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TECNOLOGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DEL ESTADO DE MEXICO Contribuciones Indirectas de Comercio Exterior LIC. ANALILIA MENDIZABAL GARDUÑO 02/08/2010

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TECNOLOGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DEL ESTADO DE MEXICO

Contribuciones Indirectas de Comercio

Exterior

LIC. ANALILIA MENDIZABAL GARDUÑO

02/08/2010

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UNIDAD 1

Objetivo General.

El estudiante podrá identificar las leyes fiscales en las importaciones y Exportaciones, aplicando la ley de comercio exterior, y la aplicación de los tratados internaciones.

Objetivo educacional

El alumno identificara los antecedentes del comercio la importancia del comercio exterior que tienen para las empresas del país, mediante investigación, ejercicios.

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1.- Disposiciones generales

ANTECEDENTES DEL COMERCIO EXTERIOR EN MEXICO

Durante el periodo colonia las actividades comerciales importantes en especial las que se realizaban con el exterior, estaban controladas por los negociantes españoles y eran vigiladas por los funcionarios de la monarquía. La colonia vendía principalmente plata, azúcar, cacao, pieles de ganado y maderas finas. En cambio compraba vinos, herramientas, telas finas y aceite de oliva.

La principal vía comercial era el camino que iba de Veracruz a México y de ahí a Acapulco. En aquella época la región que rodeaba esos puertos era insalubre. Veracruz solo tenía gran animación cuando llegaban las flotas de España, y Acapulco al recibir el famoso Galeón de Filipinas que transportaba artículos de lujo de Oriente. Una de las grandes plagas del comercio fue la piratería marítima. Tanta era la audacia de los piratas, que el gobierno obligo a los navieros a enviar sus barcos en grupos y con escolta de buques de guerra.

El crecimiento del comercio era obstaculizado por un gran número de impuestos que cobraba el gobierno colonial y porque todos los negocios con el exterior tenían que hacerse con la intervención de España. Además, la monarquía se reservaba el derecho de vender ciertos artículos, como el mercurio que era indispensable para la extracción de plata.

1.1 Conocimientos previos

HISTRORIA DEL COMERCIO EXTERIOR EN MEXICO

• La agricultura

Con respecto a las exportaciones fue el segundo sector de importancia después de los metales llegando a representar el 43% de las exportaciones en 1825.

• La industria

Piezas existente dependían de la maquinaria extranjera para crear la máquina de vapor pero la gran mayoría siguieron utilizando fuerza animal humanan e hidráulica.

• La minería

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Las minas en su mayoría se hallaban inundadas o destruidas en otros ya casi se había agotado el mineral y no existía capacidad suficiente para ponerlas en condiciones de producir.

• Puertos y transportes marítimos

Las principales rutas comunicaban a México con el Atlántico, E.U.A, y Europa.

• Tratados internacionales

El 5 de Abril de 1831 se firmo el tratado de amistad, comercio y navegación

Entre E.U.A y México.

PRODUCTOS DE IMPORTACIÒN Y EXPORTACIÒN MÁS SOBRESALIENTES DE MEXICO

Exportación Países de exportación

Limón E.U.A, España china, Alemania,

Toronja Japón, Guatemala

Cebolla

Sandia guayabas

Papaya

Mango

Pantalones de mezclilla

Televisores

Terciopelo sintetico

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Productos de importación Países de importación

Tabaco E.U.A, China, Japón, Corea

Vodka Italia, Francia, Argentina, Suecia

Whisky

Ginebra

Licores

PROBLEMAS PARA EXPORTAR

• Falta de liquidez

Falta de recursos económicos para desarrollar su producción o servicios a niveles competitivos.

Falta de proveedores de tecnología ante la imposibilidad de acceso a fuentes de financiamiento nacionales que satisfagan sus necesidades se ven obligadas a acudir a las fuentes internacionales, que con una política orientada hacia la modernización proporcionan tecnologías avanzadas para el país.

• Falta de materias primas

El sector externo es resultado de una estructura económica primaria-exportadora dependiente, que nos convierte en un país abastecedor de materias primas para su procesamiento en los centros industriales.

• Barreras arancelarias

Se refiere a los impuestos que se le aplica a los productos al momento de ser importados. Sirven para proteger el mercado interno de los países importadores.

Estas barreras consisten en establecer aranceles altos para mercancías que también se producen dentro del país con el fin de que el producto extranjero se vea desalentado a la exportación y que el producto sea considerablemente más caro para el consumidor final de ese país.

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Los aranceles son negociados en ciertos productos que pueden acarear beneficios para el importador y la eliminación de estos.

• Medidas de regulación y restricción no arancelarias

Trabas de tipo sanitario, normas técnicas de producción y embalaje, además de cuotas que impiden la introducción de mercancías a otros países (dependen de resoluciones de la burocracia). Carencia de información de los mercados internacionales. Es necesario contar con información sobre los mercados, tratados, acuerdos, etc. De carácter internacional para que las empresas con miras a la exportación no se vean en desventaja con respecto a otras.

1.2 Marco legal del comercio exterior

INFRAESTRUCTURA ECONOMICA Y ADMINISTRATVIA DEL COMERCIO EXTERIOR

Base física sobre la que se sienta la economía de un país.

Conjunto de elementos o servicios que se consideran necesarios para la creación y funcionamiento de una organización.

Elementos que integran una infraestructura

• Recursos Humanos

Son el personal que se emplea para el desarrollo de las actividades, incluye a todos los empleados desde el nivel más bajo hasta el más alto.

• Recursos materiales

Son aquellos bienes tangibles propiedad de una empresa, edificios, terrenos, instalación, maquinaria, etc.

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• Planos, programas y proyectos

Son todas aquellas medidas que se instrumentan para alcanzar año con año mejoras significativas dentro de sus propios y personales desarrollados.

Son instrumentados cada seis años y tienen como objetivo elevar el ingreso del Producto Interno Bruto (PIB), que es la medida que se toma para saber que tanto creció el país con respecto al año anterior, y que este crecimiento económico se vea reflejado en mejoras para la población, es decir, en el desarrollo económico de la nación, así como en el ingreso per cápita.

LA INFRAESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DEL COMERCIO EXTERIOR DE MEXICO

(Sector público)

Para el funcionamiento de cualquier tipo de política comercial se requiere de una instrumentación adecuada y congruente con los objetivos globales. La responsabilidad de dicha política comercial recae en los organismos de estado. De igual manera, estos organismos estatales son los responsables de vigilar que se cumplan los acuerdos sin dañar los intereses nacionales ni provocar, en la defensa de nuestros derechos, un conflicto con otras organizaciones ni con otros países.

• LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO (SHCP), SU RELACION CON RESPECTO AL COMERCIO EXTERIOR.

Dentro de los instrumentos coordinadores del comercio exterior la participación de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público es significativa en cuanto a la recaudación, administración y control de aduanas, formulación y aprobación de leyes y códigos fiscales y la administración de las zonas y perímetros libres, los cuales consisten en la liberación de todo tipo de impuestos a la entrada y salida de productos tanto nacionales como extranjeros, dentro de un área geográfica determinada. En el caso de México se considera como zonas libres a las diversas ciudades colindantes con la frontera norte y sur como el estado de Baja California y Quintana Roo.

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Además de proporcionar estímulos fiscales a las empresas exportadoras, como la devolución de impuestos.

En materia aduanera, junto con la Secretaria de Economía, determina los aranceles, que son las cuotas que se deben pagar por las mercancías que vienen de otros países cuando entran al nuestro y establece criterios para la integración de expedientes de investigación para cuando se detecten irregularidades relacionadas con el cumplimiento de las disposiciones que regulan la entrada y salida de mercancías y se trate de operaciones de comercio exterior.

• LA SECRETARIA DE ECONOMIA, SUS OBJETIVOS Y FUNCIONES CON RESPECTO AL COMERCIO EXTERIO

Su trabajo es fomentar la creación de empresas y ayudarlas a que sean más competitivas, en especial las más pequeñas. Además promueve el intercambio de bienes con todos los países del mundo y determina los aranceles, tomando en cuenta la opinión de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público. Además determina las limitaciones para los artículos de importación y exportación procurando que los productos agrícolas, ganaderos, forestales, minerales y pequeros que se consumen en el país se encuentren disponibles a precios accesibles y vigila que se protejan los derechos de los consumidores.

La Secretaria de Economía es la instancia de gobierno encargada de brindar asesoría a los empresarios sobre cómo establecer un negocio relacionado con el comercio exterior.

Otra de sus funciones es brindar asesoría a los empresarios sobre cómo establecer un negocio en México y en general de los trámites relacionados con las actividades comerciales. Adicionalmente brinda apoyo para promocionar productos nacionales en mercados tanto nacionales como internacionales a través de diversos instrumentos de promoción como ferias y exposiciones, programas de apoyo sectorial, tratados de promoción internacional, foros entre otros.

Además, ante la apertura económica en la que México ha incursionado, la Secretaria de Economía cuenta con oficinas representativas que ofrecen servicios de información y asesoría a los empresarios, tanto nacionales como extranjeros que desean exportar, importar e invertir en diferentes países.

• SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÒN (SAGARPA) SUS OBJETIVOS Y FUNCIONES CON RESPECTO AL COMERCIO EXTERIOR.

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Es una dependencia del poder ejecutivo federal, que tiene entre sus objetivos propiciar el ejercicio de una política de apoyo que permita producir mejor, aprovechar mejor las ventajas comparativas de nuestro sector agropecuario, integrar las actividades del medio rural a las cadenas productivas del resto de la economía, y estimular la colaboración de las organizaciones de productores con programas y proyectos propios, así como con las metas y objetivos propuestos, para el sector agropecuario, en el plan Nacional de Desarrollo.

LA SAGARPA tiene a su cargo la realización del Programa de Promoción Comercial y Fomento a las Exportaciones de Productos Agroalimentarios y Pesqueros Mexicanos.“PROMOAGRO”, cuyo objetivo es instrumentar una estrategia que estimule y fomente la participación de los productores, comercializadores e industrializadores agroalimentarios tanto en: Fortalecimiento y Consolidación de la Oferta, como en la Promoción del Comercio y Consumo.

