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DE ESTUDIOS UNIV 2014 Catedrático: Mtra. Luz Aurora Sánchez Zamora Presenta: Dinorath Salas Calva Matrícula: 53325 Materia: Legislación del Comercio Exterior Tema y Act 3: Normatividad Aduanera respecto a convenciones y congresos internacionales.

Salas Dinorath Act3

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INSTITUTO DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS

2014

Catedrático: Mtra. Luz Aurora Sánchez ZamoraPresenta: Dinorath Salas CalvaMatrícula: 53325Materia: Legislación del Comercio ExteriorTema y Act 3: Normatividad Aduanera respecto a convenciones y congresos internacionales.

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[NORMATIVIDAD ADUANERA RESPECTO A CONVENCIONES Y CONGRESOS INTERNACIONALES]

ContenidoINTRODUCCION..................................................................................................................................1

DE LAS CONVENCIONES Y CONGRESOS INTERNACIONALES...............................................................1

DE LOS REQUISITOS............................................................................................................................1

IMPORTACIONES TEMPORALES PARA CONVENCIONES Y CONGRESOS INTERNACIONALES..........1

DEL RETORNO DE LAS MERCANCÍAS..................................................................................................2

DE LA IMPORTACIÓN DEFINITIVA.......................................................................................................2

CONCLUSIONES Y EJEMPLOS..............................................................................................................3

CUADERNO ATA.............................................................................................................................4

BIBLIOGRAFÍA.....................................................................................................................................7

INTRODUCCION

Se entiende por régimen aduanero el conjunto de operaciones orientadas a darle

un destino aduanero específico a una mercancía, de acuerdo con la declaración

presentada por el interesado en la forma prescrita por las normas.

Todas las mercancías que ingresan o salen de México deben destinarse a un

régimen aduanero, establecido por el contribuyente, de acuerdo con la función que

se le dará en un territorio nacional o en el extranjero.

Cuando una mercancía es presentada en la aduana para su ingreso o salida del

país, se debe informar en un documento oficial (pedimento) el destino que se

pretende dar a dicha mercancía.

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DE LAS CONVENCIONES Y CONGRESOS INTERNACIONALES

La Ley Aduanera contempla en su Artículo 137, un concepto sobre las convenciones y congresos internacionales el cual a la letra indica:

… se entiende por convenciones y congresos internacionales a las conferencias, simposios, encuentros y eventos similares, que tengan como finalidad reunir en fechas preestablecidas a un determinado número de personas.

DE LOS REQUISITOS

IMPORTACIONES TEMPORALES PARA CONVENCIONES Y CONGRESOS INTERNACIONALES

Ahora bien, pueden importarse temporalmente mercancías para destinarse a convenciones y congresos internacionales, sin embargo la ley aduanera contempla ciertos requisitos que deberán cumplirse para que esto pueda llevarse a cabo, se encuentran establecidos en el Artículo 138 de la Ley Aduanera y son los que a continuación se detallan:

I. Que la convención o congreso internacional se organice por residentes

en el extranjero o residentes en el territorio nacional, siempre que en

este último caso se trate de eventos en los que se verifique una

participación mayoritaria de personas morales extranjeras, y

DEL RETORNO DE LAS MERCANCÍAS

II. Que las mercancías importadas al amparo de este artículo que se vayan

a distribuir gratuitamente entre los asistentes o participantes al evento,

sean identificadas mediante sellos o marcas que las distingan

individualmente como destinadas a la convención o congreso

internacional de que se trate. No se requerirá comprobar el retorno al

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extranjero de dichas mercancías, cuando su valor unitario no exceda del

que señale la Secretaría mediante reglas.

DE LA IMPORTACIÓN DEFINITIVA

Las mercancías importadas al amparo de este artículo, deberán cumplir con las

regulaciones y restricciones no arancelarias aplicables al régimen de importación

temporal.

