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1"2009 - Año de Homenaje a Raúl SCALABRINI OR TlZ"1 Consejo de Universidades BUENOS AIRES, '2 SEÑOR PRESIDENTE Me dirijo a usted con el fin de remitir para su conocimiento copia del ACUERDO PLENARIO N° 64 de fecha 23 de junio de 2009. El citado acto administrativo presta acuerdo a las propuestas de contenidos curriculares básicos, de carga horaria mínima y de criterios de intensidad de la formación práctica para las carreras correspondientes a los títulos de PSICOLOGO y LICENCIADO EN PSICOLOGIA, así como la nómina de actividades profesionales reservadas para quienes hayan obtenido los títulos respectivos. Saludo a usted atentamente. ~ G ~ 1í1"'" MI!!. de las Mercades e COORD¡N~ CION TéCNICA Ot)N3!iJO DE UNIVERSroADE SEÑOR PRESIDENTE DEL CONSEJO DE RECTORES DE UNIVERSIDADES PRIVADAS DR. HECTOR SAURET S / D ---- ----

LICENCIATURA EN PSICOLOGIA.pdf

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  • 1"2009 - Ao de Homenaje a Ral SCALABRINI OR TlZ"1

    Consejo de Universidades

    BUENOS AIRES, '2

    SEOR PRESIDENTE

    Me dirijo a usted con el fin de remitir para su conocimiento copia del

    ACUERDO PLENARIO N 64 de fecha 23 de junio de 2009.

    El citado acto administrativo presta acuerdo a las propuestas de contenidos

    curriculares bsicos, de carga horaria mnima y de criterios de intensidad de la

    formacin prctica para las carreras correspondientes a los ttulos de

    PSICOLOGO y LICENCIADO EN PSICOLOGIA, as como la nmina de

    actividades profesionales reservadas para quienes hayan obtenido los ttulos

    respectivos.

    Saludo a usted atentamente.

    ~G~

    11"'" MI!!. de las Mercades eCOORDN~CION TCNICA

    Ot)N3!iJO DE UNIVERSroADE

    SEOR PRESIDENTE DEL CONSEJODE RECTORES DE UNIVERSIDADES PRIVADASDR. HECTOR SAURETS / D---- ----

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    Consejo de Universidades

    ACUERDO PLENARIO N 64

    VISTO lo dispuesto por los artculos 43 y 46 inciso b) de la Ley N

    24.521, el Acuerdo Plenario N 21 del CONSEJO DE UNIVERSIDADES de fecha

    2 de octubre de 2003, la Resolucin Ministerial N 136 de fecha 23 de junio de

    2004, y lo propuesto por la Comisin de Asuntos Acadmicos en su Despacho N

    60 respecto a los ttulos de las carreras de PSICOLOGO y LICENCIADO EN

    PSICOLOGIA,

    CONSIDERANDO:

    Que el artculo 43 de la Ley de Educacin Superior establece que los

    planes de estudios de carreras correspondientes a profesiones reguladas por el

    Estado, cuyo ejercicio pudiera comprometer el inters pblico, poniendo en riesgo

    de modo directo la salud, la seguridad o los bienes de los habitantes, deben tener

    en cuenta -adems de la carga horaria mnima prevista por el artculo 42 de la

    misma norma- los contenidos curriculares bsicos y los criterios sobre intensidad

    de la formacin prctica que establezca el MINISTERIO DE EDUCACION en

    acuerdo con el CONSEJO DE UNIVERSIDADES.

    Que el Ministerio debe fijar asimismo, con acuerdo del CONSEJO DE

    UNIVERSIDADES, las actividades profesion;lles que quedan reservadas a

    quienes hayan obtenido un ttulo comprendido en la nmina del artculo 43.

    Que se prev tambin, que dichas carreras deben ser acreditadas

    peridicamente por la COMISION NACIONAL DE EVALUACION yACREDITACION UNIVERSITARIA (CONEAU) o por entidades privadas

    constituidas con ese fin (artculo 43, inciso b, Ley N 24.521), de conformidad con

    los estndares que establezca el MINISTERIO DE EDUCACION en consulta con

    el CONSEJO DE UNIVERSIDADES (art. 46, inciso b, Ley N 24.521).

    Que en el presente caso este Consejo mediante Acuerdo Plenario N 21

    ha entendido que los ttulos de las carreras que a continuacin se detallan:

    PSICOLOGO y LICENCIADO EN PSICOLOGIA corresponden a profesiones en

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    Consejo de Universidades

    la que se dan los supuestos de riesgo directo previstos en el artculo 43 de la Ley

    de Educacin Superior, temperamento recogido por la Resolucin Ministerial N

    136/04, que dispuso la inclusin de los respectivos ttulos en la nmina de la

    norma de mencin.

    Que consecuentemente, resulta necesario fijar los contenidos

    curriculares bsicos, la carga horaria mnima, los criterios de intensidad de la

    formacin prctica y los estndares de acreditacin de las mencionadas carreras,

    as como las actividades profesionales reservadas a quienes obtengan los ttulos

    de PSICOLOGO y LICENCIADO EN PSICOLOGIA a fin de poner en vigencia el

    sistema previsto por la normativa de mencin.

