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    PENAL III1ER PARCIAL

    UNIDAD 1Delitos contra personas.

    1. Disposiciones del Libro II del código penal referidos a la parte general:

    Delito: conducta típica antijurídica y culpable.

    ARTICUL !1." A los efectos del artículo anterior, se tendrá en cuenta:1º. La naturaleza de la acción y de los medios empleados para ejecutarla y la etensión del da!oy del peli"ro causados#$º. La edad, la educación, las costumbres y la conducta precedente del sujeto, la calidad de losmoti%os &ue lo determinaron a delin&uir, especialmente la miseria o la dificultad de "anarse elsustento propio necesario y el de los suyos, la participación &ue 'aya tomado en el 'ec'o, las

    reincidencias en &ue 'ubiera incurrido y los demás antecedentes y condiciones personales, asícomo los %ínculos personales, la calidad de las personas y las circunstancias de tiempo, lu"ar,modo y ocasión &ue demuestren su mayor o menor peli"rosidad. (l juez deberá tomarconocimiento directo y de %isu del sujeto, de la %íctima y de las circunstancias del 'ec'o en lamedida re&uerida para cada caso.

    ARTICUL !!." La pena &ue correspondería al a"ente, si 'ubiere consumado el delito, sedisminuirá de un tercio a la mitad.)i la pena fuere de reclusión perpetua, la pena de la tentati%a será reclusión de &uince a %eintea!os. )i la pena fuese de prisión perpetua, la de tentati%a será prisión de diez a &uince a!os.)i el delito fuera imposible, la pena se disminuirá en la mitad y podrá reducírsela al mínimo le"al o

    eimirse de ella, se"*n el "rado de peli"rosidad re%elada por el delincuente.

    ARTICUL !#." Los &ue cooperen de cual&uier otro modo a la ejecución del 'ec'o y los &uepresten una ayuda posterior cumpliendo promesas anteriores al mismo, serán reprimidos con lapena correspondiente al delito, disminuida de un tercio a la mitad. )i la pena fuere de reclusiónperpetua, se aplicará reclusión de &uince a %einte a!os y si fuere de prisión perpetua, se aplicaráprisión de diez a &uince a!os

    ARTICUL $%." )e impondrá reclusión por tiempo indeterminado como accesoria de la *ltimacondena, cuando la reincidencia fuere m*ltiple en forma tal &ue mediaren las si"uientes penasanteriores:

    1. +uatro penas pri%ati%as de libertad, siendo una de ellas mayor de tres a!os#$. +inco penas pri%ati%as de libertad, de tres a!os o menores.Los tribunales podrán, por una *nica %ez, dejar en suspenso la aplicación de esta medidaaccesoria, fundando epresamente su decisión en la forma pre%ista en el artículo $.

    ARTICUL &%." )on acciones dependientes de instancia pri%ada las &ue nacen de los si"uientesdelitos:1º- Los pre%istos en los artículos 11, 1$/ y 10/ del +ódi"o enal cuando no resultare la muertede la persona ofendida o lesiones de las mencionadas en el artículo 1.$º- Lesiones le%es, sean dolosas o culposas.)in embar"o, en los casos de este inciso se procederá de oficio cuando mediaren razones dese"uridad o inter2s p*blico.0º- 3mpedimento de contacto de los 'ijos menores con sus padres no con%i%ientes.(n los casos de este artículo, no se procederá a formar causa sino por acusación o denuncia dela"ra%iado, de su tutor, "uardador o representantes le"ales. )in embar"o, se procederá de oficio

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    cuando el delito fuere cometido contra un menor &ue no ten"a padres, tutor ni "uardador, o &uelo fuere por uno de sus ascendientes, tutor o "uardador.+uando eistieren intereses "ra%emente contrapuestos entre al"unos de 2stos y el menor, el4iscal podrá actuar de oficio cuando así resultare más con%eniente para el inter2s superior dea&u2l.

    ARTICUL &'." )on acciones pri%adas las &ue nacen de los si"uientes delitos:1. +alumnias e injurias#$. 5iolación de secretos, sal%o en los casos de los artículos 167 y 168#0. +oncurrencia desleal, pre%ista en el artículo 16#7. 3ncumplimiento de los deberes de asistencia familiar, cuando la %íctima fuere el cónyu"e.

    ARTICUL bis.9 (l imputado de un delito de acción p*blica reprimido con pena de reclusión oprisión cuyo máimo no eceda de tres a!os, podrá solicitar la suspensión del juicio a prueba.(n casos de concurso de delitos, el imputado tambi2n podrá solicitar la suspensión del juicio aprueba si el máimo de la pena de reclusión o prisión aplicable no ecediese de tres a!os. Al presentar la solicitud, el imputado deberá ofrecer 'acerse car"o de la reparación del da!o en la

    medida de lo posible, sin &ue ello impli&ue confesión ni reconcimiento de la responsabilidad ci%ilcorrespondiente. (l juez decidirá sobre la razonabilidad del ofrecimiento en resolución fundada.La parte damnificada podrá aceptar o no la reparación ofrecida, y en este *ltimo caso, si larealización del juicio se suspendiere, tendrá 'abilitada la acción ci%il correspondiente.)i las circunstancias del caso permitieran dejar en suspenso el cumplimiento de la condenaaplicable, y 'ubiese consentimiento del fiscal, el ribunal podrá suspender la realización del juicio.)i el delito o al"uno de los delitos &ue inte"ran el concurso estu%iera reprimido con pena de multaaplicable en forma conjunta o alternati%a con la de prisión, será condición, además, &ue se pa"ueel mínimo de la multa correspondiente.(l imputado deberá abandonar en fa%or del estado, los bienes &ue presumiblemente resultaríandecomisados en caso &ue recayera condena.

    ;o procederá la suspensión del juicio cuando un funcionario p*blico, en el ejercicio de susfunciones, 'ubiese participado en el delito.ampoco procederá la suspensión del juicio a prueba respecto de los delitos reprimidos con penade in'abilitación.ampoco procederá la suspensión del juicio a prueba respecto de los ilícitos reprimidos por lasLeyes $$.716 y $7.8 y sus respecti%as modificaciones.

    ARTICUL ter .9 (l tiempo de la suspensión del juicio será fijado por el ribunal entre uno ytres a!os, se"*n la "ra%edad del delito. (l ribunal establecerá las re"las de conducta &ue deberácumplir el imputado, conforme las pre%isiones del artículo $8 bis.

    Durante ese tiempo se suspenderá la prescripción de la acción penal.La suspensión del juicio será dejada sin efecto si con posterioridad se conocieran circunstancias&ue modifi&uen el máimo de la pena aplicable o la estimación acerca de la condicionalidad de laejecución de la posible condena.)i durante el tiempo fijado por el ribunal el imputado no comete un delito, repara los da!os en lamedida ofrecida y cumple con las re"las de conducta establecidas, se etin"uirá la acción penal.(n caso contrario, se lle%ará a cabo el juicio y si el imputado fuere absuelto se le de%ol%erán losbienes abandonados en fa%or del (stado y la multa pa"ada, pero no podrá pretender el reinte"rode las reparaciones cumplidas.+uando la realización del juicio fuese determinada por la comisión de un nue%o delito, la pena &uese impon"a no podrá ser dejada en suspenso.La suspensión de un juicio a prueba podrá ser concedida por se"unda %ez si el nue%o delito 'asido cometido despu2s de 'aber transcurrido oc'o a!os a partir de la fec'a de epiración delplazo por el cual 'ubiera sido suspendido el juicio en el proceso anterior.

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    ;o se admitirá una nue%a suspensión de juicio respecto de &uien 'ubiese incumplido las re"lasimpuestas en una suspensión anterior.

    ARTICUL ()ater.9 La suspensión del juicio a prueba 'ará inaplicables al caso las re"las deprejudicialidad de los artículos 11/1 y 11/$ del +ódi"o +i%il, y no obstará a la aplicación de lassanciones contra%encionales, disciplinarias o administrati%as &ue pudieran corresponder.

    ARTICUL &&." ara la inteli"encia del teto de este códi"o se tendrán presente las si"uientesre"las:

    Los plazos a &ue este códi"o se refiere serán contados con arre"lo a las disposiciones del +ódi"o+i%il. )in embar"o, la liberación de los condenados a penas pri%ati%as de libertad se efectuará almediodía del día correspondiente.

    La epresión

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    (l t2rmino ueda comprendido en el concepto de ?%iolencia?, el uso de medios 'ipnóticos onarcóticos.

    +oncurso de delitos: art 67 @3deal- y 66 @real-. +uando el 'ombre comete con su conducta %arias%iolaciones penales.

    • Ideal: +on un 1 solo 'ec'o cometo %arios delitos. ay pluralidad de encuadramiento detipo. )olo se aplica una pena, la mayor. )e aplica el sistema de la absorción.

    •Real: ay pluralidad de 'ec'os &ue son independiente entre si. luralidad deencuadramientos, analizándose %arios delitos en un *nico proceso. )e aplica una solapena, aplicándose el sistema de combinación y absorción. La pena aplicable tendrá comomínimo el mínimo mayor y como máimo la suma aritm2tica de las penas máimascorrespondiente a los di%ersos 'ec'os, esa suma no puede superar los 6/ a!os.

    entati%a:• Art !%: 

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    concurrencia desleal art 16, incumplimiento de los deberes de asistencia familiar,cuando la %ictima fuere el cónyu"e.

    c. Acción dependiente de instancia pri2ada: art 8$. )i se insta la acción , pasa'acer una acción publica, sino no 'ay delito. )on: delitos contra abuso seual,estupro, rapto, lesiones le%es, dolosas o culposas, impedimentos de los 'ijosmenores con sus padres no con%i%ientes.

    $. Por el -odoa. Co-isión: son de acción.b. -isión: no 'ay al"o debiendo 'acerlo.

    . De -era acti2idad: la acción y el resultado no se pueden separar, coinciden, sesuperponen. (j: tenencia. +asi siempre son de peli"ro abstracto.

    8. Delito especial: re&uieren del autor una condición o característica especial.

    C. Delito de propia -ano: es el &ue el autor debe realizar el 'ec'o personalmente. (j: falso

    testimonio, portación de arma.

    %. Delitos contra la 2ida 3)-ana . La 2ida 3)-ana co-o bien )r4dico" penal.

    Delitos contra la 2idao omicidio simple. Art 8.o omicidio a"ra%ado. Art C/.o omicidio en (stado de (moción 5iolenta. Art C19 A.o omicidio reterintencional. Art C19.o omicidio a"ra%ado por el %inculo cometido en estado de emoción %iolenta. Art C$.o 3nsti"ación o ayuda al suicidio. Art C0.o omicidio culposo. Art C7.o  Aborto. Art C6, C, C8, CC.

    (n los delitos contra la %ida, el E es La 5ida umana, y su protección comprende desde ellapso desde la concepción 'asta la muerte.

    UNIDAD %

     5o-icidio sie-pre: Concepto6 ele-entos6 3o-icidios especiales.

    5o-icidio si-ple ARTICULO 79. - Se aplicará reclusión o prisión de ocho a veinticinco aos! al "ue #atare a otrosie#pre "ue en este códi$o no se esta%leciere otra pena.

    78P: la %ida 'umana @física y psí&uica-.

    (l feto no puede ser ) del delito de 'omicidio.ara el derec'o penal comienza la %ida de una persona cuando esta fuera del seno materno.

    )i muere dentro del ceno materno: aborto.)i muere fuera del ceno materno: 'omicidio.

    &atar' destrucción o interrupción de la %ida 'umana. A otro' persona &ue este des%inculada del seno materno.

