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Consejo de Universidades
BUENOS AIRES, '2
SEOR PRESIDENTE
Me dirijo a usted con el fin de remitir para su conocimiento copia del
ACUERDO PLENARIO N 64 de fecha 23 de junio de 2009.
El citado acto administrativo presta acuerdo a las propuestas de contenidos
curriculares bsicos, de carga horaria mnima y de criterios de intensidad de la
formacin prctica para las carreras correspondientes a los ttulos de
PSICOLOGO y LICENCIADO EN PSICOLOGIA, as como la nmina de
actividades profesionales reservadas para quienes hayan obtenido los ttulos
respectivos.
Saludo a usted atentamente.
~G~
11"'" MI!!. de las Mercades eCOORDN~CION TCNICA
Ot)N3!iJO DE UNIVERSroADE
SEOR PRESIDENTE DEL CONSEJODE RECTORES DE UNIVERSIDADES PRIVADASDR. HECTOR SAURETS / D---- ----
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ACUERDO PLENARIO N 64
VISTO lo dispuesto por los artculos 43 y 46 inciso b) de la Ley N
24.521, el Acuerdo Plenario N 21 del CONSEJO DE UNIVERSIDADES de fecha
2 de octubre de 2003, la Resolucin Ministerial N 136 de fecha 23 de junio de
2004, y lo propuesto por la Comisin de Asuntos Acadmicos en su Despacho N
60 respecto a los ttulos de las carreras de PSICOLOGO y LICENCIADO EN
PSICOLOGIA,
CONSIDERANDO:
Que el artculo 43 de la Ley de Educacin Superior establece que los
planes de estudios de carreras correspondientes a profesiones reguladas por el
Estado, cuyo ejercicio pudiera comprometer el inters pblico, poniendo en riesgo
de modo directo la salud, la seguridad o los bienes de los habitantes, deben tener
en cuenta -adems de la carga horaria mnima prevista por el artculo 42 de la
misma norma- los contenidos curriculares bsicos y los criterios sobre intensidad
de la formacin prctica que establezca el MINISTERIO DE EDUCACION en
acuerdo con el CONSEJO DE UNIVERSIDADES.
Que el Ministerio debe fijar asimismo, con acuerdo del CONSEJO DE
UNIVERSIDADES, las actividades profesion;lles que quedan reservadas a
quienes hayan obtenido un ttulo comprendido en la nmina del artculo 43.
Que se prev tambin, que dichas carreras deben ser acreditadas
peridicamente por la COMISION NACIONAL DE EVALUACION yACREDITACION UNIVERSITARIA (CONEAU) o por entidades privadas
constituidas con ese fin (artculo 43, inciso b, Ley N 24.521), de conformidad con
los estndares que establezca el MINISTERIO DE EDUCACION en consulta con
el CONSEJO DE UNIVERSIDADES (art. 46, inciso b, Ley N 24.521).
Que en el presente caso este Consejo mediante Acuerdo Plenario N 21
ha entendido que los ttulos de las carreras que a continuacin se detallan:
PSICOLOGO y LICENCIADO EN PSICOLOGIA corresponden a profesiones en
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la que se dan los supuestos de riesgo directo previstos en el artculo 43 de la Ley
de Educacin Superior, temperamento recogido por la Resolucin Ministerial N
136/04, que dispuso la inclusin de los respectivos ttulos en la nmina de la
norma de mencin.
Que consecuentemente, resulta necesario fijar los contenidos
curriculares bsicos, la carga horaria mnima, los criterios de intensidad de la
formacin prctica y los estndares de acreditacin de las mencionadas carreras,
as como las actividades profesionales reservadas a quienes obtengan los ttulos
de PSICOLOGO y LICENCIADO EN PSICOLOGIA a fin de poner en vigencia el
sistema previsto por la normativa de mencin.
Que a esos fines, la Comisin de Asuntos Acadmicos del Cuerpo -en
sus sesiones de fecha 24 de junio de 2008, 4 de noviembre de 2008 y 5 de mayo
de 2009- ha analizado los documentos de base presentados en forma conjunta
por la Asociacin de Unidades Acadmicas de Psicologa (AUAPSI) y la Unidadde Vinculacin Acadmica de Psicologa de Universidades de Gestin Privada(UVAPSI).
Que dicha propuesta ha sido aprobada por el CONSEJO
INTERUNIVERSITARIO NACIONAL, mediante Resolucin CE N 446 del 14 de
febrero de 2008 y Resolucin CE N 524 del 28 de abril de 2009.
Que luego de un profundo anlisis de todos los aspectos que integran el
documento sometido a estudio de este Cuerpo, se ha llegado a definir los
contenidos curriculares bsicos, la carga horaria mnima, los criterios de
intensidad de la formacin prctica y los estndares para la acreditacin de las
carreras de que se trata, as como las actividades profesionales que deben
quedar reservadas a quienes obtengan los ttulos de PSICOLOGO y
LICENCIADO EN PSICOLOGIA.