    Que a esos fines, la Comisin de Asuntos Acadmicos del Cuerpo -en

    sus sesiones de fecha 24 de junio de 2008, 4 de noviembre de 2008 y 5 de mayo

    de 2009- ha analizado los documentos de base presentados en forma conjunta

    por la Asociacin de Unidades Acadmicas de Psicologa (AUAPSI) y la Unidadde Vinculacin Acadmica de Psicologa de Universidades de Gestin Privada(UVAPSI).

    Que dicha propuesta ha sido aprobada por el CONSEJO

    INTERUNIVERSITARIO NACIONAL, mediante Resolucin CE N 446 del 14 de

    febrero de 2008 y Resolucin CE N 524 del 28 de abril de 2009.

    Que luego de un profundo anlisis de todos los aspectos que integran el

    documento sometido a estudio de este Cuerpo, se ha llegado a definir los

    contenidos curriculares bsicos, la carga horaria mnima, los criterios de

    intensidad de la formacin prctica y los estndares para la acreditacin de las

    carreras de que se trata, as como las actividades profesionales que deben

    quedar reservadas a quienes obtengan los ttulos de PSICOLOGO y

    LICENCIADO EN PSICOLOGIA.

    Que frente a la necesidad de definir las actividades profesionales que

    deben quedar reservadas a los ttulos de PSICOLOGO y LICENCIADO EN

    PSICOLOGIA y, considerando la situacin de otras titulaciones ya incluidas en el

    rgimen del artculo 43 de la Ley de Educacin Superior o que pudieran serio en

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    Consejo de Universidades

    el futuro con las cuales pudiera existir -eventualmente- una superposlclon de

    actividades, corresponde aplicar el criterio general adoptado por este Consejo

    respecto del tema, declarando que la nmina de actividades reservadas a quienes

    obtengan los ttulos respectivos se fija sin perjuicio de que otros ttulos puedan

    compartir algunas de las mismas.

    Que por otro lado, corresponde destacar que, tratndose de una

    experiencia sin precedentes para las carreras, todo lo que se aprobare en esta

    instancia debera estar sujeto a una necesaria revisin una vez concluida la

    primera convocatoria obligatoria de acreditacin.

    Que del mismo modo, y tal como lo propone la Comisin de Asuntos

    Acadmicos en su Despacho N 60, corresponde tener presentes los avances

    que puedan lograrse en el proceso de integracin regional, los que podran hacer

    necesaria una revisin de los documentos que se aprueben en esta instancia, a

    fin de hacerlos compatibles con los acuerdos que se alcancen en el mbito del

    MERCOSUR EDUCATIVO.

    Que de acuerdo a ello y teniendo presentes los avances que pudieran

    producirse en la materia, as como la eventual incorporacin de instituciones

    universitarias nacionales a procesos experimentales en el mbito regional y/o

    internacional, corresponde introducir una previsin que contemple dos aspectos:

    la necesidad de revisar los documentos aprobados segn lo exijan los avances

    internacionales, y el reconocimiento -en los procesos de acreditacin- de

    situaciones excepcionales que pudieran surgir de la incorporacin de algunas

    carreras a experiencias piloto de compatibilizacin curricular.

    Que en la consideracin, interpretacin y aplicacin, de las diferentes

    regulaciones dispuestas por este Acuerdo Plenario deber tenerse presente que

    estos son requerimientos mnimos, indispensables para lograr una formacin

    capaz de garantizar un ejercicio profesional responsable, debiendo procurarse

    dejar el ms amplio margen posible a la iniciativa de las instituciones

    universitarias.

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    Consejo de Universidades

    Que por ello, tambin en su interpretacin y aplicacin deben tenerse en

    cuenta los principios de autonoma y libertad de enseanza.

    Que por tratarse de la primera aplicacin del nuevo rgimen a estas

    carreras, la misma debe realizarse gradualmente, especialmente durante un

    perodo de transicin en el que puedan contemplarse situaciones eventualmente

    excepcionales.

    Por todo ello, atento lo aconsejado por la Comisin de Asuntos

    Acadmicos en su Despacho N 60 Y en ejercicio de la facultad conferida al

    Cuerpo por el artculo 43 de la Ley de Educacin Superior.

    EL CONSE~JO DE UNIVERSIDADES

    ACUERDA:

    ARTICULO 1._ Prestar acuerdo a las propuestas de contenidos curriculares

    bsicos, de carga horaria mnima y de criterios de intensidad de la formacin

    prctica para las carreras correspondientes a los ttulos de PSICOLOGO y

    LICENCIADO EN PSICOLOGIA, as como a la nmina de actividades

    profesionales reservadas para quie!nes hayan obtenido los ttulos respectivos, que

    obran como Anexo 1,11,111YV del presente.

    ARTICULO 2._ Recomendar al MINISTERIO DE EDUCACION se aclare en la

    resolucin respectiva que la determinacin de las referidas actividades

    profesionales que deben quedar reservadas a quienes obtengan los ttulos de

    PSICOLOGO y LICENCIADO EN PSICOLOGIA lo es sin perjuicio que otros

    ttulos incorporados o que se incorporen al rgimen del artculo 43 de la Ley de

    Educacin Superior puedan compartir algunas de las mismas

    ARTICULO 3.- Prestar conformidad a la propuesta de estndares de acreditacin

    para las carreras de PSICOLOGO y LICENCIADO EN PSICOLOGIA, que obracomo Anexo IV del presente.

