/VIII/12 189.2
10000070 3/XII/12 209 20/VIII/12 1,896.5
10000083 12/XII/12 217 31/VIII/12 594.7
10000098 18/XII/12 220 16/VII/12 849.9
10000105 19/XII/12 221 31/VII/12 363.4
10000146 31/XII/12 226 15/VIII/12 2,095.7
10000180 31/XII/12 232 1/IX/12 3,657.7
10000181 31/XII/12 233 17/IX/12 1,320.2
13,202.0
Del análisis a la documentación que soporta los pagos realizados, se observó lo siguiente:
1. La Delegación Venustiano Carranza contó con la documentación comprobatoria de
10 facturas, en cumplimiento del artículo 69, fracciones I y III, de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012; asimismo, las facturas cumplieron los
requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.
414
VOLUMEN 8/17
2. Los trabajos contratados fueron pagados por la Delegación Venustiano Carranza con base
en 10 estimaciones que abarcaron los conceptos de trabajo ejecutados mensualmente;
de las cuales, nueve fueron presentadas por el contratista a la residencia de supervisión
dentro de los cuatro días hábiles siguientes a la fecha de corte para la elaboración de las
mismas, que sería el día 15 de cada mes, de conformidad con la cláusula séptima del
contrato núm. DVC/DGODU/LP/010/2012; la otra restante fue presentada por el contratista
a la residencia de supervisión con un día posterior de desfase al plazo establecido.
Al respecto, se constató que la Delegación Venustiano Carranza determinó y cobró
la penalización correspondiente por un importe de 1.1 miles de pesos, de conformidad
con la cláusula antes citada.
3. Se observó que el registro presupuestal de la operación revisada se llevó a cabo conforme
al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2012.
4. De las 10 CLC mediante las cuales la Delegación Venustiano Carranza efectuó los pagos
al contratista Ingeniería Regional de Veracruz, S.A. de C.V., se determinó que éstas fueron
elaboradas y autorizadas por los servidores públicos inscritos en la Cédula de Registro
de Firmas de los Servidores Públicos Facultados para Elaborar y Autorizar las CLC
y contaron con su documentación soporte, que consistió en factura, control de estimaciones
(estado contable), carátula de estimación, hoja de resumen, resumen por frente de trabajo,
control acumulativo de estimación, números generadores de obra, reporte fotográfico, hoja
viajera, croquis de la obra y bitácora de obra, de conformidad con el artículo 69, fracción III,
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2012.
12. Resultado
Gasto Pagado
Con objeto de verificar que la Delegación Venustiano Carranza contara con la documentación
que reflejara la cancelación total de las obligaciones contraídas mediante los contratos
correspondientes a la muestra de auditoría, la CMHALDF por medio del oficio núm. ASC/14/0318
del 13 de febrero de 2014, solicitó al contratista Ingeniería Regional de Veracruz, S.A. de C.V.,
con quien la Delegación celebró el contrato núm. DVC/DGODU/LP/010/2012, la confirmación
de operaciones, relación de pagos, copia de las facturas emitidas, documentación que acredite
la entrega de las obras y, en su caso, el importe de las penas convencionales aplicadas.
415
VOLUMEN 8/17
En respuesta, el contratista Ingeniería Regional de Veracruz, S.A. de C.V., mediante escrito
de fecha 21 de febrero de 2014, remitió la documentación solicitada. En su análisis, se constató
que los importes consignados en las facturas, control de estimaciones, cálculo y cobro de
penalizaciones aplicadas y acta de entrega-recepción, coincidieron con los importes
proporcionados por la Delegación Venustiano Carranza.
13. Resultado
Informes del Compromiso y Ejecución
En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de diciembre de 2011, se publicó el Decreto
de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, que en su artículo
décimo segundo transitorio, inciso f), establece: “Los Jefes Delegacionales entregarán cuatro
informes del compromiso y la ejecución de los recursos aplicados al presupuesto participativo,
por colonia y por pueblo originario, a más tardar el 30 de marzo, el 30 de junio, el 30 de
septiembre y el 5 de diciembre de 2012, mismos que serán turnados al Jefe de Gobierno
del Distrito Federal, a la Contraloría General del Distrito Federal a efecto de que evalúe
su aplicación y cumplimiento, así como a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal…”.
Los informes mencionados se entregaron en las fechas que se señalan a continuación:
Número de informe
Número de oficio
Destinatario Fecha
de oficio Fecha
de acuse Fecha límite
de cumplimiento Días
de desfase
JD/059/2012 JGDF 18/V/12 21/V/12 30/III/12 51
1 JDI/060/2012 CGDF 18/V/12 21/V/12 30/III/12 51
JDI/062/2012 ALDF 18/V/12 21/V/12 30/III/12 51
2 JD/086/2012 JGDF 28/VI/12 29/VI/12 30/VI/12 0
JD/003/2012 JGDF 10/X/12 10/X/12 30/IX/12 10
3 JD/004/2012 CGDF 10/X/12 10/X/12 30/IX/12 10
JD/002/2012 ALDF 10/X/12 10/X/12 30/IX/12 10
JD/078/2012 JGDF 5/XII/12 6/XII/12 5/XII/12 1
4 JD/079/2012 CGDF 5/XII/12 6/XII/12 5/XII/12 1
JD/080/2012 ALDF 5/XII/12 6/XII/12 5/XII/12 1
JD/088/2012 CGDF 28/VI/12 29/VI/12 30/VI/12 0
JD/089/2012 ALDF 28/VI/12 29/VI/12 30/VI/12 0
JGDF: Jefatura de Gobierno del Distrito Federal. CGDF: Contraloría General del Distrito Federal. ALDF: Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
416
VOLUMEN 8/17
Por los desfases en el envío del primero, tercero y cuarto informes del compromiso y la ejecución
de los recursos aplicados al presupuesto participativo, a la Jefatura de Gobierno del Distrito
Federal, a la ALDF y a la CGDF, la Delegación Venustiano Carranza incumplió el artículo
décimo segundo transitorio, inciso f), del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito
Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
del 30 de diciembre de 2011, citado al inicio del presente resultado.
No obstante lo anterior, en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para
el Ejercicio Fiscal 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de diciembre
de 2012, no se establece que las Delegaciones tengan la obligación de presentar los informes
del compromiso y la ejecución de los recursos aplicados al presupuesto participativo, por
colonia y por pueblo originario, por lo que no se emite recomendación para la observación
formulada en el presente resultado.
417
VOLUMEN 8/17
II.17. DELEGACIÓN XOCHIMILCO
II.17.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS
II.17.1.1. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA”
Auditoría ASC/169/12
ANTECEDENTES
La Delegación Xochimilco ocupó el noveno lugar respecto del presupuesto ejercido en 2012
por las 16 Delegaciones (23,674,425.9 miles de pesos), con un monto de 1,179,321.4 miles de
pesos, que representó el 5.0% del total erogado por dichos órganos político-administrativos
y significó un decremento de 1.4% (16,645.0 miles de pesos) con relación al presupuesto
original (1,196,266.4 miles de pesos).
En lo relativo al capítulo 6000 “Inversión Pública”, en 2012, la Delegación registró un
presupuesto original de 208,498.9 miles de pesos y ejerció un monto de 138,610.6 miles
de pesos, es decir, 11.8% (69,888.3 miles de pesos) menos que lo previsto. Respecto
a los 185,563.5 miles de pesos ejercidos en 2011, se registró un decremento de 25.3%
(46,952.9 miles de pesos).
OBJETIVO
El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación
Xochimilco en el capítulo 6000 “Inversión Pública” se haya registrado, aprobado, modificado,
comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con la normatividad
y ordenamientos aplicables.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
La selección de la presente auditoría se basó en los criterios generales “Importancia
Relativa” y “Exposición al Riesgo”, contenidos en el Manual de Selección de Auditorías
formulado por la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal (CMHALDF).
418
VOLUMEN 8/17
“Importancia Relativa”. Se consideró el capítulo 6000 “Inversión Pública” porque en 2012
el presupuesto ejercido (138,610.6 miles de pesos) por la Delegación Xochimilco con cargo
a este capítulo fue menor en 11.8% (69,888.3 miles de pesos) que la asignación original
(208,498.9 miles de pesos), y representó una diferencia de 25.3% (46,952.9 miles de
pesos) con relación al presupuesto ejercido en 2011 (185,563.5 miles de pesos).
“Exposición al Riesgo”. El capítulo y la partida citados se seleccionaron por estar propenso
a errores, desperdicio, irregularidades, ineficiencias o incumplimiento de objetivos y metas,
como se ha observado en auditorías de ejercicios anteriores.
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, párrafo primero; 74, fracción VI;
y 122, apartado C, base primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;
2o., fracción X, inciso a); 3o.; 8o., fracciones I, II, III, V, VI, VIII, IX, XIII, XVI y XIX; 27; 28;
y 30 de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa
del Distrito Federal; y 1o., 13 y 16 del Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de
Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
El alcance de la auditoría es resultado de los trabajos de planeación correspondientes.
Una vez integrado el 100.0% de los 138,610.6 miles de pesos ejercidos en 2012 por la
Delegación Xochimilco con cargo al capítulo 6000 “Inversión Pública”, se determinaron
como muestra de auditoría 81 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) correspondientes
a las partidas de gasto 6121 “Edificación no Habitacional” y 6151 “Construcción de Vías
de Comunicación”. El conjunto de estas partidas importó 29,584.1 miles de pesos.
La auditoría se llevó a cabo en la Dirección General de Administración de la Delegación
Xochimilco, por ser la unidad administrativa encargada de registrar las operaciones
financieras, así como en la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, toda vez
que se responsabilizaron de conservar la documentación justificativa y comprobatoria
del gasto. Se aplicaron procedimientos de auditoría en las áreas que intervinieron
419
VOLUMEN 8/17
en la operación del rubro revisado, con objeto de que los resultados obtenidos permitieran
conocer la razonabilidad del uso y destino de los recursos.
A las áreas de la Delegación Xochimilco, encargadas del registro y control de las operaciones
relacionadas con el ejercicio de los recursos correspondientes al capítulo 6000 “Inversión
Pública”, se les solicitó información específica sobre el rubro objeto de revisión y les fueron
aplicados cuestionarios de control interno.
Se revisó el Manual Administrativo de la Delegación Xochimilco vigente en 2012, tanto en su
parte de organización como en la de procedimientos, para verificar que la organización de
dicha Delegación fuera acorde con la estructura orgánica dictaminada y que los procedimientos
aplicables al rubro objeto de revisión estuvieran dictaminados y registrados por la Coordinación
General de Modernización Administrativa (CGMA).
Se realizaron pruebas de cumplimiento en cuanto al registro y control de las operaciones
relacionadas con las partidas de la muestra de auditoría. Dichas pruebas consistieron en
lo siguiente:
1. Revisar que la contratación de obra pública se haya ajustado a los procedimientos de
adjudicación (directa, invitación restringida a cuando menos tres proveedores y licitación
pública nacional o internacional) establecidos en la normatividad aplicable.
2. Verificar que se hayan formalizado contratos con contratistas que no se encontraran
inhabilitados por la Contraloría General del Distrito Federal o por la Secretaría de la Función
Pública.
3. Constatar que se hayan cumplido los contratos celebrados.
4. Revisar que los contratistas hayan entregado comprobantes de pago a nombre del
Gobierno del Distrito Federal y que éstos hayan reunido los requisitos fiscales del Código
Fiscal de la Federación.
5. Verificar que los pagos realizados por la Delegación efectivamente hayan sido por la
recepción de obras realizadas que cumplieran las condiciones pactadas en los contratos
y la normatividad aplicable.
420
VOLUMEN 8/17
6. Comprobar que los recursos ejercidos hayan sido registrados de acuerdo con su
naturaleza, conforme al concepto presupuestal establecido en el Clasificador por Objeto
del Gasto del Gobierno del Distrito Federal.
Las pruebas sustantivas llevadas a cabo fueron las siguientes:
Pruebas de detalle:
1. Realizar confirmaciones de operaciones con los contratistas relacionados con recursos
ejercidos con cargo al capítulo 6000 “Inversión Pública”.
2. Verificar que las afectaciones presupuestales hayan sido requisitadas y tramitadas
oportunamente y que contaran con la autorización y documentación soporte
correspondiente; asimismo, constatar que el presupuesto modificado estuviera
respaldado con dicha documentación.
3. Constatar que el presupuesto ejercido en las operaciones seleccionadas como
muestra se encontrara soportado con la documentación justificativa y comprobatoria
correspondiente.
Procedimientos analíticos sustantivos:
1. Verificar que el presupuesto aprobado para la Delegación correspondiera con el establecido
en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012
y que el ejercido correspondiera con las operaciones realizadas y con lo reportado en
la Cuenta Pública de 2012.
2. Verificar que los recursos ejercidos en las operaciones seleccionadas como muestra
se haya otorgado de acuerdo con el marco normativo aplicable.
3. Verificar que las operaciones seleccionadas como muestra se hayan registrado
presupuestalmente de conformidad con el Clasificador por Objeto del Gasto del Gobierno
del Distrito Federal.
421
VOLUMEN 8/17
Para determinar la muestra sujeta a revisión de las erogaciones efectuadas y registradas
en la Delegación Xochimilco con cargo al capítulo 6000 “Inversión Pública”, se observaron
los siguientes criterios:
1. Se estratificó el universo (capítulo 6000 “Inversión Pública”, por un importe de
138,610.6 miles de pesos) por partida.
(Miles de pesos y por cientos)
Capítulo/partidas Presupuesto
ejercido
Participación respecto
al capítulo (%)
Participación respecto
al ejercido (%)
6000 “Inversión Pública”
6121 “Edificación no Habitacional“ 71,904.1 51.9 6.1
6141 “División de Terrenos y Construcción de Obras de Urbanización Material”
52,547.0 37.9 4.5
6151 “Construcción de Vías de Comunicación” 9,465.8 6.8 0.8
6191 “Trabajos de Acabados en Edificaciones y Otros Trabajos Especializados”
4,693.7 3.4 0.4
Total ejercido en el capítulo 6000 138,610.6 100.0 11.8
2. La muestra se definió conforme a la Norma Internacional de Auditoría 530 “Muestreo
de Auditoría” de las Normas de Auditoría para Atestiguar, Revisión y otros Servicios
Relacionados, emitidas por la International Federation of Accountants y adoptadas por
el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C.
3. Se consideraron las partidas que cumplieran las siguientes condiciones:
a) Mayor participación en el ejercicio del presupuesto del capítulo 6000 “Inversión
Pública”.
b) Con base en el criterio “Importancia Relativa”, se identificaron y seleccionaron las
partidas que presentaran las variaciones más significativas en el ejercicio de los
recursos con cargo al capítulo 6000 “Inversión Pública”; y en función del criterio
“Presencia y Cobertura”, se incorporaron partidas con asignaciones presupuestales
significativas o no, a fin de garantizar que, eventualmente, todas las partidas fueron
susceptibles de ser auditadas.
422
VOLUMEN 8/17
4. Para las partidas cuyos recursos fueron aplicados y señalados en la justificación del
proyecto de auditoría, se determinó el monto ejercido que representó el peso específico
más alto en relación con el presupuesto ejercido en cada partida.
5. Como resultado de lo anterior, se determinó revisar una muestra de 81 CLC, por un
monto de 29,584.1 miles de pesos, que representa el 21.4% del gasto total ejercido
con cargo al capítulo 6000 “Inversión Pública” (138,310.6 miles de pesos), como se
muestra en el siguiente cuadro:
(Miles de pesos y porcientos)
Capítulo/partidas
Universo Muestra
Importe Número de CLC
% Importe Número de CLC
Participación respecto
de la partida (%)
Participación respecto
del capítulo (%)
6000 “Inversión Pública”
6121 “Edificación no Habitacional“ 71,904.1 307 51.9 20,871.0 63 29.0 15.1
6151 “Construcción de Vías de Comunicación”
9,465.8 19 6.8 8,713.1 18 92.0 6.3
Otras partidas (2) 57,240.7 174 41.3 – – – –
Total ejercido en el capítulo 6000 138,610.6 500 100.0 29,584.1 81 21.4
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
Con la finalidad de contar con una base sobre la cual determinar la naturaleza, extensión
y oportunidad de las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el manual
administrativo (apartados de organización y de procedimientos) de la Delegación Xochimilco
vigente en 2012, para identificar la estructura orgánica; así como los objetivos, funciones
y atribuciones de las unidades administrativas que las integran, específicamente aquellas
que intervinieron en el rubro objeto de la revisión. Asimismo, se verificaron los procedimientos
aplicados por las unidades administrativas responsables de registrar, aprobar, modificar,
comprometer, devengar, ejercer y pagar las erogaciones efectuadas con cargo al capítulo
6000 “Inversión Pública”; y se constató si éstos garantizaron razonablemente el cumplimiento
de las leyes, reglamentos, normas, políticas y otras disposiciones de observancia obligatoria.
En forma adicional, se realizaron entrevistas con los servidores públicos de la Dirección
General de Administración en la Delegación Xochimilco que tuvieron relación con el ejercicio
423
VOLUMEN 8/17
de recursos del capítulo 6000 “Inversión Pública”, se verificó que los gastos hubiesen sido
autorizados por los servidores públicos facultados para ello, y se identificaron los riesgos
de las operaciones revisadas y los objetivos específicos de control.
Como resultado del estudio y evaluación del control interno, en cuanto al ejercicio del
presupuesto del capítulo 6000 “Inversión Pública”, se determinó que la Delegación Xochimilco
cuenta con mecanismos que, en general, hacen factible la administración de riesgos de
irregularidades e ineficiencias. Asimismo, se constató que las áreas están estructuradas
conforme a las funciones asignadas en los manuales de organización de la Delegación, lo cual
contribuye al cumplimiento de la normatividad, así como a la supervisión y control de las
operaciones para validar las erogaciones del rubro sujeto a revisión, lo que a su vez permite
delimitar las responsabilidades de los servidores públicos. Sin embargo, la Delegación
presentó deficiencias de control interno que, de manera específica, se señalan en el apartado
de resultados de este informe.
RESULTADOS
Control Interno
1. Resultado
Estructura Orgánica
Mediante el oficio núm. OM/0406/2009 del 12 de marzo de 2009, la Oficialía Mayor
notificó a la Delegación Xochimilco el dictamen de estructura orgánica núm. 3/2009 y los
organigramas del órgano político-administrativo. Dicho dictamen entró en vigor el 1o. de enero
de 2009 y permaneció vigente hasta el 15 de noviembre de 2009.
