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Introducción a la historia institucional del concejo de Soria en la Baja Edad Media MÁXIMO DIAGO HERNANDO * Tradicionalmente la historiografía ha reservado un lugar importante dentro de sus preocupaciones al tema de las instituciones de gobierno y administración en sus diferentes escalas. La historiografía local no ha sido ajena a esta tendencia, y así, en el caso que a nosotros aquí nos interesa, nos encontramos con que todas aquellas que se han propuesto reconstruir dc forma más o menos sistemática la historia de Soria. haciendo excepción de algunos de los más modernos investigadores, han asignado un papel clave en sus obras a la descripción de los aparatos institucionales (te go- bierno y administración. Esta tendencia se manifiesta de forma particular- mente acusada en todos aquellos autores que se han ocupada de la Soria del antiguo régimen, entre los cuales habría que destacar como los das más sígníficativos a Loperráez ya Nicolás Rabal 2 En las obras de estos dos autores, que en muchos puntos se limitan a resumir o copiar las dIc otros mas antiguos, en especial la de Mosquera t abundan las páginas de histo- ria institucional. No obstante. cIada la antiguediadí de ambas, es comprensi— 1.] ni vers dad Complutense. Madrid. Lot’m:RR.Ám¿Z CoRVALÁN, ].. De,scri perón histórica del r;hi.spado de Osma. Turner. 1978. Sigue la edición de Madrid cíe 3788. RAnám.. N.: Historia de Soria. Macondo Ediciones. Soria. 1980. pp. 177-202. espcciaimen- te el cap. IV <La primera edición se publicó ea Barcelona en 1889>. MosQuirjA nr BARNurvo. E.: La Nconanui,ia. Sevilla 1612. Dcl mismr, aulor se conserva un manuscrm mo sobre la misma íetn álica en el Archivo Municipal (le Soria. sección unajes. mero 60. Presumiblemente éste time cap acio por MARTEL., M. en su abra De la /hndúeión de 1<, /r, Ir’¡’,i>¡ri :tIr-rlí;,y,/ r~.” r ~—f</S.Y —lr,lítí,ri¡ó t ~Iii~ ?~<ir?nÉ? ( rriir~~irr(er sc—Mc,

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Introducción a la historia institucionaldel concejode Soriaen la Baja EdadMedia

MÁXIMO DIAGO HERNANDO *

Tradicionalmentela historiografíaha reservadoun lugar importantedentro de sus preocupacionesal tema de las institucionesde gobiernoyadministraciónen susdiferentesescalas.La historiografíalocal no ha sidoajenaa esta tendencia,y así,en el casoquea nosotrosaquínos interesa,nos encontramosconquetodasaquellasquese hanpropuestoreconstruirdc forma máso menossistemáticala historiadeSoria.haciendoexcepciónde algunosde los másmodernosinvestigadores,han asignadoun papelclave en sus obrasa la descripciónde los aparatosinstitucionales(te go-bierno y administración.Estatendenciase manifiestade forma particular-menteacusadaen todosaquellosautoresque se hanocupadade la Soriadel antiguorégimen,entrelos cualeshabríaquedestacarcomolosdasmássígníficativosa Loperráez y a Nicolás Rabal 2 En las obrasde estosdosautores,que en muchospuntosse limitan a resumiro copiarlas dIc otrosmasantiguos,en especialla de Mosquerat abundanlas páginasde histo-ria institucional.No obstante.cIadala antiguediadíde ambas,escomprensi—

1.] ni vers dad Complutense. Madrid.

Lot’m:RR.Ám¿Z CoRVALÁN, ].. De,scriperón histórica del r;hi.spado de Osma. Turner. 1978. Siguela edición de Madrid cíe 3788.

RAnám.. N.: Historia de Soria. Macondo Ediciones. Soria. 1980. pp. 177-202. espcciaimen-te el cap. IV <La primera edición se publicó ea Barcelona en 1889>.

MosQuirjA nr BARNurvo. E.: La Nconanui,ia. Sevilla 1612. Dcl mismr, aulor se conservaun manuscrm mo sobre la misma íetn álica en el Archivo Municipal (le Soria. sección unajes.

mero 60. Presumiblemente éste time cap acio por MARTEL., M. en su abra De la /hndúeión de

1<, /r, Ir’¡’,i>¡ri :tIr-rlí;,y,/ — r~.” r ~—f</S.Y —lr,lítí,ri¡ó t ~Iii~ ?~<ir?nÉ? ( rriir~~irr(er sc—Mc,

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24 A’Ia.vUfl() Diaga Hernando

bíe que sus planteamientosnos resultenhoy obsoletos,incluso desdelaópticade unahistoria estrictamenteinstitucional.Porello hemosconside-rado queseriaconvenientecontinuarla tareapor ellos marcadaparatra-lardemejorarnuestroconocimientodel marcoinstitucionalen quese des-arrolló la historia sorianaantesdel advenimientode la sociedadliberalburguesa.partiendo(le los planteamientosmetodológicospropios de lahistoriografíaactual, queorientan la investigaciónsobretodo al conoci-miento del funcionamientoreal dc las institucionesmasquea su descrip-cían formal, y especialmenteal análisis de las relacionesdialécticasexistentesentre las institucionesy sociedadt

Consideramosqueel advenimientode la revolución liberal burguesarepresentóen lo quese refierea la historia de las institucionesunasolu-ción de continuidadqueobjetivamenteno se puedeignorar~ Ahorabien.seríainadmisiblementesimplificadorconsiderarquedesdecomienzosdelsiglo XII. momentode la repoblaciónde estastierrasy en consecuenciatambién momentode su reestructuracióninstitucional, hastacomienzosdel XIX. momentoen quese implantala reformainstitucionalqueconíle-va La revolución burguesa.las institucionesfueron siemprelas mismasyfuncionaronde forma totalmenteuniforme a lo largo del tiempo. Eviden-tementeentreamnbasfechasmuchoscambiosacontecieronen la historiadeCastilla.y de Soriaen particular,que tuvieron tambiénsu reflejo en laevolucióndelas instituciones.Perojunto a estoscambiospodemosconsta-tartambién en algunosaspectosunasorprendentecontinuidada lo largode los siglos, y el másnotorioes eí referentea la delimitación del niareogeográficosobreel queactuabanlas instituciones,quepermanecióprácti-camenteinvariablehastaprincipios del XIX. haciendoexcepciónde algu-nos pocoscasosaislados‘.

Desvelarel procesodeestructuracióninstitucionaldíel ámbitogcográfi-c() quenosocupaen susprimerosmomentoses tareasumamenteardua,sitenemosen cuentala carenciade documentaciónprocedentede estaépo-ca. Nosotros,dadaslas 1 ini acionesdel presentetrabajo,no vamosa i nten—

Soria, drl origen de los d,>:r• lina ¡cd. cansenacía cmi ‘e rsiómí o rigi nal cmi la [tibIameca Nacionalde Mac! ricl. sección man usen tas. núm. .3452.

Vid., en t me otros. Ch>NZA 1. IZ (3m Mm: NI it M.. El Can r ip) dr ( it r”iotut a fine< dr la Edad Mr’—dio (/464-/523), Sevilla. ¡973.

Viii U.ssr~us. U. m =1::La ,erolmseió,í Iihrra t 1< ‘.s mu;> iciplús espahí:. s. Al ia o y.>> - Mací ricl -

1979.Si cmí~ pre se ha utiliza do conio marco cíe referencia ci padrón cíe Al Canso X para recons—

tru ir ci ámbito geográfico que eom prend ia la tierra cíe Soria en el momento (le 50 constmlu-ción. Asi lo hizo jíMuNo. E. en: «La población de Soria y su lérniino en 1270 según elpadrón qcme mandó hacer ALonso X cíe sos vecinosy moradores», BRAH núm. 142 (1958¡pp. 207-74 y 365—94.Al lima mbién refiere algcmnasirod iticaciones postefiorcYs realizadas sobreci mapa. pero en este seat ido q cíeda toda via mucha porcta rificar.

