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OMC E-Learning OMC E-Learning - Copyright © Febrero de 2014 Los Acuerdos Multilaterales sobre el Comercio en la OMC

OMC E-Learning - Welcome to WTO ECampus ACP Países de África, del Caribe y del Pacífico. ADPIC Aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio. AELC

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  • OMC E-Learning OMC E-Learning - Copyright Febrero de 2014

    Los Acuerdos

    Multilaterales sobre

    el Comercio en la

    OMC

  • Sinopsis

    A menudo se considera a la OMC como una organizacin internacional modelo, piedra angular de la

    reglamentacin econmica internacional. La OMC proporciona a sus Miembros un conjunto comn de normas

    multilaterales de comercio, tanto ms valiosas cuanto que la globalizacin crea una interdependencia comercial

    que contribuye al crecimiento, al desarrollo y a la reduccin de la pobreza. El nmero creciente de Miembros,

    que ha pasado de los 23 iniciales a los 153 actuales 1, confirma la importancia del sistema de la OMC.

    El sistema mundial de comercio se encuentra en una etapa de transicin. La fluctuacin de las condiciones

    econmicas, los grandes adelantos de la tecnologa y la aparicin de nuevos actores en el escenario mundial

    ponen de relieve que estamos a punto de experimentar grandes cambios. En este contexto, los gobiernos son

    ms conscientes que nunca de la necesidad de disponer de un contingente de funcionarios que comprendan el

    sistema de la OMC y conozcan el funcionamiento de sus Acuerdos. Su objetivo es que estos funcionarios

    puedan aumentar la capacidad de su pas para participar en las negociaciones comerciales multilaterales y para

    utilizar el sistema de la OMC en pro del desarrollo social y econmico.

    En consonancia con los objetivos mencionados, "Los Acuerdos Multilaterales sobre el Comercio en la OMC" es

    un curso dirigido a los funcionarios pblicos que trabajan en cuestiones relacionadas con la OMC y deseen

    comprender mejor el sistema de la OMC, incluidos los fundamentos econmicos y jurdicos de sus principales

    disciplinas y las relaciones entre los diversos acuerdos de la Organizacin. Proporciona a los participantes una

    buena comprensin del sistema de la OMC, en particular de sus normas principales -tanto las obligaciones

    como las excepciones- y de sus mecanismos de vigilancia. Asimismo, en l se abordarn determinadas

    cuestiones transversales, tales como la relacin entre el comercio y el medio ambiente y la interaccin de los

    acuerdos comerciales regionales y el sistema de la OMC. A lo largo del curso tambin se examinarn de forma

    horizontal las disposiciones especiales destinadas a compensar las desventajas de los pases en desarrollo y

    menos adelantados Miembros.

    1 Datos relativos a septiembre de 2008. En esa fecha haba 29 pases en proceso de adhesin, incluidos 12

    pases menos adelantados.

  • ndice de grficos

    MDULO 1 INTRODUCCIN A LA ORGANIZACIN MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC) .................. 1

    Grfico 1 Estructura orgnica de la OMC ..................................................................... 14

    Grfico 2. Negociaciones de adhesin.......................................................................... 32

    MDULO 3 COMERCIO DE MERCANCAS: NORMAS SOBRE ACCESO A LOS MERCADOS:

    OBSTCULOS ARANCELARIOS Y NO ARANCELARIOS ........................................... 91

    Grfico 1: Estructura de la Lista de concesiones de un Miembro de la OMC ..................... 106

    Grfico 2: Efectos de un contingente sobre el bienestar en el caso de los pases

    importadores ............................................................................................ 117

    MDULO 5 MEDIDAS COMERCIALES CORRECTIVAS ....................................................... 211

    Grfico 1: Condiciones para la aplicacin de medidas antidumping ................................. 216

    Grfico 2: El Acuerdo SMC y sus dos vas ................................................................... 231

    MDULO 9 DIMENSIN DE DESARROLLO DE LA OMC: PROGRAMA DE DOHA PARA EL

    DESARROLLO, AYUDA PARA EL COMERCIO, EL MARCO INTEGRADO (MI)

    MEJORADO Y LA ASISTENCIA TCNICA Y FORMACIN (O ATRC) ........................ 389

    Grfico 1: Ayuda para el Comercio ............................................................................. 411

    MDULO 10 VIGILANCIA EN LA OMC: SISTEMA DE SOLUCIN DE DIFERENCIAS Y

    MECANISMO DE EXAMEN DE LAS POLTICAS COMERCIALES .............................. 421

    Grfico 1: Dos formas de resolver diferencias en el marco del ESD ................................ 428

    Grfico 2: rganos resolutorios ................................................................................. 431

    Grfico 3: Diagrama del proceso de solucin de diferencias ........................................... 438

    Grfico 4: Consultas ................................................................................................. 439

    Grfico 5: Etapa del grupo especial ............................................................................ 440

    Grfico 6: Examen en apelacin ................................................................................ 443

    MDULO 12 RESUMEN Y CONCLUSIONES ..................................................................... 495

    Grfico 1: Estructura institucional de la OMC ............................................................... 498

    Grfico 2: Objeto de los principios NMF y de trato nacional* ......................................... 501

    Grfico 3. Anlisis de la similitud en el marco del artculo III del GATT de 1994 ............... 504

    Grfico 4: Principales etapas del proceso de solucin de diferencias de la OMC ................ 526

    Grfico 5: Los pases en desarrollo y PMA Miembros en la OMC ..................................... 528

  • ndice de cuadros

    MDULO 1 INTRODUCCIN A LA ORGANIZACIN MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC) .................. 1

    Cuadro 1: Rondas de negociaciones comerciales bajo los auspicios del GATT .................... 8

    Cuadro 2: Estructura bsica de los Acuerdos de la OMC ............................................... 37

    MDULO 2 COMERCIO DE MERCANCAS - PRINCIPIO DE NO DISCRIMINACIN: EL TRATO

    DE LA NACIN MS FAVORECIDA Y EL TRATO NACIONAL EN EL ACUERDO

    GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO (GATT) DE 1994 ............ 47

    Cuadro 1 Canad Algunas medidas que afectan a la industria del automvil ................. 61

    Cuadro 2 Resmen de las principales conclusiones del Panel/rgano de apelacin ........... 62

    Cuadro 3 Japn Impuestos sobre bebidas alcohlicas ................................................ 80

    Cuadro 4 Comunidades Europeas Medidas relativas al amianto y a productos que

    contienen amianto ..................................................................................... 81

    Cuadro 5 Resmen de las principales decisiones del rgano de apelacin ....................... 84

    MDULO 3 COMERCIO DE MERCANCAS - NORMAS SOBRE ACCESO A LOS MERCADOS:

    OBSTCULOS ARANCELARIOS Y NO ARANCELARIOS ........................................... 91

    Cuadro 1 Incremento del nmero de aranceles consolidados bajo la Ronda Uruguay

    Porcentaje de consolidacin de tarifas y despus de las negociaciones

    de 1986-94 .............................................................................................. 101

    Cuadro 2 Historia de las negociaciones: Productos industriales .................................... 102

    Cuadro 3 Qu suceder si no se alcanza el acuerdo? ................................................... 110

    Cuadro 4 CE Rgimen de importacin, venta y distribucin del pltano ....................... 123

    Cuadro 5 Resmen de las principales conclusions del Panel/rgano de apelacin ........... 125

    MDULO 6 ACUERDO GENERAL SOBRE EL COMERCIO DE SERVICIOS (AGCS) ..................... 261

    Cuadro 1: Ejemplo: Lista final de exenciones del artculo II (NMF) ................................ 272

    Cuadro 3: Lista de compromisos especficos ................................................................ 296

  • Siglas

    ACP Pases de frica, del Caribe y del Pacfico.

    ADPIC Aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio.

    AELC Asociacin Europea de Libre Comercio.

    AGCS Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios.

    AIE Agencia Internacional de la Energa.

    ALADI Asociacin Latinoamericana de Integracin.

    ALALC Asociacin Latinoamericana de Libre Comercio.

    ALCA rea de Libre Comercio de las Amricas.

    AMF Acuerdo Multifibras.

    AMUMA Acuerdos multilaterales sobre el medio ambiente.

    APEC Foro de Cooperacin Econmica de Asia y el Pacfico.

    ASEAN Asociacin de Naciones del Asia Sudoriental.

    ATI Acuerdo sobre Tecnologa de la Informacin.

    ATI II Negociaciones encaminadas a ampliar la cobertura de productos del ATI.

    ATV Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido de la OMC.

    BID Banco Interamericano de Desarrollo.

    CAME Consejo de Ayuda Mutua Econmica.

    CAO Comunidad del frica Oriental.

    CCD Comit de Comercio y Desarrollo de la OMC.

    CCI Centro de Comercio Internacional UNCTAD/OMC.

    CCM Consejo del Comercio de Mercancas.

    CCMA Comit de Comercio y Medio Ambiente de la OMC.

    CDB Convenio sobre la Diversidad Biolgica.

    CE Comunidades Europeas (UE - Unin Europea).

    CEDEAO Comunidad Econmica de los Estados del frica Occidental.

    CEPAL Comisin Econmica para Amrica Latina y el Caribe.

    CEPD Cooperacin econmica entre pases en desarrollo.

    CESPAP Comisin Econmica y Social para Asia y el Pacfico.

    CIP Clasificacin Internacional de Patentes.

    CITES Convencin sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora

    Silvestres.

    CLMV Camboya, R.D.P. Lao, Myanmar (Birmania) y Viet Nam.

  • COMESA Mercado Comn del frica Oriental y Meridional.

    DPI Derechos de propiedad intelectual.

    ECOSOC Consejo Econmico y Social de las Naciones Unidas.

    EEB Encefalopata espongiforme bovina o "enfermedad de las vacas locas".

    ESD Entendimiento sobre Solucin de Diferencias.

    FAO Organizacin de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentacin.

    GATT Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio.

    GNSTM Grupo de Negociacin sobre Servicios de Transporte Martimo.

    GNTB Grupo de Negociacin sobre Telecomunicaciones Bsicas.

    GRULAC Grupo de Estados de Amrica Latina y el Caribe que funciona informalmente en la OMC.

    IED Intercambio electrnico de datos.

    IED Inversiones extranjeras directas.

    IPE Inspeccin previa a la expedicin.

    MEPC Mecanismo de Examen de las Polticas Comerciales.

    MGA La MGA es un ndice que mide el valor monetario de la ayuda brindada por el gobierno a un

    determinado sector.

    MIC Medidas en materia de inversiones relacionadas con el comercio.

    MSF Medidas o reglamentaciones sanitarias y fitosanitarias.

    NMF Trato de la nacin ms favorecida.

    OCDE La Organizacin de Cooperacin y Desarrollo Econmicos.

    OEA Organizacin de los Estados Americanos.

    OECO Organizacin de Estados del Caribe Oriental.

