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4. MODULO IV: Estudio Legal y Organizacional 4.1 Forma Societaria Para elegir la forma societaria que se empleará en nuestro proyecto es necesario comparar los tipos de formas societarias, están se muestran en el siguiente cuadro. Tabla Comparativa de las modalidades e m p r e s a r i a l e s Más Utilizadas por las MYPEs y PYMEs La sociedad anónima es una sociedad de capitales, con responsabilidad limitada, en la que el capital social se encuentra representado por acciones, y en la que la propiedad de las acciones está separada de la gestión de la sociedad. Nace para una finalidad determinada. Los accionistas no tienen derecho sobre los bienes adquiridos, pero si sobre el capital y utilidades de la misma.

Modulo 4 Estudio Organizacional Jean

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4. MODULO IV: Estudio Legal y Organizacional

4.1 Forma Societaria

Para elegir la forma societaria que se empleará en nuestro proyecto es necesario comparar los tipos de formas societarias, están se muestran en el siguiente cuadro.

Tabla Comparativa de las modalidades empresariales

Más Utilizadas por las MYPEs y PYMEs

La sociedad anónima es una sociedad de capitales, con responsabilidad limitada, en la que el capital social se encuentra representado por acciones, y en la que la propiedad de las acciones está separada de la gestión de la sociedad. Nace para una finalidad determinada. Los accionistas no tienen derecho sobre los bienes adquiridos, pero si sobre el capital y utilidades de la misma.

4.1.1 Sociedad Anónima Cerrada

CARACTERÍSTICAS

El número de accionistas no puede ser menor de dos y como máximo tendrá 20 accionistas.Se impone el derecho de adquisición preferente por los socios, salvo que el estatuto disponga lo contrario.Se constituye por los fundadores al momento de otorgarse la escritura pública que contiene el pacto social y el estatuto, en cuyo caso suscriben íntegramente las acciones.El Capital Social está representado por acciones nominativas y se conforma con los aportes (en bienes y/o en efectivo) de los socios, quienes no responden personalmente por las deudas sociales.Es una persona jurídica de Responsabilidad Limitada.No puede inscribir sus acciones en el Registro Público del Mercado de Valores.Predomina el elemento personal, dentro de un esquema de sociedad de capitales.Surge como reemplazo de la Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada – S.R.L. que aún se mantiene.DENOMINACIÓNLa denominación adoptada debe incluir la indicación: “Sociedad Anónima Cerrada” o estar acompañada de su abreviatura “S.A.C.”.ÓRGANOS DE LA EMPRESAJUNTA GENERAL DE ACCIONISTASEs el órgano supremo de la sociedad. Está integrada por el total de socios que conforman la empresa.GERENTEEs la persona en quien recae la representación legal y de gestión de la sociedad. El Gerente convoca a la junta de accionistas.SUB-GERENTEReemplaza al Gerente en caso de ausencia.

DIRECTORIOEl nombramiento de un Directorio por la Junta es facultativo (no es obligatorio).

4.2. Régimen Laboral:

Por la estructura organizacional de la empresa, menos de 10 personas y los ingresos proyectados anualmente a percibir, podemos determinar que nuestra organización se clasifica en una microempresa, tal como se muestra en la tabla.

Por tanto tenemos la opción de incluirnos en el régimen especial de la ley MYPE, el cual brinda algunas ventajas al empresario en relación del régimen general. Las diferencias entre ambos regímenes se muestran en el siguiente cuadro.ARACTERISTICAS DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA

PRINCIPALES BENEFICIOS DEL RÉGIMEN LABORAL DE LA LEY MYPE

Fuente:

DERECHO LABORAL PARA EMPRESAS

El Derecho Laboral tiene como finalidad regular la relación entre empleador y trabajador, por la que el segundo ofrece su trabajo al primero a cambio de una retribución; una relación que se considera desigual a pesar de la igualdad jurídica entre empleador y trabajador, pues el mayor poder económico del empleador le permite imponer sus condiciones. Así, el derecho Laboral reconduce dicha relación entre desiguales a la figura jurídica del contrato de trabajo y, a través de sus regulaciones, procura introducir equilibrio y limitar el poder de empleador.