Con el oficio núm. CG/587/2009 del 11 de noviembre de 2009, la Contraloría General del
Distrito Federal informó a la Delegación Xochimilco la aprobación de la reestructura orgánica
en alcance al dictamen núm. 3/2009. Dicho dictamen entró en vigor a partir del 16 de noviembre
de 2009 y permaneció vigente en 2012.
424
VOLUMEN 8/17
La estructura orgánica correspondiente al dictamen núm. 3/2009 vigente en 2012 se integra
por la Oficina del Jefe Delegacional y seis Direcciones Generales. Esta estructura, derivada
de la reorganización de sus unidades administrativas, fue dispuesta con base en el esquema de
costos compensados, por lo que los recursos financieros para sostenerla estaban debidamente
autorizados, como se muestra a continuación:
Estructura orgánica núm. 3/2009 Plazas
Oficina del Jefe Delegacional 37
Dirección General Jurídica y de Gobierno 28
Dirección General de Administración 32
Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano 19
Dirección General de Servicios Urbanos 15
Dirección General de Desarrollo Social 17
Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo Rural 14
Total 162
Manual Administrativo
Se constató que en 2012 la Delegación contó con su manual administrativo (partes de
organización y procedimientos), el cual fue autorizado por la CGMA y difundido entre los
servidores públicos responsables de su aplicación.
Con el oficio núm. CG/CGMA/DDO/1546/2010 del 25 de mayo de 2010, la CGMA comunicó
a la Jefatura Delegacional en Xochimilco la autorización y registro del manual administrativo,
en su parte de organización, con el registro núm. MA-02D16-3/09. El manual cuenta con
los apartados de antecedentes, marco jurídico-administrativo, atribuciones, organigrama,
objetivo y funciones por área; se sujetó a la estructura orgánica correspondiente al dictamen
núm. 3/2009; y fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 16 de junio de 2010.
Respecto al apartado de procedimientos vigente en 2012, la Dirección General de
Administración de la Delegación Xochimilco proporcionó un listado de 247 procedimientos
inherentes a las actividades realizadas por las áreas que integran la Delegación, los cuales
se encuentran incorporados a su manual administrativo por medio del registro núm. 3/2009.
425
VOLUMEN 8/17
Dicho apartado se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 7 de septiembre
y 30 de noviembre de 2010; 18 de abril, 30 de junio y 25 de agosto de 2011; y 1o. de
marzo, y 7 y 24 de diciembre de 2012.
De los 247 procedimientos vigentes en 2012, se revisaron 24 relacionados directamente
con el objetivo de la auditoría, los cuales incluyen controles para el manejo de los recursos
ejercidos con cargo al capítulo 6000 “Inversión Pública”, y se verificó que contaran con los
elementos básicos del control interno, relativos a la autorización, procesamiento y clasificación
de las transacciones; a la verificación y evaluación; y a la salvaguarda física de los activos.
Los procedimientos revisados fueron los siguientes:
1. “Coordinación de Informes Solicitados por Áreas Internas y/o Externas”
2. “Revisión de Programas de Licitación de Obra Pública”
3. “Seguimiento a Solicitudes de Obras Públicas”
4. “Seguimiento a la Elaboración del Programa Operativo Anual y a la Ejecución de Obras
Públicas”
5. “Control en la Ejecución de las Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas”
6. “Elaboración de Presupuestos de Referencia (Base)”
7. “Revisión y Seguimiento a las Adecuaciones al Proyecto y/o Programación de los Contratos
de Obra Pública en Proceso de Ejecución”
8. “Adjudicación de Contratos de Obra Pública mediante Modalidad de Invitación a cuando
menos Tres Concursantes”
9. “Adjudicación de Contratos de Obra Pública mediante Modalidad de Licitación
Pública”
10. “Recepción, Análisis y Evaluación de las Manifestaciones de Construcción tipo ʽAʼ, ʽBʼ
y ʽCʼ enviados por la Coordinación de la Ventanilla Única Delegacional”
426
VOLUMEN 8/17
11. “Atención a Solicitudes de Asesoría respecto a Trámites que no se encuentran regulados
por el Manual de Trámites y Servicios al Público”
12. “Atención a las Diversas Solicitudes de la Ciudadanía turnados por medio de la Coordinación
de la Ventanilla Única Delegacional”
13. “Trámites de Factibilidad de Proyectos con Instituciones Involucradas”
14. “Revisión de Proyectos Ejecutivos Contratados para Obra Pública”
15. “Elaboración de Proyectos arquitectónicos”
16. “Dictamen de Precios Unitarios Extraordinarios”
17. “Elaboración de Convenios”
18. “Control de Archivo”
19. “Solicitud de Afectación Programático-Presupuestal”
20. “Recepción, Revisión y Trámite de Estimaciones”
21. “Recepción, Revisión, Control y Trámite de las Fianzas y Facturas, para el Pago de
Anticipos”
22. “Integración y Elaboración del Programa Operativo Anual de Obras (Control Presupuestal)”
23. “Realización de Trámites para la Aprobación de Fichas Técnicas”
24. “Envío de Informes de las Obras y Servicios Contratados”
La Delegación Xochimilco proporcionó evidencia de la difusión, para su observancia, del manual
administrativo (apartados de organización y de procedimientos) vigentes en 2012, que
consistió en emitir la circular núm. 094 del 16 de enero de 2010 a las unidades administrativas
que conforman la Delegación.
427
VOLUMEN 8/17
En cuanto al ejercicio de recursos con cargo al capítulo 6000 “Inversión Pública”, en la evaluación
del control interno se determinaron las siguientes fortalezas:
Fortalezas:
1. Para el registro y control de las operaciones del capítulo 6000 “Inversión Pública”,
la Delegación Xochimilco dispone de su estructura operativa actualizada y registrada
ante la CGMA.
2. La Delegación Xochimilco dispone de procedimientos necesarios para la generación
de la información financiera y contable requerida relacionada con el ejercicio de los
recursos del capítulo 6000 “Inversión Pública”.
3. La Delegación publicó los manuales administrativos (apartados de organización y de
procedimientos) y los difundió entre su personal.
Por lo anterior, se considera que el control interno utilizado por la Delegación Xochimilco
para la administración de los recursos ejercidos con cargo al capítulo 6000 “Inversión Pública”
es satisfactorio, ya que existen estrategias y mecanismos de control sobre el desarrollo
de las actividades que aseguran la salvaguarda de los recursos de manera razonable;
la obtención de la información suficiente, oportuna y confiable; el cumplimiento de las metas y
objetivos; y la observancia de la normatividad en materia de obra pública. Lo anterior,
se determinó tomando como base el análisis de los procedimientos administrativos y la
documentación generada en cada momento contable descrito en los resultados del presente
informe.
Adopción e Implantación de Normas emitidas
por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC)
2. Resultado
Se comprobó que la Delegación Xochimilco cumplió el Título Quinto, “De la Transparencia
y Difusión de la Información Financiera”, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental,
mediante la difusión de la información financiera generada por la Delegación y presentada
en su página de internet http://www.xochimilco.df.gob.mx/transparencia.html.
428
VOLUMEN 8/17
Se solicitó a la Secretaría de Finanzas dar respuesta a un cuestionario de control en relación
con las obligaciones requeridas del sistema de contabilidad gubernamental y la armonización
contable, ya que el desarrollo y operación de los sistemas de contabilidad, así como la emisión
de la normatividad en la materia, para efectos administrativos, está a cargo de la Secretaría de
Finanzas, según lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal, vigente.
Derivado de lo anterior, se comprobó que en 2012 la Secretaría de Finanzas aplicó las
normas que emitió y publicó el CONAC en el Diario Oficial de la Federación y la Gaceta Oficial
del Distrito Federal, referentes al ejercicio del gasto. Dichas normas son las siguientes:
1. Marco Conceptual de Contabilidad Gubernamental
2. Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental
3. Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos
4. Normas y Metodología para la Emisión de Información Financiera y Estructura de los
Estados Financieros Básicos del Ente Público y Características de sus Notas
5. Plan de Cuentas
6. Lineamientos sobre los Indicadores para medir los Avances Físicos y Financieros
relacionados con los Recursos Públicos Federales
7. Clasificador por Objeto del Gasto
8. Clasificador por Tipo de Gasto
9. Adecuaciones al Clasificador por Objeto de Gasto
10. Manual de Contabilidad Gubernamental
11. Clasificación Funcional del Gasto
429
VOLUMEN 8/17
12. Lineamientos Mínimos relativos al Diseño y la Metodología de Registro de los Libros
Diario Mayor e Inventarios y Balances
13. Clasificación Administrativa
14. Clasificación Económica de los Ingresos, de los Gastos y de Financiamiento de los
Entes Públicos
15. Lineamientos para la Elaboración del Catálogo de Bienes que permita la Interrelación
Automática con el Clasificador por Objeto del Gasto y la Lista de Cuentas
16. Lineamientos Generales del Sistema de Contabilidad Gubernamental Simplificado
para los Municipios con menos de 25,000 Habitantes
17. Lineamientos dirigidos para asegurar que el Sistema de Contabilidad Gubernamental
facilite el Registro y Control de los Inventarios de los Bienes Muebles e Inmuebles de
los Entes Públicos
18. Parámetros para la Estimación de la Vida Útil
19. Lineamientos para la Elaboración del Catálogo de Bienes Inmuebles que permita la
Interrelación Automática con el Clasificador por Objeto del Gasto y la Lista de Cuentas
Con la difusión de la información financiera realizada por la Delegación y de acuerdo con
la respuesta al cuestionario de control interno y la documentación proporcionadas por la
Secretaría de Finanzas, se determinó que la Delegación y la Secretaría de Finanzas
cumplieron los artículos 6, 7, 56, 57 y 58 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental que
establecen lo siguiente:
“Artículo 6. El consejo es el órgano de coordinación para la armonización de la contabilidad
gubernamental y tiene por objeto la emisión de las normas contables y lineamientos para
la generación de información financiera que aplicarán los entes públicos…”
“Artículo 7. Los entes públicos adoptarán e implementarán, con carácter obligatorio, en el
ámbito de sus respectivas competencias, las decisiones que tome el consejo, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 9 de esta Ley, dentro de los plazos que éste establezca.
430
VOLUMEN 8/17
”Los gobiernos federal y de las entidades federativas publicarán en el Diario Oficial
de la Federación y en los medios oficiales escritos y electrónicos de difusión locales,
respectivamente, las normas que apruebe el consejo y, con base en éstas, las demás
disposiciones que sean necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en esta Ley.”
“Artículo 56. La generación y publicación de la información financiera de los entes públicos
a que se refiere este Título, se hará conforme a las normas, estructura, formatos y contenido
de la información, que para tal efecto establezca el consejo y difundirse en la página de
Internet del respectivo ente público.
”Dicha información podrá complementar la que otros ordenamientos jurídicos aplicables
ya disponen en este ámbito para presentarse en informes periódicos y en las cuentas
públicas. Asimismo, la Información se difundirá en los medios oficiales de difusión en términos
de las disposiciones aplicables.”
“Artículo 57. La Secretaría de Hacienda, las secretarías de finanzas o sus equivalentes de las
entidades federativas, así como las tesorerías de los municipios y sus equivalentes en
las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, establecerán, en su respectiva página
de Internet, los enlaces electrónicos que permitan acceder a la información financiera de
todos los entes públicos que conforman el correspondiente orden de gobierno así como
a los órganos o instancias de transparencia competentes. En el caso de las secretarías de
finanzas o sus equivalentes, podrán incluir, previo convenio administrativo, la información
financiera de los municipios de la entidad federativa o, en el caso del Distrito Federal, de sus
demarcaciones territoriales.”
“Artículo 58. La información financiera que deba incluirse en Internet en términos de este
Título deberá publicarse por lo menos trimestralmente, a excepción de los informes
y documentos de naturaleza anual y otros que por virtud de esta Ley o disposición legal
aplicable tengan un plazo y periodicidad determinada, y difundirse en dicho medio dentro
de los treinta días naturales siguientes al cierre del período que corresponda. Asimismo,
deberá permanecer disponible en Internet la información correspondiente de los últimos
seis ejercicios fiscales.”
431
VOLUMEN 8/17
Gasto Aprobado
3. Resultado
Con la finalidad de comprobar las asignaciones presupuestaria anuales de la Delegación
Xochimilco, se solicitó el techo presupuestal autorizado a este órgano político-administrativo
para el ejercicio de 2012. En respuesta, la Delegación informó que su monto asignado fue
de 1,196,266.4 miles de pesos, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Decreto
de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012.
En el análisis del techo presupuestal, se determinó que, del monto asignado a la Delegación
(1,196,266.4 miles de pesos), se tenía previsto para inversión pública un monto original
de 208,498.9 miles de pesos.
La distribución del techo presupuestal se realizó de la siguiente manera:
(Miles de pesos)
Concepto Corriente Inversión Monto asignado
Servicios personales 467,939.3 196,825.2 664,764.5
Otros gastos 123,679.8 407,822.1 531,501.9
Gasto total 591,619.1 604,647.3 1,196,266.4
La fuente de recursos se formó como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Concepto Importe
Recursos fiscales 837,031.9
Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-DF)
197,091.4
Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (FAFEF)
96,467.8
Ingresos de aplicación automática 28,755.9
Recursos de crédito 28,352.0
CONADE 4,600.0
Fondo de infraestructura 3,967.4
Total 1,196,266.4
432
VOLUMEN 8/17
Se llevó a cabo el comparativo del presupuesto original que se indica en la Cuenta Pública
y el monto asignado mediante el techo presupuestal, y se confirmó que ambos montos
coinciden (1,196,266.4 miles de pesos).
En el análisis de las cifras aprobadas por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
y presentadas en el Decreto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2012;
del techo presupuestal, autorizado y dado a conocer a la Delegación Xochimilco mediante
el oficio núm. SFDF/SE/0066/2012 del 2 de enero de 2012; del calendario presupuestal;
y del Programa Operativo Anual, se constató que en todos los documentos el monto asignado
para la inversión pública fue de 208,498.9 miles de pesos.
Finalmente, se concluye que el presupuesto original de la Delegación Xochimilco que se
reportó en la Cuenta Pública coincide con el consignado en el techo presupuestal, el Programa
Operativo Anual y el Calendario Presupuestal, autorizados por la Secretaría de Finanzas
en 2012.
Gasto Modificado
4. Resultado
Con objeto de verificar que el presupuesto modificado de las partidas seleccionadas
se encontrara soportado con las afectaciones presupuestarias autorizadas, se realizaron
las pruebas sustantivas para analizar las modificaciones al presupuesto:
1. Se analizaron los tipos de afectaciones que modificaron el presupuesto original del capítulo
6000 “Inversión Pública” en 2012.
2. Se comparó el presupuesto original con el presupuesto ejercido y se solicitó a la Delegación
Xochimilco una explicación respecto a la variación registrada.
3. Se analizó la respuesta proporcionada por la Delegación Xochimilco respecto a la variación
del presupuesto en 2012 y la presentada en la Cuenta Pública de 2012. Asimismo, se
compararon las justificaciones presentadas en las afectaciones presupuestarias, para
verificar la congruencia de la información proporcionada. Tanto en la respuesta del órgano
político-administrativo como en las afectaciones, se señaló que la reducción al presupuesto
433
VOLUMEN 8/17
se debió a que no se realizaron obras de construcción y ampliación de edificios públicos
por falta de permisos, por no contar los títulos de propiedad. Asimismo, se constató
que se reclasificaron recursos a otros capítulos y se realizaron reducciones de recursos
no comprometidos y ejercidos.
4. Se comparó la base de datos de las afectaciones presupuestarias proporcionada
por la Delegación Xochimilco con la proporcionada por la Secretaría de Finanzas.
5. Se constató que las afectaciones son impresiones del SAP-GRP y que se encuentran
debidamente autorizadas, registradas y soportadas con la documentación correspondiente,
de conformidad con lo establecido en el apartado IV, “Lineamientos Generales para los
Trámites Presupuestarios”, subapartados IV.3, “Registro de Operaciones Presupuestarias”,
y IV.3.3, “Adecuaciones Programático-Presupuestarias”, del Manual de Normas y
Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal
vigente en 2012.
Derivado de lo anterior, se concluyó que, en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal
correspondiente al ejercicio de 2012, para el capítulo 6000 “Inversión Pública”, la Delegación
Xochimilco reportó una asignación original de 208,498.9 miles de pesos, la cual fue modificada
mediante 77 afectaciones programático-presupuestarias. El presupuesto modificado significó
un decremento de 69,888.3 miles de pesos, para quedar en un presupuesto ejercido por un
total de 138,610.6 miles de pesos, como se detalla a continuación:
(Miles de pesos)
Movimiento presupuestal Importe Parcial Total
Presupuesto original 208,498.9
Más:
Adiciones compensadas 154,441.5 Adiciones líquidas 7,575.4 Ampliaciones compensadas 204,633.2
Ampliaciones líquidas 5,361.2
Subtotal 372,011.3 372,011.3
Menos:
Reducciones compensadas 411,376.5
Reducciones líquidas 30,523.1
Subtotal 441,899.6 441,899.6 (69,888.3)
Presupuesto modificado 138,610.6
Presupuesto ejercido y pagado 138,610.6
Diferencia 0.0
434
VOLUMEN 8/17
Asimismo, en el apartado “ECG Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto” del Informe
de Cuenta Pública correspondiente a 2012, en relación con el capítulo 6000 “Inversión
Pública”, la Delegación Xochimilco reportó lo siguiente:
Capítulo 6000 “Inversión Pública”
“La variación que se presenta se debe a la construcción y ampliación de edificios públicos
mismos que no se realizaron debido a la falta de permisos emitidos por el INAH el mercado
de animales de San Luis Tlaxialtemalco, Centro Juvenil por no contar el título de propiedad, la
terminación de canchas de fot [futbol], basquet ball de skate park, así como las reclasificaciones
a otros capítulos y reducciones líquidas de recursos no comprometidos y ejercidos.”