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    Sie#pre "ue en este códi$o no se esta%leciere otra pena' es una fi"ura residual, si"nifica &ue'ay a"ra%antes y atenuantes del 'omicidio, puede encuadrar en otro tipo penal.SA ( S)' cual&uier persona, sin distinción de %italidad y %iabilidad, @menos un feto-.*or#ar de #atar' cual&uier forma es admisible.&odos de #atar' comisión y omisión.&edios co#isivos' cual&uier medio es aceptable @físicos y morales-. Art +, %is' 'ay un medio comisi%o &ue no se encuentra en otro art y &ue a"ra%a el art 8, es elabuso de arma de fue"o, 'ay &ue aclarar &ue siempre &ue el arma de fue"o sea utilizada comotal, la pena se ele%a 1F0 el mínimo y el máimo. ARTICULO 41 bis  Cuando al$uno de los delitos previstos en este Códi$o se co#etiera conviolencia o inti#idación contra las personas #ediante el e#pleo de un ar#a de ue$o la escala penal prevista para el delito de "ue se trate se elevará en un tercio en su #/ni#o ( en su #á0i#o!sin "ue 1sta pueda e0ceder el #á0i#o le$al de la especie de pena "ue corresponda.2ste a$ravante no será aplica%le cuando la circunstancia #encionada en ella (a se encuentreconte#plada co#o ele#ento constitutivo o caliicante del delito de "ue se trate.

    D(L3G H()ILADG BA(H3AL3;)A;A;(G A++3J; I GB3)3G;DGLG)G A++3J; IL3+A ADB3( LA (;A35A

    5o-icidios Especiales)on ellos:

    • omicidio +onsentido• omicidio iadoso o (utanasia• omicidio (u"en2sico• omicidio Deporti%o• omicidio >uir*r"ico

    omicidio +onsentido

    )e trata de casos en los &ue una persona mata a otra a pedido de 2sta. G sea &ue eisteconsentimiento por parte de la %íctima. ;uestra ley no contempla la fi"ura del 'omicidioconsentido, por lo cual el mismo se encuadra en la fi"ura del 'omicidio simple.

    omicidio iadoso o (utanasia

    (s a&uel &ue se realiza por piedad, compasión o lástima, o para e%itar el dolor osufrimiento de la %íctima @(utanasia K uena Buerte-.;uestra ley no contempla el 'omicidio eutanásico, por lo &ue se trata de un 'omicidio simple. Los jueces, a fin de miti"ar la pena, tendrían &ue recurrir al Art. C1 + considerándolo como

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    (n el 'omicidio eutanásico: el autor está inspirado en un mó%il "eneroso y mata por piedad.(n el 'omicidio eu"en2sico: el autor está inspirado por un mó%il e"oísta# &uiere eliminar seresdefectuosos, por&ue estos constituyen una car"a para si, para el (stado, o por&ue no permitenperfeccionar la raza 'umana.;aturalmente, el mismo &ueda encuadrado como 'omicidio simple.

    omicidio Deporti%o

    )e trata de los casos en los &ue la práctica de un deporte ocasiona la muerte @oeo,4*tbol, Hu"by-. (n estos casos es necesario establecer dos elementos importantes: si la reuniónestaba autorizada, si el deportista causante del 'omicidio actuó dentro de los re"lamentos del jue"o.

    1- )i la reunión estaba autorizada y el ju"ador respetó los re"lamentos: no 'ay delito.$- )i la reunión no estaba autorizada o si el ju"ador %ioló los re"lamentos: 'ay delito# y este

    podrá ser doloso, culposo o preterintencional, se"*n las circunstancias.

    omicidio >uir*r"ico

    )e trata de la muerte &ue se produce a raíz de una inter%ención &uir*r"ica. (n estos casos,la doctrina 'a dado di%ersos justificati%os para este resultado ne"ati%o..(n estos casos se debe analizar la si"uiente distinción:

    1- )i la inter%ención era ur"ente, la muerte del paciente podrá ser justificada por un

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     Ale%osía: es obrar a traición @indefensión de la %ictima- y sobre se"uro. La %ictima no seencuentra en condiciones de oponer resistencia. He&uiere un procedimiento intelectual del autor@a"ente-. Desaparece el a"ra%ante si se puede determinar &ue la %ictima a' podido defenderse.5eneno: toda sustancia animal, %e"etal, &uímica, or"aniza u inor"ánica con capacidad de afectarla salud del ), &ue cuando se introduce por cual&uier %ía del cuerpo 'umano mata en %irtud delas transformaciones &uímicas &ue produce, "enerándole como consecuencia la muerte.(s un a"ra%antes por&ue son las menores defensas de la %ictima ante los particulares medioutilizados .Gtro procedimiento insidioso: puede ser a&uel &ue sin administrar %eneno implica en"a!o oartificio &ue le impide a la %ictima percatarse del da!o. +ual&uier sustancia &ue ten"a capacidadde matar y re%ista el carácter de insidioso.En la ale2os4a es 9abarcatiba la insidia se 2e en el -odo de -atar6 -ientras ()e6 en lainsidia se to-a en c)enta el -edio en ()e se -ata.La razón de ser del a"ra%ante: esta en lo 3;)3D3G)G del procedimiento utilizado, el ocultamientodel medio.)uministrar en forma insidiosa si"nifica: implica en"a!o, artificio &ue le impide a la %ictima nopercatarse del da!o.

    )or precio o pro#esa re#uneratoria.re%io al 'omicidio debe eistir un A+G, el &ue 'ace el encar"o y el &ue pa"a el precio @platao bienes-. )e supone la inter%ención de $ personas @ambos son autores materiales-.(s necesario &ue 'aya principio de ejecución @dar comienzo al acto-.odas las tratati%as o ne"ociaciones pre%ias constituirán actos preparatorios y no están tipificadasen la ley penal, por ende no son delitos. )i el ejecutor desiste de matar no 'ay delito. )i pa"a ydespu2s no mata no 'ay delito.(s indiferente si se cumple con la promesa remunerati%a, el a"ra%ante se aplica i"ual por&ue

    actuó inspirado en lo &ue iba a recibir.

    + )or placer! codicia! odio racial! reli$ioso! de $1nero o a la orientación se0ual! identidad de$1nero o su e0presión.lacer: lo 'ace por el a"rado, plcer, satisfacción de "enerar la muerte, sin &ue otra moti%ación lo'aya determinado. Bó%il principal de la acción ese placer.+odicia: afán de lo"rar "anancia o pro%ec'o material, mediante la obtención de dinero olibrándose de car"as u ocupando posiciones &ue puedan suministrar %entajas patrimonial. (s elapetito desordenado de ri&ueza. )i el objeti%o material no se lo"ra i"ual se aplica el a"ra%ante.Gdio racial:  a%ersión &ue la "ente siente por una persona o por un "rupo de personas

    determinadas por su raza o reli"ión, seo, de "enero, identidad de "enero.+on matar una persona ya esta en el a"ra%ante.Menocidio:  esta dentro de una con%ención. Batar una raza.

    5 )or un #edio idóneo para crear un peli$ro co#:n.(l medio ele"ido por el autor facilita la etensión del da!o a 0ros etra!os. (l objeti%o es matar,pero se &ue el medio &ue utilizo puedo crear un peli"ro com*n. )e juz"a el medio empleado paramatar, y &ue ese medio sea idóneo.La acción típica del estra"o es, crear el estra"o. Acá la acción típica es BAAH.(G: idóneo para crear un peli"ro en com*n.(): dolo directo por 'aber aceptado ese peli"ro.

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    ; Con el concurso pre#editado de dos o #ás personas.La naturaleza del a"ra%ante es la menor defensa &ue tiene la %ictima para sus atacante.+uantas personas tiene &ue matar: 0re%io al 'omicidio: 3a; ac)erdo co-,n de los atacantes, incluso instantes antes de matar.)ino no se confi"ura el a"ra%ante.

    7 )ara preparar! acilitar! consu#ar u ocultar otro delito o para ase$urar sus resultados o procurar la i#punidad para s/ o para otro o por no ha%er lo$rado el in propuesto al intentar otrodelito.)e llama 'omicidio por coneidad, para o por otro delito.(): para o por. ;o es el 'omicidio el objeti%o, sino el otro delito.

    +oneión 3nicial: AHApreparar @se preocupa obtener los medios para la ejecución de otro delito- (E: mato al due!o deun armería para poder sacar armas y municiones ,facilitar @se procuraran mejores posibilidades para la ejecución o efecti%idad del resultado del otrodelito- (j: mate al "uardia del banco para robar,

    cons)-ar  @cuando es el medio para ejecutar el otro delito- acá es para salir del banco yo ya robey me &uiero ir terminar con el delito,) oc)ltar otro delito o aseg)rar los res)ltado @cuando se procura afirmar la pertenencia de losbeneficios &ue se 'an obtenido en el otro delito ya consumado o de &ue se piensa obtener deldelito &ue se %a cometer-

    +oneión 4inal: AHAPara proc)rar la i-p)nidad para si o para otro @puede ser para el autor o para un 0ro-. (E:mato los testi"os.Debe eistir la coneión subjeti%a, &uiere decir no importa si mata aun&ue sea in*til 'acerlo. Lo&ue se %alora es el mó%il.

    +oneión impulsi%a: GHEl fin prop)esto: es a&uel &ue el autor mata por no 'aber lo"rado el fin propuesto al intentar otrodelito @lo 'ace por despec'o o frustración-.La palabra intentar seria el problema, seria mejor la palabra emprender &ue seria abarcati%o deiniciar y realizar la ejecución. 

    3< A un #ie#%ro de las uer=as de se$uridad p:%lica! policiales o penitenciarias! por su unción!car$o o condición4uerzas de se"uridad publica: "endarmería, prefectura ,policía de se"uridad aeroportuaria @)A-,

    policiales o de ser%icio penitenciario.Batan por tener una condición especial.(): ay &ue conocer la condición antes, por&ue si no sabe el a"ra%ante no funciona.

    9< A%usando de su unción o car$o! cuando uere #ie#%ro inte$rante de las uer=as dese$uridad! policiales o del servicio penitenciario. Acá es abusando de su función:+ar"o:(E: +uando se le muere en la comisaria.

     ,4 A su superior #ilitar rente a ene#i$o o tropa or#ada con ar#as.;o se pre"unta.

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    ,,. A una #u8er cuando el hecho sea perpetrado por un ho#%re ( #ediare violencia de$1nero.La N nos 'ace como si 'ubiera una coneidad, pre%iamente tiene &ue 'aber %iolencia de "enero.

    ,6. Con el propósito de causar suri#iento a una persona con la "ue se #antiene o ha #antenidouna relación en los t1r#inos del inciso ,

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    (n ambas eiste un estimulo, pero en la (moción se produce un s'ocO repentino y en la asión'ay una actuación lenta prolon"ada y constante sobre la personalidad.

    P+omo nos damos cuenta emoción %iolenta en el momento del 'omicidioQ• iempo trascurrido entre el estimulo y la reacción: la reacción puede ser un poco retardada,

    pues demora en reaccionar, no todas las personas reaccionan del mismo modo, perocuando lo 'ace entra en estado de emoción %iolenta.

    • (l medio empleado: el autor act*a brutalmente, impro%isado, torpe.• (l temperamento del sujeto: acá se apreciara si la persona imputada entra fácilmente en

    estado de emoción.• +onocimiento pre%io de los 'ec'os &ue lle%an a matar:

    re"unta de eamenRRRRRR P+uál es el elemento )ubjeti%oQ(): siempre &ue las circunstancias lo 'icieran ecusable.)oler dice &ue para %er si las circunstancias son ecusable, se obser%aran las circunstancias &uerodean en cada caso y el juez %alorara en base a los elementos antes mencionados.

    P+omo esta compuesto el delitos de emoción %iolentaQBatar en estado de emoción %iolenta siempre &ue las circunstancias lo 'icieran ecusable,%aloración eclusi%a.P)iempre &ue eista emoción %iolenta entran la atenuanteQ ;o. or&ue tiene &ue estar si o si elelemento %alorati%o las circunstancias &ue %aloran los jueces para ser ecusable el 'omicidio.@&ue las circunstancias lo 'icieran ecusable-.odos los elementos de la emoción pueden concurrir, pero tiene &ue ser ecusables.

