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Del verbo al bit Universidad de La Laguna, 2017 ISBN-13: 978-84-16458-76-9 / D.L.: TF-76-2017 / DOI: 10.4185/cac116edicion2 Página | 1383 Libro colectivo enlínea: http://www.revistalatinacs.org/16SLCS/libro-colectivo-edicion-2.html La Radio Comunitaria y su legislación en la Comunidad Andina Community Radio and its legislation in the Andean Community Viviana Noemí Galarza Ligña Pontificia Universidad Católica del Ecuador Sede Ibarra [email protected] Ana Magali Culqui Medina Pontificia Universidad Católica del Ecuador Sede Ibarra [email protected] Abstract: La Radio Comunitaria nace como un medio para generar participación y democratizar el uso de la palabra, siendo un instrumento que permite dinamizar la comunicación dentro de un grupo determinado y también desde el grupo hacia la sociedad externa, lo cual hace que forme parte del cúmulo de medios que se transmiten a través del espectro radioeléctrico regulado por el Estado. Esta investigación pretende realizar un análisis comparativo de las leyes y reglamentos que rigen a las radios comunitarias en los países de Colombia, Ecuador, Bolivia y Perú, con un breve recorrido histórico que permita visualizar la evolución de las normas y reglamentos que se han aplicado a estos medios específicamente. Todo esto, con el fin de determinar en primer lugar las definiciones que determinan la tipología del medio en cada país, así como los requerimientos e incuso limitaciones que se establezcan para la gestión de las radios comunitarias. Keywords: radiodifusión, ley de comunicación, radio comunitaria, medios de comunicación, comunidad andina, comunidad.

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Del verbo al bit Universidad de La Laguna, 2017

ISBN-13: 978-84-16458-76-9 / D.L.: TF-76-2017 / DOI: 10.4185/cac116edicion2 Página | 1383

Libro colectivo enlínea: http://www.revistalatinacs.org/16SLCS/libro-colectivo-edicion-2.html

La Radio Comunitaria y su legislación en la Comunidad Andina

Community Radio and its legislation in the Andean Community

Viviana Noemí Galarza Ligña – Pontificia Universidad Católica del Ecuador

Sede Ibarra – [email protected]

Ana Magali Culqui Medina – Pontificia Universidad Católica del Ecuador Sede

Ibarra – [email protected]

Abstract: La Radio Comunitaria nace como un medio para generar participación

y democratizar el uso de la palabra, siendo un instrumento que permite dinamizar

la comunicación dentro de un grupo determinado y también desde el grupo hacia

la sociedad externa, lo cual hace que forme parte del cúmulo de medios que se

transmiten a través del espectro radioeléctrico regulado por el Estado. Esta

investigación pretende realizar un análisis comparativo de las leyes y

reglamentos que rigen a las radios comunitarias en los países de Colombia,

Ecuador, Bolivia y Perú, con un breve recorrido histórico que permita visualizar

la evolución de las normas y reglamentos que se han aplicado a estos medios

específicamente. Todo esto, con el fin de determinar en primer lugar las

definiciones que determinan la tipología del medio en cada país, así como los

requerimientos e incuso limitaciones que se establezcan para la gestión de las

radios comunitarias.

Keywords: radiodifusión, ley de comunicación, radio comunitaria, medios de

comunicación, comunidad andina, comunidad.

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ISBN-13: 978-84-16458-76-9 / D.L.: TF-76-2017 / DOI: 10.4185/cac116edicion2 Página | 1384

Libro colectivo enlínea: http://www.revistalatinacs.org/16SLCS/libro-colectivo-edicion-2.html

1. La radio enmarcada en la comunicación comunitaria

La participación y la democratización de la palabra son la base fundamental de

la Radio Comunitaria, siendo un instrumento que permite dinamizar la

comunicación dentro de un grupo determinado y también desde el grupo hacia

la sociedad global.

Antonio Gramsci, intelectual italiano, ejerció el periodismo en su lucha contra el

capitalismo, lo cual le costaría varios años de prisión, donde escribió su obra

magistral “Cuadernos de la Cárcel” (Moraes, 2013), quien realiza una crítica s la

hegemonía y el papel persuasivo de los medios de comunicación, afirmando que

los consensos sociales deben ser procesos abiertos y dinámicos que se pueden

moldear desde distintas posiciones del poder y propone la democratización de

la palabra, pues derriba a la comunicación vertical, para proponer un diálogo que

incluya a todos los sectores de la sociedad, como una comunicación alternativa,

en la que la prensa tenía una gran parte de responsabilidad (Barranquero y Sáez,

2011).

Mientras por su parte Paulo Freire, educador, rompe con la visión de que los

medios alternativos sean simplemente para la comunicación especializada de

élite, es decir para difundir y tratar las competencias profesionales y propone

que el pueblo se transforme en el creador y ente activo en los contenidos de la

comunicación, de acuerdo a su capacidad de generar lenguaje, conocimiento y

acción; de esta manera los profesionales en el área pasan a ser facilitadores de

los procesos cuya misión es la de promocionar y articular la participación de cada

comunidad (Freire, 1969).

La comunicación radial como definición básica, es un tipo de comunicación que

se refiera a la interacción entre emisor y receptor mediada a través del medio

radiofónico. La radio comunitaria es la base del análisis realizado, se presentan

varias definiciones desde distintos polos del conocimiento y la praxis, resaltando

los aspectos más trascendentales de cada uno de ellos.

Desde el ámbito anglosajón, Kevin Howley (2002) conceptualiza las radios

comunitarias desde la premisa que son iniciativas que nacen en la propia

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comunidad, como una forma de contrarrestar a los medios de comunicación

dominantes y crear radios que satisfagan las necesidades de libertad de

expresión y democracia participativa. De acuerdo a Howley, estas comunidades

pueden definirse tanto geográficamente como en términos de raza, etnia,

género, preferencia sexual o la combinación de estos elementos.

“Cuando una radio promueve la participación de los ciudadanos y defiende sus

intereses; cuando responde a los gustos de la mayoría y hace del buen humor y

la esperanza su primera propuesta; cuando informa verazmente, cuando ayuda

a resolver los mil y un problemas de la vida cotidiana; cuando en sus programas

se debaten todas las ideas y se respetan todas las opiniones; cuando se estimula

la diversidad cultural y no la homogeneización mercantil, cuando la mujer

protagoniza la comunicación y no es una simple voz decorativa o un reclamo

publicitario; cuando no se tolera ninguna dictadura, ni siquiera la musical

impuesta por las disqueras; cuando la palabra de todos vuela sin

discriminaciones ni censuras, esa es una radio comunitaria”. (López, 2009)

El análisis de la radio comunitaria debe contemplar el entorno social y político en

el que se desenvuelve. El rasgo característico de esta modalidad radiofónica es

la naturaleza participativa de las relaciones existentes entre ésta y la comunidad.

