La Aplicación Del Polígrafo en La Órbita de Las Relaciones Laborales

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  • 7/25/2019 La Aplicacin Del Polgrafo en La rbita de Las Relaciones Laborales

    1/6

    1

    a aplicacin del polgrafo en la

    rbita

    de

    las

    relaciones

    laborales

    Las compaas

    y

    en especial

    sus

    reas de recursos humanos tienen

    la necesidad constante de verificar

    con medidas de seguridad confiables

    la

    informacin

    que

    reciben

    de sus

    trabajadores.

    IEGO FELIPE VALDIVIESO

    RUEDA

    Docente universitario, socio

    de

    VS M Abogados

    1/ustr Jcin:

    eonardo Pea Salamanca

    l ntroduccin

    as compaas y

    en

    especial sus reas

    de

    recursos

    humanos tienen la necesidad constante de verifi-

    car

    con

    medidas

    de

    seguridad confiables

    la infor

    -

    macin

    que reciben de sus trabajadores durante las dis-

    tintas etapas

    de la relacin

    laboral.

    Es

    as por ejemplo que en los procesos

    de

    se-

    leccin

    es muy

    comn

    que

    se adelanten una

    serie de

    accio-

    nes

    encaminadas a validar

    la

    informacin suministrada

    por el

    aspirante

    de

    tal forma

    que se cuente con infor

    -

    macin veraz

    de

    cara a la decisin final

    de

    seleccin. En

    el

    mismo

    sentido se encuentran los procesos de valida-

    cin

    de

    faltas laboralesdonde normalmente

    se

    presentan

    conflictos y situaciones anmalas que

    exigen

    del

    trabaja-

    dor una declaracin

    sobre

    hechos y

    razones de

    defensa

    declaracin que al momento

    de

    ser apreciada por el em-

    pleador

    puede

    por

    s sola

    carecer de fundamento

    verdi-

    co ms all

    de

    la

    autntica confianza y en consecuencia

    requerir de

    un

    respaldo que d

    mayor certeza.

    cT ULI DA D

    L

    BOR AL Y SEGURIDAD SOC I l

  • 7/25/2019 La Aplicacin Del Polgrafo en La rbita de Las Relaciones Laborales

    2/6

    Es por este motivo que

    en

    el

    pre

    sente

    escrito

    buscaremos estudiar el

    examen del

    polgrafo,

    el

    cual

    se

    utiliza

    cada vez con mayor frecuencia

    y n

    atu

    ralidad

    como mecanismo al que

    acu

    den los empleadores de cara a

    formar

    se una idea

    fidedigna

    de las personas

    con

    las que

    tiene o

    espera ten

    er una re

    lacin laboral.

    Para abordar el anlisis

    pro

    pue

    sto,

    daremos

    ,

    en

    primer

    lugar, una

    mirada

    general,

    histrica y

    cientfica

    del polgrafo , en la que compartiremos

    parte de los

    aprendizaje

    s

    que tuvimos

    de los estudios realizados

    por

    el doctor

    Manuel Novoa

    Bermdez,

    director

    eje

    cutivo del Instituto Latinoamericano de

    Poligrafa. La segunda

    parte del

    escrito

    la

    dedicaremos

    al anlis

    is legal

    y

    prc

    tico del uso del polgrafo como instru

    mento para

    fundamentar

    deci

    s

    ione

    s

    en

    el mbito de las relaciones laborales

    ,

    as

    como evaluar

    su pertinencia como

    instrumento probatorio

    dentro

    del

    pro

    ceso

    jurisdiccional

    que eventualmente

    promueva un trabajador

    (o

    extrabajador)

    cuando

    quiera controvertir la

    decisin

    tomada por el empleador.

    2

    Una

    mirada

    general al polgrafo

    Para iniciar

    el anlisis pro

    puesto,

    brindaremos

    unas

    nociones b

    sicas acerca

    del

    polgrafo

    ,

    con lo que

    pretendemos desechar creencias

    co

    loquiales

    sobre

    su propsito y funcio

    namiento , superando la idea

    de

    ser

    un

    detector

    de

    mentiras

    y

    reconocindo

    lo ms como

    una disciplina

    organizada

    y reconocida, cuyos fines son legtimos

    y

    vlidos

    a

    la

    luz

    del derecho

    ,

    de

    la

    ti

    ca

    y la

    moral social

    en

    general.

    2 1 Una

    breve resea

    histrica

    Aunque

    es

    difuso el

    origen ,

    los

    antecedes

    del

    polgrafo

    se

    asocian

    a

    la

    latente

    necesidad de algunosgrupos y

    sectores sociale

    sde

    buscar mtodos obc

    jetivos para

    detectar el

    engao, y de es

    ta

    forma reemplazar

    a la fuerza como

    es

    trategia inicialmente

    utilizada

    para

    des

    velar

    si una

    persona menta

    o no.