    ;o es atenuante el 'omicidio en estado de emoción %iolenta, si lo son, las circunstancias &ue'a"an ecusable el 'omicidio.

    7 5o-icidio Preterintencional. Art *1 1b.%? Al "ue! con el propósito de causar un dao en el cuerpo o en la salud! produ8ere la #uerte deal$una persona! cuando el #edio e#pleado no de%/a ra=ona%le#ente ocasionar la #uerte.

    (l autor tiene otra intención, busca otra intención &ue no es matar, por eso esta dentro de losatenuantes.

    reterintencional: antes de la intención.omicidio reterintencional: es a&uel &ue en al cual la Acción del sujeto produce un resultado

    &ue %a mas allá de la intención del autor, siempre &ue el medio productor no sea apto parapro%ocar el 'omicidio, o sea &ue el medio empleado debe ser inidóneo, no debe tener idoneidadpara lle"ar a ese fin.)i los jueces razonablemente entiendes &ue el accionar @medio y modo de actuar- puede sicausar la muerte, ecluye la atenuante.

    ay dolo de lesiones, no 'ay dolo de 'omicidio.Da!o en el cuerpo: es la alteración de carácter anatómico en el indi%iduo.Da!o en la salud: modificación de carácter fisioló"ico y físico.Hazonablemente: 'ace referencia a la capacidad o idoneidad del medio &ue no debe causar lamuerte.

    )i la muerte era &uerida o e%entualmente aceptada: se desplaza la fi"ura, no estaríamos'ablando de un 'omicidio preterintencional, sino ya de un 'omicidio simple Art 8.

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    5o-icidio Agra2ado por el >inc)lo Co-etido en Estado de E-oción >iolenta.ARTICUL *%. 9 Cuando en el caso del inciso , del art/culo 34 concurriese al$una de lascircunstancias del inciso , del art/culo anterior! la pena será de reclusión o prisión de die= aveinticinco aos.

    (ste art es un atenuante, al art C/ inc 1. )i se comete el delito de 'omicidio a"ra%ado por el%inculo en estado de emoción %iolenta, solo en ese caso, estaría encuadrado en este art C$, y noen el art C1 inc b.)i se comete otro delito con emoción %iolenta se encuadraría en el art C1 inc 1 b.

     Art C/ la pena es: prisión o reclusión perpetua.(n este art la pena es: de 1/ a $6.Bientras &ue en el art C/ 1 b: 0 a reclusión. 1 a 0 presión.

    %. 5o-icidio C)lposo. Concepto. Ele-entos.

    5o-icidio C)lposoARTICUL *!. 9 Será repri#ido con prisión de seis #eses a cinco aos e inha%ilitación especial!en su caso! por cinco a die= aos el "ue por i#prudencia! ne$li$encia! i#pericia en su arte o proesión o ino%servancia de los re$la#entos o de los de%eres a su car$o! causare a otro la#uerte.2l #/ni#o de la pena se elevará a dos aos si ueren #ás de una las v/cti#as atales! o si elhecho hu%iese sido ocasionado por la conducción i#prudente! ne$li$ente! ine0perta! oantirre$la#entaria de un veh/culo auto#otor .

    +ulpa: es la %iolación al deber objeti%o de cuidado. (iste cuando el autor puede pre%er elresultado.

    (lemento subjeti%o: reside en la ausencia de intención de causar la muerte.

    P+uáles son los 0 componentes de la culpaQ(stos componente de la culpa, si aparecen en la fi"ura, estamos antes un 'omicidio culposo.;o es lo mismo matar a otro, &ue causar la muerte a otro por&ue lo &ue acá desaparece es eldolo, el autor no tu%o %oluntad de matar y mata, pero mata causándole la muerte, no matándolocomo dice el art 8 u C/.

    1 Negligencia: falta de precaución o indiferencia por acto &ue se realiza, por ello cuantamayor dili"encia re&uiera un acto mas atento 'ay &ue estar, pues no es lo mismo E:trasladar cartones, &ue pasajeros o eplosi%os. )ale con su auto sin frenos.

    % I-pr)dencia: obrar &ue lle%a implícito un peli"ro &ue las re"las de la prudencia indican no'acer E: conducir un %e'ículo sabiendo &ue tiene pocos frenos. )ale con su auto confrenos pero a $// OmF's.

    0- I-pericia de s) arte o profesión: siendo la profesión el medio de %ida del autor aun&ueno se re&uiera titulo 'abilitante, (E:  Alba!il, medico, conductor de auto, armero, etc. Lo &uese le imputa al autor es la falta del saber mínimo en la acti%idad &ue realiza.

    ! o inobser2ancia de los regla-entos a s) cargo: los 0 elementos ya lo abarca, acáataca mas a profesiones muy especificas &ue tiene normas especiales, a un piloto dea%ión.

    rimer párrafo: forma simple del omicidio +ulposo.)e"undo párrafo: forma a"ra%ada del omicidio +ulposo.)e a"ra%a por:

    1- Pl)ralidad de 2icti-as, por lo menos $.

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    $- C)ando el 3ec3o se ocasiona por la conducción imprudente, ne"li"ente, ineperta oantirre"lamentaria de un 2e34c)lo a)to-otor .

    Debe eistir una relación causar, entre el obrar del )A y el resultado.

    Por &u2 no aparece en los a"ra%antes el arma de fue"oQor&ue el arma de fue"o por si sola ya importa una mayo peli"rosidad. N no aparece en el art C7,por&ue ya esta le"islada en el art 71 bis, y dice &ue ele%a el mínimo y el máimo de la pena 1F0.Jsea &ue si se comete un delito con arma de fue"o se a"ra%a la pena 1F0 el mínimo y el máimo.

    '. Instigar o A;)dar al s)icidio.ARTICUL *'. 9 Será repri#ido con prisión de uno a cuatro aos! el "ue insti$are a otro alsuicidio o le a(udare a co#eterlo! si el suicidio se hu%iese tentado o consu#ado.

    (l suicidio por si solo no tiene reproc'e penal, por&ue seria absurdo. (n la anti"Sedad no era así.

    )e pena 'oy lo casos de:1-  Instigación al s)icidio: es a&uel &ue induce, persuade, con%ence a otro a cometer

    suicidio. iene &ue ser un estimulo definiti%o, con%incente 'ace la otra persona para &uecometa la acción. (l insti"ador es autor @ es &uien ejecuta la Acción definida por el %erbotípico de una fi"ura delicti%a, teniendo de esta forma el poder de decidir entre consumar eldelito o desistir de el-.

    $-  A;)da al s)icidio: es a&uel &ue presta ayuda, colabora, copera, consi"ue los elementos.;o debe 'aber cometido actos materiales sobre el cuerpo de la %ictima, sino estaríamos'ablando de otra fi"ura, 'omicidio.ambi2n el insti"ador es autor con colaboración material.

    ara &ue el insti"ador o el ayudante sean punibles se re&uiera, el (), &ue el suicidio 'aya tenidocomienzo de ejecución.

    (s un delito de comisión.ambi2n puede cometerse por omisión. (j: cuando el psi&uiatra sabiendo &ue el paciente puedematarse, no le presta la ayuda &ue re&uiere, esta omitiendo ayudarlo.

    !. 5o-icidio en Ri?a.5o-icidio o Lesiones en Ri?a

    ARTICUL @$. 9 Cuando en ria o a$resión en "ue to#aren parte #ás de dos personas!resultare #uerte o lesiones de las deter#inadas en los art/culos 94 ( 9,! sin "ue constare"ui1nes las causaron! se tendrá por autores a todos los "ue e8ercieron violencia so%re la personadel oendido ( se aplicará reclusión o prisión de dos a seis aos en caso de #uerte ( de uno acuatro en caso de lesión.

    Las lesiones siempre %an a tener &ue ser "ra%es o "ra%ísimas. (l 'omicidio o lesiones en ri!a seda cuando en una pelea inter%iene %arias personas y al"uien resulta muerto o con lesiones "ra%eso "ra%ísimas, sin &ue se pueda indi%idualizar &uienes fueron los &ue causaron la muerte o laslesiones. Ante esta situación ;uestro +ódi"o considera a todos los &ue 'ayan ejercido %iolencia sobre lapersona muerta o lesionada, es culpable.

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    Unidad $Delitos contra las personas 9contin)ación.

    1. Aborto. Concepto. Ele-entos. C)estiones acerca de la incri-inación.

    78P: la %ida del ser en "estación, &ue en derec'o denominamos feto.>erbo: matar al feto, dentro del seno materno. Na sea una fecundación natural o artificial.

     Aborto: es interrumpir el embarazo produciendo la muerte del feto. Dentro del seno materno o porepulsión anticipada del seno materno.

    ! son los s)p)estos ()e re()iere esta fig)ra1 >ue la acción sea lle%ada a cabo antes del nacimiento: sino seria 'omicidio

    % >ue la mujer este embarazada: sino faltaría el objeto pasi%o' >ue el feto ten"a %ida: sino seria delito imposible.! >ue eistan maniobras aborti%as.

    +i no est/n co-p)estos estos ! ele-entos6 no 3a; aborto.

    P>ue son las maniobras aborti%asQP+ual es le momento del nacimientoQ +uando esta separado de la madre, puede estar unido alcordón umbilical. La placenta no es parte de la madre, ya &ue tiene una sola utilidad, alimentar alfeto.

    %. Distintos s)p)estos de aborto. Pro2ocado por la -)er o por terceros.

    ARTICUL *$. 9 2l "ue causare un a%orto será repri#ido', Con reclusión o prisión de tres a die= aos! si o%rare sin consenti#iento de la #u8er. 2sta pena podrá elevarse hasta "uince aos! si el hecho uere se$uido de la #uerte de la #u8er.6 Con reclusión o prisión de uno a cuatro aos! si o%rare con consenti#iento de la #u8er.2l #á0i#u# de la pena se elevará a seis aos! si el hecho uere se$uido de la #uerte de la#u8er.

    3nc. 1: si o%rare sin consenti#iento de la #u8er. ena ele%a 16 a!os si muere.3nc. $: si o%rare con consenti#iento de la #u8er. ena 1 a 7 a!os.

    )i la mujer muere la pena se a"ra%a para los dos inc a a!os mas. Acá la pena es para el &ue causare el aborto, no para la mujer.

    (l consentimiento: puede ser epreso o tácito. iene &ue ser %alido @cuando 'ay discernimiento,intención y libertad- y libremente prestado. (s a partir de los 17 a!os el consentimiento de lamujer.

    La muerte de la mujer, no debe estar comprendida en el dolo del autor, por&ue sino estaríamos'ablando de otra fi"ura, 'omicidio. (l dolo se tiene &ue a"otar en las maniobras aborti%as.

    Aborto pro2ocado por la -)er ARTICUL **. 9 Será repri#ida con prisión de uno a cuatro aos! la #u8er "ue causare su propioa%orto o consintiere en "ue otro se lo causare. La tentativa de la #u8er no es puni%le.

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    +ausare su propio aborto: cuando la mujer se realiza por si misma las maniobras aborti%as,cual&uiera fuera. Aborto con consentimiento de la mujer: es un delito de codelincuencia necesario, la mujer tendríala pena de el art CC, 1 a 7 a!os, y el autor %a a responder por el art C6 inc.$, 1 a 7 a!os.

    '. Los lla-ados aborto necesarioB6 senti-entalB6 e)gensicoB. El abortopreterintencional. Tentati2a.