En vista de la ventajas que ofrece el régimen especial, la organización ha crear optará por esa opción, por lo tanto en los siguientes párrafos detallaremos las características del régimen elegido.

4.2.1 Régimen Especial de las Microempresas:

Las microempresas gozan de un régimen especial de contratación, que estará vigente hasta el 4 de julio de 2012. Para poder beneficiarse de este régimen, los microempresarios (empresas o personas naturales con negocio) deberán cumplir en todo momento con los requisitos de máximo de ventas y máximo de trabajadores estipulados por la ley. En caso contrario, el empresario no podrá acogerse a este Beneficio y pasará automáticamente a regirse por las disposiciones generales de contratación. Con el fin de acogerse al régimen especial de contratación, los microempresarios deberán presentar ante el MTPE lo siguiente:

a. Solicitud requiriendo acogerse al Régimen Especial Laboral, cuya aprobación es automática pero se encuentra sujeta a verificación posterior. b. Copia del DNI.c. Croquis con la ubicación del negocio. d. Declaración Jurada de poseer las características de microempresa, acompañando, de ser el caso, una copia de la Declaración Jurada del Impuesto a la Renta del ejercicio anterior. Dado que este beneficio está orientado a las microempresas, no se encuentran comprendidos los trabajadores de pequeñas empresas, medianas empresas y grandes empresas, las organizaciones sin fines de lucro (por ejemplo, asociaciones), las personas naturales que emitan recibos por horarios por el ejercicio de una profesión, arte u oficio.

Régimen laboral de la pyme:

Microempresa Grava las actividades comerciales, industriales, mineras, agropecuarias, forestales, pesqueras u otras realizadas por las empresas dedicadas habitualmente a negocios.

Impuesto por pagar ante SUNAT: • Impuesto a la Renta. • Impuesto General a las Ventas. La tasa del Impuesto a la Renta es de 30 por ciento a la utilidad generada al final del

ejercicio económico, es decir, al 31 de diciembre de cada año. Se paga en los tres primeros meses del año siguiente, teniendo en consideración que el plazo máximo se encuentra determinado por norma expresa de la SUNAT, de acuerdo con el último dígito del número de RUC que le corresponde a cada contribuyente.

Por su actividad económica:

IGV: 19% de las ventas mensuales con derecho a deducir crédito fiscal.RENTA:Declaración y pagos a cuentas mensuales, de acuerdo con alguno de los siguientes sistemas de cálculo:Sistema A): Método del Coeficiente sobre los Ingresos Netos mensualesSistema B): Método del 2% de los Ingresos Netos mensualesDeclaración anual y pago de regularización: 30% sobre la renta neta imponible.Adicionalmente, de corresponderle, debe realizar los pagos del Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN).

ISC: Sólo si estuviera afecto. La tasa del impuesto, es de acuerdo con las tablas anexas de la Ley del IGV e ISC.Si tiene trabajadores dependientes:

Contribuciones al ESSALUD: 9%RETENCIONES A EFECTUAR:

De ser el caso, debe cumplir con efectuar las retenciones correspondientes a las rentas que abone por segunda, cuarta y quinta categoría, aportes a la ONP, así como a los contribuyentes no domiciliados.

Grava las actividades comerciales, industriales, mineras, agropecuarias, forestales, pesquerasu otras realizadas por las empresas dedicadas habitualmente a negocios.

Impuesto por pagar ante SUNAT:

• Impuesto a la Renta.• Impuesto General a las Ventas.

La tasa del Impuesto a la Renta es de 30 por ciento a la utilidad generada al final del ejercicio económico, es decir, al 31 de diciembre de cada año. Se paga en los tres primeros meses del año siguiente, teniendo en consideración que el plazo máximo se encuentra determinado por norma expresa de la SUNAT, de acuerdo con el último dígito del número de RUC que le corresponde a cada contribuyente.

