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JUICIOS DE NÚREMBERG
INTRODUCCION
Los Juicios de Núremberg o, también, Procesos de Núremberg (en alemán:
Nürnberger Prozesse), fueron un conjunto de procesos jurisdiccionales
emprendidos por iniciativa de las naciones aliadas vencedoras al final de la
Segunda Guerra Mundial, en los que se determinaron y sancionaron las
responsabilidades de dirigentes, funcionarios y colaboradores del régimen
nacionalsocialista de Adolf Hitler en los diferentes crímenes y abusos contra la
Humanidad cometidos en nombre del III Reich alemán a partir del 1 de septiembre
de 1939 hasta la caída del régimen alemán en mayo de 1945.
Desarrollados en la ciudad alemana de Núremberg entre el 20 de noviembre de
1945 al 1 de octubre de 1946., el proceso que obtuvo mayor repercusión en la
opinión pública mundial fue el conocido como Juicio principal de Núremberg o
Juicio de Núremberg, dirigido a partir del 20 de noviembre de 1945 por el
Tribunal Militar Internacional (TMI) (cuyo sustento era la Carta de Londres), en
contra de 24 de los principales dirigentes supervivientes del gobierno nazi
capturados, y de varias de sus principales organizaciones.
Otros doce procesos posteriores fueron conducidos por el Tribunal Militar de los
Estados Unidos, entre los cuales se encuentran los llamados Juicio de los
doctores y Juicio de los jueces.
La tipificación de los crímenes y abusos realizada por los tribunales y los
fundamentos de su constitución representaron un avance jurídico que sería
aprovechado posteriormente por las Naciones Unidas para el desarrollo de una
jurisprudencia específica internacional en materia de guerra de agresión, crímenes
de guerra y crímenes en contra de la humanidad, así como para la constitución, a
partir de 1998, del Tribunal Penal Internacional permanente.
La legitimidad
Aunque la legitimidad del Tribunal estuvo en entredicho desde el primer momento
—al no existir precedentes similares en toda la historia del enjuiciamiento universal
—, los trabajos realizados para la tipificación de los delitos (también hasta
entonces insólitos en su magnitud) y los procedimientos para el desarrollo de la
causa servirían en adelante para la constitución de la justicia internacional.
De este modo, se concretaron conceptos sobre delitos anteriormente ausentes o
vagamente definidos, como el de crimen contra la humanidad, evocado en la
Convención de La Haya de 1907. También resultó modificado el enfoque
tradicional de las reglas del derecho internacional que se centraban en las
relaciones entre Estados, pero no en los derechos y deberes de las personas.
Desde entonces, los delitos cometidos por individuos de una nación a lo largo y
ancho de varios países podrían ser juzgados internacionalmente por el conjunto
de los países afectados, como fue precisamente en la formación del Tribunal de
Núremberg.
Los delitos
Tres fueron los delitos imputados a los acusados:
1. Crímenes de guerra , la existencia de asesinatos, torturas y violaciones,
hechos contrarios a las Leyes de la Guerra.
2. Crímenes contra la humanidad , cuando se enfrentaba el exterminio y la
muerte en masa. Este delito incluye Genocidio, cuando se daba muerte a
todo un grupo étnico determinado.
3. Guerra de agresión , sobre la base de una premeditación para alterar la
paz y entendida como el proceso para atentar contra la seguridad interior
de un Estado soberano.
Los acusados
De 4.850 peticiones de procesamientos individuales, fueron acusadas 611
personas. A los grupos se les catalogó entre organizaciones no criminales, donde
se encontraba la estructura del Estado (Gobierno y Ejército) y las criminales, que
fueron todas aquellas estructuras paralelas del poder nazi como la Gestapo, la SS
y el Partido Nazi. Los más destacados fueron Karl Dönitz, gran almirante de la
Flota Alemana y sucesor de Adolf Hitler tras su presunto suicidio; Rudolf Hess,
Secretario Particular de Adolf Hitler, que, en misión secreta del Canciller voló a
Gran Bretaña y fue capturado en 1941 por los aliados ingleses; Hermann Goering,
Comandante en Jefe de la Luftwaffe y Presidente del Parlamento alemán o
Reichstag; Alfred Jodl, jefe del Estado Mayor de la Wehrmacht; Wilhelm Keitel,
jefe del Alto Mando de Wehrmacht; Alfred Rosenberg, judío, autor del libro de su
particular ideología nacionalsocialista racista "El Mito del siglo XX", Ministro de
Educación del Reich, después Ministro de Territorios Ocupados; Joachim von
Ribbentrop, Ministro de Asuntos Exteriores; Albert Speer, arquitecto y Ministro de
Armamentos; Franz von Papen, antiguo Jefe del partido conservador y sus
"Cascos de Acero", después embajador nazi en Austria y Turquía.
Entre quienes habían muerto antes de ser juzgados se consideraba probado que
estaban Adolf Hitler, Joseph Goebbels, Ministro de Propaganda, que se suicidó, y
Heinrich Himmler, Reichsfürer o Capitán General de las SS (incluidas las SD,
"Sicherheitsdienst", encargada de los Campos de Concentración), inspirador y
Jefe general de todos los departamentos dependientes de las SS, como la
"Ahnenerbe", asesinado, según las últimas investigaciones, por una patrulla
fronteriza inglesa que lo capturó . Los huídos previamente al procesamiento fueron
Adolf Eichmann, Martin Bormann y Josef Mengele. El primero era oficial mediano
de las SS, interviniente en el plan de concentración y deportación de los judíos
capturados por el Estado, ( fue secuestrado posteriormente por los Servicios
Secretos israelíes, juzgado en Jerusalén por un tribunal sionista e israelí,
condenado a muerte y ejecutado) ; Bormann era el Secretario Personal de Hitler
desde 1942, y Mengele era oficial de las SS y Médico en el Campo de
Concentración de Auswitz, al que se acusaba de experimentos inhumanos sobre
los cuerpos de adultos y niños judíos internados en dicho "Lager".