    ARTICUL *#. 9 Incurrirán en las penas esta%lecidas en el art/culo anterior ( surirán! ade#ás!inha%ilitación especial por do%le tie#po "ue el de la condena! los #1dicos! ciru8anos! parteras oar#ac1uticos "ue a%usaren de su ciencia o arte para causar el a%orto o cooperaren a causarlo.2l a%orto practicado por un #1dico diplo#ado con el consenti#iento de la #u8er encinta! no es puni%le', Si se ha hecho con el in de evitar un peli$ro para la vida o la salud de la #adre ( si este peli$ro no puede ser evitado por otros #edios.

    6 Si el e#%ara=o proviene de una violación o de un atentado al pudor co#etido so%re una #u8eridiota o de#ente. 2n este caso! el consenti#iento de su representante le$al de%erá ser re"uerido para el a%orto.

    Aborto conte-plado por el arte de c)rar ()e ab)sa de s) ciencia @art C 1er párrafo-ay una palabra &ue esta demás, &ue es cirujano, medico ya entra en cirujano.

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    Aborto senti-ental @art C inc. $, 1er parte-He&uisitos:

    • Bedico diplomado• +on el consentimiento de la mujer • )i el embarazo pro%iene de una %iolación

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    +ausare su propio aborto: cuando la mujer se realiza por si misma las maniobras aborti%as,cual&uiera fuera. Aborto con consentimiento de la mujer: es un delito de codelincuencia necesario, la mujer tendríala pena de el art CC, 1 a 7 a!os, y el autor %a a responder por el art C6 inc.$, 1 a 7 a!os.entati%a de aborto de la mujer: no es punible. Por &ueQ or&ue el efecto &ue puede causar enla persona &ue nació, por&ue si la madre fue condenada por tentati%a de aborto, esa relaciónmadre e 'ijo no se puede %incular nunca. (l le"islador oriento a &ue el neo familiar debe primar.

    C)adro para est)diar 

    Abortos penados1. or terceros

    • )in consentimiento de la mujer, Art C6 inc. 1. A"ra%a muerte de la mujer.• +on consentimiento de la mujer, Art C6 inc.$. A"ra%a muerte de la mujer.

    • racticado por profesionales, Art C primer párrafo.• reterintencional, art C8.

    $. ro%ocado por la Bujer •  Aborto propio o el consentimiento prestado, art CC.

    Abortos I-p)nes1. ;ecesario o terap2utico, art C inc. 1.$. 5iolación o atentado al pudor @mujer idiota o demente, sea o no declarada en juicio- art C

    inc. $. Aborto sentimental o eu"en2sico.0. entati%a de la mujer, art CC ultima parte.

    Unidad #Delitos contra las personas 9contin)ación.

    1. Lesiones. Concepto. Ele-entos. El proble-a de la tentati2a. Est)dio de lasclasificaciones de agra2ación propia de los art @ ; @1. Agra2antes ; aten)antes con el3o-icidio. Lesiones c)lposas. Lesiones en ri?a.

    Le ley prote"e la inte$ridad corporal de las personas! en su aspecto /sico como ps/"uico.

     E: la inte"ridad corporal de la persona. anto el físico como el psí&uico.

     Acciones y medios empleado: se puede lle%ar a cabo por acción y por o-isión. odos losmedios son aptos para consumar el delito.)e admiten los medios morales.

    )ujeto pasi%o: solo puede ser un ser 'umano. A partir del momento &ue comienza el nacimiento.El feto no p)ede ser +P del delito de lesiones. ero los da!os &ue se causen pueden sertenido como tentati%a de aborto.

     Autolesión: no constituye delito, por&ue el ) y el )A deben ser personas diferentes.(l 'ec'o de &ue el ) le 'aya dado el consentimiento al )A para causarle las lesiones esirrele%ante en nuestro derec'o, sal%o los casos de las lesiones &uir*r"icas, o lesiones deporti%as.

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    (n las cuales en consentimiento puede actuar como un complemento de una causal de justificación.

    Concepto de lesiones: el concepto "en2rico de lesiones sur"e del art C, las &ue no son ni"ra%es, ni "ra%ísimas.Art *@:

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    Debilitación: es la disminución de la fuerza, poder o capacidad.ermanente, si"nifica &ue dure un lar"o periodo de tiempo.

    De la salud: cuando las lesiones causen un debilitamiento "eneral del ór"ano. >ue el or"anismo&uede debilitado y epuestos a sufrir enfermedades.

    De un sentido: sentido es la aptitud de recibir, por medio de determinado ór"anos corporales, lasimpresiones de los objetos eternos. Los sentidos son 6: %ista, oído, "usto, olfato y tacto.

    De un ór"ano: ór"ano es: el conjunto de aparatos y tejidos &ue sir%en para desempa!ar unafunción determinada. (l concepto de ór"ano esta dado en sentido uncional , @ór"ano renal: dosri!ones, ór"ano respiratorio: dos pulmones-.+uando se trate de un ór"ano doble con función *nica @pulmones- la perdida de uno constituirádebilidad de la función y no perdida de la misma.

    De un miembro: miembro es: cada una de las etremidades del cuerpo articuladas con el tronco,pero consideradas individual#ente ( no por pares.

    Hecordar &ue lo &ue constituye lesión "ra%e es el debilitamiento permanente de un miembro.or&ue si 'ubiera perdida material del miembro o perdida de su uso, 'abría lesión "ra%ísima.

    Dificultad permanente de la palabra: es la dificultad para 'ablar, para comunicarse %erbalmentecon tercero. +onsiste en incon%enientes para emitir o pronunciar @ de modo &ue los demás noentiendan lo &ue dice-, o para construir palabras, o en tener &ue 'acer "randes esfuerzos para'ablar, o en afonías permanentes, etc.

    G si 'ubieran puesto en peli"ro al %ida del ofendido: oda lesión, por mas le%e &ue sea, es capaz

    de poner en peli"ro la %ida del ofendido. Ina 'erida por mas le%e &ue sea puede sufrir un procesode infección y poner en peli"ro la %ida. Acá se trata de un peli"ro real y efecti%amente corrido por la %ictima a raíz de la lesión.

    G le 'ubiere inutilizado para el trabajo por más de un mes: si la %ictima &ueda inutilizada para eltrabajo por mas de un mes, 'ay lesiones "ra%e. La ley se refiere a trabajo en "eneral. ambi2n'ay lesiones "ra%es aun&ue la %ictima este sin trabajo, o %i%e de sus rentas. ;o es necesario &uela inutilización para el trabajo sea absoluta, es suficiente con &ue, en "eneral, y dentro de loslimites razonables, importa falta de aptitud para el libre mo%imiento o empleo con el cuerpo conun fin económico.

    (l termino debe superar el mes. (l mes se computa de acuerdo a los art $7 y $6 del +od. +i%il. Nart 88 +od. penal.

    G le 'ubiere causado una deformación permanente del rostro: +uando la lesión es en el rostro ydeja en el una deformación permanente, es lesión "ra%e. La deformación permanente en el rostroes la alteración apreciable de la armonía, forma o proporción natural del rostro.;o es necesario &ue la deformación por&ue 'orror o repu"nancia.La deformación debe ser permanente, siendo irrele%ante &ue se pueda cubrir con el pelo o con labarba, por&ue lo &ue se prote"e es la simetría del rostro.

    (l rostro comprende: desde la parte anterior de la cabeza, desde el frente @nacimiento delcabello-, 'asta la etremidad del mentón y de una a otra oreja.

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    Lesiones ra24si-as

    Art @1. T

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    Agra2antes ; aten)antes co-)nes con el 3o-icidioLesiones Agra2adas:ARTICUL @%. F 

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    del oendido ( se aplicará reclusión o prisión de dos a seis aos en caso de #uerte ( de uno acuatro en caso de lesión.=ARTICUL @#. T

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    endría &ue decir

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    ARTICUL 1&.-  2l #á0i#u# ( el #/ni#u# de las penas esta%lecidas en el art/culo precedente! serán au#entados en un tercio cuando el delito uera co#etido por los padres contrasus hi8os ( por 1stos contra a"u1llos o por el cón(u$e.@ 

    Agra2antes)e a"ra%a si tiene un resultado material

    • >ue se produzcan "ra%e da!o en el cuerpo o en la salud de la %ictima. @Art 1/, $dopárrafo-

    • G la muerte de la persona. @Art 1/, 0er párrafo-• or el parentesco, padres contra los 'ijos, 'ijos contra las padres o por el conyu"u2. @Art

    1/8-(stos da!os tiene &ue ser preterintencional, no &ueridos por el autor, por&ue sino estaríamos'ablando de otra fi"ura, lesiones u 'omicidio.ara &ue proceda el a"ra%ante el abandono debe ser la causa del "ra%e da!o o la muerte , si seproduce por causa ajenas a el abandono, no procederá el a"ra%ante.

    -isión de A)=ilioARTICUL 1*. T

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     A- directa @por sí mismo-# o- indirecta @dando a%iso a la autoridad-.

     A- Gmitir el auilio directo: constituye delito siempre y cuando, prestando dic'o auilio, el sujetono corra un ries"o personal, ya &ue la ley no puede imponer al 'ombre com*n, la conducta de un'2roe.

    or ries"o personal, debe entenderse un ries"o en el cuerpo, la %ida o la salud del &ue auilia. ;opuede in%ocar ries"o personal, &uien no auilió a la %íctima por repu"nancia, por no perdertiempo, por no comprometerse o por no arries"ar sus bienes materiales. ampoco puedein%ocarlo, &uien está obli"ado a soportarlo, por ejemplo: el "uarda%ida, el bombero, etc.

    (l ries"o personal debe contemplarse en cada caso concreto, pues depende de lasparticularidades del caso, y de la capacidad y posibilidades del auiliador. (jemplos: no podríasocorrer personalmente a al"uien &ue se está a'o"ando, el indi%iduo &ue no sabe nadar# y a*nsabiendo nadar, un 'ombre &ue pesa / V". difícilmente podría sal%ar a un a'o"ado de 1C/ V".,sal%o &ue ten"a oficio de "uarda%idas.

    )olo cuando el auilio directo implica ries"o personal para el auiliador, 2ste podrá recurrir alauilio indirecto.De modo &ue, incurre en el delito &uien, pudiendo auiliar directamente sin ries"o personal, en%ez de proceder al auilio directo, opta por dar a%iso a la autoridad.

    - Gmisión de auilio indirecto: &uien no puede socorrer personalmente a la %íctima sin ries"opersonal, debe dar a%iso inmediatamente a la autoridad &ue corresponda se"*n el caso, porejemplo: policía, m2dico, "uarda%ida, bombero, etc.

    (l a%iso puede ser por cual&uier medio @en forma personal, oral o escrito, o bien por tel2fono, portele"rama, por e9mail, etc. se"*n las particularidades del caso-, siempre &ue sea en la forma másrápida posible.

    >uien omite esta forma de auilio, incurre en el delito &ue analizamos, sal%o &ue pueda justificarsu omisión.

    +onsumación y entati%a: el 'ec'o se consuma con la omisión, sin necesidad de &ue se 'ayaproducido resultado al"uno @fuera de la situación peli"rosa-# la fi"ura no admite la tentati%a dado&ue es una fi"ura de omisión.

    Delito doloso compatible con el dolo directo.

    Unidad *

    Delitos contra el 3onor 

    1. El 3onor co-o bien )r4dico F penal. 0or-a ; -odo de co-isión de los delitos.C)estiones sobre el s)eto acti2o ; pasi2o.

    E: el 'onor.

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    onor: conjunto de cualidades %aliosas &ue re%isten aun persona física en sus relacionessociales, jurídicas, familiares, etc.

    Distintos tipos de onor • Aspecto beti2o: cualidades &ue nos atribuyen 0ros en cuanto a la %aloración social de

    nuestra personalidad. La acción &ue nos a"ra%ia se denomina difa-ación @perjuicio a lafama-, tiene &ue lle"ar a 0ros.Aspecto +)beti2o: cualidades &ue cada persona atribuye a si misma, es decirauto%aloración. La forma de atacar ello, seria el )ltrae personal en b)sca de n)estrades3onra.