    OEPC, El rgano de Examen de las Polticas Comerciales.

    OIT Organizacin Internacional del Trabajo..

    OMA Organizacin Mundial de Aduanas.

    OMI Organizacin Martima Internacional.

    OMPI Organizacin Mundial de la Propiedad Intelectual.

    ONG Organizacin no gubernamental.

    OPEP Organizacin de Pases Exportadores de Petrleo..

    OSD rgano de Solucin de Diferencias.

    OST rgano de Supervisin de los Textiles:.

    OTC Acuerdo sobre Obstculos Tcnicos al Comercio de la OMC.

    OTC Obstculos tcnicos al comercio.

    OUA Organizacin de la Unidad Africana. La sucedi en julio de 2001 la Unin Africana.

    PAC Poltica Agrcola Comn.

    PACER Acuerdo del Pacfico sobre relaciones econmicas ms estrechas..

  • PAFTA Zona de Libre Comercio del Pacfico.

    PICTA Acuerdo de Libre Comercio entre los Pases Insulares del Pacfico.

    PIF Foro de las Islas del Pacfico.

    PMA Pases menos adelantados.

    SACU Unin Aduanera del frica Meridional, integrada por Botswana, Lesotho, Namibia, Sudfrica y

    Swazilandia.

    SELA Sistema Econmico Latinoamericano.

    SGP Sistema Generalizado de Preferencias.

    SGPC Sistema Global de Preferencias Comerciales entre Pases en Desarrollo..

    TARIC Arancel integrado de la Unin Europea.

    TLCAN El Tratado de Libre Comercio de Amrica del Norte.

    UE Unin Europea.

    UIT Unin Internacional de Telecomunicaciones.

    UNCTAD Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo.

    UPOV Unin Internacional para la Proteccin de las Obtenciones Vegetales.

  • ndice

    MDULO 1 INTRODUCCIN A LA ORGANIZACIN MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC) .................. 1

    I. INTRODUCCIN A LA OMC ............................................................................................. 3

    I.A. QU ES LA OMC? ............................................................................................ 3

    I.B. PRINCIPIOS DE LA OMC .................................................................................... 4

    II. ANTECEDENTES HISTRICOS DE LA OMC: DEL GATT A LA OMC ........................................ 7

    II.A. QU ES EL GATT? ........................................................................................... 7

    III. OBJETIVOS DE LA OMC ................................................................................................. 9

    IV. FUNCIONES DE LA OMC .............................................................................................. 11

    IV.A. ADMINISTRATION OF THE WTO AGREEMENTS ................................................... 11

    IV.B. FORO DE NEGOCIACIONES .............................................................................. 11

    IV.C. SOLUCIN DE DIFERENCIAS COMERCIALES ...................................................... 11

    IV.D. VIGILANCIA DE LAS POLTICAS COMERCIALES NACIONALES ............................... 12

    IV.E. COORDINACIN CON LAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES PERTINENTES ... 12

    IV.F. ASISTENCIA TCNICA ..................................................................................... 12

    V. ESTRUCTURA ORGNICA DE LA OMC ............................................................................ 14

    V.A. LA CONFERENCIA MINISTERIAL ....................................................................... 15

    V.B. EL CONSEJO GENERAL .................................................................................... 21

    V.C. LOS CONSEJOS .............................................................................................. 22

    V.D. RGANOS SUBSIDIARIOS ............................................................................... 23

    V.E. LA SECRETARA DE LA OMC ............................................................................. 24

    V.F. ADOPCIN DE DECISIONES EN LA OMC ............................................................ 24

    V.G. NEGOCIACIONES EN CURSO: EL PROGRAMA DE DOHA PARA EL DESARROLLO

    (PDD) ........................................................................................................... 27

    V.H. ADHESIN DE NUEVOS MIEMBROS .................................................................. 29

    VI. LOS ACUERDOS DE LA OMC ......................................................................................... 35

    VI.A. EL ACTA FINAL ............................................................................................... 35

    VI.B. EL ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE LA OMC .............................................. 35

    VI.C. ACUERDOS MULTILATERALES SOBRE EL COMERCIO DE MERCANCAS - ANEXO 1A 37

    VI.D. ACUERDO GENERAL SOBRE EL COMERCIO DE SERVICIOS (AGCS) - ANEXO 1B ..... 39

    VI.E. ACUERDO SOBRE LOS ASPECTOS DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL

    RELACIONADOS CON EL COMERCIO (ADPIC) - ANEXO 1C ................................... 39

    VI.F. ENTENDIMIENTO SOBRE SOLUCIN DE DIFERENCIAS (ESD) - ANEXO 2 ............... 39

    VI.G. MECANISMO DE EXAMEN DE LAS POLTICAS COMERCIALES (MEPC) - ANEXO 3 ..... 40

    VII. RESUMEN .................................................................................................................. 41

  • MDULO 2 COMERCIO DE MERCANCAS - PRINCIPIO DE NO DISCRIMINACIN: EL TRATO

    DE LA NACIN MS FAVORECIDA Y EL TRATO NACIONAL EN EL ACUERDO

    GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO (GATT) DE 1994 ............ 47

    I. INTRODUCCIN A LA OMC ........................................................................................... 49

    II. EL PRINCIPIO NMF CON RESPECTO AL COMERCIO DE MERCANCAS ................................. 50

    II.A. PRRAFO 1 DEL ARTCULO I DEL GATT DE 1994 (PRINCIPIO NMF) ...................... 50

    II.B. EXPLICACIN E INTERPRETACIN DEL PRRAFO 1 DEL ARTCULO I DEL GATT DE

    1994 (PRINCIPIO NMF) ................................................................................... 51

    II.C. EXCEPCIONES ................................................................................................ 57

    III. EL PRINCIPIO DE TRATO NACIONAL CON RESPECTO AL COMERCIO DE MERCANCAS ......... 64

    III.A. ARTCULO III DEL GATT DE 1994 (PRINCIPIO DE TRATO NACIONAL) ................... 64

    III.B. EXPLICACIN E INTERPRETACIN DEL PRINCIPIO DE TRATO NACIONAL .............. 65

    III.C. EXCEPCIONES ................................................................................................ 75

    IV. RESUMEN .................................................................................................................. 86

    MDULO 3 COMERCIO DE MERCANCAS - NORMAS SOBRE ACCESO A LOS MERCADOS:

    OBSTCULOS ARANCELARIOS Y NO ARANCELARIOS ........................................... 91

    I. INTRODUCCIN ......................................................................................................... 93

    II. OBSTCULOS ARANCELARIOS ...................................................................................... 94

    II.A. QU ES UN ARANCEL? ................................................................................... 94

    II.B. ARANCEL DE ADUANAS ................................................................................... 97

    II.C. NEGOCIACIONES ARANCELARIAS EN LA OMC .................................................... 98

    II.D. LISTAS DE CONCESIONES ANEXAS AL ACUERDO SOBRE LA OMC (MERCANCAS) . 105

    II.E. OTRAS DISPOSICIONES DEL ARTCULO II DEL GATT DESTINADAS A MANTENER

    EL VALOR DE LAS CONCESIONES ARANCELARIAS ............................................. 111

    III. OBSTCULOS NO ARANCELARIOS ............................................................................... 115

    III.A. QU ES UNA RESTRICCIN CUANTITATIVA? ................................................... 115

    III.B. PRRAFO 1 DEL ARTCULO XI DEL GATT DE 1994 ............................................. 118

    III.C. QU SE PUEDE DECIR SOBRE LOS CONTINGENTES ARANCELARIOS? ................. 120

    III.D. DISPOSICIONES QUE PERMITEN APARTARSE DE LA PROHIBICIN GENERAL DE LAS

    RESTRICCIONES CUANTITATIVAS ................................................................... 121

    III.E. APLICACIN NO DISCRIMINATORIA DE LAS RESTRICCIONES CUANTITATIVAS

    (ARTCULO XIII DEL GATT DE 1994) ............................................................... 122

    III.F. NEGOCIACIONES DE DOHA ............................................................................ 127

    IV. RESUMEN ................................................................................................................. 133

    MDULO 4 PANORAMA GENERAL DE LOS ACUERDOS DE LA OMC SOBRE EL COMERCIO DE

    MERCANCAS (ANEXO 1A DEL ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE LA OMC) ...... 137

    I. INTRODUCCIN ........................................................................................................ 139

    I.A. ESTRUCTURA DEL ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE LA OMC ....................... 139

  • I.B. ANEXO 1A: LOS ACUERDOS MULTILATERALES SOBRE EL COMERCIO DE

    MERCANCAS ................................................................................................ 139

    II. EL ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO (GATT) DE 1994 .... 141

    II.A. INTRODUCCIN ............................................................................................ 141

    II.B. DISPOSICIONES DEL GATT DE 1994 (COMO VERSIN MODIFICADA DEL GATT DE

    1947) .......................................................................................................... 141

    II.C. OTROS INSTRUMENTOS JURDICOS ................................................................ 142

    II.D. ENTENDIMIENTOS DE LA RONDA URUGUAY...................................................... 143

    II.E. CONFLICTO ENTRE UNA DISPOSICIN DEL GATT DE 1994 Y UNA DISPOSICIN DE UN

    ACUERDO MULTILATERAL SOBRE EL COMERCIO DE MERCANCAS (ANEXO 1 A) ........ 143

    III. LOS ACUERDOS MULTILATERALES SOBRE EL COMERCIO DE MERCANCAS ....................... 145

    III.A. EL ACUERDO SOBRE LA AGRICULTURA ............................................................ 146

    III.B. EL ACUERDO SOBRE LA APLICACIN DE MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS

    (ACUERDO MSF) ........................................................................................... 160

    III.C. EL ACUERDO SOBRE OBSTCULOS TCNICOS AL COMERCIO (ACUERDO OTC) ..... 168

    III.D. NORMAS PARA LA VALORACIN EN ADUANA DE LAS MERCANCAS - ARTCULO VII

    DEL GATT DE 1994 Y ACUERDO SOBRE VALORACIN EN ADUANA ...................... 184

    III.E. DERECHOS Y FORMALIDADES REFERENTES A LA IMPORTACIN Y A LA

    EXPORTACIN - ARTCULO VIII DEL GATT DE 1994 .......................................... 187

    III.F. PUBLICACIN Y APLICACIN DE LOS REGLAMENTOS COMERCIALES - ARTCULO X

    DEL GATT DE 1994 ........................................................................................ 188

    III.G. FACILITACIN DEL COMERCIO ....................................................................... 189

    III.H. ACUERDO SOBRE PROCEDIMIENTOS PARA EL TRMITE DE LICENCIAS DE

    IMPORTACIN .............................................................................................. 192

    III.I. ACUERDO SOBRE INSPECCIN PREVIA A LA EXPEDICIN (IPE) .......................... 194

    III.J. ACUERDO SOBRE NORMAS DE ORIGEN ............................................................ 195

    III.K. ACUERDO SOBRE LAS MEDIDAS EN MATERIA DE INVERSIONES RELACIONADAS

    CON EL COMERCIO (MIC) ............................................................................... 197

    III.L. ACUERDO SOBRE LOS TEXTILES Y EL VESTIDO (ACUERDO ATV) ........................ 200

    IV. RESUMEN ................................................................................................................. 202