Que frente a la necesidad de definir las actividades profesionales que
deben quedar reservadas a los ttulos de PSICOLOGO y LICENCIADO EN
PSICOLOGIA y, considerando la situacin de otras titulaciones ya incluidas en el
rgimen del artculo 43 de la Ley de Educacin Superior o que pudieran serio en
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el futuro con las cuales pudiera existir -eventualmente- una superposlclon de
actividades, corresponde aplicar el criterio general adoptado por este Consejo
respecto del tema, declarando que la nmina de actividades reservadas a quienes
obtengan los ttulos respectivos se fija sin perjuicio de que otros ttulos puedan
compartir algunas de las mismas.
Que por otro lado, corresponde destacar que, tratndose de una
experiencia sin precedentes para las carreras, todo lo que se aprobare en esta
instancia debera estar sujeto a una necesaria revisin una vez concluida la
primera convocatoria obligatoria de acreditacin.
Que del mismo modo, y tal como lo propone la Comisin de Asuntos
Acadmicos en su Despacho N 60, corresponde tener presentes los avances
que puedan lograrse en el proceso de integracin regional, los que podran hacer
necesaria una revisin de los documentos que se aprueben en esta instancia, a
fin de hacerlos compatibles con los acuerdos que se alcancen en el mbito del
MERCOSUR EDUCATIVO.
Que de acuerdo a ello y teniendo presentes los avances que pudieran
producirse en la materia, as como la eventual incorporacin de instituciones
universitarias nacionales a procesos experimentales en el mbito regional y/o
internacional, corresponde introducir una previsin que contemple dos aspectos:
la necesidad de revisar los documentos aprobados segn lo exijan los avances
internacionales, y el reconocimiento -en los procesos de acreditacin- de
situaciones excepcionales que pudieran surgir de la incorporacin de algunas
carreras a experiencias piloto de compatibilizacin curricular.
Que en la consideracin, interpretacin y aplicacin, de las diferentes
regulaciones dispuestas por este Acuerdo Plenario deber tenerse presente que
estos son requerimientos mnimos, indispensables para lograr una formacin
capaz de garantizar un ejercicio profesional responsable, debiendo procurarse
dejar el ms amplio margen posible a la iniciativa de las instituciones
universitarias.
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Que por ello, tambin en su interpretacin y aplicacin deben tenerse en
cuenta los principios de autonoma y libertad de enseanza.
Que por tratarse de la primera aplicacin del nuevo rgimen a estas
carreras, la misma debe realizarse gradualmente, especialmente durante un
perodo de transicin en el que puedan contemplarse situaciones eventualmente
excepcionales.
Por todo ello, atento lo aconsejado por la Comisin de Asuntos
Acadmicos en su Despacho N 60 Y en ejercicio de la facultad conferida al
Cuerpo por el artculo 43 de la Ley de Educacin Superior.
EL CONSE~JO DE UNIVERSIDADES
ACUERDA:
ARTICULO 1._ Prestar acuerdo a las propuestas de contenidos curriculares
bsicos, de carga horaria mnima y de criterios de intensidad de la formacin
prctica para las carreras correspondientes a los ttulos de PSICOLOGO y
LICENCIADO EN PSICOLOGIA, as como a la nmina de actividades
profesionales reservadas para quie!nes hayan obtenido los ttulos respectivos, que
obran como Anexo 1,11,111YV del presente.
ARTICULO 2._ Recomendar al MINISTERIO DE EDUCACION se aclare en la
resolucin respectiva que la determinacin de las referidas actividades
profesionales que deben quedar reservadas a quienes obtengan los ttulos de
PSICOLOGO y LICENCIADO EN PSICOLOGIA lo es sin perjuicio que otros
ttulos incorporados o que se incorporen al rgimen del artculo 43 de la Ley de
Educacin Superior puedan compartir algunas de las mismas
ARTICULO 3.- Prestar conformidad a la propuesta de estndares de acreditacin
para las carreras de PSICOLOGO y LICENCIADO EN PSICOLOGIA, que obracomo Anexo IV del presente.
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ARTICULO 4. - Proponer al MINISTERIO DE EDUCACION que, en la resolucin
pertinente, disponga que los Anexos 1, 11,111,IV Y V aprobados en el presente
Acuerdo Plenario deben ser aplicados con un criterio de flexibilidad y gradualidad.
ARTICULO 5,- Recomendar que iBnel proceso de acreditacin se preste especial
atencin a los principios de autonoma universitaria y libertad de enseanza,
procurando garantizar el necesario margen de iniciativa propia a las instituciones
universitarias para que organicen sus respectivas carreras.