    )e %an a consumar cuando la ofensa lle"ue a conocimiento de la %ictima.): siempre personas físicas determinada.)on delitos de peli"ro concreto.)on formal, de pura acti%idad.De acción pri%ada.

    0or-as ; -odos de co-isión de los delitosDirectas.Deben ser (plicitas y no e&ui%ocas.(l a"ente @el autor- debe conocer el carácter ofensi%o de lo &ue se dice animus injuriandi, la%oluntad de ofender de injuriar-.

    Los medios o modos de comisión: pueden ser medios aptos: los impresos, "rabados, dibujos,caricaturas, 'ec'os, "estos, se!as, palabras, escritos, etc.# cual&uier medio es apto para cometerestos delitos.

    +onfi"uran modos de acción típica tanto la comisión como la omisión para la injuria, pero para lacalumnia solo puede serlo la acción, por&ue re&uiere la falsa imputación de un delito.injuria K comisión y omisión#calumnia K comisiónLa calumnia o la injuria pueden ser manifiesta o encubierta.

    Los otros animus pueden ser justificantes, un animus corri"endi @animo de corre"ir-, eseculpatoria. (j: yo le di"o alumna ud realmente a demostrado poca %oluntad para estudiar,por&ue realmente no se preocupo tiene &ue estudiar mas por&ue realmente así no %a a estudiarnuncaW. ;o lo 'a"o con animus de ofenderla, lo 'a"o con animus de corre"irla. A'ora si yo le di"o para &ue %iene a la facultad si no sir%e para nada, a'í si puede ser ofensi%o.

    C)estiones sobre el s)eto acti2o ; pasi2o.

    )ujeto Acti%o: puede ser cual&uier persona con tal &ue sea una

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    • 3ndi%iduos sin onor: para el derec'o moderno no es admisible la idea de &ue puedaneistir personas sin nin"*n "rado de 'onor# por lo tanto, en toda persona se presupone laeistencia del 'onor y puede ser %íctima de estos delitos.

    •   Los menores: los menores si puede ser %ictima de los delitos. nuestro códi"o impide laposibilidad de perse"uir los delitos contra el 'onor cuando son cometidos contra menores,

    al establecer en el AH. 86 &ue

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    (n nin"*n caso confi"ura delitos de calumnias los:• +e refiere as)ntos de inters p)blico: son a&uellos asuntos &ue superan estrictamente

    lo interpersonal y &ue interesen a toda la comunidad, asuntos sobre la población,contaminación ambiental, se"uridad, etc.

    • +e e=presa en for-a no aserti2a. @potencial-. si"nifica &ue esta condicionado a cambios

    futuros. >ue no eprese se"uridad.

    La esencia de la calumnia es subjeti%a, pues la mentira 'ace a la falsedad de la imputación, si elautor no cree &ue esta mintiendo, no 'ay delito. or&ue tiene &ue ser la falsa imputación de undelito, se &ue lo &ue estoy diciendo es mentira, pero para atentar contra el 'onor de la persona.

    rueba de la %erdad @eceptio %eritatis-: (l acusado de calumnias puede probar la %erdad de los'ec'os &ue 'a imputado, y probada la %erdad de los 'ec'os &ueda eento de pena. La prueba dela %erdad la aportará durante el juicio de calumnias &ue se inicie. Atribuir falsamente a otro &ue 'a

    cometido calumnia no constituye calumnia, por&ue el AH. 1/ ei"e &ue el delito imputado seade acción p*blica.

    +onsumación y tentati%a: la calumnia y la injuria son delitos formales, &ue se consuman cuando lafalsa atribución lle"a al conocimiento del ofendido o de terceros, no siendo necesario &ue el da!oal 'onor se produzca.Los autores admiten la posibilidad de tentati%a cuando los medios utilizados permiten unasecuencia de actos ejecuti%os &ue pueden interrumpirse antes de alcanzar la consumación. orejemplo: la falsa atribución &ue se formula por carta cuyo curso se interrumpe-.

    Delito doloso. Delito formal.

    @recordar  &ue - (l acusado de calumnias puede probar la %erdad de los 'ec'os &ue 'a imputado,y probada la %erdad de los 'ec'os &ueda eento de pena.

    Diferencia con la falsa denuncia art $76.La falsa denuncia es un delito contra la administración publica.La calumnia es un delito contra el 'onor. AH. $76: D ,.544.-? a pesos veinte #il >D64.444.-?. 2n nin$:n caso coni$urarán delito de in8urias las e0presiones reeridas a asuntos de

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    inter1s p:%lico o las "ue no sean asertivas. Ta#poco coni$urarán delito de in8urias loscaliicativos lesivos del honor cuando $uardasen relación con un asunto de inter1s p:%lico.@ 

    3njuria: el &ue intencionalmente des'onrare o desacreditare a una persona física determinada.oda a&uella ofensa &ue no lle"a 'acer calumnias. Acá no se re&uiere &ue lo &ue se dice seacierto o falso.(l 'ec'o de difamar o desacreditar a una persona es suficiente para &ue le injuria proceda.

    (n nin"*n caso confi"ura delitos de calumnias los:• +e refiere as)ntos de inters p)blico: son a&uellos asuntos &ue superan estrictamente

    lo interpersonal y &ue interesen a toda la comunidad, asuntos sobre la población,contaminación ambiental, se"uridad, etc.

    • +e e=presa en for-a no aserti2a. @potencial-. si"nifica &ue esta condicionado a cambiosfuturos. >ue no eprese se"uridad.

    )e des'onra: cuando se ofende la 'onra de una persona, es decir si 'onor subjeti%o, &ue sedenomina cont)-elia. )e consuma cuando lle"a a conocimiento de la %íctima directamente, o atra%2s de terceros

    )e desacredita: cuando se %ierten imputaciones ofensi%as ante terceros &ue pueden menoscabarla reputación, esto se llama difa-ación. ara &ue se consume es necesario &ue lle"ue aconocimiento de terceros.

    )e puede ofender: con acción u omisión.

    (lemento subjeti%o : es un delito doloso @admite diferentes formas de dolo- es )A(H o (;(H+G;+3(;+3A &ue mi acción es idónea @sir%e- para ofender, y a pesar de ello i"ualmente A+YG.(s por esto &ue la doctrina 'a dic'o &ue es necesario &ue eista

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    7- Animus Hetor&uendi: ánimo o intención de uien de%uel%einjuria por injuria, no tiene en realidad como fin ofender, sino reaccionar contra la ofensa recibida.6- Animus +onsulendi: ánimo o intención de aconsejar, de informar.- Animus +orri"endi: ánimo o intención de corre"ir. (l propósito no es ofender, sino plenamentede corre"ir a otro.

    Pr)eba de la >erdad 9E=ceptio >eritatiARTICUL 111. T

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    !. Cal)-nias ;Go in)rias p)blicadas o reprod)cidas por otro. Co-etidas por -edio de laprensa. El derec3o a replica. fensas 2ertidas en )icio. In)rias reciprocas.Retractaciones.

    Cal)-nias ;Go in)rias p)blicadas o reprod)cidas por otro.ARTICUL 11'. F 2l "ue pu%licare o reprodu8ere! por cual"uier #edio! in8urias o calu#niasineridas por otro! será repri#ido co#o autor de las in8urias o calu#nias de "ue se trate! sie#pre"ue su contenido no uera atri%uido en or#a sustancial#ente iel a la uente pertinente. 2nnin$:n caso coni$urarán delito de calu#nia las e0presiones reeridas a asuntos de inter1s p:%lico o las "ue no sean asertivas.@ 

     Acciones:-Reproduce la injuria o calumnia formulada por otro &uien, en distintas circunstancias eindependientemente de la conducta del autor ori"inal, repite la especie ofensi%a, lle%ándola aconocimiento de personas &ue no 'abían captado cuando el autor ori"inal la produjo,di%ul"ándola así entre un n*mero mayor o menor de personas.

    -Publica la ofensa el &ue la reproduce de modo &ue pueda lle"ar a conocimiento de un n*meroindeterminado de personas. Ambas conductas típicas importan la repetición de la especie imputati%a ori"inal# no estaremosante el delito estudiado, cuando el a"ente no se limita a reproducir o publicar la ofensa, sino &uele a"re"a detalles &ue la con%ierten en otra ofensa nue%a y distinta# en ese caso cometerá eldelito de injuria o el de calumnia

    (E: si yo di"o en tele%isión se dice &ue +arina EelinecO esta saliendo con c'icas y nunca fue W.Dado &ue dijeron &ue ella tenia problemas de lesbianismo de &ue nacióWW, esto es delito. A'ora si yo di"o en el diario a"ina 1$, y cito &ue dijo la actriz tanto &ue +arina EelinecO eslesbiana, a'í estoy ecluido de la responsabilidad.

    or cual&uier medio si estoy citando la fuente concreta del &ue lo dijo, no es delito, &uedoecluido de la responsabilidad penal.

    Co-etidas por -edio de la prensas.Derec3o a Replica.ARTICUL 11!. F Cuando la in8uria o calu#nia se hu%iere propa$ado por #edio de la prensa!en la capital ( territorios nacionales! sus autores "uedarán so#etidos a las sanciones del presente códi$o ( el 8ue= o tri%unal ordenará! si lo pidiere el oendido! "ue los editores inserten enlos respectivos i#presos o periódicos! a costa del culpa%le! la sentencia o satisacción.@ 

    Las normas de tipo procesal &uedan reser%ada a las pro%incias.)e refiere al modo de 'acer la reparación cuando el delito contra el 'onor es cometido por mediode la prensas.La reparación consiste en &ue el juez ordene T si lo pide el ofendido T la publicación de lasentencia condenatoria, a costa del culpable.La jurisprudencia tiene decidido &ue la sentencia sea publicada en el mismo periódico, en elmismo lu"ar y con los mismos caracteres del articulo injurioso. )e satisface así, el propósito dedar a la sentencia la misma publicidad &ue las ofensas.or medio de la publicación preparatoria, se lo"ra &ue la decisión de la justicia pueda lle"ar a lasmismas personas a &uienes lle"o la ofensa. De este modo la reparación constituye una especiede derec'o a replica.

    fensas 2ertidas en )icio.

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    ARTICUL 11$. T

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    E: La inte"ridad seual. La libertad seual. (s la posibilidad &ue tiene la persona de decidir,de ele"ir &ue actos realizar con su seualidad.Bayor de 1C a!os: libre elección del punto de %ista seual.Benos de 1C: libre desarrollo de la seualidad del menor.

    %. Ab)so se=)al. Concepto. Ele-entos. 0ig)ras di2ersas del art 11@. Ab)so se=)alco-etido por -edio de sed)cción 9art 1%. Concepto. Ele-entos. Calificati2as deagra2ación co-)nes para los delitos del art 11@ ; 1%.

    Mráfico•  Abuso seual simple @11 1er párrafo-•  Abuso seual "ra%emente ultrajante @11 0do párrafo-•  Abuso seual con acceso carnal @11 0er párrafo-•  A"ra%antes de "ra%emente ultrajante y de acceso carnal @11 7to párrafo-• (stupro @1$/-•  A"ra%antes comunes 11 y 1$/ @art 1$7-• +orrupción @ art 1$6-• rata de personas @art 1$6 bis a 1$8-• ublicaciones obscenas @art 1$C-• ('ibiciones obscenas @art 1$-• Hapto @art 10/-• Disposiciones comunes @art 10$ y 100-

    Ab)so +e=)al +i-ple.ARTICUL 11@. " Será repri#ido con reclusión o prisión de seis #eses a cuatro aos el "uea%usare se0ual#ente de persona de uno u otro se0o cuando! 1sta uera #enor de trece aos ocuando #ediare violencia! a#ena=a! a%uso coactivo o inti#idatorio de una relación dedependencia! de autoridad! o de poder! o aprovechándose de "ue la v/cti#a por cual"uier causano ha(a podido consentir li%re#ente la acción.