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Introducción a fa historia institucional... 95

Lar ni siquieraesbozarunabreveexplicacióndedicho proceso,ya queellorequeriríauna investigaciónmonográficabastanteen profundidad.queaún no estamosen condicionesde llevar a cabo.Sí disponemos.por elcontrario,de una fuentede extraordinariovalor paraconocerlas carac-terísticasbásicasdela organizacióninstitucionalde Soria y su tierra en laépocaplenomedieval,en torno al siglo Xlii. sin que sc puedanprecisarmáslas fechas.dadala calidadde la fuente,queno esotra queel FuerodeSoria.queen suversiónlatina primitiva se puederetrotraera épocadeAl-fonso VIII, peroquehoy sólo conocemospor sus versmonesromanceadas.conservadasen manuscritoscon letra del XIV. pero con lenguadel XIII.Referencíainexcusableen toda historia institucional constituye.sin em-bargo.una fuenteparcialen cuantoquese tratade un ordenamientolegal,queseríaprecisocontrastarcan informacionesrelativasa cómosellevabaa la prácticaen la realidad.No obstante,estatarearesulta imposibleporcarecercasi absolutamentede fuentesdocumentalespara el siglo XLII.Estas fuentescomienzana apareceren forma más abundante.aunquenunca masiva,en momentosposteriores,y paraentoncesmuchasde lasfiguras institucionalesconstatadasen el fuero handesaparecidoo se hanvistoalteradasen algunamanera,al tiempoquehansurgidaotrasnuevas,segúnse compruebaen dichasfuentesdocumentales.No cabe dudaqueentretanto habíanacontecidocambiosen la organizacióninstitucional.

Nosotrosen el presentetrabajopretendemosdarcuentade estetipo decambiosquehemospodido constatara partir de la consultade la docu-muentación.queno ha sido exhaustiva,y proponerhipótesisqueexpliquenel sentidoquetuvieron, todoello de caraa clarificar el procesode confor-mación y consoladaciónde las institucionesde gobierno local que luegonosencontramosya de forma cristalizadaen los últimos siglos del antiguorégimen,que apenasinnovaronnadaen mnateriainstitucional,excepciónhechadel reinadode CarlosIII ~.

Pero antesde seguiradelanteconvieneahora hacerunabrevereferen-cia al tipo de fuentesutilizado, reflexionandoal tiempoacercade su valorinformativo.En primerlugarhemosconsultadotodoslos documentospro-cedentesde la caneilícriaregiaconservadosen el Archivo Municipal y enel HistóricoProvincialde Soria,y tambiénen los archivoseclesiásticosdela iglesiade NuestraSeñoradel Espino,querecogela documentaciónrefe-renteal cabildo de curas,y de la iglesiaconcatedralde San Pedro.Todosestos documentos,muchos de ellos privilegios~, abarcanun periodo detiempo bastanteamplio, desdeel siglo XIII hastael XV. pero presentanelInconvenientedequeno son suficientementenumerososy sólo contieneninformacionesextraordinariamentefragmentarias.En muchasocasiones

Can este monarca se crea a figura del sindico personero del común. Ya antes baÑan¡parecido también los intendentes.

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26 Máximo Diago Hernando

su utilidad se reducea facilitar la fijación de fechaspostquerno anteque’nparala dataciónde ciertasfigurasinstitucionales.El mismoproblemasue-len plantearotrasdocumentossueltosquesólo se diferenciande los ante-rioresenel hechodequeno procedende lacancilleríaregia,~sinoqueetna-nan del concejo.

Un tipo de fuentequeha resultadoextraordinariamenteprovechosaenotrasinvestigacionesdel tipo de la nuestracomoson lasactascapitulares.lamentablementeno se noshanconservadoconfechaantemiora 1508,porlo quetodasnuestrasinformacionesreferentesa personasy cargosasmsten-tes a las reunionesdel concejoson indirectas,y lo quees máspenoso.aís-ladasunasde otras, lo cual dificulta considerablementela realizacióndeestudiosprosopográficosquenospermitiesenidentificar los grupossocia-lesquecontrolanlas instituciones.No obstante,y porfortuna,sí quesenosha conservadootro tipo de fuentequeen partepuedepaliar los efectosderivadosde la no conservacióndelas actascapitulares.Son los libros decuentasdelcomún,en los que,apartede inlérmacionesdetipo hacendísti-ca y fiscal, se contienenmuchasde carácterinstitucional ~.

Comparandola situacióninstitucionalreflejadaen el fuero conla queencontramosya consolidadaen el siglo XV, advertimoscómo paraestaúltima fechalas institucionesdecarácterestamentalhanadquiridoun no-tabledesarrollo.Tomandocomoejemploa loscaballerosvillanosvamosarastrearel procesoen virtud del cual estegrupo social fue dotándosedeinstituciones,queal linal lo convirtieron en un auténticoestamento.De-jandoaparteel temade su importanciacomogrupo socialen los concejosde la Extremaduracastellanat hemos,en primer lugaí,dc dar cuentadela importanciaquetuvieron las medidastomadaspor Alfonso X parasuconsolidacióncomogrupoprivilegiado,medidasque seaplicarontambiéna varmos otrosconcejosde la Extremaduracastellana “. Centrándonosenel casode Soria interesaseñalarcómoAlfonso X concedea los caballerosla exencióndle pechosparaellos, si mantienencaballode máscíe 30 mnara—vedíes,armasy equipo;parasus paniaguados,yugueros.molineros,colo-nos, pastoresy amnasde cría. siempreque no poseanmásdc 100 marave-diesen muebleo en raíz: parasusviudassiemprequeno casenconpeche-ro.y parasushijos,hastaquecumplandieciséisaños.Igualmentetambién

Estos libros de co emitas se encoentran en el Archivo Municipal de Soria. tino no estáincinida en ningnna sección y los demás en la de libros de Actas, (Libros 1 y 3>.

Vmd ASTARITA, (7,: «Estudio sobre el concejo medieval de la Extremadura casteltano-Ier,nesa: una propuesta para resolver la problemática». Hispania. 151 (1982) pp. 355-413.También MÍNGIJEZ FERNÁNDEZ: «Fetmclalis,no y concejos. Aproximación metodológica alanálisis de las relaciones sociales en los concejos medievales castella no—leoneses», en LaE.yaOr¡ Medieval. Esrudmo,s en nmr’nmoria del profesar Salvrmdor <le Moxó, I¿JCM. Madrid 1982.páginas 109-122.

Vid Asta rita. op. cii.

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Introducción a la histona institucional.. 27

se les concedequepuedanhacer«pradosdefesados»en susheredadesttSobrela trascendenciade estasconcesionesen el planode lo econóndeoysocial no vamosa entraraquí.De momentosimplementeconstatarcómoel privilegio sancionalegalmenteunasituaciónde diferenciaciónsocialyaexistente.De lo que no existeconstanciaes de quecomoconsecuenciadeeste reconocimientolegal se creaseinmediatamenteuna institución queregulasela nuevasituación,organizandoal nuevogrupo social definidopor el privilegio, y especialmenteel modo de accesoal mismo.

Centrándonosen el fuero observamosqueen éstesereservaa loscaba-lleros el accesoa los másimportantesoficiosdel concejo.e inclusose con-templala necesidadde queno ostentenmásde un oficio paraqueasí seacrecientesu número,reconociéndoseimplícitamentedeestemodo cómolos oficios constituíanuna fuentede provechoparael quelos ejerciese12

Peroaquíimiteresasobretodoponerde manifiestocómoel accesoa dichosoficios no se regula a través de una institución queaglutinea todos loscaballeros,sino a travésde una vía en la que la «collación»constituyelapiezaclave.Los caballerosaccedena los oficios comovecinosdelas colla-etones,y por ello se les exige quetengancasapobladaen Soria t3 Desco-nocemoslos sistemasdedesignacióndeoficialesdentrode lascollaciones.peronecesartamentediferirían delos queluegose impondríanen elmarcodelas linajes,ya queen estesegundocasose excluíatodaparticipacióndela población pechera,aunqueciertamenteel fuero tampoconos permiteentreverde quémodoéstapodíatenerlugar en la épocade su redacción ~.

En todocasola no coincidenciaen el númerode collacionesy linajes invi-ta a concluir que se tratabade dasmarcosasociativosde naturalezadife-rente tS La collación en un primer momentoconstituyó la célula básicadel ejerciciodel poderen la ciudady la tierra, y los caballerossevincula-ron a la iglesia de su collaciónde forma absoluta,hastaelpuntoqueno secontemplabaque perdiesennunca la condición de parroquianosde lamisma ni ellos ni sus descendientesit,, mientras que los pecherossólopodíangozarpara sí, y no paratransmitirlaa sus descendientes,de estacondiciónde (<parroquianosde por villa» mT,

Privilegio atorgado por Alfonso X en Segovia, 19 de julio de 1256,.Psmblicada por Lope-rra ZZ. op ea. í. iií. pp. 182—5.

>2 Vid. SÁNrílEz. (Ti,: Fueros castellanos de Soria y Alcalá de Henarci. Centro dc Estudios

Históricos, Madrid. 1919. Fuero de Soria. titulo V, epigrare 49, p. 21.Loe. rif titulo y. epigrafe 43. p. 19.

4 De la lectura del fuero parece deducirse que juez y alcaldes son elegidos por los caba-lleras, pero otros autores de historia local hablan de la asignación de la mitad cíe las a leal—días a los pecheros y la otra mitad a los caballeros. El tema está pendiente de clarificación.