    MDULO 5 MEDIDAS COMERCIALES CORRECTIVAS ....................................................... 211

    I. INTRODUCCIN ........................................................................................................ 213

    II. MEDIDAS ANTIDUMPING ............................................................................................ 215

    II.A. PRESCRIPCIONES SUSTANTIVAS Y DE PROCEDIMIENTO RELATIVAS A LA

    APLICACIN DE MEDIDAS ANTIDUMPING ........................................................ 215

    III. SUBVENCIONES Y MEDIDAS COMPENSATORIAS (SMC) .................................................. 230

    III.A. EL ACUERDO SOBRE SUBVENCIONES Y MEDIDAS COMPENSATORIAS (ACUERDO

    SMC) Y SUS DOS VAS ................................................................................... 230

    III.B. DISCIPLINAS RELATIVAS A LAS SUBVENCIONES ............................................... 232

    III.C. PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIN DE MEDIDAS COMPENSATORIAS............. 237

    III.D. TRATO ESPECIAL Y DIFERENCIADO ................................................................. 238

  • IV. MEDIDAS DE SALVAGUARDIA ..................................................................................... 241

    IV.A. RELACIN ENTRE EL ARTCULO XIX DEL GATT DE 1994 Y EL ACUERDO SOBRE

    SALVAGUARDIAS .......................................................................................... 241

    IV.B. PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIN DE MEDIDAS DE SALVAGUARDIA ............ 242

    V. RGANOS DE VIGILANCIA Y PRESCRIPCIONES EN MATERIA DE NOTIFICACIN ................ 247

    VI. CUADRO COMPARATIVO: MEDIDAS ANTIDUMPING, COMPENSATORIAS Y DE

    SALVAGUARDIA......................................................................................................... 249

    VII. RESUMEN ................................................................................................................. 255

    MDULO 6 ACUERDO GENERAL SOBRE EL COMERCIO DE SERVICIOS (AGCS) ..................... 261

    I. INTRODUCCIN ........................................................................................................ 263

    II. ANTECEDENTES HISTRICOS DEL AGCS ...................................................................... 264

    II.A. POR QU UN ACUERDO SOBRE EL COMERCIO DE SERVICIOS? .......................... 264

    III. EL ACUERDO GENERAL SOBRE EL COMERCIO DE SERVICIOS (AGCS) .............................. 266

    III.A. PROPSITO FUNDAMENTAL DEL AGCS ............................................................. 266

    III.B. MBITO DE APLICACIN DEL AGCS ................................................................. 266

    IV. OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS EN EL MARCO DEL AGCS ......................................... 270

    IV.A. DISPOSICIONES DEL ACUERDO GENERAL SOBRE EL COMERCIO DE SERVICIOS

    (AGCS): OBLIGACIONES GENERALES INCONDICIONALES Y CONDICIONALES ..... 270

    IV.B. LISTAS DE COMPROMISOS ESPECFICOS: ACCESO A LOS MERCADOS Y TRATO

    NACIONAL .................................................................................................... 276

    IV.C. MODIFICACIN DE UNA LISTA ........................................................................ 284

    IV.D. ANEXOS E INSTRUMENTOS CONEXOS SOBRE SECTORES DE SERVICIOS

    ESPECFICOS ................................................................................................ 285

    V. EXCEPCIONES ........................................................................................................... 289

    VI. LIBERALIZACIN PROGRESIVA Y MANDATOS DE NEGOCIACIN ..................................... 290

    VI.A. LIBERALIZACIN PROGRESIVA ....................................................................... 290

    VI.B. PROGRAMA INCORPORADO ............................................................................ 292

    VII. RESUMEN ................................................................................................................. 297

    MDULO 7 ACUERDO SOBRE LOS ASPECTOS DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD

    INTELECTUAL RELACIONADOS CON EL COMERCIO (ACUERDO SOBRE LOS

    ADPIC) ............................................................................................ 301

    I. INTRODUCCIN ........................................................................................................ 303

    II. DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL (DPI) ............................................................ 304

    II.A. QU SON LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL? (DPI)? ....................... 304

    II.B. POR QU SE PROTEGEN LOS DPI? ................................................................. 305

    III. EL ACUERDO SOBRE LOS ASPECTOS DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL

    RELACIONADOS CON EL COMERCIO (ACUERDO SOBRE LOS ADPIC) ................................ 306

    III.A. PRINCIPALES CARACTERSTICAS DEL ACUERDO SOBRE LOS ADPIC

    DISPOSICIONES GENERALES Y PRINCIPIOS BSICOS (PARTE I) ......................... 307

  • III.B. PROTECCIN SUSTANTIVA DE LOS DPI (PARTE II) ............................................ 312

    III.C. LOS ADPIC Y LA SALUD PBLICA .................................................................... 327

    III.D. OBSERVANCIA DE LOS DPI (PARTE III) ............................................................ 330

    III.E. OTRAS DISPOSICIONES ................................................................................. 332

    III.F. APLICACIN ................................................................................................. 334

    IV. RGANOS DE VIGILANCIA: EL CONSEJO DE LOS ADPIC ................................................ 337

    IV.A. VIGILANCIA DEL FUNCIONAMIENTO DEL ACUERDO ........................................... 337

    IV.B. CONSULTAS ................................................................................................. 337

    IV.C. FORO PARA NUEVAS NEGOCIACIONES O EXMENES ......................................... 337

    V. RESUMEN ................................................................................................................. 339

    MDULO 8 EXCEPCIONES A LAS NORMAS DE LA OMC - EXCEPCIONES GENERALES,

    EXCEPCIONES RELATIVAS A LA SEGURIDAD, ACUERDOS COMERCIALES

    REGIONALES (ACR), BALANZA DE PAGOS Y EXENCIONES ................................. 345

    I. INTRODUCCIN ........................................................................................................ 347

    II. EXCEPCIONES GENERALES ......................................................................................... 350

    II.A. EXCEPCIONES GENERALES CONTENIDAS EN EL ACUERDO GENERAL SOBRE

    ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO (GATT) DE 1994 .................................... 350

    II.B. EXCEPCIONES GENERALES EN EL ACUERDO GENERAL SOBRE EL COMERCIO DE

    SERVICIOS (AGCS) ....................................................................................... 361

    II.C. ACUERDO SOBRE LOS ASPECTOS DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL

    RELACIONADOS CON EL COMERCIO (ACUERDO SOBRE LOS ADPIC) .................... 363

    III. EXCEPCIONES RELATIVAS A LA SEGURIDAD ................................................................. 366

    III.A. EXCEPCIONES RELATIVAS A LA SEGURIDAD EN EL ACUERDO GENERAL SOBRE

    ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO (GATT) DE 1994 .................................... 366

    III.B. EXCEPCIONES RELATIVAS A LA SEGURIDAD EN EL ACUERDO GENERAL SOBRE EL

    COMERCIO DE SERVICIOS (AGCS) .................................................................. 367

    III.C. EXCEPCIONES RELATIVAS A LA SEGURIDAD EN EL ACUERDO SOBRE LOS ASPECTOS

    DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL RELACIONADOS CON EL

    COMERCIO (ACUERDO SOBRE LOS ADPIC) ....................................................... 367

    IV. INTEGRACIN REGIONAL ........................................................................................... 368

    IV.A. EFECTOS DE LOS ACUERDOS COMERCIALES REGIONALES (ACR) EN

    EL BIENESTAR .............................................................................................. 369

    IV.B. LA INTEGRACIN REGIONAL EN EL ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES

    ADUANEROS Y COMERCIO (GATT) DE 1994 ...................................................... 370

    IV.C. LA INTEGRACIN REGIONAL EN EL ACUERDO GENERAL SOBRE EL COMERCIO DE

    SERVICIOS (AGCS) ....................................................................................... 374

    IV.D. LOS ACUERDOS COMERCIALES REGIONALES (ACR) Y EL SISTEMA MULTILATERAL

    DE COMERCIO .............................................................................................. 375

    IV.E. ACUERDOS COMERCIALES REGIONALES (ACR) Y TRANSPARENCIA ..................... 376

    V. EXCEPCIONES POR BALANZA DE PAGOS ...................................................................... 378

    V.A. LA BALANZA DE PAGOS EN EL GATT DE 1994 ................................................... 378

  • V.B. LAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE BALANZA DE PAGOS DEL ACUERDO

    GENERAL SOBRE EL COMERCIO DE SERVICIOS (AGCS) ..................................... 379

    VI. EXENCIONES ............................................................................................................ 381

    VII. RESUMEN ................................................................................................................. 385

    MDULO 9 DIMENSIN DE DESARROLLO DE LA OMC - PROGRAMA DE DOHA PARA EL

    DESARROLLO, AYUDA PARA EL COMERCIO, EL MARCO INTEGRADO (MI)

    MEJORADO Y LA ASISTENCIA TCNICA Y FORMACIN (O ATRC) ........................ 389

    I. INTRODUCCIN ........................................................................................................ 391

    II. TRATO ESPECIAL Y DIFERENCIADO PARA LOS PASES EN DESARROLLO .......................... 392

    II.A. CULES SON LOS PASES EN DESARROLLO EN LA OMC? .................................. 392

    II.B. QU SIGNIFICA TRATO ESPECIAL Y DIFERENCIADO? ....................................... 392

    II.C. DISPOSICIONES SOBRE TRATO ESPECIAL Y DIFERENCIADO .............................. 395

    II.D. EL MARCO INTEGRADO MEJORADO (MIM) ........................................................ 403

    II.E. RGANOS DE SUPERVISIN ........................................................................... 405

    III. PROGRAMA DE DOHA PARA EL DESARROLLO (PDD) ....................................................... 407

    III.A. ASPECTOS DEL PDD RELACIONADOS CON EL DESARROLLO ............................... 407

    III.B. AYUDA PARA EL COMERCIO ............................................................................ 410

    III.C. ASISTENCIA TCNICA RELACIONADA CON EL COMERCIO DE LA OMC .................. 413

    IV. RESUMEN ................................................................................................................. 417

    MDULO 10 VIGILANCIA EN LA OMC - SISTEMA DE SOLUCIN DE DIFERENCIAS Y

    MECANISMO DE EXAMEN DE LAS POLTICAS COMERCIALES .............................. 421

    I. INTRODUCCIN ........................................................................................................ 423