    )on tocamientos de las partes pudendas @todas las zonas eró"enas &ue ponen incomoda a la%ictima en cuanto a su seualidad-. +on personas de uno u otro seo.)ujetos: de uno u otro seo.): menos de 10 a!os o cual&uier persona. ;o tiene capacidad para consistir este tipo de actos,no 'ay posibilidad de comprender la naturaleza del acto.+uando mediare %iolencia: acto o acciones realizadas en el cuerpo de la %ictima. (ner"ía físicaconsumada.

     Amenazas coacti%a o moral: ener"ía física anunciada. Anuncio de un mal futuro, inminente,injusto &ue afecta la intan"ibilidad de la determinación de la persona, esa afectación es justamente lo &ue %a a men"uar para &ue en este caso ceda la %ictima y se realiza la conducta no&uerida. Abuso coacti%o o intimidatorio de una relación de dependencia de autoridad o de poder: abusoseual laboral.La autoridad esta relacionada con las estructuras códi"os o pautas jerár&uicas, se impone al"*ntipo de obediencia.oder: situación de 'ec'o, posición de "arante. (j: "uia de monta!a.

    G apro%ec'ándose de &ue la %ictima por cual&uier causa no 'aya podido consentir libremente la

    acción: sin consentimiento libre 'acer referencia a 0 aspectos en particular.

     A.9 5ictima pri%ada de Hazón: persona &ue no esta en sus cabales. iene &ue eistir un abuso enesa situación.

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    .9 5ictima pri%ada de un )entido: estado de inconciencia. Abuso o apro%ec'amiento del sue!oo estado de ebriedad, desmayo, sonambulismo, etc.+.9 5ictima &ue esta imposibilitada de resistir el acto: por el estado en &ue se encuentra la%íctima, no puede resistir el acto, 'emiplejia, cuadriplejia, estado febril &ue impli&ue delirio.

    Ab)so +e=)al ra2e-ente Ultraante

    La pena será de cuatro a die= aos de reclusión o prisión cuando el a%uso por su duración ocircunstancias de su reali=ación! hu%iere coni$urado un so#eti#iento se0ual $rave#enteultra8ante para la v/cti#a. Acá 'ay un mayor depresión por la di"nidad seual de la %ictima.or su duración en el tiempo: el abuso seual se prolon"a por mas tiempo del &ue necesario delnormal.G circunstancias de su realización:)ometimiento seual "ra%emente ultrajante: poner a la persona bajo la autoridad o domino deotro, se anula la autodeterminación. (stos actos producen una 'umillación en la %ictima mas alláde lo &ue puede producir el abuso en si. ara DG;;A &ueda incluido la utilización de artefactos y

    la introducción de los mismos por cual&uier %ía.)e consuma: con la realización de actos seuales sobre la %ictima &ue dure mas tiempo delnormal y en donde 'aya sometimiento "ra%emente ultrajante sobre la %ictima, pero sin lle"ar a lapenetración.

    Ab)so se=)al con Acceso CarnalLa pena será de seis a "uince aos de reclusión o prisión cuando #ediando las circunstanciasdel pri#er párrao hu%iere acceso carnal por cual"uier v/a.H

    +uando mediare circunstancias del primer párrafo:ubiera acceso carnal por cual&uier %ía: abuso seual con acceso carnal, introducción del ór"anoseual en el cuerpo de la %ictima pro cual&uier %ía @%a"ina, anal o bucal, esta ultima estadiscutida-)eo oral:

    • 4ontan alestra: no es acceso carnal• +arranza: si es acceso carnal• Donna: solo 'ay $ %ias normal y anal• Dr. De alo: no es acceso carnal.

    +onsumación: con el acceso carnal, cuando 'ay penetración del miembro %iril en la ca%idador"ánica de la %ictima.;o se re&uiere &ue la penetración sea completa o imperfecta, tampoco desfloramiento de la%ictima ni eyaculación del ).

    )ujetos: (n principio, solo el 'ombre puede ser sujeto acti%o de una acceso carnal.;o obstante, 'ay fallos en los &ue se consideró como autoras de este delito a mujeres.1- )e condenó a una mujer &ue puso en erección el pene de un menor de 1$ a!os,introduci2ndoselo en la %ul%a.$- Gtra mujer fue condenada por operar de i"ual forma con un jo%en mayor de edad perodiscapacitado mental.

    0- )e citan casos de clítoris 'ipertrofiados. (s preciso destacar &ue una mujer puede responder atitulo de participe si por ejemplo apunta con un arma a la %ictima mientras el 'ombre la penetra.

    )ujeto asi%o: la norma es clara refiri2ndose a sujetos de uno u otro seo. (n todo caso cabeaclarar &ue no se re&uiere de la 'onestidad del sujeto: el delito eiste a*n en el caso en &ue la

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    %íctima se dedi&ue a la prostitución# dado &ue lo &ue la ley prote"e es la libertad seual de la%íctima @su derec'o a ele"ir con &uien lle%ará a cabo el acto seual-.(n el caso del matrimonio, si bien eiste el d2bito conyu"al, el marido no puede obli"ar a suesposa a mantener relaciones seuales y, si lo 'ace, eistirá el delito. )i el debito conyu"al no secumple esta la %ía ci%il. )i 'ay obli"ación es delito.

    Agra2antes de gra2e-ente )ltraante ; acceso carnal.2n los supuestos de los dos párraos anteriores! la pena será de ocho a veinte aos de reclusióno prisión si'a? Resultare un $rave dao en la salud /sica o #ental de la v/cti#a%? 2l hecho uere co#etido por ascendiente! descendiente! a/n en l/nea recta! her#ano! tutor!curador! #inistro de al$:n culto reconocido o no! encar$ado de la educación o de la $uardac? 2l autor tuviere conoci#iento de ser portador de una ener#edad de trans#isión se0ual $rave!( hu%iere e0istido peli$ro de conta$iod? 2l hecho uere co#etido por dos o #ás personas! o con ar#as

    e? 2l hecho uere co#etido por personal perteneciente a las uer=as policiales o de se$uridad! enocasión de sus unciones? 2l hecho uere co#etido contra un #enor de dieciocho aos! aprovechando la situación deconvivencia pree0istente con el #is#o.

    Agra2antes del ab)so se=)al si-ple2n el supuesto del pri#er párrao! la pena será de tres a die= aos de reclusión o prisión siconcurren las circunstancias de los incisos a?! %?! d?! e? o ?.E 

    Ab)so se=)al co-etido por -edio de sed)cciónARTICUL 1% J Será repri#ido con prisión o reclusión de tres a seis aos el "ue reali=areal$unas de las acciones previstas en el se$undo o en el tercer párrao del art/culo ,,9 con una persona #enor de diecis1is aos! aprovechándose de su in#adure= se0ual! en ra=ón de la#a(or/a de edad del autor! su relación de pree#inencia respecto de la v/cti#a! u otracircunstancia e"uivalente! sie#pre "ue no resultare un delito #ás severa#ente penado.La pena será de prisión o reclusión de seis a die= aos si #ediare al$una de las circunstancias previstas en los incisos a?! %?! c?! e? o ? del cuarto párrao del art/culo ,,9

    Heprime al realizar al"una de las acciones pre%istas en el art 11.o  Abuso )eual Mra%emente Iltrajante.o  Abuso )eual con Acceso +arnal.o +on una persona mayor de 10 menor 1 a!os.o  Apro%ec'ándose de su inmadurez seual, @&ue no tiene eperiencia seual-o en razón de la mayoría de edad del autor, su relación de preeminencia respecto de la

    %íctima, u otra circunstancia e&ui%alente, siempre &ue no resultare un delito másse%eramente penado @fi"ura subsidiaria-

    (l autor apro%ec'a la corta edad de la %ictima, su ineperiencia seual, para con%encerla a la

    realización del acto. Lo lo"ra por medios de en"a!os, mentiras, falsas promesas de matrimonio,etc. (n síntesis lo lo"ra seduci2ndola.

    )e trata de un delito dependiente de instancia pri%ada.

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    +A: persona mayor de edad. Bayor de 1C a!os. puede serlo tanto 'ombre como mujer.+P: persona mujer o %arón mayor de 10 menos de 18. N debe ser inmaduro seualmente, nodebe tener eperiencia en las relaciones seuales.

    E+: es un delito doloso. +onocimiento de los elementos de tipo objeti%o y la %oluntad derealizarlo. (l )A debe saber &ue esta cometiendo estupro @menor de 1, mayor de 10, inmadurezseual, relación de preeminencia con el menor-, y tener la %oluntad de realizar dic'a conducta.

    Cons)-ación: se consuma cuando el autor realiza al"una de las acciones mencionadasanteriormente @abuso seual "ra%emente ultrajante o %iolación-.

    Agra2antes: 

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    La diferencia &ue 'ay entre

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    romo%er si"nifica 'acer nacer en el menor la idea de corromperse o prostituirse. 4acilitar esayudar, contribuir, a &ue un menor se si"a prostituyendo. (s darle al menor los medios o allanarlelos obstáculos para &ue contin*e su prostitución.La diferencia &ue 'ay entre ,4? aos de prisión! si concurriere al$una de las si$uientes circunstancias'

    ,. &ediare en$ao! raude! violencia! a#ena=a o cual"uier otro #edio de inti#idación o coerción!a%uso de autoridad o de una situación de vulnera%ilidad! o concesión o recepción de pa$os o%eneicios para o%tener el consenti#iento de una persona "ue ten$a autoridad so%re la v/cti#a.

    6. 2l autor uere ascendiente! descendiente! cón(u$e! a/n en l/nea recta! colateral o conviviente!

    tutor! curador! autoridad o #inistro de cual"uier culto reconocido o no! o encar$ado de laeducación o de la $uarda de la v/cti#a.

    . 2l autor uere uncionario p:%lico o #ie#%ro de una uer=a de se$uridad! policial o penitenciaria.

    Cuando la v/cti#a uere #enor de dieciocho >,3? aos la pena será de die= >,4? a "uince >,5?aos de prisión.

    E=plotación Econó-ica de la Prostit)ción.

    ARTICUL 1%& J Será repri#ido con prisión de cuatro >+? a seis >;? aos! el "ue e0plotareeconó#ica#ente el e8ercicio de la prostitución de una persona! aun"ue #ediare elconsenti#iento de la v/cti#a.

    La pena será de cinco >5? a die= >,4? aos de prisión! si concurriere al$una de las si$uientescircunstancias'

    ,. &ediare en$ao! raude! violencia! a#ena=a o cual"uier otro #edio de inti#idación o coerción!a%uso de autoridad o de una situación de vulnera%ilidad! o concesión o recepción de pa$os o%eneicios para o%tener el consenti#iento de una persona "ue ten$a autoridad so%re la v/cti#a.

    6. 2l autor uere ascendiente! descendiente! cón(u$e! a/n en l/nea recta! colateral o conviviente!tutor! curador! autoridad o #inistro de cual"uier culto reconocido o no! o encar$ado de laeducación o de la $uarda de la v/cti#a.

    . 2l autor uere uncionario p:%lico o #ie#%ro de una uer=a de se$uridad! policial o penitenciaria.

    Cuando la v/cti#a uere #enor de dieciocho >,3? aos la pena será de die= >,4? a "uince >,5?aos de prisión.

    0ig)ras di2ersas.;o se.

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    Trata de personas@'ay &ue pre"untar los art a %er si están bien-

    )e entiende por rata de ersonas: ofrecimiento, la captación, el traslado, la recepción o aco"idade personas con fines de eplotación, ya sea dentro del territorio nacional , como desde o 'aciaotros países.