La radio comunitaria apunta no solo a participar en la vida comunitaria, sino

también a permitir que la comunidad participe a su vez en la vida de la estación.

2. La práctica antecede a la legislación

Según la Asociación Mundial de Radios Comunitarias. "las radios reciben

nombres distintos en cada país: 'libres ‘en Brasil, 'truchas' en Argentina,

'participativas' en Nicaragua, 'populares' en Ecuador, 'comunales' en El Salvador,

'indigenistas' en México: cambia el traje, pero no el monje. En esta línea el

objetivo de todas estas experiencias es el mismo: mejorar el mundo en que

vivimos.

En América Latina, las primeras radios comunitarias comenzaron a surgir a

mediados de los años 80. El escenario fue la apertura democrática que se dio

en los dos países más golpeados por la dictadura militar: Argentina y Chile. En

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Argentina el 'boom' de unas 2500 radioemisoras 'truchas' fue realmente un

fenómeno histórico. A partir de los años 90, las radios comunitarias comienzan

a proliferar en toda América Latina. Solamente en República Dominicana no se

hace mención de ese tipo de emisoras.

En el mundo existen numerosos proyectos de radio comunitaria que han

cristalizado en éxitos. En África el medio radiofónico es, sin lugar a dudas, el más

importante. El analfabetismo y los problemas de distribución hacen que los

periódicos estén solo al alcance de una minoría de la población.

En los últimos años muchos países africanos han experimentado algunos

notables cambios políticos con cierta apertura en materia de comunicación y está

tomando forma algún que otro experimento de radio comunitaria. Beatriz Marín

García, a partir de un estudio de caso de seis emisoras de radio comunitaria en

Mozambique, ha constatado que la radio ha servido como “nexo unificador,

consultivo y resolutivo de conflictos” en la comunidad. (Marín, 2013)

En Europa las emisoras comunitarias, que reciben más propiamente el término

de “asociativas” se encuentran en los países miembros de la UE, especialmente

en Francia, Holanda, Italia, Reino Unido, Dinamarca, España, Alemania y 84

Suecia. (PortalComunicación, 2014)

Los medios asociativos o comunitarios radiofónicos saltaron a Europa Occidental

en los años 60 y 70 con la intención de ofrecer contenidos alternativos en

contraste con los canales públicos de radiodifusión que tenían que seguir normas

estrictas sobre contenidos fijados por el Estado.

La radio comunitaria en EE. UU se inició en 1946 con el establecimiento de una

organización pacifista denominada la Fundación Pacífica. Lewis Kimball Hall

creó la fundación y con esta comenzó a transmitir en 1949 en Berkeley

(California) una emisora radial auspiciada por los oyentes (Trufelman, 1979).

En Canadá es de gran importancia Daniel Lavoie, uno de los pioneros

francófonos de la radio comunitaria en Québec que impulsó la radio intercultural

“Centre- Ville” (Foy, 2002).

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Lo que tienen en común estas radios es que nacieron de la ilegalidad, porque no

existían leyes que las ampare ni las regule.

3. La importancia de la legislación para la sostenibilidad de las radios

comunitarias.

Era muy necesario en la región Andina que exista un cuerpo legal que apoye a

los medios comunitarios que por años han sido relegados del contexto nacional

e internacional, sobre todo que fomente la creación de otros que vendrán a

constituir la representación de todos aquellos sectores que manifiestan las

diversidades de los pueblos. La región Andina está compuesta por países

multiculturales y pluriétnicos.

Mattelart, ya lo pronunciaba “En América Latina, los movimientos sociales han

tomado conciencia de la importancia de democratizar los medios de

comunicación”. En opinión del sociólogo belga, los gobiernos progresistas de la

región han facilitado un nuevo proceso comunicacional, permitiendo que la

tenencia de los medios no sea un manejo exclusivo de empresarios. “Yo creo

que los pueblos deben ejercer el derecho que tienen a la comunicación y exigir

su participación en la creación de otra comunicación. Los debates que hay en

América Latina, y que ya hubo en Ecuador, Bolivia y Venezuela, ponen en el

centro de la problemática sobre la democratización de los medios, el tema de la

participación”.

La legislación de las radios comunitarias ha permitido la validación y aceptación

legal como medio de comunicación; sin embargo, algunas han desaparecido

debido a los altos estándares y normas exigidas por cada gobierno. En el libro

“Estándares libertad de expresión y radiodifusión” de la Comisión Interamericana

de Derechos Humanos” afirma que la regulación sobre radiodifusión, en tanto

puede implicar una limitación al ejercicio del derecho a la libertad de expresión,

debe estar establecida en forma previa y de manera expresa, taxativa, precisa y

clara en una ley, tanto en el sentido formal como material

Según la CIDH y la Relatoría Especial han reconocido que los medios

de comunicación comunitarios cumplen en la región interamericana

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una función fundamental para el ejercicio de distintos sectores de la

sociedad a la libertad de expresión y al acceso a la información. En

dichos pronunciamientos han establecido que resulta necesario que

los Estados los reconozcan legalmente y que se contemplen reservas

de espectro para este tipo de medios” (Comisión Interamericana de

Derechos Humanos, 2010).

La “Declaración Conjunta sobre diversidad en la radiodifusión”, los

relatores para la libertad de expresión de la ONU, la OEA, la OSCE y

la Comisión Africana destacaron que, “[l]a radiodifusión comunitaria

debe estar expresamente reconocida en la ley como una forma

diferenciada de medios de comunicación”. La legislación debería

definir apropiadamente el concepto de medio de comunicación

comunitario, incluyendo su finalidad social y no comercial, y su

independencia operativa y financiera del estado y de intereses

económicos” (Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 2010)

Así, la legislación puede convertirse en una puerta de entrada para que un mayor

número de grupos sociales debidamente fortalecidos accedan a crear medios de

comunicación diferentes que traspasen los límites del mercantilismo para lograr

la verdadera democratización de la palabra y el desarrollo local desde la gente y

para la gente, objetivo último de esta forma de comunicación.

El problema se plantea cuando las leyes no comprenden las implicaciones y

características propias de un medio comunitario y lo minimizan como una caridad

del estado hacia los sectores rurales o, por otra parte, se imponen requisitos o

procesos que parecen desconocer la realidad de las organizaciones que son

propietarias de estos medios y que están buscando formas alternativas de

comunicar sus opiniones y propuestas para conseguir el beneficio colectivo.