> tas collaciones eran 35. y el número definitivo de linajes se tijó en 12. Por su parte lapoblación pechera se agrupaba ya en el XV por cuadrillas. cuyo númerono coincide nm conel de collaciones ni con el de linajes.

‘> Pt>RTtm.m..o,T: Jn,stipwioncs del obispado de Osma. Caja cíe Ahorros. Soria, 1985, pp.382-384.

¡7 PoRTmm.Lo. T.. Ibid.

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28 Mdxi,,, o L)iago 1—fernando

El tipo derelaciones(le vasallajeestablecidoentrelasparroquiasde laciudad y las de la tierra tambiénresalta el papel clave reconocidoa lacollacióii-parroquiacomounidadbásicaen elentramadode lasrelacionesde poder.Así se explica la asignacióna cadaunade las parroquiasde laciudad de variasaldeasde la tierra, obligadasa entregara las primerasciertoporcentajede losdiezmosrecogidos.en sefral de vasallaje 5 Nosen-contramos,pues,anteunasituacióndc relativadisgregacióninstitucional,queen última instanciaes resultadode la herenciadel procesorepoblado¡;queen el casoconcretode Soria no propició la constituciónde un núcleourbanoperfectamentecohesionado‘~. Sólo progresivamenteen el trans-cursode los siglosse haríarealidadun núcleo dotadode cohesión,con sureflejo en el ámnbito urbanístico2<1 e indirectamenteen el institucional. Laconsolídaciónde institucionesde implantaciónsobretodo el ámbitourba-no. entrelas queel regimientocuentacomo unade las másimportantes.constituiríaun hito clave en este proceso.

No obstantetodo lo dicho, a fines del siglo XIII nosencontramosconquelascaballerossorianos,al margende su vinculacióna lascollacionesya las parroquias.ya handefinido un tipo de asociaciónpropia.el linaje 2i

sí bienpor aquelentonceses bastanteprobablequeéstetodavíano hubie-se pasadode seruna meraagrupaciónde carácterfamiliar, sin ningunaimplicación política. En caso de que la tuviese la situaciónno estariatodavíaplenamenteformalizada,ni habríallegadoel momentode la cris-talización definitiva. El hechode que hasta1351 no se hableen ningúndocumentoexpresamentede los 12 linajes de Soria 22 pareceindicar quefue durantela primera mitad del XIV cuandolos linajes adquirieronsuperfil definitivo, en consonanciaposiblementecon el reconocimientodelos mismoscomo institución de gobiernourbano.

El reinadodeAlfonsoXI debióserdecisivoenestesentido.Durantesuminoríaabundaronlos conflictosen losconcejos.yel casode Soria no fueunaexcepción,comobienlo demuestrael episodiodel asesinatode Garci-lasode la Vega a mnanosde los caballerossorianos,todavíade difícil inter-pretación22 Episodios de este carácterabundarontambién en Segovia

> jmM} NO. E.: o¡r eit. y PoRTimia. 1. op cii.Vid. CioNzÁm.rz. J.: «La Extremnacin ra castellana al mediar el siglo X¡II». Hispania mI Li-

mero 127 (1974), pp. 265-424. en especial p. 353.20 Vid ¡oRRrs 13,Am. nÁs. L,: «Soria: Interpretación cje los origenes y evol tíción ti rbam>a o.

eliil,eria núm. 3 (1962). pp. 7—31.2m Vid, privilegio de Sancho IV. dado en Valladolid cl 12 dc twayo de 1285. por el que con-

ti <ma la coneesion cje lOO pares cte arneses. Pob 1 cada por Loperráez. torn o lii. pp. 221—2.Especifica que los arneses concedidos Son para que los pa tesen «entre si por los linajes».

22 Vid canti rmacion del privilegio cíe los arneses por Pedro ¡ ea las Ccsrtes dc Val I~ídr,lici.con fecha dc 15 cíe octubre cíe la era de 1389 taño 1351 ). Publicadr por \>. Dávila Jalón Nobi-liana de Soria, Mad cid. 1967. p. 17.

23 Un relato cíe los hechos basado en las crón cas cíe la época en RxuAm.. N.. op. cid pp. L- 1 .1.

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Inírochuv¿cna la bisioria inst¿ttitionaí.. 29

durante la minoría de Alfonso XI. estandoprotagonizadostambién enocasionespor personajesvinculadosa Garcilasode la Vega 24 Y precisa-menteen aquel concejo tuvo lugar. ya en la mayoríade edadde dichomonarca,una reformadel régimendel gobiernolocal en virtud de la cualse creó el regimiento,constituidopor 15 personas,de las cuales10 seriandesignadasparlasdoslinajesde la ciudad,reformaqueha sido interpreta-da por Maria Asenjo como un intentode pacificaciónde la vida politicalocal a tmavésde la conversiónde los linajes de un bandopolítico militaren una institución de gobiernourbano25

En Soria no resultaposible fecharcon tantaexactitudel momentoenquelos linajesse constituyeronenpiezaclavedel mecanismoinstitucionalreguladordel gobiernourbano.Sabemosquea mediadosdelXIV estácon-solidadaya la instituciónde los 12 linajes,perono hayningúndocumentoquenosconfirmequeparaentoncesel accesode la pequeñanoblezasoria-na a los cargosy oficios concejilesse produjeseen función de su integra-ción en algunodelos linajes,y no ya envirtud desuavecindamientoen lascollaciones.No obstante.adentrándonosen el terrenode las hipótesis,po-demosllamarla atenciónsobrela significacióndela fijación definitiva delnúmerode linajes en 12 paramediadosdel XIV. ya queestenúmerotuvola particularidadde adaptarseperfectamentea unaordenadadistribuciónde los cargosqueestabana disposiciónde la pequeñanobleza urbana,desdelos máshumildes,como el de montanero,hastalos másencumbra-dos. comoel de regidor.Y parecemáslógico pensarqueel númerode lina-jes 5C definió en funcióndel de cargospararepartir,quea la inversa.maxí-mc cuandoalgunoslinajes aparecendivididos en dos cuadrillaspara asípodercompletarel númerode 12. Por otra parte.cuandoen 1430 cl linajecíe los chancilleresse dividió en tres tercios no se aumentópor ello el nú-merode cargos,sino que se decidióun nuevorepartode los mismosen elinterior del linaje «. Es.pues.posiblequeparamediadosdel XIV se hubie-se ya definidoen líneasbásicasel sistemade repartode cargosconcejilesentreloslinajes, que habríademantenerseconligeras variacioneshastaelfinal del antiguorégimen.Perola cuestiónclavese planteaen elsentidodedeterminarla fechaexactade lacreacióndel regimiento,instituciónbásicadel gobiernourbano,quedaríasancióndefinitiva a la consolidaciónde lapequeñanoblezalocal delos linajescomooligarquíaurbana.Nosotrosbasa-dos en nuestraargumentaciónestaríamosdisptmestosa admitir que tuvolugar duranteel reinadode Alfonso XI. como en muchosotros concejoscastellanos.La primera mencióndocumentalde los regidoresquehemos

24 lid. ASLNJt> d;oN/Át.I/. M,: Segovia. la ciudad y su tierra a fines del Medievo, Segovia,

1986. pp. 287-8.25 11>14 p. 29t).

2<, Vid MORQIJERA OF EARNt JFvr>. op. ru. glosa 346. pp. 330 y ss.

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30 Mdvitno Diago Hernando

encontradodata, sin embargo.del reinadode Pedro 1. monarcaque enmásde unaocasiónse dirigió a los seiscaballerosy escuderos:que«andeveereordenarfazienda»27 Juan1. por suparte,utilizó avecesla fórmulade regidoresque:«avedesde veere ordenarfazienda»25 y otraslas mássim-ple de «regidores»29, queseríala que se impandria en el siglo XV.

Y centrándonosya enestesiglo,queno planteatantosproblemasdocu-mentalescomo el XIV. analizaremosa continuaciónel modo cómo loslinajesefectuabanel repartodecargosa ellos reservados,paraponerasídemanifiestohastaquépunto la institución de los 12 linajesse constituyóenel organismoreguladorde la participaciónde la pequeñanoblezasorianaen el gobiernodel concejo.Cadalinaje nombrabaanualmenteun monta-nero. hastasumarun total de 12 ~«. mientrasque a mediadosdel XIII,segúnse deducedel fuero, cadacollación designabadoscaballeroscomomontaneros,.Así pues,la transformaciónque tuvo lugar entreambasle-chasafectóentreotrascosasal númerodeoficiales, cuyosefectivosno sólose vieron reducidosen esteámbitosino en otros muchos,conel agravantede quealgunosoficios adquirieronun caráctervitalicio, comoes el casodelos regidores.y otros desaparecieronprogresivamente,caso pritnero deljuez y luego delos alcaldes.La consecuenciainevitabledebió serquecon-forme avanzóla EdadMedia ampliossectoresdela sociedadcaballerescaquedasenal margende la participaciónen las tareasde gobierno local.