4.4 Organigrama Funcional

JUNTA GENERAL DE

ACCIONISTAS

ADMINSTRACION Y

GERENTE

SECRETARIAPERSONAL PARA EL PROCESO

ADMINISTRADOR

4.5 Manual de Organización y Funciones

FUNCIONES ESPECIFICAS DEL GERENTE GENERAL

GERENTE

1

DENOMINACION DEL CARGO N° DE CARGO

FUNCIONES ESPECIFICAS

Representar a la organización ante la comunidad, y cumplir con las funciones del merchandising,

son un modelo que el contexto analiza y utiliza en la elaboración de los juicios de valor para con el

Individuo que los realiza y de la organización donde él se encuentra involucrado.

Responsable directo del logro de los objetivos que la organización se ha planteado.

Planificar las necesidades operativas y estratégicas y la disposición de los medios para satisfacer a

las mismas.

Informar y responder ante la junta de accionistas el logro de las metas establecidas

LINEAS DE AUTORIDAD Y

RESPONSABILIDAD

DEPENDE DE

Junta de accionistas

TIENE MANDO

Todas las áreas

REQUISITOS MINIMOS

Estudios: Profesional en Ingeniería Civil

Manejo de Ingles (80%) y otros dos idiomas más.

Habilidades comerciales (familiarizado con saldos, informes de fin de mes, etc.).

Haber trabajado en empresas con relación al objeto social de la empresa en este mismo cargo

o afines, mínimo de 2 a 3 años de experiencia.

Experiencia en el manejo de personal y comunicación con cliente interno y externo.

Conocimiento de etiqueta y protocolo empresarial.

FUNCIONES ESPECIFICAS: JEFE DE PERSONAL ADMINISTRATIVO

JEFE DE PERSONAL 2

DENOMINACION DEL CARGO N° DE CARGO

FUNCIONES ESPECIFICAS

Representar a la organización ante la comunidad, y cumplir con las funciones que le compete,

Supervisar la labor de los demás personales de trabajo todo lo que compete en la elaboración de los juicios de valor para con el

Responsable directo del logro de los objetivos que la organización se ha planteado.

Planificar las necesidades operativas y estratégicas y la disposición de los medios para satisfacer a

las mismas.

Tener una amplia visión en el manejo de personal

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

DEPENDE DE Junta de accionistas

TIENE MANDO Área de elaboración y administración

REQUISITOS MINIMOS

Estudios: Profesional en Administración e Ingeniería Económica

Habilidades de generar una adecuada labor de cuidado de los bienes de la empresa aptos para el público en general.

Haber trabajado en empresas con relación a este mismo cargo.

mínimo de 2 a 3 años de experiencia.

Experiencia en el manejo de personal y comunicación con cliente interno y externo.

Compromiso y creatividad

Capacidad de trabajar en grupo

FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS PERSONAL TECNICO EN LA ELABORACION DE MANGO

PERSONAL TECNICO 3

DENOMINACION DEL CARGO N° DE CARGO

FUNCIONES ESPECIFICAS

De separación, de adecuación y conservación del producto

Inspeccionar la Higiene y sanidad del producto del mango

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD DEPENDE DE Junta de accionistas

TIENE MANDO ASISTENTES TECNICOS

REQUISITOS MINIMOS

Estudios: Profesional de mecánica e industrial capacitado,

Manejo de Ingles

Excelente clima organizacional

Haber trabajado en empresas con relación al objeto social de la empresa en este mismo cargo

de 2 a 3 años de experiencia.

Fuente: Elaboración propia, Huancayo. Octubre, 2014. Haber trabajado en empresas con relación al objeto social de la empresa en este mismo cargo o afines, mínimo 6 meses de experiencia.

• Excelente presentación personal .• Excelente clima Organizacional.