De esta manera, la presente investigación se basa en la observación directa de

los cuerpos legales que rigen a los medios comunitarios en la Comunidad Andina

(Colombia, Ecuador, Bolivia y Perú) para establecer el desarrollo de los mismos

y comparar las visiones que se perciben de las leyes y reglamentos en los que

se enmarcan estas radios alternativas.

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4. Muestra y metodología

Para esta investigación se toma como muestra las Leyes de comunicación de

los países que conforman la Comunidad Andina de Naciones como son:

Colombia, Ecuador, Bolivia y Perú, por sus similitudes e integración. Se plantea

entonces, la recopilación histórica de las leyes de comunicación que han regido

a los países de ña Comunidad Andina. A partir de ello se realiza un análisis

descriptivo de la conceptualización y características de la radiodifusión

comunitaria, así como, los requisitos que se han dispuesto para la legalización

de estos medios.

Todo esto con el fin de exponer la transformación de las leyes y comparar la

legislación de los países de la región seleccionada.

5. Resultados

Como se ha planteado en las líneas anteriores, en este apartado se expondrán

los cuerpos legales que norman a la Comunicación en los países de área andina

identificando lo conceptos dados a la radiodifusión comunitaria y las reglas de

juego impuestas a estos medios.

5.1. Legislaciones históricas de comunicación en los países del área

andina

Si bien el derecho a la comunicación está consagrado en la Declaración

Universal de los Derechos Humanos (1940) así como el acceso a medios de

información, la legislación propia de cada país no siempre abrió las puertas a la

creación de estos medios.

De esta manera, y con el fin de observar la transformación de las leyes en los

países de estudio, se realizó una búsqueda histórica de los documentos legales

que tuvieron el objetivo de organizar y controlar a los medios de comunicación.

Estos serán presentados por países para entender la individualidad de cada uno.

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5.1.1. Colombia

Hernando Téllez en su libro “50 años de la Radiodifusión Colombiana” (1974)

revive la historia de la legislación radiofónica en este país, hablando de un

proyecto que el Ministerio de Correos y Telégrafos pasaría ante el Congreso para

volver pública toda la radio en 1936. Sin embargo, las emisoras de Medellín y

Antioquia, elevaron su protesta a través de la primera emisión en cadena, frente

a lo que ellos veían como un intento de monopolio estatal. Estas acciones

mostraron el poder de la radio y lograron que el proyecto no llegara ni siquiera a

discutirse.

Frente a esto el gobierno, en diciembre de 1936, decidió dictar la ley 198 sobre

Telecomunicaciones que reglamentaba la radiodifusión comercial y pública,

misma que estuvo vigente hasta 1948. Esta fue la primera ley que reguló los

contenidos de las radios de Colombia, prohibiendo los que estuvieran en contra

de los valores morales establecidos o que atentarán contra la seguridad

nacional.

En 1945 el gobierno implementa la Empresa Nacional de Radiodifusión, para

manejar los servicios de telégrafos y correos, lo cual le brinda un amplio control

sobre estos servicios.

En 1946 una reforma a la Ley incluso prohibió que las radiodifusoras informaran

las noticias relacionadas con disturbios públicos, como las huelgas de

trabajadores.

El “Bogotazo”1, como un hecho que sacudió a los colombianos, fue el escenario

perfecto para el Gobierno aprovechara para instaurar una serie de reformas para

quitarle poder de convocatoria a emisoras privadas y asignar frecuencias

radiales a grandes empresarios afines al partido conservador a través del

Decreto 1787 del 31 de mayo de 1948 que imponía altos niveles de censura para

los medios radiofónicos.

1 El Bogotazo sucedido el 9 de abril de 1948, fueron hechos violentos por parte de la población de Bogotá sucedidos debido a la muerte de José Eliecer Gaitán político, escritor y jurista colombiano, muy cercano a los sectores populares de Colombia

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Esta ley además trajo consigo varios requisitos que limitaron la creación de

nuevas emisoras, impidiendo sobretodo que los grupos minoritarios tuvieran

acceso a la radio (Téllez, 1974). Esto marca el origen de las dos cadenas más

grandes que mantienen el control de la radiodifusión: RCN y CARACOL.

La normativa impuesta, trae consigo la implementación de un Código de Ética

Radial que provoca el cierre de muchas radioemisoras colombianas.

En 1954, el gobierno decide ampliar esta normativa a todos los servicios de

telecomunicaciones bajo el decreto 242712 que señala que las estaciones

aficionadas y los radioaficionados ya no podrían funcionar sin permisos

especiales. Además, dice que todas las estaciones deberán tener el carácter de

emisoras culturales, pero no se define adecuadamente lo que implica el carácter

cultural.

Una serie de reformas, decretos y reglamento siguieron a las leyes, hasta el 30

de julio de 2009, cuando el Presidente Álvaro Uribe, instauró la Ley 1341, de las

Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, mismas que

constituyen adelanto en profundización de la política pública de liberalización,

privatización y desnacionalización de las telecomunicaciones en Colombia, se

adecua a los requerimientos del mercado libre y a la internacionalización de la

economía

5.1.2. Bolivia

En el caso boliviano, las radios de tipo social han ocupado gran parte del

protagonismo en el país como es el caso de las Radio Mineras de Bolivia como

referente internacional del poder de reivindicación de la Radio.

No obstante, en su historia legislativa, las radios también han debido pasar por

momento de censura e incomprensión. En 1925 el Estado boliviano expide una

serie de leyes que controlan la emisión y la recepción de los mensajes

radiofónicos. En este documento legal se define a la radio como un servicio de

interés o utilidad general para difundir observaciones meteorológicas,

cotizaciones minerales, conferencias de interés social o educativo, artículos

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literarios, conciertos musicales, noticias de prensa, artículos de propaganda

industrial, y todo cuanto puede tener carácter cultural, recreativo, moral o de

interés comercial.

Además, la normativa se otorga el derecho de incautar cualquier estación en

caso de alteración del orden público y por razones de defensa nacional, aparte

de imponer tasas a la posesión de aparatos receptores, lo cual resulta en la

disminución de los radioescuchas para mantener el control social.

Por otra parte, a Ley de Telecomunicaciones de 1971 y su Reglamento de 1980,

reconocen la existencia de varios tipos de emisoras como ser: comerciales,

sindicales, educativas, culturales y de frontera. En cambio, la Ley de

Telecomunicaciones 1632, implementada en septiembre de 1995, sólo reconoce

la existencia de dos tipos de emisoras: las públicas y las de carácter comercial,

debiendo otorgarse las frecuencias a través de Licitación Pública al mejor postor.

Esta ley resulta ocuparse casi totalmente de los aspectos técnicos de la

radiodifusión, la única referencia hacia el área comunicacional y social se

encuentra en el artículo 43, donde se trata sobre el sentido y razón de la

radiodifusión: “La radiodifusión que comprende la transmisión de sonido, video y

otros tipos, es un servicio de interés público que tiende a elevar el nivel cultural

y exaltar los valores nacionales…”.