En el capítulade la guardadela dehesade Valonsaderotambiénacon-tecieronalteracionesque. no obstante,fueronflivorables parael grupo delos caballeros,ya quesi en el fuero sc estipulaqueparaejercerdicha Rin-ción sedencadaaño 12 «defensoresamesbuemios».a fines dela EdadMe-dia ya se ha consolidadola costumbrede que los linajes nombrencadaaño tres alcaldesde Santiagoque,junto con el procuradordel común depecheros,seanlos responsablesdela vigilancia de la dehesa.teniendode-rechocadaunode los alcaldesa nombrarun guarda,y el procuradordelcomún tres 3m Para proveerlas alcaldíasde Santiagolos linajes estabandistribuidosen cuatro gruposde tres,y correspondíaa cada grupodesig-narloscadacuatroaños.Igual sistemase seguíaparadesignara los tresindividuosquecadaañodebíanrepresentaral estamentodeloscaballerosen las reunionesdel concejo.Estafigura institucionalaparececonstatadía

U Vid, entre otros claco menios cje l~cdrto 1 cl de concesión cíe cíehesa a Malinos cíe PosadaRey, en Archivo Municipal cje Soria, miú in. 2.

» Vid en Archivo Municipal cíe Soria. Privilegios, aú mn .3. cl ciocu n,ea lo i a seria cío cíeJuan 1 fechado en Medina del Campo a 3 cte jonio cte 3385.

2> Vid. en el archivo de la parroquia del Espina (en proceso cte ordenación> el doconíen tade Juan 1~ lech adío en Soria cl 2 dc abril de 1388, sol> re que los clérigos no participen en elpago a los corregidores.

Vid. manuscrito cíe 1571 de Alonso Mani nez. en ,4rc h va Mím nieipal ríe Saria. Li najes.nóm. 35. Vid también el libro de actas del concejo dc 1508-12.

3> Vid Archivo Municipal de Soria. Linajes. núm. 1.

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lflttVd1t(~dii0t1 a la /1(.stO~f (1 institq<ioti¿tÍ.. 31

mnuyafinales del siglo XV, y cabepresumirquesu apariciónobedecióaalgunaconcordiahabidaentrelos regidoresy el restodel estamentonoblequeno teníaaccesoa dicho cargo.y en consecuenciase sentíamarginadorespectoa los centrosdecisoriosde la vida política concejil.

Para la provisión de los regimientos.junto con las procuracionesaCorteslos cargosmásapetecidosde cuantoseranaccesiblesen funcióndela pertenenciaa los linajes,éstosestabanagrupadosde dosendos.y alter-nativamenteiban eligiendo regidor a titulo vitalicio, cubriendolos seispuestosqueconformabanel regimientoen el siglo XV. Así eranlos linajesquienesteníanreconocidoel derechoal nombramientode los regidores,limitándoselosreyesa confirmarsusdecisiones,o. ensucaso,quientuvie-se el señoríode la ciudad,concretamenteen la segundamitad del XV lareinaIsabel. mujerdeJuanII y madredela reinaCatólica 32, Estesistema.comparadocon los queconocemosparaotrosconcejoscastellanos,adver-limos que permite un mejor accesoal cargade regidor para todos lasmiembrosdela pequeñanobleza,parloquealgunosno dudaríanen cali-ficaría de «democrático».Pero remitiéndonosa los hechosobservamosquela mayoríade los regidoresdel XV y XVI. cuyosnombres,conocemospertenecíana muy pocasfamilias, y unaconsultadel RegistroGeneraldelSello nospermiteidentificara variosde elloscomoindividuosmuy vincu-ladosa los monarcas.No es extrañoademásencontrarseconquepadresehijos ocupenregimientosen lapsosdetiempo relativamentebreves,lo queen buenalógica era posible, pero poco probableteniendoen cuentalanecesariaalternaciade dos linajes para proveerun regimiento.Paraelcasode los Betetahemospodidocomprobarcómo dicho fenómenopudotenerlugar El padre,Gonzalode Beteta, llegadoa Soria comoalcaideenl45~, fechade la caidade JuandeLuna ~ es nombradoprocuradora Cor-tes en 1480por el linaje de SantaCruz, por el queya era regidor~. mien-trasqueel hijo. Jorgede Beteta.fue elegidoregidoren 1506porel linaje deSan Esteban‘~. Esta pertenenciade miembros de una misma familia adiferenteslinajes no tiene nadade extraña,y constituyeun testimoniodehastaquépunto el accesoa las linajesse podíaproducircon relativa flui-dez. Perocabesuponerquelasfacilidadesfuesenmayoresparalos Beteta,alcaidesde Soria.queparaotroscualquiera.Un cuñadodeJorgede Beteta,Juan Morales.fue regidortambiénal igual que su padreRodrigo Mora-les-3t Ejemplos dc lazos familiares de este tipo se podrían multiplicar.

Cf Areb iva Municipal cíe Sari a, linajes, núm. 7.Vid MtíNÚNnmiz. Pmnxr y NAVÁScijús: «La caída de Juan de luna: Una nueva relación

cíe la muerte de los fieles de Soria». Crlñbrria núm. 25. Pp. 7—28.~ Vid. PoRuliLo, 1: lnstitueione apéndice documental. pp. 363-5.

Archivo Municipal de Soria. Linajes. núm. 7. Vid. el núm. 4 documento cíe los inserta-das,en fois. 7v,o~8v,». Está fechado en Salamanca. 6 dc marzo de 3506,

Vid. DÁvilA JAlaN, Op. <it.. pp. 93-4.

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32 Mó,’cirn o Diogo 1-1cm anclo

pero parazanjarla cuestiónvamosa ponerun ejemploquedemuestralaexistenciade una tendenciaa víncular los regimientosde padresa hijos,prescindiendode los caucesinstitucionalesprevistosparala elección.Fa-llecido GonzaloGil de Miranda,regidor,el año 1504.surgeun pleito entresu hijo Juande Miranda,quepretendeasegurarseparasi el regimiento,yJuande SanClemente,elegidopor mayoríade votos entrelos miembrosdel linaje. El pleito es llevadohastael propioConsejodel rey,seguramenteconla esperanzaporpartedeJuande Mirandade queel Católicofallaríaa su favor teniendoen cuentala influencia política quehabíatenido supadre.miembroquehabíasido del dicho Consejo~‘. No obstante,al linalel fallo fue a favor deJuandeSanClemente,conlo quequedaroncorrobo-radaslastradicionesde la ciudad de Soria ~>. Cabepreguntarsesi siemprefue así.En todocasonosotroscon los ejemplosaludidossólohemosqueri-do presentarunapequeñamuestra,quepuedeservir de introducciónparainvestigacionesmássistemáticas,decara a comprobarsi es ciertao no esatesisquepresentaa loslinajes comoinstituciónquegarantizabala partici-pación de toda la pequeñanoblezasorianaen el gobiernodel concejoatravésde cauces«democráticos».

Las procuracionesa Cortestambiénse repartíanentrelos linajes,queparaesteefectoestabanagrupadosdedosen dos.Dadoqueporel momen-to desconocemoslos nombresdc la mayorpartede los procuradoressoria-nos,a(~.ortes.no podemosapenasdecir nadamasa este respecto,si biensospechamosquelos procuradoresdebíanserelegidosentrelos regidoresmáspoderosos.El casode Gonzalode Betetaparececonfirmarlo.

Paraterminarcon estepanoramarelativo al procesode cristalizaciónde una institución de carácterestamentalque agrupabaa la pequeñanoblezaurbanade Soria.y regulabasu accesoal control del poder en elconcejo,cual fue la diputaciónde los 12 linajes,vainasa hacerahoraunabreve referenciasobreel funcionamientode dicha institución,al margende sus implicaciones en el gobierno municipal. Entre otras razonesladiputación,constituida por diputadosde los linajes elegidoscada año,exístíaporquelos linajes teníanreconocidasuna serme de propiedadesyaprovechamientos,cuyagestióndebíallevaisea cabomancomunadamen-te. No vamosa entraraquíen detallarcuáleseranesaspropiedadesy dere-chos de aprovechamiento,ni en describircómo se gestionaban.ya queafalta de fuentesmedievalesquenospermitiesenunainvestigaciónen pro-lundidíadíen estesentido.nostendríamosquelimitar a repetirlo qne 1 antas

>~ Vid entre <~tros el ctocumnem,to fechado en Soria. 26—XI-1495. inserto en el n 6 ni. 63 de laSección Universidad cíe la Tierra del Arcisivo Histórico Provincial cje Soria.