    Lo

    s

    esfuerzos

    se

    ce

    ntraron

    en la idea

    de

    medir las respue

    s

    tas

    fisio-

    c T

    U LID D

    L

    BOR L

    v

    SEGURID D

    Soci L

    oto Humberto Pinto

    Para Diego

    Va/divieso la

    importancia de

    esta herramienta radica en su virtua-

    lidad para

    apoyar

    otra

    clase

    de

    pruebas

    y

    sirve

    principalmente

    para reforzar el

    criterio y convencimiento del juez.

    lgicas

    (como

    variacin en la presin

    arterial,

    frecuencia

    respiratoria, ritmo

    cardaco)

    que

    tiene

    una persona

    cuando

    en su relato se aleja

    de

    la verdad.

    Fue

    as como

    inicialmente

    se crearon sistemas de

    medicin

    como

    el cardiosismgrafo , el cual se fu nda

    mentaba en el estudio de la rbita car

    diaca de una persona, de tal forma

    que

    de sus reacciones se pretenda deducir

    la veracidad

    del

    relato

    realizado

    por el

    interrogado. As mismo

    se

    identifican

    en la his

    toria instrumentos

    que preten

    dieron

    medir reaccione

    s respiratorias

    y electrodrmicas con

    el

    fin de asociar

    ciertos

    resultados

    al hecho de

    estar

    dn

    dose un relato donde la

    persona estu

    vie

    ra

    minti

    endo o

    engaando.

    El

    resultado

    de es

    to

    s

    esfuer

    zos

    se puso en conjunto al unir los di

    ferente

    s

    mtodos y

    herramientas ,

    entre

    ellas la

    s ya

    mencionada

    s

    c rdio

    sis

    mgrafo,

    neumgr

    afo

    y galvangra

    fo - , aparecien

    do

    el primer detector

    de mentira

    s, el

    cual

    se

    considera

    fue

    inventado

    por Leonard Keeler del De

    partamento de

    Polica de

    Berkeley

    (Ca

    lifornia).

    La

    primera utilizacin

    de

    un

    polgrafo

    en

    un

    juicio

    por

    homicidio se

    op n n

    present en los aos

    20

    en los Estados

    Unidos;

    sin

    embargo,

    el

    juez

    dentro del

    proceso

    neg

    la

    admisibilidad

    del testi

    monio ana lizado

    a la ptica del polgra

    fo

    en

    consideracin

    a que dicha

    prueba

    no era reconocida cientficamente.

    Dur

    a

    nte

    la

    dcada

    de los

    se

    tenta

    la Universidad de

    Utah, una

    de las

    principales

    abanderada

    sen el estudio de

    la tcnica

    ,

    propuso un proce

    so

    ambicio

    so

    para validar

    la metodologa de lapo

    ligrafa.

    Para ello acudi

    a un sistema

    de preguntas comparativas, siguiendo

    los estndares

    de la American Societ

    y

    for

    Testing

    Materials (ASTM).

    Esta

    tcnica

    ha continuado

    su

    evolucin

    , y es

    de amplia

    utili

    zac in

    en diversos pases del mundo para usos

    asociados a la defensa y

    seguridad.

    No

    obstante, hoy

    en

    da ha tras

    cendido

    a las

    esfe

    ras privada

    s, es

    decir

    , es

    una herra

    mienta cada

    v

    ez

    ms us

    ada

    en las

    rela

    ciones

    entre particulares,

    aunque

    no es

    pacfico

    su

    reconocimiento como me

    dio

    probatorio en

    las instancias juris

    diccionale

    s.

    2 2

    Poligrafa

    no

    solo

    polgrafo

    El

    polgrafo

    como

    herra

    mienta para

    evaluar

    la credibilidad de

    la

    s afirmaciones efectuadas

    por una

    pers

    ona

    , es ms

    que una

    herramienta

    aislada.

    Su

    implementacin y correc

    to

    manejo

    se encuad ra en

    una

    discipli

    na completa que estudia su

    funciona

    mi

    ento y sus efectos, ampliando

    as el

    alcance

    de esta

    figur

    a,

    comprendin

    dola

    ya

    no como un mecanismo, sino

    como una ciencia

    organizada ,

    que cada

    da

    adquiere

    m

    s importancia,

    no

    s

    olo

    en el

    mundo

    jurdico, sino en el espec

    tro social en general.

    El

    polgrafo, y en general

    la ciencia de la poligrafa, es un

    tema

    que

    hoy

    da cobra

    plena importancia,

    pues la tecnologa

    permite

    verificar la

    veracidad de ciertos hechos que antes

    no

    podamo

    s confirmar certeramente

    por medio de

    mecanismos cientficos

    y

    ana

    lizados .

    El

    uso de

    este mecani

    s

    mo se

    ha

    vis

    to

    estigmatizado

    por

    interpreta

    ciones coloquiales, incluso

    llegando a

    11

  • 7/25/2019 La Aplicacin Del Polgrafo en La rbita de Las Relaciones Laborales

    3/6

    opinin

    12

    ser identificado

    como un mero

    detector

    de

    mentiras afirmacin que considera

    mos

    desacertada

    frente

    a

    los

    fundamen

    tos

    estudios

    y desarrollos

    cientficos

    que ha tenido

    el instrumento.