La norma advierte sobre la responsabilidad de las emisoras de controlar que sus

informaciones sean auténticas y no dañen o alarmen a la población (Art. 62), y

se introduce la protección de los menores indicando que entre las 7:00 y 21:00

las transmisiones deben ser aptas para ellos, además que sus contenidos no

puedan perturbar el desarrollo normal y armónico de la niñez y juventud (Art. 63).

De esta manera, las emisoras sindicales estuvieron reconocidas legalmente

hasta septiembre de 1995 por las autoridades gubernamentales, en tanto que

las emisoras comunitarias, en gran porcentaje, no contaban con licencias de

funcionamiento legalizadas.

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En la actualidad rige la Ley General de Telecomunicaciones y TIC que procura

garantizar el acceso universal a los servicios de tecnología de información y

comunicación (los TIC), en especial, por medio de eximir a proveedores y

operadores rurales del pago de determinadas tasas y derechos. Esta ley también

fomenta el pluralismo al prohibir a los operadores y proveedores el llevar

adelante prácticas anticompetitivas. También exige la instalación de la

infraestructura que resulte necesaria para el desarrollo de las transmisiones en

la era digital, o lo que es lo mismo, la instalación de cables de fibra óptica.

Sin embargo, hay normas que no llegan a satisfacer las normas internacionales

para la protección de la libertad de expresión. La Ley Boliviana no garantiza la

autonomía e independencia institucionales de la autoridad regulatoria de las

tecnologías de información y comunicación. Además, no establece ninguna

norma que rija la estructura de la autoridad regulatoria, como su integración, el

nombramiento de sus miembros, la estabilidad en sus funciones y ante quién

debe responder. En tercer lugar, la ley no regula las disposiciones sobre

procesos para la concesión de licencias, que sean claros y precisos. Por último,

la ley otorga a las autoridades carta blanca para solicitar la cooperación de la

totalidad de los operadores y proveedores del servicio de telecomunicaciones en

situaciones de emergencia, mas sin disponer ninguna garantía contra medidas

de emergencia desproporcionadas.

5.1.3. Ecuador

En el Ecuador, como en el resto de países de la región, se han establecido leyes

y decretos para organizar la situación de los medios de comunicación en el país,

algunos de los cuales aún se encuentran vigentes.

El primer reglamento de radiodifusión fue el de instalaciones Radioeléctricas

privadas, publicado en el Registro Oficial 43 del 1º de diciembre de 1928, decreto

que hacía referencia a la regulación de la radiofonía y radiotelegrafía en el país.

Años después, al ser derrotado Carlos Arroyo del Río, su sucesor Velasco Ibarra

decretó el Registro Oficial N° 28 del 4 de julio de 1944, el cual señalaba: La libre

emisión del pensamiento por medio de la palabra, por escrito, por la prensa o

de cualquier otra manera, es una de las garantías fundamentales reconocidas a

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los individuos como miembros de la sociedad política en que viven y actúan; y

que la radio es uno de los modernos medios de difusión de las ideas y de la

divulgación de la ciencias, artes, etc.

En 1958 se creó la empresa de Radio y Telégrafos del Ecuador (Ertie) mediante

la unificación de la Dirección de Telégrafos y la empresa Radio Internacional de

Ecuador

Entre las normativas históricas y vigentes en el país se encuentran la Ley de

Ejercicio Profesional del Periodista promulgada en septiembre de 1975, la Ley

de Radiodifusión y Televisión expedida en abril de 1975, un Código de Ética del

Periodista Profesional vigente desde 1980 y el Decreto Presidencial de

noviembre de 1966, que garantiza el ejercicio profesional de los graduados en

Ciencias de la Información. De 1966 a 1981 se dictaron 12 normativas entre

decretos, reglamentos y acuerdos ministeriales, aparte de las varias

Constituciones Políticas, el Código Penal y la Ley de Seguridad Nacional que

fueron todos ellos la normativa complementaria que regula la labor de los

comunicadores sociales y de los medios de comunicación colectiva hasta estos

días (Bejarano; 2009).

La Ley de Radiodifusión y Televisión de 1975 se reformó por primera vez en

1992 y por segunda vez en 1995 durante el Gobierno de Sixto Durán Ballén. El

7 de noviembre del 2002, en el Gobierno de Gustavo Noboa, reforma nueva

mente la ley para que las estaciones de servicio público, dentro de las cuales

estaban las estaciones comunitarias, tengan los mismos requisitos, condiciones,

potestades, derechos y oportunidades que las estaciones comerciales.

Es así como en el 2013 llega una nueva Ley de Comunicación al Ecuador que,

pese a las innumerables críticas de autoritarismo y abuso, tiene interesantes

propuestas para el equilibrio de la comunicación en el país.

5.1.4. Perú.

La primera normativa emitida en el Perú en el área de las comunicaciones fue el

Reglamento General de Correos, Telégrafos y Teléfonos [1916] mismo que regía

los procesos de comunicación técnica.

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ISBN-13: 978-84-16458-76-9 / D.L.: TF-76-2017 / DOI: 10.4185/cac116edicion2 Página | 1395

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Cinco años más tarde el 19 de enero de 1921, el gobierno de Augusto B. Leguía

decretó, que los servicios de correo, telégrafos y similares (lo que incluía a la

radiotelefonía, que era como entonces se llamaba a la radiodifusión) constituían

un monopolio por lo que su manejo debería estar a cargo del Estado; pero, a la

vez el gobierno estableció un contrato con la Empresa Marconi para el manejo

total de las comunicaciones por 25 años.

En 1974 se crea la Empresa Nacional de Radiodifusión (ENRAD) del Perú que

operó con los Medios expropiados por el Gobierno de Velasco. En 1924 se crea

la Peruvian Broadcasting Company, con el objeto de “explotar el negocio de la

radiodifusión telefónica en toda la República del Perú”,

El 1 de octubre de 1930, la Junta Militar que se hizo del poder dispuso, mediante

resolución suprema, que el Ministerio de Gobierno asumiera directamente la

administración del servicio de radiodifusión,

En 1981 el organismo de control se reorganiza con el nombre de Empresa de

Cine, Radio y Televisión Peruana.

Para 1931 el Estado considera imponer su control sobre los contenidos de los

mensajes radiofónicos a través de la Ley de Imprenta 6961 que contempla la

posibilidad y sanción de delitos cometidos a través de la radio (Perla, 1995: 48-

49).

Con la importancia que había adquirido el medio radiofónico, en 1937 el Estado

emite el Reglamento de Radiodifusión que admitía el otorgamiento de licencias

a empresas privadas de radiodifusión comercial.