    )e entiende por eplotación: la confi"uración de cual&uiera de los si"uientes supuestos, sinperjuicio de &ue constituya delitos autónomos respecto del delito de trata de personas:

    - cuando se promo%iere, facilitare o comercializare la prostitución ajena o cual&uier otraforma de ser%icios seuales ajenos.

    - +uando se promo%iere, facilitare o comercializara la porno"rafía infantil o la realización decual&uier tipo de representación o espectáculos con dic'os contenidos.

    ARTICUL 1!$ bis. " Será repri#ido con prisión de cuatro >+? a ocho >3? aos! el "ue oreciere!captare! trasladare! reci%iere o aco$iere personas con ines de e0plotación! (a sea dentro del

    territorio nacional! co#o desde o hacia otros pa/ses! aun"ue #ediare el consenti#iento de lav/cti#a.

    ARTICUL 1!$ ter. " 2n los supuestos del art/culo ,+5 %is la pena será de cinco >5? a die= >,4?aos de prisión! cuando'

    ,. &ediare en$ao! raude! violencia! a#ena=a o cual"uier otro #edio de inti#idación o coerción!a%uso de autoridad o de una situación de vulnera%ilidad! o concesión o recepción de pa$os o%eneicios para o%tener el consenti#iento de una persona "ue ten$a autoridad so%re la v/cti#a.

    6. La v/cti#a estuviere e#%ara=ada! o uere #a(or de setenta >74? aos.

    . La v/cti#a uera una persona discapacitada! ener#a o "ue no pueda valerse por s/ #is#a.

    +. Las v/cti#as ueren tres >? o #ás.

    5. 2n la co#isión del delito participaren tres >? o #ás personas.

    ;. 2l autor uere ascendiente! descendiente! cón(u$e! a/n en l/nea recta! colateral o conviviente!tutor! curador! autoridad o #inistro de cual"uierculto reconocido o no! o encar$ado de la educación o de la $uarda de la v/cti#a.

    7. 2l autor uere uncionario p:%lico o #ie#%ro de una uer=a de se$uridad! policial o penitenciaria.

    Cuando se lo$rara consu#ar la e0plotación de la v/cti#a o%8eto del delito de trata de personas la pena será de ocho >3? a doce >,6? aos de prisión.

    Cuando la v/cti#a uere #enor de dieciocho >,3? aos la pena será de die= >,4? a "uince >,5?aos de prisión.

    $. Delitos atinentes a la pornograf4a. P)blicaciones obscenas. La fig)ra del art 1%*.Eec)ción de los actos obscenos.

    Preg)ntar.

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    E: ultraje al pudor.

    (l pudor p*blico se puede caracterizar como la reser%a, la compostura o %er"Senza &ue, frente alos asuntos de índole seual, "uarda la "eneralidad de los miembros de la sociedad endeterminado momento. (l pudor de los menores se lesiona por medio de actos obscenos@demostración del seo de una manera &ue produce rec'azo, repu"nancia, &ue ofenda el pudor-,porno"ráficos.

    La porno"rafía es la representación o descripción de situaciones obscenas con el fin de ecitarmorbosamente la seualidad

    P)blicaciones obscenas.ARTICUL 1%* J Será repri#ido con prisión de seis >;? #eses a cuatro >+? aos el "ue produ8ere! inanciare! oreciere! co#erciare! pu%licare! acilitare! divul$are o distri%u(ere! porcual"uier #edio! toda representación de un #enor de dieciocho >,3? aos dedicado a actividadesse0uales e0pl/citas o toda representación de sus partes $enitales con ines predo#inante#entese0uales! al i$ual "ue el "ue or$ani=are espectáculos en vivo de representaciones se0uales

    e0pl/citas en "ue participaren dichos #enores.Será repri#ido con prisión de cuatro >+? #eses a dos >6? aos el "ue tuviere en su poderrepresentaciones de las descriptas en el párrao anterior con ines ine"u/vocos de distri%ución oco#erciali=ación.Será repri#ido con prisión de un >,? #es a tres >? aos el "ue acilitare el acceso a espectáculos porno$ráicos o su#inistrare #aterial porno$ráico a #enores de catorce >,+? aos.

    Eec)ción de los actos obscenosARTICUL 1%@ J Será repri#ido con #ulta de #il a "uince #il pesos el "ue e8ecutare o hiciese

    e8ecutar por otros actos de e0hi%iciones o%scenas e0puestas a ser vistas involuntaria#ente porterceros.Si los aectados ueren #enores de dieciocho aos la pena será de prisión de seis #eses acuatro aos. Lo #is#o valdrá! con independencia de la voluntad del aectado! cuando se tratarede un #enor de trece aos.

    #. Rapto. Concepto. Ele-entos. 0ig)ras di2ersas. Disposiciones co-)nes a los delitoscontra la integridad se=)al.

    RaptoARTICUL 1' J Será repri#ido con prisión de uno a cuatro aos! el "ue sustra8ere o retuvierea una persona por #edio de la uer=a! inti#idación o raude! con la intención de #enosca%ar suinte$ridad se0ual.La pena será de seis #eses a dos aos! si se tratare de una persona #enor de diecis1is aos!con su consenti#iento.La pena será de dos a seis aos si se sustra8ere o retuviere #ediante uer=a! inti#idación oraude a una persona #enor de trece aos! con el #is#o in.

    +onsiste en la pri%ación ile"itima de la libertad &ue ten"a por fin menoscabar la inte"ridad seualde la %ictima.

     Acción :+)straer: consiste sacar a la %ictima de un lu"ar donde se encuentra.Retener: mantener a la %ictima en un lu"ar, es decir, se le impide irse de un lu"ar determinado.

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    ay pri%ación de la libertad en ambos casos.): puede ser, cual&uier persona, un menor de 1 con el consentimiento, un menor de 10.

    Bedios:• 0)erKa:• Inti-idación: amenazas.•

    0ra)de: en"a!o, artificio, ardid, induciendo a la %ictima en error sobre el acto constituti%odel delito.(): menoscabar su inte"ridad seual.

    (l art 10/ contempla $ tipos de rapto: 

    Rapto Propio: cuando la pri%ación se 'iciera por medio de fuerza, intimidación o fraude. 

    Rapto I-propio: cuando la pri%ación de la libertad fuera de un menor de 10 y 1 a!os,con su consentimiento.

     A"ra%ante: se refiere a la sustracción o la retención por medio de intimidación o fraude de unmenor de 10 a!os.

    +onsumación: se produce con la sustracción o retención de la %ictima y se si"ue consumandomientras la retención dure.(s un delito permanente.

    Unidad 1Delitos contra la libertad

    1. La libertad co-o bien )r4dico"penal. Di2ersas criterios. Red)cción a ser2id)-bre ocondición an/loga. Concepto. Ele-entos.

    La libertad es un derec'o in'erente a la persona, nace con la persona y con ella muere.(n nuestra +onstitución ;acional en nuestro preámbulo tiene como objeto +? a "uince >,5? aos el"ue redu8ere a una persona a esclavitud o servidu#%re! %a8o cual"uier #odalidad! ( el "ue lareci%iere en tal condición para #antenerla en ella. 2n la #is#a pena incurrirá el "ue o%li$are auna persona a reali=ar tra%a8os o servicios or=ados o a contraer #atri#onio servil.

    +er2id)-bre: condición o estado de sier%o, escla%o.U otra condición an/loga: cual&uier otra condición &ue impli&ue una sujeción de una persona aotra.

    La acción consiste en reducir a una persona a la escla%itud o ser%idumbre y el &ue la recibe en talcondición para mantenerla en ella. ambi2n al &ue obli"are a realizar trabajos o ser%icios forzososo contraer matrimonios ser%il.

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    Heducir: cuando una persona esta bajo el poder y %oluntad de otra como si fuera una cosa.Hecibir en tal condición para mantener en ella: colocar en la "uarda y %i"ilancia con el fin concretode mantenerla en condición de ser%idumbre.

    (): mantener a la persona en la condición &ue la recibió.

    Delito dolosoDolo directo Admite la tentati%a y participación.Delito permanente

    )i 'ay consentimiento de la %ictima para ser cometido a esa situación sin &ue este %iciada su%oluntad, el delito pasa a ser atípico.

    %. Pri2ación ilegiti-a de la libertad personal. Concepto. Ele-entos. Calificati2as de

    agra2ación.ARTICUL 1!1. " Será repri#ido con prisión o reclusión de seis #eses a tres aos el "ueile$al#ente privare a otro de su li%ertad personal.

    (sta fi"ura reprime la pri%ación ile"itima a otro de su libertad personal.)e ataca la libertad de trasladarse de un lu"ar a otro, o permanecer donde la %ictima desee.Libertad ambulatoria.

    ri%ar: es &uitar, sacar al"o a al"uien.)A y ): cual&uier persona.(): tiene &ue ser ilegiti-a, &ue no eista nin"una norma "eneral o particular &ue 'abilite a

    al"uien a pri%ar su libertad a otro.

    Delito permanente, la acción se prolon"a mientras no cese la pri%ación ile"itima de la libertad. Admite la tentati%a y la participación.

    Agra2antesARTICUL 1!%. 9 Se aplicará prisión o reclusión de dos a seis aos! al "ue privare a otro de suli%ertad personal! cuando concurra al$una de las circunstancias si$uientes',. Si el hecho se co#etiere con violencias o a#ena=as o con ines reli$iosos o de ven$an=a6. Si el hecho se co#etiere en la persona de un ascendiente! de un her#ano! del cón(u$e o deotro individuo a "uien se de%a respeto particular

    . Si resultare $rave dao a la persona! a la salud o a los ne$ocios del oendido! sie#pre "ue elhecho no i#portare otro delito por el cual la le( i#pon$a pena #a(or+. Si el hecho se co#etiere si#ulando autoridad p:%lica u orden de autoridad p:%lica5. Si la privación de la li%ertad durare #ás de un #es.

    Pri2ación de la libertad coacti2a.ARTICUL 1!% bis. 9 Se i#pondrá prisión o reclusión de cinco >5? a "uince >,5? aos! al "uesustra8ere! retuviere u ocultare a una persona con el in de o%li$ar a la v/cti#a o a un tercero! ahacer! no hacer! o tolerar al$o contra su voluntad. Si el autor lo$rare su propósito! el #/ni#o de la pena se elevará a ocho >3? aos.La pena será de die= >,4? a veinticinco >65? aos de prisión o reclusión',. Si la v/cti#a uese una #u8er e#%ara=ada un #enor de dieciocho >,3? aos de edad o un#a(or de setenta >74? aos de edad.

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    6. Si el hecho se co#etiere en la persona de un ascendiente de un her#ano del cón(u$e oconviviente o de otro individuo a "uien se de%a respeto particular.. Si se causare a la v/cti#a lesiones $raves o $rav/si#as.+. Cuando la v/cti#a sea una persona discapacitada! ener#a o "ue no pueda valerse por s/#is#a.5. Cuando el a$ente sea uncionario o e#pleado p:%lico o pertene=ca o ha(a pertenecido al#o#ento de co#isión del hecho a una uer=a ar#ada! de se$uridad u or$anis#o de inteli$enciadel 2stado;. Cuando participaran en el hecho tres >? o #ás personas.La pena será de "uince >,5? a veinticinco >65? aos de prisión a reclusión si del hecho resultara la#uerte de la persona oendida! co#o consecuencia no "uerida por el autor.La pena será de prisión o reclusión perpetua si se causare intencional#ente la #uerte de la persona oendida.La pena del part/cipe "ue! desvinculándose de los otros! se esor=are de #odo "ue la v/cti#arecupere la li%ertad! sin "ue tal resultado uese la consecuencia del lo$ro del propósito del autor!se reducirá de un tercio a la #itad .

    )ustraer: se saca a al"uien del ámbito donde recibe.Hetener: mantener Gcultar: esconder para &ue no puede ser %isto por tercero.4in particular: obli"ar a otro 'acer, no 'acer o tolerar al"o contra su %oluntad. A"ra%ante: si lo"ra su propósito se ele%a la pena.

