Upload
vanne-contreras
View
392
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
Fuentes formales del Derecho
Legislación, jurisprudencia, costumbre 📚
Legislación
Por "fuente formal legislativa" se entiende "el proceso por el cual uno o varios órganos del Estado formulan y promulgan determinadas reglas jurídicas (leyes).
Para crear las leyes es necesario un proceso legislativo que consiste de seis etapas que son: iniciación, discusión, aprobación, sanción, publicación e iniciación de la vigencia.
Jurisprudencia Se define como el conjunto de principios y doctrinas contenidas en las desiciones de los tribunales.
En el derecho mexicano la jurisprudencia no solo se considera el conjunto de principios y doctrinas, sino también se habla de las tesis de la suprema corte de justicia de la nación y los tribunales colegiados del circuito definidos en los artículos 192 al 195 de la ley de amparo
Costumbre
Es el uso implantado a una colectividad y considerado por esta jurídicamente obligatorio.
La costumbre como fuente de Derecho no surge hasta que no concurren dos elementos, o sea la práctica constante de un uso y convicción aceptada.
En el derecho mexicano la costumbre únicamente puede ser fuente de derecho a falta de ley escrita, de su interpretación jurídica y de jurisprudencia.
Hay que saber distinguir las tres formas de derecho constitudinario que son: la delegante, la delegada y la derogatoria.
La delegante se da cuando por medio de una norma jurídica no escrita se autoriza a determinada instancia para crear derecho escrito.
La delgada se da en aquellos casos en que la ley remite a la costumbre para la solución de determinadas controversias
La derogatoria se da cuando el derecho consuetudinario, opera la derogación del derecho escrito.
🎀💕¡GRACIAS!👑🔱
Bibliografía
–Francisco Peniche, introducción al estudio del derecho