El 9 de noviembre de 1971, el general Aníbal Meza Cuadra, Ministro de

Transportes y Telecomunicaciones del Gobierno Militar de esa época emitió la

Ley General de Telecomunicaciones que estipulaba que el Estado debía tener

una participación no menor del 25% de las acciones de una empresa

comunicacional. Además, establecía que “una sola persona jurídica no puede

detentar más de una licencia para estaciones de radio y TV por departamento.

Y no puede poseer más de siete emisoras en todo el país”. Sobre la

programación se estableció que toda estación de radio estaría obligada a incluir

diariamente no menos de 60 % de programas producidos en el país, dando un

plazo de 3 años para adecuarse a la ley en este sentido”. Además, en 1974 el

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gobierno revolucionario de las Fuerzas Armadas crea el Sistema Nacional de

Información (SINADI) la cual controlaría la información difundida por los medios

de comunicación.

Fernando Belaunde Terry, Presidente del Perú, emite el 21 de noviembre de

1980, el Decreto Legislativo 03 mediante el cual las acciones expropiadas a las

empresas de prensa, radio y televisión son devueltas a sus antiguos dueños.

Además, el nuevo gobierno democrático otorgó mediante el “Decreto Legislativo

79 promulgado el 4 de mayo de 1981, facilidades y beneficios tributarios a las

empresas de radio y televisión expropiadas con la finalidad de que puedan

revitalizarse”. El 5 de abril de 1983 sale al aire canal 9 de la empresa Andina de

Radiodifusión S.A.

La Ley General de Telecomunicaciones creado inicialmente el 28 de abril de

1993, da inicio al proceso de liberalización del mercado de las

telecomunicaciones, dando la posibilidad de ingreso de nuevas tecnologías y

nuevas formas de comunicación, fomentaba la entrada de capital privado y

capital extranjero, crea un régimen especial y temporal en todo el territorio

nacional, prevé la creación de un organismo regulador del mercado y a la vez se

ve como encargado de asegurar la calidad y eficiencia del servicio de

telecomunicaciones.

A partir del año 2004, se implementa en el Perú la Ley de Radio y Televisión N°

28.278, que regula todos los servicios de telecomunicaciones y diseña la

institucionalidad que define las políticas públicas, administra el espectro

radioeléctrico y fiscaliza el cumplimiento de la legislación por parte de los

operadores. En el marco de esta ley las emisoras de radiodifusión sonora o por

televisión son consideradas servicios privados de interés público y reúnen a los

servicios de recepción abierta y gratuita. La legislación reconoce tres sectores:

la radiodifusión comercial con fines lucrativos, la radiodifusión educativa dentro

de la que se encuentran los medios públicos, y la radiodifusión comunitaria.

Para resumir el tema tratado se presenta una tabla con las Leyes de son parte

de este recuento histórico:

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PAÍS LEYES

COLOMBIA Ley 198 Telecomunicaciones: reglamentaba la radiodifusión

comercial y pública. (1936, vigente hasta 1948.)

En 1946 Reforma a la Ley, prohíbe que las radiodifusoras

informaran las noticias relacionadas con disturbios públicos.

Decreto 1787 del 31 de mayo de 1948 que imponía altos niveles

de censura para los medios radiofónicos

Código de ética radial que causa el cierre de muchos medios.

(1948)

Decreto 242712 para todos los medios de comunicación (1954)

Ley de radiodifusión 1995

Ley 1341, de las Tecnologías de la Información y las

Comunicaciones (2009)

BOLIVIA Leyes para controlar los mensajes radiofónicos (1925)

Ley de Telecomunicaciones de 1971 y Reglamento de 1980

Ley de Telecomunicaciones 1632, septiembre de 1995

Ley General de Telecomunicaciones y TIC (2011)

ECUADOR Reglamento de instalaciones Radioeléctricas privadas, publicado

en el Registro Oficial 43 del 1º de diciembre de 1928

Registro Oficial N° 28 del 4 de julio de 1944

Ley de Ejercicio Profesional del Periodista promulgada en

septiembre de 1975

Ley de Radiodifusión y Televisión expedida en abril de 1975

Código de Ética del Periodista Profesional 1980

Decreto Presidencial de noviembre de 1966, que garantiza el

ejercicio profesional de los graduados en Ciencias de la

Información.

Reformas a la ley de 1992 (1995 y 2002)

Ley Orgánica de Comunicación (2013)

Perú Reglamento General de Correos, Telégrafos y Teléfonos [1916]

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Decreto de autoridad sobre los servicios de correo, telégrafos y

similares 19 de enero de 1921,

1974 se crea la Empresa Nacional de Radiodifusión

1924 se crea la Peruvian Broadcasting Company

El 1 de octubre de 1930, la Junta Militar asume el poder

Ley de Imprenta 6961 (1931)

5.2. La radio comunitaria en la legislación de los países de la comunidad

Andina

En este subtema se expondrán los conceptos de radiodifusión en las normativas

de cada país, así como los requisitos que se solicitan para poder obtener una

frecuencia de este tipo.

5.2.1. Colombia

En Colombia la historia de la radio comunitaria nace y se desarrolla de la mano

de Radio Sutatenza que se vuelve un referente internacional y por ende un medio

respetado en el ámbito social del país. La legislación que resulta un aporte a la

radio comunitaria en este país se resume en la siguiente tabla:

• Constitución Nacional.

• Art. 20. Garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación. No habrá censura.

• Art. 75º. El espectro electromagnético es un bien público inajenable e imprescriptible sujeto a la gestión y control del Estado. Se garantiza la igualdad de oportunidades en el acceso a su uso en los términos que fije la ley.

BASE LEGAL

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•Decreto 1446 (1995):

• Art. 21 “el servicio comunitario de radiodifusión sonora, es un servicio público sin ánimo de lucro, considerado como una actividad de telecomunicaciones, a cargo del Estado, quien lo prestará en gestión indirecta a través de comunidades organizadas debidamente constituidas en Colombia”.

•Art. 22 “Debe estar orientado a difundir programas de interés social para los diferentes sectores de la comunidad, que propicien su desarrollo socioeconómico y cultural”,

•LEY TIC 2013

•Se considera radio comunitaria cuando la programación está orientada a generar espacios de expresión, información, educación, comunicación, promoción cultural, formación, debate y concertación que conduzcan al encuentro entre las diferentes identidades sociales y expresiones culturales de la comunidad, dentro de un ámbito de integración y solidaridad ciudadana y, en especial, a la promoción de la democracia, la participación y los derechos fundamentales de los colombianos que aseguren una convivencia pacífica

CONCEPTUALIZACIÓN Y FINES

•Decreto 1446 (1995):

•Artículo 23º.- De las Comunidades Organizadas. Las Comunidades Organizadas interesadas en prestar el servicio comunitario de radiodifusión sonora, deberán tener:

1.Personería Jurídica otorgada por autoridad competente.