Los juicios
Propiamente, existe un juicio llevado a cabo por el Tribunal Penal Militar
Internacional, instituido por medio de la Carta de Londres, en 1945. Existieron
además una serie de juicios llevados a cabo con posterioridad al principal, donde
se juzgaron a los funcionarios menores del Estado, Ejército, doctores e
industriales alemanes.
La lista de los juicios es la siguiente:
1. El Juicio de los doctores, seguido contra 24 médicos acusados de
conspiración, crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad,
incluyendo casos de esterilización forzosa y masiva de enfermos, el
asesinato de 300.000 enfermos, especialmente en hospitales psiquiátricos
durante el Programa de eutanasia Aktion T-4 , colaboración o participación
directa en el confinamiento, tortura y exterminio de miles de personas en los
campos de concentración así como la realización de investigaciones
médicas coercitivas, nocivas y letales contra prisioneros de guerra y civiles
y contra pacientes en hospitales y otras instituciones médicas.1
2. El juicio contra Erhard Milch, oficial alemán, acusado de graves crímenes en
campos de concentración.
3. El Juicio de los jueces, seguidos contra 16 abogados y jueces que
establecieron el aparato jurídico nacionalsocialista. Fueron acusados y
encontrados culpables de conspiración criminal, crímenes de guerra y
crímenes contra la humanidad entre los que se destaca la aplicación de las
leyes de higiene racial y las leyes y decretos contra la población judía, por
ejemplo someter por orden judicial a los enfermos a esterilización médica o
condenar a prisión y a pena de muerte a judíos que tuvieron relaciones
sexuales -probadas o no- con alemanes y condenar mediante orden judicial
a miles de personas a confinamiento en los campos de concentración.
4. El Juicio Pohl, seguido contra la oficina Endlösung, encargada
administrativa de los campos de concentración y exterminio. Su jefe era
Oswald Pohl.
5. El Juicio Flick, seguido contra el industrial alemán Friedrich Flick, por la
utilización de trabajo esclavo y crímenes contra la humanidad.
6. El Juicio a la IG Farben, empresa química industrial alemana, que al igual
que Flick y Krupp, usufructuó del trabajo esclavo.
7. El caso austral o Juicio de los rehenes, en el cual se persiguió la
responsabilidad del alto mando alemán por las masacres y graves
violaciones a las Leyes de la Guerra durante la Campaña de los Balcanes.
8. El Juicio RuSHA, seguido contra los promotores de la idea de pureza racial
y del programa Lebensborn.
9. El Juicio a los Einsatzgruppen, seguida contra las brigadas de la muerte de
las SS que practicaban el exterminio local de los judíos por medio de los
Einsatzgruppen.
10. El Juicio Krupp, seguido contra los dirigentes del famoso grupo industrial,
por su participación en la preparación de la guerra y la utilización de trabajo
esclavo durante la guerra.
11. El Juicio de los ministros, seguido contra los dirigentes del Estado Nazi por
su participación en atrocidades cometidas tanto dentro de Alemania como
en los territorios ocupados.
12. El Juicio del alto mando, seguido contra los generales del Ejército, Armada
y de la Fuerza Aérea alemana, por la comisión de crímenes de guerra.
El juicio principal
Jueces y Fiscal
El Tribunal estuvo compuesto por un juez titular de cada uno de los países y su
respectivo suplente. Estos fueron:
Geoffrey Lawrence (Titular Reino Unido)
o Norman Birkett (Suplente Reino Unido)
Francis Biddle (Titular Estados Unidos)
o John J. Parker (Suplente Estados Unidos)
Henri Donnedieu de Vabres (Titular Francia)
o Robert Falco (Suplente Francia)
Iona Nikítchenko (Titular Unión Soviética)
o Alexander Volchkov (Suplente Unión Soviética)
El fiscal jefe de la Corte fue el juez norteamericano Robert H. Jackson, con la
ayuda de los fiscales Hartley Shawcross, del Reino Unido; el General Román
Rudenko, por la URSS; y François de Menthon y Auguste Champetier, de Francia.
Acusados y sus penas
Durante el juicio principal la Fiscalía del Tribunal presentó acusación en contra de
24 líderes nazis. De todo ellos sólo Albert Speer, Hans Frank y Baldur von
Schirach expresaron su remordimiento por los crímenes cometidos. En resumen el
tribunal dictó 11 condenas a muerte, 3 condenas a presidio perpetuo, 2 a veinte
años, y una a 15 y otra a 10 años. El dueño de las fábricas Krupp fue declarado
incapaz de soportar un juicio. Hans Fritzsche, Franz von Papen y Hjalmar Schacht
fueron absueltos de sus cargos.