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    ARTICULO 4. - Proponer al MINISTERIO DE EDUCACION que, en la resolucin

    pertinente, disponga que los Anexos 1, 11,111,IV Y V aprobados en el presente

    Acuerdo Plenario deben ser aplicados con un criterio de flexibilidad y gradualidad.

    ARTICULO 5,- Recomendar que iBnel proceso de acreditacin se preste especial

    atencin a los principios de autonoma universitaria y libertad de enseanza,

    procurando garantizar el necesario margen de iniciativa propia a las instituciones

    universitarias para que organicen sus respectivas carreras.

    ARTICULO 6.- Recomendar al MINISTERIO DE EDUCACION que se establezca

    un plazo de DOCE (12) meses para que los establecimientos universitarios

    adecuen sus carreras de grado de PSICOLOGIA y LICENCIATURA EN

    PSICOLOGIA a las disposiciones precedentes, perodo durante el cual podrn

    presentarse voluntariamente a solicitar la acreditacin. Una vez concluido dicho

    perodo podrn formularse las convocatorias obligatorias para solicitar la

    acreditacin correspondiente segn las previsiones del artculo 43 de la Ley N

    24.521.

    ARTICULO 7.- Recomendar que el reconocimiento oficial y consecuente validez

    nacional de todas las nuevas carreras de PSICOLOGIA y LICENCIATURA EN

    PSICOLOGIA sea otorgado previa acreditacin, con aplicacin estricta de los

    documentos obrantes en los Anexos 1, 11,111,IV Y V, no pudiendo iniciarse las

    actividades acadmicas hasta que ello ocurra.

    ARTICULO 8,- Recomendar que los documentos que se aprueben sean

    revisados por este Cuerpo una vez completado el primer ciclo de acreditacin de

    las carreras existentes a la fecha del presente.

    ARTICULO 9,_ Recomendar que los documentos que se aprueben sean

    revisados por este Cuerpo a fin de introducir las modificaciones que resulten

    necesarias de acuerdo a los avances que se produzcan en la materia en el mbito

    del MERCOSUR EDUCATIVO.

    ARTICULO 10,- Recomendar qUiB los documentos de mencin sean revisados

    toda vez que los avances en los procesos desarrollados en el marco del sub-

    espacio UE-ALC lo tornen necesario.

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    Consejo de Universidades

    ARTICULO 11,- Recomendar que en la aplicacin que se realice de los

    documentos aprobados, se tengan especialmente en cuenta las situaciones

    excepcionales que pudieran derivarse de la participacin de algunas de las

    carreras o instituciones que las imparten en procesos experimentales de

    compatibilizacin curricular en el en el marco del sub-espacio internacionalreconocido en el artculo anterior.

    ARTICULO 12.- Regstrese, comunquese y archvese.

    Aprobado por el CONSEJO DE UNIVERSIDADES, reunido en plenario en el

    Saln Rosario Vera Pealoza del MINISTERIO DE EDUCACION, el da 23 deJunio de dos mil nueve.--------m-.----m- m m mm m _

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    ANEXO I

    CONTENIDOS CURRICULABES BASICOS PARA LAS CARRERAS DELICENCIATURA EN PSICOLOGIA y PSICOLOGIA

    Se definen los Contenidos Curriculares Bsicos que debern ser

    cubiertos obligatoriamente por las carreras, por ser considerados esenciales para

    que el ttulo sea reconocido con vistas a su validez nacional. Los Contenidos

    Curriculares Bsicos constituyen una matriz bsica y sinttica de la que se

    pueden derivar, segn lo defina cada institucin, lineamientos curriculares y

    planes de estudio diversos.

    Los contenidos alcanzan no slo aquello que a nivel conceptual y terico

    es considerado imprescindible, sino las competencias que se desean formar, de

    manera tal que queda en manos de cada institucin la elaboracin del perfil del

    profesional deseado. Toda carrera de Licenciatura en Psicologa y Psicologa,

    debe asegurar que los contenidos especficos que defina en su Plan de Estudios

    sean adecuados para garantizar la formacin correspondiente al perfil definido.

    Los CCB se organizan para su presentacin en forma de reas, lo cual no debe

    condicionar o generar rigideces que puedan atentar contra la necesaria

    flexibilidad curricular. El listado de contenidos no implica por otra parte una

    imposicin de nombres, de cantidad de materias, ni de una organizacin particular

    de las mismas, sino que constituye un ordenamiento operativo. Este listado est

    orientado a explicitar los contenidos curriculares mnimos que deben ser

    considerados en las distintas currculas de las carreras de Licenciatura en

    Psicologa Y Psicologa.

    ORGANIZACiN DEL PLAN DE ESTUDIO

    El Plan de Estudio debe contemplar una formacin generalista con

    pluralismo terico y perspectiva multidisciplinaria, que posibilite la posterior

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  • 1"2009-Ao de Homenaje a Ral SCALABRINl ORTIZ'l

    Consej O de Universidades

    especializacin del egresado. L.a profesionalizacin se realizar a travs del

    proceso de afianzamiento y complejizacin progresiva de los conocimientos

    tericos y prcticos, reservndose la especializacin como actividad depostgrado.

    El Plan de Estudio contempla las reas de formacin, los contenidos

    curriculares bsicos, la carga horaria, los criterios de intensidad de la formacin

    prctica y los requisitos de titulacin.