    II. EL SISTEMA DE SOLUCIN DE DIFERENCIAS ................................................................ 424

    II.A. OBJETIVOS Y FUNCIONES DEL SISTEMA DE SOLUCIN DE DIFERENCIAS

    DE LA OMC ................................................................................................... 424

    II.B. PRINCIPALES CARACTERSTICAS DEL MECANISMO DE SOLUCIN DE

    DIFERENCIAS ............................................................................................... 426

    II.C. EL PROCESO DE SOLUCIN DE DIFERENCIAS DE LA OMC .................................. 438

    II.D. TRATO ESPECIAL Y DIFERENCIADO EN EL MARCO DEL SISTEMA DE SOLUCIN

    DE DIFERENCIAS DE LA OMC .......................................................................... 448

    II.E. NEGOCIACIONES: EXAMEN DEL ESD .............................................................. 450

    III. EL MECANISMO DE EXAMEN DE LAS POLTICAS COMERCIALES (MEPC) ........................... 455

    III.A. OBJETIVOS DEL MEPC.................................................................................... 455

    III.B. ALCANCE DE LOS EXMENES .......................................................................... 456

    III.C. EL MEPC EN LA PRCTICA .............................................................................. 457

    III.D. EL MEPC Y LOS PASES EN DESARROLLO ......................................................... 460

    IV. RESUMEN ................................................................................................................. 462

  • MDULO 11 CUESTIONES TRANSVERSALES .................................................................. 467

    I. INTRODUCCIN ........................................................................................................ 469

    II. COMERCIO Y MEDIO AMBIENTE ................................................................................... 470

    II.A. PUEDEN ADOPTAR LOS MIEMBROS EN VIRTUD DE LAS NORMAS DE LA OMC

    MEDIDAS PARA PROTEGER EL MEDIO AMBIENTE? ............................................. 471

    II.B. Y LOS EFECTOS DE LAS MEDIDAS AMBIENTALES EN EL COMERCIO? ................. 472

    II.C. DIFERENCIAS RELATIVAS A MEDIDAS AMBIENTALES EN LA OMC ........................ 473

    II.D. EL MANDATO DE DOHA SOBRE COMERCIO Y MEDIO AMBIENTE .......................... 474

    III. COMERCIO Y CONTRATACIN PBLICA ........................................................................ 478

    III.A. EL ACUERDO PLURILATERAL SOBRE CONTRATACIN PBLICA ........................... 479

    III.B. GRUPO DE TRABAJO SOBRE LA TRANSPARENCIA DE LA CONTRATACIN PBLICA 483

    III.C. NEGOCIACIONES MULTILATERALES SOBRE LA CONTRATACIN DE SERVICIOS .... 484

    IV. COMERCIO E INVERSIONES ........................................................................................ 485

    IV.A. EL GRUPO DE TRABAJO SOBRE LA RELACIN ENTRE COMERCIO E INVERSIONES . 485

    IV.B. EL ACUERDO SOBRE LAS MEDIDAS EN MATERIA DE INVERSIONES RELACIONADAS

    CON EL COMERCIO (MIC) ............................................................................... 486

    IV.C. LAS INVERSIONES Y EL ACUERDO GENERAL SOBRE EL COMERCIO DE SERVICIOS

    (AGCS) ........................................................................................................ 487

    V. COMERCIO Y POLTICA DE COMPETENCIA .................................................................... 488

    V.A. LA POLTICA DE COMPETENCIA Y EL COMERCIO ............................................... 488

    V.B. EL GRUPO DE TRABAJO SOBRE LA INTERACCIN ENTRE COMERCIO Y POLTICA

    DE COMPETENCIA ......................................................................................... 489

    VI. RESUMEN ................................................................................................................. 492

    MDULO 12 RESUMEN Y CONCLUSIONES ..................................................................... 495

    I. QU ES LA ORGANIZACIN MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC)? ...................................... 497

    II. PRINCIPIO DE NO DISCRIMINACIN EN LA OMC ........................................................... 501

    II.A. PRINCIPIO NMF EN RELACIN CON LAS MERCANCAS, LOS SERVICIOS Y LA

    PROPIEDAD INTELECTUAL .............................................................................. 502

    II.B. PRINCIPIO DE TRATO NACIONAL EN RELACIN CON LAS MERCANCAS, LOS

    SERVICIOS Y LA PROPIEDAD INTELECTUAL ...................................................... 503

    III. COMERCIO DE MERCANCAS: ACCESO A LOS MERCADOS ............................................. 505

    III.A. OBSTCULOS ARANCELARIOS ........................................................................ 505

    III.B. OBSTCULOS NO ARANCELARIOS ................................................................... 506

    IV. AGRICULTURA ........................................................................................................... 509

    V. COMERCIO DE SERVICIOS .......................................................................................... 511

    VI. ASPECTOS DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL RELACIONADOS CON EL

    COMERCIO (ADPIC) ................................................................................................... 515

    VII. EXCEPCIONES A LAS NORMAS DE LA OMC .................................................................... 518

    VII.A. EXCEPCIONES GENERALES ............................................................................. 518

    VII.B. EXCEPCIONES RELATIVAS A LA SEGURIDAD .................................................... 519

  • VII.C. INTEGRACIN REGIONAL ............................................................................... 520

    VII.D. BALANZA DE PAGOS ...................................................................................... 521

    VII.E. EXENCIONES ................................................................................................ 521

    VII.F. MEDIDAS COMERCIALES CORRECTIVAS ........................................................... 523

    VIII. SOLUCIN DE DIFERENCIAS Y VIGILANCIA EN LA OMC ................................................. 525

    VIII.A. SOLUCIN DE DIFERENCIAS .......................................................................... 525

    VIII.B. MECANISMO DE EXAMEN DE LAS POLTICAS COMERCIALES (MEPC)................... 527

    IX. COMERCIO Y DESARROLLO ......................................................................................... 528

    X. CUESTIONES TRANSVERSALES ................................................................................... 530

    X.A. COMERCIO Y MEDIO AMBIENTE ...................................................................... 530

    X.B. CONTRATACIN PBLICA, COMERCIO E INVERSIN Y COMERCIO Y POLTICA

    DE COMETENCIA ........................................................................................... 530

    BIBLIOGRAFA ....................................................................................................... 532

  • 1

    Introduccin a la Organizacin

    Mundial del Comercio (OMC) DURACIN PREVISTA: 2 horas

    OBJETIVOS DEL MDULO 1

    Presentar:

    los antecedentes histricos de la OMC;

    los objetivos, funciones y estructura orgnica de la OMC;

    la adopcin de decisiones en la OMC;

    el proceso de adhesin de nuevos Miembros a la OMC;

    las negociaciones en curso de la Ronda de Doha; y

    los Acuerdos de la OMC.

    MDULO

    1 MDULO

    1

  • 3

    I. INTRODUCCIN A LA OMC

    I.A. QU ES LA OMC?

    EN SNTESIS

    OMC es la sigla de la Organizacin Mundial del Comercio. La OMC fue establecida en 1995 tras la

    culminacin de prolongadas e intensas negociaciones que tuvieron lugar bajo los auspicios del GATT

    (Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio).

    UNA ORGANIZACIN PARA LA LIBERALIZACIN DEL COMERCIO

    La OMC es una organizacin que trabaja en pro de la liberalizacin del comercio. La liberalizacin del comercio

    es el principal enfoque adoptado por la OMC para ayudar a los pases Miembros a lograr el crecimiento

    econmico y elevar los niveles de vida. Sin embargo, la OMC reconoce el derecho de los Miembros a mantener

    obstculos al comercio, con sujecin a las condiciones establecidas en los Acuerdos de la OMC. Se considera

    que esos obstculos al comercio permiten el logro de objetivos legtimos, tales como la proteccin de la vida o

    la salud de las personas y de los animales o la preservacin de los vegetales, o la proteccin de los

    consumidores. Mediante el reconocimiento de ese derecho, se establece un equilibrio entre la liberalizacin del

    comercio y la flexibilidad que los Miembros necesitan para alcanzar sus objetivos de poltica.

    UN FORO PARA LAS NEGOCIACIONES COMERCIALES

    La OMC es un foro multilateral en el que los gobiernos de los Miembros negocian las normas del comercio

    internacional. As pues, la OMC naci de negociaciones y todo lo que hace es resultado de negociaciones. La

    OMC es actualmente el foro de nuevas negociaciones en el marco del Programa de Doha para el Desarrollo

    (PDD), iniciado en 2001.

    UN CONJUNTO DE NORMAS COMERCIALES INTERNACIONALES

    Esas normas estn establecidas en los Acuerdos de la OMC, firmados por la mayora de los pases que

    participan en el comercio mundial, y tienen efectos vinculantes para esos pases. Por consiguiente, los

    Acuerdos de la OMC establecen las normas jurdicas fundamentales para el comercio internacional entre sus

    Miembros, y abarcan el comercio de mercancas, el comercio de servicios y los aspectos de los derechos de

    propiedad intelectual relacionados con el comercio (ADPIC). Sin embargo, es importante observar que los

    Acuerdos de la OMC constituyen un acuerdo internacional que, como tal, slo es vinculante para los Estados y

    los territorios aduaneros distintos.

  • 4

    UN LUGAR PARA RESOLVER DIFERENCIAS COMERCIALES

    La OMC es tambin un lugar en el que se pueden resolver diferencias comerciales entre los pases Miembros.

    El procedimiento de solucin de diferencias de la OMC es esencial para lograr la observancia de las normas y

    asegurar la fluidez del comercio.

    Quienes pueden ser Miembros de la OMC?

    En general, las organizaciones internacionales estn constituidas por Estados soberanos, y se es tambin el

    caso de la OMC. La mayora de los Miembros de la OMC son Estados; sin embargo, tambin pueden ser

    Miembros de la OMC los territorios aduaneros distintos que cumplan determinadas condiciones (vase la

    seccin relativa a la adhesin a la OMC).

    Dependiendo de su nivel de desarrollo, los Miembros de la OMC se clasifican en "pases desarrollados

    Miembros" o "pases en desarrollo Miembros". Adems, algunos pases en desarrollo Miembros son "pases

    menos adelantados" (PMA). Como se ver en el Mdulo 9, las disposiciones aplicables a los pases en

    desarrollo Miembros se aplican a los PMA Miembros, pero los PMA Miembros gozan de derechos adicionales.

    La lista de Miembros de la OMC puede consultarse en la direccin siguiente:

    http://www.wto.org/spanish/thewto_s/whatis_s/tif_s/org6_s.htm

    I.B. PRINCIPIOS DE LA OMC

    PRINCIPIO DE LA NACIN MS FAVORECIDA (NMF): TRATAR POR

    IGUAL A LOS EXTRANJEROS

    Con arreglo a los Acuerdos de la OMC, los pases no deben hacer discriminaciones entre sus interlocutores

    comerciales. De acuerdo con el principio NMF, cualquier ventaja, favor, privilegio o inmunidad concedido por

    un Miembro a un producto originario de otro pas o destinado a l, ser concedido inmediata e

    incondicionalmente a todo producto similar de todos los dems Miembros.