• LA SECRETARIA DE SALUD (SSA), SUS OBJETIVOS Y FUNCIONES CON RESPECTO AL COMERCIO EXTERIOR

En coordinación con la Secretaria de economía al otorgar certificados sanitarios y fitosanitarios indispensables para que una mercancía pueda ingresar al país; por lo que en los puertos y aduanas siempre estarán presentes los inspectores de salubridad para revisar los barcos y observar si las mercancías e incluso las personas no tienen problemas sanitarios que impidan su entrada al país; en el caso de las personas, se revisan cuestiones como vacunas en vigor- si las exigen- o algún certificado médico en el caso de inmigrantes.

LA SECRETARIA DE MARINA Y FUERZA ARMADA NACIONAL, SUS OBJETIVOS Y FUNCIONES CON RESPECTO AL COMERCIO EXTERIOR

Están bajo supervisión las diversas compañías navieras privadas nacionales y que cualquier embarcación extranjera que desee tocar puertos nacionales, deberá recibir la autorización de las autoridades navieras del puerto y someterse a puertos nacionales, deberá recibir la autorización de las autoridades navieras del puerto y someterse a las inspecciones y vigilancia de rigor por parte de la policía naval dependiente de la Secretaria.

LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES (SCT), SUS OBJETIVOS Y FUNCIONES CON RESPECTO AL COMERCIO EXTERIOR

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En lo tocante al control, fijación y aprobación de normas y tarifas para los transportes por tierra, aire y mar, aspecto también medular dentro de la operación del comercio exterior, interviene fundamentalmente la Secretaria de Comunicaciones y Transportes abocándose a su vez a resolver y promover las vías de comunicación por correo y telégrafos internacionales, microondas y teles.

LA SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES (SER), EMBAJADAS Y CONSULADOS, SUS OBJETIVOS Y FUNCIONES CON RESPECTO AL COMERCIO EXTERIOR.

La secretaría de Relaciones Exteriores es la encargada de promover intercambios comerciales, culturales, científicos, etc. Entre nuestro país y las otras naciones del mundo.

Entre sus actividades más importantes están:

- Asegurar que todas las solicitudes y peticiones que llegan de otros países sean atendidas.

- Atiende las necesidades y defiende los derechos e intereses de los mexicanos que viven en otros países.

- Dirige el Servicio Exterior Mexicano, que esta integrado por diplomáticos, es decir por personas que tienen como función representar a nuestro país ante gobiernos extranjeros y que están comprendidos en embajadas y consulados.

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1.3 Concepto CONCEPTUALIZACION Y DEFINICION DEL COMERCIO EXTERIOR

Comercio exterior es: “la introducción de productos extranjeros a un país y la salida de estos a otros países”

Pese a que el comercio ha existido siempre, actualmente se le llama así a la actividad humana de intercambio para satisfacer necesidades internas a partir de la constitución política de una nación que le confiere personalidad jurídica a un pueblo y lo convierte en sujeto de contratación, con la autonomía que le permite su capacidad económica.

En México, por tanto no debe estimarse como comercio exterior al realizado por la colonia española de la Nueva España, sino solo a partir de la consumación de su independencia, cuando el congreso constituyente de la República aprueba el Acta constituyente de la Federación del 31 de enero de 1824.

Aunque se reconocen dos momentos que sientan los antecedentes de este comercio, por un lado el intento de Carlos lll para establecer el libre comercio entre las colonias y España con leyes y disposiciones dictadas por el monarca. Época marcada por la piratería y el dudoso derecho de los conquistadores para vender en otros países los tesoros y productos arrancados a la tierra de América y que constituyeron para ellos fuentes de riqueza, base de su alimentación y progreso.

Por otro lado, el segundo periodo reconocido como antecedentes del comercio exterior en México es la época transitoria en que evoluciona el pensamiento político español y el rey Fernando VII hace la declaración de la legítima Constitución de las Cortes y su soberanía en los momentos en que ya se desarrollaban las rebeliones en todas las colonias que hicieron necesario declarar la igualdad entre los españoles peninsulares y los ultramarinos.

El comercio exterior, propiamente dicho realizado por nuestro país comienza con su independencia, en tanto libre de la corona española es capaz de tomar las rindas de su propio destino y por ello, igualmente libre para decidir con quién comerciar y con quien no hacerlo.

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1.4 Importancia

IMPORTANCIA DEL COMERCIO EXTERIOR PARA EL PAIS

La importancia que reviste el comercio en nuestros días para la vida y prosperidad de los pueblos se pone de relieve si se toma en cuenta que la política es el eje de la grandeza y la decadencia de los pueblos. Hoy el comercio exterior descansa en la economía y esta depende de la capacidad productiva, pero la producción de satis factores no tienen utilidad ni valor si no llega a quienes la necesitan, esta es la función del comercio.

• Impulsar el bienestar económico y social mediante la canalización del capital a aquellas inversiones de máximo rendimiento

• Hace posible que se importen bienes cuya producción no es suficiente o no es posible.

• Especialización en productos de eficiencia utilizando mejor sus recursos productivos.

• El comercio impulsa el comercio mundial, los consumidores disponen de más variedad de productos y la competencia entre los productos locales e importados hace que bajen los precios y aumente la calidad.

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REACTIVOS DE EVALUACION

1.- ¿Cuáles son los recursos naturales más importantes de México? 2.- ¿Mencione los productos de exportación más sobresalientes de nuestro país? 3.- Defina que se entiende por comercio exterior 4.- Explique por qué no puede considerarse comercio exterior al comercio realizado por México durante la colonia. 5.- ¿Cuál es la importancia del comercio exterior? 6.- ¿Cuáles son los principales problemas que tiene las empresas mexicanas para exportar? 7.- ¿Qué son las barreras arancelarias y las no arancelarias? 8.- ¿Qué es la infraestructura económica? 9.- Señale cuales son los ámbitos de competencia de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público 10.- Enliste algunas de las actividades principales de la Secretaria de Economía.

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UNIDAD II PEDIMENTO ADUANAL Objetivo general El estudiante podrá identificar las leyes fiscales de las importaciones y exportaciones, aplicando la ley de comercio exterior, y la aplicación de los tratados internaciones. Objetivo particular El alumno identificara el marco legal los conceptos, la importancia del pedimento , despacho aduanero y los documentos necesarios en el proceso de exportación.

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2.-1 Concepto ¿Qué son las aduanas?

Las aduanas son oficinas públicas administrativas establecidas en las fronteras, litorales y ciudades importantes del país. Con facultades para fiscalizar, vigilar y controlar la entrada y salida de mercancías, así como los medios en que estas son transportadas; asegurar el cumplimiento de las disposiciones que en materia de comercio exterior se emitan, hacer cumplir las leyes aplicables y las que se relacionan con su actividad, como las de seguridad nacional, economía, salubridad, comunicaciones, migratorias, fitosanitarias, entre otras, así como recaudar impuestos, aprovechamientos y demás derechos en materia de comercio exterior.

¿Qué es la Administración General de Aduanas?

Es una entidad del gobierno federal dependiente del Servicio de Administración Tributaria(SAT, órgano desconcentrado de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, así como otras Secretarias del Ejecutivo Federal con competencia para ello, coadyuvar a garantizar la seguridad nacional, proteger la economía del país, la salud pública y el medio ambiente, impidiendo el flujo de mercancías peligrosas o ilegales hacia nuestro territorio, además de fomentar el cumplimiento voluntario de esas disposiciones por parte de los usuarios.

Objetivos de la Administración General de Aduanas

o Modernizar el sistema aduanero al integra procesos que permitan fortalecer el servicio, con infraestructura para mejorar las instalaciones y la introducción de tecnología de punta para competir a nivel mundial.

o Combatir el contrabando mediante la óptima detección y solución de irregularidades, al aplicar controles más estrictos en el sistema aduanero, apoyados con la colaboración nacional e internacional.

o Transparentar y mejorar la imagen del servicio aduanero con la continua profesionalización del personal y la difusión de sus procesos para ofrecer al usuario un servicio integro.

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o Misión: Controlar la entrada y salida de mercancías del país mediante un servicio aduanero integro, transparente, justo y de calidad que facilite a los usuarios el cumplimiento de las disposiciones legales.

o Función: La Administración General de Aduanas es la autoridad competente para aplicar la legislación que regula el despacho aduanero, así como los sistemas, métodos y procedimientos a que deban sujetarse la aduanas, intervenir en el estudio y formulación de los proyectos de aranceles, cuotas compensatorias y demás medidas de regulación y restricción del comercio exterior, dar cumplimiento a los acuerdos y convenios que se celebren en materia aduanera; ordenar y practicar la verificación de mercancías de comercio exterior en transporte; la verificación en tránsito de vehículos de procedencia extranjera; determinar los impuestos al comercio exterior y otras contribuciones de conformidad con lo establecido en la ley de los impuestos generales de importación y de exportación.

Resumen histórico de la aduana mexicana

En la época prehispánica existía una intensa actividad comercial entre los pueblos mesoamericanos; tenían, además del trueque, sistemas de valor y medida que se empleaban para el intercambio de mercancías. Tal y como ahora utilizamos billetes y monedas y cheques, entonces se usaban pequeños carrizos rellenos de polvo de oro, plumas de aves preciosas y semillas de una cierta especie de cacao, los cuales eran reconocidos y aceptados en toda Meso América. Los tianguis o plazas de mercadeo estaban sujetos a reglamentos estrictos, cuyo cumplimiento era vigilar por inspectores espaciales. Las culturas dominantes, como la mexica, exigían a los pueblos sojuzgados el pago de tributos e imponían una organización del comercio a grandes distancias, organización que resulto vital para la sociedad precortesiana.

La formalización del comercio de España con sus colonias comenzó con la expedición de las reales de 1509,1514, 1531 y 1535, que legitimaban el monopolio mercantil de esta con los territorios recientemente conquistados. Para tal efecto se instalaron en Nueva España las Casas de Contratación, instituciones creadas desde 1503 con el propósito de controlar y fiscalizar el comercio y la navegación entre España y las Indias. En 1551, en Veracruz, se inicio la edificación de las primeras instalaciones portuarias.

El comercio con oriente se inicio en la segunda mitad del siglo XVI, cuando se intuyo la ruta mercantil entre Acapulco y Manila. Cabe recordad que las islas filipinas formaban parte también del Virreinato de la Nueva España. En 1593, la

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Real Cedula de Felipe ll ordeno restringir el volumen de la carga comercial para limitar las mercancías no filipinas, los llamados “productos de la china”, procurando así evitar daños al comercio español. Dado que en el puerto de Manila no se efectuaba ningún control de los embarques, la revisión aduanal se realizaba en Acapulco.