    REAS INSTANCIAS DE FORMACiN

    La formacin acadmico-profesional del LICENCIADO EN PSICOLOGA

    PSICLOGO comprende dos instancias graduales y secuenciales: la primeraest orientada a la adquisicin de conocimientos y capacidades bsicas e

    instrumentales de la disciplina; la segunda tiene por objetivo la integracin de

    conocimientos, su profundizacin acadmica y la aplicacin a las distintas reas

    de prctica profesional. La estructura del Plan de Estudio, por lo tanto, deber

    contemplar estas dos instancias.

    La Carrera debe contemplar tres reas de formacin, sin perjuicio de la flexibilidad

    e integracin curricular que determine cada Unidad Acadmica.

    a) rea de Formacin Bsica. Corresponde al conocimiento de los

    procesos bsicos de la conducta humana: biolgicos, psicolgicos ysocioculturales y de sus caractersticas en las diferentes etapasevolutivas y desde los distintos enfoques tericos, considerando lahistoria de la Psicologa y la metodologa de la investigacin.

    b) rea de Formacin General y Complementaria. Corresponde aasignaturas y actividades curriculares de otras disciplinas, tendientes a

    la formacin integral.

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    c) rea de Formacin Profesional. Corresponde a la formacin en los

    distintos campos de aplicacin profesional del ejercicio de la Psicologa;

    a partir de los conocimientos tericos, metodolgicos e instrumentales

    para la evaluacin, diagnstico, tratamiento, pronstico e intervencin

    psicolgica, que permitan el reconocimiento y delimitacin de distintas

    entidades psicolgicas y psicopatolgicas desde diferentesconcepciones tericas

    Los campos de aplicacin son: Clnica, Educacional, Jurdico-Forense, Laboral-

    Organizacional, Social-Comunitaria, Sanitaria y Emergentes: Psicologa Poltica,

    Psicologa Econmica, Psicologa del Trnsito, Psicologa de la Actividad Fsica y

    del Deporte; Psicologa de las Emergencias y Catstrofes, entre otras.

    CONTENIDOS CURRICULARES BSICOS

    Los contenidos curriculares bsicos abarcan informacin terica,

    conceptual y prctica, dejando espacio para que cada Institucin elabore el

    propio. Toda Carrera de Psicologa debe asegurar que los contenidos especficos

    sean adecuados para garantizar la formacin correspondiente al perfil definido.

    Los contenidos curriculares bsicos deben asegurar la adquisicin de los

    conocimientos, habilidades y actitudes que permitan un desempeo profesionalidneo.

    Los ejes temticos que constituyen los contenidos curriculares bsicosdeben contemplar la formacin en:

    A. PROCESOS BIOPSICOSOCIALES

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    Consejo de Universidades

    A.1. Procesos biolgicos y neuropsicolgicos: Se refiere al estudio de

    estructuras y funciones biolgicas, neurofisiolgicas y neuropsicolgicas

    involucradas en la constitucin y funcionamiento del psiquismo.

    A.2. Procesos psicolgicos: Conjunto de aspectos que integran las

    dimensiones consciente e inconsciente del psiquismo, segn diferentes

    modelos tericos.

    Estos incluyen:

    a. Procesos psicolgicos que se refieren a las dimensiones relacionadas con el

    conocimiento, sus condiciones de posibilidad y su construccin.

    b. Procesos psicolgicos que se refieren a la dimensin dinmica del psiquismo.

    c. Procesos del desarrollo que se refieren a la dimensin evolutiva a lo largo del

    ciclo vital.

    A.3. Procesos socioculturales: Se refieren a los procesos de

    subjetivacin, individuacin, personalizacin y socializacin.

    B. DESARROLLOS DE LA PSICOLOGA EN RELACIN CON LOS

    INDIVIDUOS, PAREJAS, FAMILIAS, GRUPOS, INSTITUCIONES,ORGANIZACIONES Y COMUNIDADES.

    Se refiere al estudio de procesos intersubjetivos, interactivos y dinmicos que se

    desarrollan en los grupos, las instituciones, las organizaciones y la comunidad.

    Los contenidos de este eje temtico son transversales, por lo que su desarrollo

    implica una interrelacin con los otros ejes descriptos.

    C. PROCESOS PSICOPATOLGICOS

    Se refiere a los procesos psicopatolgicos y a la categorizacin de las estructuras

    psicopatolgicas.

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  • 1"2009- Ao de Homenaje a Ral SCALABRINI ORTIZ'l

    Consejo de Universidades

    D. HISTORIA DE LA PSICOLOGA

    Se refiere a la construccin y desarrollo de los paradigmas, teoras y enfoques de

    la Psicologa, desde sus orgenes; ya su constitucin como ciencia y profesin.

    E. METODOLOGA DE LA INVESTIGACiN PSICOLGICA

    Se refiere al estudio de la produccin y validacin de los conocimientos

    cientficos, a los fundamentos epistemolgicos, estrategias metodolgicas y

    diseos de investigacin en Psicologa, cuantitativa y cualitativa.

    F. EVALUACiN Y DIAGNSTICO PSICOLGICOS

    Se refiere a los conocimientos terico-instrumentales que permiten adquirir las

    destrezas necesarias para la evaluacin, diagnstico y pronstico psicolgico,

    segn la edad del sujeto, las diferentes demandas y las peculiaridades de cada

    mbito de aplicacin.