    De hecho

    en Colombia ha

    existido un gran

    desarroll

    en la

    prc

    tica del

    examen de polgrafo. Incluso

    somos reconocidos internacionalmen

    te

    hasta el punto

    de afirmar que es el

    pas ms avanzado en la prctica de la

    poligrafa en

    todo

    el

    continente ameri

    cano

    superando incluso a los

    EE.UU.

    Contamos

    con

    institutos y centros

    de

    dicados

    exclusivamente

    a formar

    espe

    cialistas

    en

    poligrafa y a ofrecer

    estos

    servicios los

    cuales cada da son ms

    buscados

    por

    las compaas.

    2 3

    Reconocimiento

    internacional

    cientfico

    a

    la poligrafa

    La poligrafa es una

    disci

    plina

    reconocida por

    distintas asocia

    ciones internacionales como la ASTM

    en donde se encuadra como una prcti

    ca

    forense

    y de psicofisiologa

    forense

    que

    se fundamenta a

    saber

    en la psi

    cologa la

    fisiologa

    y su medicin

    con

    el polgrafo

    instrumento ; se encua

    dra en la psicometra.

    Es pertinente sealar que el

    campo natural

    de la

    poligrafa es el m

    bito

    forense

    siendo

    entonces una disci

    plina tambin reconocida

    por

    la Acade

    mia

    Americana

    de Ciencias Forenses

    en

    donde

    ha sido

    clasificada

    de forma

    general

    como

    una evaluacin forense

    de la credibilidad.

    2 4

    Otros

    mecanismos

    de evaluacin cientfica

    de la credibilidad

    Si bien por su importancia

    y difusin a nivel global

    hoy

    da

    el

    po

    lgrafo resulta ser el medio

    ms

    rele

    vante y comn para la

    evaluacin

    de

    la

    credibilidad existe otro tipo

    de tec

    nologas alternas

    que

    bien

    conducen

    a

    resultados

    y propsitos

    similares

    a

    los

    de

    la poligrafa reforzando

    no

    solo

    las

    herramientas para conseguir tales

    i

    nes sino demostrando

    que existe una

    necesidad

    global

    por encontrar alter

    nativas

    de seguridad en la credibili-

    dad

    de

    las afirmaciones que

    efectan

    las

    personas.

    Como

    alternativas a

    la poli

    grafa se encuentra

    el escner de

    reso

    nancia magntica funcional y

    el

    escner

    de huella digital

    cerebral

    cuyos meca

    nismos

    permiten medir ydetectar el en

    gao a

    travs

    de la activacin de la onda

    p300 del cerebro

    a

    travs

    de

    la cual

    se

    reconoce

    y manifiesta el

    engao.

    Esta tecnologa ha conta

    do con un importante soporte por par

    te de la ciencia y tambin fue aplicada

    en su momento para detectar

    el

    enga

    o.

    Por

    motivos

    prcticos

    y operativ

    os

    dej de

    ser

    funcional

    para

    la

    evalua

    cin de

    la

    credibilidad especialmen

    te

    por su

    elevado costo

    e

    inconvenien

    te

    diseo

    fsico.

    En la misma orientacin

    se encuentran el analizador compu

    tarizado del estrs de voz usado por

    primera vez en la Guerra

    de

    Vietnam

    bajo la denominacin de PSE-

    el

    an

    lisis

    del engao a

    travs de la

    dilatacin

    de

    la pupila

    el

    estudio

    de

    imgenes

    tr

    micas

    y

    calor

    corporal

    como

    ndices

    del

    engao e incluso ell sser oppler en

    la

    industria aeronutica donde se

    ha

    utili

    zado

    para analizar si la persona en una

    entrevista miente o no.

    No

    obstante la existencia de

    estos

    otros medios de

    evaluacin

    de la

    credibilidad no podemos desconocer

    que

    estos no

    son

    de

    uso

    generalizado

    no solo

    por

    las

    dificultades

    operativas

    en su utilizacin sino porque las exi

    gencias tcnicas para su interpretacin

    hacen que

    sea prctica

    exigente yexclu

    siva de muy

    pocos profesionales

    y

    cen

    tros especializados.

    2 5 l procedimiento

    de

    utilizacin

    del

    polgrafo

    En la

    poligrafa moderna

    se

    ha

    estandarizado

    un

    procedimiento de

    cuatro etapas que excluyen directamen-

    . te la concepcin coloquial de que este

    mecanismo es descuidado y sus resul

    tados

    ajenos

    a un

    proceso

    organizado

    y

    sistematizado.