>< Vid en AM So. Linajes. núm. 7, ci quinta clacomeu mro cte los insertados, en fc,l s. 9:—10<.. fechada en Medina del Campo. 28-IX-1504,

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Iníroduccióna la luir/oria insiíirn.ianal.. 33

veces se ha dicho en las obrasde historia local soriana~«. Unicamentehemosqueridohacerreferenciaa estepuntoporqueponemuybiendema-nifiesto el grado de coherenciainstitucional alcanzadopor la agrupaciónde la pequeñanoblezaurbanaen los 12 linajes~.

De la misma maneraqueel sectorprivilegiado de la poblaciónlaicasoriana,o al menosgran partedel mismo,apareceperfectamenteencua-dradoen una instituciónpropiaen la Baja EdadMedia,el sectorno privi-legiado. constituidopor los que los documentosllaman «omesbuenospecheros»,tambiénha dejadoconstanciadocumental.másrica quizáqueen otrosconcejoscastellanos,de haberalcanzadoun alto grado de cohe-sían institucional.

En el fuero no hayningunanoticiaquehagasospecharla existenciadealguna institución aglutinadorade la poblaciónpechera.Lascollacionesseríanentoncestodavíalas célulasbásicasdela vida comunitaria.y lleva-rían unacierta existenciaindependienteunasde otras>.No se habíandes-arrolladotodavía institucionescomo el regimiento que centralizasenlasinstanciasdedecisiónpolítica en un organismoúnico, impuestoala diver-sidadde las collaciones.y en cuya configuración éstasno interveníanenabsoluto.Por ello, a la luz de estasconsideracioneshayquepensarqueelprocesode definición de las institucionesqueagrupan,por unaparte.a lapoblaciónpechera,y porotra,a los miembrosde la pequeñanobleza.fueen cierto modoparalelo,ya queen amboscasosla creaciónde las institu-cionesobedeciaa la necesidadde adaptacióna las nuevascircunstanciasen lasquese iba a desarrollarla vida políticaen elconcejo,envirtud delosprogresosde lacentralización.Evidentementeestaes unahipótesisquesó-lo un conocimientoen profundidadde la historiadel Concejode Soriaenel siglo XIV nospermitiríaconfirmaro desechar,Y estatareade momentonosestávedadaporno contarconfuentessuficientesparallevarJaa cabo.

A tenorde la documentaciónconsultadase puedeseñalarquela prime-ni vez que se constatauna actuaciónindependientede la comunidaddepecherosfrente a otrasinstanciasde poderde la ciudad,quese traduceentina apelaciónal propio rey, es en el año 1385.Con fechade 3 de junio deese año. Juan 1 emite un documento,al que ya hemoshechoreferenciaporqueen el mismose dirige entreotrasa los regidoresquehande «veereordenarfazienda».y en él señalaquelosamesbuenosdel ComúndeSoriase habíanquerelladoporquelos oficiales del concejoy los caballerosnoconsentíanquelos miembrosde la comunidadguardasenlas puertasdelaciudad paraimpedirqueentrasevino de fuera duranteel períodode coto.

O> En el n~ anuserito de Alonso Ma nuez ya citado hay i ntormraciones inéditas sobre laspropiedades de los linajes.

4> No obstante no todos los hidalgas, caballeros y escuderos eran miembros de los lina-es. Vid AMSo. Lin~mjes. núm. 23.

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34 Alá.xin¡o .liiago Hernando

en virtud de un privilegio queteníansobreello 4i En e~ documentoapare-ce claramenteplanteadoel conflicto con la institución concejil, represen-tadaporlos oficiales,por unaparte.y conel sectorsocialdelos caballeros.porotra,si bienlos interesesde estosdossectoresen última instanciacon-fluyen. hemosde sospecharqueporqueel concejorepresentabaantetodolos interesesde la pequeñanoblezacaballeresca.En realidaden el docu-mentoelcomúndepecherosmásquecomo un órganoinstitucionalsenospresentacomounacomunidadde intereses,pero todohacesospecharqueparahacervaler éstosya se habíandesarrolladomecanismosde caráctermstitucionalqueasegurasencoherenciay continuidada susacciones.Demomentola guardade las puertasparaevitar la competenciadeslealdelvino de fuera al vino de la ciudad,presumiblementeproducidoen un altoporcentajepor personasintegradasen el común,ya constituíauna tareaqueexigiaun minimo deorganizaciónporpartede losgruposinteresados.Y en las fuentesno constatamosque esta tareade vigilancia la llevasenacabolos propietariosde los pagos,sino queera precisamentela comuni-dad de pecherosquien se encargabade proveerlos oficios de guardasdelvino ~. Un documentodc 1422 recogepor primera vez la presenciade lasfiguras institucionalesmás significativas con que se dotó la poblaciónpecherasorianaen la tardíaEdadMedia y durantela EdadModerna,quesonel procurador,y en un segundoplanoel a«esar~. Sobrelas funcionesde esteúltimo y el modo de su designaciónapenassabemosnada.FI pro-curador,sin embargo,se nos presentacomo una figura institucional de lamáxima importancia,ya queasistíaa las reunionesdel concejorepresen-tandoa la poblaciónpechera,al tiempoquedesempeñabaotrasimportan-tes funcionescomo velar por la guardade la dehesade Valonsaderoencolaboracióncon los alcaldesde Santiago.gestionarla haciendade lacomunidad,presidirlas reunionesparaefectuarlos repartimientosde pe-chos etc. No conviene,sin embargo,confundirlo con otros que tambiénaparecenmencionadosen las fuentescomo «procuradoresde la comuni-dad»y queen realidadsonrepresentantesde susinteresesen todatipo depleitos, fundamentalmentelos seguidosen Valladolid.

De cara a comprenderel funcionamientoinstitucionalde la comuni-dades de la máximaimportanciadeterminarel régimendedesignacióndelos representates,y caracterizarlos organismosen que éstosse integran.Básicamentehay dosniveles de representación,el de los cuadrillerosy eldel procuradorLos primerosrepresentana las cuadrillas,entidadqueha

4i Archivo Municipal de Soria. Pergaminos. núm.3. Vid. El documento inseriado de

Juan 1, fechado en Medina cíe) Campo. 3 de junio de 3385.42 AMSo. tercer libro de cuentas (núm. 3 de los libros de actas). fois, 429v.»-430r.<>.

~> AMSo. Libro de Cimentas de 1422-36 <resíaurado).fols, 1 rUt vi.

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Introduccióna la historia insíjiucional... 35

venido a sustituir a la collación como mareopara la agrupaciónde losvecinos.Y si en el 5(111 hubo 35 collaciones.en el XV el númerodecuadri-llas alcanzabacomo máximola cifra dc 12. aunqueen ocasionesse regis-tran menos,y de esascuadrillas,dosagrupabanla poblaciónde los arra-bales.Por lo demásapenasnadasabemosacercade cómo se llevaba acabo el procesode designaciónde estoscuadrilleros,si bien se advieneunacontinuarepeticiónde ciertos nombresal analizar las listas quedeellos se contienenen los libros de cuentas,nombresquesuelencoincidirconlos queaparecenen las relacionesdegastoscomoindividuos quehandesempeñadocomisionesrepresentandolos interesesde la comunidad,yquepor consiguienterecibenlas retribucionescorrespondientesa sus es-fuerzos,endirectoparaleloconlo quesoliaocurrir a los regidoresrespectoal concejo ~. Ni quedecirtienequelos quedesempeñaronel cargode pro-curadorestambiénse incluían entreéstos.Todo estonos hace sospecharqueen el senode la poblaciónpecheraexistíaunaélite.en la queinclusofigurabanalgunosescribanos~, que controlabalos organismosrepresen-tativosde la comunidady defendíasusinteresesantelas otras instancias.En la actualidadestamostrabajandode caraa la identificaciónde estaélite. tareaque nos resultamuy dificil por carecerde una fuentebásicacomo son los protocolosnotariales.