    G. INTERVENCIONES EN PSICOLOGA

    Se refiere al conocimiento de las diferentes estrategias, mtodos y tcnicas de

    abordaje e intervencin referidas a las problemticas que ataen a cada campo

    de la Psicologa teniendo en cuenta la promocin de la salud. Comprende el

    conocimiento del conjunto de modelos tericos y tcnicos psicoteraputicos.

    H. FORMACiN COMPLEMENTARIA EN OTRAS DISCIPLINAS

    Se refiere a contenidos filosficos, antropolgicos, sociolgicos, lingusticos, entre

    otros, que permiten integrar, situar y delimitar el conocimiento de lo psquico, as

    como ampliar su horizonte de comprensin.

    1.TICA Y DEONTOLOGA PROFESIONAL

    Se refiere a los conocimientos ticos y deontolgicos, a la legislacin y a las

    cuestiones jurdicas que se relacionan con el ejercicio profesional en Psicologa.

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  • 1"2009- Ao de Homenaje a Ral SCALABRINI ORTIZ'l

    Consejo de Universidades

    CONTENIDOS CURRICULARES BASICOS

    REASEJES TEMTICOS CONTENIDOS CURRICULARES BSICOSCURRICULARES

    Sensopercepcin, atencin, emocin, afectividad,deseo, motivacin, representacin, imaginacin,memoria, aprendizaje, pensamiento, lenguaje,inteligencia y conducta.

    PROCESOS Bases biolgicas del comportamiento, procesosBIOPSICOSOCIALES neuropsicolgicos.

    Principios de neuropsicofarmacologa.Personalidad. Procesos de subjetivacin, individuaciny socializacin.Estudio del desarrollo biopsicosocial en los diferentesperodos evolutivos.

    FORMACiNBSICA

    Orgenes histricos de la Psicologa.HISTORIA DE LA Comienzos de la Psicologa cientfica.PSICOLOGA Desarrollo de las corrientes psicolgicas

    contemporneas.La Psicologa en la Argentina.

    Epistemologa: fundamentacin del conocimientocientfico.

    INVESTIGACiN Lgica: trminos, proposiciones y razonamientos.Estadstica descriptiva e inferencia!.Metodologa de investigacin: cuantitativa y cualitativa.

    Problemas, conceptos y orientaciones fundamentalesde la Filosofa.

    REA FILOSFICAConcepciones acerca del hombre y su importanciapara la Psicologa.

    FORMACiN Principales desarrollos en el pensamiento filosfico.GENERAL y Aportes de la Filosofa a la construccin de teorasCOMPLEMEN- psicolgicas.

    TARIAPrincipales corrientes del pensamiento sociolgico y

    REA SOCIO antropolgico.CULTURAL Incidencia de los conceptos sociolgicos y

    antropolgicos en Psicologa.Cultura y sociedad.

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  • Consejo de Universidades

    1"2009 - Ao de Homenaje a Ral SCALABRINI ORTIZ1

    Evaluacin psicolgica y psicodiagnstico: diversos campos deaplicacin, en distintas etapas evolutivas y segn diferentes

    EVALUACiN nosologas.y Tcnicas de exploracin y evaluacin psicolgica.

    DIAGNSTICO Fundamentos para la construccin de instrumentos de evaluacin

    PSICOLGICO psicolgica.Validez y confiabilidad de los instrumentos.Informe y devolucin psicodiagnstica, segn la especificidad decada campo profesional.Conceptos y fundamentos de psicopatologa.Diferentes enfoques tericos.

    PROCESOS El abordaje institucional de la enfermedad mental.PSICOPATOL Criterios de salud y enfermedad, normalidad - anormalidad,

    -GICOS sntomas, signos y sndromes.Nosologas psicopatolgicas. Manuales internacionales declasificacin diaqnstica.

    Concepto y delimitacin de la PsicologaClnica.Quehacer del psiclogo en el campo de laSalud Mental. Investigacin, diagnstico,prevencin, promocin, asistencia ytratamiento.

    CLNICA Diversos abordajes clnicos: individual, depareja, familiar, grupal en la distintas etapas

    FORMACiN evolutivas.PROFESIONAL Diferentes enfoques, abordajes y estrategias

    psicolgicas y psicoteraputicas.Modelos y estrategias de intervencin endiferentes tipos de crisis.Concepto y delimitacin de la PsicologaEducacional.Quehacer del psiclogo en el mbito

    INTERVENCIO- educacional: investigacin, prevencin,NES EN EDUCACIO- diagnstico, mediacin, orientacin ePSICOLOGA NAL intervencin psicolgicos de los procesos de

    enseanza y aprendizaje y sus diversasproblemticas.Abordaje de diferentes temticas educativas:diversidad e integracin escolar, orientacinvocacional - ocupacional.Concepto y delimitacin de la PsicologaOrganizacional Laboral.Quehacer del psiclogo en este campo.Estructura y dinmica de las organizaciones.

    ORGANIZA- Diagnstico organizacional. Procesos deCIONAL cambio organizacional. Orientacin eLABORAL intervencin en la problemtica institucional.