    El

    procedimiento para

    eva

    luar

    y detectar el engao en las decla-

    raciones

    de una

    persona

    puede

    durar

    aproximadarneme do horas y tiene

    cuatro

    fase .

    que

    consist

    en

    en:

    l

    Entrevista pretest. Una

    entre

    v ta pre ia a

    la

    e aluacin con

    el

    mecani rno

    del

    polgrafo efectuando

    pregun tas lave al

    entrevis

    tado como

    introduccin

    ymedici

    n

    del estado

    ini

    cial

    fisiolgico

    de la persona.

    2. Instr

    umentacin

    o

    me

    dicin

    i iolgi

    ca:

    el proceso concreto

    de relacin entre la

    persona

    y

    el

    pol

    grafo midiendo ndices

    corporales

    y fi

    siolgicos especiales.

    3. Anlisis e interpreta

    cin dato

    s: esta fase se concreta

    en

    el

    estudio del experto

    en la disciplina

    de

    la

    poligrafa sobre las

    declaraciones

    emiti

    das y las reacciones

    fisiolgicas

    al con

    testar

    interrogantes

    concretos.

    4.

    Entrevista

    postest:

    una

    evaluacin explicativa por parte del

    sujeto bajo examen sobre

    cada

    respues

    ta

    en

    la que

    genere

    reacciones que

    in

    duzcan a

    engao.

    Este procedimiento reali

    zado por un

    experto

    puede generar una

    probabilidad

    de certeza alta;

    sin embar

    go esto

    no

    quiere

    decir

    que sea

    un

    me

    canismo que revele una verdad absolu

    ta

    e

    incontrovertible.

    2 6 Los lmites

    jurdicos

    al uso del polgrafo

    No obstante su

    base cientfi

    ca

    el

    uso del

    polgrafo

    tiene lmites ju

    rdicos que deben ser reconocidos por

    quienes hacen uso de este

    tipo de

    exa

    men.

    Lo anterior teniendo

    en

    cuenta

    que

    en

    el

    estudio

    se

    debe excluir

    toda in

    dagacin que vulnere los derechos fun

    damentales

    de

    las personas y se debe

    garantizar contar siempre con el pleno

    consentimiento previo de quien es so

    metido a este tipo

    de prueba.

    Quienes

    conocen

    de este tema

    y practican lapo

    ligrafa de

    forma

    correcta deben abste

    ner

    entre otras de

    efectuar

    preguntas

    sobre tendencias polticas religiosas o

    sexuales ya que de ninguna manera la

    prctica del

    examen

    puede ser utiliza

    da

    para invadir

    la

    intimidad y

    dignidad

    de la

    persona interrogada.

    De igual for-

    A C

    TU LI

    D D l BOR L Y

    SEGU RID D

    SOCIAL

  • 7/25/2019 La Aplicacin Del Polgrafo en La rbita de Las Relaciones Laborales

    4/6

    ma se debe garantizar

    que

    no existan

    consecuencias

    negativas

    para

    quien

    vo

    luntariamente decida

    no

    someterse a

    la

    prctica del examen.

    3 El

    polgrafo

    en el

    derecho colombiano

    su

    incidencia

    en

    las

    relaciones laborales

    En este aparte concreto

    es

    tudiaremos el impacto

    del polgrafo

    y

    su

    consiguiente disciplina en la rbita

    del

    derecho

    y

    en especial, de

    las relacio

    nes laborales, evaluando diversos esce

    narios

    en

    donde

    hoy

    da

    es

    permitido

    el

    uso

    y aplicacin

    de

    esta disciplina.

    3 1 Reglamentacin

    administrativa del

    polgrafo

    e

    intentos

    por

    legislar

    la

    materia

    Un reconocimiento a la ne

    cesidad de implementar medidas de re

    glamentacin al

    uso del polgrafo como

    actividad deseable en la

    prctica

    del de

    recho han motivado los

    intentos por ex

    pedir

    normas

    sobre la materia.

    El

    primer antecedente

    ad

    ministrativo

    es

    la Resolucin 2593 del

    2003 proferida por

    la

    Superintendencia

    de

    Vigilancia.

    Esta resolucin se carac

    teriz por

    el

    reconocimiento efectuado

    por esta entidad administrativa acerca

    del

    uso del

    polgrafo

    por

    parte de

    las

    empresas

    de

    seguridad y vigilancia

    autorizando la utilizacin de

    es

    ta he

    rramienta como un servicio que pue

    de ser ofrecido por esta empresa,

    in

    sistiendo siempre en

    la

    necesidad, para

    su

    utilizacin, en

    la

    autorizacin expre

    sa

    y previa

    del

    interrogado

    as como

    la

    implementacin de mecanismos

    que

    garanticen la

    reserva

    de

    los resultados

    del examen.

    En

    el

    mismo sentido

    se

    profiri la Resolucin 2417 del 2008,

    que modificara la Resolucin 2856 del

    2006 y

    que

    ratificara que las empresas

    de seguridad y vigilancia pueden ofre

    cer poligrafa

    como un

    servicio de

    ase

    soramiento .