Asimismo, se constató que dichas modificaciones se realizaron por medio de afectaciones
programático-presupuestarias, en cumplimiento de lo dispuesto en los apartados IV.3.3,
“Adecuaciones Programático-Presupuestarias”, numeral 3; IV.3.3.1, “Adecuaciones Programáticas
Presupuestarias Compensadas”, numeral 15; y IV.3.3.2, “Adecuaciones Programático
Presupuestales Líquidas”, numeral 18, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios
para la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2012.
5. Resultado
Mediante el oficio núm. SFDF/SE/0066/2012 del 2 de enero de 2012 (con fecha de recepción
del 11 de enero de 2012), la Secretaría de Finanzas dio a conocer a la Delegación
Xochimilco los montos aprobados por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para
el ejercicio presupuestal de 2012.
Asimismo, la Delegación Xochimilco llevó a cabo las gestiones ante la Consejería Jurídica
y de Servicios Legales para la publicación del Programa Operativo Anual de Obra Pública
para el ejercicio de 2012 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, dicho programa se publicó
el 26 de marzo de 2012.
Por lo anterior, se determinó un desfase de 23 días hábiles en la publicación del Programa
Operativo Anual de Obra Pública para el ejercicio de 2012, ya que el 11 de enero de 2012
la Delegación Xochimilco recibió la aprobación de los montos para el ejercicio presupuestal
435
VOLUMEN 8/17
de 2012 y la publicación no se realizó hasta el 26 de marzo de 2012, no obstante que
debió efectuarse a más tardar el 22 de febrero de 2012, de conformidad con la Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal.
Por lo anterior, la Delegación Xochimilco incumplió el artículo 21, primer párrafo, de la Ley
de Obras Públicas del Distrito Federal, que establece lo siguiente: “Las […] delegaciones […]
a más tardar dentro de los treinta días posteriores a la recepción de la autorización
presupuestal, darán a conocer a través de la Gaceta Oficial del Distrito Federal, la disponibilidad
de sus programas anuales de obra pública…”.
En la reunión de confronta, celebrada el 25 de marzo de 2014, mediante el oficio
núm. DGA/1117/2014 del 21 de marzo de 2014, la Delegación Xochimilco informó lo siguiente:
“Al respecto, del presente resultado con el oficio núm. GGODU/DOP/ST/1047/2014 de 20 de
marzo de 2014, el Director General de Obras y Desarrollo Urbano informa que como acciones:
ʽSe instruyó mediante el oficio número DGODU/DOP/1047/2014, al Subdirector Técnico,
observar lo establecido en el artículo 21 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal
a efecto de que sea[n] publicado[s] en tiempo y forma los informes correspondientes al Programa
Operativo Anual [de Obra Pública] en la Gaceta Oficial del Distrito Federalʼ.”
Del análisis de la información proporcionada por la Delegación Xochimilco, se concluye
que, si bien la Delegación está tomando medidas respecto a la publicación en tiempo
y forma del Programa Operativo Anual de Obra Pública en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal, el incumplimiento del artículo 21, primer párrafo, de la Ley de Obras Públicas del
Distrito Federal persiste, ya que no presentó información o documentación que desvirtúe
la observación del presente resultado.
Recomendación ASC-169-12-02-XOC
Es necesario que la Delegación Xochimilco adopte mecanismos que garanticen el envío
oportuno del Programa Operativo Anual de Obra Pública a la Consejería Jurídica y de Servicios
Legales con objeto de que se publique en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en el plazo
que establece en la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente.
436
VOLUMEN 8/17
Gasto Comprometido
6. Resultado
Una vez aprobado el monto para el ejercicio presupuestal de 2012, dado a conocer por la
Secretaría de Finanzas mediante el oficio núm. SFDF/SE/0066/2012 del 2 de enero de 2012,
la Delegación Xochimilco, de acuerdo con las solicitudes de obra debidamente justificadas
y los montos de actuación, determinó los procedimientos de adjudicación para la realización
de obra pública en la demarcación territorial y la supervisión de dichas obras, entre los
que se encuentran los procedimientos correspondientes a las obras que se determinaron
como parte de la muestra de auditoría y que se desglosan a continuación:
Partida Tipo/Número de procedimiento
Contrato/Fecha Descripción Fundamento
6121 Adjudicación directa DX-DGODU-SER-12-AD-09
DX-DGODU-SER-12-014 8/V/12
Supervisión de los trabajos de mantenimiento general a 14 planteles educativos de nivel básico ubicados dentro del perímetro delegacional.
Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 1; 3, apartado b, fracción IV; 23; 24, inciso C; 44, fracción I, inciso b; 61; 62; y 64 bis de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
Adjudicación directa DX-DGODU-SER-12-AD-15
DX-DGODU-SER-12-026 2/VII/12
Supervisión de la construcción de la cancha de futbol y mantenimiento a baños en el deportivo del pueblo de San Andrés Ahuayucan.
Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 1; 3, apartado b, fracción IV; 23; 24, inciso C; 44, fracción I, inciso b; 61; 62; y 64 bis de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
Adjudicación directa DX-DGODU-SER-12-AD-33
DX-DGODU-SER-12-053 31/VIII/12
Supervisión de la construcción de la primera etapa de la ciclovía acueducto en Santa María Tepepan y suministro y colocación de luminarias frente al módulo deportivo Cuemanco.
Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 1; 3, apartado b, fracción IV; 23; 24, inciso C; 44, fracción I, inciso b; 61; 62; y 64 bis de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
Adjudicación directa DX-DGODU-SER-12-AD-34
DX-DGODU-SER-12-058 5/IX/12
Supervisión de la rehabilitación de alumbrado y construcción de gradas en el frontón del Deportivo Xochimilco.
Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 1; 3, apartado b, fracción IV; 23; 24, inciso C; 44, fracción I, inciso b; 61; 62; y 64 bis de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
Adjudicación directa DX-DGODU-OP-12-AD-48
DX-DGODU-OP-12-078 26/X/12
Balizamiento horizontal y vertical de la avenida prolongación División del Norte, dentro del perímetro delegacional.
Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 1; 3, apartado b, fracción IV; 23; 24, inciso C; 44, fracción I, inciso b; 61; 62; y 64 bis de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
Invitación restringida DX-DGODU-OP-12-IR-11
DX-DGODU-OP-12-018 14/V/12
Trabajos de mantenimiento general a 14 planteles educativos de nivel básico ubicados dentro del perímetro delegacional.
Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 3, apartado a, fracción I; 23; 24, inciso b; 61; 62; y 64 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, y el cuarto párrafo del artículo 30 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
Continúa…
437
VOLUMEN 8/17
… Continuación
Partida Tipo/Número de procedimiento
Contrato/Fecha Descripción Fundamento
Licitación pública nacional 30001125-002-12
DX-DGODU-OP-12-028 6/VII/12
Construcción de la cancha de futbol y mantenimiento a baños en el deportivo del pueblo de San Andrés Ahuayucan.
Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 3, apartado a, fracciones I y VIII; 23; 24; inciso a; 25, apartado a, fracción I; 26; y 28 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
Licitación pública nacional 30001125-016-12
DX-DGODU-OP-12-057 5/IX/12
Construcción de la primera etapa de la ciclovía acueducto en Santa María Tepepan y suministro y colocación de luminarias frente al módulo deportivo Cuemanco.
Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 3, apartado a, fracciones I y VIII; 23; 24, inciso a; 25, apartado a, fracción I; 26; y 28 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
Licitación pública nacional 30001125-017-12
DX-DGODU-OP-12-060 6/IX/12
Rehabilitación de alumbrado y construcción de gradas en el frontón del Deportivo Xochimilco.
Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 3, apartado a, fracciones I y VIII; 23; 24, inciso a; 25, apartado a, fracción I; 26; y 28 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
Licitación pública nacional 30001125-039-11
DX-DGODU-OP-11-147 31/VIII/11
Mejoramiento de la imagen urbana en la calle Guadalupe I. Ramírez en el Centro Histórico de Xochimilco.
Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 3; 24; 27, fracción I; 29; 30, fracción I; 33; y 37 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
6151 Adjudicación directa DX-DGODU-SER-12-AD-06
DX-DGODU-SER-12-011 8/V/12
Supervisión de los trabajos de repavimentación en el Pueblo de Santa María Tepepan, Barrio la Asunción y Barrio San Juan de la Delegación Xochimilco.
Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 1; 3, apartado b, fracción IV; 23; 24, inciso C; 44, fracción I, inciso b; 61; 62; y 64 bis de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
Adjudicación directa DX-DGODU-SER-12-AD-10
DX-DGODU-SER-12-019 25/V/12
Supervisión de los trabajos de repavimentación en las colonias San Bernardino y Huichapan de la Delegación Xochimilco.
Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 1; 3, apartado b, fracción IV; 23; 24, inciso C; 44, fracción I, inciso b; 61; 62; y 64 bis de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
Invitación restringida DX-DGODU-OP-12-IR-08
DX-DGODU-OP-12-015 14/V/12
Trabajos de repavimentación en el Pueblo de Santa María Tepepan, Barrio la Asunción y Barrio San Juan de la Delegación Xochimilco.
Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 3, apartado a, fracción I; 23; 24, inciso b; 61; 62; y 64 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, y el cuarto párrafo del artículo 30 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
Invitación restringida DX-DGODU-OP-12-IR-12
DX-DGODU-OP-12-020 25/V/12
Trabajos de repavimentación en las colonias San Bernardino y Huichapan de la Delegación Xochimilco.
Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 3 apartado a, fracción I; 23; 24, inciso b; 61; 62; y 64 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, y el cuarto párrafo del artículo 30 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
438
VOLUMEN 8/17
Como resultado del análisis de la documentación presentada por los participantes en los
procedimientos de adjudicación, se comprobó lo siguiente:
1. Las obras públicas fueron aprobadas por el Subcomité de Obras Delegacional con su
debida justificación técnica, en la que se detalla la necesidad de realizar los trabajos.
La autorización de las obras públicas se formalizó como se muestra a continuación:
Descripción de las obras Tipo/Número de procedimiento
Autorización
Trabajos de mantenimiento general a 14 planteles educativos de nivel básico ubicados dentro del perímetro delegacional
Adjudicación directa DX-DGODU-SER-12-AD-09
IR/DGODU/012/12, de fecha 28 de marzo de 2012
Construcción de la primera etapa de la ciclovía acueducto en Santa María Tepepan y suministro y colocación de luminarias frente al módulo deportivo Cuemanco
Licitación pública nacional 30001125-016-12
LP/DGODU/035/12, de fecha 27 de julio de 2012
Balizamiento horizontal y vertical de la avenida prolongación División del Norte, dentro del perímetro delegacional
Adjudicación directa DX-DGODU-OP-12-AD-48
DGODU/045/12, de fecha 3 de octubre de 2012
Construcción de la cancha de futbol y mantenimiento a baños en el deportivo del pueblo de San Andrés Ahuayucan
Licitación pública nacional 30001125-002-12
LP/DGODU/024/12, de fecha 4 de junio de 2012
Rehabilitación de alumbrado y construcción de gradas en el frontón del Deportivo Xochimilco
Licitación pública nacional 30001125-017-12
DGODU/021/12, de fecha 27 de julio de 2012
Mejoramiento de la imagen urbana en la calle Guadalupe I. Ramírez en el Centro Histórico de Xochimilco
Licitación pública nacional 30001125-039-11
LP/DGODU/047/11, de fecha 12 de julio de 2011
Trabajos de repavimentación en el Pueblo de Santa María Tepepan, Barrio la Asunción y Barrio San Juan de la Delegación Xochimilco
Invitación restringida DX-DGODU-OP-12-IR-08
IR/DGODU/008/12, de fecha 10 de abril de 2012
Trabajos de repavimentación en las colonias San Bernardino y Huichapan de la Delegación Xochimilco
Invitación restringida DX-DGODU-OP-12-IR-12
IR/DGODU/009/12, de fecha 28 de marzo de 2012
2. Los procedimientos de adjudicación para la contratación de obra y supervisión
no rebasaron los montos de actuación autorizados en el artículo 34 del Decreto de
Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2012.
3. En los casos específicos de las adjudicaciones directas, se dispuso de las cotizaciones
presentadas por los contratistas a los que les fue requerida; en el caso de las invitaciones
restringidas, éstas contaron con los oficios de invitación girados a los contratistas; y, en el
caso de las licitaciones públicas, se publicaron en la Gaceta Oficial del Distrito Federal las
convocatorias para participar en las licitaciones públicas de carácter nacional, en dichas
convocatorias se señalaron las fechas de la junta de aclaraciones, de la visita al lugar
de los trabajos, de la presentación de proposiciones y apertura técnica, del acto de apertura
económica y de inicio de los trabajos, el plazo de ejecución de las obras, y el señalamiento
439
VOLUMEN 8/17
de que no se otorgaría un anticipo. Las juntas de aclaraciones, la apertura de las propuestas
técnica y económica, y el acto de fallo se realizaron en las fechas señaladas en las bases,
de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
4. En el caso de las invitaciones restringidas y las licitaciones públicas, en sus propuestas
técnicas, los concursantes cumplieron los requisitos establecidos en las bases.
5. La Delegación Xochimilco contó con cuadros comparativos de las propuestas económicas,
soportados con las cotizaciones presentadas por los contratistas. Los contratos se
adjudicaron a los contratistas que ofertaron los precios más bajos y cumplieron todos
los requerimientos de la Delegación.
6. De acuerdo con los dictámenes de fallo de adjudicación de los contratos de obra pública,
se cumplieron todos los requisitos fijados en las bases y reunieron las condiciones,
legales, técnicas, económicas, financieras y administrativas del artículo 41 de la Ley
de Obras Públicas del Distrito Federal, que establece:
“Artículo 41. Las […] delegaciones […] también verificarán los análisis, cálculos e integración
de los precios unitarios, conforme las disposiciones que señale la normatividad de la
Administración Pública del Distrito Federal. Hecha la evaluación de las propuestas, se
elegirá como ganadora aquella que reúna las condiciones legales, técnicas, económicas,
financieras y administrativas requeridas por la […] delegación […] convocante, y garantice
satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
”Si resultare que dos o más propuestas reúnen las condiciones legales, técnicas,
económicas, financieras y administrativas y, por tanto, satisfacen la totalidad de los
requerimientos de la […] delegación […] se elegirá como ganadora aquella que:
”I. En el caso de obra, presente el precio más bajo;
”II. En el caso de servicios relacionados con la obra pública, presente el indicador más
adecuado de la proporción según los parámetros de inversión, costo de operación,
mantenimiento y vida útil, y
440
VOLUMEN 8/17
”III. En el caso de proyecto integral, presente el índice más conveniente producto
del análisis económico correspondiente para cada uno de los proyectos, o en su caso
el resultado más favorable entre las propuestas. En las bases se especificará, en el caso
de los proyectos integrales de obra, que deben incluirse los costos de inversión así como
los de operación y mantenimiento.
”La […] delegación […] emitirá un dictamen que servirá como fundamento para el fallo,
en el que se hará constar el análisis de las propuestas admitidas y se hará mención de
las desechadas.”
Derivado de lo anterior, y como resultado de la revisión de la documentación presentada
por los participantes en los procedimientos de adjudicación se comprobó que se realizaron
conforme a lo establecido en la normatividad aplicable.
7. Resultado
Con la finalidad de comprobar el momento contable del gasto comprometido, que refleja la
aprobación por autoridad competente formalizada mediante los contratos, instrumento que
formaliza una relación jurídica con terceros para la realización de obras públicas
y sus servicios de supervisión de las mismas, se solicitó a la Delegación Xochimilco que
proporcionara los contratos y convenios celebrados que fueron determinados como parte
de la muestra de auditoría. En el análisis, se determinó lo siguiente:
1. Derivado de los procedimientos de adjudicación, se formalizaron 14 contratos, de los
cuales 8 corresponden a la contratación de obra pública y 6 a la supervisión de éstas,
como se muestra a continuación:
441
VOLUMEN 8/17
(Miles de pesos)
Partida Contrato/Convenio Fecha Contratista Descripción Importe total contratado
6121 DX-DGODU-OP-12-018 14/V/12 Coinar Consorcio de Ingeniería y Arquitectura, S.A. de C.V.
Trabajos de mantenimiento general a 14 planteles educativos de nivel básico ubicados dentro del perímetro delegacional. 3,287.8
DX-DGODU-SER-12-014 8/V/12 Claudia Santillán Supervisión de los trabajos de mantenimiento general a 14 planteles educativos de nivel básico ubicados dentro del perímetro delegacional. 209.9
DX-DGODU-OP-12-057 5/IX/12 Coinar Consorcio de Ingeniería y Arquitectura, S.A. de C.V.
Construcción de la primera etapa de la ciclovía acueducto en Santa María Tepepan y suministro y colocación de luminarias frente al módulo deportivo Cuemanco. 3,660.7
DX-DGODU-SER-12-053 31/VIII/12 Erika Patricia Rocha Zárate Supervisión de la construcción de la primera
etapa de la ciclovía acueducto en Santa María Tepepan y suministro y colocación de luminarias frente al módulo deportivo Cuemanco. 256.2
DX-DGODU-OP-12-078 26/X/12 Coinar Consorcio de Ingeniería y Arquitectura, S.A. de C.V.
Balizamiento horizontal y vertical de la avenida prolongación División del Norte, dentro del perímetro delegacional. 904.8
DX-DGODU-OP-12-028 6/VII/12 Desarrollo, Construcción e Instalación, S.A. de C.V.
Construcción de la cancha de futbol y mantenimiento a baños en el deportivo del pueblo de San Andrés Ahuayucan. 2,498.6
DX-DGODU-SER-12-026 2/VII/12 Miguel Ángel García Ramírez Supervisión de la construcción de la cancha de futbol y mantenimiento a baños en el deportivo del pueblo de San Andrés Ahuayucan. 149.9
DX-DGODU-OP-12-060 6/IX/12 Desarrollo, Construcción e Instalación, S.A. de C.V.
Rehabilitación de alumbrado y construcción de gradas en el frontón del Deportivo Xochimilco. 4,839.9
DX-DGODU-SER-12-058 5/IX/12 Jessai Tecnoingeniería,
S.A. de C.V.
Supervisión de la rehabilitación de alumbrado
y construcción de gradas en el frontón del Deportivo Xochimilco. 149.9
DX-DGODU-OP-11-147 31/VIII/11 Desarrollo, Construcción e Instalación, S.A. de C.V.
Mejoramiento de la imagen urbana en la calle Guadalupe I. Ramírez en el Centro Histórico de Xochimilco.