2.Estatutos en donde conste de manera expresa como objetivo social, el desarrollo de la comunicación social como instrumento de desarrollo y participación comunitaria.

3.Domicilio en el municipio o distrito donde se pretende establecer la radio comunitaria.

•Artículo 24º.- Solicitud de la Concesión. Efectuada la convocatoria pública, los interesados deberán determinar claramente en sus solicitudes:

1.El municipio o distrito para el cual se solicita el servicio.

2.Si se requiere frecuencia de enlace entre estudios y el sistema de transmisión.

3.Ubicación y altura de la Antena.

4.Nombre de la comunidad organizada y documento que acredite su personería jurídica.

5.Número de miembros que integran la comunidad organizada y experiencia en trabajo comunitario.

6.Plan de programación que se pretende emitir.

7.Declaración en donde conste el compromiso de la comunidad organizada de cumplir con el correspondiente Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora.

8.Manifestar bajo juramento que se entenderá prestado con la sola presentación de la solicitud, que la comunidad organizada no está incursa en ningún causal de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición de orden constitucional o legal.

•Si la comunidad actúa a través de apoderado, éste deberá acreditar su calidad de tal, mediante poder debidamente otorgado ante autoridad competente.

•Ley TIC 2013

•Solicitud durante la convocatoria al concurso público

•Documentación para otorgamiento

1.Estudio técnico de conformidad con lo establecido en el correspondiente Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora.

2.Concepto favorable de la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil respecto a la ubicación y altura de la antena e iluminación y señalización de la torre.

3.Acta de constitución de la Junta de Programación.

•La comunidad organizada seleccionada deberá cancelar por concepto de la concesión, tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes, dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la notificación del acto administrativo de viabilidad.

REQUISITOS

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5.2.2. Bolivia

Bolivia, si bien es un referente en el uso de la radio para la reivindicación social

y la identidad cultural, la radio comunitaria de este país ha tenido que luchar

varios años para lograr el reconocimiento legal y apoyo por parte del Estado.

Esta lucha ha sido acompañada por la Asociación Mundial de Radios

Comunitarias AMARC, con lo cual se consiguió que, en el año 2004, luego de 2

años de acercamientos y reuniones, se promulgue el primer Decreto boliviano

que reconoce la legalidad de las radios comunitarias.

• Constitución Política del Estado: Artículos 1, 7, y 171,

• La Convención Americana sobre Derechos Humanos, ratificada por el Gobierno Nacional mediante la Ley Nº 1430 de 11 de febrero de 1993,

• El Decreto Supremo Nº 09740 de 2 de junio de 1971,

• Que el Artículo 41 de la Ley Nº 1632, establece los.

• Decreto Supremo Nº 24132 de 27 de septiembre de 1995, relacionadas con la educación y salud; así como, la simplificación de trámites para dichos fines.

BASE LEGAL

I. Decreto Supremo 2005

I. La Radiodifusión Comunitaria deberá prestar servicios de radiodifusión en los ámbitos rurales respectivos. Sus principios deben promover un carácter participativo, sentido no sectario, procurando el potenciamiento de las identidades culturales, el uso y fomento de las lenguas originarias y la oferta de contenidos social y culturalmente apropiados, como medio para lograr la comunicación libre y plural de los individuos.

CONCEPTUALIZACIÓN Y FINES

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5.2.3. Ecuador

En el Ecuador los medios comunitarios han sido reconocidos y estudiados desde

hace ya muchos años, pero no siempre han sido realmente comprendidos por

quienes hacen las leyes. A continuación, se presenta la conceptualización de

este medio de comunicación de acuerdo a las dos últimas leyes que han regido

a la comunicación en este país.

•Los medios de Radiodifusión Comunitaria para solicitar el reconocimiento previsto deberán presentar ante el Viceministerio de Telecomunicaciones los siguientes requisitos:

I.Legales

I.Solicitud suscrita por el representante legal de la Comunidad solicitante,

II.. La solicitud debe especificar la ubicación geográfica de la Comunidad de acuerdo a los datos del Instituto Nacional de Estadística - INE.

III.Declaración formal de adhesión a la normativa legal vigente y los principios para la Radiodifusión comunitaria.

IV.Acreditación de la condición de Comunitaria presentando la documentación del registro que otorgue personalidad jurídica de la comunidad.

V.Plan General de Trabajo que debe enmarcarse dentro de los principios y objetivos de la Radiodifusión Comunitaria.

II.Técnicos

I.Nombre, dirección y si corresponde teléfono, fax y casilla postal del solicitante.

II.Direcciones o ubicaciones descriptivas de las estaciones de transmisión fijas propuestas.

III.Frecuencias propuestas o bandas de frecuencia.

IV.Potencia nominal de los transmisores.

V.Altura sobre el terreno de las antenas transmisoras

VI.Area de servicio que se anticipa cubrir.

VII.Compromiso jurado de no interferir con emisoras de otras radios o canales establecidos y de producirse dicha eventualidad solucionar los problemas que emerjan.

VIII.Fecha prevista para instalación y puesta en servicio.

REQUISITOS

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•Constitución de la República

•Leyes internacionales

BASE LEGAL

•Ley de Radio y Televisión 1995

•Las estaciones comunitarias que nacen de una comunidad u organización indígena, afroecuatoriana, campesina o cualquier otra organización social, que su labor esté orientada al fortalecimiento de la comunidad, a la consolidación intercultural y social, a la defensa de los valores humanos, históricos, artísticos, que afiancen la identidad nacional y vigoricen la vigencia de los derechos humanos, pueden realizar autogestión para el mejoramiento, mantenimiento y operación de sus instalaciones, equipos y pago de personal a través de donaciones, mensajes pagados, y publicidad de productos comerciales.

•Las utilidades que se percibieren de la administración de estas emisoras deberán ser reinvertidas en ampliar los servicios, sistemas o equipos de las mismas, o en actividades propias de la comunidad que representan.