En el Virreinato de la Nueva España se estableció el llamado derecho de almojarifazgo (impuesto a la importación).La relevancia de este tributo fue de tal magnitud que la corona española dicto sobre la materia numerosas cedulas reales, decretos y ordenanzas, desde 1532 a 1817, mismas que regulaban la entrada y salida de mercancías; incluso ya se habla de franquicias diplomáticas por la introducción de mercancías.

Debido a los constantes ataques de los barcos piratas ingleses y franceses a los puertos de Veracruz, Acapulco y Campeche, en 1597 se dispuso que los oficiales a cargo de la Casa de Contratación se trasladaran a la Banda de Buitrón, lugar situado frente a San Juan de Ulua, hecho que permitió que en 1601, por ordenes de Felipe ll, se instalara la aduana en tierra firme. En 1647, el reye Felipe IV vio la necesidad de que la ciudad contara con una aduana cerrada donde fueran captados todos los productos que entraban al puerto. 1700 En el puerto de Acapulco, el tráfico comercial se llevaba a cabo mediante esporádicas ordenanzas y cedulas reales; en 1702 se celebro el primer reglamento para el tráfico comercial entre Filipinas y la Nueva España.

El virrey Casa fuerte expidió en 1728 una cédula a fin de que ninguna de las mercancías que ingresaban al puerto de Veracruz pudiera bajarse a tierra sin el consentimiento del oficial de justicia o regidor. La pena por incumplimiento era el decomiso de los productos. El establecimiento de la Real Aduana del puerto de Acapulco se verifico alrededor del año 1776.

En 1975 fue constituido el Consulado de Comerciantes de Veracruz, primera asociación gremial de este ramo, cuyos miembros contribuyeron a realizar mejoras al puerto y a la ciudad.

El primer documento legal de México independiente fue el Arancel General Interno para los Gobiernos de las Aduanas Marítimas en el Comercio Libre del Imperio, publicado el 15 de diciembre de 1821. En este documento se designaron los puertos habilitados para el comercio, se especifico el trabajo que debían realizar los administradores de las aduanas, los resguardados y los vistas; además se plantearon las bases para la operación del arancel, estableciendo que los generaos, las mercancías de importación prohibida y las libres de gravamen quedaban a criterio de los administradores de las aduanas. En 1821, la Sección de Aduanas se encontraba adscrita a la Secretaria de Estado y del Despacho de Hacienda.

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En el año de 1831, México firmo un tratado de amistad con los Estados Unidos, uno de sus primeros convenios en materia de comercio internacional.

Por disposición presidencial se creó la Aduana de México en 1884 y se instalo el 8 de mayo en el antiguo edificio de la Casa de Contratación y de la Real Aduana en la plaza de Santo Domingo.

El 1 de marzo de 1887 se expidió una nueva Ordenanza General de Aduanas Marítimas y Fronterizas con dos anexos; en el primero apareció en forma separada la tarifa general; el segundo contenía la aplicación de la tarifa.

El 19 de febrero de 1900 se constituyo por decreto presidencial la Dirección General de Aduanas, conformada por seis secciones.

El 17 de octubre de 1913 se firmo el decreto por el cual se crearon ocho secretarias de Estado para el despacho de los negocios administrativos, entre ellas la Secretaria de Hacienda y Crédito Público y Comercio, con atribuciones sobre aranceles de aduanas marítimas y fronterizas, vigilancia, impuestos federales y otros conceptos.

En 1929 la Ley vigente intento modernizar y simplificar los procedimientos para el despacho de mercancías en las aduanas, junto con ella se pretendió la unificación en una sola taifa de los diferentes impuestos. Esta ley fue abrogada por la nueva Ley Aduanera de 1935, en la que se incluyo un nuevo régimen jurídico para las actividades de los agentes aduánalas. México se incorporo en 1986 al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), y en mayo de 1988 al Consejo de Cooperación Aduanera (CCA), que tienen por objeto armonizar y facilitar el comercio internacional.

En 1989, la Dirección General de Aduanas quedo asignada a la Subsecretaria de ingresos, mediante la reforma del Reglamento interior de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público.

El 25 de enero de 1993 se publico la reforma al Reglamento interior de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, en la que se modifico el nombre de la Dirección General de Aduanas por el de Administración General de Aduanas y se estableció la jurisdicción de 45 aduana en el país.

A partir del 1 de julio de 1997 se creó el Servicio de Administración Tributaria (SAT), al cual quedo adscrita la Administración General de Aduanas. El

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reglamento interior del Servicio de Administración Tributaria se publico el 30 de junio de 1997.

Se hicieron algunas modificaciones, principalmente en el manejo y custodia de mercancías de comercio exterior; el ingreso o extracción de mercancías por vía postal; el reconocimiento aduanero de mercancías, la valoración aduanera; la garantía de contribuciones para el régimen de tránsito de mercancías, los procedimientos administrativos y las infracciones aduaneras, entre otras.

2.2 Características

El proceso de Exportación en México • Ser persona física con actividad empresarial o moral registrada ante la

SHCP • Contar con un producto y su clasificación arancelaria • Seleccionar y analizar el mercado meta • Contactar clientes y determinar canales de distribución • Seleccionar el o los medios de transporte y contratar al agente aduanal • Negociar términos de compra- venta (incoterms), forma de pago y/o

cobro a utilizar • Cumplir con los requisitos arancelarios y no arancelarios en el mercado

seleccionado • Enviar la mercancía y supervisar la recepción del pago

Documentos básicos necesarios para exportar

• Inscripción en la SHCP mediante el Registro Federal de Contribuyentes (con homo clave y domicilio fiscal)

• Factura con el valor comercial de las mercancías (Español- ingles) • Lista de empaque • Pedimento de exportación • Certificado de origen( en caso necesario) • Documento de transporte (conocimiento de embarque, Guía aérea, carta

porte.) • Permiso de exportación • Carta de instrucciones al agente aduanal • Documento que compruebe el cumplimiento de las regulaciones no

arancelarias tanto en México como en el mercado destino • Certificación Fitosanitario( en caso necesario)

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Determinar producto a exportar

• Puede ser un producto que tienen demanda internacional o bien, éxito en el mercado nacional o cuenta con características únicas

• Es necesario disponer de un volumen de producción flexible para atender la demanda

• Se requiere identificar la clasificación arancelaria(para conocer sus regulaciones arancelarias y no arancelarias)

• Evaluar el envase y embalaje necesarios para realizar la operación Seleccionar el mercado

• Estudio cuantitativo y cualitativo de mercado • Determinar estrategias de penetración al mercado seleccionado • Iniciar contacto con clientes potenciales • En caso de ser necesario adecuar el producto al mercado seleccionado • Enviar cuando se requiera los documentos que cumplan con las

regulaciones no arancelarias (certificado de origen en caso de preferencias arancelarias, permisos de alguna Secretaria de Estado –SAGARPA, SSA, SE, entre otras) del mercado meta.

Transporte a utilizar

• Determinar el tipo de transporte (terrestre, aéreo, marítimo o multimodal) que se utilizara en la operación

• Consultar los costos ya que dependiendo del incoterm a utilizar es probable que ese costo se deba sumar al precio del producto

• Contratar seguro de exportación • Determinar el Canal de Distribución del producto en el mercado

seleccionado.

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Negociación de términos de compra-venta

• Negociar con los clientes los términos de compra venta (INCOTERMOS), el precio del producto y la forma de pago (pago por adelantado, carta de crédito, banca electrónica, entre otros).

Información clave del proceso de Exportación

• Conocimiento de embarque: Es el documento probatorio de un contrato de transporte marítimo de mercancías

• Agente marítimo: Conocido también como agente consignatario de buques, es el representante de una o varias líneas navieras en un país o puerto determinado y actúa en su nombre y por cuenta de ellos.

• Lista de empaque: Es un documento de suma importancia ya que funciona como elemento de control, verificación y prueba para el exportador en el trámite de expedición de su mercancía.

• Guía aérea: Es el documento básico que cubre el movimiento de los embarques transportados por avión y registra en un documento el transporte de mercancías sobre cualquier distancia al utilizar tantas líneas aéreas como sea necesario.

• Factura comercial: Es el documento que ampara el valor y legaliza la propiedad de las mercancías descritas en las mismas

• Agente aduanal: De conformidad con la Ley Aduanera en vigor es la persona física autorizada por la SHCP, mediante una patente para promover por cuenta ajena el despacho de las mercancías en los diferentes regímenes aduaneros previsto en la Ley.

• Transporte multimodal internacional : se entiende el porte de mercancías por dos modos diferentes de transporte por los menos en virtud de un contrato de transporte multimodal desde un lugar situado en un país en el que el operador de transporte multimodal toma las mercancías bajo su custodia hasta otro lugar designado para su entrega situado en un país diferente.

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INCOTERMS Finalidad de los INCOTERMS

El objeto de los incoterms es el de establecer un conjunto de reglas internacionales para la interpretación de los términos más utilizados en el comercio internacional.

Así podrán evitarse las incertidumbres derivadas de las distintas interpretaciones de tales términos en diferentes países o por lo menos podrán reducirse en gran medida.

A menudo las partes de un contrato tienen un conocimiento impreciso de las distintas prácticas comerciales utilizadas en sus respectivos países. Esto puede dar pie a malentendidos litigios y procesos con todo cuanto esto implica de pérdidas de tiempo y dinero. Para solucionar estos problemas la Cámara de Comercio Internacional publico una serie de reglas internacionales para interpretación de los términos comerciales y deslindar la responsabilidad de la mercancía en caso de sufrir algún daño durante su embarque, entre el importador y el exportador.

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2.3 Importancia

LEY ADUANERA

Artículos aplicables en una operación de comercio exterior (importación, exportación)

Disposiciones generales

Articulo 1°

Esta ley las de los impuestos Generales de importación y Exportación y las demás leyes y ordenamientos aplicables regulan la entrada al territorio nacional y la salida del mismo de mercancías y de los medios en que se transportan o conducen, el despacho aduanero y los hechos o actos que deriven de este o de dicha entrada o salida de mercancías.

Están obligados al cumplimiento de las citadas disposiciones quienes introducen mercancías al territorio nacional o las extraen del mismo, ya sean sus propietarios, poseedores, destinatarios remitentes, apoderados, agentes aduanales o cualquier persona que tenga intervención en la introducción, extracción, custodia, almacenaje, manejo y tenencia de las mercancías.