    Proceso de seleccin de personal.Capacitacin y desarrollo. Procesos deinsercin y reinsercin laboral. Cultura y climaorganizacional. Salud y trabajo.

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  • Consejo de Universidades

    1"2009 - Ao de Homenaje a Ral SCALABRlNI ORTIZ"

    Concepto y delimitacin de la PsicologaSocial y Comunitaria.Quehacer del psiclogo en este campo.Diferentes paradigmas y mtodos en el campode la Psicologa Social.

    SOCIAL y Proceso de influencia social y medios. OpininCOMUNITARIA pblica y propagandaGrupo y liderazgo. Actitudes y prejuicios.

    Modelos y estrategias de intervencin en crisiscomunitarias.Factores de riesgo, epidemiologa y

    INTERVENCIO- prevencin en situaciones socialesNES EN Salud Pblica y Salud Mental.

    FORMACiN PSICOLOGA Concepto de Psicologa Jurdico - forense.PROFESIONAL Quehacer del psiclogo en este campo.

    Psicologa criminal. El peritaje psicolgico:mbitos de aplicacin, formas e instrumentos.Conceptos bsicos de Derecho relacionados

    JURDICO- con la intervencin profesional. Evaluacin eFORENSE intervencin en el mbito de minoridad y

    familia. Las instituciones de internacin penal.Victimologa. La mediacin penal y otrasformas de resolucin alternativa de conflictos.Abordajes teraputicos. Dao psquico einsana.

    TICA yConceptos bsicos de Etica. Etica aplicada al ejercicioprofesional.

    DEONTOLOGA Deontologa. Legislacin vigente relativa al ejercicio profesionaldel psiclogo.

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  • 1"2009- Ao de Homenaje a Ral SCALABRlNI ORTlZ'l

    Consejo de Universidades

    ANEXO 11

    CARGA HORARIA MINIMA PARA LAS CARRERAS DE LICENCIATURA ENPSICOLOGIA y PSICOLOGIA

    Se define una carga horaria total mnima de tres mil doscientas (3200) horas,

    ulicas y extra ulicas. El nmero de horas con presencia simultnea de docentesy alumnos no podr ser inferior a 2600. Las horas podrn ser tericas, terico

    prcticas, prcticas tutoriadas, prcticas pre-profesionales.

    De la carga horaria total, dos mil setecientas horas (2700) se destinarn a la

    formacin terica y las restantes quinientas (500) se referirn a la formacin

    prctica.

    El nmero de horas por rea curricular est dado en rangos a fin de que cada

    universidad pueda definir y adecuar su propuesta acadmica de acuerdo las

    especificidades de su misin y objetivos.

    CARGA HORARIA TERICA MNIMA POR REA CURRICULAR

    AREA CURRICULAR AMPLITUD EN PORCENTAJE

    Formacin Bsica 30 - 40 %

    Formacin General y Complementaria 15 - 25 %

    Formacin Profesional 45 - 55 %

    Carga horaria mnima de la formacin 100 %

    terica = 2700 horas

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    Las horas prcticas sern de dos tipos:

    a) Horas prcticas que formarn parte de las asignaturas con indicadores visibles

    en los respectivos programas y que proporcionarn productos tangibles tales

    como: monografas, informes escritos, observaciones, entrevistas, encuestas,

    sondeos de opinin, trabajos de evaluacin psicolgica, estudio de casos,

    investigacin, trabajos de campo.

    Las mismas estarn destinadas a la adquisicin de habilidades y conocimientos

    metodolgicos y de dispositivos de evaluacin e intervencin psicolgicas.

    b) Las horas prcticas profesionales tutoriadas tendrn una carga horaria mnima

    de doscientas cincuenta horas (250). Los objetivos y caractersticas principales de

    estas prcticas intensivas e integrativas, son la vinculacin del mundo acadmico

    con el mundo del trabajo, a travs de la integracin de los conocimientos terico-

    prcticos, que garanticen el aprendizaje de los contenidos procedimentales

    ("saber hacer") y de las reglas de funcionamiento profesional. Deben

    implementarse en el ltimo tramo del trayecto formativo, cuando el alumno est

    en condiciones de contar con los conocimientos que las posibilitan. Para ello, los

    estudiantes se incorporan a proyectos o programas de la propia unidad

    acadmica o de instituciones u organizaciones en las que se desempean

    profesionales de la disciplina en posiciones laborales especficas (incluida la de

    investigacin) .

    Las carreras que se desarrollarn bajo la modalidad a distancia debern ajustarsea la normativa vigente.

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    ANEXO 111

    CRITERIOS DE INTENSIDAD DE LA FORMACION PRACTICA PARA LASCARRERAS DE LICENCIATURA EN PSICOLOGIA y PSICOLOGIA

    Los criterios para determinar la intensidad de la formacin se formulan

    considerando los contenidos mnimos y el perfil profesional.