•LOC 2013

•“Los medios de comunicación comunitarios son aquellos cuya propiedad, administración y dirección corresponden a colectivos u organizaciones sociales sin fines de lucro, a comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades. Los medios de comunicación comunitarios no tienen fines de lucro y su rentabilidad es social.”(Art. 85)

CONCEPTUALIZACIÓN Y FINES

•LEY DE 1995

•Solicitud escrita dirigida al CONARTEL, en la que conste los nombres completos del solicitante y su nacionalidad;

•Nombre propuesto para la estación o sistema a instalarse;

•Clase de estación o sistema comercial privado, de servicio público o de servicio público comunal;

•Banda de frecuencias: de radiodifusión de onda media, onda corta, frecuencia modulada radiodifusión por satélite, radiodifusión circuito cerrado, televisión VHF o televisión UHF, televisión codificada, televisión por cable, de audio, video o datos, u otros medios, sistemas o servicios de conformidad con la Ley de Radiodifusión y Televisión y este Reglamento;

•Estudio de Ingeniería suscrito por un Ingeniero en Electrónica y Telecomunicaciones colegiado y registrado en la Superintendencia de Telecomunicaciones;

•Ubicación y potencia de la estación o estaciones;

•Horario de trabajo;

•Dos certificados bancarios que acrediten la solvencia económica del solicitante;

•Currículum vitae, para el caso de persona natural;

•Partida de nacimiento del solicitante y del cónyuge;

•Fotocopias de las cédulas de ciudadanía y certificado de votación de la persona natural o del representante legal de la persona jurídica; y,

•Declaración juramentada que el peticionario no se encuentre incurso en ninguna de las limitaciones establecidas en la Ley de Radiodifusión y Televisión en relación con el número de estaciones de las que puede ser concesionario.

•LOC 2013

•El solicitante deberá presentar: 1. El proyecto comunicacional, con determinación del nombre de medio, tipo de medio, objetivos, lugar de instalación, cobertura, propuesta de programación e impacto social que proyecta generar; 2. El plan de gestión y sostenibilidad; y, 3. El estudio técnico. Realizado el concurso, se remitirá al Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación los expedientes de hasta los 5 solicitantes mejor puntuados. El Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación volverá a revisar el plan de comunicación de cada uno de ellos y en base a su evaluación emitirá el informe vinculante para la adjudicación de la concesión, con el cual la Autoridad de Telecomunicaciones procederá a realizar los trámites administrativos para la correspondiente adjudicación.

REQUISITOS

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5.3.4. Perú

En Perú el desarrollo y reconocimiento de los medios comunitarios ha tenido muy

poco impacto, es en las leyes más recientes en las que se reconoce y caracteriza

a los medios de comunicación de servicio comunitario, en primera instancia por

haber sido un país con gobiernos neoliberales en su mayor parte y por otro por

la falta de iniciativas fuertes que llamen la atención hacia la comunicación social

y comunitaria. De esta manera se menciona los parámetros de este país en

cuanto a la legislación de la radio comunitaria

•Constitución de la República: accesos a la información y libertad de expresión

•Leyes Internacionales: Derecho Humanos, Comisión Interamericana de los Derechos Humanos

Base Legal

•Ley 2004

•Radiodifusión Comunitaria: Es aquella cuyas estaciones están ubicadas en comunidades campesinas, nativas e indígenas, áreas rurales o de preferente interés social. Su programación está destinada principalmente a fomentar la identidad y costumbres de la comunidad en la que se presta el servicio, fortaleciendo la integración nacional.

•Todos los titulares de servicios de radiodifusión pueden transmitir mensajes publicitarios.

•Artículo 10.- Régimen preferencialLos servicios de radiodifusión educativa y comunitaria, así como aquellos cuyas estaciones se ubiquen en zonas de frontera, rurales o de preferente interés social, calificadas como tales por el Ministerio, tienen un tratamiento preferencial establecido en el Reglamento.

•Artículo 67.- Régimen de pago reducidoLos titulares del servicio de radiodifusión educativa y de aquellas ubicadas en zonas fronterizas, calificadas como tales por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, abonarán hasta cincuenta por ciento (50%) del canon correspondiente al servicio de radiodifusión comercial.

•Artículo 99.- Contenido del Código de Ética

•Para servicios de Radiodifusión Comunitaria: Los principios, fines y mecanismos de autorregulación para el desarrollo de su programación, destinada principalmente a fomentar la identidad y costumbres de la comunidad en la que presta el servicio, fortaleciendo la integración nacional.

CONCEPTIUALIZACIÓN Y CARACTERÍSTICAS

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•Artículo 48º.-Requisitos de la solicitud.

•La solicitud de autorización deberá presentarse acompañando la siguiente documentación.

•1. Documentación legal:

•a) En el caso de personas naturales:

•Copia simple del documento de identidad.

•b) En caso de personas jurídicas:

•b.1. Ficha o Partida Registral, expedida por la Oficina de Registros Públicos respectiva, con una antigüedad no mayor de seis (6) meses a la fecha de presentación de la solicitud, donde conste la inscripción y el representante legal.

•En caso de Comunidades Nativas o Campesinas, copia del documento que las acredite como tales.

•b.2. Documento legal donde conste que el objeto o finalidad de la persona jurídica sea dedicarse a prestar el servicio de radiodifusión, o el acuerdo de realizar dicha prestación.

•b.3. Copia simple del documento de identidad del representante legal o del representante de la Comunidad

•Nativa o Campesina.

•b.4. Declaración jurada consignando la relación de los miembros.

•Adicionalmente, los solicitantes deberán adjuntar a su solicitud la documentación indicada en los literales c), d), e) y f) del artículo 29º.

•Tratándose de personas jurídicas, la documentación consignada en los literales c), d), e) y f) podrá ser presentada por el representante legal, a nombre de los accionistas, asociados, socios y titular, según corresponda.

•En caso de comunidades nativas y campesinas, dicha documentación, será presentada por su representante, a nombre de la directiva u órgano que haga sus veces.

•De contar la persona jurídica solicitante con participación extranjera, se deberá presentar la documentación legal antes mencionada del socio, accionista o asociado extranjero, según corresponda, así como la copia de la documentación legal acreditando que la persona natural o jurídica extranjera es titular o tiene participación en empresas de radiodifusión habilitadas en su país de origen.

•2. Documentación técnica:

•a. Perfil del proyecto técnico del servicio a implementar, conforme formato aprobado por el Ministerio, autorizado por ingeniero colegiado de la especialidad, habilitado a la fecha de presentación de la solicitud.

•b. Plano a escala 1/100,000 de la localidad en las que se va a establecer el servicio, graficando la zona de servicio.

•c. Plano a escala 1/10,000 o constancia de la Municipalidad, indicando la ubicación de la planta, para el caso de localidades fronterizas.

•d. Copia del certificado o constancia del ingeniero que avala el Proyecto Técnico de encontrarse habilitado.

•3. Proyecto de comunicación indicando, de manera genérica, el tipo de programación que será emitida en función a la finalidad del servicio y de los principios señalados en el Artículo II de la Ley.

REQUISITOS

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6. Conclusiones y nuevas líneas de investigación.