    El principio NMF, una piedra angular de la OMC, est enunciado en el artculo I del GATT de 1994, que se

    estudiar en el Mdulo 2; y en el artculo II del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS) y el

    artculo 4 del Acuerdo sobre los ADPIC, que se estudiarn en los mdulos 6 y 7, respectivamente. Sin

    embargo, como veremos, el principio se aplica de forma algo distinta en cada Acuerdo.

    PRINCIPIO DE TRATO NACIONAL: TRATAR POR IGUAL A EXTRANJEROS

    Y NACIONALES

    Dentro del territorio nacional, los Miembros de la OMC no pueden favorecer los productos nacionales en

    detrimento de los productos importados (artculo III del GATT de 1994). El principio de trato nacional se aplica

    http://www.wto.org/spanish/thewto_s/whatis_s/tif_s/org6_s.htmhttp://www.wto.org/spanish/docs_s/legal_s/gatt47_01_s.htm#articleIhttp://www.wto.org/spanish/docs_s/legal_s/26-gats_01_s.htm#ArticleIIhttp://www.wto.org/spanish/docs_s/legal_s/27-trips_03_s.htm#art4http://www.wto.org/spanish/docs_s/legal_s/gatt47_01_s.htm#articleIII
  • 5

    tambin, con algunas diferencias, al comercio de servicios (artculo XVII del AGCS) y a la proteccin de la

    propiedad intelectual (artculo 3 del Acuerdo sobre los ADPIC). El principio de trato nacional se explicar en los

    mdulos 2 (mercancas), 6 (AGCS) y 7 (ADPIC).

    PROHIBICIN GENERAL DE LAS RESTRICCIONES CUANTITATIVAS

    Como se ver en el Mdulo 3, los Miembros de la OMC no pueden imponer prohibiciones, restricciones o

    limitaciones a la cantidad de productos cuya importacin o exportacin est autorizada (artculo XI del GATT de

    1994), con sujecin a determinadas excepciones. El principio no se aplica del mismo modo en el contexto del

    AGCS y del Acuerdo sobre los ADPIC.

    OBSERVANCIA DE LOS NIVELES DE CONSOLIDACIN DE LAS

    CONCESIONES ARANCELARIAS (MERCANCAS) Y LOS COMPROMISOS

    ESPECFICOS (SERVICIOS)

    Los compromisos asumidos por los Miembros en materia de derechos de aduana (concesiones arancelarias

    para las mercancas - artculo II del GATT de 1994) y acceso a los mercados para el suministro de servicios

    (compromisos especficos - artculo XVI del AGCS) garantizan las condiciones de acceso mnimo a los

    mercados. Esto se explicar con detalle en los mdulos 3 (mercancas) y 6 (AGCS).

    TRANSPARENCIA

    Es de importancia fundamental que las reglamentaciones y las polticas sean transparentes. Por ejemplo,

    como se ver en diversos mdulos, los Miembros de la OMC estn obligados a informar regularmente a la OMC

    y a los dems Miembros sobre determinadas medidas, polticas o leyes mediante "notificaciones". Adems, la

    OMC lleva a cabo exmenes peridicos de las polticas comerciales de los distintos Miembros a travs del

    Mecanismo de Examen de las Polticas Comerciales (MEPC), que se presentar en el Mdulo 10.

    Por qu el libre comercio?

    Los argumentos de carcter econmico a favor de un sistema de comercio abierto basado en normas

    multilateralmente convenidas no slo se fundan en el sentido comn comercial, sino que tambin estn

    apoyados por pruebas: la experiencia adquirida en materia de comercio mundial y crecimiento econmico

    desde la Segunda Guerra Mundial. Durante los primeros 25 aos posteriores a la guerra, el crecimiento

    econmico mundial fue en promedio de aproximadamente el 5 por ciento anual, tasa elevada que se debi

    en parte a la reduccin de los obstculos al comercio. El comercio mundial creci a un ritmo an ms

    rpido, con una media de alrededor del 8 por ciento en el mismo perodo.

    Los datos demuestran que existe una relacin estadstica entre un comercio ms libre y el crecimiento

    econmico. La teora econmica seala contundentes razones para esa relacin. Todos los pases, incluidos

    los ms pobres, tienen activos -humanos, industriales, naturales y financieros- que pueden emplear para

    producir bienes y servicios para sus mercados internos o para competir en el exterior. La economa nos

    ensea que podemos beneficiarnos cuando esas mercancas y servicios se comercializan. Dicho

    http://www.wto.org/spanish/docs_s/legal_s/26-gats_01_s.htm#ArticleXVIIhttp://www.wto.org/spanish/docs_s/legal_s/27-trips_03_s.htm#art3http://www.wto.org/spanish/docs_s/legal_s/gatt47_01_s.htm#articleXIhttp://www.wto.org/spanish/docs_s/legal_s/gatt47_01_s.htm#articleIIhttp://www.wto.org/spanish/docs_s/legal_s/26-gats_01_s.htm#ArticleXVIhttp://www.wto.org/spanish/docs_s/legal_s/29-tprm_s.htm
  • 6

    simplemente, el principio de la "ventaja comparativa" significa que los pases prosperan, en primer lugar,

    aprovechando sus activos para concentrarse en lo que pueden producir mejor y, despus, intercambiando

    esos productos por los que otros pases producen mejor. En otras palabras, las polticas comerciales

    liberales -que permiten la circulacin sin restricciones de bienes y servicios- intensifican la competencia,

    fomentan la innovacin y producen xito.

    El principio de la ventaja comparativa, que se remonta al economista clsico David Ricardo, es la teora

    econmica ms convincente y ms ampliamente aceptada a favor de la apertura del comercio. A ttulo de

    ejemplo, consideremos un caso sencillo, o de ventaja absoluta. Supongamos que el pas A es mejor

    productor de vinos que el pas B, y que el pas B es mejor fabricante de bicicletas que el pas A. Lo lgico

    ser que cada pas se especialice en los productos que pueda producir ms eficientemente y en el comercio

    de esos productos. En tal situacin, el pas A se centrar en la produccin de vinos y la importacin de

    bicicletas del pas B, al tiempo que el pas B se centrar en la produccin de bicicletas y la importacin de

    vinos del pas A.

    Pero qu sucede si un pas no es bueno en la fabricacin de ningn producto? Puede, an as, beneficiarse

    del comercio? Segn el principio de "ventaja comparativa" de Ricardo, la respuesta es afirmativa.

    Cambiemos un poco el marco hipottico y supongamos que el pas A es mejor que el pas B en la fabricacin

    de ambos productos (vinos y bicicletas). Supongamos adems que el pas A es muy superior produciendo

    vinos y slo ligeramente superior fabricando bicicletas. En tal caso, el pas A deber invertir recursos en lo

    que hace mejor -producir vinos- y exportar ese producto al pas B. Por su parte, el pas B deber invertir en

    lo que hace mejor -fabricar bicicletas- y exportar ese producto al pas A, aunque no sea tan eficiente como

    A. As, ambos se beneficiarn del comercio. No es necesario que un pas sea el mejor en algo para

    beneficiarse del comercio.

  • 7

    II. ANTECEDENTES HISTRICOS DE LA OMC: DEL

    GATT A LA OMC

    Como podrn comprobar, la OMC y el GATT son entidades jurdicamente distintas, aunque relacionadas entre s.

    II.A. QU ES EL GATT?

    EN SNTESIS

    El GATT es un acuerdo internacional, firmado en 1947, que contiene las normas y obligaciones que

    regularon, durante casi 50 aos, el comercio de mercancas entre sus "PARTES CONTRATANTES". Desde

    1948 hasta 1994, perodo previo a la creacin del la OMC, el GATT constituy el marco jurdico para la

    mayor parte del comercio mundial.

    La negociacin del GATT se remonta al decenio de 1940, y fue parte del proyecto de la posguerra de

    reconstruir el sistema multilateral del comercio mundial mediante la eliminacin de la discriminacin, la

    reduccin de los aranceles y la supresin de otros obstculos al comercio. El objetivo inicial era crear una

    Organizacin Internacional de Comercio (OIC) que se ocupara de la esfera del comercio en la cooperacin

    econmica internacional y que viniera a aadirse a las dos instituciones de "Bretton Woods": el Banco Mundial

    y el Fondo Monetario Internacional (FMI).

    El proyecto sigui en una doble va: 1) la redaccin de la Carta de una Organizacin Internacional de Comercio

    (OIC); y 2) el inicio de negociaciones arancelarias multilaterales.

    Nunca se pretendi que el GATT fuera una organizacin internacional, sino nicamente un acuerdo subsidiario

    en el marco de la Carta de la OIC. Sin embargo, la OIC no lleg a hacerse realidad y el GATT entr en vigor en

    virtud de un Protocolo Provisional firmado el 30 de octubre de 1947 y con efecto a partir del 1 de enero de

    1948. Los pases signatarios del Protocolo convinieron en aplicar las disposiciones contenidas en el GATT hasta

    que la OIC pudiera hacerse cargo de su administracin. As pues, durante 47 aos, el GATT actu como

    organizacin internacional de facto, y asumi algunas de las funciones previstas en un principio para la OIC.

    En el marco del GATT se elaboraron, a travs de una serie de negociaciones comerciales o rondas, las normas

    necesarias para establecer un sistema multilateral de comercio. Entre 1947 y 1994, las PARTES

    CONTRATANTES del GATT organizaron ocho rondas de negociaciones. En las primeras rondas se negociaron

    principalmente reducciones arancelarias para las mercancas, pero en rondas posteriores se incluyeron otros

    temas, como las medidas antidumping y los obstculos no arancelarios.

    La ltima ronda, generalmente conocida como "Ronda Uruguay", dur de 1986 a 1994 y dio lugar a la creacin

    de la OMC en 1994. La Ronda Uruguay signific la mayor reforma del sistema mundial de comercio desde el

    establecimiento del GATT. Desde 1995, la OMC ha sido la organizacin internacional que se ocupa de las

    normas comerciales. En el cuadro siguiente se enumeran las rondas, los temas abarcados y el nmero de

    partes contratantes que participaron en cada ronda.

  • 8

    RONDAS DE NEGOCIACIONES COMERCIALES CELEBRADAS BAJO LOS AUSPICIOS DEL GATT

    Ao Lugar/Denominacin Temas abarcados Partes

    1947 Ginebra Aranceles 23

    1949 Annecy Aranceles 13

    1951 Torquay Aranceles 38

    1956 Ginebra Aranceles 26

    1960-1961 Ginebra, Ronda Dillon Aranceles 26

    1964-1967 Ginebra, Ronda Kennedy Aranceles y medidas antidumping 62

    1973-1979 Ginebra, Ronda de Tokio Aranceles, medidas no arancelarias y acuerdos

    relativos al marco jurdico:

    102

    - primeras negociaciones sobre obstculos no

    arancelarios;

    - establecimiento de cdigos plurilaterales; y

    - establecimiento de la Clusula de Habilitacin,

    es decir, la "Decisin sobre trato diferenciado y

    ms favorable, reciprocidad y mayor

    participacin de los pases en desarrollo". La

    Clusula sirvi de complemento al Sistema

    Generalizado de Preferencias (SGP), que se

    haba adoptado en 1971, antes de la Ronda de

    Tokio, y ampli an ms el trato diferenciado y

    ms favorable para los pases en desarrollo.