    Delito doloso. Dolo directo. Admite la tentati%a. Admite la pluralidad de inter%inientes.)A y ): cual&uiera.

    '. Delitos contra la libertad 9PIL co-etidos por f)ncionarios p,blicos. Concepto.

    Ele-entos. 0ig)ras di2ersas. Calificati2as de agra2ación. Cond)cción f)era de lasfronteras. Concepto. Ele-entos.

    Las i$uras son'•  F2T2GCIOG IL2HAL

    *IHURA ASICA ,++ IS IGCISO ,? A. R2T2GCIOG IL2HAL F2 UG F2T2GIFO ,+ IGCISO ,?. )ROLOGHACIOG IGF2IFA F2 LA F2T2GCIOG ,+ IGCISO 6?C. IGCO&UGICACIOG IGF2IFA ,+ IGCISO ?F. R2C2)CIOG IL2HAL F2 COGF2GAFOS ,+ IGCISO +?2. R2C2)CIOG IL2HAL F2 )R2SOS ,+ IGCISO 5?

    *. O&ISIOG O R2TARFO 2G JAC2R C2SAR UGA FT2GCIOG IL2HAL ,+IGCISO ;?

    •  K2ACIOG M A)R2&IOS IL2HAL2S >,++IS IGCISO 6? M ?? AHRAKAGT2S > ,++ IS NLTI&A )ART2?

    •  TORTURAS >ART. ,++ T2R! CUARTO! UIGTO?

    ARTICUL 1!! bis. " Será repri#ido con prisión o reclusión de uno a cinco aos e inha%ilitaciónespecial por do%le tie#po',. 2l uncionario p:%lico "ue! con a%uso de sus unciones o sin las or#alidades prescriptas por lale(! privase a al$uno de su li%ertad personal

    2sta es la *IHURA ASICA de detenciones ile$ales.La ACCIOG consiste' en privar ile$al#ente de la li%ertad a una persona.2l AUTOR es un uncionario p:%lico "ue act:a en e8ercicio de sus uncione! pero la privación dela li%ertad es ile$/ti#a por"ue a%usa > es cuando carece de unda#entos! o teniendo

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    unda#entos hace uso e0cesivo o ar%itrario de ellos! o las or#alidades prescriptas no e#anande una autoridad co#petente! ta#%i1n incurre en el delito si no e0hi%e o adolece de un deectoor#al? de sus unciones.

     ARTICULO 143. - Será repri#ido con reclusión o prisión de uno a tres aos e inha%ilitaciónespecial por do%le tie#po',. 2l uncionario "ue retuviera a un detenido o preso! cu(a soltura ha(a de%ido decretar oe8ecutarsituación del su8eto pasivo' persona "ue está le$al#ente detenida >so#etida a proceso?! preso>(a con sentencia ir#a?.2sta retención es le$/ti#a en principio ( se transor#a en ile$/ti#a. Acción' retener >#antener? a una persona %a8o un estado de retención! #ás allá "ue e0ista lao%li$ación de disponer de su li%ertad. Ma sea por"ue el uncionario p:%lico de%e decretar lali%ertad! o por"ue de%en e8ecutar la orden para ponerlo en li%ertad.2s un delito doloso ( se va a consu#ar cuando se prolon$a esta detención.

    6. 2l uncionario "ue prolon$are inde%ida#ente la detención de una persona! sin ponerla adisposición del 8ue= co#petente

     prolongar' #ás tie#po "ue el "ue corresponde le$al#ente.situación del su8eto pasivo' en principio es le$/ti#a la detención! pero con potencionalidad sevuelve ile$/ti#a.Solo el polica puede incurrir en esta i$ura! por"ue! no lo pone a disposición del 8ue= en lost1r#inos "ue i8a la le( procesal penal.

    . 2l uncionario "ue inco#unicare inde%ida#ente a un detenido

    inco!unicar' #edida de coerción por la cual se i#pide "ue el detenido ten$a al$:n tipo decontacto con otras personas! a in de no entorpecer la investi$ación o de peli$ro de u$a.  Situación del su8eto pasivo' está detenido! pero no i#porta si está le$al o ile$al#ente.

    Ja( "ue deter#inar si el uncionario ten/a acultades para inco#unicar! (a "ue si no las ten/aincurre en este delito! o si las causas son insuicientes ta#%i1n incurre en este delito.Sola#ente el U2P puede decretar la inco#unicación ( puede prolon$arla.2s IGF2IFA la detención cuando se decreta sin #otivos o causas 8ustiicantes.2l U2P es el :nico "ue puede incurrir en este delito! pero en caso de la$rancia el )OLICIA puede incurrir.

    +. 2l 8ee de prisión u otro esta%leci#iento penal! o el "ue lo ree#place! "ue reci%iera al$:n reosin testi#onio de la sentencia ir#e en "ue se le hu%iere i#puesto la pena o lo colocare enlu$ares del esta%leci#iento "ue no sean los sealados al eectorecibir 'colocar '

    La situación del su8eto pasivo' (a esta condenado.Se incurre en el delito cuando' si no entre$ó dicho testi#onio ( reci%ió al condenado i$ual! ocuando lo colocó al condenado en el lu$ar del esta%leci#iento "ue no era el sealado a tal in.2s un delito doloso! es ins"an"#neo si se reci%e sin testi#onio ( es per!anen"e si se coloca alindividuo en un lu$ar inde%ido.

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    5. 2l alcalde o e#pleado de las cárceles de detenidos ( se$uridad "ue reci%iere un preso sinorden de autoridad co#petente! salvo el caso de la$rante delito

    La situación del su8eto pasivo' es un detenido > puede ser preso le$al o ile$al.?! no tiene condena.La acci$n consiste en reci%ir a un preso! sin orden de autoridad co#petente >orden escrita del 8ue=?! salvo "ue ha(a sido detenido in ra$anti.2n este caso no se podr/a e0i$ir la orden de autoridad co#petente! dado el #o#ento de ladetención.

    ;. 2l uncionario co#petente "ue teniendo noticias de una detención ile$al o#itiere! retardare orehusare hacerla cesar o dar cuenta a la autoridad "ue de%a resolver.

    2ste delito presupone "ue el uncionario p:%lico no hace cesar esta detención! (a sea're"ard#ndola >de#orando en hacerla?! o re%usar  >ne$arse a hacerlo?! %acer cesar  >inali=ar?! ono dar cuen"a a la autoridad co#petente.

    Situación del su8eto pasivo' es un detenido >no ha( sentencia?.Su8eto activo' es el uncionario "ue tiene conoci#iento "ue está co#etiendo un delito ( no lo hacecesar.

    5ejaciones y apremios ile"alesARTICUL 1!! bis. 9 Será repri#ido con prisión o reclusión de uno a cinco aos e inha%ilitaciónespecial por do%le tie#po'

    6. 2l uncionario "ue dese#peando un acto de servicio co#etiera cual"uier ve8ación contra las personas o les aplicare apre#ios ile$ales#

    acción' co#eter >aplicar? cual"uier apre#io o ve8ación ile$al.Su8eto activo' es un uncionario p:%lico en e8ercicio de sus servicios.2l su8eto pasivo' es cual"uier persona "ue se encuentre o no detenida.

    &e'aciones' son todo tipo de trata#ientos hu#illantes para la di$nidad de una persona. Apre#ios ile$ales' acto intencional doloso "ue consiste en un #al trato o casti$o o actosde$radantes "ue no lle$an a ser tortura.Go tiene "ue tener un in espec/ico.Si tiene una inalidad espec/ica (a es tortura

    . 2l uncionario p:%lico "ue i#pusiere a los presos "ue $uarde! severidades! ve8aciones! oapre#ios ile$ales.

    La dierencia con el inciso 6? es "ue acá el uncionario p:%lico aplica severidades ( apre#iosile$ales a los presos "ue el $uarda >directa o indirecta#ente? en cual"uier condición >arrestado odetenido?.

    Severidades' trata#ientos ri$urosos "ue i#plican un e0ceso "ue esta%lecen los re$la#entos penitenciarios. 28' privación de co#ida! aisla#iento en or#a inde%ida! etc.

    Si concurriere al$una de las circunstancias enu#eradas en los incisos ,! 6! ( 5 del art/culo ,+6!la pena privativa de la li%ertad será de reclusión o prisión de dos a seis aos.

    GHIHA

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    odo acto cruel a tra%2s del cual se infrin"e en forma intencional a una persona dolores osufrimientos, ya sea físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero unainformación o una confesión, o por un acto &ue la persona 'a cometido, o se sospec'a &ue 'acometido o para intimidar o coaccionar @fuerza-

    H(MI;A D( (ZAB(;: +AHA+(H3)3+A D( GHIHA). Acto intencional. Acto doloso.5ictima: cual&uier persona &ue est2 o nó pri%ado de su libertad.Debe consistir en la causación de dolor o sufrimiento físico o mental.La finalidad es la de obtener una confesión o información.(l autor puede ser un funcionario p*blico o un particular.Lo &ue caracteriza a la tortura es el sufrimiento padecido @soportado- por la %íctima &ue es muc'omás intenso.

    ARTICUL 1!! ter .9,. Será repri#ido con reclusión o prisión de ocho a veinticinco aos e inha%ilitación a%soluta ( perpetua el uncionario p:%lico "ue i#pusiere a personas! le$/ti#a o ile$/ti#a#ente privadas desu li%ertad! cual"uier clase de tortura.2s indierente "ue la v/cti#a se encuentre 8ur/dica#ente a car$o del uncionario! %astando "ue1ste ten$a so%re a"u1lla poder de hecho.I$ual pena se i#pondrá a particulares "ue e8ecutaren los hechos descritos.

     Acción' i#poner >aplicar a una persona privada de su li%ertad a#%ulatoria! (a sea en or#a

    le$/ti#a o ile$/ti#a cual"uier especie de tortura?.Su8eto activo' uncionario p:%lico "ue ten$a o no co#petencia.Su8eto pasivo' es indierente "ue se encuentre a car$o del uncionario p:%lico! pero el uncionario p:%lico de%e tener un poder de hecho >lo tiene a su #erced? so%re 1l. 2s cual"uier persona "ueest1 privada le$/ti#a o ile$/ti#a#ente de su li%ertad.Felito dolosoInstantáneo' "ue se va a consu#ar cuando se aplica la tortura.2s de resultado #aterial 

    6. Si con #otivo u ocasión de la tortura resultare la #uerte de la v/cti#a! la pena privativa deli%ertad será de reclusión o prisión perpetua. Si se causare al$una de las lesiones previstas en el

    art/culo 9,! la pena privativa de li%ertad será de reclusión o prisión de die= a veinticinco aos.

    . )or tortura se entenderá no sola#ente los tor#entos /sicos! sino ta#%i1n la i#posición desuri#ientos ps/"uicos! cuando 1stos ten$an $ravedad suiciente.

    ARTICUL 1!! ()ater. T,. Se i#pondrá prisión de tres a die= aos al uncionario "ue o#itiese evitar la co#isión deal$uno de los hechos del art/culo anterior! cuando tuviese co#petencia para ello.

    SA' uncionario p:%lico "ue tiene co#petencia para hacer cesar la tortura.2s la o#isión de evitar el delito de tortura por un uncionario! cuando tuviera co#petencia paraello.2s un delito de o#isión i#propia >se violó el de%er de actuar del uncionario p:%lico?.2s un delito doloso ( de peligro concre"o >es in#inente "ue se produ=ca el resultado ?

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    6. La pena será de uno a cinco aos de prisión para el uncionario "ue en ra=ón de susunciones to#ase conoci#iento de la co#isión de al$uno de los hechos del art/culo anterior (!careciendo de la co#petencia a "ue alude