Articulo 2°

Para los efectos de esta ley se considera

Secretaria: la Secretaria de Hacienda y Crédito Público

Autoridad o autoridades aduaneras: las que de acuerdo con el Reglamento interior de la Secretaria y demás disposiciones aplicables tienen competencia para ejercer las facultades que esta ley establece.

Mercancías: los productos artículos propiedad del particular.

Residentes en territorio nacional: las personas físicas o morales residentes en el extranjero que tengan uno o varios establecimientos permanentes o bases fijas en el país, siempre que reúnan los requisitos que señala la ley del impuesto sobre la Renta.

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Articulo 4°

Quienes operen o administren puertos de altura o aeropuertos internacionales y quienes presten los servicios auxiliares de terminales ferroviarias de pasajeros y de carga, deberán poner a disposición de las autoridades aduaneras las instalaciones adecuadas para las funciones propias del despacho de mercancías y las demás que deriven de esta ley, así como cubrir los gastos y costos que implique el mantenimiento de dichas instalaciones.

Articulo 7°

Las empresas aéreas que transporten pasajeros del extranjero a territorio nacional deberán entregar o trasmitir a las autoridades aduaneras una lista con los nombres de dichos pasajeros.

Las empresas aéreas que transporten mercancías explosivas y armas de fuego deberán dar aviso a las autoridades aduaneras por lo menos veinticuatro horas de anticipación al arribo al territorio nacional de dichas mercancías. En este caso las autoridades aduaneras deberán informar a las autoridades militares de tal circunstancia, con el objeto de que determine las medidas de seguridad.

Articulo 9°

Las personas que al entrar al país lleven consigo cantidades en efectivo o en cheque o una combinación de ambas, superiores al equivalente en moneda a veinte mil dólares de los Estados Unidos de América, estarán obligados a declararlo a las autoridades aduaneras en las aduanas.

Entrada, salida y control de mercancías

Articulo 10

La entrada o la salida de mercancías del territorio nacional las maniobras de carga, descarga, trasbordo y almacenamiento de las mismas, el embarque o desembarque de pasajeros y la revisión de sus equipajes, deberán efectuarse por lugar autorizado, en día y hora hábil.

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Quienes efectúen su transporte por cualquier medio están obligados a presentar dichas mercancías ante las autoridades aduaneras junto con la documentación exigible.

Articulo 11

Las mercancías podrán introducirse al territorio nacional o extraerse del mismo mediante el tráfico marítimo, terrestre, aéreo y fluvial, por otros medios de conducción y por la vía postal.

Articulo 14

El manejo, almacenaje y custodia de las mercancías de comercio exterior compete a las aduanas.

Los recintos fiscales son aquellos lugares en donde las autoridades aduaneras realizan indistintamente las funciones de manejo, almacenaje, custodia, carga y descarga de las mercancías de comercio exterior, fiscalización, así como el despacho aduanero de las mismas.

La secretaria podrá otorgar la concesión para que los particulares presten los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior, en cuyo caso el inmueble en que los particulares presten dichos servicios se denominara recinto fiscalizado.

La concesión a que se refiere este artículo se otorgara hasta por un plazo de veinte años, el cual podrá prorrogarse hasta por un plazo igual a solicitud del interesado.

Dicha concesión solo se otorgara a personas morales constituidas de conformidad con las leyes mexicanas.

La concesión se otorgara mediante licitación cuando el inmueble se encuentre ubicado dentro del recinto fiscal.

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Articulo 15

Los particulares que obtengan concesión para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior, deberán cumplir con lo siguiente:

- Celebrar un contrato de seguro que cubra el valor de las mercancías almacenadas.

- Contar con circuito cerrado de televisión, equipo de cómputo y de transmisión de datos que permita su enlace con el de la Secretaria, así como llevar un registro diario de las operaciones realizadas, mismo que deberá presentarse mensualmente a la dependencia. La secretaria establecerá los lineamientos para llevar a cabo el enlace de los medios de cómputo, así como el contenido y la forma de presentación del informe citado.

- Permitir la transferencia de las mercancías de un almacén a otro cuando

se presente solicitud escrita del importador, exportador, consignatario o destinatario de las mismas, siempre que se hayan liquidado los cargos correspondientes al trasportista, que aparezcan en el contrato de transporte respectivo y se acompañe la aceptación del almacén al cual vayan a ser transferidas

Articulo 20

Las empresas porteadoras, los capitanes, pilotos conductores y propietarios de los medios de transporte de mercancías materia de importación o de exportación están obligados a:

- Recibir la visita de inspección que las autoridades aduaneras realicen a los citados medios de transporte, con motivo de su entrada al Apis o de su salida o bien presentar los medios de trasporte en el lugar designado por las autoridades aduaneras para realizar la visita de inspección.

- Exhibir cuando las autoridades aduaneras lo requieran, los libros de navegación y demás documentos que amparen los vehículos y las mercancías que conduzcan.

- Colocar en los bultos que transporten y que contengan mercancías que sean explosivas inflamables, contaminantes, radioactivas o corrosivas las marcas o símbolos que sean obligatorios internacionalmente, cuando el documento que ampare su transporte señale que se trate de este tipo de mercancías.

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Depósito ante la aduana

Articulo 23

Las mercancías quedarán en depósito ante la aduana en los recintos fiscales o fiscalizados destinados a este objeto con el propósito de destinarlas a un régimen aduanero siempre que se trate de aduanas de tráfico marítimo o aéreo. La secretaria mediante reglas podrá autorizar su depósito ante la aduana en aduanas de tráfico terrestre.

Las mercancías explosivas inflamables, corrosivas, contaminantes o radioactivas solo podrán descargarse o quedar en depósito ante la aduana a su ingreso al territorio nacional o para extraerse del mismo siempre que se cumpla con los siguientes requisitos:

- Que las mercancías cuenten con la autorización de las autoridades competentes

- Que el recinto cuente con lugares apropiados para su almacenaje por condiciones de seguridad.

Articulo 24

Los pasajeros internacionales en tránsito que ingresen a territorio nacional por vía aérea o terrestre podrán dejar sus mercancías en depósito ante la aduana aun y cuando no se vayan a destinar a un régimen aduanero.

Articulo 26

Las personas que hayan obtenido concesión para almacenar mercancías en depósito ante la aduana tendrán las siguientes obligaciones:

- Recibir , almacenar y custodiar las mercancías que les envié la aduana - Permitir al personal aduanero que mediante orden escrita de autoridad

competente supervise las labores de almacén. - Aplicar en los almacenes las medidas que las autoridades aduaneras

señalen para prevenir y asegurar el cumplimiento de las disposiciones de esta ley.

- Mantener los instrumentos de seguridad puestos por las autoridades aduaneras señalen para prevenir y asegurar el cumplimiento de las disposiciones de esta ley.

- Mantener los instrumentos de seguridad puestos por las autoridades aduaneras en departamentos del almacén o en los bultos almacenados

- Entregar las mercancías que se encuentren bajo su custodia cuando el agente o apoderado aduanal le presente el pedimento en el que conste el pago de las contribuciones y en su caso cuotas compensatorias de conformidad con el régimen aduanero al que sean destinadas o cuando

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no se destinen a algún régimen por que se vayan a retornar al extranjero las mercancías de esa procedencia o se vayan a reincorporar al mercado.

Articulo 28

El Fisco Federal responderá por el valor de las mercancías que depositadas en los recintos fiscales y bajo la custodia de las autoridades aduaneras se extravíen. El personal aduanero encargado del manejo y custodia de las mercancías será responsable ante el fisco federal.

El propietario de las mercancías extraviadas en un recinto fiscal podrá solicitar a la Secretaria dentro del plazo de dos años el pago del valor que tenían las mismas al momento de su depósito ante la aduana.

Las personas que hayan obtenido concesión para prestar los servicios de almacenaje, manejo y custodia de mercancías responderán directamente ante el Fisco Federal por el importe de las mercancías extraviadas y ante los interesados por el valor que tenían dichas mercancías al momento de su depósito ante la aduana.

Articulo 29

Causaran abandono a favor del Fisco Federal las mercancías que se encuentren en depósito ante la aduana en los siguientes casos:

- Cuando los interesados así lo manifiesten por escrito - Cuando no sean retiradas dentro de los plazos que a continuación se

indican A) Tres meses tratándose de la exportación B) Tres días tratándose de mercancías explosivas, inflamables,

contaminantes, radioactivas o corrosivas, así como de mercancías perecederas o de fácil descomposición y de animales vivos.

C) Dos meses en los demás casos.

Despacho de mercancías

Articulo 35

Para los efectos de esta ley se entiende por despacho el conjunto de actos y formalidades relativas a la entrada de mercancías al territorio nacional y a su salida del mismo, que de acuerdo con los diferentes tráficos y regímenes aduaneros establecidos en el presente ordenamiento deben realizar en la aduana las autoridades aduaneras y los consignatarios destinatarios,

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propietarios, poseedores o tenedores en las importaciones y remitentes en las exportaciones así como los agentes o apoderados aduanales.1

Articulo 36

Quienes importen o exporten mercancías están obligados a presentar ante la aduana por conducto de agente o apoderado aduanal un pedimento en la forma oficial aprobada por la Secretaria en los casos de las mercancías sujetas a regulación y restricciones no arancelarias cuyo cumplimiento se demuestre a través de medios electrónicos, el pedimento deberá incluir la firma electrónica que demuestre el descargo total o parcial de esas regulaciones o restricciones. Dicho pedimento se deberá acompañar de:

I. En importación

a) La factura comercial que reúna los requisitos y datos que mediante reglas establezca la Secretaria cuando el valor en aduana de las mercancías se determine conforme al valor de transacción y el valor de dichas mercancías exceda de la cantidad que establezcan dichas reglas.

b) Conocimiento de embarque en tráfico marítimo o guía en tráfico aéreo, ambas revalidadas por la empresa porteadora a sus agentes consignatarios.

c) Los documentos que comprueben el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias a la importación que se hubieran expedido de acuerdo con la ley de comercio Exterior, siempre que las mismas se publiquen en el Diario Oficial de la Federación y se identifiquen en términos de la fracción arancelaria y de la nomenclatura que les corresponda conforme a la tarifa de la ley del impuesto General de importación.

d) El documento con base en el cual se determine la procedencia y el origen de las mercancías para efectos de la aplicación de preferencias arancelarias, cuotas compensatorias, cupos, marcado de país de origen y otras medidas que al efecto se establezcan de conformidad con las disposiciones aplicables.

e) El documento en l que conste la garantía que determine la Secretaria mediante reglas cuando el valor declarado sea inferior al precio estimado que establezca dicha dependencia.

f) La información que permita la identificación, análisis y control que señale la Secretaria mediante reglas.