Loscuadrilleroseranquienesreunidosen asamblea,que.comotodaslas dela comunidadteníalugaren unasalaarrendadaa la cofradíade SanHipólito. designabanal procuradorPodíanhacerloestableciendoun tur-no entrelas cuadrillaso sacarlo«por montón» ~<, sistemaesteúltimo quesuponemospermitíaelegir a cualquierpechero.independientementede lacuadrilla dondeestuvieseavecindado.La documentaciónconservadanocontieneindicios suficientesparadeterminarcuál de las dos sistemasfuepredominante.No obstante,analizandolas listas de procuradoresquehemospodido reconstruir,consideramosque se puedellegar a algunasconclusionesinteresantes.Utilizando un primer libro de cuentashemospodido conocerlos nombresde los procuradoresde la comunidadquebuho entrelos años 1427-38.quefueron un total de 10. ya queunoostentóel cargoen dosocasiones,aunqueno consecutivas,concretamenteen losaños 1428-29 y 1437-38. siemprecomenzandoen el día de San Juan dejunio. Puesbien. entreestos 10 procuradoreshabíavecinosde 10 cuadri-

~ AMSo. Vid. los ¡ tras cte cuentas del Estado del domun.<~ Ibid. Entre otros se pueden citar los nombre de Ferrand Sanches de Madrid. y Juan

(ionyales de San Clemnente, para la primera mitad del xv. y de Gonzalo de San Clementepara finales de siglo, como escribanos y al tiempo procuradores de la comunidad.

~< Vid, tercer libro decuentas (núm. 3 de los libros de actas). Acuerdos del 8 dc junio de1522. Se solicita parecer a las cuadrillas sobre si quieren que la procuración vaya ala ctraclri-lía que le pertenece o ase saque por montano.

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36 MÓ.rimo Diago 1-Itt-non <lo

lías distintas.de maneraqueduranteestosañostodaslas cuadrillas,salvoel Rabal Abadengoy la Zapateríatuvieron un vecino procurador.y esposible queéstasúltimas lo tuviesenen añosanterioreso posteriores.síbienla presenciadeGonzaloFerrandesdela Parrilla comoprocuradorendos ocasionesconstituyeunaexcepciónque de momentoresulta dificilexplicar ~ No obstante,la tendenciaes clara enel sentidode limitar a unañoestrictamenteel períododevigenciadel cargode procurador,y de per-mitir a todaslas cuadrillasparticiparsucesivamenteen su nombramiento.Pero cuandovolvemosa tenernoticiascontinuassobrela identidadde losprocuradores.a fines (leí XV, la situacióncon la que nos encontramosestotalmente distinta. Según los datos recogidospara los años 1489-1521podet.>oscomprobarqueen esteperiodode tiempo relativamentebrevesonmuchomenosnumerososlos procuradoresque ejercenel cargoun so-lo añoque los quelo desempeñanen varias ocasiones,e inclusoen añosconsecutivas.El casomássignificativoes el deFerrandodeMaluendaquefigura como procuradoren las siguientesocasiones:1490-91. 1493-94,1500-2, 1504-6.Y al suyo se podríanañadirmuchosotros nombres,de entreloscualesnosotrossólo vamosa diestacarel de BartoloméGarcíaPlatero.porserel únicoqueocupael cargotresañosconsecutivos,y precisamenteen elperiodoclavequeva desdejunio dc 1517 a junio de 1520. falleciendopocodespuéspor muerteviolenta,a causade sus simpatíasprocomuncras~>. Elpanoramaque así se nos presentaresultaen consecuenciatotalmentein-compatiblecon la vigenciade la prácticade un turno entrelas cuadrillaspara la provisión del cargo de procurador,aun teniendoen cuentaquealgunosdelos procuradoresaparecenempadronadosen diferentescuadri-llas deunosañosa otros,si bienestecasono se ha constatadoen un núme-ro suficiente de ocasionescomo parasospecharqueestaspersonasibanrotandode cuadrilla(le caraa perseveraren el cargo. De todasformas, lapresenciareiteradade las mismaspersonasocupandoel puestod~ procu-radar,parecemássegurointerpretarlacomoun índicede la existenciadeun progresivocontrol de la institución del común por parte de algunosindividuosy gruposconcretos.másqueporpartedealgunascuadrillasenparticular En estesentidoconvieneseñalarqueen el grupo de las perso-nasquesirvenlos intereses(le lacomunidadí,al quemásarribahemosalu-dido. encontramosvecinosde todaslas cuadrillas,aunquepor supuestoalgunascuentencon mayor númeroqueotras.Ahora bien, el problemaestá en decidir si dichaspersonasestabanintegradasen el grupoparade-fenderlos interesesde sucuadrilla,o simplementeporqueformabanparte

~ Vid, libro de cuentas 1422-36 (restaurado).4> Vid. scgo ncio y tercer libros cíe cuentas (núms. 1 y 3 cíe los libros de actas>. Para la noii-

cia (te ta ructerre cte Bartolomé (ja reía Platero vid 1-1<; rs, V.: irSoria en la época cíe las Co—mti n ictacles». Celtiberia, aún. 7 t 954). Pp. 119—29.

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Introdu<:cion a la historio institucional... 37

de la élite quecontrolabalas decisionespolíticas y administrativasde lacomunidad,ya fuesepor razónde su preparacióntécnicao de su influen-cta en el planosocmeconomtco.

No obstanteel pesode la tradición,quellevabaconsigounaciertacar-ga disgregadora,debíaser suficientementefuertecamaparaofrecer resis-tencia a la tendenciaoligarquizadoraque más arriba hemosdelineado.Una noticia acercade un pleito en torno al sistemade eleccióndel oficiode la «vara»de la Hermandad,asínos lo ponede manifiesto.Concreta-menteen una reunión de 15 dc agostode 1510. presentesel procuradorylos cuadrilleros,se hacepúblicala sentenciadel bachillerFranciscoEspi-no. alcaldeen la ciudad y tierra, que determinaquelas cuadrillasquenohubiesenejercidoeloficio no entrasenen sorteohastaquetodaslo hubie-senejercido ~».

Juntoa tos 12 linajesy al Comúnde pecherosde Soriauna tercerains-titución. sobrela quenadasc dice en el fuero, aparececonstatadaen lasfuentesdel XV. Se tratade la Universidadde los «omesbuenos»de la Tie-rra deSoria.quepor primeravez apareceasínombradaen un documentodc 1422 5”, aunquequedala posibilidadtodavíade encontraralgunosante-rIores. Parael siglo XIV existenya referenciasa la división de la tierra ensexmasSi peronadapermiteasegurarqueestossexmasse hubiesenagru-pado~ dotadode institucionesy representantescomunes.No obstante,laconstataciónen 1422 de la presenciade todaslas figuras institucionalescon queva acontarla universidadenel siglo XV y en el XVI, hacesuponerque para aquellasfechasya estabaperfectamenteconsolidadala institu-ción. y que, portanto, tendríabastantesañosde vida Irasde sí. Estasfigu-ras institucionaleseranel fiel, su lugarteniente,el asesory los procurado-res decadauno de los cincosexmos.Todasellasnos lasvolvemosa encon-trar en las Ordenanzas(ladasa la Tierrapor los ReyesCatólicosen 1495,quetambiéncontemplanla existenciade un procuradorde la tierra quere-sicle ijil laciudad (le Soria,de un escribanode Ja tierra % y (le otra seriedcfiguras relacionadascon el cobro del dinero de los repartimientoscomoeranlos coinadores.emparejadoresy escribanosde los sexmas,ademásdelos cinco alcaldesde hermandad.unoen cadasexmo.figura institucionalesta última quedataríacon todaprobabilidadde fines del siglo XV ~.

~ Vid, tercer libro de cuentas (núm. 3 de los libros de Actas). Reunión dc 15 de agosto de1510 (tal. 19r2).

»> VIII nota 43.Si Vid, nota 27.

tistá bien identifmeacio el escribano cíe la un iversicla ci de mcdi actos <leí siglo XV. Juan

Roctrigtmez cje Soria. muy vinculado a la familia cte los San Clemente. Es el único cte qcm enhemos conservado algo cíe documentación en el Archivo Municipal de Soria.

Las Ordenanzas están en el Archivo Generalcte Simancas. Consejo dc Castilla t Pue-bIos í, 1 cg.. 20. Nosotros>las hemos consultado en la versión trasladacta inserta en el clocu mcm,—mo citada en nota 37.