4,954.7
Subtotal *20,912.4
6151 DX-DGODU-OP-12-015 14/V/12 Constructores y Supervisores Santiago, S.A. de C.V.
Trabajos de repavimentación en el Pueblo de Santa María Tepepan, Barrio la Asunción y Barrio San Juan de la Delegación Xochimilco. 4,379.9
DX-DGODU-SER-12-011 8/V/12 Bufete Edificador del Sur, S.A. de C.V.
Supervisión de los trabajos de repavimentación en el Pueblo de Santa María Tepepan, Barrio la Asunción y Barrio San Juan de la Delegación Xochimilco. 264.1
DX-DGODU-OP-12-020 25/V/12 Francisco Jorge Genchi Trabajos de repavimentación en las colonias San Bernardino y Huichapan de la Delegación Xochimilco. 3,865.3
DX-DGODU-SER-12-019 25/V/12 RAGYC, S.A. de C.V. Supervisión de los trabajos de repavimentación en las colonias San Bernardino y Huichapan de la Delegación Xochimilco. 238.0
Subtotal 8,747.3**
Total 29,659.7
* El importe corresponde al total contratado (20,912.4 miles de pesos) con cargo a la partida 6121 “Edificación no Habitacional”, de los cuales 20,871.0 miles de pesos se pagaron en 2012, el pago de los restantes 41.4 miles de pesos se tramitó en el ejercicio fiscal de 2013 y corresponden al contrato núm. DX-DGODU-SER-12-058.
** El importe corresponde al total contratado (8,747.3 miles de pesos) con cargo a la partida 6151 “Construcción de Vías de Comunicación”, de los cuales 8,713.1 miles de pesos se pagaron en el 2012, los restantes 34.2 miles de pesos corresponden a un importe cancelado por la Delegación correspondientes al contrato núm. DX-DGODU-OP-12-015.
442
VOLUMEN 8/17
2. Se verificó que los contratos contaron con los requisitos establecidos como mínimo en
el artículo 46 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y que éstos fueran cumplidos
por los contratantes, tales como:
a) El oficio de autorización de la inversión para cubrir el compromiso derivado del contrato
(suficiencia presupuestal).
b) El precio establecido por pagar por los trabajos objeto de los contratos.
c) Las fechas de inicio y de terminación de los trabajos.
d) El señalamiento, en su caso, del porcentaje de los anticipos que se otorguen para
inicio de los trabajos.
e) Los plazos para la presentación, por parte del contratista, de las estimaciones
de trabajos ejecutados para tramitar su pago.
f) El establecimiento de penas convencionales.
g) Las condiciones y el procedimiento de ajuste de costos.
h) La descripción pormenorizada de los trabajos que se deban ejecutar.
i) El señalamiento de que el contrato, sus anexos y, en el caso de obra, la bitácora de
los trabajos son instrumentos que vinculan las partes en sus derechos y obligaciones
de los contratantes.
j) Los plazos para la verificación de terminación y recepción de obra pública.
k) Los procedimientos mediante los cuales las partes entre sí resolverán controversias
futuras que pudieran versar sobre problemas específicos de carácter técnico
o administrativo.
3. Se confirmó, mediante la revisión de las fechas en que se formalizaron los contratos de obra
y de los oficios mediante los cuales se notificó al contratista de la designación de los
residentes de supervisión, que la residencia de supervisión se contrató previo al inicio
de obra.
443
VOLUMEN 8/17
4. Se verificó que la Delegación contara con los oficios de notificación a los contratistas de la
designación de los residentes de supervisión interna y externa.
5. Se verificó que los avances físico-financieros, presentación de estimaciones, o acciones
relacionados con las obras se encontraban plasmados en las respectivas bitácoras de las
obras, antes de iniciar el trámite de pago.
6. Se revisó que el pago de los trabajos se realizó de conformidad con las estimaciones
y con los avances físico-financieros de la obra, previamente autorizados por la Delegación
Xochimilco.
7. Se revisó que los contratos contaran con las pólizas de cumplimiento, y se constató que
en el expediente del contrato núm. DX-DGODU-SER-12-014 no se encuentra integrada
la póliza de garantía de cumplimiento correspondiente a la ampliación del plazo de la
supervisión de la obra.
Por lo anterior, la Delegación Xochimilco incumplió el inciso l del numeral 27.2 de la
sección 27, “Lineamientos para Integrar el Expediente de Finiquito de los Contratos de
Obra Pública”, del apartado “Lineamientos”, de las Políticas Administrativas, Bases
y Lineamientos en materia de Obra Pública, publicados el 7 de noviembre de 2000,
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, vigentes en 2012, que dispone lo siguiente:
“l. Relación de documentos de contratación […]
”2. Fianzas de anticipos, de las garantías de contrato y fianzas por defectos, vicios ocultos
u otras responsabilidades…”
En conclusión, se determinó que en 13 de los 14 contratos formalizados por la Delegación
Xochimilco para la realización de obras y de servicios de supervisión por ambas partes
cumplieron lo establecido en las cláusulas. En el caso particular del contrato
núm. DX-DGODU-SER-12-014, no se localizó la póliza de garantía de cumplimiento
correspondiente a la ampliación del plazo de la supervisión de la obra.
En la revisión de los reportes del presupuesto comprometido, enviados a la Secretaría de
Finanzas por parte de la Delegación Xochimilco, se comprobó que éstos se elaboraron y
enviaron de conformidad con el segundo párrafo del artículo 56 de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal, que establece lo siguiente:
444
VOLUMEN 8/17
“Las […] Delegaciones […] tendrán como fecha límite para establecer compromisos a más
tardar el 31 de octubre tratándose de obra pública por contrato y el 15 de noviembre para
el resto de los conceptos de gasto.”
Asimismo, se cumplió el artículo 63 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal, que establece: “Es responsabilidad de las […] delegaciones […]
establecer los registros necesarios para el adecuado control y seguimiento del presupuesto
comprometido, sobre el cual existe la obligación de efectuar cargos presupuestales y pagos
derivados de la contratación de adquisiciones, arrendamientos y servicios, obras públicas,
así como por servicios personales y fondo revolvente…”.
Dentro del presupuesto comprometido se registró lo correspondiente a las partidas
6121 “Edificación no Habitacional” y 6151 “Construcción de Vías de Comunicación”.
Al respecto, se constató que la Delegación Xochimilco cuenta con el respaldo documental
que refleja el reconocimiento de las obligaciones contraídas.
En la reunión de confronta, celebrada el 25 de marzo de 2014, mediante el oficio
núm. DGA/1117/2014 del 21 de marzo de 2014, la Delegación Xochimilco informó
y proporcionó lo siguiente:
“Con relación a este resultado el Director General de Obras y Desarrollo Urbano mediante
el oficio número DGODU/DOP/ST/1047/2014, manifiesta que: ‘Cabe aclarar, si bien es cierto
que en el momento de la revisión del expediente único no se encontró la fianza en cuestión,
sin embargo, derivado de una búsqueda exhaustiva en los expedientes que obran en la
Jefatura de Unidad Departamental de Concursos, Contratos y Estimaciones fue localizada,
de la cual para su pronta referencia me permito anexar copiaʼ.”
En el análisis de la información y documentación proporcionada por la Delegación
Xochimilco, se constató que la Delegación cuenta con la póliza de garantía correspondiente
a la ampliación del plazo de la supervisión de la obra; derivado de lo anterior, la observación
del presente resultado se modifica parcialmente, ya que si bien se proporcionó la póliza de
garantía de cumplimiento en la reunión de confronta, ésta no se localizó en la revisión
del expediente.
445
VOLUMEN 8/17
Recomendación ASC-169-12-03-XOC
Es necesario que la Delegación Xochimilco adopte mecanismos que garanticen que los
expedientes de los procedimientos de adjudicación de obra y de contratación de servicios
se integren con la información y documentación establecida en las Políticas Administrativas,
Bases y Lineamientos en materia de Obra Pública.
Gasto Devengado
8. Resultado
Para verificar si la Delegación Xochimilco recibió los trabajos de las obras públicas y sus
respectivas supervisiones de conformidad con lo establecido en los contratos y convenios
celebrados, se revisaron las cláusulas de los contratos que reflejan las obligaciones y derechos
de la Delegación con los contratistas. Al respecto, se realizó lo siguiente:
1. Se verificó que los contratistas cumplieron los plazos de ejecución de los trabajos
establecidos, mediante la revisión de las actas entrega-recepción de las obras, bitácoras,
memoria fotográfica y las estimaciones debidamente autorizadas por la Delegación
Xochimilco y validadas por la residencia de supervisión externa.
2. Se verificó que no se otorgaron anticipos para el inicio de los trabajos, ya que el primer
pago a los contratistas se tramitó después de haber iniciado las obras.
3. Se constató que el pago de los trabajos se tramitó mediante las estimaciones
correspondientes.
4. Se comprobó que la recepción de los trabajos se efectuó de conformidad con los plazos
establecidos, por lo que no se aplicaron penas convencionales; asimismo, la delegación
informó que no existió rescisión administrativa o terminación anticipada del contrato.
5. Se contó con los oficios mediante los cuales los contratistas informan a la Delegación
Xochimilco sobre la terminación de los trabajos formalizados mediante su respectivo
contrato, y con los oficios mediante los cuales la Delegación notificó al contratista la
verificación de trabajos de obra concluidos y la fecha en la que se levantaría el acta
de entrega-recepción.
446
VOLUMEN 8/17
6. Se revisaron las estimaciones y las hojas de control de estimaciones para comprobar
los avances de las obras públicas; las actas entrega-recepción y circunstanciada para
comprobar la entrega de las obras públicas por parte del contratista y la recepción por parte
del órgano político-administrativo, pagados con cargo a las partidas 6121 “Edificación
no habitacional” y 6151 “Construcción de vías de comunicación”.
7. La Delegación Xochimilco y el personal auditor realizaron inspecciones físicas, el 13 y 14
de febrero de 2014, a las obras realizadas con cargo a las partidas 6121 “Edificación
no Habitacional” y 6151 “Construcción de Vías de Comunicación” en 2012, de las cuales se
elaboró la minuta de trabajo correspondiente, con la finalidad de constatar el cumplimiento
de objeto de los contratos de obra. Como se muestra a continuación:
Contratos Objeto del contrato
DX-DGODU-OP-12-018* Trabajos de mantenimiento general a 14 planteles educativos de nivel básico ubicados dentro del perímetro delegacional.
DX-DGODU-OP-12-057 Construcción de la primera etapa de la ciclovía acueducto en Santa María Tepepan y suministro y colocación de luminarias frente al módulo deportivo Cuemanco.
DX-DGODU-OP-12-078 Balizamiento horizontal y vertical de la avenida prolongación División del Norte, dentro del perímetro delegacional.
DX-DGODU-OP-12-028 Construcción de la cancha de futbol y mantenimiento a baños en el deportivo del pueblo de San Andrés Ahuayucan.
DX-DGODU-OP-12-060 Rehabilitación de alumbrado y construcción de gradas en el frontón del Deportivo Xochimilco.
DX-DGODU-OP-11-147 Mejoramiento de la imagen urbana en la calle Guadalupe I. Ramírez en el Centro Histórico de Xochimilco.
DX-DGODU-OP-12-015 Trabajos de repavimentación en el Pueblo de Santa María Tepepan, Barrio la Asunción y Barrio San Juan de la Delegación Xochimilco.
DX-DGODU-OP-12-020 Trabajos de repavimentación en las colonias San Bernardino y Huichapan de la Delegación Xochimilco.
* Respecto al contrato núm. DX-DGODU-OP-12-018, referente a los trabajos de mantenimiento general a 14 escuelas de nivel básico, se determinó una muestra de 6 escuelas para su inspección física (2 jardines de niños, 2 primarias y 2 secundarias).
Como resultado de la inspección física a las obras descritas, se determinó su existencia
física. Cabe mencionar que la inspección física incluyó las siguientes actividades:
a) Comprobar la existencia física mediante la inspección ocular de las obras realizadas.
b) Comparar la descripción de los trabajos terminados con los descritos en los anexos
de los contratos y en las actas de entrega-recepción de las obras.
447
VOLUMEN 8/17
c) Comparar la memoria fotográfica de los sitios, proporcionada por la Delegación,
antes de llevar a cabo las obras públicas, con la memoria fotográfica de los lugares
una vez que se llevaron a cabo las obras públicas.
Mediante la inspección física, se constató la existencia de las obras recibidas por la Delegación
Xochimilco; con la revisión de las actas de entrega-recepción, se comprobó que dichas obras
se terminaron de conformidad con los plazos establecidos y que las obras fueron pagadas
con cargo al presupuesto de la Delegación Xochimilco.
Gasto Ejercido
9. Resultado
Con la finalidad de constatar que la Delegación Xochimilco hubiese emitido las CLC
debidamente aprobadas por la autoridad correspondiente, se solicitaron a la Delegación
los expedientes de las CLC determinadas como parte de la muestra de auditoría, como se
muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Partida CLC núm., 02 CD 16, con terminaciones
Contratista/Contrato Descripción Importe total contratado
6121 10001671, 10001672, 10002141, 10001759, 10001760, 10001761, 10001762,10003118, 10003130, 10004694, 10004695, 10004836
y 10011852
Coinar Consorcio de Ingeniería y Arquitectura, S.A. de C.V. DX-DGODU-OP-12-018
Trabajos de mantenimiento general a 14 planteles educativos de nivel básico ubicados dentro del perímetro delegacional.
3,287.8
10001422, 10001423, 10001678, 10002459,
10004749 y 10011840
Claudia Santillán DX-DGODU-SER-12-014
Supervisión de los trabajos de mantenimiento general a 14 planteles educativos de nivel básico ubicados dentro del perímetro delegacional. 209.9
10007000, 10007684, 10010132, 10013244, 10013250 y 10013445
Coinar Consorcio de Ingeniería y Arquitectura, S.A. de C.V. DX-DGODU-OP-12-057
Construcción de la primera etapa de la ciclovía acueducto en Santa María Tepepan y suministro y colocación de luminarias frente al módulo deportivo Cuemanco. 3,660.7
10004757, 10006992, 10008265, 10012225, 10012622 y 10012624
Erika Patricia Rocha Zárate DX-DGODU-SER-12-053
Supervisión de la construcción de la primera etapa de la ciclovía acueducto en Santa María Tepepan y suministro y colocación de luminarias frente al módulo deportivo Cuemanco. 256.2
10013709 y 10013957 Coinar Consorcio de Ingeniería y Arquitectura, S.A. de C.V. DX-DGODU-OP-12-078
Balizamiento horizontal y vertical de la avenida prolongación División del Norte, dentro del perímetro delegacional. 904.8
10002965, 10004837, 10004838, 10005699, 10005701 y 10008343
Desarrollo, Construcción e Instalación, S.A. de C.V. DX-DGODU-OP-12-028
Construcción de la cancha de futbol y mantenimiento a baños en el deportivo del pueblo de San Andrés Ahuayucan. 2,498.6
10004750, 10004751, 10005880, 10008241 y 10013726
Miguel Ángel García Ramírez DX-DGODU-SER-12-026
Supervisión de la construcción de la cancha de futbol y mantenimiento a baños en el deportivo del pueblo de San Andrés Ahuayucan. 149.9
Continúa…
448
VOLUMEN 8/17
… Continuación
Partida CLC núm., 02 CD 16, con terminaciones
Contratista/Contrato Descripción Importe total contratado
10007005, 10007608, 10011869, 10011872, 10013321, 10013265,
10013275 y 10015180
Desarrollo, Construcción e Instalación, S.A. de C.V. DX-DGODU-OP-12-060
Rehabilitación de alumbrado y construcción de gradas en el frontón del Deportivo Xochimilco.
4,839.9
10007565, 10008608, 10013248 y 10013568
Jessai Tecnoingeniería, S.A. de C.V. DX-DGODU-SER-12-058
Supervisión de la rehabilitación de alumbrado y construcción de gradas en el frontón del Deportivo Xochimilco. 108.5
10002016, 10002018, 10004519, 10004520, 10004524, 10004526
y 10006057
Desarrollo, Construcción e Instalación, S.A. de C.V. DX-DGODU-OP-11-147
Mejoramiento de la imagen urbana en la calle Guadalupe I. Ramírez en el Centro Histórico de Xochimilco. 4,954.7
Subtotal 20,871.0
6151 10001675, 1001677, 10001764, 10002448 y 10007002
Constructores y Supervisores Santiago, S.A. de C.V. DX-DGODU-OP-12-015
Trabajos de repavimentación en el Pueblo de Santa María Tepepan, Barrio la Asunción y Barrio San Juan de la Delegación Xochimilco. 4,346.4
10001412, 10001414, 10002385, 10003023
y 10006997
Bufete Edificador del Sur, S.A. de C.V. DX-DGODU-SER-12-011
Supervisión de los trabajos de repavimentación en el Pueblo de Santa María Tepepan, Barrio la Asunción y Barrio San Juan de la Delegación Xochimilco. 264.1
10008326, 10002904, 10002925 y 10008327
Francisco Jorge Genchi DX-DGODU-OP-12-020
Trabajos de repavimentación en las colonias San Bernardino y Huichapan de la Delegación Xochimilco. 3,864.6
10001676, 10002383, 10003131 y 10011991
RAGYC, S.A. de C.V. DX-DGODU-SER-12-019
Supervisión de los trabajos de repavimentación en las colonias San Bernardino y Huichapan de la Delegación Xochimilco. 238.0
Subtotal 8,713.1
Total 29,584.1
En el análisis de la documentación proporcionada por la Delegación, se determinó
lo siguiente:
1. La Delegación Xochimilco contó con evidencia documental de que el ejercicio del gasto
fue debidamente aprobado, lo cual se constató mediante la revisión de los registros
de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Subcomité de Obras, en las cuales
se dictaminaron las obras públicas y los servicios de supervisión de éstas realizados
en 2012.