    La

    DIAN tambin

    emitira

    la

    Resolucin

    14

    del2012

    en

    donde

    se

    permitira el

    uso

    de

    la

    poligrafa para

    cTU LID D L

    BOR L

    YS

    EGU

    RD DSOCI L

    funcionarios de libre nombramiento y

    remocin. Frente a un conflicto que so

    bre dicha resolucin

    se

    plante a

    nivel

    constitucional

    la Corte

    Constitucional

    colombiana consider que

    era

    posible

    el

    uso

    del polgrafo para contribuir en la

    construccin del criterio de la entidad

    para contratar, considerando el examen

    como

    un

    medio idneo

    y de eleccin

    discrecional de

    cada contratante.

    En materia

    de

    proyectos

    de ley, se

    han

    presentado dos

    en par

    ticular:

    El primero tuvo

    como

    in

    tencin modificar

    el

    Cdigo

    de

    Procedi

    miento

    Penal e ncluso fue aprobado por

    la

    comisin primera en primer

    debate

    en la

    Cmara de Representantes, para

    poder

    incluir

    el polgrafo como medio

    de prueba. El proyecto nunca

    prosper

    por

    haber

    se agotado la legislatura antes

    de surtir

    el

    trmite respectivo.

    Otro

    proyecto de ley

    tena

    la

    concreta intencin

    de permitirlo, de

    legando

    en el presidente de la Republica

    la funcin de

    reglamentar su uso.

    Es

    pertinente sealar

    que

    ambos

    proyecto

    s de

    ley

    fueron retira

    dos

    y

    se plante la formulacin de un

    a aplicacin

    del

    polgrafo en los

    procesos

    de seleccin

    de personal

    no est

    prohibida por lo

    tanto dentro

    de la

    rbita de la

    libertad

    contractual

    se autoriza

    as

    partes

    en

    este

    caso

    al

    contratante

    para acudir os

    medios jurdicamente

    aceptables

    que

    considere necesarios

    para

    formar

    su

    criterio

    opinin

    proyecto unificado hecho que

    an

    se

    encuentra

    en

    estudio para su posterior

    presentacin. Entre

    las

    propuestas

    que

    se pretenden incluir es

    una reglamen

    tacin

    ntegra a

    su utilizacin

    y el

    re

    conocimiento de estudios de postgrado

    en materia de poligrafa.

    3 2 El polgrafo

    en

    los procesos

    de

    seleccin

    de personal

    La aplicacin del polgrafo

    en los procesos de seleccin

    de

    perso

    nal no est

    prohib

    ida por lo

    tanto den

    tro de

    la

    rbita de la libertad contrac

    tual

    se

    autoriza a

    la

    s partes

    en

    es

    te

    caso

    al

    contratantepara

    acudir

    a

    los medios

    jurdicamente aceptables

    que

    conside

    re necesarios para formar

    su

    criterio

    y as fundar

    su decisin

    de contrata

    cin

    . Por ello

    si

    el polgrafo es reque

    rido por

    la

    empresa como un requisi

    to fundamental dentro del proceso de

    seleccin no

    puede entonce

    s

    ser con

    siderado esto una

    prctica ilcita

    pues

    es propio de la autonoma de la volun

    tad del contratante: decidir enriquecer

    su

    convencimiento

    con los

    resultados

    de un

    ex

    amen

    tcnico cientfico y

    ju

    rdicamente acepado.

    Lo

    anterior,

    sin perjuicio de

    las

    autorizaciones y reservas a las que

    tiene derecho el preseleccionado a un

    cargo para preservar

    sus

    derechos

    fun

    damentales.

    3 3 El

    polgrafo

    dentro

    de los procesos disciplinarios

    Otro escenario

    que

    merece

    ser estudiado es el relacionado

    con

    el

    polgrafo

    como

    instrumento dentro

    de

    un proceso disciplinario laboral.

    En

    el

    marco de un

    proceso

    disciplinario

    por

    incumplimiento del

    contrato de trabajo

    nos

    referimos a las

    relaciones del sector privado) es el em

    pleador quien toma las decisiones rela

    cionadas

    con el efecto

    que

    para el traba

    jador represente determinada

    falta.

    Dicha

    decis

    in

    no

    puede ser

    fruto de

    un

    acto arbitrario,

    por el con

    trario tiene

    que ser

    el resultado

    de un

    proceso

    cuidadoso

    de

    investigacin

    in

    terna dondeentre

    otras

    se

    haya garan-

    13

  • 7/25/2019 La Aplicacin Del Polgrafo en La rbita de Las Relaciones Laborales

    5/6

    op n n

    4

    tizado al trabajador

    el

    debido proceso

    de defensa y contradiccin.

    Adelantado

    el

    proceso dis

    ciplinario, corresponde al empleador

    la toma de una decisin,

    que

    no es

    cosa

    distinta

    que

    la manifestacin expresa de

    la certeza sobre la existencia o inexis

    tencia

    de

    la falta laboral. La decisin

    tomada podr ser objeto

    de

    discusin a

    instancias

    de la

    jurisdiccin ordinaria

    laboral, donde ser el juez

    quien

    ten

    ga la ltima palabra sobre la justicia

    de

    la medida.