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38 Mú.vimo Diago Hernando

El fiel o su lugarteniente,en el casode que el primerono desempeñepersonalmenteel cargo, constituyenla figura institucional másimportan-te. pudiéndoseparangonarcon el procuradorde la comunidad,por serlamáximaautoridaddentro dc la universidady tenerentreotras la funciónde representarsus interesesanteotrasinstancias.Por las Ordenanzasde1495 sesabequeel fiel lo elegíanlos procuradoresde los sexmos,fijándoseen las dichas ordenanzasque no pudieseser elegido por más de dasaños ~. No obstante,a diferenciade lo queocurreconel procumadorde lacomunidad,todaslas noticiasquehemosconseguidorecogersobrelos fie-les de la tierra delsiglo XV y principios del XVI confirmanla impresióndequeelcargoera siempreocupadoporpersonasen principio extrañastotal-mentea los interesesde los pecherosde la tierra,ya quesolíanser miem-brosde la pequeñanoblezadela ciudadcíe Soria,cuandono cortesanos~Comoconsecuenciade estehechoparecequeduranteel sigloXV lime bas-tantehabitual quelos fieles de la tierra,generalmenteocupadosen otrosmenesteres,delegasensus funcionesen lugartenientes,algunode los cua-les tambiénse puedenidentificar como importantesmiembros de la pe-queñanobleza local, como es el casode la familia SanClemente>~. LosReyes Católicosen las ordenanzasya mencionadasdeterminanque losfielesdesempeñensucargopersonalmente.y no nombrenlugarteniente,sibien cabedudar de su interés en hacercumplir esta norma,cuandoyacomienzanhaciendounaexcepciónparael fiel queentoncesestabade-semnpeñandoel cargo. Juande Torres,unode los máspreclarosmiembrosde la pequeñanoblezade Soria,«cantina»de los reyes >~. En todocasolanormadebióteneralgúntipo de repercusion.ya queen las fuentesdel XVIya no se encuentranreferenciasa lugartenientesde fiel, si bien es ciertotambiénquepor estasfechasse constatamuy pocasvecesla presenciadelfiel en la reunionesdel concejo,segúnsededuceal menosde la lecturadelas actascapitularesde los años1508-1458,

El o~esordela tierra aprincipios del XVI esun letradoy supresenciaenlos ayuntamientosdel concejoes constante~ a diferenciade lo queocurreen el siglo XV. épocaparala que.si bienno tenemosinformacionesconti-nuadaspor no haberseconservadolibros deactas,sin embargo,conserva-

>~ Vid. capitolo noveno cíe las Ordenanzas.

S5 Por ejemplo, ea 1446 era lid Juam, García de Soria. despensero mayar <leí rey. Asi apa-

rece en ti a a concordia de 1446 que hemos consulta cío en versión trasladada del a ño 1538.conservada en Archivo Histórico Provincial de Soria. Universidad de la ‘llerra, doc, núm. 80.caja 3454. En 1495 lo era Juan de Torres, cantina de los reyes católicos y su capitán.

~ Sobre la importancia de esta familia vid Menéndez Pidal y Navascués. articulo citado.5’ Vid. Lám)uua M. A.: Castilla j• la conquista del reino de Granada, Valladolid. 1967. p. 288,

Fn 1487 cobró 50.000 m. de quitación.» Archivo Municipal de Soria, núm. 2 dc los libros de actas.~> Ibid En estos años el asesor es el bachiller de Esparya.

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/nírodaee¡ón a Li historia út.síituciwta/ . - 39

inos noticias sueltassobrereunionesde concejoen documentacióndiver-su. en muchascasosprocedentede la cancillería regia ~ Puesbien, endicha documentaciónse suele reflejar la presenciadel procuradorde launiversidadde la tierra en las reunionesdel concejo.pero no aparecenreferenciasni al fiel ni al afesorEstasituaciónse puedeexplicar teniendoen cuentaqueprobablementeel cargo de ayúsor se habíaconvertido enhonorífico,al igual qtíe el de fiel, ya quelos ReyesCatólicosen sus Orde-nanzasde 1495 determinaronque no se pudieseejercerpor lugarteniente.haciendode nuevoexcepciónparael queentoncesestabaostentandoelcargo.el alcaldeCalderón~t. En realidadelprocuradorgeneraldela tierraera una figura institucional muy importante.en función del derechoqueteníaa asistira las reunionesdel concejo,y de su capacidadinterventoraen asuntosjudiciales. fundamentalmenteen pleitos pjanteadosante eJcorregidor.

La poblacióneclesiásticapor su particularcondiciónno se integrabaen ningunade las tresinstitucionesa las quehemoshechomención.Con-tabaconsuspropios organismosasambleariosquefuncionabande formabastanteflexible en cuantoqueagrupabana un númerode personasbas-tantereducido.Deéstoselorganismocuyaexistenciaestámejordocumen-tada es el Cabildode Curasde Soria,quecelebrabasus reunionesen lascasasde SanBlas, razónparíaquesele haconocidocomoCabildodeSanBlas 62 Los clérigosde las aldeasde la tierra tambiénteniansus propiasasambleas,agrupadospor arciprestazgos63 Al margenestabanlos miem-bros del clero regular, y también los clérigos del Cabildo de la iglesiacolegialde SanPedm,aunqueestosúltimos podíanestarintegradosa títu-lo particular en algunade las anterioresasambleas,especialmenteen elCabildode SanBlas. Porlo generaltodasestasorganizacionesaglutinado-resde la poblacióneclesiásticaestánconstatadasparafechasmuy anterio-res a las fijadas para las otras institucionesde carácterlaico que noshemosreferido,pudiéndoseretrotraerhastala primeramitad del XIII ~.

Una vez quehemosanalizadoel ecuadramientoinstitucionaldel con-junto de la poblaciónde la ciudady tierra de Soriaen los siglosbajomedie-

No citamos en detalle los documentos porque seria muy prolijo, y porque ademas suc-len aparecer en versiones trasladadas,

u Vid. capitulo decimo de las ordenanzas.62 Toda la documentación de esta institución se conserva en el archivo de la iglesia

parroquial del Espino cte Soria.Vid. I’ORTII.I.O, 1: «La villa de Soria y so rórmino en la sentencia de concordia de

1352». Cebibe,-ia, núm. 58 (1979) pp. 173-2(12. Vid, especialmente tas cartas de procuraciónincluidas en la sentencia de concordia.

<~ En 1250 Fernando It) hace donación al cabildo de clérigos de Somia de una herencia.Vid. PoRTimio. 1. y Rvtmtuu A.: «El obituario del cabildo de curas de la villa de Soria». Revistade lo vesvigación. Colegio Universitario de Soria. IX, 3 (1985). p. 91.

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40 Múvimo Diago Hernando

vales. podemospasara continuacióna examinarel régimende gobiernoexistenteduranteestaépoca.lo quenos obliga a tomaren consideraciónun nuevofactorhastaahoraignorado,cual es el dela subordinacióna ins-tanciasde poderforáneas.El fuero ya recogela injerenciadel rey en losasuntosde gobiernode Soriay su tierraal dar noticiade la coexistenciadepersonasquetienenoficio por el rey y personasquelatienenpor elconce-jo ~ Desgraciadamenteen el fuero no se hablanadade los primeros.Sóloen fechasbastanteposteriorestenemosnoticiasde personasqueejercenlajusticiaen Soriapor delegacióndel rey, aunqueel problemase complicasise tiene en cuentaque Soria estuvo en régimende señoríoen bastantesocasionesa partir de la implantacióndel régimenTrastámara.aunquesetratasede un señoríobastantesuave,porsersiemprelos señoresmiembrosde la familia real “‘. El carácterdispersodc las noticias impide llegar aconclusionesmíniínamentecoherentes,ya quese observanbastantesdis-continuidadesen el tiempoen lo que se refiere a la presenciaen Soria depersonasquepresumiblementeejercenla justicia por delegaciónde unaautoridadexterioral concejo.En todo casono existeningunanoticia enestesentidoanteriora la llegadaal trono de EnriqueII. lo cual,sin embar-go. no constituyeevidenciasuficienteparaconcluir queantestodoelejer-cicio de la justicia fuesedecompetenciaconcejil.En un documentoenvia-do por estemonarcaa Soriase hacereferenciaexpresaal alcaldemayordela ciudad, lohan Beltrán. al margende los otrosalcaldes<1 En otro docu-mentode épocade estemonarca,concretamentedc 1374. se hacereferen-cia a una reunióndel concejopresididapor dosalcaldesy un alguacil quetienenel cargo«por nuestrosennorel rey e por PeroFerrandesde Velas-ca» Q individuo al quepodemosidentificar comojusticiamayorabsentis-ta. MartínezMoro ha dibujadoun panoramaidéntico parael casode Se-govia. aproximadamentepor las mismasfechas<~.

Haciendocasoomiso de las épocasen que Soriaestuvobajo régimende señorío,en el reinadodc JuanU nos volvemosa encontrarcon unasituación, mejor documentada.similar a la que se debió dar con PeroFerrandezde Velasco. Concretamentecl 17 dc marzo de 1445. Juan IImandaqueAlvaro de Luna «aja e tengapor mi los ollyios dc alcaldiase

>> Vid. nota 12.~< Fueron señores cíe Soria: Juan 1, cuando era infante: la rei aa Catal i mm. esposa cíe En ri-

que 111:1 a reina Maria, primera esposa cíe Juan II. y la reina Isabel, su segunda esposa. ‘la m—bién lo fue un tiempo Benrand Ongueselin.