Fruto del recorrido que hemos realizado por la legislación de los países que

conforman el área andina podemos concluir con algunos puntos centrales:

- En el desarrollo histórico de las leyes de comunicación en la comunidad

Andina, se nota una falta de comunicación y trabajo integrado con los

sectores comunitarios en la construcción de las leyes, lo cual no permite

que el Estado pueda comprender las implicaciones, necesidades y

características propias y particulares de las radios comunitarias de sus

territorios.

- El desarrollo legislativo de la última década ha dado una luz de esperanza

a las radios comunitarias de la zona Andina, pues como se ha podido

observar, en la actualidad todos los países de una u otra forma reconocen

la existencia y características propias de este medio de comunicación.

- Es importante resaltar que por lo menos en tres de los países estudiados,

ya se habla de una distribución equitativa del espacio radioeléctrico y

todos los países están generando planes de acción para fortalecer la

comunicación local y comunitaria.

- El reto de los medios comunitarios es poder visibilizar el poder que tiene

la comunicación local frente a la era de la globalización, para así ganar

mayor importancia y relevancia en los cuerpos legales de cada país.

- Una correcta legislación de los medios comunitarios permite la integración

social y el fortalecimiento de la multiculturalidad que caracteriza a los

países del área andina; es por esto que las leyes deben ser

constantemente revisadas y actualizadas en virtud de las necesidades,

desarrollo y transformaciones de la sociedad.

- Se puede notar que todavía existen países que limitan a los medios

comunitarios encasillándolos como pequeños medios rurales que debe

sobrevivir con lo justo tanto es su economía como en equipamiento

técnico. Una afirmación así no puede ser más falsa y debe ser desterrada

de la legislación ya que solo ha producido el estancamiento de los medios

comunitarios.

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Del verbo al bit Universidad de La Laguna, 2017

ISBN-13: 978-84-16458-76-9 / D.L.: TF-76-2017 / DOI: 10.4185/cac116edicion2 Página | 1406

Libro colectivo enlínea: http://www.revistalatinacs.org/16SLCS/libro-colectivo-edicion-2.html

Queda aún mucho por profundizar en el estudio de la comunicación comunitaria

en la zona andina, dentro de esto se plantean algunas temáticas que podrían

servir como base para futuros trabajos de análisis y estudio.

- La digitalización de la radio comunitaria en la zona Andina

- Los procesos de integración y trabajo conjunto de las radios comunitarias

en la Comunidad Andina

- La participación histórica de las audiencias en defensa de los medios

- Los planes y programas estatales de promoción y apoyo a los medios

comunitarios en el área andina.

- La programación de las radios comunitarias en la Comunidad Andina

como instancias de desarrollo local y social.

- Procesos de empoderamiento de las comunidades con respecto a sus

medios de comunicación.

- Las nuevas audiencias de las radios comunitarias en la era digitalizada.

2. Referencias bibliográficas

Albert, P & Tudesq, A. (1982). Historia de la radio y la televisión. Fondo de Cultura Económica (Brevarios 338), México.

Barranquero y Sáez, A. C. (2011). DE la invisibilidad de la comunicación alternativa y la comunicación para el cambio social en la Universidad Española. Ágora. Revista de Ciencias Sociales.

Castellanos Prieto, N. (1998) La radio del tercer milenio. Caracol 50 años. Bogotá.

Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (2010). Estándares libertad de expresión y radiodifusión – CIDH. OAS Catologing-in Publicatio Data.

Dávila Ladrón, C. (2003). Empresas y Empresarios en la Historia de Colombia. Siglos XIX-XX. En: Colombia, Ediciones Uniandes. Facultad de administración. Editorial Norma. v. 2, págs. 1300.

Foy, E. L. (2002). Radio Centr-Ville. Una radio comunitaria y multilingüe. . Perú: Comunica.

Freire, P. (1969). ¿Extensión o comunicación? La concientización en el medio rural. Madrid: Siglo XXI.

Galán, Jorge (2014) Los medios comunitarios, un reto para la comunicación en el Ecuador, Universidad Politécnica Salesiana, Recuperada de:

Page 25: Revista Latina de Comunicación Social - La Radio Comunitaria y su legislación en la …revistalatinacs.org/16SLCS/2017_libro/068_Galarza.pdf · 2017. 3. 14. · centro de la problemática

Del verbo al bit Universidad de La Laguna, 2017

ISBN-13: 978-84-16458-76-9 / D.L.: TF-76-2017 / DOI: 10.4185/cac116edicion2 Página | 1407

Libro colectivo enlínea: http://www.revistalatinacs.org/16SLCS/libro-colectivo-edicion-2.html

http://www.dspace.ups.edu.ec/bitstream/123456789/11017/1/Los%20medios%20comunitarios%20un%20reto%20para%20la%20comunicacion%20en%20el%20Ecuador.pdf

López, J. V. (2009). Radios Comunitarias: una historia de discriminaciones. Quito: MEDIACIONES - CIESPAL.

Marín, B. (2013). Communication Papers. Recuperado el 12 de septiembre de 2014, de http://dugi-doc.udg.edu/bitstream/handle/10256/8872/Article1.pdf?sequence=1

Merayo Arturo, La radio en Iberoamérica. Evolución, diagnóstico y prospectiva, 2009

Moraes, D. d. (03 de 12 de 2013). América Latina en Movimiento. Obtenido de http://alainet.org/active/69498

OLIVO, I. C., & NAVARRO, E. (6 de septiembre de 2012). Armand Mattelart, autor de "Para leer al Pato Donald": La comunicación Estatal no es la comunicación pública. Recuperado el 11 de septiembre de 2013, de Aporrea: http://www.aporrea.org/medios/n207138.html

Pareja, R. (1984). Historia de la Radio en Colombia 1929-1980. Bogotá, ed. Servicio colombiano de comunicación social.

PortalComunicación. (2014). Radios y televisiones comunitarias europeas en 2012. Obtenido de Computo presentado por el Foro Europeo de Medios Comunitarios. Recuperado el 14 de 11 de 2016, de http://www.portalcomunicacion.com/monograficos_det.asp?id=217

Raúl Zibechi, Los movimientos sociales como sujetos de la comunicación, en María Belén Albornoz y Mauro Cerbino, comp., Comunicación, cultura y política, FLACSO, Ecuador, 2008

Radios Comunitarias Situación en el Ecuador enero 2007 Elaborado para: Red Infodesarrollo.ec Autor: Ing. Hugo Carrión G. Fecha: 12 de febrero de 2007

Téllez B., Hernando. (1974). Cincuenta años de radiodifusión en Colombia. Medellín, Bedout, 1974.

Trufelman, L. (1979). The Missing Chapter: Pacifica Radio. . Public Telecommunications