ARTICULO 6.- Recomendar al MINISTERIO DE EDUCACION que se establezca
un plazo de DOCE (12) meses para que los establecimientos universitarios
adecuen sus carreras de grado de PSICOLOGIA y LICENCIATURA EN
PSICOLOGIA a las disposiciones precedentes, perodo durante el cual podrn
presentarse voluntariamente a solicitar la acreditacin. Una vez concluido dicho
perodo podrn formularse las convocatorias obligatorias para solicitar la
acreditacin correspondiente segn las previsiones del artculo 43 de la Ley N
24.521.
ARTICULO 7.- Recomendar que el reconocimiento oficial y consecuente validez
nacional de todas las nuevas carreras de PSICOLOGIA y LICENCIATURA EN
PSICOLOGIA sea otorgado previa acreditacin, con aplicacin estricta de los
documentos obrantes en los Anexos 1, 11,111,IV Y V, no pudiendo iniciarse las
actividades acadmicas hasta que ello ocurra.
ARTICULO 8,- Recomendar que los documentos que se aprueben sean
revisados por este Cuerpo una vez completado el primer ciclo de acreditacin de
las carreras existentes a la fecha del presente.
ARTICULO 9,_ Recomendar que los documentos que se aprueben sean
revisados por este Cuerpo a fin de introducir las modificaciones que resulten
necesarias de acuerdo a los avances que se produzcan en la materia en el mbito
del MERCOSUR EDUCATIVO.
ARTICULO 10,- Recomendar qUiB los documentos de mencin sean revisados
toda vez que los avances en los procesos desarrollados en el marco del sub-
espacio UE-ALC lo tornen necesario.
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ARTICULO 11,- Recomendar que en la aplicacin que se realice de los
documentos aprobados, se tengan especialmente en cuenta las situaciones
excepcionales que pudieran derivarse de la participacin de algunas de las
carreras o instituciones que las imparten en procesos experimentales de
compatibilizacin curricular en el en el marco del sub-espacio internacionalreconocido en el artculo anterior.
ARTICULO 12.- Regstrese, comunquese y archvese.
Aprobado por el CONSEJO DE UNIVERSIDADES, reunido en plenario en el
Saln Rosario Vera Pealoza del MINISTERIO DE EDUCACION, el da 23 deJunio de dos mil nueve.--------m-.----m- m m mm m _
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ANEXO I
CONTENIDOS CURRICULABES BASICOS PARA LAS CARRERAS DELICENCIATURA EN PSICOLOGIA y PSICOLOGIA
Se definen los Contenidos Curriculares Bsicos que debern ser
cubiertos obligatoriamente por las carreras, por ser considerados esenciales para
que el ttulo sea reconocido con vistas a su validez nacional. Los Contenidos
Curriculares Bsicos constituyen una matriz bsica y sinttica de la que se
pueden derivar, segn lo defina cada institucin, lineamientos curriculares y
planes de estudio diversos.
Los contenidos alcanzan no slo aquello que a nivel conceptual y terico
es considerado imprescindible, sino las competencias que se desean formar, de
manera tal que queda en manos de cada institucin la elaboracin del perfil del
profesional deseado. Toda carrera de Licenciatura en Psicologa y Psicologa,
debe asegurar que los contenidos especficos que defina en su Plan de Estudios
sean adecuados para garantizar la formacin correspondiente al perfil definido.
Los CCB se organizan para su presentacin en forma de reas, lo cual no debe
condicionar o generar rigideces que puedan atentar contra la necesaria
flexibilidad curricular. El listado de contenidos no implica por otra parte una
imposicin de nombres, de cantidad de materias, ni de una organizacin particular
de las mismas, sino que constituye un ordenamiento operativo. Este listado est
orientado a explicitar los contenidos curriculares mnimos que deben ser
considerados en las distintas currculas de las carreras de Licenciatura en
Psicologa Y Psicologa.
ORGANIZACiN DEL PLAN DE ESTUDIO
El Plan de Estudio debe contemplar una formacin generalista con
pluralismo terico y perspectiva multidisciplinaria, que posibilite la posterior
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especializacin del egresado. L.a profesionalizacin se realizar a travs del
proceso de afianzamiento y complejizacin progresiva de los conocimientos
tericos y prcticos, reservndose la especializacin como actividad depostgrado.
El Plan de Estudio contempla las reas de formacin, los contenidos
curriculares bsicos, la carga horaria, los criterios de intensidad de la formacin
prctica y los requisitos de titulacin.
REAS INSTANCIAS DE FORMACiN
La formacin acadmico-profesional del LICENCIADO EN PSICOLOGA
PSICLOGO comprende dos instancias graduales y secuenciales: la primeraest orientada a la adquisicin de conocimientos y capacidades bsicas e
instrumentales de la disciplina; la segunda tiene por objetivo la integracin de
conocimientos, su profundizacin acadmica y la aplicacin a las distintas reas
de prctica profesional. La estructura del Plan de Estudio, por lo tanto, deber
contemplar estas dos instancias.