    AREA CURRICULAR AMPLITUD EN PORCENTAJEFormacin Bsica 20 - 40 %Formacin General V Complementaria o Formacin Profesional 60 - 80 %SUBTOTAL Carga horaria mnima de 50%la formacin prctica por rea

    SUBTOTAL Carga horaria mnima de 50%la prctica profesional supervisada

    ,

    TOTAL Carga horaria mnima de la 100 %prctica = 500 horas

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    ANEXO IV

    ESTANDARES PARA LA ACREDITACION DE LAS CARRERAS DELICENCIATURA EN PSICOLOGIA y PSICOLOGIA

    1. Contexto Institucional

    a. La Carrera de psicologa debe desarrollarse en Universidades Institutos

    Universitarios que cumplan con lo establecido por la LES.

    b. A fin de lograr el cumplimiento de su misin, la Institucin Universitaria debe

    promover la vinculacin con organizaciones civiles, profesionales y entidades

    pblicas y privadas. Para ello tender a establecer convenios y acuerdos queaseguren un marco para las actividades a realizar.

    c. La Carrera de psicologa debe mostrar coherencia con la misin, propsitos yobjetivos institucionales.

    d. La carrera debe contar con instancias institucionalzadas responsables del

    diseo y seguimiento de la implementacin del Plan de Estudio y su revisinperidica, de acuerdo a las pautas que rigen en cada Institucin.

    e. La misin institucional de la Unidad Acadmica sede de la Carrera, el Plan de

    Estudio, sus objetivos, funcionamiento y reglamentaciones, deben estar

    explcitamente definidos y deben ser de conocimiento pblico.

    f. La Unidad Acadmica debe contar con una organizacin administrativa

    adecuada a sus fines, con funciones y mecanismos de gestin claramenteidentificados y distribuidos, que permitan alcanzar los objetivos y el perfilpropuesto.

    g. Los cargos directivos y de gestin deben estar cubiertos conforme loestablecido por los estatutos de cada Institucin Universitaria.

    h. Segn corresponda, el Decano, Director responsable de la carrera debe

    poseer ttulo de grado de Licenciado en Psicologa Psiclogo y acreditar

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    antecedentes y dedicacin compatibles con la naturaleza del cargo. ( Slovlido para las Universidades de gestin privada)

    i. Los sistemas de registro y procesamiento de la informacin acadmica y loscanales de comunicacin deben ser confiables, eficientes y actualizados.

    2. Formacin y Plan de Estudios

    a. El plan de estudios tiene como objetivo la formacin de profesionales e

    investigadores capaces de abordar la problemtica psicolgica desde distintos

    enfoques tericos y prcticos; de interrogarse sobre el valor cientfico y socialde sus conocimientos, de proponer prcticas frente a situaciones diversas ymbitos emergentes, dispuestos a considerar su profesin como una tarea de

    formacin y actualizacin permanente y rigurosos en el cumplimiento de losprincipios y normas de la tica profesional.

    b. El plan de estudios debe permitir que los alumnos lleguen a conocer ydiferenciar los fundamentos epistemolgicos y cientficos de las teoras y lasprcticas psicolgicas y adquirir conocimientos idneos dentro de las distintasreas de actividad profesional, acordes a las actividades reservadas al ttulo

    profesional.

    c. Debe existir una reglamentacin que tenga en cuenta los requisitos para

    acceder al cursado y promocin de cada asignatura, mediante un esquema de

    correlatividad que garantice la continuidad y coherencia en el aprendizaje.

    d. Las asignaturas deben contar con un Programa que contenga objetivos,

    contenidos, carga horaria, descripcin analtica de las actividades tericas yprcticas, bibliografa, metodologa con la cual se desarrollar y formas deevaluacin utilizada.

    e. La evaluacin del aprendizaje debe ser congruente con los objetivos ymetodologas de la enseanza previamente definidos. En la Carrera se debe

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    considerar peridicamente la frecuencia, cantidad y distribucin deevaluaciones exigidas.

    f. El plan de estudios debe cumplir con los contenidos curriculares bsicos, la

    carga horaria y la intensidad de la formacin prctica.

    g. La carga horaria total no deber ser inferior a las 3.200 horas, de las cuales

    2700 horas sern tericas y 500 hs. de formacin prctica

    h. El Plan de Estudio debe sostener una permanente relacin terico-prctica en

    funcin de los contenidos mnimos desarrollados en cada rea temtica.

    i. El plan de estudios debe tener una estructura y organizacin que permita su

    actualizacin continua.

    j. El Trabajo Integrador Final (TIF) y la prctica profesional supervisada son

    requisitos para la titulacin.

    3. Cuerpo Acadmico

    a. La Carrera debe disponer de docentes idneos y en cantidad apropiada para

    cumplir su misin y objetivos en las distintas reas de su quehacer

    b. El cuerpo docente debe acreditar formacin y antecedentes adecuados a las

    funciones que desempea.

    c. El ingreso y la permanencia en la docencia, deben regirse por mecanismos

    que garanticen la idoneidad del cuerpo acadmico. La trayectoria acadmica y

    la formacin profesional de los integrantes del cuerpo acadmico, deben estar

    documentadas y ser adecuada a las funciones que desempean.

    d. Los legajos del personal docente deben incluir tambin su trayectoria

    acadmica actualizada.