2. Las CLC cuentan con clave presupuestaria y detallan el pago de las obras realizadas y los
servicios de supervisión en favor de los contratistas, el período que comprende y el
importe total, y señalan, al reverso, el tipo de recurso utilizado para el pago. El concepto
de gasto fue registrado conforme al Clasificador por Objeto del Gasto para el Gobierno
del Distrito Federal vigente en 2012 y se cuenta con la documentación justificativa
(14 contratos) y comprobatoria del gasto (81 estimaciones y el mismo número de facturas),
conforme a lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal vigente en 2012, que establece lo siguiente:
449
VOLUMEN 8/17
“ARTÍCULO 69. Las […] Delegaciones […] deberán cuidar, bajo su responsabilidad,
que los pagos que autoricen con cargo a sus presupuestos aprobados se realicen con
sujeción a los siguientes requisitos:
”I. Que correspondan a compromisos efectivamente devengados con excepción de los
anticipos previstos en esta Ley y en otros ordenamientos aplicables;
”II. Que se efectúen dentro de los límites de los calendarios presupuestales autorizados
por la Secretaría, y
”III. Que se encuentren debidamente justificados y comprobados con los documentos
originales respectivos, entendiéndose por justificantes los documentos legales que
determinen la obligación de hacer un pago y, por comprobantes, los documentos que
demuestren la entrega de las sumas de dinero correspondientes.”
3. Las CLC fueron elaboradas y autorizadas por los servidores públicos inscritos en la Cédula
de Registro de Firmas de los Servidores Públicos Facultados para Elaborar, Solicitar
y/o Autorizar las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos Múltiples, Afectaciones
Programático-Presupuestales y Control del Presupuesto Comprometido en 2012.
4. Las CLC son impresiones del SAP-GRP debidamente autorizadas, por lo que la Delegación
Xochimilco se sujetó a lo establecido en el apartado IV, “Lineamientos Generales para los
Trámites Presupuestarios”, subapartados IV.3, “Registro de Operaciones Presupuestarias”,
y IV.3.1, “Cuenta por Liquidar Certificada”, numeral 2, del Manual de Normas y
Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal
vigente en 2012.
5. En cuanto a la documentación soporte (justificativa y comprobatoria) de un total de
81 CLC, la documentación comprobatoria adjunta (facturas y estimaciones de obra)
cumplió los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la
Federación vigente durante 2012, la documentación justificativa consistió en los
contratos formalizados con los contratistas para la realización de obra pública y la
supervisión de ésta.
450
VOLUMEN 8/17
6. Las CLC fueron pagadas con recursos de 2012, con cargo a las partidas 6121 “Edificación
no Habitacional” y 6151 “Construcción de Vías de Comunicación”, y emitidas en favor de
contratistas, y corresponden a la contratación de obra pública y su respectiva supervisión.
Por lo anterior, se concluyó que la Delegación Xochimilco tramitó las CLC debidamente
aprobadas por la autoridad competente para el pago a los contratistas, con la documentación
justificativa y comprobatoria correspondiente, en cumplimiento de los artículos 64 y 69 de
la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, que establecen lo siguiente:
“Artículo 64. La ministración se efectuará por conducto de la Secretaría a través de Cuentas
por Liquidar Certificadas, elaboradas y autorizadas por los servidores públicos competentes
de las Unidades Responsables del Gasto ya sea por sí o a través de las instituciones de
crédito o sociedades nacionales de crédito autorizadas para tal efecto.”
“Artículo 69. Las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades deberán
cuidar, bajo su responsabilidad, que los pagos que autoricen con cargo a sus presupuestos
aprobados se realicen con sujeción a los siguientes requisitos:
”I. Que correspondan a compromisos efectivamente devengados con excepción de los
anticipos previstos en esta Ley y en otros ordenamientos aplicables;
”II. Que se efectúen dentro de los límites de los calendarios presupuestales autorizados
por la Secretaría, y
”III. Que se encuentren debidamente justificados y comprobados con los documentos
originales respectivos, entendiéndose por justificantes los documentos legales que determinen
la obligación de hacer un pago y, por comprobantes, los documentos que demuestren la
entrega de las sumas de dinero correspondientes.”
Gasto Pagado
10. Resultado
Con la finalidad de comprobar el momento contable del gasto que refleja la cancelación
total o parcial de las obligaciones de pago, que se concreta mediante el desembolso de efectivo
o cualquier otro medio de pago, se realizaron las siguientes actividades:
451
VOLUMEN 8/17
1. Se constató que la Delegación Xochimilco tramitó ante la Secretaría de Finanzas la
obtención de recursos económicos para el pago, mediante transferencias electrónicas,
a los contratistas.
2. Se verificó que el importe tramitado por la Delegación Xochimilco mediante las CLC
para pago a los contratistas correspondiera al monto de las estimaciones y facturas,
y que éste no rebasara el importe formalizado en los contratos.
3. Se verificó que el importe determinado en las estimaciones de los contratistas
coincidiera con el del control de estimaciones. Asimismo, se verificó que el avance
físico-financiero de las obras y supervisiones efectivamente fuera el correspondiente
al pago que se tramitó mediante las CLC.
4. Se comparó la base de datos de CLC proporcionada por la Secretaría de Finanzas
y la de la Delegación, para comprobar el registro de todas las CLC emitidas en favor
de los contratistas.
5. Se remitieron oficios de confirmación de operaciones a 10 de los contratistas, de los
cuales, sólo 6 dieron respuesta. Entre la documentación proporcionada por los contratistas
se encuentran los estados de cuenta bancarios, donde se registraron los importes de las
transferencias electrónicas realizadas en 2012, derivadas del pago por la obra pública
y supervisión; asimismo, en el estado de cuenta bancario, se consignó la referencia que
corresponde al número de CLC que registró la Delegación Xochimilco.
Con lo expuesto, se comprobó el pago de las obligaciones mediante las transferencias
electrónicas realizadas por la Secretaría de Finanzas, derivadas de la contratación de obra
pública y de servicios de supervisión con cargo a las partidas 6121 “Edificación no Habitacional”
y 6151 “Construcción de Vías de Comunicación”.
452
VOLUMEN 8/17
II.17.1.2. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO”
Auditoría ASC/170/12
ANTECEDENTES
El artículo décimo primero transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito
Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
del 30 de diciembre de 2011, señala, en relación con los recursos aprobados por la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal por concepto de presupuesto participativo, que “a las Delegaciones
les corresponden recursos por 704,275,724 pesos y se distribuirán de acuerdo a lo establecido
en el Anexo 1 del presente decreto”.
En el artículo décimo primero transitorio, inciso c), del Decreto de Presupuesto de Egresos
del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012 se indica: “La determinación de las acciones
específicas que con cargo al presupuesto participativo ejecutarán las delegaciones en cada
una de las 1,815 colonias y pueblos originarios, que no se encuentren en el supuesto de
asentamientos irregulares, o que en su determinación no se contravenga disposiciones
jurídicas vigentes, se hará con base en los resultados de la consulta ciudadana que se efectuó
el domingo 13 de noviembre de 2011. Conforme al anexo 7”. Este último, establece el rubro
general y el proyecto específico ganador para cada colonia o pueblo.
Asimismo, en el Anexo 1 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para
el Ejercicio Fiscal 2012, se señala que a la Delegación Xochimilco le corresponderían
35,888.0 miles de pesos, que representan el 5.1% de los 704,275.7 miles de pesos del
presupuesto participativo, para las 16 delegaciones del Distrito Federal.
En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012, se reportó que los 16 órganos
político-administrativos ejercieron 639,777.7 miles de pesos con cargo al destino de gasto 65
“Presupuesto Participativo”, lo cual representó disminuciones de 64,498.1 miles de pesos (9.2%)
con relación a los 704,275.8 miles de pesos asignados originalmente y de 20,362.3 miles
de pesos (3.1%) en comparación con los 660,140.0 miles de pesos ejercidos en 2011.
453
VOLUMEN 8/17
El monto ejercido por la Delegación Xochimilco fue de 34,152.6 miles de pesos, que
representaron una variación negativa de 4.8% (1,735.4 miles de pesos) en relación con
los 35,888.0 miles de pesos del presupuesto original.
En el Informe de Cuenta Pública 2012 de la Delegación Xochimilco, apartado “ECG, Análisis de
Egresos por Capitulo de Gasto”, el órgano político-administrativo informó que por concepto
de presupuesto participativo, capítulo 6000 “Inversión Pública”, “la variación se debe a la
construcción y ampliación de edificios públicos que no se realizó debido a la falta de permisos
emitidos por el INAH el mercado de animales de San Luis Tlaxialtemalco, Centro juvenil,
por no contar el título propiedad, la terminación de canchas de Futbol, Basquetbol del Skate
Park, así como a reclasificaciones a otros capítulos y reducciones líquidas de recursos no
comprometidos y ejercidos”.
Para la Consulta Ciudadana, el Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) ejerció
49,104.3 miles de pesos en diversas actividades de difusión y preparación, lo que permitió
una cobertura de 99.0% en la instalación de las mesas receptoras de opinión; sin embargo,
el porcentaje de votación fue de 1.9%. Al respecto, una encuesta de opinión y análisis que
contrató el IEDF y que se aplicó en junio de 2012, obtuvo, entre otros resultados, que sólo
el 9.7% de los entrevistados conocía el presupuesto participativo.
OBJETIVO
El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación
Xochimilco, con destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” se haya registrado, aprobado,
modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con la normatividad
y ordenamientos aplicables.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Esta auditoría se realizó de conformidad con los siguientes criterios generales, contenidos
en el Manual de Selección de Auditorías de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal:
454
VOLUMEN 8/17
1. “Exposición al Riesgo”, por ser el presupuesto participativo un programa de reciente
creación y, por tanto, está expuesto a riesgos de irregularidades e ineficiencias,
o incumplimiento de objetivos y metas.
2. “Interés General”, por la naturaleza del gasto y su importancia en el ámbito social, las
actividades que realizan los órganos político-administrativos para cumplir con los objetivos
del presupuesto participativo, tienen un impacto directo y tangible en la ciudadanía.
3. “Presencia y Cobertura”, de conformidad con la Ley de Participación Ciudadana del Distrito
Federal, a la ALDF le compete vigilar, por conducto de la Contaduría Mayor de Hacienda
de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (CMHALDF), de los recursos del presupuesto
participativo, el cual es susceptible de auditarse por estar contenido en el Decreto de
Presupuesto de Egresos del Distrito Federal y en la Cuenta Pública del Distrito Federal
de 2012.
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado C, Base
Primera, fracción V, incisos c) y e), en relación con el 74, fracción VI, de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;
1o.; 2o.., fracciones IX y X, inciso a); 3o.; 8o., fracciones I, II, III, VI, VII, párrafo primero,
VIII, IX, XIII, XVI y XIX; 9o.; 10, incisos a) y e); 14, fracciones I, VIII, XVII y XXIII; 16; 22; 24;
27; 28; 30; 32; 33; 34; y 35 de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la
Asamblea Legislativa del Distrito Federal; 1o.; 2o., fracción XIX, inciso a); 6o., fracciones V
y VII, 13 y 16 del Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal.
ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
El alcance de la auditoría se estableció como resultado de los trabajos de planeación
correspondientes, una vez integrado el presupuesto ejercido en 2012 por la Delegación
Xochimilco con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, por un total de
34,152.6 miles de pesos, correspondiente a las erogaciones realizadas en las partidas
2411 “Mezcla Asfáltica”, 2419 “Otros Productos Minerales no Metálicos”, 2461 “Material
Eléctrico y Electrónico”, 2491 “Otros Materiales y Artículos de Construcción y Reparación”,
455
VOLUMEN 8/17
4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”, 5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución
de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”, 6121 “Edificación
no Habitacional” y 6141 “División de Terrenos y Construcción de Obras de Urbanización”.
Para la presente revisión, se seleccionaron las partidas 6121 “Edificación no Habitacional”
y 6141 “División de Terrenos y Construcción de Obras de Urbanización”, por un monto
ejercido de 19,831.9 miles de pesos, que representa el 58.1% del gasto correspondiente
al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” (34,152.6 miles de pesos).
Con objeto de analizar los mecanismos de control y supervisión implantados por el sujeto
fiscalizado para aprobar, modificar, comprometer, devengar, ejercer, registrar y pagar los
recursos asignados al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se revisó la normatividad
aplicable en 2012 consistente en los siguientes documentos: Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal; Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y su Reglamento;
Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal; Ley de Participación Ciudadana del Distrito
Federal; Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012;
Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del
Distrito Federal; Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones
de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis 2011) vigente a partir
del 20 de mayo de 2011; Normatividad en materia de Administración de Recursos para las
Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis 2012) vigente
a partir del 8 de agosto de 2012; Circular Contraloría General para el Control y Evaluación
de la Gestión Pública, el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa
y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal; Clasificador por
Objeto del Gasto del Distrito Federal; y Lineamientos con los que se Dictan Medidas de
Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestal para contener el Gasto en la Administración
Pública del Distrito Federal, vigentes todas en 2012.
Se aplicaron cuestionarios de control interno en la Dirección General de Obras y Desarrollo
Urbano (DGODU), así como en las Direcciones de Finanzas y Recursos Humanos y
Recursos Materiales y Servicios Generales, estas últimas adscritas a la Dirección General
de Administración (DGA) de la Delegación Xochimilco.
456
VOLUMEN 8/17
Se revisó el Manual Administrativo de la Delegación Xochimilco vigente en 2012, tanto en
su apartado de organización como en el de procedimientos, para verificar que la organización
del sujeto fiscalizado fuera acorde con la estructura orgánica dictaminada y que los
procedimientos aplicables al rubro revisado estuvieran dictaminados y registrados por la
Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA) de la Contraloría General
del Distrito Federal (CGDF).
Se analizó la normativa que rige el ejercicio de los recursos del presupuesto participativo,
para verificar que el órgano político-administrativo contara con las atribuciones para su
operación.
Se solicitó y analizó diversa información generada por el IEDF, relacionada con la capacitación
a servidores públicos de la Delegación.
Se verificó que la modificación al presupuesto autorizado para el destino de gasto 65
“Presupuesto Participativo” de la Delegación Xochimilco se haya justificado y que contara
con la documentación soporte y la autorización de la Secretaría de Finanzas del Distrito
Federal (SEFIN).
Se constató que el presupuesto ejercido por la Delegación Xochimilco con cargo a la
muestra de auditoría se hubiese devengado conforme a la normatividad aplicable, y se
verificó la existencia de la documentación soporte que acreditara que las obras contratadas
se realizaron y pagaron conforme a lo convenido en los contratos correspondientes.
Se verificó que el registro presupuestal de las operaciones revisadas se hubiese realizado
de conformidad con el Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2012.
Se revisaron los montos de actuación de la Delegación Xochimilco, para comprobar que
las operaciones de gasto de inversión pública se ajustaran a lo dispuesto en el Decreto de
Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012.
Se comprobó que el ejercicio de los recursos de la muestra de auditoría contara con
la documentación justificativa y comprobatoria del gasto.
457
VOLUMEN 8/17
En cuanto a los contratistas considerados en la muestra de auditoría, se verificó que los
importes contratados, facturados y los datos relativos a la entrega de las obras correspondieran
a la información proporcionada por la Delegación Xochimilco, que las obras se hubiesen
realizado conforme a las cláusulas establecidas en los contratos y que los contratistas no
se encontraran inhabilitados por la Secretaría de la Función Pública (SFP) o por la CGDF.
Se verificó que las CLC correspondientes al pago de las obras contratadas, hubiesen sido
elaboradas y autorizadas por los servidores públicos facultados y que los comprobantes
de pago (facturas) cumplieran con los requisitos fiscales establecidos en el Código Fiscal
de la Federación vigente en 2012.
Se efectuó la verificación física de las obras ejecutadas para constatar que se hubiesen
realizado conforme a los contratos y convenios respectivos.
Se verificó que los informes relativos al ejercicio de recursos del destino de gasto 65
“Presupuesto Participativo”, se hayan presentado en tiempo y forma, de acuerdo con la
normatividad vigente en 2012.
La muestra de auditoría se determinó conforme a lo siguiente:
1. Por tratarse de una auditoría financiera, se estratificó el universo de recursos ejercidos
(34,152.6 miles de pesos) por capítulo, partida presupuestal, resultado, subresultado
y actividad institucional. Asimismo, a fin de identificar los importes y las variaciones
más significativas, se determinó el porcentaje que representa cada uno de estos rubros
en relación con el total del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
2. Se llevó a cabo una selección incidental y por unidad monetaria establecida en la Norma
Internacional de Auditoría (NIA) 530 “Métodos de selección de muestras”, de las Normas
de Auditoría del Instituto Mexicano de Contadores Públicos; también con base en los
capítulos, partidas y contratos con mayor participación en el ejercicio de recursos del
destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” en 2012.
Se determinó una muestra de auditoría del capítulo 6000 “Inversión Pública”, partidas
6121 “Edificación no Habitacional” y 6141 “División de Terrenos y Construcción de Obras
458
VOLUMEN 8/17
de Urbanización” por 9,213.2 miles de pesos, que representa el 27.0% de los 34,152.6 miles de
pesos ejercidos por la Delegación en el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”,
conformada por los contratos núms. DX-DGODU-OP-12-029 y DX-DGODU-OP-12-041
celebrados el 6 de julio y 9 de agosto de 2012, respectivamente; y convenios modificatorios
núms. DX-DGODU-OP-12-041-01 y DX-DGODU-OP-12-029-01 fechados el 11 de octubre
y 12 de diciembre, ambos de 2012, respectivamente, relativos a las obras de construcción
de guarniciones y banquetas en 11 Comités Vecinales; y el suministro y colocación de juegos
infantiles, adecuación de espacios para adultos mayores y terminación de muro de contención
en nueve Comités Vecinales de la Delegación Xochimilco.
Se revisaron dos procedimientos para contratar obra pública, relacionados con los concursos
núms. LP/DGODU/016 y LP/DGODU/017; el primero de ellos fue celebrado mediante
adjudicación directa, por haberse declarado desierta la licitación pública nacional 30001125 004 12
y el segundo mediante licitación pública nacional.
La auditoría se llevó a cabo en la DGA y en la DGODU, ambas adscritas a la Delegación
Xochimilco.
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
El sistema de control interno comprende todo el plan de organización, los métodos y
procedimientos instituidos por la administración para garantizar que se cumplan las metas
y objetivos con criterios de economía, eficiencia, eficacia, transparencia y honradez; que
los recursos se empleen de conformidad con las leyes, reglamentos y políticas aplicables,
y que estén protegidos de desperdicios, pérdida o mal uso; y que se obtenga y conserve
la información relacionada con la aplicación de los recursos.