En el caso de mercancías susceptibles de ser identificadas individualmente deberán indicarse los números de serie, parte, marca, modelo o en su defecto, las especificaciones técnicas o comerciales necesarias para identificar las mercancías y distinguirlas de otras similares

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II. En exportación

a) La factura o en su caso cualquier documento que exprese el valor comercial de las mercancías.

b) Los documentos que comprueben el cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias a la exportación que se hubieran expedido de acuerdo con la Ley de Comercio Exterior, siempre que las mismas se publiquen en el Diario oficial de la federación y se identifiquen en términos de la fracción arancelaria y de la nomenclatura que les corresponda conforme a la tarifa de la Ley del impuesto General de Exportación.

c) En el caso de mercancías que hubieran sido importadas temporalmente y que retornen en el mismo estado, susceptibles de ser identificadas individualmente, deberán indicarse los números de serie, parte, marca, modelo o en su defecto las especificaciones técnicas o comerciales necesarias para identificar las mercancías y distinguirlas de otras similares

Articulo 38

El despacho de las mercancías deberá efectuarse mediante el empleo de un sistema electrónico con grabación simultánea en medios magnéticos, en los términos que la Secretaria establezca mediante reglas. Las operaciones grabadas en los medios magnéticos en los que aparezca la clave electrónica confidencial correspondiente al agente o apoderado aduanal y el código de validación generado por la aduana.

El empleo de la clave electrónica confidencial que corresponda a cada uno de los agentes y apoderados aduanales equivaldrá a la firma autógrafa de estos para los efectos legales.

Articulo 41

Los agentes y apoderados aduanales serán representantes de los importadores y exportadores en los siguientes casos:

l.- Tratándose de las actuaciones que deriven del despacho aduanero de las mercancías, siempre que se celebren dentro del recinto fiscal. ll.- Tratándose de las notificaciones que deriven del despacho aduanero de las mercancías

Articulo 42

Si quienes deben formular el pedimento ignoran las características de las mercancías en depósito ante la aduana podrán examinarlas para ese efecto.

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Articulo 43

Elaborado el pedimento y efectuado el pago de las contribuciones y cuotas compensatorias determinadas por el interesado se presentaran las mercancías con el pedimento ante la autoridad aduanera y se activara el mecanismo de selección automatizado que determinará si debe practicarse el reconocimiento aduanero de las mismas. En caso afirmativo la autoridad aduanera efectuara el reconocimiento ante quien presente las mercancías en el recinto fiscal.

Concluido el reconocimiento se deberá activar nuevamente el mecanismo de selección automatizado que determinara si las mercancías se sujetaran a un segundo reconocimiento.

En los casos en que con motivo del reconocimiento aduanero de las mercancías se detecten irregularidades los agentes o apoderados aduanales podrán solicitar sea practicado el segundo reconocimiento de las mercancías. S i no se detectan irregularidades en el reconocimiento aduanero o segundo reconocimiento que den lugar al embargo precautorio de las mercancías se entregaran estas de inmediato.

Tratándose de la exportación de mercancías por aduana de tráfico marítimo no será necesario presentar las mercancías ante el mecanismo de selección automatizado siempre que las mercancías se encuentren dentro del recinto fiscal , por lo que en caso de que el mecanismo de selección automatizado determine que debe practicarse el reconocimiento aduanero este deberá efectuarse en el reciento correspondiente.

Articulo 44

El reconocimiento aduanero y segundo reconocimiento consisten en el examen de las mercancías de importación o de exportación, así como de sus muestras para allegarse de elementos que ayuden a precisar la veracidad de lo declarado, respecto de los siguientes conceptos.

l.- Las unidades de medidas señaladas en las tarifas de las leyes de los impuestos generales de importación o de exportación así como el número de piezas, volumen y otros datos que permitan cuantificar la mercancía. ll. - La descripción n, naturaleza, estado, origen y demás características de las mercancías. lll.- Los datos que permitan la identificación de las mercancías en su caso

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Articulo 45

Las autoridades aduaneras podrán suspender hasta por seis meses la inscripción en el registro para la toma de muestras de mercancías peligrosas o para las que requieran instalaciones especiales, cuando en el ejercicio de sus facultades detecten irregularidades entre lo declarado y la mercancía efectivamente importada o exportada. Asimismo, dichas autoridades podrán cancelar la citada inscripción, cuando el importador o exportador hubiera sido suspendido en tres ocasiones o cuando las autoridades competentes detecten cualquier maniobra tendiente a eludir el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

En ambos casos se determinaran los créditos fiscales omitidos y se aplicara una multa equivalente del 8% al 10% del valor comercial de las mercancías que se hubieran importado al territorio nacional o exportado del mismo.

Articulo 46

Cuando las autoridades aduaneras con motivo de la revisión de documentos presentados para el despacho de las mercancías del reconocimiento aduanero del segundo reconocimiento o de la verificación de mercancías en transporte tengan conocimiento de cualquier irregularidad la misma se hará constar por escrito o en acta circunstanciada que p ara el efecto se levante.

Deberá contener los hechos u omisiones observados además de asentar las irregularidades que se observen del dictamen aduanero.

Articulo 61

No se pagaran los impuestos al comercio exterior por la entrada al territorio nacional o la salida del mismo de las siguientes mercancías. l.- Las exentas conforme a las leyes de los impuestos generales de importación y de exportación y a los tratados internacionales, así como las mercancías que se importen con objeto de destinarlas a finalidades de defensa nacional o seguridad pública. ll.- Los metales ,aleaciones ,monedas y las demás materias primas que se requieran para el ejercicio por las autoridades competentes de las facultades constitucionales de emisión de monedas y billetes.

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Regímenes aduaneros

Articulo 90

Las mercancías que se introduzcan al territorio nacional o se extraigan del mismo, podrán ser destinadas a alguno de los regímenes aduaneros siguientes.

A. Definitivos l.- De importación ll.- De exportación

B. Temporales l.- De importación a) Para retornar al extranjero en el mismo estado b) Para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación. ll.- De exportación

a) Para retornar al país en el mismo estado b) Para elaboración, transformación o reparación. c) Depósito fiscal d) Tránsito e) de mercancías

l.- Interno ll.- Internacional

f) Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado

Articulo 91

Los agentes y apoderados aduanales señalaran en el pedimento el régimen aduanero que solicitan para las mercancías y manifestaran bajo protesta de decir verdad el cumplimiento de las obligaciones y formalidades inherentes al mismo, incluyendo el pago de las cuotas compensatorias.

Articulo 96

Se entiende por régimen de importación definitiva la entrada de mercancías de procedencia extranjera para permanecer en el territorio nacional por tiempo ilimitado.

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Importaciones temporales

Articulo 104

Las importaciones temporales de mercancías de procedencia extranjera se sujetaran a lo siguiente: l.- No se pagaran los impuestos al comercio exterior ni las cuotas compensatorias ll.- Cumplirán las demás obligaciones en materia de regulaciones no arancelarias

Articulo 106.

Se entiende por régimen de importación temporal la entrada al Apis de mercancías para permanecer en el por tiempo limitado y con una finalidad específica siempre que se retornen en el mismo estado en los siguientes plazos:

l.- Hasta por un mes las de remolque y semirremolque incluyendo las plataformas adaptadas al medio de transporte diseñadas y utilizadas para el transporte de contenedores ll.- Hasta por seis meses en los siguientes casos

a) Las que realicen los residentes en el extranjero, siempre que sean utilizadas directamente por ellos o por personas con las que tengan relación laboral.

b) Las de envase de mercancías siempre que contengan en territorio nacional las mercancías que en ellos se hubieran introducido al país.

c) Las de muestras destinadas a dar a conocer mercancías, siempre que cumplan con los requisitos que señale la secretaria.

Agentes aduanales

Articulo 159

Agente aduanal es la persona física autorizada por la secretaria mediante una patente, para promover por cuenta ajena el despacho de las mercancías en los diferentes regímenes aduaneros previstos en esta ley Para obtener la patente de agente aduanal se requiere l.- Ser mexicano por nacimiento en pleno ejercicio de sus derechos ll.- No haber sido condenado por sentencia ejecutoriada por delito doloso lll.- Gozar de buena reputación personal IV.- No ser servidor público V.- No tener parentesco por consanguinidad con el administrador de la aduana de adscripción de la patente.

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Articulo 162

Son obligaciones del agente aduanal

l.- Actuar siempre con su carácter de agente aduanal. ll.- Realizar el descargo total o parcial en el medio magnético en los casos de las mercancías sujetas a regulaciones y restricciones no arancelarias.

Anotar en el pedimento respectivo la firma electrónica que demuestre dicho descargo. lll.- Cumplir el encargo que se le hubiera conferido por lo que no podrá transferirlo ni endosar el documento que este a su favor o a su nombre. IV.-Declarar bajo protesta de decir verdad el nombre y domicilio fiscal del destinatario o del remitente de las mercancías, la clave del Registro Federal de Contribuyentes, y características de las mercancías y los demás datos relativos a la operación de comercio exterior.

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2.4 Contabilización

Contabilizar lo que se generan con una exportación venta

Gastos de venta $6,000.00

Flete $1,200.00

Seguro $1,800.00

Embalaje $3,000.00

I.V.A. Acreditable $960.00

Bancos $12,960.00

Clientes extranjeros $104,400.00

Ventas al extranjero $90,000.00

I.V.A. Trasladado $14,400.00

Contabilizar lo que se genero en una importación compra

Mercancías en tránsito $100,000.00

I.V.A Acreditable $16,000.00

Proveedores extranjeros $116,000.00

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Gastos de compra $15,000.00

Honorarios A. Aduanal 6,000.00

Flete 5,000.00

Almacenaje 4,000.00

I.V.A Acreditable 2,400.00

Bancos $32,400.00

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REACTIVOS DE EVALUACIÓN

1.- Elaboración de factura comercial 2.- Investigación y elaboración de formatos que cumplan con las regulaciones no arancelarias, permisos de la Secretaria de Estado 3.- Elaboración de carta de instrucciones 4.- Elaboración de lista de empaque 5.- Seleccionar e investigar el mercado meta 6.- Investigar las tarifas y el medio de transporte por el cual embarcarán su producto 7.- Investigar las barreras no arancelarias que requiere el país de destino 8.- Investigar el modo de envase y embalaje a utilizar de acuerdo al tipo de mercancía 9.- Explicar las funciones de cada uno de los departamentos de la empresa con relación a una importación, exportación. 10.- Presentación de un proyecto de exportación, importación aplicando los artículos necesarios para el despacho aduanero. 11.- Investigar las aduanas del país exportador- importador

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UNIDAD III.- Objetivo general El estudiante podrá identificar las leyes fiscales de las importaciones y Exportaciones, aplicando la ley de comercio exterior, y la aplicación de los tratados internaciones. Objetivo educacional El alumno identificara el marco legal los conceptos y la importancia de los tratados internacionales en comercio internacional, sus beneficios, ventajas, aplicación de preferencias arancelarias, mediante ejercicios.