~> Sentencia ciada por dos alcaldes de Soria el 23 cíe julio dc 1374 iu senada en un daco—mnen mo de Juan Ji, dacIo en Valí adolicí el 28 dc marza cíe 142(1. conservado en el Archivo ti is—tónico Provincial de Soria. pergaminos, carpeta 4. num. 4,

69 MARTtN L/. MORO. i .. La tierra en la ra,nunidad de Segovia. bit ,ororecto señorial urbano(IOS8-Li(kj~, Valladolid. 1985. p. 163.

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Introducción a la historia institucional.,. 41

alguaqíazgoejusti9ia ejuredigióngevil e creminaldesadichayibdade sutierra... por la forma e maneraquede milos avia e teníala reinadonnaMaria» ‘“. A los pocosdíasel monarcatraspasaríaestederechopor deseode Alvaro de Luna. a Juande Luna,guardamayor del rey ~>. Ignoramoscómosc resolvióluegola situacióncuandola nuevaesposadeJuanU, Isa-bel. recibió el señoríode Soriaal contraermatrimonioen 1447.No obstan-te. st Juande Lunaperdióel derechoa los oficios de la justicia,siguió des-empeñandoun importantepapelen la vida politica del concejo soriano.puestoque fue alcaidedel castillo hasta1459 7= Lo queestáclaro es queSoria.desdela revoluciónTrastámara.si no antes,se convirtióen un con-cejo muy sometidoa controlesexteriores,ya fuesepor el establecimientoformal de un señoríapleno en favor sobretodo de las reinas, ya por ladelegacióndel derechode ejerciciode la justicia en miembrosde la altanobleza.A este fenómeno,sancionadoinstitucionalmente.habría queañadirotro, quesedesarrollóal margendela legalidadinstitucional,y quepermitió quela ciudadde Soriaentraseen la órbitade influencia del con-de de Medinacelipor vía de lazosdevasallajecon miembrosde la peque-ña noblezasoriana ~>.

Y siguendoconel mismotemaconvienehaceruna menciónexpresaala figura del corregidor.cuyaapariciónimplicabaunainjerenciadel rey enlos asuntosdela política local importante,aunqueno todoslos corregido-res erandelegadospor el monarca,sino que muy a menudoera el propioseñorde la ciudad,por ejemplo,la reinaIsabel,quien los enviaba.La pri-mnera menciónacercadel envío de estosoficiales a Soria data del reinadode Juan 1. y aparececoncretamenteen un documentode 2 de abril de1388 ~. si bien para aquel momentoestá claro que sus misiones tienenexclusivamentecaráctertemporal.Parael reinadode JuanII sí hay,pare!contrario, mencionessobrecorregidorescon carácterestablesegúnse de-duce.entreotros testimonios,por un documentode 1432 ~ Y ya no volve-remosa encontrarmencionesa corregidoreshastaépoca de las ReyesCatólicos,aunquesí aparecenocasionalmentealcaldesmayores.

En vista de todo lo dicho se puedecomprenderque el ejerciciode lajusticia se fue perfilandode unamanerabastantediferentea comose con-templabaen el fuero,lo cual repercutiódirectamenteen todala vida políti-cadel concejo.ya quelos oficios de la justicia teníantambiénreconocidasatribucionesen dicho átnbito,al poderasistira las reunionesdel concejo

Biblioteca de la Real Academia de la Historia. Colección Salazar y Castro. legajo 14.carpen lO. núm. 7. Jis copia.

Ibid. núm. 8. Es copia.‘‘ Vid Biblioteca de la Real Academja de la II ismoria. Colección Salazar y Castro. legaio

14. carpeta lO. núms. II y 12.~4 Archivo de la parroquia del Espino.

Arel, iva <le San Pedro de Soria, Libro 63 (copia de clocu mentos) núm. 43.

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42 tId,vi,n o Diago Ho-acudo

junto con los regidoresy otros representantesde diversasinstituciones.Desconocemosquévicisitudesconocióel sistemade elecciónde alcaldesordinarios,elegidosen épocadel fuero por lascollaciones,y congranpro-babilidadposteriormentepor los propios linajes.Tambiéndesconocemosla suertequecorrierondichosalcaldesconformelasjusticias foráneassefueron inmiscuyendoprogresivamenteen la vida concejil, hastaeí mo-mentode su desaparicióndefinitiva. Mucho antesocurrió la desapariciónde la figura del juez. constatadapor última vez documentalmenteparaépocadePedro1 % Seguramentedesaparecióparadar pasoa las justiciasforáneasquepar primeravez aparecenconstatadasdocumentalmenteenépocade Enrique II.

Las figuras del alguacil y jurados,a diferenciade las anteriores,noestáncontempladasen el fuero y si aparecenluegoen la documentación.Los juradoslo hacenconcretamenteen épocade Alfonso XI y Juan1, y siidentificamossu papelcon el quedesempeñaronen otrosconcejoscaste-llanospodemospensarque fueron rebasadospor las organizacionespro-piasdela poblaciónpechera,congranvitalidad en el siglo XV. No obstan-te,estaes unahipótesisqueningunaevidenciadocumentalpermiteprobarcomo cierta. El aguacilpor su parteno desapareceen el siglo XV. pero susuerteestuvo muy vinculadaa las alternativasqueconocióla justicia enSoria,y a las queya noshemosreferido.Solamenteun documentode 1374,al queya hemosmencionado~. planteaun problemainterpretativoen elsentidode diferenciarlafigura institucionaldel alguacilordinariofrentealalguacil de fuera. En aquelmomentoAlvar Pereseraalguacil por el rey yPero Ferrandesde Velasco.pero, sin embargo.no se le consideracomoalguacil defuera, tal vez cargoquese designaseconcarácterepisódico,encircunstanciasextraordinariaso parael cumplimiento de unacomisiónespecifica.En todo casoera de mayarrango queel de alguacilordinario,ya queaél se le reconocíael derechoacobrarpartede laspenasimpuestasa vendedoresfraudulentosquehubiesenengañadoen medidasy pesos.mientrasqueal aguacilordinariono. Su carácterde delegadoregioparecequees el distintivo quemejor le individualizaba.

Juntoa los oficiales de la justicia existía otro cuerpoquecontrolabatambiénunaampliaparceladel poderen el interiordel concejo,concreta-menteel de los regidores.El deslindede los ámbitosdc influenciade estosdoscuerposhayquehacerloal margende la utilización de las categoríasde nuestroderechoactualquediferencia formalmenteentreejecutivo, le-gislativoy judicial. perosobretodo interesaponerderelievequé instanciassocialesa institucionalesteníanreconocidacapacidadde intervenciónenla designaciónde los miembrosintegrantesde dichoscuerpos.La princi-

Ibid doc. núm. 41, fechado en Sevitta cl 14 cte enero dc la era 1398 (año (36(8.Vid. nota 68.

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pal eraa tinesdel XV sin dudaalgunala monarquía,queinterveníano so-lo en el nombramientode los oficiales de la justicia, sino que tambiénrefrendabalosnombramientosde los regidoresy ratificabamuchasde lasdecisionestomadasen las reunionesde concejo.por vía de confirmaciónde ordenanzas,ademásde resolvermuchospleitos a travésde las institu-ciones del Consejo Real y de la Audiencia.Pero analizarel procesodeintegraciónde! concejo sorianoen el sistemapolítico bajomedievalqueculmina con los ReyesCatólicoses una tarea queaquí no podemosnisiquieraesbozary queademásnosexigiríaconocerlas relacionesqueexis-tieronentreel concejoy los miembrosmásencumbradosde la noblezadela región en los siglos XIV y XV.

Pero apartedela monarquíahayquetomarenconsideracióna los gru-possocialesquevivían en el ámbitogeográficodel cancejo.y queestabanencuadradosen institucionesdecarácterestameníal,que ya hemosdescri-to a lo largo del trabajo.Todasestasinstitucionesteníanreconocidodere-choa participarenlastareasdegobiernoy administracióndel concejo.enla medidaen que la monarquíareconocíaun ciertamargende autonomíaa los podereslocales.Peroestederechoeradesigualen la medidaen queaciertasinstitucionesse les reconocíaen mayorgrado quea otras,y a lo lar-go de nuestraeXposiciónesto ya ha quedadosuficientementepuestodeínaniliesto.aunquequedamuchoquedeciral respectopor no haberseras-treado todavía en la documentaciónla presenciade conflictos entre lasdistintas instituciones,que pareceseguroque existieron. Por lo demáshabríaqueesbozarunaciertaperiodizaciónqueayudasea comprenderelprocesoquedesembocóen la situaciónqueconocemosparafinales delXV. Pero todasestasson cuestionesque habráque resolvermediantelabúsqueday análisisde nuevasfuentesdocumentales.