El estudio y evaluación del sistema de control interno sirve para determinar el grado de
confianza que puede concederse a estos sistemas, con relación a las erogaciones efectuadas
con fondos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”. Lo anterior, a fin de establecer
la extensión, oportunidad y alcance de las pruebas y procedimientos de auditoría; identificar
flujos de operación con debilidades o desviaciones de control interno y sus probables áreas
de riesgo; y definir los criterios para la selección de la muestra por revisar.
459
VOLUMEN 8/17
Se revisó y evaluó el sistema de control interno establecido por la Delegación Xochimilco
en las áreas administrativas y operativas que participaron o tuvieron responsabilidad
en el ejercicio de los recursos; en la operación y supervisión de las obras realizadas con fondos
del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”; en la verificación del cumplimiento de
requisitos documentales, en los registros presupuestales, y en el resguardo y archivo de la
documentación justificativa y comprobatoria del gasto y de los expedientes de los contratos
celebrados, y de las CLC de los pagos realizados.
Se analizó el Manual de Organización de la Delegación Xochimilco vigente en 2012, para
identificar tanto la estructura orgánica del sujeto fiscalizado, como los objetivos, funciones
y atribuciones de las unidades administrativas que la integran.
Asimismo, se revisó el manual de procedimientos de la Delegación, con objeto, por una
parte, conocer cuáles fueron las unidades administrativas que intervinieron en la autorización,
ejercicio y registro de las erogaciones con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto
Participativo” y, por otra, verificar que se aplicaran los procedimientos correspondientes.
Como resultado del estudio y evaluación del sistema de control interno, se determinó que
la Delegación Xochimilco, para el ejercicio de los recursos con cargo al destino de gasto
65 “Presupuesto Participativo”, capítulo 6000 “Inversión Pública”, partidas 6121 “Edificación
no Habitacional” y 6141 “División de Terrenos y Construcción de Obras de Urbanización”,
estableció mecanismos de control que, en general, hacen factible la administración de los
riesgos relativos a irregularidades e ineficiencias.
Asimismo, se determinó que las áreas están estructuradas conforme a las funciones asignadas
en el Manual de Organización de la Delegación de Xochimilco, con lo que se garantiza, en
términos generales, el cumplimiento de la normatividad, así como la supervisión y control
de las operaciones para validar las erogaciones del rubro sujeto a revisión, lo que a su vez
permite delimitar adecuadamente las responsabilidades.
460
VOLUMEN 8/17
RESULTADOS
1. Resultado
Manual Administrativo
La estructura orgánica de la Delegación Xochimilco vigente en 2012 fue sustentada con el
dictamen de reestructuración orgánica núm. 3/2009, mediante el oficio núm. OM/0406/2009
del 12 de marzo de 2009, emitido por la Oficialía Mayor del Distrito Federal (OM) donde
comunica su vigencia a partir del 1o. de enero de 2009 y fue aplicable en 2012.
Derivado de dicho dictamen, la estructura orgánica autorizada de la Delegación Xochimilco
estaba integrada por 162 plazas distribuidas de la siguiente forma: Jefatura Delegacional, con 37;
y las Direcciones Generales: Jurídica y de Gobierno, con 28; de Administración, con 32;
de Obras Públicas y Desarrollo Urbano, con 19; de Servicios Urbanos, con 15; de Desarrollo
Social, con 17; y de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, con 14.
Las áreas administrativas de la Delegación Xochimilco que participaron en el ejercicio de los
recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” fueron las Direcciones Generales
de Administración, de Obras y Desarrollo Urbano y la Dirección Ejecutiva de Participación
Ciudadana.
Derivado del análisis de la información proporcionada, se determinó lo siguiente:
1. Con el oficio núm. CG/CGMA/DDO/1546/2010 del 25 de mayo de 2010, la CGMA comunicó
a la Jefatura Delegacional en Xochimilco la dictaminación de su manual administrativo,
apartado de organización, con el registro núm. MA-O2D16-3/09. El manual cuenta con
antecedentes, marco jurídico-administrativo, atribuciones, organigrama, objetivo y funciones
por área; además, se sujetó a la estructura orgánica correspondiente al dictamen
núm. 03/2009 y fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 16 de junio de 2010,
en cumplimiento del numeral 4.4.10 de la Normatividad en materia de Administración de
Recursos para las Delegaciones del Gobierno del Distrito Federal (Circular Uno Bis),
publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 12 de abril de 2007.
2. La DGA de la Delegación Xochimilco, mediante la Circular 094 del 16 de enero de 2010,
comunicó y difundió entre los servidores públicos el manual administrativo, en su apartado
461
VOLUMEN 8/17
de organización, con número de registro MA-02D16-3/09, conforme a lo dispuesto en el
numeral 4.4.12 de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las
Delegaciones del Gobierno del Distrito Federal (Circular Uno Bis) del 12 de abril de 2007,
vigente hasta el 19 de mayo de 2011.
3. Respecto al manual de procedimientos, la DGA de la Delegación Xochimilco proporcionó
un listado de 247 procedimientos autorizados por la CGMA, integrados en su manual
administrativo con el registro núm. 3/2009, los cuales fueron publicados en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal con fechas 7 de septiembre y 30 de noviembre, de 2010; 18 de abril,
30 de junio y 25 de agosto, de 2011; y 1o. de marzo, 7 y 24 de diciembre, de 2012;
los cuales fueron difundidos entre el personal, mediante diferentes oficios y circulares
emitidos por la DGA y la Subdirección de Recursos Humanos de la Delegación Xochimilco.
Lo anterior, en cumplimiento del numeral 4.4.12 de la Normatividad en materia de
Administración de Recursos para las Delegaciones del Gobierno del Distrito Federal
(Circular Uno Bis), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 12 de abril de 2007,
vigente en 2012.
4. De los 247 procedimientos, 30 están relacionados con el objetivo de la auditoría, los
cuales incluyen controles para el manejo de recursos ejercidos con cargo al destino de
gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
2. Resultado
Competencia
De conformidad con el artículo 15 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal,
“las autoridades están obligadas a promover entre los servidores públicos cursos de formación
y sensibilización para dar a conocer los instrumentos de participación ciudadana y los
órganos de representación ciudadana; la cooperación y acercamiento con la ciudadanía y
la cultura de la participación ciudadana en general, como un espacio cívico de convivencia
social y de una mejor gobernanza”.
Mediante el oficio núm. ASC/13/1641 del 2 de septiembre de 2013, la Contaduría Mayor
de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal solicitó a la Consejera Electoral
Presidente del IEDF, que informara sobre los cursos de formación y sensibilización impartidos
462
VOLUMEN 8/17
a los servidores públicos de los órganos político-administrativos, relacionados con el presupuesto
participativo, realizados en 2012.
En respuesta, mediante el oficio núm. SECG-IEDF/2092/2013 del 6 de septiembre de 2013,
el IEDF remitió el oficio núm. IEDF/DEPC/567/2013 del día 4 del mismo mes y año,
al cual anexó el oficio núm. IEDF-DDXXXIX/273/13 del 4 de septiembre de 2013, donde el
Coordinador de la XXXIX Dirección Distrital del IEDF en Xochimilco remitió copia simple del
oficio núm. IEDF/DDXXXIX/359/13 del 25 de agosto y oficio núm. IEDF/DD-XXXIX/445/2011
del 14 de octubre, ambos de 2011, dirigidos al Jefe Delegacional en Xochimilco, solicitando
se notifique a los funcionarios públicos que laboran en el órgano político-administrativo sobre
la capacitación en línea en materia de “Planeación y Presupuesto Participativo” y “Democracia,
Valores Democráticos y Derechos Humanos”.
Posteriormente, se remitieron los oficios núms. IEDF/DD-XXXIX/397/2011 del 21 de septiembre,
IEDF/DD-XXXIX/411/2011 del 28 de septiembre, IEDF/DD-XXXIX/436/2011 del 7 de
octubre, IEDF/DD-XXXIX/458/2011 del 18 de octubre, IEDF/DD-XXXIX/483/2011 del
28 de octubre y IEDF/DD-XXXIX/589/2011 del 14 de diciembre, todos del 2011, dirigidos
al Jefe Delegacional en Xochimilco, mediante los cuales se envía constancia de los funcionarios
públicos que tomaron los cursos.
Asimismo, remitió copia de los oficios núms. IEDF/DD-XXXIX/660/2012 del 10 de agosto
y IEDF/DD-XXXIX/811/12 del 16 de octubre, ambos del 2012, dirigidos al Jefe Delegacional
en Xochimilco, en los cuales el Coordinador de la XXXIX Dirección Distrital del IEDF en
Xochimilco hace una cordial invitación al Jefe Delegacional y a los funcionarios de su
administración, a los cursos de capacitación para funcionarios y servidores públicos,
módulos I y II “Instrumentos de Participación Ciudadana”, así como la lista de asistencia a los
cursos presenciales “Instrumentos de Participación Ciudadana” (40 participantes módulo I
y 11 módulo II).
Por lo anterior, se concluye que los servidores públicos de la Delegación Xochimilco participaron
en todos los cursos de capacitación para funcionarios y servidores públicos promovidos
por el IEDF. En consecuencia, contaron con las competencias que proporcionó dicho organismo,
con lo cual se atendió lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Participación Ciudadana
del Distrito Federal.
463
VOLUMEN 8/17
3. Resultado
Objetivos, Indicadores y Metas
El artículo 1o., tercer párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal
vigente en 2012, establece: “Los sujetos obligados a cumplir las disposiciones de esta Ley
deberán observar que la administración de los recursos públicos se realice con base en
criterios de legalidad, honestidad, austeridad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad,
transparencia, control, rendición de cuentas…”.
El artículo 25 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal señala:
“La programación y presupuestación anual del gasto público se realizará con apoyo en los
Anteproyectos de Presupuesto que elaboren las Dependencias, Órganos Desconcentrados,
Delegaciones y Entidades para cada ejercicio fiscal y con base en las políticas del Programa
General y los programas sectoriales establecidos en la Ley de Planeación, y las políticas de
gasto público que determine el Jefe de Gobierno, a través de la Secretaria. El anteproyecto
se elaborará por Dependencias, Órgano Desconcentrado, Delegación y Entidad estimando
los costos para alcanzar los resultados cuantitativos y cualitativos previstos en las metas,
así como los indicadores necesarios para medir su cumplimiento”.
En el mismo sentido, el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal vigente en 2012, dispone: “Las dependencias, órganos desconcentrados,
delegaciones y entidades llevarán la contabilidad en base acumulativa para determinar
costos y facilitar la formulación, ejercicio y evaluación de los presupuestos y sus programas,
con objetivos, metas y unidades responsables de su ejecución”.
Por su parte, el numeral II.4, “Presupuesto Participativo”, del Manual de Programación-
Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2012,
dispone lo siguiente:
“La Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, establece en su artículo 83 que el
Presupuesto Participativo es aquel sobre el cual los ciudadanos deciden respecto a la forma
en que se aplican recursos en proyectos específicos en las colonias y pueblos originarios en
que se divide el territorio del Distrito Federal.
464
VOLUMEN 8/17
”Los recursos de Presupuesto Participativo corresponderán al 3 por ciento del presupuesto
anual de las delegaciones y se destinarán a los rubros generales de obras y servicios,
equipamiento, infraestructura urbana y prevención del delito.
”Por lo anterior, las delegaciones, en la formulación de sus Anteproyectos, deberán considerar
lo establecido en la citada Ley.”
Con el oficio núm. ASC/13/1604 del 23 de agosto de 2013, se solicitó a la Delegación
Xochimilco el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y el Programa Operativo Anual
(POA) 2012; asimismo, mediante el cuestionario de control interno se solicitó información
referente a los objetivos, metas e indicadores vinculados al presupuesto participativo. Con el
oficio núm. DGA/3214/2013 del 9 de septiembre de 2013, el órgano político-administrativo
remitió la información solicitada.
Derivado del análisis de la información proporcionada, se determinó lo siguiente:
1. En respuesta al cuestionario de control interno, la DGA informó que los indicadores
permiten establecer el logro, tanto de objetivos, como de metas; y son las áreas operativas,
las responsables del seguimiento de los indicadores al ejecutar directamente los
proyectos autorizados por los Comités Vecinales. Sin embargo, no presentaron ningún
tipo de indicadores.
2. En el POA 2012 de la Delegación Xochimilco, no se identificó actividad institucional
alguna vinculada con el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, por lo cual,
no se establecieron metas físicas ni financieras.
3. En el Informe de Cuenta Pública de 2012, apartado “Avance en los Indicadores de los
Resultados de las Actividades Institucionales Realizadas” (AIRAIR), correspondiente a la
Unidad Responsable 02 CD 16 Delegación Xochimilco, no se reportó actividad institucional
alguna que agrupara las acciones vinculadas al presupuesto participativo; en consecuencia,
no se registraron “metas 2012” ni “índice de cumplimiento metas” para el rubro revisado.
Por lo anterior, se concluye que la Delegación Xochimilco no dispuso en su Anteproyecto
de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2012 de una actividad institucional;
465
VOLUMEN 8/17
ni contó con objetivos, metas e indicadores para el presupuesto participativo; en consecuencia,
incumplió lo establecido en los artículos 1o., tercer párrafo y 25, de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 126 de su Reglamento; y el numeral II. 4, “Presupuesto
Participativo”, del Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del
Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2012.
En la reunión de confronta, celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de
Administración en representación de la Delegación Xochimilco no proporcionó información
o documentación alguna que modifique la presente observación, por lo que ésta prevalece.
Recomendación ASC-170-12-01-XOC
Es necesario que la Delegación Xochimilco establezca objetivos, metas e indicadores anuales
para el presupuesto participativo que estén vinculados con el Programa General de Desarrollo
del Distrito Federal correspondiente; y que evalúe su cumplimiento, para verificar la eficacia
en el ejercicio de los recursos, de acuerdo con la normatividad aplicable.
4. Resultado
Consulta Ciudadana
El 29 de septiembre de 2011, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Acuerdo
del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal por el que se aprueba
la Convocatoria a participar en la Consulta Ciudadana del 13 de noviembre de 2011, en
cumplimiento a lo dispuesto por la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal,
en el cual estable que, del 3 al 7 de octubre de 2011, los habitantes de las colonias y pueblos,
conforme a la delimitación geográfica establecida en el Catálogo de Colonias y Pueblos
Originarios 2010, podrían registrar ante el Coordinador Interno o de Concertación Comunitaria
del Comité Ciudadano o Consejo del Pueblo que les corresponda, los proyectos específicos
que consideraran prioritarios.
La convocatoria describe el proceso para registrar los proyectos, los rubros genéricos
y específicos en los que se emplearían los recursos provenientes del destino de gasto 65
“Presupuesto Participativo”; así como, las características de los proyectos que se registrarían.
466
VOLUMEN 8/17
Además, señala que las áreas técnicas de las delegaciones proporcionarían información
y apoyo a los Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos, a fin de que éstos seleccionaran
un mínimo de dos y un máximo de cinco proyectos que reunieran las siguientes características
básicas: vinculación con un rubro general y un proyecto específico, costo aproximado del
proyecto, cantidad aproximada de habitantes que serían beneficiados y señalar la ubicación
exacta del proyecto.
El 13 de noviembre de 2011, inició la Consulta Ciudadana, realizada en dos etapas: foro
informativo y recepción de la opinión ciudadana. En la primera etapa, se informaría a los
ciudadanos y a los habitantes de las colonias o pueblos sobre los proyectos elegidos por
el comité respectivo; en la segunda, se recibiría la opinión ciudadana para seleccionar de entre
dichos proyectos, el que consideraran prioritario efectuar en su colonia o pueblo.
Concluida la recepción de opiniones, los responsables de las mesas receptoras realizarían
el escrutinio y cómputo de las opiniones, a fin de determinar los resultados de la consulta,
los cuales se publicarían en lugares visibles. Como resultado, las Direcciones Distritales
del IEDF expidieron las constancias de validación entregadas a la Delegación Xochimilco
para su difusión y ejecución.
Mediante el oficio núm. ASC/13/1604 del 23 de agosto de 2013, la CMHALDF solicitó a la
Delegación Xochimilco información relacionada con el ejercicio de recursos del destino
de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
En respuesta, la DGA del órgano político-administrativo mediante el oficio núm. DGA/3214/2013
del 9 de septiembre de 2013, proporcionó lo siguiente:
1. Copia del oficio núm. SECG-IEDF/0937/2012 del 6 de marzo de 2012, con el cual el IEDF
remitió a la Jefatura Delegacional en Xochimilco, copia de las 75 constancias de validación
correspondientes a los resultados de cada una de las colonias y pueblos de la Delegación
Xochimilco que participaron en la Consulta Ciudadana.
2. Copia de las 75 constancias de validación correspondientes a los resultados de la Consulta
Ciudadana realizada en dicha demarcación territorial, validadas por el Coordinador Distrital
467
VOLUMEN 8/17
y el Secretario Técnico Jurídico de la Dirección Distrital del IEDF, de conformidad con
el Anexo 1 “Presupuesto Participativo por Delegaciones”, del Decreto de Presupuesto
de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, dentro de las cuáles se
identificaron los dos proyectos autorizados que integran la muestra de auditoría.
Se constató que el 49.3% de las constancias (37) se relacionan con el rubro de obras
y servicios y que los dos proyectos relativos a la muestra de auditoría resultaron
ganadores y coinciden con los ejecutados por la Delegación Xochimilco, consistentes
en la construcción de guarniciones y banquetas en 11 Comités Vecinales de la Delegación
Xochimilco, al amparo del contrato núm. DX-DGODU-OP-12-029, otorgado mediante
licitación pública núm. 30001125 003 12; y para el suministro y colocación de juegos
infantiles, adecuación de espacio para adultos mayores y terminación de muro
de contención en ocho Comités Vecinales de dicha Delegación, al amparo del
contrato núm. DX-DGODU-OP-12-041, asignado mediante adjudicación directa
núm. DX-DGODU-OP-12-AD-EXC-02, mismos que se identifican con los rubros generales
de “Obras y Servicios”, “Infraestructura Urbana” y “Prevención del Delito”; por lo que la
Delegación Xochimilco se ajustó al inciso b), del artículo décimo segundo transitorio del
Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012,
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2011.