Fuente: Elaboración propia, Huancayo. Octubre, 2014

4.6 Reglamento de Organización y Funciones:

4.6.1 Generalidades:

Artículo 1.- El presente reglamento es de carácter obligatorio y establece Normas a las que deberán sujetarse todos los trabajadores. Artículo 2.- Todos los asuntos no especificados en este reglamento quedan Bajo lo estipulado en la Ley de Trabajo. Artículo 3.- Cada trabajador tendrá un jefe inmediato al cual tiene el deber de comunicar sus actividades y cualquier modificación de ellas. Artículo 4.- El personal está obligado a cumplir su contrato de trabajo.Articulo 5.- Es obligación del personal cumplir con las reglas de higiene y seguridad. Articulo 6.- Queda estrictamente prohibido las relacionesInterpersonales dentro de la empresa. Articulo 7.- Es obligación de todo trabajador permanecerconstantemente en sus puestos para resolver cualquier inconveniente.

4.6.2 Jornada Laboral

Articulo 8.- Al ingresar o salir a la empresa deberá registrar su hora de entrada y salida en el registro diario de asistencia. Artículo 9.- La jornada laboral será de siete días a la semana dividida

en dos turnos de ocho horas cada una. Turno Matutino 8:00 a 13:00Turno Vespertino 15:00 a 8:00Articulo 10.- De no cumplir con el horario, ya sea con retardos o faltasse sancionara sobre pago de nómina y prestaciones.Esto se aplicara solo si no excede 3 faltas consecutivas sin autorizacióndel jefe, si llegase a suceder que automáticamente despedido. Artículo 11.- Vacaciones y días festivos estarán sujetos a disposicionesoficiales y a cambios con previo aviso. Artículo 12.- Las vacaciones no serán acumulables. Artículo 13.- Todos los trabajadores cuentan con 15 minutos paradescansar y tomar un refrigerio. Cada área decidirá los horarios para sustrabajadores.

4.6.3 Salarios Articulo 14.- El pago de honorarios y nomina se hará de acuerdo a loestablecido en el contrato con cada trabajador. Artículo 15.- Estos se pagaran por quincena los días 15 y 30 de cadaMes depositando en la cuenta haberes del empleado.Artículo 16.- En caso de renuncia se le liquidara de acuerdo a loEstablecido por la ley del trabajo.4.6.4 Prohibiciones a empleados

Artículo 17.- No se permite el consumo de bebidas alcohólicas dentroDe las instalaciones.Articulo 18.- No se permite el uso de narcóticos dentro de la empresa. Articulo 19.- Queda prohibido proporcionar cualquier informaciónconfidencial a personas ajenas a la empresa revelando políticas ySistemas propios de la misma. Articulo 20.- Actos que perjudiquen el prestigio de la empresa Articulo 21.- Ofensas, daños o faltas de respeto a otros colaboradoresy a instalaciones. Articulo 22.- No se permite substraer ningún objeto propiedad de laEmpresa.

4.6.5 Sanciones Artículo 23.- Las faltas en que incurran los trabajadores ameritaran unasanción con las siguientes medidas. Artículo 24.- Amonestación verbal o por escrito Articulo 25.- Suspensión laboral sin goce de salario Artículo 26.- Despido sin responsabilidad patronal. Articulo 27.- En caso de que el trabajador no respete sus 15 minutosde brake y regrese después a su puesto, deberá reponer el tiempo quehaya llegado tarde.

4.6.6 Higiene y Seguridad

Artículo 28.- El aseo de instalaciones se efectuara por el personal, losdías y horas correspondientes. Articulo 29.- El obligación de todo el personal, participar en lossimulacros con el objeto de prevenir casos fortuitos. Articulo 30.-En caso de accidente de algún trabajador, se cuenta conservicio médico dentro de las instalaciones y de ser necesario se letrasladara al hospital. Artículo 31.- El personal queda obligado a someterse a exámenesmédicos y psicométricos requeridos por la empresa.