    1986-1994 Ginebra, Ronda Uruguay Aranceles, medidas no arancelarias, normas,

    servicios, propiedad intelectual, solucin de

    diferencias, textiles, agricultura, creacin de la

    OMC, etc.

    123

    Cuadro 1: Rondas de negociaciones comerciales bajo los auspicios del GATT

    Los participantes en la Ronda Uruguay de negociaciones comerciales multilaterales concluyeron la Ronda con la

    adopcin del "Acta Final en que se incorporan los resultados de la Ronda Uruguay de Negociaciones

    Comerciales Multilaterales" ("el Acta Final"). El Acta Final va seguida del "Acuerdo de Marrakech por el que se

    establece la Organizacin Mundial del Comercio" ("el Acuerdo por el que se establece la OMC") y sus cuatro

    Anexos, que se presentarn ms adelante (vase en la seccin VI una descripcin general de los Acuerdos de

    la OMC). El GATT sigue existiendo como tratado de la OMC para el comercio de mercancas. El Acuerdo por el

    que se establece la OMC y sus Anexos se denominarn en este curso "Acuerdos de la OMC".

    http://www.wto.org/spanish/docs_s/legal_s/03-fa_s.htmhttp://www.wto.org/spanish/docs_s/legal_s/03-fa_s.htmhttp://www.wto.org/spanish/docs_s/legal_s/04-wto_s.htmhttp://www.wto.org/spanish/docs_s/legal_s/04-wto_s.htm
  • 9

    III. OBJETIVOS DE LA OMC

    EN SNTESIS

    En el prembulo del Acuerdo por el que se establece la OMC, las partes en el Acuerdo reconocen los

    objetivos que desean alcanzar mediante el sistema multilateral de comercio:

    elevar los niveles de vida;

    lograr el pleno empleo;

    lograr un volumen considerable y en constante aumento de ingresos reales y demanda efectiva; y

    acrecentar la produccin y el comercio de bienes y servicios, permitiendo al mismo tiempo la

    utilizacin ptima de los recursos mundiales de conformidad con el objetivo de un desarrollo

    sostenible

    En el Acuerdo tambin se reconoce que es necesario "realizar esfuerzos positivos para que los pases en

    desarrollo, y especialmente los menos adelantados, obtengan una parte del incremento del comercio

    internacional que corresponda a su desarrollo econmico".

    En el prembulo al Acuerdo por el que se establece la OMC se enuncian sus objetivos de la siguiente manera:

    Prembulo al Acuerdo por el que se establece la OMC

    Las Partes en el presente Acuerdo,

    Reconociendo que sus relaciones en la esfera de la actividad comercial y econmica deben tender a elevar

    los niveles de vida, a lograr el pleno empleo y un volumen considerable y en constante aumento de ingresos

    reales y demanda efectiva y a acrecentar la produccin y el comercio de bienes y servicios, permitiendo al

    mismo tiempo la utilizacin ptima de los recursos mundiales de conformidad con el objetivo de un

    desarrollo sostenible y procurando proteger y preservar el medio ambiente e incrementar los medios para

    hacerlo, de manera compatible con sus respectivas necesidades e intereses segn los diferentes niveles de

    desarrollo econmico,

    Reconociendo adems que es necesario realizar esfuerzos positivos para que los pases en desarrollo, y

    especialmente los menos adelantados, obtengan una parte del incremento del comercio internacional que

    corresponda a las necesidades de su desarrollo econmico.

    Deseosas de contribuir al logro de estos objetivos mediante la celebracin de acuerdos encaminados a

    obtener, sobre la base de la reciprocidad y de mutuas ventajas, la reduccin sustancial de los aranceles

    aduaneros y de los dems obstculos al comercio, as como la eliminacin del trato discriminatorio en las

    relaciones comerciales internacionales

    Los objetivos de la OMC no son fundamentalmente diferentes de los establecidos en el prembulo del GATT de

    1947. En ellos se reconoce la importancia de la continuidad con el anterior sistema del GATT. Cabe sealar

    que, aunque los objetivos de la OMC no mencionan la liberalizacin del comercio como medio para establecer

  • 10

    el libre comercio entre los Miembros, los redactores del texto consideraron que "la reduccin sustancial de los

    aranceles aduaneros y de los dems obstculos al comercio, as como la eliminacin del trato discriminatorio

    en las relaciones comerciales internacionales" eran pasos importantes para el logro de esos objetivos. Por

    consiguiente, la expansin del comercio no se considera un fin en s misma, sino un instrumento para

    promover el crecimiento y el desarrollo.

    La OMC aade tres nuevas dimensiones a los objetivos consignados en el prembulo del GATT de 1947, a

    saber:

    Tres nuevas dimensiones en el prembulo del Acuerdo por el que se establece la OMC

    la expansin de "la produccin y el comercio de bienes y servicios", para tomar en consideracin la

    ampliacin de los temas de que se ocupa la OMC. Es decir, mientras que el GATT abarcaba el

    comercio de mercancas, en el marco de la OMC la cobertura se ampli para abarcar otra esfera, el

    comercio de servicios (vase el AGCS);

    "el objetivo de un desarrollo sostenible [] procurando proteger y preservar el medio ambiente e

    incrementar los medios para hacerlo "; y

    la "dimensin de desarrollo", a fin de ayudar a que "... los pases en desarrollo, y especialmente los

    menos adelantados, obtengan una parte del incremento del comercio internacional que corresponda

    a las necesidades de su desarrollo econmico".

    El prembulo del Acuerdo por el que se establece la OMC constituye una base jurdica importante para la

    interpretacin de los Acuerdos de la OMC.

  • 11

    IV. FUNCIONES DE LA OMC

    EN SNTESIS

    Para lograr sus objetivos, la OMC:

    administra los acuerdos comerciales entre sus Miembros;

    sirve de foro para las negociaciones comerciales;

    resuelve las diferencias comerciales entre sus Miembros;

    examina las polticas comerciales de los Miembros;

    trata de lograr una mayor coherencia en la formulacin de las polticas econmicas a escala mundial,

    entre otra cosas mediante la cooperacin con el FMI y el Banco Mundial; y

    presta asistencia tcnica a los pases en desarrollo Miembros.

    En el artculo III del Acuerdo por el que se establece la OMC se exponen las funciones de la Organizacin, entre

    las que figuran las siguientes:

    IV.A. ADMINISTRATION OF THE WTO AGREEMENTS

    En los Acuerdos de la OMC se establecen las normas jurdicas fundamentales del comercio internacional y los

    cdigos de conducta de los Miembros de la OMC. Por lo tanto, la funcin primordial de la OMC es facilitar la

    aplicacin, la administracin y el funcionamiento de esos Acuerdos y favorecer la consecucin de sus objetivos.

    IV.B. FORO DE NEGOCIACIONES

    La OMC es un foro institucional permanente para las negociaciones multilaterales y la cooperacin entre sus

    Miembros en lo concerniente a las polticas relacionadas con el comercio. Aunque la OMC sirve especficamente

    de foro para la negociacin de aspectos ya abarcados por los Acuerdos de la OMC, las negociaciones celebradas

    bajo sus auspicios pueden ampliarse a "nuevas cuestiones" que han de someterse a las disciplinas de esos

    Acuerdos.

    IV.C. SOLUCIN DE DIFERENCIAS COMERCIALES

    La OMC acta tambin como foro para la solucin de diferencias comerciales entre sus Miembros, de

    conformidad con las disciplinas y procedimientos establecidos en el Entendimiento sobre Solucin de

    Diferencias (ESD) (el ESD figura en el Anexo 2 del Acuerdo por el que se establece la OMC).

    http://www.wto.org/spanish/docs_s/legal_s/04-wto_s.htm#articleIIIhttp://www.wto.org/spanish/docs_s/legal_s/28-dsu_s.htmhttp://www.wto.org/spanish/docs_s/legal_s/28-dsu_s.htm
  • 12

    Surge una diferencia cuando un pas Miembro considera que otro Miembro acta de forma incompatible con sus

    compromisos en la OMC y que las ventajas resultantes para l directa o indirectamente de los Acuerdos de la

    OMC se hallan menoscabas por las medidas adoptadas por ese otro Miembro. Cuando los Miembros no pueden

    llegar a una solucin mutuamente convenida en una diferencia planteada en el marco de uno de los Acuerdos

    de la OMC abarcados, pueden recurrir al mecanismo de solucin de diferencias de la OMC. En el Mdulo 10

    estudiaremos el funcionamiento de ese mecanismo.

    IV.D. VIGILANCIA DE LAS POLTICAS COMERCIALES

    NACIONALES

    Esta funcin pone de relieve el papel que desempea la OMC en el mecanismo de transparencia concebido por

    los Miembros durante la Ronda Uruguay. Todos los Miembros de la OMC son objeto de examen en el marco del

    Mecanismo de Examen de las Polticas Comerciales (MEPC), y la frecuencia de los exmenes vara en funcin

    de la participacin de cada pas en el comercio mundial. La vigilancia peridica de las polticas comerciales

    nacionales a travs del MEPC es un medio de fomentar la transparencia tanto a nivel nacional como

    multilateral.

    Los exmenes se llevan a cabo en el rgano de Examen de las Polticas Comerciales, que es, en realidad, el

    Consejo General de la OMC, del que forman parte todos los Miembros, y que acta con arreglo a normas y

    procedimientos especiales. As pues, los exmenes son bsicamente evaluaciones por homlogos. En el

    Mdulo 10 se explicar con ms detalle el MEPC.

    IV.E. COORDINACIN CON LAS ORGANIZACIONES

    INTERNACIONALES PERTINENTES

    Esta funcin pone de relieve que el "mandato relativo a la coherencia" es uno de los objetivos de la OMC. La

    cooperacin con el FMI y el Banco Mundial y sus organismos conexos es esencial, ya que constituye un factor

    importante que los Miembros de la OMC deben tener en cuenta a la hora de entablar negociaciones con el fin

    de elaborar un marco normativo internacional con respecto a la poltica econmica. La cooperacin con otras

    organizaciones internacionales debera permitir a la OMC lograr "una mayor coherencia en la formulacin de las

    polticas econmicas a escala mundial".

    El artculo V del Acuerdo por el que se establece la OMC contiene tambin disposiciones que prevn la

    "cooperacin efectiva con otras organizaciones intergubernamentales que tengan responsabilidades afines a las

    de la OMC" y la posibilidad de que la OMC celebre consultas y coopere "con organizaciones no

    gubernamentales que se ocupen de cuestiones afines a las de la OMC".