Respecto del programa semestral de difusión pública de las acciones y funciones a cargo
de la Delegación Xochimilco, ésta informó mediante el oficio núm. DGA/3214/2013 del
9 de septiembre de 2013 que “el Programa Semestral de Difusión del 1o. y 2o. semestre
de 2012, no fue tramitado”, por lo que incumplió los artículos 56 y 57 de la Ley de
Participación Ciudadana del Distrito Federal vigente en 2012, que señalan lo siguiente:
“Artículo 56. Las autoridades locales del Gobierno del Distrito Federal están obligadas
a establecer un programa semestral de difusión pública acerca de las acciones y funciones
a su cargo en los términos de este capítulo…”
“Artículo 57. El programa semestral de difusión pública será aprobado por el Jefe de
Gobierno, tomando en cuenta las opiniones de los Jefes Delegacionales, los Consejos
Ciudadanos, los Consejos del Pueblo y los Comités Ciudadanos, y contendrá información
sobre los planes, programas, proyectos y acciones a cargo de la Administración Pública…”
468
VOLUMEN 8/17
En la reunión de confronta, celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de
Administración en representación de la Delegación Xochimilco proporcionó con el oficio
número DGA/4322/2013 del 9 de diciembre de 2013, copia del oficio número DEPC/2184/2013
del 12 de diciembre de 2013, mediante el cual la Directora Ejecutiva de Participación Ciudadana
envía copia del oficio número DEPC/2178/2013 del 12 de diciembre de 2013, con el que
se remitió el programa semestral de difusión pública del año 2013 del órgano político-
administrativo en Xochimilco a la Jefatura de Gobierno del Distrito Federal, por conducto
de la Coordinación de Enlace Delegacional de la Secretaria de Gobierno del Distrito Federal.
Derivado del análisis a la documentación proporcionada, se concluye que la Delegación
Xochimilco en 2013, dio cumplimiento a lo señalado en los artículos 56 y 57 de la Ley de
Participación Ciudadana del Distrito Federal, por lo tanto no se emite recomendación sobre
el presente resultado.
5. Resultado
Atribuciones y Marco Jurídico
Para verificar que el órgano político-administrativo contara con las atribuciones para la
operación y ejercicio de los recursos del presupuesto participativo, se analizó la normatividad
aplicable. Como resultado de ello, se constató lo siguiente:
Entre las atribuciones que el artículo 39 fracciones LVI y LXXVI, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito Federal, establece que corresponde a los titulares de los
órganos político-administrativos de cada demarcación territorial, se encuentran las siguientes:
“LVI. Ejecutar en su demarcación territorial programas de desarrollo social, con la participación
ciudadana, considerando las políticas y programas que en la materia emita la dependencia
correspondiente […]
”LXXVI. Coordinar acciones de participación ciudadana en materia de prevención del delito…”
Dentro de las atribuciones generales de los titulares de las Direcciones de Área establecidas
en el artículo 136, fracción I, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito
469
VOLUMEN 8/17
Federal, se establece que corresponde a la Dirección General de Participación Ciudadana
lo siguiente:
“I. Cumplir en tiempo y forma la realización de las tareas de participación ciudadana
establecidas en la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, dentro del ámbito
de su competencia.”
Derivado del análisis de la información anterior, se concluye que la Delegación Xochimilco
contó con las atribuciones establecidas en el marco jurídico de la materia para el ejercicio de
los recursos y las actividades vinculadas al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
6. Resultado
Programa Anual de Obra Pública 2012
Para verificar que las adquisiciones que la Delegación Xochimilco realizó con cargo al destino
de gasto 65 “Presupuesto Participativo” se hubiesen llevado a cabo conforme a la normatividad
aplicable, se analizó el PAAAPS de 2012. De su evaluación se constató lo siguiente:
Mediante el oficio núm. SFDF/SE/991/2012 del 30 de enero de 2012, la Subsecretaría de Egresos
de la SEFIN comunicó a la Delegación Xochimilco el calendario presupuestal y el POA definitivo;
ambos corresponden a los montos aprobados por la ALDF mediante el Decreto de
Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2012, al techo presupuestal comunicado
con el oficio núm. SFDF/SE/0066/2012 y a la capacidad financiera del Distrito Federal.
Con base en ello, el órgano político-administrativo elaboró su Programa Anual de Obra
Pública 2012, que publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 26 de marzo de 2012.
La Delegación Xochimilco publicó su Programa Anual de Obra con un desfase de 24 días
naturales posteriores al plazo previsto en el artículo 21 de la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal, por lo que incumplió dicho ordenamiento que establece: “Las […] Delegaciones y
Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, a más tardar dentro de los treinta
días posteriores a la recepción de la autorización presupuestal, darán a conocer a través
de la Gaceta Oficial del Distrito Federal, la disponibilidad de sus programas anuales de obra
pública, salvo que medie causa debidamente justificada para no hacerlo en dicho plazo”.
470
VOLUMEN 8/17
En el análisis del Programa Anual de Obra Pública 2012 de la Delegación Xochimilco, se
observó que no incluye la siguiente información: tipo de obra, lugar de realización de la obra
y zonas beneficiadas. Por ello, la Delegación Xochimilco incumplió lo señalado en el artículo 8o.
del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2012, que
establece: “Las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades al publicar
sus programas anuales de obra pública, darán a conocer las características fundamentales de
las obras públicas correspondientes, como: tipo de obra, costo estimado, lugar de realización
y zonas beneficiadas, de conformidad con el Código Financiero del Distrito Federal”.
En la reunión de confronta, celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de
Administración en representación de la Delegación Xochimilco proporcionó, con el oficio
número DGA/4322/2013 del 9 de diciembre de 2013, copia de los siguientes documentos:
1. Oficio número DGODU/DOP/4429/2013 del 10 de diciembre de 2013, mediante
el cual el Director General de Obras y Desarrollo Urbano instruyó al Subdirector
Técnico y al Jefe de la Unidad Departamental de Concursos, Contratos y Estimaciones,
que se observen los términos establecidos en el artículo 21 de la Ley de Obras Públicas
del Distrito Federal.
2. Oficio número DGODU/DOP/4428/2013 del 10 de diciembre de 2013, mediante
el cual el Director General de Obras y Desarrollo Urbano instruyó al Subdirector Técnico
y al Jefe de la Unidad Departamental de Concursos, Contratos y Estimaciones, que se
observe para los siguientes ejercicios fiscales, lo establecido en el artículo 8o. del
Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
3. Oficio número ST/379/2013 del 10 de diciembre de 2013, mediante el cual el Subdirector
Técnico rinde informe sobre la instrucción recibida, indicando que se implementará de
manera interna en el futuro inmediato un POA que contenga lo establecido en el artículo 8o.
del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
Derivado del análisis de la información proporcionada, se desprende que se han girado las
instrucciones correspondientes, a fin de dar cumplimiento en tiempo y forma a lo establecido en
los artículos 21 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y 8o. de su Reglamento,
por lo que no se emite recomendación alguna sobre este resultado.
471
VOLUMEN 8/17
7. Resultado
Gasto Aprobado
Con objeto de verificar que las asignaciones presupuestarias anuales comprometidas en
el Presupuesto de Egresos de 2012 se hubiesen llevado a cabo conforme a la normatividad
aplicable, se analizó el techo presupuestal reportado en el Analítico de Claves, POA, calendario
presupuestal y anteproyecto de presupuesto de egresos, todos correspondientes al ejercicio
fiscal 2012, de los cuáles se observa lo siguiente:
La Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, por medio del oficio núm. SFDF/SE/0066/2012
del 2 de enero de 2012, comunicó al titular de la Delegación Xochimilco que el techo
presupuestal aprobado por la ALDF para el ejercicio fiscal 2012 fue de 1,196,266.4 miles
de pesos, de los cuales 591,619.1 miles de pesos (49.5%) serían asignados a gasto corriente
y 604,647.3 miles de pesos (50.5%) para gasto inversión.
Se observó que el presupuesto original asignado a la Delegación Xochimilco y reportado
para la integración de la Cuenta Pública del Distrito Federal de 2012 coincide con el techo
presupuestal, el POA y el calendario presupuestal autorizado por la SEFIN.
En el anexo del oficio núm. SFDF/SE/0066/2012 del 2 de enero de 2012, se señalan los
“Recursos Etiquetados en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para
el Ejercicio Fiscal 2012”, mismos que establecen: “conforme al Artículo Transitorio Décimo
Primero del Decreto de Presupuesto de Egresos, se deberá etiquetar con el DG 65, los montos
establecidos en el Anexo 1”, para lo cual dispone de un importe de 35,888.0 miles de pesos.
Asimismo, mediante el oficio núm. SFDF/SE/991/2012 del 30 de enero de 2012, la
Subsecretaría de Egresos de la SEFIN remitió a la Delegación Xochimilco el calendario
presupuestal y el POA, ambos en sus versiones definitivas y autorizadas.
Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4o., 38, primer párrafo, 43, 44
y 47, párrafo primero, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 39 de
su Reglamento; 15, fracción VIII y 17, de la Ley Orgánica de la Administración Pública
del Distrito Federal; 7, fracción VIII, inciso A) y 34, fracción VI, de su Reglamento.
472
VOLUMEN 8/17
8. Resultado
Gasto Modificado
Con objeto de verificar que el presupuesto ejercido coincidiera con el reportado por la Delegación
Xochimilco para la integración de la Cuenta Pública del Distrito Federal de 2012 y que
el presupuesto modificado de las partidas se encontrara soportado con las afectaciones
programático-presupuestarias autorizadas, se analizaron las afectaciones y movimientos
que modificaron el presupuesto original del rubro sujeto a revisión; y se constató que
dichas afectaciones se encontraran debidamente registradas y justificadas.
Derivado del análisis de las afectaciones programático-presupuestarias y de la información
presupuestaria, se observó que el presupuesto original de la Delegación Xochimilco, respecto
al presupuesto participativo 2012, incluye la cantidad de 35,888.0 miles de pesos con
cargo al capítulo 6000 “Inversión Pública”, posiciones presupuestales núms. 6121 0 2 1 00,
6151 0 2 1 00 y 6191 0 2 1 00. Sin embargo, en el calendario presupuestal no se etiquetaron
los recursos para el destino de gasto 65.
En razón de lo anterior, la Delegación Xochimilco realizó 18 afectaciones programático-
presupuestarias autorizadas por la SEFIN (ocho para readecuar los recursos asignados al
presupuesto participativo, ocho con efecto cero y dos reducciones líquidas) como se muestra
en seguida:
(Miles de pesos)
Concepto Importe Parcial Total
Presupuesto original
0.0
Más:
Adiciones compensadas 30,978.4
Ampliaciones compensadas 29,392.6 60,371.0
Menos:
Reducciones compensadas (25,261.3)
Reducciones líquidas (957.1) (26,218.4)
Presupuesto modificado y ejercido
34,152.6
Presupuesto asignado 35,888.0
Presupuesto no ejercido (1,735.4)
473
VOLUMEN 8/17
Se verificó que de conformidad con lo establecido en el Anexo núm. 1 del Decreto de
Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012 publicado en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2011, a la Delegación Xochimilco
se le asignaron recursos por concepto de destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”,
por 35,888.0 miles de pesos (5.1% del presupuesto asignado a las 16 delegaciones del Distrito
Federal). La Delegación Xochimilco ejerció 34,152.6 miles de pesos, que representaron
1,735.4 miles de pesos (4.8%) menos de lo asignado.
Asimismo, se constató que el presupuesto original reportado por la Delegación Xochimilco para
la integración de la Cuenta Pública del Distrito Federal de 2012 coincide con el comunicado
por la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN mediante el oficio núm. SFDF/SE/0066/2012
del 2 de enero de 2012. Por su parte, el presupuesto modificado y ejercido, integrados por
la CMHALDF, corresponden a los consignados en la Cuenta Pública referida y el sujeto
fiscalizado contó con los recursos asignados al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”
antes de establecer cualquier compromiso de pago para realizar las obras resultantes de
la Consulta Ciudadana de 2012.
En la revisión de las afectaciones programático-presupuestarias del destino de gasto 65
“Presupuesto Participativo” del ejercicio fiscal 2012, se comprobó que éstas fueron elaboradas,
soportadas documentalmente y autorizadas por la SEFIN mediante el Sistema de Planeación
de Recursos Gubernamentales, de conformidad con lo establecido en el apartado
IV.3.3 “Adecuaciones Programático-Presupuestarias”, numeral 3, del Manual de Normas y
Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal; y los
artículos 76, fracción III; 77; y 78, capítulo III “De las Adecuaciones Presupuestarias”, Título
Tercero “Del Ejercicio del Gasto Público”, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del
Distrito Federal, todos vigentes en 2012. Por tanto, del presente resultado no se desprende
observación alguna.
9. Resultado
Gasto Comprometido
En 2012, la Delegación Xochimilco ejerció recursos por 34,152.6 miles de pesos por concepto
de destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” con cargo a los capítulos 2000 “Materiales
y Suministros”, por 10,540.8 miles de pesos (30.8%); 4000 “Transferencias, Asignaciones,
474
VOLUMEN 8/17
Subsidios y Otras Ayudas“, por 955.2 miles de pesos (2.8%); 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles
e Intangibles”, por 2,824.7 miles de pesos (8.3%); y 6000 “Inversión Pública”, por 19,831.9 miles
de pesos (58.1%).
Del total de los recursos ejercidos (34,152.6 miles de pesos), el 21.9% (7,457.7 miles de pesos)
se erogó con cargo a la partida 6121 “Edificación no Habitacional” y el 36.2% (12,374.2 miles
de pesos) con cargo a la partida 6141 “División de Terrenos y Construcción de Obras de
Urbanización”. De estas partidas, se determinó la muestra de auditoría por 9,213.2 miles
de pesos (27.0%) del presupuesto ejercido en construcción de guarniciones y banquetas
en 11 Comités Vecinales de la Delegación Xochimilco, al amparo del contrato
núm. DX-DGODU-OP-12-029, por 5,263.5 miles de pesos, otorgado mediante licitación
pública núm. 30001125 003 12; y 3,949.7 miles de pesos que se emplearon para el suministro
y colocación de juegos infantiles, adecuación de espacio para adultos mayores y terminación
de muro de contención en 8 Comités Vecinales de la Delegación Xochimilco, al amparo
del contrato núm. DX-DGODU-OP-12-041 asignado mediante la adjudicación directa
núm. DX-DGODU-OP-12-AD-EXC-02.
A fin de constatar que el sujeto fiscalizado se hubiese ajustado a la normatividad aplicable,
se revisaron los procedimientos de adjudicación y los contratos para verificar que se haya
dado cumplimiento a las bases y a las principales cláusulas de los contratos respectivos,
observándose lo siguiente:
Contrato núm. DX-DGODU-OP-12-029
1. Con fecha 12 de junio de 2012, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
núm. 1371, la convocatoria pública nacional núm. 001 para la licitación pública nacional
núm. 30001125 003 12, con objeto de llevar a cabo la construcción de guarniciones
y banquetas en 11 Comités Vecinales de la Delegación Xochimilco.
2. La convocatoria cumplió los requisitos establecidos en el artículo 28 de la Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal vigente en 2012.
3. El expediente de la licitación pública contó con la documentación soporte consistente
en el presupuesto de referencia, bases, compra de las bases de la licitación, acta relativa
475
VOLUMEN 8/17
a la junta de aclaración de bases, presentación de apertura de la documentación legal
y administrativa, propuestas técnica y económica, dictamen y acta de fallo, contrato y
convenio modificatorio, garantías de sostenimiento de la propuesta y de cumplimiento
del contrato, pólizas de responsabilidad civil y de vicios ocultos, así como el dictamen de
análisis cualitativo. Dichos eventos se ajustaron a lo dispuesto en la Ley de Obras Públicas
del Distrito Federal vigente en 2012.
4. Conforme al dictamen y fallo del 3 de julio de 2012, la Delegación Xochimilco suscribió
el 6 de julio de 2012 el contrato núm. DX-DGODU-OP-12-029 por un monto de
5,229.8 miles de pesos (IVA incluido), con base en los precios unitarios por unidad de
concepto de trabajo terminado, con el contratista Proyección y Diseño en Construcción,
S.A. de C.V., quien reunió las condiciones legales, técnicas y económicas establecidas
en las bases, para realizar los trabajos de construcción de guarniciones y banquetas
en 11 comités vecinales de la Delegación Xochimilco.
5. El período de ejecución de las obras sería del 9 de julio al 23 de noviembre de 2012.
6. Con fecha 12 de diciembre de 2012, y con el fin de que cada Comité Ciudadano contara
con el importe autorizado del presupuesto participativo, se amplió el importe contratado
para banquetas y guarniciones. Al respecto, la Delegación Xochimilco celebró el convenio
modificatorio en importe núm. DX-DGODU-OP-12-029-01, por un monto de 33.7 miles
de pesos (0.6% más del importe original).
Contrato núm. DX-DGODU-OP-12-041
1. En la 7a. Sesión Ordinaria del Subcomité de Obras de la Delegación celebrada el 25 de
julio de 2012, se dictaminó que habiendo sido declarada desierta la convocatoria pública
nacional núm. 001; licitación pública nacional núm. 30001125 004 12, publicada en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal el 12 de junio de 2012, referente al suministro y
colocación de juegos infantiles, adecuación de espacio para adultos mayores y terminación
de muros de contención en ocho Comités Vecinales, de la Delegación Xochimilco, de
conformidad con el artículo 63, fracción IV, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal,
se aprobó llevar a cabo su contratación bajo la modalidad de adjudicación directa.
476
VOLUMEN 8/17
2. Mediante el oficio núm. DGODU/ST/2272/12 del 27 de julio de 2012, la DGODU
comunicó al Administrador Único de la empresa Macros A & M, S. A. de C. V., la invitación
para que presentara su propuesta.
3. El contratista Macros A & M, S. A. de C. V. reunió las condiciones legales, técnicas
y económicas correspondientes, por lo que la Delegación Xochimilco con base en los
precios unitarios y por unidad de concepto de trabajo terminado suscribió el contrato
núm. DX-DGODU-OP-12-041 el 9 de agosto de 2012, para el suministro y colocación de
juegos infantiles, adecuación de espacio para adultos mayores y terminación de muros
de contención en ocho Comités Vecinales de la Delegación Xochimilco, por un monto de
3,471.2 miles de pesos.