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    4. Estudiantes y Graduados

    a. La institucin universitaria debe explicitar los requisitos de ingreso,

    permanencia y titulacin de los estudiantes.

    b. La Institucin debe disponer mecanismos de seguimiento de los estudiantes y

    de informacin sobre su rendimiento, permanencia, como medidas efectivas

    de retencin.

    c. La Unidad Acadmica deber velar por el resguardo de toda la documentacin

    relativa al sistema de alumnos: legajos acadmicos, evaluaciones peridicas,

    actas de examen y todo otro material que certifique la trayectoria acadmica

    del estudiante, guardando las normas de confidencialidad correspondientes.

    d. La Unidad Acadmica debe contar con instancias de orientacin y apoyo a los

    estudiantes que les faciliten la permanencia y adecuado rendimiento en la

    carrera, tales como tutoras, asesoras y orientacin profesional en cantidad y

    calidad suficiente

    e. La Institucin debe prever mecanismos de seguimiento de graduados con el

    objetivo de evaluar el impacto de la formacin recibida en su ejercicio

    profesional.

    5. Personal de Apoyo

    a. La Unidad Acadmica deber contar con un nmero suficiente de personal de

    apoyo, acorde con la planta docente, la matrcula de alumnos y el desarrollo

    de las actividades de docencia, investigacin y extensin que se implementen.

    6. Infraestructura, equipamiento y recursos presupuestarios

    a. Deber propenderse a la informatizacin de todos los procesos

    administrativos. Para ello deber contarse con el equipamiento informtico

    necesario y apropiado.

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    b. La planta fsica en donde se implante la carrera debe ser suficiente para el

    desarrollo de las actividades de docencia, investigacin y extensin yadecuada a las funciones que en ella se cumplen.

    c. La Carrera debe tener acceso a bibliotecas y centros de informacin

    actualizados que dispongan de un acervo bibliogrfico pertinente y variado.

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    ANEXO V

    ACTIVIDADES PROFESIONALES RESERVADAS A LOS TITULOS DELICENCIADO EN PSICOLOGIA y PSICOLOGO

    1. Prescribir y realizar intervenciones de orientacin, asesoramiento e

    implementacin de tcnicas especficas psicolgicas tendientes a la

    promocin, recuperacin y rehabilitacin de la salud, a la prevencin de sus

    alteraciones y la provisin de los cuidados paliativos.

    2. Prescribir y realizar acciones de evaluacin, diagnstico, pronstico,

    tratamiento, seguimiento, recuperacin y rehabilitacin psicolgica en los

    abordajes: individual, grupal, de pareja, familia, instituciones, organizaciones y

    en lo social-comunitario.

    3. Prescribir y realizar acciones de evaluacin psicolgica, psicodiagnstico,

    pronstico y seguimiento en los abordajes: individual, de pareja y familia.

    4. Prescribir y efectuar psicoterapias individuales, familiares, grupales y depareja.

    5. Realizar indicaciones psicoteraputicas de internacin y externacin de

    personas por causas psicolgicas. Indicar licencias y/o justificar ausencias por

    causas psicolgicas.

    6. Desarrollar y validar mtodos, tcnicas e instrumentos de exploracin,

    evaluacin y estrategias de intervencin psicolgicas.

    7. Diagnosticar, realizar peritajes, asesorar y asistir psicolgicamente, en el

    campo jurdico - forense, a personas en conflicto con la ley y vctimas de

    delitos, a sus respectivos familiares, e intervenir en los aspectos psicolgicos

    de las problemticas de minoridad.

    8. Diagnosticar, evaluar, asistir, orientar y asesorar en todo lo concerniente a los

    aspectos estrictamente psicolgicos en el rea educacional.

    9. Prescribir y realizar orientacin vocacional y ocupacional, en aquellos

    aspectos estrictamente psicolgicos.

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    10.Elaborar perfiles psicolgicos a partir del anlisis de puestos y tareas e

    intervenir en procesos de formacin, capacitacin y desarrollo del personal, enel marco de los ciclos de seleccin, insercin, reasignacin, reinsercin y

    desvinculacin laboral. Asesorar en el mbito de higiene, seguridad y

    psicopatologa del trabajo.

    11.Diagnosticar, evaluar, asistir, orientar y asesorar en lo concerniente a losaspectos psicolgicos en el rea social-comunitario para la promocin y laprevencin de la salud y la calidad de vida de grupos y comunidades y la

    intervencin en situaciones crticas de emergencias y catstrofes.12.Participar desde la perspectiva psicolgica en el diseo, la direccin, la

    coordinacin y la evaluacin de polticas, instituciones y programas de salud,educacin, trabajo, justicia, derechos humanos, desarrollo social,

    comunicacin social y de reas emergentes de la Psicologa.13.Dirigir, participar y auditar servicios e instituciones pblicas y privadas, en los

    que se realicen prestaciones de salud y de salud mental.

    14.Asesorar en la elaboracin de legislacin que involucren conocimientos yprcticas de las distintas reas de la Psicologa.

    15.Realizar estudios e investigaciones en los diferentes reas del quehacer

    disciplinar, a saber:

    a. Los procesos psicolgicos y psicopatolgicos a lo largo del ciclo

    vital.

    b. Los procesos psicolgicos involucrados en el desarrollo y funcionamiento

    de los s, las grupos, instituciones, organizaciones y la comunidad.

    c. La construccin y desarrollo de mtodos, tcnicas e instrumentos deintervencin psicolgica.

    16.Planificar, dirigir, organizar y supervisar programas de formacin y evaluacinacadmica y profesional en los que se aborden actividades reservadas alttulo.

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    page13titlesConsejo de Universidades CONTENIDOS CURRICULARES BASICOS

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    page14titlesConsejo de Universidades

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    page15titlesConsejo de Universidades

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