Nombre Cargo Sentencia
Martin Bormann Sucesor de Hess como secretario del Partido Nazi Muerte (en ausencia)
Hans Frank Gobernador General de la Polonia ocupada Muerte en la horca
Wilhelm FrickMinistro del Interior, autorizó las Leyes Raciales de
NúrembergMuerte en la horca
Hermann GöringComandante de la Luftwaffe y presidente del
Reichstag.Muerte en la horca
Alfred Jodl Jefe de Operaciones de la Wehrmacht Muerte en la horca
Ernst Kaltenbrunner Jefe de la RSHA y de los einsatzgruppen Muerte en la horca
Wilhelm Keitel Comandante de la Wehrmacht Muerte en la horca
Joachim von Ribbentrop Ministro de Relaciones Exteriores Muerte en la horca
Alfred Rosenberg Ideólogo del racismo y Ministro de los Territorios Muerte en la horca
Ocupados
Fritz Sauckel Director del programa de trabajo esclavo Muerte en la horca
Arthur Seyß-InquartLíder del Anschluss y gobernador de los Países
Bajos ocupadosMuerte en la horca
Julius Streicher Jefe del periódico antisemita Der Stürmer Muerte en la horca
Walter Funk Ministro de Economía Cadena perpetua
Rudolf Hess Ayudante de Hitler Cadena perpetua
Erich Raeder Comandante en jefe de la Kriegsmarine Cadena perpetua
Albert Speer Arquitecto y Ministro de Armamento 20 años
Baldur von Schirach Líder de las Juventudes Hitlerianas 20 años
Konstantin von NeurathMinistro de R.R.E.E., "Protector" de Bohemia y
Moravia15 años
Karl DönitzSucesor designado de Hitler y comandante de la
Kriegsmarine10 años
Hans FritzscheAyudante de Joseph Goebbels en el Ministerio de
PropagandaAbsuelto
Franz von Papen Ministro y vicecanciller Absuelto
Hjalmar Schacht Ex presidente del Reichsbank Absuelto
Gustav Krupp Industrial que usufructuó del trabajo esclavo Sin condena
Robert Ley Jefe del Cuerpo Alemán del Trabajo Sin condena
Cumplimiento de las penas
Los condenados a muerte fueron ejecutados el 16 de octubre de 1946, por vía de
ahorcamiento. Hermann Göring se suicidó en la víspera con una cápsula de
cianuro, y Robert Ley el 25 de octubre de 1945, antes del veredicto. Después de
su ahorcamiento, los restos fueron incinerados y las cenizas desperdigadas en el
río Isar.
Martin Bormann fue juzgado y condenado en ausencia, pese a que con
posterioridad se supo que murió durante la caída de Berlín, el 2 de mayo de 1945.
Los condenados a cadena perpetua cumplieron su pena en la Prisión de Spandau,
hasta la muerte del último de ellos, Rudolf Hess, en 1987. De todos los
condenados a penas de cárcel, sólo cuatro las cumplieron a cabalidad, ya que
Neurath (en 1954), Raeder (en 1955) y Funk (en 1957) fueron liberados. Durante
más de 20 años el único ocupante fue Hess, después de la liberación de Speer en
1966.
Controversia
Ya lo veréis. Dentro de unos años los abogados de todo el mundo condenarán
este juicio. No se puede hacer un juicio sin ley ---Joachim von Ribbentrop, 20 de
noviembre de 1945
Los críticos de los juicios de Núremberg argumentan que los cargos contra los
acusados solo fueron definidos como “crímenes” después de ser cometidos, y que
por lo tanto el juicio fue nulo, considerado como una especie de “justicia del
vencedor”. Como observó Bidiss, “el Juicio de Núremberg continúa
hechizándonos… es una cuestión, también, de las debilidades y los puntos fuertes
de los actos en sí mismos. Los indudables fallos continúan inquietando al
pensador." Muchas de las críticas a los Juicios de Núremberg se basan en una
escuela de pensamiento legal llamada positivismo legal. Quincy Wright anotó, 18
meses después de la conclusión:
Las suposiciones subyacentes en la Cámara de las Naciones Unidas, el Estatuto
de la Corte Internacional de Justicia, y la Cámara del Tribunal de Núremberg están
lejos de eliminar del positivismo suposiciones que muy influenciadas por el
pensamiento de los juristas internacionales del siglo XIX. En consecuencia, las
actividades de estas instituciones han sido frecuentemente criticadas por los
juristas positivistas… han preguntado: ¿Cómo pueden los principios enunciados
por el Tribunal de Núremberg, por tomarlos de ejemplo, tener valor legal y que
hasta en la mayoría de los Estados hayan estado de acuerdo con un tribunal con
jurisdicción para hacer cumplir estos principios? ¿Cómo pudo el Tribunal de
Núremberg obtener jurisdicción para encontrar a Alemania culpable de agresión,
cuando Alemania no había consentido el Tribunal? ¿Cómo puedo la ley, primero
aceptada explícitamente en la Carta de Núremberg de 1945, haber atado a los
imputados en el juicio cuando cometieron los actos por los que fueron acusados
años antes?8
El Jefe de Justicia del Tribunal Supremo de los Estados Unidos, Harlan Fiske
Stone, llamó a los Juicios de Núremberg un fraude. “[El fiscal en jefe de los
Estados Unidos] Jackson está conduciendo su fiesta de alto grado de linchamiento
en Nuremberg” escribió “No me importa lo que le haga a los nazis, pero odio ver la
farsa de que está dirigiendo un tribunal y procediendo según la ley común. Esto es
algo demasiado moralista, un fraude para satisfacer ideas anticuadas."
Jackson, en una carta analizando las debilidades del juicio, en octubre de 1945
contó al presidente de Estados Unidos, Harry S. Truman, que los Aliados
“han hecho o están haciendo algunas de las mismas cosas por las que están
procesando a los alemanes. Los franceses están violando de tal modo la
Convención de Ginebra en el trato de los prisioneros de guerra que nuestro mando
está tomando de nuevo los prisioneros que les envió. Estamos procesando
saqueos, y nuestros Aliados los están practicando.”
El asociado al Tribunal Superior de Justicia William O. Douglas declaró que los
Aliados eran culpables de “sustitución de poder por principio” en Núremberg.