    . Frente a las exigencias pro-

    pias del proceso disciplinario,

    es

    cada

    vez

    ms

    comn

    que los

    empleadores in

    troduzcan dentro

    de

    s

    us

    procedimien

    tos de investigacin la

    posibilidad

    de

    que sus colaboradores, voluntariamen

    te, al momento

    de

    rendir sus descar

    gos

    (oportunidad

    de

    la

    defensa)

    lo pue

    dan hacer

    acompaados de

    una prueba

    de

    polgrafo.

    Es importante sealar que

    lo

    anterior

    no es una

    manifestacin

    de

    desconfianza hacia el trabajador. Por

    el contrario, debe ser vista como una

    oportunidad para aportar

    elementos

    que

    refuercen

    lo

    dicho por

    el

    trabajador en

    su propia declaracin.

    Por lo

    tanto,

    de manera algu

    na

    se puede considerar que una invita

    cin a rendir una declaracin utilizan

    do

    el polgrafo implique

    una

    afectacin

    de

    los derechos fundamentales

    de

    la in

    timidad, buen nombre y honra. El an

    terior

    argumento

    se

    ve reforzado con

    el

    hecho

    de que el procedimiento est

    limitado a

    que

    sea previamente auto

    rizado por el trabajador y que en los

    eventos

    donde

    no

    se

    autorice

    el uso

    del

    mecanismo

    ,

    ello no

    pueda

    considerar

    se como

    un

    indici negativo al momen

    to de

    la

    toma de

    la decisin dentro

    del

    proceso

    disciplinario.

    De

    acuerdo

    con

    lo

    antes

    ex

    presado, queda en evidencia que el em

    pleador puede legtimamente utilizar

    el

    polgrafo;

    sin

    embargo,

    debe tener

    en cuenta que siempre requiere auto

    rizacin

    previa

    y que

    es

    indispensable

    salvaguardar durante

    todo

    el proceso

    lo

    s derechos fundamentales (la intimi-

    dad , buen

    nombre

    , la honra y el

    debi

    do

    proceso).

    3 4

    El

    polgrafo: medio

    de prueba o mecanismo

    de apreciacin

    de

    los medios

    probatorios dentro de los

    procesos judiciales?

    Una

    vez

    analizado

    el

    tema

    acerca

    uso del

    polgrafo

    en el

    mbi

    to

    de las

    relaciones

    laborales,

    se

    con

    sidera

    pertinente hacer una reflexin

    fi

    nal

    so

    bre

    las repercusiones

    de

    este mecanis

    mo en la esfera

    de lo

    s procesos judicia

    les

    , buscando determinar si puede er

    considerado

    como un

    med

    io

    de prueba

    autnomo o ms bien debe orientarse a

    un elemento que facilita la apreciacin

    de medios probatori

    os

    y que colabora

    con

    la

    formacin

    del

    criterio

    del

    ope

    rador judicial.

    u efectos puede

    dar

    el

    juez

    os

    resultados de la

    prueba

    poligrfica ,

    debe ser

    tomada

    como

    una

    prueba

    autnoma

    o

    como

    un

    mecanismo

    para apreciar

    otras pruebas?

    Esta reflexin es de vital

    preponderancia, toda

    vez

    que

    frente a

    la

    controversia judicial

    que

    pueda originar

    la decisin tomada

    por

    el

    empleador,

    corresponder a este probar al juez la

    ocurrencia

    de

    la falta , siendo pertinen

    te

    la pregunta

    de si el

    resultado

    del

    po

    lgra

    fo

    puede

    ser

    valorado como prueba

    dentro

    de

    la instancia judicial.

    3.4.1. La libertad pro

    batoria en

    el

    rgimen procesal co

    lombiano

    El derecho colombiano se

    ala con claridad

    el

    principio

    de

    lber-

    tad en rnareria probatoria, y en concre

    to.de el de medios de prueba .Las

    leye

    olombianas

    no ex

    cluyen ningn

    mecanismo y porel con trario permiten

    que quien

    00

    probar

    de

    terminado he

    cho. pueda hacerlo con

    los

    elementos

    que considere pertinentes para

    formar

    el

    conwncimiemo

    del

    ju

    ez.

    As

    lo eala

    el

    artculo

    175

    del Cdigo

    de

    Procedimiento Civil

    cuando e table e

    que

    : Sirven como

    pruebas, la declaracin de parte, el ju

    ramento,

    el

    te timonio

    de

    terceros

    el

    dictamen

    pericial,

    la

    ins

    peccin

    cial, los

    docume

    n

    tos,

    los indicios y cua

    lesquiera otros me

    dio

    s que sean tiles

    para

    la

    formacin del c

    onvencimiento

    del

    juez (

    ..)