    IV.F. ASISTENCIA TCNICA

    En la Conferencia Ministerial celebrada en Doha en noviembre de 2001, los Miembros confirmaron que la

    cooperacin tcnica y la creacin de capacidad eran elementos fundamentales de la dimensin de desarrollo

    del sistema multilateral de comercio. Encomendaron a la Secretara que, en coordinacin con los dems

    organismos competentes, apoyase los esfuerzos internos de incorporacin del comercio a los planes nacionales

    http://www.wto.org/spanish/docs_s/legal_s/29-tprm_s.htm
  • 13

    de desarrollo econmico y a las estrategias nacionales de reduccin de la pobreza. (Declaracin Ministerial de

    Doha, prrafo 38.)

    La prestacin de asistencia tcnica de la OMC estar encaminada a ayudar a los pases en desarrollo y menos

    adelantados, as como a los pases en transicin de ingreso bajo, a ajustarse a las normas y disciplinas de la

    OMC y cumplir las obligaciones y ejercer los derechos que corresponden a los Miembros, incluido el de

    aprovechar los beneficios de un sistema multilateral de comercio abierto y basado en normas.

    EJERCICIOS

    1. Cul es la relacin entre la OIC y el GATT?

    2. Qu estipula el prembulo del Acuerdo por el que se establece la OMC, y por qu es importante?

    3. Cules son los objetivos de la OMC?

    4. Cules son las principales funciones de la OMC?

    5. Explique brevemente la funcin de la OMC como foro para las negociaciones comerciales.

    6. En qu consiste el "mandato relativo a la coherencia"? En qu parte del Acuerdo por el que se

    establece la OMC figura ese mandato? Cul es la principal razn por la que se confiere a la OMC un

    "mandato relativo a la coherencia" en el Acuerdo por el que se establece la OMC?

    7. En qu ronda de negociaciones comerciales se incluyeron por primera vez los servicios en el sistema

    multilateral de comercio?

    http://www.wto.org/spanish/thewto_s/minist_s/min01_s/mindecl_s.htmhttp://www.wto.org/spanish/thewto_s/minist_s/min01_s/mindecl_s.htm
  • 14

    V. ESTRUCTURA ORGNICA DE LA OMC

    La OMC es una organizacin dirigida por sus Miembros. Los Miembros de la OMC establecieron en la

    Organizacin una estructura de trabajo que les permitiera supervisar la aplicacin del Acuerdo sobre la OMC y

    el desarrollo de la Organizacin. Todos los Miembros de la OMC pueden participar en todos los consejos,

    comits y dems rganos, excepto en el rgano de Apelacin, los grupos especiales de solucin de diferencias,

    el rgano de Supervisin de los Textiles y los comits establecidos en el marco de los Acuerdos Plurilaterales.

    La Secretara de la OMC est integrada por funcionarios internacionales, y su principal tarea es prestar apoyo

    tcnico a los diversos consejos y comits.

    Grfico 1 Estructura orgnica de la OMC

  • 15

    EN SNTESIS

    La Conferencia Ministerial es el rgano superior de adopcin de decisiones de la OMC. Est integrada por

    representantes de todos los Miembros y debe reunirse por lo menos una vez cada dos aos. La Conferencia

    Ministerial est facultada para adoptar decisiones sobre todos los asuntos comprendidos en el mbito de

    cualquiera de los acuerdos multilaterales de la OMC, de conformidad con los procedimientos de adopcin de

    decisiones previstos en el Acuerdo por el que se establece la OMC.

    El Consejo General constituye el segundo nivel de la estructura de adopcin de decisiones de la OMC y est

    compuesto por representantes de todos los pases Miembros, normalmente a nivel de Embajadores o

    Representantes Permanentes basados en Ginebra. El Consejo General adopta decisiones relativas a todos

    los asuntos de la OMC en ejercicio de las funciones de la Conferencia Ministerial cuando sta no est

    reunida. Tambin se rene como rgano de Examen de las Polticas Comerciales (OEPC) y rgano de

    Solucin de Diferencias (OSD).

    En el tercer nivel hay tres consejos subsidiarios -el Consejo del Comercio de Mercancas (Consejo de

    Mercancas), el Consejo del Comercio de Servicios (Consejo de Servicios) y el Consejo de los Aspectos de los

    Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (Consejo de los ADPIC)-, que funcionan

    bajo la orientacin general del Consejo General y son responsables del funcionamiento de los Acuerdos de la

    OMC que tratan de sus esferas de comercio respectivos. Estn integrados por todos los Miembros de la OMC

    y tienen rganos subsidiarios.

    Por ltimo, la Secretara de la OMC, dirigida por un Director General nombrado por la Conferencia Ministerial,

    no tiene facultades de adopcin de decisiones y se encarga de ofrecer apoyo tcnico a los distintos consejos

    y comits, prestar asistencia tcnica a los pases en desarrollo y proporcionar asistencia jurdica en los

    procedimientos de solucin de diferencias, entre otras funciones. A diferencia de los rganos de la OMC

    mencionados anteriormente, la Secretara est integrada por funcionarios internacionales que, en el

    cumplimiento de sus deberes, no pueden solicitar ni aceptar instrucciones de ningn gobierno ni de ninguna

    otra autoridad ajena a la OMC.

    V.A. LA CONFERENCIA MINISTERIAL

    Como se indic anteriormente, la Conferencia Ministerial es el rgano superior de adopcin de decisiones de la

    OMC. Est integrada por representantes de todos los Miembros de la OMC y deber reunirse por lo menos una

    vez cada dos aos. La Conferencia Ministerial est facultada para tomar decisiones sobre todos los asuntos

    comprendidos en el mbito de cualquiera de los Acuerdos Comerciales Multilaterales, de conformidad con los

    procedimientos de adopcin de decisiones previstos en el Acuerdo por el que se establece la OMC.

    La cronologa de los perodos de sesiones de la Conferencia Ministerial es la siguiente:

  • 16

    V.A.1. CONFERENCIA MINISTERIAL DE SINGAPUR - DICIEMBRE DE 1996/

    PRIMER PERODO DE SESIONES/ SINGAPUR

    Durante la Primera Conferencia Ministerial de la OMC, que tuvo lugar en Singapur en diciembre de 1996, los

    Ministros adoptaron la Declaracin Ministerial de Singapur (WT/MIN(96)/DEC) por la que reforzaban su

    compromiso de respetar las normas de la OMC en sus relaciones comerciales.

    Los Ministros decidieron iniciar conversaciones exploratorias en cuatro esferas que posteriormente pasaron a

    denominarse "los temas de Singapur":

    comercio e inversiones;

    comercio y poltica de competencia;

    facilitacin del comercio; y

    transparencia de la contratacin pblica.

    Los Ministros adoptaron tambin un Plan de Accin amplio e integrado de la OMC para los pases menos

    adelantados (PMA), que se convirti en la base de un esfuerzo coordinado por facilitar la integracin de los PMA

    en la economa mundial. Ese Plan de Accin vino seguido de una Reunin de Alto Nivel organizada por la OMC

    en colaboracin con la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD), el Centro de

    Comercio Internacional (ITC), el Banco Mundial, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD)

    y el FMI, que se celebr en 1997 y condujo al establecimiento del Marco Integrado mejorado.

    Varios Miembros adoptaron adems un instrumento plurilateral, la Declaracin Ministerial sobre el Comercio de

    Productos de Tecnologa de la Informacin (denominada posteriormente la iniciativa del ATI - WT/MIN(96)/16),

    cuyo objetivo era la expansin del comercio de productos de tecnologa de la informacin. En virtud de ese

    instrumento, las partes han adoptado decisiones unilaterales encaminadas a mejorar (sobre una base NMF) las

    condiciones de acceso a los mercados para dichos productos.

    V.A.2. CONFERENCIA MINISTERIAL DE GINEBRA - MAYO DE 1998/

    SEGUNDO PERODO DE SESIONES/SUIZA

    En la Segunda Conferencia Ministerial de la OMC, celebrada en Ginebra en mayo de 1998, los Ministros

    adoptaron una Declaracin Ministerial (WT/MIN(98)/DEC) en la que se subrayaba la importancia del sistema

    multilateral de comercio basado en normas; celebraron el cincuentenario del GATT y reafirmaron los

    compromisos y evaluaciones hechos en Singapur.

    Los Ministros tambin adoptaron una Declaracin sobre el Comercio Electrnico Mundial (WT/MIN(98)/DEC/2),

    que dio inicio a los debates sobre un programa de trabajo global destinado a examinar todas las cuestiones

    relacionadas con el comercio en esa esfera. Asimismo, los Ministros se comprometieron a mantener la prctica

    de no imponer derechos de aduana sobre las transacciones electrnicas.

    http://www.wto.org/spanish/thewto_s/minist_s/min96_s/wtodec_s.htmhttp://www.wto.org/spanish/tratop_s/devel_s/teccop_s/if_s.htmhttp://www.wto.org/spanish/thewto_s/minist_s/min96_s/16.dochttp://www.wto.org/spanish/thewto_s/minist_s/min96_s/16.dochttp://www.wto.org/spanish/thewto_s/minist_s/min98_s/mindec_s.htmhttp://www.wto.org/spanish/thewto_s/minist_s/min98_s/ecom_s.htm
  • 17

    V.A.3. CONFERENCIA MINISTERIAL DE SEATTLE - NOVIEMBRE-

    DICIEMBRE DE 1999/TERCER PERODO DE SESIONES/ESTADOS

    UNIDOS DE AMRICA

    En la Tercera Conferencia Ministerial de la OMC, celebrada en Seattle en diciembre de 1999, los Ministros no

    llegaron a un acuerdo para adoptar una decisin o una declaracin.