“Pensé en su momento y sigo pensando que los Juicios de Núremberg no tenían
principio”, escribió. “La ley fue creada ex post facto para adaptarse a las pasión y
al clamor de la época.” El jefe adjunto estadounidense del Consejo, Abraham
Pomerantz, dimitió en protesta al bajo calibre de los jueces asignados a para
juzgar a los criminales de guerra industriales como los I.G. Farben. Muchos
alemanes que estaban de acuerdo con la idea de castigar los crímenes de guerra,
admitieron su inquietud acerca de los juicios. Un jurista contemporáneo alemán
dijo:
Que los acusados en Núremberg fueran hechos responsables, condenados y
castigados, parecerá a la mayoría de nosotros, en principio, una especie de
justicia histórica. Sin embargo, ninguno que se tome la cuestión de la culpabilidad
en serio, sobre todo los juristas serios y responsables, estará satisfechos con su
sensibilidad ni debería permitírselo. La Justicia no está servida cuando las partes
culpables son castigados de cualquier vieja manera, incluso si parece apropiado
por su grado de culpabilidad. La Justicia solo está servida cuando el culpable es
castigado de manera cuidadosa y concienzuda considerando los errores penales
de acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente en la jurisdicción de un juez
legalmente designado.
La validez del tribunal ha sido cuestionada por una variedad de razones, a saber:
A los acusados no les estaba permitido apelar o intervenir en la selección
de jueces. A. L. Goodhart, professor en la Universidad de Oxford, se opuso
a la opinión de que, como los jueces eran nombrados por los vencedores, el
Tribunal podía no ser imparcial y no ser reconocido como tribunal en el
verdadero sentido. Escribió:
Atractivo como puede sonar este argumento en teoría, ignora el hecho de que va
en contra de la administración de la justicia en cada país. Si fuera verdad,
entonces a ningún espía se le podría dar un juicio legal, porque en ese caso es
siempre escuchado por jueces representando al país enemigo. Nadie ha
argumentado todavía que en esos casos fuera necesario llamar a jueces
neutrales. El prisionero tiene el derecho de pedir que esos jueces sean justos,
pero no que sean neutrales. Como apuntó Lord Writ, el mismo principio es
aplicable a la ley de criminales comunes porque “un ladrón no se queja de estar
siendo juzgado por un jurado de ciudadanos honestos”.
Uno de los cargos contra Wilhelm Keitel, Alfred Jodl y von Ribbentrop
incluía conspiración por cometer agresión contra Polonia en 1939. Los
Protocolos Secretos del Pacto Nazi-Soviético del 23 de agosto de 1939,
proponía el reparto de Polonia entre alemanes y soviéticos (el cual se llevó
a cabo en septiembre de 1939); no obstante, los líderes soviéticos no
fueron juzgados por formar parte de la misma conspiración.13 En cambio, el
Tribunal proclamó que los Protocolos Secretos del Pacto eran una
falsificación. Además, las fuerzas Aliadas británicas y la URSS no fueron
juzgadas por preparar y dirigir la invasión anglo-soviética de Irán y la
Guerra de Invierno, respectivamente.
En 1915, Reino Unido, Francia y Rusia emitieron conjuntamente una
declaración explícita, por primera vez, acusando a otro gobierno, el de la
Sublime Puerta, de cometer un crimen de lesa humanidad. Sin embargo,
estos crímenes no obtuvieron un significado específico hasta su mayor
desarrollo en la “Carta de Londres”. Como la definición de lo que constituía
un crimen contra la humanidad era desconocido cuando la mayoría de los
crímenes se cometieron, se puede argumentar que es una ley retrospectiva,
en violación de los principios de ex post facto y del principio general de la
ley penal nullum crimen, nulla poena sine praevia lege poenali.avalon 1
El Jurado estuvo de acuerdo en eximir al mando soviético de acudir a los
juicios como criminales de guerra, con objeto de ocultar los crímenes de
guerra contra civiles cometidos por su ejército, y que incluían el reparto de
Polonia en 1939 y el ataque a Finlandia tres meses después. Esta “petición
de exclusión” fue iniciada por los soviéticos y posteriormente aprobada por
la administración del jurado.14
Los juicios se llevaron a cabo bajo sus propias "reglas de evidencia"; la
defensa del “tu quoque” fue eliminada, y muchos reclamaron que el espíritu
de la asamblea era únicamente “justicia del vencedor”. La Carta del Tribunal
Militar Internacional permitió el uso de “evidencias” normalmente
inadmisibles. El artículo 19 especificaba que
“El Tribunal no estará sometido a las reglas técnicas sobre pruebas… y admitirá
cualquier evidencia que estime que tiene un valor probatorio”.
El artículo 21 de la Carta del Tribunal Internacional de Núremberg (IMT)
estipulaba:
“El Tribunal no exigirá pruebas o hechos de dominio público, pero las incluirá en el
sumario. Incluirá también en el sumario los documentos oficiales y los informes de
los gobiernos de las Naciones [Aliadas] Unidas, incluyendo actas y documentos de
los comités establecidos en varios de los países aliados para la investigación de
crímenes de guerra, así como las grabaciones y hallazgos de militares y otros
Tribunales de cualesquiera de las Naciones [Aliadas] Unidas.”
El fiscal en jefe soviético presentó documentación falsa en un intento de
acusar a los imputados del asesinato de miles de oficiales polacos en el
bosque de Katyn, cerca de Smolensk. Sin embargo, los otros fiscales
Aliados se negaron a apoyar la acusación y los abogados alemanes
prometieron montar una defensa embarazosa. Ninguno fue acusado o
encontrado culpable de la masacre de Katyn. En 1990,el gobierno soviético
reconoció que la masacre había sido llevada a cabo, pero no por alemanes,
sino por la policía secreta soviética.
Freda Utley , en su libro de 1949 titulado “El alto coste de la venganza” (en
inglés, The High Cost of Vengeance" [1]) acusaba al tribunal de, entre otras
cosas, medir con doble rasero. Desveló el uso de mano de obra esclava y
la privación intencionada de vívveres a civiles por parte de los Aliados.
El personal militar estadounidense y sus esposas estaban bajo órdenes
estrictas de destruir, o si no, de hacer incomestibles sus excedentes
sobrantes de comida para asegurarse de que no pudieran ser
aprovechadas por civiles alemanes en los territorios ocupados.