    . Esta r

    eg la

    se

    encuentra

    re

    plicada en el

    Cdigo

    Procesal del Tra

    bajo y

    de

    la Seguridad Social cuando

    expresa en

    su

    artculo 51 que Sonad

    misibles todos los

    medios de

    prueba es

    tablecidos en la

    ley, pero

    la

    prueba pe

    ricial solo tendr lugar

    cuando el

    juez

    estime que

    debe

    designar un perito que

    lo

    asesore

    en

    los asuntos que requieran

    conocimientos especiales .

    Entonces , entendiendo el

    principio

    de

    libertad probatoria,

    se

    pue

    de

    decir que

    nue

    stra legislacin

    per

    mite la

    po

    sibilidad

    de

    incluir diversos

    medios

    de

    prueba dentro

    de

    los proce

    so

    s para la apreciacin

    del

    juez, sin que

    existan limitaciones.

    No obstante la libertad pro

    batoria advertida, no consideramos

    que

    el

    polgrafo pueda constituir por s mis

    mo un

    me

    dio probatorio

    ,

    lo

    anterior

    ba

    sado en

    lo

    s fundamentos

    que

    expresa

    mos a continuacin.

    3.4.2. El polgrafo: me

    canismo de apreciacin, sin consti

    tuir un medio de prueba

    El interrogante que surge

    es qu efectos puede dar el juez a

    lo

    s

    resultados

    de

    la prueba poligrfica,

    debe

    ser tomada como una prueba

    aut

    n?ma o como un mecanismo para apre

    Ciar otras pruebas?

    Sobre este particular, no

    exi

    s

    te

    unanimidad

    en la

    doctrina, por

    lo

    tanto

    hay

    quienes sostiene que

    el

    po

    lgrafo constituye una verdadera prueba

    ;

    A CTU LID D L BOR LY

    SEGUR

    ID D SO CI

    L

    i

  • 7/25/2019 La Aplicacin Del Polgrafo en La rbita de Las Relaciones Laborales

    6/6

    pericial, dada la

    validez

    tcnica y cien

    tfica con que cuenta

    este mecanismo,

    mientras

    que otros

    por

    el

    contrario

    afir

    man que no es

    una

    prueba

    independien

    te sino un instrumento

    que

    enriquece

    la

    apreciacin del juez de otra prueba,

    como es

    el testimonio o el interrogato-

    rio

    de

    parte.

    En nuestra opinin, sin

    des

    conocer

    la validez

    cientfica

    del pol

    grafo, consideramos que este tipo de

    exmenes deben estar

    lejos

    de ser to

    mados

    dentro

    de un proceso judicial

    como

    un instrumento probatorio aut

    nomo,

    siendo en consecuencia una he

    rramienta

    que

    apoya la construccin del

    convencimiento del juez al momento de

    apreciar

    una prueba

    principal como

    lo

    sera

    la

    testimonial o

    la

    declaracin

    de

    parte. Lo anterior, ya que tomarlo como

    un elemento

    autnomo

    podra implicar:

    de una lado la

    violacin

    del

    principio

    constitucional de la no autoincrimina-

    cin

    (obligar

    judicialmente

    al

    polgra

    fo

    es

    tanto como aceptar que la

    perso

    na

    no

    pueda

    resistirse a incriminarse ,

    y de otro, aceptarlo como prueba

    peri

    cial podra llegar

    al

    absurdo

    de

    dejar

    en

    manos de quien prctica

    el

    polgrafo la

    bsqueda de la verdad, aspecto

    que

    en

    el escenario

    de la

    controversia judicial

    est reservado al juez.

    El juez no puede entregar su

    conocimiento y permitir

    que en

    ade

    lante los procesos sean

    resueltos por

    circunstancias nicamente cientficas,

    pues

    precisamente

    el operador

    judicial

    es

    quien

    debe valorar hechos ypruebas

    con el prudente

    arbitrio

    que ostenta y

    no

    valerse

    de un

    ndice

    cientfico

    de

    pro

    babilidad para tomar

    decisiones,

    pues

    como ya habamos

    sealado,

    si bien el

    ndice

    de probabilidad es alto, no es

    una

    prueba que arroje un

    ndice

    del

    100 ,

    es

    decir,

    que

    no es

    una

    verdad

    absolu

    ta e incontrovertible.

    No proscribimos el polgra

    fo en

    materia probatoria, nicamente

    comprendemos que debe servir como

    un

    auxilio

    al

    juez y a

    la

    justicia para

    formar un criterio y fallar en derecho,

    pues este

    es una

    herramienta para

    va

    lorar los

    testimonios

    o

    declaraciones

    de

    parte

    dentro

    de los procesos,

    como

    lo

    AcTUALIDAD LABORAL v SEGURIDAD

    Soci L

    es el

    nivel de escolaridad

    del

    declaran

    te, o las situaciones que por

    la

    tacha de

    falsedad o sospecha

    se

    pueden propo

    ner

    al juez.