La Carrera debe contemplar tres reas de formacin, sin perjuicio de la flexibilidad
e integracin curricular que determine cada Unidad Acadmica.
a) rea de Formacin Bsica. Corresponde al conocimiento de los
procesos bsicos de la conducta humana: biolgicos, psicolgicos ysocioculturales y de sus caractersticas en las diferentes etapasevolutivas y desde los distintos enfoques tericos, considerando lahistoria de la Psicologa y la metodologa de la investigacin.
b) rea de Formacin General y Complementaria. Corresponde aasignaturas y actividades curriculares de otras disciplinas, tendientes a
la formacin integral.
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c) rea de Formacin Profesional. Corresponde a la formacin en los
distintos campos de aplicacin profesional del ejercicio de la Psicologa;
a partir de los conocimientos tericos, metodolgicos e instrumentales
para la evaluacin, diagnstico, tratamiento, pronstico e intervencin
psicolgica, que permitan el reconocimiento y delimitacin de distintas
entidades psicolgicas y psicopatolgicas desde diferentesconcepciones tericas
Los campos de aplicacin son: Clnica, Educacional, Jurdico-Forense, Laboral-
Organizacional, Social-Comunitaria, Sanitaria y Emergentes: Psicologa Poltica,
Psicologa Econmica, Psicologa del Trnsito, Psicologa de la Actividad Fsica y
del Deporte; Psicologa de las Emergencias y Catstrofes, entre otras.
CONTENIDOS CURRICULARES BSICOS
Los contenidos curriculares bsicos abarcan informacin terica,
conceptual y prctica, dejando espacio para que cada Institucin elabore el
propio. Toda Carrera de Psicologa debe asegurar que los contenidos especficos
sean adecuados para garantizar la formacin correspondiente al perfil definido.
Los contenidos curriculares bsicos deben asegurar la adquisicin de los
conocimientos, habilidades y actitudes que permitan un desempeo profesionalidneo.
Los ejes temticos que constituyen los contenidos curriculares bsicosdeben contemplar la formacin en:
A. PROCESOS BIOPSICOSOCIALES
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A.1. Procesos biolgicos y neuropsicolgicos: Se refiere al estudio de
estructuras y funciones biolgicas, neurofisiolgicas y neuropsicolgicas
involucradas en la constitucin y funcionamiento del psiquismo.
A.2. Procesos psicolgicos: Conjunto de aspectos que integran las
dimensiones consciente e inconsciente del psiquismo, segn diferentes
modelos tericos.
Estos incluyen:
a. Procesos psicolgicos que se refieren a las dimensiones relacionadas con el
conocimiento, sus condiciones de posibilidad y su construccin.
b. Procesos psicolgicos que se refieren a la dimensin dinmica del psiquismo.
c. Procesos del desarrollo que se refieren a la dimensin evolutiva a lo largo del
ciclo vital.
A.3. Procesos socioculturales: Se refieren a los procesos de
subjetivacin, individuacin, personalizacin y socializacin.
B. DESARROLLOS DE LA PSICOLOGA EN RELACIN CON LOS
INDIVIDUOS, PAREJAS, FAMILIAS, GRUPOS, INSTITUCIONES,ORGANIZACIONES Y COMUNIDADES.
Se refiere al estudio de procesos intersubjetivos, interactivos y dinmicos que se
desarrollan en los grupos, las instituciones, las organizaciones y la comunidad.
Los contenidos de este eje temtico son transversales, por lo que su desarrollo
implica una interrelacin con los otros ejes descriptos.
C. PROCESOS PSICOPATOLGICOS
Se refiere a los procesos psicopatolgicos y a la categorizacin de las estructuras
psicopatolgicas.
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D. HISTORIA DE LA PSICOLOGA
Se refiere a la construccin y desarrollo de los paradigmas, teoras y enfoques de
la Psicologa, desde sus orgenes; ya su constitucin como ciencia y profesin.
E. METODOLOGA DE LA INVESTIGACiN PSICOLGICA
Se refiere al estudio de la produccin y validacin de los conocimientos
cientficos, a los fundamentos epistemolgicos, estrategias metodolgicas y
diseos de investigacin en Psicologa, cuantitativa y cualitativa.
F. EVALUACiN Y DIAGNSTICO PSICOLGICOS
Se refiere a los conocimientos terico-instrumentales que permiten adquirir las
destrezas necesarias para la evaluacin, diagnstico y pronstico psicolgico,
segn la edad del sujeto, las diferentes demandas y las peculiaridades de cada
mbito de aplicacin.
G. INTERVENCIONES EN PSICOLOGA
Se refiere al conocimiento de las diferentes estrategias, mtodos y tcnicas de
abordaje e intervencin referidas a las problemticas que ataen a cada campo
de la Psicologa teniendo en cuenta la promocin de la salud. Comprende el
conocimiento del conjunto de modelos tericos y tcnicos psicoteraputicos.