    V.A.4. CONFERENCIA MINISTERIAL DE DOHA - NOVIEMBRE DE 2001/

    CUARTO PERODO DE SESIONES/QATAR

    En la Cuarta Conferencia Ministerial, celebrada en Doha en noviembre de 2001, los Ministros convinieron en

    iniciar nuevas negociaciones y trabajar sobre otras cuestiones, en particular sobre la aplicacin de los actuales

    Acuerdos de la OMC. Asimismo, adoptaron una Declaracin Ministerial (WT/MIN(01)/DEC/1: ''Declaracin de

    Doha'') que puso en marcha el "Programa de Doha para el Desarrollo" (PDD), y que contienen un programa de

    trabajo en el que se enumeran 21 temas de negociacin. Todos estos temas de negociacin forman parte de

    un "todo nico", que en la prctica significa que "nada est acordado hasta que est acordado todo" (tal como

    se explica en la seccin V.H.2.1). En la actualidad, las negociaciones se celebran en el marco del Comit de

    Negociaciones Comerciales y sus rganos subsidiarios. Las dems actividades previstas en el programa de

    trabajo se llevan a cabo en otros consejos y comits de la OMC.

    a. PRINCIPAQLES CUESTIONES COMPRENDIDAS EN LA DECLARACIN DE DOHA

    1. PROGRAMA INCORPORADO Y NUEVAS CUESTIONES

    En el programa de trabajo que figura en la Declaracin Ministerial de Doha figuran los temas siguientes:

    cuestiones y preocupaciones relativas a la aplicacin (prrafo 12);

    agricultura (prrafos 13 y 14);

    servicios (prrafo 15);

    acceso a los mercados para los productos no agrcolas (AMNA) (prrafo 16);

    aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio (prrafos 17 a 19);

    relacin entre comercio e inversiones (prrafos 20 a 22, uno de los temas de Singapur);

    interaccin entre comercio y poltica de competencia (prrafos 23 a 25, uno de los temas de Singapur);

    transparencia de la contratacin pblica (prrafo 26, uno de los temas de Singapur);

    facilitacin del comercio (prrafo 27; uno de los temas de Singapur);

    normas de la OMC: medidas antidumping, subvenciones y medidas compensatorias, y acuerdos

    comerciales regionales (ACR) (prrafos 28 y 29);

    Entendimiento sobre Solucin de Diferencias (ESD) (prrafo 30);

    comercio y medio ambiente (prrafos 31 a 33);

    comercio electrnico (prrafo 34); y

    http://www.wto.org/spanish/thewto_s/minist_s/min01_s/min01_s.htmhttp://www.wto.org/spanish/thewto_s/minist_s/min01_s/mindecl_s.htmhttp://www.wto.org/spanish/tratop_s/dda_s/dda_s.htm
  • 18

    otras cuestiones (pequeas economas (prrafo 35); comercio, deuda y finanzas (prrafo 36);

    comercio y transferencia de tecnologa (prrafo 37); asistencia tcnica y creacin de capacidad

    (prrafo 38); PMA (prrafos 42 y 43); trato especial y diferenciado (prrafo 44).

    2. PASES EN DESARROLLO

    Los Ministros destacaron la importancia de asegurar que los pases en desarrollo, y especialmente los menos

    adelantados, obtuviesen una parte del incremento del comercio internacional que correspondiese a las

    necesidades de su desarrollo econmico (prrafos 2 y 3). Para alcanzar ese objetivo, en la Declaracin de

    Doha se establecieron varios mandatos, entre ellos los siguientes:

    examinar la relacin existente entre el comercio y la transferencia de tecnologa para incrementar las

    corrientes de tecnologa hacia los pases en desarrollo (prrafo 37);

    asegurar que los programas de asistencia tcnica y creacin de capacidad de la OMC estn

    encaminados a ayudar a los pases en desarrollo y menos adelantados, as como a los pases en

    transicin de ingreso bajo, a ajustarse a las normas de la OMC (prrafos 38 a 41);

    comprometerse con el objetivo del acceso a los mercados libre de derechos y de contingentes para los

    productos originarios de los PMA y considerar medidas adicionales para obtener mejoras progresivas en

    el acceso a los mercados para los PMA (prrafos 42 y 43);

    examinar todas las disposiciones sobre trato especial y diferenciado que confieren derechos especiales

    a los pases en desarrollo con miras a reforzarlas y hacerlas ms precisas (prrafo 44).

    3. CUESTIONES Y PREOCUPACIONES RELATIVAS A LA APLICACIN

    Los Ministros aprobaron una Decisin relativa a las dificultades a las que se enfrentan en particular los pases

    en desarrollo Miembros en lo que respecta a la aplicacin de diversas disposiciones de los Acuerdos de la OMC.

    En Doha, los Ministros convinieron en adoptar unas 50 decisiones para aclarar las obligaciones de los pases en

    desarrollo Miembros con respecto a cuestiones tales como la agricultura, las subvenciones, los obstculos

    tcnicos al comercio (OTC), las medidas en materia de inversiones relacionadas con el comercio (MIC) y las

    normas de origen. Esas cuestiones y preocupaciones relativas a la aplicacin se enumeran en el prrafo 12 de

    la propia Declaracin de Doha, en una decisin ministerial separada ("Decisin sobre las cuestiones y

    preocupaciones relativas a la aplicacin" (WT/MIN(01)/17)), y una "Recapitulacin de cuestiones pendientes

    relativas a la aplicacin planteadas por los Miembros" (JOB(01)/152/Rev.1).

    En la Declaracin, los Ministros establecieron un enfoque de dos vas: las cuestiones con respecto a las cuales

    se estableci en la Declaracin un mandato de negociacin convenido se trataran con arreglo a ese mandato;

    las cuestiones relativas a la aplicacin sobre las que no se estableci un mandato de negociacin seran

    tratadas "con carcter prioritario" por los consejos y comits pertinentes de la OMC.

    b. DECLARACIN RELATIVA AL ACUERDO SOBRE LOS ADPIC Y LA SALUD PBLICA

    Los Ministros recalcaron la importancia de que el Acuerdo sobre los ADPIC se aplique e interprete de manera

    que apoye la salud pblica (prrafo 17). A este respecto, adoptaron una "Declaracin relativa al Acuerdo sobre

    los ADPIC y la Salud Pblica" (WT/MIN(01)/DEC/2), en la que aclararon la relacin entre la necesidad de

    proteger los derechos de propiedad intelectual y el derecho de los gobiernos a proteger la salud pblica. Los

    http://www.wto.org/spanish/thewto_s/minist_s/min01_s/mindecl_implementation_s.htmhttp://www.wto.org/spanish/thewto_s/minist_s/min01_s/mindecl_implementation_s.htmhttp://www.wto.org/spanish/thewto_s/minist_s/min01_s/mindecl_trips_s.htmhttp://www.wto.org/spanish/thewto_s/minist_s/min01_s/mindecl_trips_s.htm
  • 19

    Ministros convinieron en que el Acuerdo sobre los ADPIC no impide ni deber impedir que los Miembros

    adopten medidas para proteger la salud pblica.

    En la Declaracin se insta al Consejo de los ADPIC a que encuentre una solucin a los problemas con que

    podran tropezar los pases para hacer uso de las licencias obligatorias cuyas capacidades de fabricacin en el

    sector farmacutico son pocas o inexistentes (esa solucin se encontr en agosto de 2003; vase el Mdulo 7

    - Acuerdo sobre los ADPIC). Asimismo, en la Declaracin se prorroga hasta el 1 de enero de 2016 el plazo de

    que disponen los pases menos adelantados para aplicar las disposiciones relativas a las patentes de productos

    farmacuticos.

    c. DECISIONES SOBRE EXENCIONES

    Los Ministros adoptaron asimismo una Decisin de exencin relativa al Acuerdo de Asociacin ACP-UE que

    permiti a la Unin Europea seguir concediendo acceso preferencial a los mercados para los productos

    procedentes de los pases ACP (frica, Caribe y Pacfico) hasta el 31 de diciembre de 2007 (WT/MIN(01)/15).

    Se adopt tambin otra exencin que permita a las UE asignar un contingente arancelario separado de

    750.000 toneladas para los bananos de origen ACP hasta el 31 de diciembre de 2005 (WT/MIN(01)/16). En la

    seccin V.F.2 (adopcin de decisiones en la OMC) se facilita una breve explicacin de lo que es una "exencin".

    Se adoptaron varias decisiones ms en el cuarto perodo de sesiones de la Conferencia Ministerial.

    V.A.5. CONFERENCIA MINISTERIAL DE CANCN - SEPTIEMBRE DE 2003/

    QUINTO PERODO DE SESIONES/MXICO

    La principal tarea de la Quinta Conferencia Ministerial, celebrada en Cancn (Mxico) en septiembre de 2003,

    fue hacer balance de los progresos realizados en las negociaciones del PDD. Los Ministros adoptaron una

    comunicacin en la que reafirmaron el compromiso de completar las negociaciones previstas en el PDD. Sin

    embargo, no pudieron llegar a un consenso sobre la forma de continuar las negociaciones en esferas clave

    como la agricultura y el AMNA. Tampoco se convino en los esquemas de acuerdos, conocidos como

    "modalidades" para los temas de Singapur (el trmino "modalidades" se explica ms adelante, en la parte V.G.

    "Negociaciones en curso: el Programa de Doha para el Desarrollo").

    Despus de que la Conferencia Ministerial de Cancn concluyera en un punto muerto, los Miembros de la OMC

    en Ginebra comenzaron a tratar de encauzar de nuevo las negociaciones y el resto del programa de trabajo.

    Los trabajos se intensificaron en el primer semestre de 2004, si bien no se observaron verdaderos progresos

    en relacin con la agricultura y los temas de Singapur hasta el 1 de agosto de 2004, fecha en la que el

    Consejo General adopt un conjunto de decisiones (denominado a veces "Paquete de julio de 2004" -

    WT/L/579) en el que se retiraron de la mesa de negociacin todos los temas de Singapur, excepto la

    facilitacin del comercio. Los Miembros reafirmaron las Declaraciones y Decisiones Ministeriales adoptadas en

    Doha y el pleno compromiso de ponerlas ntegramente en prctica, y acordaron un marco para centrar las

    negociaciones y situarlas en un nuevo nivel.

    http://www.wto.org/spanish/thewto_s/minist_s/min01_s/mindecl_acp_ec_agre_s.htmhttp://www.wto.org/spanish/thewto_s/minist_s/min01_s/min01_s.htmhttp://www.wto.org/spanish/thewto_s/minist_s/min03_s/min03_s.htmhttp://www.wto.org/spanish/tratop_s/dda_s/dda_package_july04_s.htm
  • 20

    V.A.6. CONFERENCIA MINISTERIAL DE HONG KONG - DICIEMBRE DE

    2005/SEXTO PERODO DE SESIONES/HONG KONG - CHINA

    La Sexta Conferencia Ministerial se celebr en Hong Kong, China en diciembre de 2005. La principal tarea de

    los Miembros en Hong Kong consisti en resolver diversas cuestiones con objeto de dar forma al acuerdo final

    del Programa de Doha para el Desarrollo, iniciado en 2001.

    La Conferencia culmin con la adopcin de una Declaracin Ministerial (WT/MIN(05)/DEC) en la que se

    reafirmaron las Declaraciones y Decisiones Ministeriales adoptadas en Doha y la Decisin del Consejo General

    del 1 de agosto de 2004 o "Paquete de julio de 2004".

    En la Declaracin Ministerial de Hong Kong se realizaron progresos en relacin con varias cuestiones, entre

    ellas las siguientes:

    la eliminacin de todas las subvenciones a la exportacin en la agricultura a fines de 2013;

    un acuerdo sobre el acceso libre de derechos y de contingentes a los mercados de los pases

    desarrollados para las exportaciones de algodn de los PMA;

    la obligacin