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3.1 Tratados internacionales

Un tratado comercial es un acuerdo entre países para concederse determinados beneficios mercantiles de forma mutua. Se pueden distinguir tres tipos de tratados comerciales: Zona de Libre Comercio, Unión Aduanera y Unión Económica.

• Una zona de libre Comercio se establece mediante un tratado comercial entre varias naciones, en donde los países firmantes se comprometen a anular entre si los aranceles a ciertos productos al cruzar sus fronteras. Es decir entre los países firmantes del tratado los precios de todos los productos comercializados entre ellos, serán los mismos para todos los habitantes de la zona, de forma tal que un país no pueda aumentar (mediante aranceles a la importación) el precio de los bienes producidos en otro país que forme parte de la zona de libre comercio.

• Una unión aduanera es una ampliación de los beneficios derivados de una zona de libre comercio. En una Unión Aduanera, además de eliminarse los aranceles internos para los países miembros de la unión, se crea un arancel externo para todos los países, es decir, cualquier país de la unión que importe bienes producidos por otro país no perteneciente a la unión aplicara a estos bienes el mismo arancel.

• La unión económica representa el grado sumo de integración comercial entre distintos países. Además de los beneficios derivados de la unión aduanera, se produce una integración económica plena al eliminarse las distintas monedas de los países integrantes de la unión, creándose un único banco central para todos ellos. La unión Europea constituye una unión económica plena desde 1999, al finalizar el proceso de convergencia entre los países miembros y crearse una moneda única el euro.

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3.2 Importancia

¿Por qué los gobiernos crean los tratados y convenios internacionales?

Con la creación de tratados y convenios, los gobiernos de las Naciones firmantes permiten aumentar la disponibilidad de insumos y materias primas de mayor calidad y a mejores precios en sus países para incrementar la competitividad de los productos hechos en sus naciones.

Los gobiernos propician tener un acceso preferencial a los mercados más importantes, mediante la eliminación gradual de aranceles y simplifican los trámites de Exportación e importación de varios productos.

México es uno de los países con más tratados de libre comercio en el mundo. Sin embargo, el Gobierno Nacional ha sido criticado severamente en nuestro país y en otras Naciones, debido a que los resultados no han sido los más acertados. Los resultados no han sido positivos

En 1985 contábamos con grandes barreras arancelarias y no arancelarais a la importación y exportación de mercancías, México basaba su crecimiento económico en un creciente déficit público, con una amplia e indiscriminada intervención del gobierno en la economía y en una fuerte protección de sus mercados internos. Hoy nuestro país está comprometido con un presente y un futuro económico afianzado en el aprovechamiento de las oportunidades derivadas de la globalización y de la apertura comercial así como en la acción de un gobierno promotor de la economía y de la confianza en la capacidad emprendedora del sector privado.

Sin embargo la simple firma de los Tratados Y acuerdo Comerciales no basta. Hay que hacer extensiva la información contenida en los instrumentos de los tratados. La gente no conoce su información y los beneficios que esta representa para los comerciantes a todos los niveles económicos.

Los micros y pequeños empresarios deben consultar y aplicar cuando así convenga los tratados comerciales ya que esto representa ahorros sustanciales en sus operaciones de comercio exterior.

Tratados comerciales internacionales, ventajas y desventajas para los empresarios.

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Ventajas

• Establece un marco de seguridad para los exportadores e importadores, a través de un conjunto de reglas claras y precisas

• Brindad acceso preferencial a los mercados mas importantes del mundo mediante la eliminación gradual de aranceles.

• Simplifican los tramites de Exportación e importación • Permiten aumentar la disponibilidad de insumos y materias primas de

mayor calidad y a mejores precios

Desventajas

Las desventajas no se presentan por escrito en ninguno de los instrumentos de los Tratados. Desafortunadamente, las desventajas se hacen presentes cuando los importadores, exportadores o usuarios desean utilizar el tratado y existe algún o algunos impedimentos que los imposibilita para hacerlo.

Los tratados de libre comercio son importantes, constiotuyen un medio eficaz para garantizar el acceso de productos a los mercados externos, de una forma más fácil y sin barreras.

Además permiten que aumente la comercialización de productos nacionales, se generen más empleo se modernice el aparato productivo, mejore el bienestar de la población y se promueve la creación de nuevas empresas por parte de inversionistas nacionales y extranjeros. Pero además el comercio sirve para abaratar los precios que paga el consumidor por los productos que no se producen en el país.

Finalmente el TLC se propone la ampliación de mercado de los participantes mediante la eliminación de los derechos arancelarios y cargas que afecten las exportaciones e importaciones.

En igual sentido busca la eliminación de las barreras no arancelarias, la liberación en materia comercial y de subsidios a las exportaciones agrícolas, la reestructuración de las reglas y procedimientos aduanales para agilizar el paso de mercancías y unificar las normas fitosanitarias y de otra índole.

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3.3 Impacto en el comercio

1. Marco Conceptual

Los Tratados son los más antiguas instituciones del Derecho Internacional, se Remonta antes de nuestra era a Mesopotámica y a Egipto. Los tratados son una de las fuentes del Derecho Internacional señalado en al Artículo 38 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia: “La Corte, cuya función es decidir conforme al derecho internacional las Controversias que le sean sometidas, deberá aplicar: a. las convenciones internacionales, sean generales o particulares, que establecen reglas expresamente reconocidas por los Estados Litigantes; b. la costumbre internacional como prueba de una práctica generalmente aceptada como derecho; c. los principios generales de derecho reconocidos por las naciones civilizadas; d. las decisiones judiciales y las doctrinas de los publicistas de mayor competencia de las distintas naciones, como medio auxiliar para la determinación de las reglas de derecho, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 59. 2. La presente disposición no restringe la facultad de la Corte para decidir un litigio ex aequo et bono, si las partes así lo convinieren.” Se ha considerado que este artículo tiene total autoridad para señalar cuáles son las fuentes del derecho internacional. El estudio de estos es la negociación y aprobación de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados en 1969, entrando en vigor desde el 27 de enero de 1980. Esta Convención de Viena sobre el Derecho de los tratados de 1969 en su artículo 2° nos dice que los tratados son: “Un acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el Derecho Internacional ya conste en un instrumento único, o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea denominación particular” Para el embajador y experto en Derecho Internacional, Hermilio López-Bassol, la definición de tratado es: “La definición clásica de tratado contenida en la Convención de 1969 ha sido rebasada por la realidad internacional, dado que fue necesario regular los acuerdos entre Estados y organismos internacionales y acuerdos de organismos internacionales inter se que se examinan en la Convención del Derecho de los Tratados entre los Estados y los Organismos Internacionales de 1986 y los trilaterales en los que participan dos Estados y un organismo internacional como existente con el Organismo Internacional de la Energía Atómica. Por ello, una definición contemporánea integral debe incluir los acuerdos entre dos o más sujetos del Derecho Internacional que tengan capacidad para Celebrar tratados” Existen varios criterios para la clasificación de los tratados ha continuación Enlistaremos las formas de clasificar: Número de partes o Bilaterales o Multilaterales

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Procedimiento de celebración o Tratados formales o Tratados den forma simplificada o sin formalidades o Tratados Mixtos Contenido de las normas o Tratados-Ley o Tratados-Contrato Características de las partes o Tratados entre Estados o Tratados entre Estados y organizaciones internacionales o Tratados entre las organizaciones Posibilidad de ampliar el número de partes o Tratados Cerrados o Tratados Abiertos Los tratados suelen tener distintas formas de llamarse se debe a que estos Presentan características diversas según la materia, las partes que interviene y la solemnidad del evento. Para Jorge Palacios Treviño, en su libro “Tratados, legislación y práctica en México”4 nos muestra los diferentes nombres de los tratados: Tratado Convención Convenio Acuerdo Acuerdo interinstitucional Compromiso Memorándum de entendimiento Pacto Pacto de caballeros Arreglo Protocolo Código Estatuto

Carta

Declaración

Modus vivendi Carta o Memorándum de intención Aunque la Convención de 1969 nos dicta que los tratados llevaran cualquier nombre, algunos países plantean que el nombramiento de estos debe ser por sus efectos jurídicos.