H. FORMACiN COMPLEMENTARIA EN OTRAS DISCIPLINAS
Se refiere a contenidos filosficos, antropolgicos, sociolgicos, lingusticos, entre
otros, que permiten integrar, situar y delimitar el conocimiento de lo psquico, as
como ampliar su horizonte de comprensin.
1.TICA Y DEONTOLOGA PROFESIONAL
Se refiere a los conocimientos ticos y deontolgicos, a la legislacin y a las
cuestiones jurdicas que se relacionan con el ejercicio profesional en Psicologa.
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CONTENIDOS CURRICULARES BASICOS
REASEJES TEMTICOS CONTENIDOS CURRICULARES BSICOSCURRICULARES
Sensopercepcin, atencin, emocin, afectividad,deseo, motivacin, representacin, imaginacin,memoria, aprendizaje, pensamiento, lenguaje,inteligencia y conducta.
PROCESOS Bases biolgicas del comportamiento, procesosBIOPSICOSOCIALES neuropsicolgicos.
Principios de neuropsicofarmacologa.Personalidad. Procesos de subjetivacin, individuaciny socializacin.Estudio del desarrollo biopsicosocial en los diferentesperodos evolutivos.
FORMACiNBSICA
Orgenes histricos de la Psicologa.HISTORIA DE LA Comienzos de la Psicologa cientfica.PSICOLOGA Desarrollo de las corrientes psicolgicas
contemporneas.La Psicologa en la Argentina.
Epistemologa: fundamentacin del conocimientocientfico.
INVESTIGACiN Lgica: trminos, proposiciones y razonamientos.Estadstica descriptiva e inferencia!.Metodologa de investigacin: cuantitativa y cualitativa.
Problemas, conceptos y orientaciones fundamentalesde la Filosofa.
REA FILOSFICAConcepciones acerca del hombre y su importanciapara la Psicologa.
FORMACiN Principales desarrollos en el pensamiento filosfico.GENERAL y Aportes de la Filosofa a la construccin de teorasCOMPLEMEN- psicolgicas.
TARIAPrincipales corrientes del pensamiento sociolgico y
REA SOCIO antropolgico.CULTURAL Incidencia de los conceptos sociolgicos y
antropolgicos en Psicologa.Cultura y sociedad.
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Evaluacin psicolgica y psicodiagnstico: diversos campos deaplicacin, en distintas etapas evolutivas y segn diferentes
EVALUACiN nosologas.y Tcnicas de exploracin y evaluacin psicolgica.
DIAGNSTICO Fundamentos para la construccin de instrumentos de evaluacin
PSICOLGICO psicolgica.Validez y confiabilidad de los instrumentos.Informe y devolucin psicodiagnstica, segn la especificidad decada campo profesional.Conceptos y fundamentos de psicopatologa.Diferentes enfoques tericos.
PROCESOS El abordaje institucional de la enfermedad mental.PSICOPATOL Criterios de salud y enfermedad, normalidad - anormalidad,
-GICOS sntomas, signos y sndromes.Nosologas psicopatolgicas. Manuales internacionales declasificacin diaqnstica.
Concepto y delimitacin de la PsicologaClnica.Quehacer del psiclogo en el campo de laSalud Mental. Investigacin, diagnstico,prevencin, promocin, asistencia ytratamiento.
CLNICA Diversos abordajes clnicos: individual, depareja, familiar, grupal en la distintas etapas
FORMACiN evolutivas.PROFESIONAL Diferentes enfoques, abordajes y estrategias
psicolgicas y psicoteraputicas.Modelos y estrategias de intervencin endiferentes tipos de crisis.Concepto y delimitacin de la PsicologaEducacional.Quehacer del psiclogo en el mbito
INTERVENCIO- educacional: investigacin, prevencin,NES EN EDUCACIO- diagnstico, mediacin, orientacin ePSICOLOGA NAL intervencin psicolgicos de los procesos de
enseanza y aprendizaje y sus diversasproblemticas.Abordaje de diferentes temticas educativas:diversidad e integracin escolar, orientacinvocacional - ocupacional.Concepto y delimitacin de la PsicologaOrganizacional Laboral.Quehacer del psiclogo en este campo.Estructura y dinmica de las organizaciones.
ORGANIZA- Diagnstico organizacional. Procesos deCIONAL cambio organizacional. Orientacin eLABORAL intervencin en la problemtica institucional.
Proceso de seleccin de personal.Capacitacin y desarrollo. Procesos deinsercin y reinsercin laboral. Cultura y climaorganizacional. Salud y trabajo.
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Concepto y delimitacin de la PsicologaSocial y Comunitaria.Quehacer del psiclogo en este campo.Diferentes paradigmas y mtodos en el campode la Psicologa Social.
SOCIAL y Proceso de influencia social y medios. OpininCOMUNITARIA pblica y propagandaGrupo y liderazgo. Actitudes y prejuicios.