También destacó que el general Rudenko, el fiscal en jefe soviético,
después de los juicios se convirtió en comandante del campo de
concentración de Sachsenhausen. Tras la caída de RDA, los cuerpos de
12.500 víctimas de la era soviética serían descubiertos en el campo, en su
mayoría “niños, adolescentes y personas mayores”."
Luise, la mujer de Alfred Jodl, se unió ella misma al equipo de defensa de
su marido. Posteriormente entrevistada por Gitta Sereny, mientras
investigaba para su biografía de Albert Speer, Luise alegó que en muchas
ocasiones la fiscalía de los Aliados había lanzado acusaciones contra su
Jodl basadas en documentos que se negaban a compartir con la defensa.
Jodl, sin embargo, demostró que algunas de las acusaciones hechas contra
él eran falsas, como la de que ayudó a Hitler a ganar control sobre
Alemania en 1933. En una ocasión fue ayudado por un oficinista del ejército
estadounidense, que decidió dar a Luise un documento mostrando que la
ejecución de un grupo de comandos británicos en Noruega había sido
legítima. El militar advirtió a Luise de que si no lo copiaba inmediatamente
no volvería a verlo.
El principal juez soviético, Iona Nikitchenko, presidió algunas de las más
notorias farsas judiciales de Iósif Stalin durante la Gran Purga de 1936 a
1938, donde entre otras cosas condenó a Kamenev y a Zinoviev.21 De
acuerdo con los archivos soviéticos desclasificados, de 681.692 personas
arrestadas por "contrarrevolucionalismo y crímenes de Estado fueron
disparadas en 1937 y 1938 en una media de 900 ejecuciones diarias.
El mismo Tribunal discutió fuertemente que la Carta de Londres fuera una
ley “ex post facto”, señalando la existencia de acuerdos internacionales
firmados por Alemania que hacían ilegales las guerras de agresión y ciertas
acciones de guerra, citando el Pacto Briand-Kellogg, el Pacto de la
Sociedad de Naciones (parte IX del Tratado de Versalles), y las
Conferencias de la Haya.avalon 2
En una editorial del periódico semanal británico “The Economist”, se criticó la
hipocresía de Gran Bretaña y Francia por apoyar la expulsión de la URSS de la
Sociedad de Naciones en 1939 por su ataque no provocado a Finlandia y seis
años después cooperar con la URSS con respeto de igualdad en Núremberg.
También criticaba a los Aliados por su doble rasero en los Juicios de Núremberg:
“…ni debería el mundo occidental consolarse con que los rusos son los únicos
condenables en el propio Tribunal de justicia de los Aliados… entre los crímenes
de lesa humanidad se encuentra la infracción de bombardeo indiscriminado sobre
la población civil. ¿Pueden los americanos, que lanzaron la bomba atómica, y los
británicos, que destruyeron las ciudades del oeste de Alemania, declararse
inocentes de este cargo? Los crímenes contra la humanidad también incluyen la
expulsión masiva de poblaciones. ¿Pueden los líderes anglosajones, que en
Potsdam provocaron la expulsión de millones de alemanes de sus hogares,
sostener que ellos mismos son completamente inocentes…? Las naciones
sentadas en el jurado se proclaman claramente exentas de la ley que han
administrado.”
Efectos posteriores
El conjunto de procedimientos llevados a cabo tanto en Núremberg como en Tokio,
significaron el establecimiento de reglas básicas de persecución de criminales de
guerra y la determinación de tales delitos.
Dentro de estos efectos, sirve destacar que el Tribunal fijó las bases de lo que
sería llamado erróneamente los Principios de Núremberg, hoy recogido en varios
aspectos en los Tribunales Internacionales para la ex Yugoslavia y Ruanda.
El principal legado de estos Tribunales Internacionales (Tokio y Núremberg) es la
Corte Penal Internacional, establecida en Roma en 1998 y que cuenta como base
fundante de sus reglas de procedimiento los Estatutos de los Tribunales de
Núremberg, Tokio, ex Yugoslavia y Ruanda.
CONCLUSIONES
EL JUICIO DE NÜREMBERG
1.EL DERECHO DE NUREMBERG: EL DELITO DEL CRIMEN CONTRA LA
HUMANIDAD
En la máxima de que no existe delito ni sanción sin ley anterior se apoyaron los
defensores para competencia al Tribunal. Este Tribunal se enfrentó por tanto a dos
objeciones. La primera fue la inexistencia de leyes que definieran el delito de
crimen contra la humanidad. El jurista tendría que recurrir al derecho
consuetudinario. La segunda objeción: el derecho internacional regulaba las
relaciones entre Estados, en tanto la Corte de Nuremberg juzgaba personas
físicas. Los crímenes contra el derecho internacional fueron cometidos por
hombres y n por entidades abstractas.
UN VACÍO, UNA NECESIDAD
Ante la duda técnica de denominación de los hechos juzgados, se prefirió el de
crimen de la humanidad frente al de genocidio. Ya antes del término de la guerra
comenzó a formarse la idea de castigo a los actos nazis. A partir del otoño de 1941
se multiplicaron las denuncias de los crímenes nazis. Roosevelt y Churchill
propusieron que su castigo fuera considerado uno de los móviles prioritarios de la
lucha antinazi. En 1942 se propuso la idea de crimen contra la humaniad. Existió
una línea, que llegó a proponer la ejecución sin juicio, y una línea moderada, que
pedía la intervención de un tribunal internacional.
La Corte de Nuremberg hubo de distinguir, entonces, y optar entre el derecho y la
moralidad. Los actos de los jerarcas nazis se habían desenvuelto al margen y en
contra del derecho. Por tanto no era pertinente alegar como fuente de legitimación
los decretos nazis.