4. La vigencia del contrato fue del 13 de agosto al 26 de noviembre de 2012.
5. El 11 de octubre de 2012, derivado de la asignación de un nuevo frente de trabajo
denominado “La Cebada I”, para la instalación de dos gimnasios y un módulo de juegos
infantiles, la Delegación celebró el convenio modificatorio en importe, plazo y metas
núm. DX-DGODU-OP-12-041-01, por un monto de 478.5 miles de pesos (13.7%)
adicionales al importe original y ampliación del plazo para la ejecución de la obra del
27 de noviembre al 10 de diciembre de 2012.
En la cláusula décima, “Garantías”, de los contratos núms. DX-DGODU-OP-12-029 y DX-
DGODU-OP-12-041, inciso a), los contratistas se comprometieron a entregar póliza de
fianza en un plazo no mayor a 10 días hábiles siguientes a la fecha de fallo de adjudicación
a favor de la SEFIN, otorgada por institución autorizada para ello, por el equivalente al 10.0%
del monto contratado (IVA incluido), a fin de garantizar el cumplimiento de sus obligaciones.
Dicha fianza, se sustituiría al final de los trabajos por la fianza para responder a los vicios
ocultos, de acuerdo con el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal vigente en 2012.
En la cláusula décima, “Garantías”, inciso b), de los contratos núms. DX-DGODU-OP-12-029
y DX-DGODU-OP-12-041, se estableció que para responder por defectos que pudieran resultar
de los trabajos realizados y que contengan vicios ocultos y/o cualquier otra responsabilidad,
477
VOLUMEN 8/17
los contratistas se obligan a garantizar mediante fianza por el equivalente al 10.0% del monto
contratado (IVA incluido), la cual deberá estar vigente durante el plazo de un año, a partir
de 10 días hábiles previos a la recepción formal, de conformidad con los artículos 35 fracción III,
36 y 38, de Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y los artículos 35 y 36 de su Reglamento.
En la cláusula décima, “Garantías”, inciso c), referente a la póliza de seguros de responsabilidad
civil por daños a terceros de los contratos núms. DX-DGODU-OP-12-029 y DX-DGODU-OP-12-041,
las empresas contratistas se comprometieron a entregar seguro de responsabilidad civil por
daños a terceros dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de la firma del contrato,
por el equivalente al 10.0% del monto contratado (IVA incluido), con vigencia desde el inicio
de los trabajos hasta la entrega de los mismos.
En cumplimiento de lo dispuesto en la cláusula décima, “Garantías”, incisos a), b) y c), del
contrato núm. DX-DGODU-OP-12-029 celebrado con el contratista Proyección y Diseño
en Construcción, S.A. de C.V. y el núm. DX-DGODU-OP-12-041 con la contratista Macros
A & M, S. A. de C. V., ambas empresas presentaron en tiempo y forma las pólizas de fianza
para garantizar el cumplimiento del contrato, responsabilidad civil para garantizar la reparación
total de los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar a terceros y para responder por
vicios ocultos y por cualquier otra responsabilidad, como se muestra en seguida:
(Miles de pesos)
Contrato Compañía
Número de póliza
Fecha de
expedición Monto %
Número Fecha Importe
Fianzas de cumplimiento: DX-DGODU-OP-12-029 6/VII/2012 5,263.5 Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V.
5322-26958-2 6/VII/12 522.9 10.0
DX-DGODU-OP-12-041 9/VIII/2012 3,949.7 Afianzadora ASERTA, S.A. de C.V.
3839-04430-4 9/VIII/12 395.0 10.0
Fianzas de responsabilidad civil: DX-DGODU-OP-12-029 6/VII/2012 5,263.5 La Latinoamericana, S.A. de C.V.
15,425 11/VII/12 522.9 10.0
DX-DGODU-OP-12-041 9/VIII/2012 3,949.7 Seguros Banorte Generali, S.A. de C.V.
2,564 14/VIII/12 395.0 10.0
Fianzas de vicios ocultos: DX-DGODU-OP-12-029 6/VII/2012 5,263.5 Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V.
5322-26958-2 6/VII/12 522.9 10.0
DX-DGODU-OP-12-041 9/VIII/2012 3,949.7 Afianzadora ASERTA, S.A. de C.V.
3839-04430-4 9/VIII/12 395.0 10.0
Lo anterior, en cumplimiento de los artículos 35, fracción III; 36; y 58, segundo párrafo, de la Ley
de Obras Públicas del Distrito Federal; y 35 y 36 de su Reglamento, ambos vigentes en 2012.
478
VOLUMEN 8/17
De las consultas realizadas el 7 de octubre de 2013, se desprende que ninguna de las dos
empresas contratistas de la muestra de auditoría con quienes la Delegación Xochimilco realizó
operaciones en 2012, se encuentra en los listados de proveedores y contratistas sancionados
que publican dichas instancias en sus sitios oficiales. Lo anterior, de conformidad con el
artículo 37, fracción XI-BIS, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2012.
Por tanto, no se formula observación alguna al respecto.
10. Resultado
Gasto Devengado
Respecto a la recepción de las obras contratadas, se verificó que el órgano político-
administrativo contara con la evidencia documental respectiva.
Contratos núms. DX-DGODU-OP-12-029 y DX-DGODU-OP-12-041
Los dos contratistas entregaron la bitácora de obra debidamente requisitada al término de
la obra, de acuerdo con lo establecido en la cláusula octava “Bitácora” de dichos contratos,
“las contratistas se obligan a registrar en la bitácora de la obra los eventos que sucedan
durante el desarrollo de los trabajos, en apego a lo que se establece en los artículos 46
fracción XI de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y 62 fracción I de su Reglamento”,
vigente en 2012.
1. En cuanto a la recepción de los trabajos amparados por el contrato
núm. DX-DGODU-OP-12-029, la Delegación Xochimilco proporcionó el oficio sin número
de notificación de terminación de los trabajos del 23 de noviembre de 2012, actas de
recepción parcial por frente del 21 de noviembre de 2012 y el acta de entrega-recepción
que se formalizó el 17 de abril de 2013, debiendo ser dentro de los 10 días hábiles
siguientes a la fecha de la notificación (7 de diciembre de 2012), observándose un desfase
de 79 días hábiles.
2. Respecto de los trabajos amparados por el contrato núm. DX-DGODU-OP-12-041,
la Delegación proporcionó el oficio sin número del 10 de diciembre de 2012, minuta
de trabajo del 14 de diciembre de 2012, con la finalidad de verificar la conclusión
479
VOLUMEN 8/17
de los trabajos realizados, en la cual se hace constar que la empresa ejecutora realizó
la terminación de los trabajos satisfactoriamente conforme al contrato, a lo cual se
procederá al cierre administrativo y contable de la obra. El acta de entrega-recepción se
formalizó el 20 de agosto de 2013, debiendo ser dentro de los 10 días hábiles siguientes
a la fecha de la notificación (19 de enero de 2013), por lo tanto la entrega-recepción
se formalizó con un desfase de 155 días hábiles.
Por no elaborar las actas de entrega-recepción de los contratos DX-DGODU-OP-12-029
y DX-DGODU-OP-12-041 dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de recepción
de la comunicación de los contratistas sobre la terminación de los trabajos, la Delegación
Xochimilco incumplió las cláusulas décima séptima “Verificación y Recepción de los Trabajos”
párrafos primero, quinto y sexto de ambos contratos; y el artículo 57, cuarto párrafo, de la Ley
de Obras Públicas del Distrito Federal, que establecen:
“Dentro de los 10 (diez) días hábiles anteriores a la fecha de terminación de los trabajos,
de acuerdo con la fecha contractual o a la última modificación en plazo del mismo acuerdo
a la fecha contractual o a la última modificación en plazo del mismo, ‘EL CONTRATISTA’
comunicará por oficio al Residente de Obra de ‘LA DELEGACIÓN’ la terminación de los
trabajos que le fueron encomendados, anexando los documentos que lo acrediten e incluirá una
relación de las estimaciones, importe ejercido y créditos a favor o en contra. ‘LA DELEGACIÓN’
verificará obligatoriamente dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha de
recepción de la comunicación antes citada, que los trabajos estén debidamente concluidos
de conformidad a lo establecido en el presupuesto y programa de trabajo. […] Una vez que se
haya constatado la terminación de los trabajos en el plazo establecido ‘LA DELEGACIÓN’
procederá obligatoriamente a su recepción física dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes,
levantándose el acta correspondiente.”
Artículo 57, cuarto párrafo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal: ”Una vez
que se haya constatado la terminación de los trabajos […] la dependencia, órgano
desconcentrado, delegación o entidad, procederá a su recepción dentro del plazo que
para tal efecto se haya establecido en el propio contrato. Al concluir dicho plazo, sin que
la dependencia, órgano desconcentrado, delegación o entidad, haya recibido los trabajos,
éstos se tendrán por recibidos”.
480
VOLUMEN 8/17
En la reunión de confronta, celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de
Administración en representación de la Delegación Xochimilco proporcionó, con el oficio
número DGA/4322/2013 del 9 de diciembre de 2013, copia de los siguientes documentos:
1. Oficio núm. DGODU/DOP/ST/4432/2013 del 10 de diciembre de 2013, mediante el cual
el Director General de Obras y Desarrollo Urbano instruye al Subdirector de Obras,
titulares de las Jefaturas de Unidad Departamental de Mantenimiento a Escuelas;
Mantenimiento a Edificios Públicos; Obras, Agua Potable y Drenaje; Obras Viales;
Proyectos; Concursos, Contratos y Estimaciones y Avance Físico Financiero, el cumplimiento
de lo establecido en los artículos 57, cuarto párrafo, de la Ley de Obras Públicas del
Distrito Federal; 64 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las
Mismas, así como el estricto acatamiento a lo establecido en los contratos de obra
pública y servicios relacionados con la misma que se encuentren bajo su supervisión.
2. Oficio número DGODU/DOP/ST/4434/2013 del 10 de diciembre de 2013, mediante el cual
el Director General de Obras y Desarrollo Urbano remite al Subdirector de Obras, Titulares
de las Jefaturas de Unidad Departamental de Mantenimiento a Escuelas; Mantenimiento
a Edificios Públicos; Obras, Agua Potable y Drenaje; Obras Viales; Proyectos; Concursos,
Contratos y Estimaciones y Avance Físico Financiero, formato elaborado de conformidad
con lo establecido en el artículo 57 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y
64 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, que deberá
de complementarse por cada uno de los contratos que les sean asignados de conformidad
con la competencia de las áreas a su cargo y supervisión como residentes de obra; y que
una vez que el formato se encuentre debidamente requisitado deberá ser integrado al
expediente único del instrumento contractual correspondiente.
Derivado del análisis de la información proporcionada, se concluye que la Delegación
Xochimilco ha girado las instrucciones correspondientes a fin de dar cumplimiento en tiempo
y forma a lo establecido en el artículo 57, cuarto párrafo, de la Ley de Obras Públicas del
Distrito Federal, por lo que no se emite recomendación alguna sobre este resultado.
De acuerdo con la verificación física efectuada el 3 de octubre de 2013 por la CMHALDF
y la Delegación Xochimilco, con la finalidad de constatar la realización de las obras objeto
481
VOLUMEN 8/17
de los dos contratos de la muestra de auditoría, se observó que éstas corresponden a la
descripción establecida en dichos contratos y a los proyectos ganadores que se indican
en las constancias de validación emitidas como resultado de la Consulta Ciudadana celebrada
el 13 de noviembre de 2011.
11. Resultado
Gasto Registrado y Ejercido
Con el propósito de verificar que los pagos realizados por la Delegación Xochimilco con cargo
al capítulo 6000 “Inversión Pública”, partida 6141 “División de Terrenos y Construcción de
Obras de Urbanización”, se hayan sujetado a las condiciones pactadas en los contratos
núms. DX-DGODU-OP-12-029 del 6 de julio y DX-DGODU-OP-12-041 del 9 de agosto,
ambos de 2012; que éstos estuvieran respaldados con la documentación justificativa
y comprobatoria de las obras; y que el registro presupuestal se hubiese sujetado a la
normatividad aplicable, se analizó la documentación soporte de la muestra, contenida
en las 17 CLC que se relacionan a continuación:
(Miles de pesos)
Número de contrato CLC Factura
Número Fecha Importe
Número Fecha
DX-DGODU-OP-12-029 10004292 25/IX/12 13.1 11 29/VIII/12
10004312 25/IX/12 939.7 18 5/IX/12
10005330 19/X/12 1,553.3 25 5/X/12
10007668 23/XI/12 1,288.3 37 15/XI/12
10007855 24/XI/12 563.6 32 24/X/12
10008957 12/XII/12 445.0 47 3/XII/12
10016261 31/XII/12 17.5 82 31/I/13
10016275 31/XII/12 443.0 82 31/I/13
Subtotal 5,263.5
DX-DGODU-OP-12-041 10005333 19/X/12 235.8 26 31/VIII/12
10014373 31/XII/12 175.6 42 2/X/12
10016180 31/XII/12 34.2 56 31/X/12
10016182 31/XII/12 281.7 56 31/X/12
10016115 31/XII/12 46.5 56 31/X/12
10013735 31/XII/12 48.0 63 3/XII/12
10013818 31/XII/12 444.3 75 11/XII/12
10014158 31/XII/12 2,605.8 75 11/XII/12
10013969 31/XII/12 77.8 75 11/XII/12
Sub-total 3,949.7
Total 9,213.2
482
VOLUMEN 8/17
Derivado del análisis de la documentación que soporta los pagos realizados, se observó
lo siguiente:
1. Las 17 CLC, mediante las cuales la Delegación Xochimilco pagó a los contratistas igual
número de estimaciones de obra relacionadas con los contratos núms. DX-DGODU-OP-12-029
y DX-DGODU-OP-12-041 y convenios modificatorios núms. DX-DGODU-OP-12-029-01 y
DX-DGODU-OP-12-041-01, respectivamente, fueron elaboradas por el personal autorizado
y contaron con la documentación justificativa y comprobatoria del gasto, consistente
en escritos de entrega de la estimación por parte del contratista, 12 facturas, carátulas
para estimaciones, control acumulativo de estimaciones, resúmenes de generadores por
concepto, hojas anexo de ubicación de frentes de trabajo, volantes de trámite de estimación
(hojas viajeras), copia de los contratos, copia de las pólizas de fianza de cumplimiento
y vicios ocultos, oficios de envío de la estimación para su pago, en cumplimiento del
artículo 69, fracciones I y III, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal
vigente en 2012
2. Las 12 facturas con las que se soportaron los pagos efectuados mediante las 17 CLC
al amparo de los contratos núms. DX-DGODU-OP-12-029 y DX-DGODU-OP-12-041
cumplen los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29A del Código Fiscal
de la Federación vigente en 2012, además de encontrarse registradas en el Sistema
Integral de Comprobantes Fiscales (SICOFI), realizando su verificación con el Servicio de
Verificación de Comprobantes Fiscales Impresos del Servicio de Administración Tributaria
de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
3. El registro presupuestal de las operaciones revisadas se llevó a cabo conforme
al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2012.
4. El contenido de los contratos se ajustó al artículo 46 de la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal vigente en 2012.
12. Resultado
Gasto Pagado
Con el objeto de verificar que la Delegación Xochimilco contara con la documentación que
reflejara la cancelación total de las obligaciones contraídas mediante los contratos
correspondientes a la muestra de auditoría, por medio de los oficios núms. ASC/13/1899
483
VOLUMEN 8/17
y ASC/13/1900, ambos del 26 de septiembre de 2013, la CMHALDF solicitó a las empresas
contratistas con quienes la Delegación celebró los contratos núms. DX-DGODU-OP-12-029 y
DX-DGODU-OP-12-041, la confirmación de las operaciones realizadas con la Delegación
Xochimilco en el ejercicio 2012, que incluye la relación de pagos, copia de las facturas
respectivas, copia de la documentación que compruebe que las obras realizadas fueron
efectivamente entregadas a dicho órgano político-administrativo y, en su caso, el importe
de las penas convencionales aplicadas.
Al respecto, los contratistas Macros A & M, S.A. de C.V. y Proyección y Diseño en
Construcción, S.A. de C.V., mediante oficios sin número del 21 y 3 de octubre de 2013,
respectivamente, enviaron cuadros concentrados de información en los que cada una de ellas
detallan el monto, fecha de inicio y término, descripción de los trabajos, facturas, importes
y fecha de pago de cada estimación y anexan copia de la documentación antes descrita.
De su análisis, se confirmó que la información y documentación proporcionada coincide
con la exhibida por la Delegación Xochimilco.
13. Resultado
Informes del Compromiso y Ejecución
En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de diciembre de 2011, se publicó el Decreto
de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, que en su artículo
décimo segundo transitorio, inciso f), establece: “Los Jefes Delegacionales entregarán cuatro
informes del compromiso y la ejecución de los recursos aplicados al presupuesto participativo,
por colonia y por pueblo originario, a más tardar el 30 de marzo, el 30 de junio, el 30 de
septiembre y el 5 de diciembre de 2012, mismos que serán turnados al Jefe de Gobierno
del Distrito Federal, a la Contraloría General del Distrito Federal a efecto de que evalúe
su aplicación y cumplimiento, así como a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal”.
Derivado del análisis de los informes del compromiso y la ejecución de los recursos aplicados
al presupuesto participativo por colonia y por pueblo originario correspondiente a los 75 Comités
Ciudadanos y Consejos de Pueblos constituidos en la Delegación Xochimilco, se observó que
dichos informes, fueron entregados en las fechas que se señalan a continuación:
484
VOLUMEN 8/17
Período del informe
Fecha Días
de desfase Debieron
presentarse Se presentaron
Primer trimestre 30/III/12 18/V/12 35
Segundo trimestre 30/VI/12 29/VI/12 0
Tercer trimestre 30/IX/12 24/IX/12 0
Cuarto trimestre 5/XII/12 26/XI/12 0
Por haber presentado el informe correspondiente al primer trimestre de 2012 en forma
extemporánea, la Delegación Xochimilco incumplió lo dispuesto en el inciso f), del artículo
décimo segundo transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para
el Ejercicio Fiscal 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre
de 2011.
No obstante, en razón de que el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal
para el Ejercicio Fiscal 2013 publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de
diciembre de 2012 no establece que las delegaciones tengan la obligación de presentar
los informes del compromiso y la ejecución de los recursos aplicados al presupuesto
participativo por colonia y por pueblo originario, por lo que no se emite recomendación para
el presente resultado.