Modelos y estrategias de intervencin en crisiscomunitarias.Factores de riesgo, epidemiologa y
INTERVENCIO- prevencin en situaciones socialesNES EN Salud Pblica y Salud Mental.
FORMACiN PSICOLOGA Concepto de Psicologa Jurdico - forense.PROFESIONAL Quehacer del psiclogo en este campo.
Psicologa criminal. El peritaje psicolgico:mbitos de aplicacin, formas e instrumentos.Conceptos bsicos de Derecho relacionados
JURDICO- con la intervencin profesional. Evaluacin eFORENSE intervencin en el mbito de minoridad y
familia. Las instituciones de internacin penal.Victimologa. La mediacin penal y otrasformas de resolucin alternativa de conflictos.Abordajes teraputicos. Dao psquico einsana.
TICA yConceptos bsicos de Etica. Etica aplicada al ejercicioprofesional.
DEONTOLOGA Deontologa. Legislacin vigente relativa al ejercicio profesionaldel psiclogo.
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ANEXO 11
CARGA HORARIA MINIMA PARA LAS CARRERAS DE LICENCIATURA ENPSICOLOGIA y PSICOLOGIA
Se define una carga horaria total mnima de tres mil doscientas (3200) horas,
ulicas y extra ulicas. El nmero de horas con presencia simultnea de docentesy alumnos no podr ser inferior a 2600. Las horas podrn ser tericas, terico
prcticas, prcticas tutoriadas, prcticas pre-profesionales.
De la carga horaria total, dos mil setecientas horas (2700) se destinarn a la
formacin terica y las restantes quinientas (500) se referirn a la formacin
prctica.
El nmero de horas por rea curricular est dado en rangos a fin de que cada
universidad pueda definir y adecuar su propuesta acadmica de acuerdo las
especificidades de su misin y objetivos.
CARGA HORARIA TERICA MNIMA POR REA CURRICULAR
AREA CURRICULAR AMPLITUD EN PORCENTAJE
Formacin Bsica 30 - 40 %
Formacin General y Complementaria 15 - 25 %
Formacin Profesional 45 - 55 %
Carga horaria mnima de la formacin 100 %
terica = 2700 horas
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Las horas prcticas sern de dos tipos:
a) Horas prcticas que formarn parte de las asignaturas con indicadores visibles
en los respectivos programas y que proporcionarn productos tangibles tales
como: monografas, informes escritos, observaciones, entrevistas, encuestas,
sondeos de opinin, trabajos de evaluacin psicolgica, estudio de casos,
investigacin, trabajos de campo.
Las mismas estarn destinadas a la adquisicin de habilidades y conocimientos
metodolgicos y de dispositivos de evaluacin e intervencin psicolgicas.
b) Las horas prcticas profesionales tutoriadas tendrn una carga horaria mnima
de doscientas cincuenta horas (250). Los objetivos y caractersticas principales de
estas prcticas intensivas e integrativas, son la vinculacin del mundo acadmico
con el mundo del trabajo, a travs de la integracin de los conocimientos terico-
prcticos, que garanticen el aprendizaje de los contenidos procedimentales
("saber hacer") y de las reglas de funcionamiento profesional. Deben
implementarse en el ltimo tramo del trayecto formativo, cuando el alumno est
en condiciones de contar con los conocimientos que las posibilitan. Para ello, los
estudiantes se incorporan a proyectos o programas de la propia unidad
acadmica o de instituciones u organizaciones en las que se desempean
profesionales de la disciplina en posiciones laborales especficas (incluida la de
investigacin) .
Las carreras que se desarrollarn bajo la modalidad a distancia debern ajustarsea la normativa vigente.
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ANEXO 111
CRITERIOS DE INTENSIDAD DE LA FORMACION PRACTICA PARA LASCARRERAS DE LICENCIATURA EN PSICOLOGIA y PSICOLOGIA
Los criterios para determinar la intensidad de la formacin se formulan
considerando los contenidos mnimos y el perfil profesional.
AREA CURRICULAR AMPLITUD EN PORCENTAJEFormacin Bsica 20 - 40 %Formacin General V Complementaria o Formacin Profesional 60 - 80 %SUBTOTAL Carga horaria mnima de 50%la formacin prctica por rea
SUBTOTAL Carga horaria mnima de 50%la prctica profesional supervisada
,
TOTAL Carga horaria mnima de la 100 %prctica = 500 horas
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ANEXO IV
ESTANDARES PARA LA ACREDITACION DE LAS CARRERAS DELICENCIATURA EN PSICOLOGIA y PSICOLOGIA
1. Contexto Institucional
a. La Carrera de psicologa debe desarrollarse en Universidades Institutos
Universitarios que cumplan con lo establecido por la LES.
b. A fin de lograr el cumplimiento de su misin, la Institucin Universitaria debe
promover la vinculacin con organizaciones civiles, profesionales y entidades
pblicas y privadas. Para ello tender a establecer convenios y acuerdos queaseguren un marco para las actividades a realizar.