EL DILEMA DE TERRITORIALIDAD
En el Tribunal se propusieron dos tesis. Una que intentó excluir las
responsabilidades individuales, porque los actos eran cometidos en nombre del
Estado, frente a la que sostuvo que la responsabilidad individual de los dirigentes
y la del propio pueblo alemán. Se pretendía que fueran juzgados por un tribunal
alemán, como ley territorial y ley nacional de los acusados. Pero no podía ejercer
esta ley como territorial porque los hechos imputados carecían de localización
geográfica precisa ni tampoco como nacional porque estaba, ella misma, como
acusada, por no hablar de los hechos que ocurrieron fuera del territorio alemán.
CALIFICACIÓN DE LOS CRÍMENES.
Complot, crimen contra la paz, crímenes de guerra, y crímenes contra la
humanidad fueron las cuatro acusaciones contra los jerarcas nazis. Fue la primera
de ellas la llave del derecho de Nuremberg y la última la gran innovación. Complot
como la cooperación para atentar contra la seguridad interior del Estado. Esto
permitió imputar a conspiradores y cooperadores (como Von Pappen), pero
también tipificó la responsabilidad colectiva de los grupos y las organizaciones. El
crimen contra la paz se tipificó en base a piezas probatorias de la existencia de
premeditación. “Mein Kampf” y los discursos de Hitler en demanda de la
recuperación de territorios fueron dos de ellas. Los crímenes de guerra eran una
práctica ya conocida: asesinatos, malos tratos, deportación, trabajos forzados a
civiles, etc. Los crímenes contra la humanidad plantearon un grave problema,
suscitado por la indignación que despertaron los excesos del racismo: asesinato,
exterminio, reducción a la esclavitud, etc... Se hablaría de genocidio cuando se
probaba el intento premeditado de eliminación de grupos humanos.
2.- LOS ACUSADOS
El Tribunal de Nuremberg sentó en el banquillo de los acusados a los dirigentes
supremos de Tercer Reich. La jurisprudencia empleada fue enseguida trasladada
a los tribunales secundarios. Los norteamericanos fueron los primeros en hacerlo
en su zona, presentando a 4000 posibles, reducidos a 527 y tan sólo 24
ejecutados, procesados por profesiones: militares, ministros, etc.
2.1. ORGANISMOS GUBERNAMENTALES Y MILITARES. ORGANIZACIONES
DEL PARTIDO NAZI
Basándose en la doctrina del complot se acusó a muchos individuos por su
pertenencia a grupos u organizaciones nazis. El Tribunal diferenció las
organizaciones no criminales (el Gobierno del Reich, integrado por el Gabinete del
Consejo de Ministros para la Defensa y el Consejo de ministros Secreto; las S.A.;
el Alto Mando de la Wehrmacht y el Estado Mayor General del Ejército alemán) de
las organizaciones criminales (el Cuerpo de Jefes del Partido Nazi, las S.S., las
S.D. y la Gestapo)
2.2. LOS AUSENTES
Algunos de los principales dirigentes nazis faltaron al proceso ya que se habían
suicidado o habían huido. Adolf Hitler se suicidó el 30 de abril de 1945. Goebbels
también se suicidó así como Heinrich Himmler, que optó por el cianuro. Eichmann
consiguió huir pero en 1962 fue ejecutado en Israel. Martín Bormann pudo escapar
y en 1954 se le dio por muerto.
2.3. EL BANQUILLO
- Hermann W. Goering, el dirigente nazi más relevante de entre os juzgados.
Corrupto y seducido por el lujo. Organizador de la Gestapo. Fue jefe de las S.S. de
Prusia, presidente del Reichstag, comandante en jefe de la Luftwaffe. Autorizó y
programó, junto con Hitler y Himmler los crímenes de guerra contra la humanidad.
Sucesor de Hitler en 1939 fue un personaje para el que la moral no existía.
- Rudolf Hess. General de las S.S. y de las S.A., miembro del Consejo de
ministros, lugarteniente del Führer. En 1941 voló a Inglaterra lo que motivó el
dictamen médico: parecía estar perturbado mentalmente.
- Wilhelm Keitel: Mariscal y jefe del Alto Mando de la Wehrmacht. Fue la pieza
clave de la reforma de esta institución.
- Alfred jodl: Capitán General y Jefe delñ Estado Mayor de laWehrmacht
- Alfred Rosenberg: filósofo del partido y responsable de toda la ideología nazi
publicada por la propaganda del partido.
Otros miembros destacados fueron el Almirante Karl Doenitz, Von Ribbentrop, el
arquitecto Albert Speer y Franz von Pappen.
3.- LA TRAMA DEL PROCESO
El 20 de noviembre de 1945 se abría la primera de las 402 vistas públicas que
conformarían el gigantesco proyecto. Presidía el británico Geoffrey Lawrence.
Entre los fiscales generales, destacaba el norteamericano Robert Jackson, quien
sostuvo en su primera intervención quele proceso presentaba el triunfo de la
civilización. Cada acusado disponía de su abogado defensor y de un equipo de
apoyo. Doscientos cincuenta corresponsales acreditados de todo el mundo y
traductores de los cuatro idiomas (alemán, inglés, francés y ruso)
El 29 de noviembre se anunció, por primera vez, la proyección de un documental
tomado de los campos de concentración. Para la tramitación de las acusaciones
se reunió una ingente cantidad de documentación. En base a esto los criminales
de guerra que hubieran cometido sus crímenes en un lugar determinado serían
entregados al país correspondiente. Destaca de esos documentos el protocolo
Hossbach, en el que el Führer expuso las necesidades del espacio vital para los
alemanes y la descripción de la Blitz Krieg en caso de la negativa anglo-francesa.
Esto probaba la premeditación del acto, base de la imputación de crimen contra
lapaz. La defensa se apoyo en 2700 documentos y 64 testimonios frente a los
12360 documentos y 33 testigos de la acusación.