2. Tratados Comerciales de México5 México tiene firmados 11 tratados Cronología Tratado de Libre Comercio México-Bolivia País Participante: Bolivia Fecha de publicación en el DOF: 11 de enero de 1995 Entrada en vigor: 1 de enero de 1995 Tratado de Libre Comercio del Grupo de los Tres (TLC) Países Participantes: Colombia y Venezuela Fecha de publicación en el DOF: 9 de enero de 1995 Entrada en vigor: 1 de enero de 1995. Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) Países Participantes: Estados Unidos y Canadá Fecha de publicación en el DOF: 20 de diciembre de 1993

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Entrada en vigor: 1 de enero de 1994. Tratado de Libre Comercio México- Costa Rica País Participante: Costa Rica Fecha de publicación en el DOF: 10 de enero de 1995 Entrada en vigor: 1 de enero de 1995 Tratado de Libre Comercio México- Nicaragua País Participante: Nicaragua Fecha de publicación en el DOF: 1 de julio de 1998 Entrada en vigor: 1 de julio de 1998 Tratado de Libre Comercio México- Chile País Participante: Chile Fecha de publicación en el DOF: 28 de julio de 1999 Entrada en vigor: 1 de agosto de 1999

Tratado de Libre Comercio México- Israel País Participante: Israel Fecha de publicación en el DOF: 28 de junio de 2000 Entrada en vigor: 1 de julio de 2000 Tratado de Libre Comercio México- Unión Europea (TLCUEM) País Participante: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Portugal, Reino Unido y Suecia. El 1° de mayo de 2004 se Incorporaron diez nuevos miembros a la Unión Europea: Chipre, Eslovenia, Malta, República Checa, Hungría, Polonia, Estonia, Eslovaquia, Letonia y Lituania. Fecha de publicación en el DOF: 26 de junio de 2000 Entrada en vigor: 1 de julio de 2000 Tratado de Libre Comercio México- Triangulo del Norte País Participante: El Salvador, Guatemala y Honduras Fecha de publicación en el DOF: 14 de febrero de 2001 Entrada en vigor: Con el Salvador y Guatemala: 15 de Marzo de 2001. Con Honduras: 1 de junio de 2001 Tratado de Libre Comercio México- Asociación Europea de Libre Comercio País Participante: República de Islandia, Reino de Noruega, el Principado de Liechtenstein y la Confederación Suiza. Fecha de publicación en el DOF: 29 de junio de 2001 Entrada en vigor: 1 de julio de 2001 Tratado de Libre Comercio México- Uruguay País Participante: Uruguay

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Fecha de publicación en el DOF: 14 de julio de 2004 Entrada en vigor: 15 de julio de 2004

Tratado de Libre Comercio México – Bolivia) Objetivo General Establecer una Zona de Libre Comercio con reglas claras y Transparentes en beneficio mutuo en materia de comercio e inversión. Objetivos Específicos Estimular la expansión y diversificación comercial. Eliminar las barreras al comercio y facilitar la circulación de bienes y Servicios. Promover condiciones de competencia leal en el comercio. Aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión. Proteger y hacer valer, adecuada y efectivamente, los derechos de Propiedad intelectual. Establecer lineamientos para la ulterior cooperación a nivel bilateral, Regional y multilateral, ampliando y mejorando los beneficios del tratado. Crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento del Tratado, su administración conjunta y solución de controversias.

COMERCIO DE BIENES Acceso a Mercados Trato no discriminatorio y prohibición de elevar el arancel vigente y Adoptar otros nuevos. Eliminación efectiva de barreras no arancelarias -con excepción de Bienes usados, petróleo y prolíferos- y las necesarias para la protección De la salud y seguridad nacional. Devolución de aranceles, permitiendo la utilización de insumos de Terceros países en bienes de exportación. Eliminación de derechos de Trámite aduanero para 2002. Reconocimiento de productos distintivos como el tequila y el mezcal.

Reglas de origen y Procedimientos Aduaneros Eliminación progresiva de aranceles, aplicable a bienes originarios y a bienes cuyos materiales o insumos cumplan con una transformación Sustancial con base en el cambio arancelario o cumplan con el requisito de contenido regional. Exigencia de un certificado de origen, llenado y firmado por el exportador o productor del bien. Verificación del cumplimiento del origen y aplicación de sanciones, en su caso, por la autoridad correspondiente.

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Sector Industrial y Normas Técnicas Desgravación inmediata a 97% de la exportación de bienes industriales, Incluyendo tracto camiones, autobuses, camiones, auto-partes, Electrodomésticos, equipo de cómputo, televisores, productos Fotográficos, acero, petroquímicos y fibras sintéticas o artificiales discontinuas, entre otros. Asimismo, en 2006 se cumple el plazo máximo. Para la desgravación, mismo que partió de un arancel máximo de 10%.

Establecimiento de disciplinas para la elaboración y aplicación de Normas técnicas y evaluación del riesgo sobre bienes y servicios, Basadas en trato nacional y no discriminatorio, garantizando la Protección a la salud humana, animal y vegetal, y la conservación del Medio ambiente. Prohibición de su utilización como medios proteccionistas. Existencia de compatibilidad con los compromisos pactados en el ámbito Internacional. Existencia de medidas necesarias para evitar la exportación de Desechos y sustancias peligrosas por terceros países. Formación de un grupo de trabajo para resolver las controversias y Fomentar la armonización y normalización de la metrología. Información inmediata al exportador de cualquier deficiencia técnica de Su cargamento.

Sector Agropecuario y Medidas Sanitarias y Fitosanitarias Existencia de subsidios a la exportación de productos agropecuarios, a Petición del país importador; eliminación o reducción de barreras al Comercio, apoyos internos y trato nacional en la aplicación de normas de Clasificación y calidad agropecuarias. Desgravación inmediata de bienes agropecuarios y agroindustriales Como: mezclas de legumbres y hortalizas, espárragos, aguacate, fresa, Cerveza, tequila, mezcal, leche evaporada, pimientos, cebolla, melón, Sandía, nopales, cacahuates, jugos de cítricos, de papaya, manzana y Durazno, entre otros; la desgravación del maíz y el fríjol se contempla. Para 2009, año en que se cumple el plazo máximo de desgravación. Quedan excluidos temporalmente en el tratado bienes como: carne de Bovino, porcino en canal y productos avícolas, leche en polvo y azúcar. Existencia de medidas fitozoosanitarias que garantizan el intercambio de Productos sanos para la vida humana, animal y vegetal, y evitar la Práctica comercial arbitraria y discriminatoria.

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COMERCIO DE SERVICIOS E INVERSIÓN Servicios Contemplación de todos los servicios en el intercambio comercial, excepto Gubernamentales, aéreos, comerciales y financieros, otorgando trato nacional y un trato no menos favorable al de terceros países. Liberalización o eliminación progresiva de restricciones a la prestación de Servicios profesionales y reconocimiento mutuo de títulos y licencias Profesionales; se han eliminado los requisitos de nacionalidad y residencia permanente para el otorgamiento de éstos. Prohibición de exigir el establecimiento de residencia en territorio donde se prestan servicios. Acceso y uso de redes y servicios públicos de telecomunicaciones en condiciones no menos favorables que las otorgadas a los nacionales; se Incluyen servicios de valor agregado y el uso de redes privadas de Comunicaciones ínter empresariales. Facilidad de entrada temporal de personal transferido intra compañías, inversionistas y visitantes de negocios. Prestación transfronteriza de servicios financieros y establecimiento de instituciones financieras, otorgando los principios de trato nacional y de nación más favorecida, además de garantizar la libre transferencia y sin demora de recursos al exterior.

Inversión Promoción y difusión de oportunidades de inversión. Seguridad y certidumbre para inversionistas y sus inversiones, bajo los Principios de trato no discriminatorio, nación más favorecida, libertad de Transferencias e indemnización en caso de expropiación.

Prevención de la doble tributación fiscal. ASPECTOS INSTITUCIONALES Solución de Controversias

Establecimiento de un mecanismo ágil y transparente, que esté integrado por tres instancias: consulta, intervención de la Comisión Administradora, e instancia arbitral. Obligatoriedad en el cumplimiento de la decisión emitida por la instancia arbitral; en caso contrario, eliminación de los beneficios equivalentes a la parte afectada.

Instituciones Establecimiento de una Comisión Administradora, integrada por el ministro de

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Relaciones Exteriores y Culto de Bolivia y el secretario de Comercio y Fomento Industrial de México, o personas designadas por ellos. Asimismo, un secretariado establecido y supervisado por la comisión, integrado por secciones nacionales.

COMPRAS DE GOBIERNO Y PROPIEDAD INTELECTUAL Compras de gobierno Acceso a un mercado de compras gubernamentales con trato no discriminatorio y transparencia en los procedimientos de licitación, incluyendo un recurso administrativo de impugnación para inconformarse con dichos procedimientos. Oportunidades en compras del sector público, a través de programas de participación para las micro, pequeña y mediana industria.

Propiedad Intelectual

Protección y defensa de los derechos de propiedad intelectual, a través de la no constitución de obstáculos al libre comercio de mercancías legítimas; protección amplia, trato no discriminatorio y trato de nación más favorecida. Protección a los derechos de marcas, indicaciones geográficas, denominaciones de origen, sectores industriales, patentes, diseños industriales, modelos de utilidad, derechos de autor y conexos, señales de satélite, información confidencial, entre otros. Cancelación, a solicitud de parte, de marcas registradas en Bolivia que sean iguales o similares a marcas mexicanas. Disposición procesal para garantizar los derechos de propiedad intelectual y prevención de infracciones a los mismos.

EVALUACIÓN GENERAL E IDENTIFICACIÓN DE PRODUCTOS

Evaluación General

Tratado que ofrece certidumbre a los sectores económicos, permitiendo Promover el comercio de bienes y servicios en condiciones de competencia leal y facilitando los flujos de inversión. A partir de su vigencia quedaron libres de Arancel 97% de las exportaciones mexicanas. Asimismo, a partir del 10 de marzo de 1998, de manera recíproca, se Eliminaron aranceles de productos clasificados en tres sus partidas, entre ellos diversos productos de interés para nuestro país, como: productos químicos, manufacturas de plástico, textiles y sellos galvanizados.

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Identificación de productos

Los principales productos que se exportan son: unidades de procesamiento de datos, cables y filamentos sintéticos, fibras sintéticas, tejidos de algodón, botellas y envases de plástico, tubos y perfiles huecos, polímeros de estireno, tereftalato de etileno, laminado de hierro o acero revestido, máquinas para montar lámparas, entre otros.

CONSTA DE XXI CAPÍTULOS

PRIMERA PARTE: ASPECTOS GENERALES Capítulo I Disposiciones iniciales Capítulo II Definiciones generales SEGUNDA PARTE: COMERCIO DE BIENES Capítulo III Trato nacional y acceso de bienes al mercado Capítulo IV Agricultura y medidas zoosanitarias y fitosanitarias Capítulo V Reglas de origen Capítulo VI Procedimientos aduaneros Capítulo VII Medidas de salvaguardia Capítulo VIII Prácticas desleales TERCERA PARTE: COMERCIO DE SERVICIOS Capítulo IX Principios generales sobre el comercio de servicios Capítulo X Telecomunicaciones Capítulo XI Entrada temporal de personas de negocios Capítulo XII Servicios financieros CUARTA PARTE: BARRERAS TECNICAS AL COMERCIO Capítulo XIII Medidas de normalización QUINTA PARTE: COMPRAS DEL SECTOR PUBLICO Capítulo XIV Compras del sector público SEXTA PARTE: INVERSION Capítulo XV Inversión

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Tratado de Libre Comercio México - Unión Europea20

Objetivo General

Crear un espacio comercial en un contexto de integración multinacional a través del establecimiento de una Zona de Libre Comercio para la apertura de oportunidades externas de desarrollo.