Cuando con motivo de la convención o congreso internacional se importen mercancías que no se encuentren identificadas en los términos de la fracción II de este artículo, deberán ser retornadas al extranjero, una vez concluido el evento, o bien, importadas en forma definitiva, siempre que se paguen las contribuciones correspondientes y se cumplan las regulaciones y restricciones no arancelarias aplicables a dicho régimen.

CONCLUSIONES Y EJEMPLOS

De acuerdo al Art. 106 de la Ley Aduanera se entiende por régimen de importación temporal, la entrada al país de mercancías para permanecer en él por tiempo limitado y con una finalidad específica, siempre que retornen al extranjero en el mismo estado.

Ahora bien, no se requerirá estar inscrito en el padrón de importadores cuando las mercancías sean importadas temporalmente contemplando entre otras a:

Muestras o muestrarios destinados a dar a conocer mercancías,

Las destinadas a eventos culturales o deportivos,

Las destinadas a convenciones y congresos internacionales.

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Equipo de filmación

Vehículos de prueba entre otros.

Para el envío de muestras, equipo de trabajo, para congresos, eventos culturales, etc.; en el pedimento se señalará la finalidad a la que se destinarán las mercancías y, en su caso, el lugar en donde cumplirán la citada finalidad y mantendrán las propias mercancías.

El agente aduanal es la persona encargada de apoyarla para la elaboración del pedimento.

Quienes importen o exporten mercancías están obligados a presentar ante la aduana, por conducto de agente o apoderado aduanal, un pedimento.

La factura comercial que reúna los requisitos y datos que mediante reglas establezca la Secretaría, cuando el valor en aduana de las mercancías se determine conforme al valor de transacción y el valor de dichas mercancías exceda de la cantidad que establece la legislación (valor superior a 300 dólares).

La factura debe contener los siguientes datos:

Lugar y fecha de expedición

Nombre y domicilio del destinatario de la mercancía

La descripción comercial detallada de las mercancías y la especificación de ellas

Nombre y domicilio del vendedor

CUADERNO ATA

Es un documento aduanero internacional que existe desde 1963, el cual permite la importación temporal de mercancías, libre de impuestos y derechos aduaneros durante un año.

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Las mercancías deberán ser re- exportadas en la misma condición.

Los Cuadernos ATA cubren las siguientes categorías:

Muestras Comerciales

Material Profesional

Mercancías utilizadas para ser utilizadas en ferias comerciales, muestras y exhibiciones.

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Existen varios ejemplos bastante claros sobre este rubro:

Se han utilizado para equipos musicales para conciertos para algunos reconocidos a nivel internacional entre ellos, Jarabe de Palo Miguel Bosé, Evanescense, Britney Spears, entre otros.

Para los juegos panamericanos realizados en Guadalajara. De igual manera para montar espectáculos en la Feria de Texcoco, la

Guelaguetza, entre otros. Realizar filmaciones de promoción turística en Cancún, Puerto Vallarta y un

documental de comida callejera por Discovery Channel

Otros ejemplos son:

2 botellas de perfume con piedras preciosas con valor de 1 millón de dólares

Herramientas para trabajos de mantenimiento en equipos Mercancías para elaboración de catálogos

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Determinar el régimen bajo el cual se deban importar o exportar las mercancías es

de suma importancia, pues una buena estructura de importaciones y

exportaciones puede maximizar los activos financieros de una empresa, evitando

o difiriendo los pagos de aranceles y/o cuotas compensatorias. Adicionalmente,

desde el punto de vista meramente operativo, proporciona herramientas para una

buena programación logística y de producción. El uso apropiado y eficiente de

estas herramientas bajo un apropiado control de tráfico puede otorgar ventajas

significativas a un negocio.

BIBLIOGRAFÍA

Avendaño Castellón, Mauricio (2012). PROCESOS REQUERIDOS PARA LAS

IMPORTACIONES TEMPORALES O DE MUESTRAS A MEXICO.

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión (2011). Normatividad Aduanera

Respecto a Convenciones y Congresos Internacionales. Diario Oficial de la

Federación. México, D. F.