4.- LA GUERRA, EJE TEMÁTICO DEL PROCESO
El debate se organizó en torno a dos argumentos: la guerra y el exterminio
programado de seres humanos, otros temas menores, y los secretos históricos: el
pacto germano-soviético y las matanzas de Katyn.
4.1. EL CAMINO HACIA LA GUERRA
Pareció existir coincidencia en atribuir la génesis de la guerra a la política
expansionista hitleriana. Hay una corriente revisionista que intenta atribuir algo de
responsabilidad a los dirigentes occidentales. La doctrina del espacio vital
constituía el principio justificatorio de la política exterior alemana (protocolo
Hossbach).Quienes se opusieron a estos proyectos fueron apartados de los
cargos públicos. Hitler aparece como responsable supremo de la marcha hacia la
guerra.
Sobre el Anschluss, primera estación en la vía hacia la guerra, la documentación
desestimó la pretensión de una ocupación pacífica: conversaciones telefónicas
entre goering y el presidente Miklas, al cual amenazaba cada quince minutos para
que colocara de canciller a Seyss Inquart, a cambio de la supervivencia de Austria.
El pacto de Munich de 1938, por el que se reconocía la incorporación de los
Sudetes a Alemania fue un grave error. Creyendo salvar la paz, Chamberlain salvó
a Hitler.
4.2. EL DESENCADENAMIENTO DE LA GUERRA
El último paso de la cadena fue la invasión de Polonia. Hitler tomó la decisión en la
primavera de 1939. No era sólo Dantzig la causa del conflicto, ya que que fue un
montaje de la Gestapo, que simuló un incidente para justificar la invasión. El
propio Ribbentrop en una entrevista dijo en respuesta a si los alemanes querían
dicha ciudad:”Ahora ya no. Ahora queremos la guerra”. El Tribunal sostuvo la
calificación de guerra de agresión.
4.3. CRÍMINES EN EL TRANSCURSO DE LA GUERRA.
Ya antes de la caída de Varsovia se llevaron a cabo operaciones de limpieza. Se
dio orden de eliminar a los judíos, la inteligencia , el clero y la nobleza polaca. Esto
se aplicó a una mayor escala en la URSS. Goebbels advirtió la exterminación d
judíos y gitanos, polacos con más de tres años de trabajos forzados, etc...El fiscal
francés Quatre y el soviético Rudenko trazaron una descripción minuciosa del
sistema de terror caracterizado por la toma de rehenes, deportaciones en masas,
ejecuciones de comandos, fusilamientos selectivos de población civil.
5. LOS SECRETOS REVELADOS
Gracias a documentos y a declaraciones tomadas se han podido descubrir, pese a
la negativa rusa, de secretos bien guardados, fundamentalmente el pacto
germanosoviético y la matanza del bosque de Katyn.
5.1. EL PACTO GERMANO-SOVIÉTICO
La máxima revelación del sumario, y que colocó a la Unión Soviética entre los
culpables en un grado que no llegó a determinarse fue el descubrimiento de este
pacto. Firmado el 23 de agosto de 1939 por Ribbentrop (Ministro de Exteriores de
Alemania) y su homólogo ruso Molotov, posiblemente se llevó a cabo por lo
inevitable de la guerra para Stalin. Este pacto determinó los planes fundamentales
del Führer. Pero lo más importante son las cláusulas del protocolo secreto, que
suponían un reparto territorial del Este. Finlandia, Estonia y Letonia quedaría para
los soviéticos; y Lituania para Alemania.
Si a esto se le suma el rápido bloqueo de los fiscales soviéticos y la reciente
alusión al telón de acero por parte de Churchill, la desconfianza occidental empezó
a crecer. Finalmente el Ministerio público ruso reconoció la existencia del acuerdo
secreto, pero impidió l lectura de ciertas hojas preparadas por la defensa.
5.2. LA MATANZA DE KATYN
Los soviéticos presentaron otro tema oscuro en el Acta de acusación: “En
septiembre d 1941, once mil oficiales polacos, prisioneros de guerra fueron
asesinados en el bosque de Katyn”. La realidad fue, que de 15000 prisioneros, los
rusos liberaron a 500. Del resto se respondió: la inexistencia de más prisioneros
polacos. Como la fecha de la masacre era clave, Tres Comisiones investigaron el
asunto, de las cuales fue la primera, formada por médicos, dijo que los
fusilamientos tuvieron lugar en marzo de 1940. La impresión general era que
Stalin había hecho fusilar a los cuadros del ejército polaco para impedir cualquier
resistencia. Por eso no se imputó este crimen a los alemanes.
6. EL GENOCIDO JUDÍO
6.1. LA POLÍTICA ANTISEMITA
Con la llegada de Hitler a la Cancillería en 1933 el antisemitismo radical abandonó
el terreno de los discursos para afectar a todas las esferas de la vida alemana. A
los judíos no se les consideró seres humanos, eran infraseres a los que calificaban
de bacterias peligrosas para la salud de los humanos, consideración biológica que
provocaría toda suerte de actos abominables.
Este antisemitismo se plasmó en las Leyes de Nuremberg de 1935, por la que los
judíos dejaban de ser ciudadanos y perdían todos los derechos, así como se
impedían los matrimonios mixtos. Los judíos fueron apartados progresivamente de
sus trabajos hasta que se comenzó a deportarlos y a pensar en la aniquilación de
la raza judía (perseguidos sistemáticamente, fusilados en ejecuciones masivas o
enviados a campos de concentración)
6.2. EL GHETTO DE VARSOVIA
A las zonas del Gobierno General de Polonia comenzaron a llegar enviados judíos
alemanes y de otros territorios. Las tropas de ocupación obligaron a los judíos a
abandonar sus casas y a recluirse en determinados barrios de las ciudades. En
1940 se creo el guetto de Varsovia, bajo la tutela de autoridades judías, que
facilitaban el control de la población. Se pensaba que los habitantes de los ghettos
morirían paulatinamente, pero como era un proceso lento se hicieron incursiones
dentro de losa mismos con el objetivo de fusilar a determinado grupo de judíos. En
1943, de los 400.000 judíos sólo quedaban 60.000. Los alemanes penetraron con
tanques y el barrio judío de Varsovia dejó de existir. Los alemanes no tardaron en
idear nuevas soluciones más rápidas.