c. La Carrera de psicologa debe mostrar coherencia con la misin, propsitos yobjetivos institucionales.
d. La carrera debe contar con instancias institucionalzadas responsables del
diseo y seguimiento de la implementacin del Plan de Estudio y su revisinperidica, de acuerdo a las pautas que rigen en cada Institucin.
e. La misin institucional de la Unidad Acadmica sede de la Carrera, el Plan de
Estudio, sus objetivos, funcionamiento y reglamentaciones, deben estar
explcitamente definidos y deben ser de conocimiento pblico.
f. La Unidad Acadmica debe contar con una organizacin administrativa
adecuada a sus fines, con funciones y mecanismos de gestin claramenteidentificados y distribuidos, que permitan alcanzar los objetivos y el perfilpropuesto.
g. Los cargos directivos y de gestin deben estar cubiertos conforme loestablecido por los estatutos de cada Institucin Universitaria.
h. Segn corresponda, el Decano, Director responsable de la carrera debe
poseer ttulo de grado de Licenciado en Psicologa Psiclogo y acreditar
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antecedentes y dedicacin compatibles con la naturaleza del cargo. ( Slovlido para las Universidades de gestin privada)
i. Los sistemas de registro y procesamiento de la informacin acadmica y loscanales de comunicacin deben ser confiables, eficientes y actualizados.
2. Formacin y Plan de Estudios
a. El plan de estudios tiene como objetivo la formacin de profesionales e
investigadores capaces de abordar la problemtica psicolgica desde distintos
enfoques tericos y prcticos; de interrogarse sobre el valor cientfico y socialde sus conocimientos, de proponer prcticas frente a situaciones diversas ymbitos emergentes, dispuestos a considerar su profesin como una tarea de
formacin y actualizacin permanente y rigurosos en el cumplimiento de losprincipios y normas de la tica profesional.
b. El plan de estudios debe permitir que los alumnos lleguen a conocer ydiferenciar los fundamentos epistemolgicos y cientficos de las teoras y lasprcticas psicolgicas y adquirir conocimientos idneos dentro de las distintasreas de actividad profesional, acordes a las actividades reservadas al ttulo
profesional.
c. Debe existir una reglamentacin que tenga en cuenta los requisitos para
acceder al cursado y promocin de cada asignatura, mediante un esquema de
correlatividad que garantice la continuidad y coherencia en el aprendizaje.
d. Las asignaturas deben contar con un Programa que contenga objetivos,
contenidos, carga horaria, descripcin analtica de las actividades tericas yprcticas, bibliografa, metodologa con la cual se desarrollar y formas deevaluacin utilizada.
e. La evaluacin del aprendizaje debe ser congruente con los objetivos ymetodologas de la enseanza previamente definidos. En la Carrera se debe
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considerar peridicamente la frecuencia, cantidad y distribucin deevaluaciones exigidas.
f. El plan de estudios debe cumplir con los contenidos curriculares bsicos, la
carga horaria y la intensidad de la formacin prctica.
g. La carga horaria total no deber ser inferior a las 3.200 horas, de las cuales
2700 horas sern tericas y 500 hs. de formacin prctica
h. El Plan de Estudio debe sostener una permanente relacin terico-prctica en
funcin de los contenidos mnimos desarrollados en cada rea temtica.
i. El plan de estudios debe tener una estructura y organizacin que permita su
actualizacin continua.
j. El Trabajo Integrador Final (TIF) y la prctica profesional supervisada son
requisitos para la titulacin.
3. Cuerpo Acadmico
a. La Carrera debe disponer de docentes idneos y en cantidad apropiada para
cumplir su misin y objetivos en las distintas reas de su quehacer
b. El cuerpo docente debe acreditar formacin y antecedentes adecuados a las
funciones que desempea.
c. El ingreso y la permanencia en la docencia, deben regirse por mecanismos
que garanticen la idoneidad del cuerpo acadmico. La trayectoria acadmica y
la formacin profesional de los integrantes del cuerpo acadmico, deben estar
documentadas y ser adecuada a las funciones que desempean.
d. Los legajos del personal docente deben incluir tambin su trayectoria
acadmica actualizada.
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4. Estudiantes y Graduados
a. La institucin universitaria debe explicitar los requisitos de ingreso,
permanencia y titulacin de los estudiantes.
b. La Institucin debe disponer mecanismos de seguimiento de los estudiantes y
de informacin sobre su rendimiento, permanencia, como medidas efectivas
de retencin.
c. La Unidad Acadmica deber velar por el resguardo de toda la documentacin
relativa al sistema de alumnos: legajos acadmicos, evaluaciones peridicas,
actas de examen y todo otro material que certifique la trayectoria acadmica
del estudiante, guardando las normas de confidencialidad correspondientes.
d. La Unidad Acadmica debe contar con instancias de orientacin y apoyo a los
estudiantes que les faciliten la permanencia y adecuado rendimiento en la
carrera, tales como tutoras, asesoras y orientacin profesional en cantidad y
calidad suficiente
e. La Institucin debe prever mecanismos de seguimiento de graduados con el
objetivo de evaluar el impacto de la formacin recibida en su ejercicio
profesional.