    En

    la prctica, actualmente

    los

    operadores

    jurdicos han

    optado por

    entender el examen de polgrafo

    como

    una herramienta auxiliar a la hora

    de

    valorar un verdadero medio probato

    rio, como

    sera el testimonio o el inte

    rrogatorio.

    En

    este sentido, cuando un

    empleador utiliza el polgrafo como

    elemento para fundar su

    convencimien

    to

    dentro

    de la

    relacin

    laboral,

    este

    no

    puede ser llevado

    como

    un medio de

    prueba

    al

    escenario

    de la

    discusin ju-

    dicial,

    toda

    vez

    que

    el polgrafo no cabe

    como medio

    autnomo,

    pues una

    cosa

    es

    que el

    empleador confi

    su

    conven

    cimiento

    al

    resultado de

    un

    polgrafo,

    y otra

    diferente es

    que el juez al mo

    mento

    de decidir cmo forma

    su

    con

    vencimiento,

    lo debe hacer

    con

    pleno

    apego al derecho, y requerir al emplea

    dor

    para

    que

    soporte probatoriamente

    la existencia

    de

    los hechos y de la fal

    ta, teniendo

    que

    acudir inevitablemen

    te a pruebas como los documentos, las

    declaraciones o testimonios.

    4 onclusiones

    El polgrafo hoy en da ha

    adquirido una importancia

    fundamen

    tal en el

    mundo

    empresarial y

    en la so

    ciedad

    en general,

    pues permite efec

    tuar una evaluacin en situaciones

    concretas a

    posibles

    engaos o frau

    des,

    contando

    con un

    sustento

    cientfi

    co,

    por

    lo

    que adquiere mayor protago

    nismo

    en

    distintos escenarios.

    Teniendo

    en cuenta

    el pro

    tagonismo

    del polgrafo y los grandes

    avances de esta disciplina

    en

    Colombia,

    siendo uno

    de los

    pases ms

    avanzados

    en esta

    materia, se han realizados

    es

    fuerzos para reglamentar su

    utilizacin.

    Es as como

    han

    cursado

    en el Congreso

    dos proyectos

    de

    ley y se han expedido

    varios

    actos administrativos.

    No

    obstante

    la ausencia

    de

    .

    normatividad expresa

    que

    reglamente

    el uso

    del

    polgrafo, en nuestro

    pas vie-

    \ .

    opinin

    ne siendo llevado

    y

    aceptado dentro del

    trmite de

    procesos judiciales, especial

    mente

    en

    materia

    penal.

    Ahora bien, este mecanis

    mo

    puede ser utilizado para fundar

    un

    convencimiento

    propio

    pero debe tener

    se

    en cuenta que siempre requiere auto

    rizacin previa y

    es

    indispensable sal

    vaguardar durante todo

    l

    proceso los

    derechos

    fundamentales.

    Concretamente, en

    materia

    de recursos humanos es permitido

    usar

    el polgrafo para

    la seleccin

    de perso

    nal,

    pues no

    es jurdicamente

    reprocha

    ble,

    y

    es

    vlido

    como elemento en el que

    el

    empleador

    quiera soportar parte de

    su decisin

    de contratacin.

    En

    lo

    referente a procesos

    disciplinarios laborales, el polgrafo

    es

    permitido como apoyo al momento de

    tomar los

    descargos

    del trabajador

    in

    vestigado, quien

    deber

    haberlo autori

    zado de manera previa y voluntaria. La

    negativa a

    someterse al

    examen no

    pue

    .-

    de ser

    un indicio

    en contra.

    El empleador puede

    decidir

    libremente

    si

    confa

    su decisin al

    resul

    tado

    del

    polgrafo. No obstante,

    frente

    a un escenario

    de

    reclamacin judicial

    deber contar

    con

    pruebas legtima-

    mente aceptadas

    (testimonios,

    confe

    sin en los descargos, documentos) que

    evidencien la

    ocurrencia de

    los

    hechos

    y la falta, pues

    el polgrafo no

    es

    sufi

    ciente

    para ello.

    Por

    otra parte, en el esce

    nario

    judicial el polgrafo no constitu

    ye

    un medio

    de

    prueba

    autnomo.

    No

    consideramos

    que

    pueda

    tener

    la

    condi

    cin de ser un dictamen pericial, pues

    to

    que

    adems de violar el principio no

    autoincriminacin, puede llevar a re

    emplazar al juez por el intrprete del

    examen,

    desconociendo

    la

    calidad

    de

    ciencia

    humana y no cientfica

    que

    tie

    ne

    el derecho.

    Finalmente, en

    la

    actuali-

    dad la importancia de esta herramien-

    ta radica en su virtualidad para apoyar

    otra clase

    de pruebas

    y sirve principal-

    mente

    para

    reforzar

    el

    criterio

    y

    conven

    cimiento

    del

    juez

    sobre

    ciertos

    hechos

    que respaldan la prueba poligrfica.

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