6.3. LA “SOLUCIÓN FINAL”
Los primitivos proyectos de deportación se sustituyó por el exterminio físico, en
1939, pasando de unos campos de concentración y trabajo a fábricas de
eliminación masiva de seres humanos. Existían tres fases: deportación en
ferrocarril, confinamiento en campos de concentración y asesinato en cámaras de
gas. Este sistema acabó con seis millones de personas. Entre los dirigentes nazis
se empleo un código lingüístico para no citar claramente el exterminio de los
prisioneros. Por ejemplo para denominar a los centros de la muerte empleaban el
término “el Este” y para la deportación “migración al Este” o el envío a las cámaras
de gas “tratamiento especial”.
Las sesiones sobre la “solución final” figuran entre las de mayor trascendencia del
proceso en el campo penal e histórico. El interrogatorio de Goering intentaba
establecer su responsabilidad, ya que la verdad de la acusación había quedado
probada en anteriores interrogatorios. En el proceso se describió con minuciosidad
el método de extermino mediante el gas Zyklon-B y el trabajo de los
Sünderkommandos para el aprovechamiento industrial de los cadáveres.
7.-LAS SENTENCIAS
El veredicto del tribunal Militar Internacional fue redactado el 30 de septiembre de
1946, pese a ciertas discrepancias del juez ruso Nikitschenko. Los condenados a
la horca fueron Goering, Ribbentrop, Keitel, Jodl y Rosemberg (culpables de
conspiración , crímenes contra la paz, contra la humanidad, y crímenes de guerra)
así como también Bormann, Inquart y dos más. A cadena perpetua fueron
condenados 3 jerarcas nazis, de los que destaca Hess que fue el único en
cumplirla. Fritzsche y Pappen y Schacht fueron absueltos.
8. CUESTIONES COLATERALES
8.1. EL COLABORACIONISMO CON LE NAZISMO
La administración alemana encontró amplia colaboración en países como Hungría,
Rumanía y Polonia (ciertos grupos políticos, económicos e intelectuales). También
recibieron un apoyo no desdeñable en Dinamarca, Bélgica, Holanda y Noruega. El
caso más relevante tuvo lugar en Francia., que había quedado dividida en dos
zonas tras la invasión alemana. LA zona libre apoyó la orden alemana de 1940 por
la que todos los judíos tenían que ser censados. De Gaulle en 1944 mandó juzgar
a colaboracionistas franceses de los que unos cinco mil fueron ejecutados sin
juicio. Los procesos más famosos fueron los de Petain, Pierre Laval, Fernand de
Brinon, Charles Maurras y el General Devitz.
8.2. OTROS EPISODIOS DE GENOCIDIO
Los norteamericanos expresaron su deseo de ver juzgada la actuación de Japón,
principal aliada de Alemania. En 1946 quedó constituido el Tribunal Internacional
de Tokio. Gracias e este Tribunal se descubrió que cerca de dos millones de
coreanos fueron llevados a Japón y explotados como mano de obra esclava. Se
hicieron ensayos con armas bacteriológicas, se propagaron enfermedades como
la peste y se obligó a miles de mujeres oreientales a prostituirse. Hubo siete
condenas a muerte, 16 condenados a cadena perpetua y dos condenas de veinte
y siete años de cárcel.
Pero se han producido otros genocidios que no han encontrado respuesta en la
sociedad internacional: genocidio armenio, genocidio de la Unión de Républicas
Socialistas Soviéticas, en China, y el genocidio camboyano
9. LECCIONES DE NUREMBERG
Pese a la existencia histórica de matanzas y grandes guerras, hasta Nuremberg
no se intentó aplicar con integridad el valor ético y moral en que se fundamenta el
derecho a las relaciones entre las naciones y los pueblos. Nuremberg señaló un
principio, al sentar ciertas reglas que deben armonizar las relaciones entre las
naciones. La Comisión para la codificación y desarrollo del derecho Penal
Internacional nombrada por Naciones Unidas partió de los principios establecidos
en Nuremberg. La importancia de este Juicio queda plasmada en tres aspectos
fundamentales: las aportaciones al derecho Internacional, las aportaciones a la
historia del siglo XX y la memoria colectiva.
En el primer caso se creo un código de Derecho penal Internacional y una
jurisprudencia. En base a ello se realizaron otros juicios, como el de Tokio, o los
posteriores juicios de Nuremberg (procesos de los médicos, proceso del general
Milch, proceso de los juristas, etc..
En el plano de la historia de Alemania interna, el sumario aclaró la responsabilidad
nazi en el incendio del Reichstag, la matanza de las S.S. y la noche de cristal, por
ejemplo. Mayor importancia tuvo la aportación a las relaciones internacionales,
para demostrar las sanciones de complot y de guerra de agresión, revisando toda
la política internacional del período de entreguerras: remilitarización de Renania,
fraude del acuerdo de Munich, etc..
Frente a la memoria escamotead, grandes historiadores han defendido la
necesidad de la memoria colectiva. En 1945 muchos alemanes se formulaban una
pregunta “Wie konnte es geschechen?”, `¿cómo se pudo llegar a esto)'. Si a los
jueces correspondió la misión de demostrar que se había llegado, fueron los
historiadores quienes tomaron el testigo para explicar cómo se había llegado.