Objetivos Específicos

Fomentar el desarrollo de los intercambios de bienes y servicios. Liberalizar preferencial, progresiva y recíprocamente el comercio de bienes y servicios.

Dinamizar la actividad comercial y económica. Atraer insumos y tecnología para la empresa mexicana. Generar mayores empleos. Promover la inversión directa. Incrementar las oportunidades y alianzas estratégicas para la empresa mexicana.

COMERCIO DE SERVICIOS E INVERSIÓN

Servicios Acceso sin restricción al número de operaciones o prestadores de servicio en territorio comunitario. Otorgamiento de trato nacional y trato de nación más favorecida. Consolidación del grado de apertura vigente en las respectivas legislaciones nacionales.

Se contempla la prestación de servicios transfronterizos e inversión en este sector, exceptuando audiovisuales, transporte aéreo y cabotaje marítimo.

Inversión

Consolidación de la apertura actual, plasmada en legislaciones nacionales de pagos relacionados con inversión directa.

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No implicación de apertura adicional a la inversión extranjera directa en ningún sector.

Reiteración de compromisos internacionales y establecimiento del acuerdo de promover recíprocamente la inversión.

ASPECTOS INSTITUCIONALES

Solución de Controversias

Establecimiento de un mecanismo de consulta y solución de controversias con procedimientos claros y expeditos (primera vez que la Unión Europea incorpora esta disciplina en un tratado comercial).

Concesión prioritaria a la conciliación, antes de acudir a un procedimiento arbitral; México conserva su derecho de impugnar ante la OMC. Instituciones Creación de un consejo conjunto, integrado por representantes a nivel ministerial del Consejo de la Unión Europea, la Comisión Europea y el gobierno de México.

Establecimiento de un comité integrado por ambas partes como auxiliar del consejo conjunto.

Tratado de Libre Comercio de América del Norte, México, Canadá y Estados Unidos de Norteamérica (TLCAN)

Objetivo General

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Formar una Zona de Libre Comercio, estableciendo reglas claras y permanentes para el intercambio comercial, que permita el incremento de flujo comercial e inversión, así como nuevas oportunidades de empleo y mejores niveles de vida.

Objetivos Específicos

Eliminar obstáculos al comercio y facilitar la circulación transfronteriza de bienes y servicios. Promover condiciones de competencia leal. Proteger y hacer valer, adecuada y efectivamente, los derechos de propiedad intelectual. Crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento del tratado, para su administración conjunta y solución de controversias.

Establecer lineamientos para una ulterior cooperación trilateral, regional y multilateral encaminada a ampliar y mejorar los beneficios. Reducir la vulnerabilidad de las exportaciones ante medidas unilaterales y discrecionales. Fortalecer la industria nacional mediante un sector exportador sólido y competitivo. Coadyuvar a la creación de empleos.

COMERCIO DE BIENES

Acceso a Mercados

Certidumbre, transferencia y acceso preferencial por sus ventajas geográficas, similitud en horario y reducción de costos de transportación. Existencia de nichos de mercado con alto potencial para la exportación como: agricultura y ganadería, alimentos y bebidas, automotriz, construcción, eléctrico, imprenta, maquinaria, metálicas, minería, muebles, químicos, regalos y textil.

Acceso permanente y seguro de exportaciones mediante la disminución total, pero paulatina, de aranceles y barreras no arancelarias, así como mecanismos justos y expeditos para la solución de controversias. Tratamiento preferencial a bienes originarios de la región con tendencia a promover la competitividad y protección de la industria nacional. Eliminación de cuotas para venta de productos mexicanos. Distinción de productos como tequila y mezcal. Compensación como medida de salvaguarda al país exportador, en su caso. Seguridad jurídica para alentar la innovación tecnológica y propiciar el desarrollo de proyectos competitivos. Coordinación mejorada de los procesos productivos, distribución y venta de bienes y servicios en la región.

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Reglas de Origen y Procedimientos Aduaneros

Tratamiento preferencial a productos fabricados totalmente en la región, cambio en la clasificación arancelaria y de contenido regional, a través de los métodos de valor de transacción o de costo neto.

Establecimiento de un certificado de origen con posibilidad posterior de modificación, previo acuerdo de las partes. Exigencia de utilizar el idioma del país importador en el certificado de origen, llenado y firmado por el exportador o productor del bien. Sector Industrial y Normas Técnicas.

Eliminación inmediata de aranceles, en Estados Unidos, a productos como: automóviles, parabrisas, estufas de gas, planchas eléctricas, refrigeradores domésticos, lavabos de cerámica, envases de vidrio, televisores, motores de gasolina, radios, caseteras y computadoras. En territorio canadiense: cerveza, equipo de cómputo, partes de televisores, parabrisas, lavabos de cerámica y mármol.

Eliminación paulatina, en los Estados Unidos, de aranceles a partir del 10 de enero de 1998, a productos como: cerveza, camiones de carga, pantalones de algodón, motores eléctricos, asientos automotrices y tejidos de algodón; en Canadá: televisores, envases de vidrio, calentadores, camiones ligeros, cristalería, azulejos de cerámica y baterías para automóviles.

Desgravación arancelaria, para 2003, en Estados Unidos, a lámina y tubería de acero, botas y zapatos de cuero, sanitarios de cerámica, calentadores de agua y penicilinas; en Canadá: juguetes, cafeteras eléctricas, exprimidores de jugos, pantalones de algodón y calzado.

Eliminación de todas las cuotas existentes en Estados Unidos para la exportación de hilos, tela y prendas de vestir. Supresión inmediata de aranceles a casi la mitad de los productos textiles que se exportan a Estados Unidos; a partir del 1º de enero de 2003 eliminación de aranceles, reducidos hasta 20% como máximo, a la otra mitad, y desgravación arancelaria a 19% de las exportaciones a Canadá. Supresión inmediata de aranceles a automóviles; a partir del 1º de enero de 1998 se desgravan los camiones ligeros y ello de enero de 2003, los camiones pesados.

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Apego al principio de trato nacional para el cumplimiento de normas técnicas y métodos. Utilización de normas internacionales como marco de referencia, buscando la convergencia futura de los sistemas. Existencia de ámbitos específicos de cooperación que incluyen mecanismos de consulta, intercambio de información y notificación.

Sector Agropecuario y Medidas Sanitarias y Fitosanitarias

Apoyos internos, abaratamiento de insumos, acceso a mercados y subsidios a la exportación de productos agrícolas. Impulso a la infraestructura, programas sanitarios e investigación de productos específicos del sector agrícola.

Eliminación inmediata de aranceles a 61% de las exportaciones agrícolas a: Estados Unidos: ganado bovino en piel, miel de abeja, nueces, flores (excepto rosas), tequila, fresas, mijo, melaza de caña y ajos; en periodos estacionales: tomate, berenjena, chile, calabaza, sandía y cebolla. Canadá: coles, café, jugo de toronja, verduras y nueces. Transcurrido el primer plazo de desgravación, quedan libres de arancel en Estados Unidos, a partir del 10 de enero de 1998: rosa, naranja, mango, aceituna, jugo de piña, verduras en conserva, frambuesa, zarzamora, fruta en conserva y zanahoria; en Canadá: calabaza, cebolla, ajo, chocolate, rábano, verdura congelada, alubia, mayonesa; en temporada: col de Bruselas, pimiento, calabacitas y maíz dulce. Desgravación, a partir del 10 de enero de 2003, en Estados Unidos: fresa congelada, tomate, lima, aguacate, tabaco, condimentos, sazonadores, salsas, hojas de tabaco, chile ancho y chocolate; en Canadá: fresa, bróculi, tomate, pepino, chayote y flores.

Desgravación, a partir del 1º de enero de 2008, en Estados Unidos, a productos como: jugo de naranja congelado y sin congelar, melón, cebolla seca y en polvo, ajo seco y cacahuate. Protección, hasta 2003, de partes de pollo, productos porcícolas, papa, manzana, aceites, alimentos preparados y embutidos. Desgravación arancelaria, a partir del 1º de enero de 2008, a productos como: maíz, fríjol y leche en polvo. Eliminar la incertidumbre que ocasionan los aranceles estaciónales, las barreras fitosanitarias innecesarias y otros obstáculos. Normas de protección a la salud pública, medio ambiente y derechos del consumidor.

Adopción, mantenimiento o aplicación de medidas sanitarias o fitosanitarias necesarias para la protección de la vida o la salud humana, animal o vegetal, incluyendo medidas más estrictas que una norma, directriz o recomendación de carácter internacional.

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Fijación de niveles apropiados de protección, asegurándose del grado necesario de protección a alcanzar. Adopción o aplicación de medidas sanitarias o fitosanitarias basadas en principios científicos, considerándose factores pertinentes, y fundamentadas en una evaluación de riesgo apropiada a las circunstancias.

COMERCIO DE SERVICIOS E INVERSIÓN

Servicios

Acceso al comercio trans-fronterizo de servicios como: construcción, profesionales, computación, transporte terrestre, telecomunicaciones, portuarios, aéreos especializados, reparación y mantenimiento, comercio al mayoreo y menudeo, telecomunicaciones de valor agregado, turísticos y financieros.

Principios de trato nacional, nación más favorecida y no obligatoriedad de residencia en la prestación de servicios. Acceso para la realización de actividades productivas como: reparación y mantenimiento de motores y equipos, vehículos, aviones, entre otros. Acceso y uso de las actividades de telecomunicaciones.

Permiso inmediato de entrada a operadores mexicanos de transporte terrestre, a partir del 1° de enero de 1996, y desde 1999 se extiende al servicio de transporte de carga internacional en todo el territorio; se continúa con el alquiler de carros de ferrocarril y construcción de terminales. Acceso paulatino de servicios financieros.

Inversión

Aumento sustancial de inversión privada, doméstica y extranjera, a través de alianzas estratégicas, intercambios tecnológicos y otras formas de asociación, y fomento de integración sectorial, aumentando la competitividad internacional de la región.

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Reactivos de evaluación

1.- Investigar si existe tratado con el país que se quiere importar o exportar 2.- Investigar las normas a cumplir en el tratado 3.- Investigar las ventajas que otorga el tratado 4.- Investigar las normas fitosanitarias y sanitarias a cumplir con el tratado 5.- Investigar las barreras arancelarias