5. Personal de Apoyo
a. La Unidad Acadmica deber contar con un nmero suficiente de personal de
apoyo, acorde con la planta docente, la matrcula de alumnos y el desarrollo
de las actividades de docencia, investigacin y extensin que se implementen.
6. Infraestructura, equipamiento y recursos presupuestarios
a. Deber propenderse a la informatizacin de todos los procesos
administrativos. Para ello deber contarse con el equipamiento informtico
necesario y apropiado.
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b. La planta fsica en donde se implante la carrera debe ser suficiente para el
desarrollo de las actividades de docencia, investigacin y extensin yadecuada a las funciones que en ella se cumplen.
c. La Carrera debe tener acceso a bibliotecas y centros de informacin
actualizados que dispongan de un acervo bibliogrfico pertinente y variado.
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ANEXO V
ACTIVIDADES PROFESIONALES RESERVADAS A LOS TITULOS DELICENCIADO EN PSICOLOGIA y PSICOLOGO
1. Prescribir y realizar intervenciones de orientacin, asesoramiento e
implementacin de tcnicas especficas psicolgicas tendientes a la
promocin, recuperacin y rehabilitacin de la salud, a la prevencin de sus
alteraciones y la provisin de los cuidados paliativos.
2. Prescribir y realizar acciones de evaluacin, diagnstico, pronstico,
tratamiento, seguimiento, recuperacin y rehabilitacin psicolgica en los
abordajes: individual, grupal, de pareja, familia, instituciones, organizaciones y
en lo social-comunitario.
3. Prescribir y realizar acciones de evaluacin psicolgica, psicodiagnstico,
pronstico y seguimiento en los abordajes: individual, de pareja y familia.
4. Prescribir y efectuar psicoterapias individuales, familiares, grupales y depareja.
5. Realizar indicaciones psicoteraputicas de internacin y externacin de
personas por causas psicolgicas. Indicar licencias y/o justificar ausencias por
causas psicolgicas.
6. Desarrollar y validar mtodos, tcnicas e instrumentos de exploracin,
evaluacin y estrategias de intervencin psicolgicas.
7. Diagnosticar, realizar peritajes, asesorar y asistir psicolgicamente, en el
campo jurdico - forense, a personas en conflicto con la ley y vctimas de
delitos, a sus respectivos familiares, e intervenir en los aspectos psicolgicos
de las problemticas de minoridad.
8. Diagnosticar, evaluar, asistir, orientar y asesorar en todo lo concerniente a los
aspectos estrictamente psicolgicos en el rea educacional.
9. Prescribir y realizar orientacin vocacional y ocupacional, en aquellos
aspectos estrictamente psicolgicos.
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10.Elaborar perfiles psicolgicos a partir del anlisis de puestos y tareas e
intervenir en procesos de formacin, capacitacin y desarrollo del personal, enel marco de los ciclos de seleccin, insercin, reasignacin, reinsercin y
desvinculacin laboral. Asesorar en el mbito de higiene, seguridad y
psicopatologa del trabajo.
11.Diagnosticar, evaluar, asistir, orientar y asesorar en lo concerniente a losaspectos psicolgicos en el rea social-comunitario para la promocin y laprevencin de la salud y la calidad de vida de grupos y comunidades y la
intervencin en situaciones crticas de emergencias y catstrofes.12.Participar desde la perspectiva psicolgica en el diseo, la direccin, la
coordinacin y la evaluacin de polticas, instituciones y programas de salud,educacin, trabajo, justicia, derechos humanos, desarrollo social,
comunicacin social y de reas emergentes de la Psicologa.13.Dirigir, participar y auditar servicios e instituciones pblicas y privadas, en los
que se realicen prestaciones de salud y de salud mental.
14.Asesorar en la elaboracin de legislacin que involucren conocimientos yprcticas de las distintas reas de la Psicologa.
15.Realizar estudios e investigaciones en los diferentes reas del quehacer
disciplinar, a saber:
a. Los procesos psicolgicos y psicopatolgicos a lo largo del ciclo
vital.
b. Los procesos psicolgicos involucrados en el desarrollo y funcionamiento
de los s, las grupos, instituciones, organizaciones y la comunidad.
c. La construccin y desarrollo de mtodos, tcnicas e instrumentos deintervencin psicolgica.
16.Planificar, dirigir, organizar y supervisar programas de formacin y evaluacinacadmica y profesional en los que se aborden actividades reservadas alttulo.
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page13titlesConsejo de Universidades CONTENIDOS CURRICULARES BASICOS
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