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REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

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REGLAMENTO DE EVALUACIÓN,

CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

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TITULO I

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

Las consideraciones pedagógicas y evaluativas consideradas en el presente Reglamento

de Evaluación, Calificación y Promoción tienen como fin los siguientes objetivos:

1. Reglamentar y dar a conocer a los estudiantes, apoderados y docentes de la Escuela

Lagunillas, los elementos que regulan el proceso de evaluación de la escuela.

2. Aplicar los Objetivos de Aprendizajes Transversales propuestos para la Enseñanza

Básica en cada uno de los sectores del Plan General y Plan Diferenciado, para

desarrollar la autonomía necesaria a través de los conocimientos, habilidades,

destrezas, actitudes y valores que se esperan de cada uno de los alumnos y alumnas

de la Escuela Lagunillas, en el plano personal, intelectual, afectivo y social.

3. Apoyar e incentivar a superarse a todos los estudiantes de la Escuela Lagunillas.

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TITULO II

DEFINICIONES

El presente Reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción se entenderá por:

Reglamento: Instrumento mediante el cual, los establecimientos educacionales reconocido

oficialmente establecen los procedimientos de carácter objetivo y transparente

para la evaluación periódica de los logros y aprendizajes de los alumnos,

basados en las normas mínimas nacionales sobre evaluación, calificación y

promoción.

Evaluación diagnóstica: Referida a la información que traen los alumnos/as al iniciar un

periodo lectivo o una nueva temática u objetivo de aprendizaje. Implica

información acerca de los conocimientos previos, intereses y características.

Es importante considerar, que si bien la evaluación diagnóstica principalmente

se realiza al inicio de todo proceso educativo, es relevante considerar que este

diagnóstico se va ajustando y enriqueciendo cuando el objetivo es recoger

antecedentes que permitan diseñar o ajustar una nueva ruta de aprendizaje, con

la finalidad de responder efectivamente a los procesos y aprendizajes de todo.

Evaluación formativa: Cumple un propósito formativo cuando se utiliza para monitorear y

acompañar el aprendizaje de los estudiantes, es decir, cuando la evidencia de

su desempeño se obtiene, interpreta y usa por docentes y estudiantes para

tomar decisiones acerca de los siguientes pasos para avanzar en el proceso de

enseñanza-aprendizaje.

Evaluación sumativa: Cumple un propósito sumativo cuando entrega información acerca

de hasta qué punto los estudiantes lograron determinados objetivos de

aprendizaje luego de un determinado proceso de enseñanza. Se utiliza para

certificar los aprendizajes logrados, comunicándose, generalmente, mediante

una calificación

Evaluación recuperativa: Se entenderá como aquella que se da en un plazo distinto al

establecido debido a la inasistencia justificada ya sea por:

• Certificado Médico

• Duelo familiar:

-1er grado de consanguinidad: padres, suegros, hijos, yerno o

nuera.

-2° Grado de consanguinidad: abuelos, hermanos, cuñados y

nietos

• Pre y post natal

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• Citación judicial

• Catástrofe natural

Estrategias de Evaluación: Todas aquellas que permitan recopilar información útil para la

toma de decisiones pedagógicas o de calificación en torno al nivel de logro de

los aprendizajes. Estas estrategias o procedimientos deben ser diversificadas

y podrán ser escritas, orales o prácticas. Entre las estrategias de evaluación se

encuentran la observación, entrevista, análisis de trabajos de alumnos y

alumnas, entre otras.

Autoevaluación: Implica una valoración de los mismos alumnos/as acerca de sus avances,

logro y dificultades.

Co-evaluación: Evaluación que realizan los pares.

Heteroevaluación: Participación de otros adultos que estan en contacto directo con los

estudiantes, en la valoración del proceso de aprendizaje, educadores,

especialistas de otras ramas entre otros.

Calificación: Representación del logro en el aprendizaje a través de un proceso de

evaluación que permite transmitir un significado compartido respecto a dicho

aprendizaje mediante un número, símbolo o concepto.

Curso: Etapa de un ciclo que compone un nivel, modalidad, formación general

común del proceso de enseñanza y aprendizaje que se desarrolla durante una

jornada en un año escolar determinado, mediante los Planes y Programas

previamente aprobados por el Ministerio de educación.

Promoción: Acción mediante la cual el alumno culmina favorablemente un curso,

transitando al curso inmediatamente superior o egresando del nivel de

educación básica.

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TÍTULO III

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1: El presente Reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción fue

elaborado considerando como base los siguientes documentos:

a) Decreto Exento N° 67/ 2018 “Evaluación, calificación y promoción”

b) Decreto Exento Nº 107/2003“Que aprueba Reglamento de evaluación y

promoción escolar de niñas y niños de enseñanza básica”

c) Decreto Exento N° 289/2001 “Bases curriculares de educación parvularia”

d) Decreto Exento N° 170/2009 “Fija normas para determinar los alumnos con

necesidades educativas especiales que serán beneficiarios de la subvención

para educación especial”

e) Decreto Exento N° 83/ 2015 “Aprueba Criterios y Orientaciones de

Adecuación Curricular para Estudiantes con Necesidades Educativas

Especiales de Educación Parvularia y Educación Básica. Integración Escolar

de alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales”

f) Ley 20.845 “De inclusión escolar que regula la admisión de los y las

estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en

establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado”.

g) Decreto Exento N° 79/2005 “Regula el estatuto de las alumnas en situación

de embarazo y maternidad”

h) El Proyecto Educativo de la escuela Lagunillas.

i) Marco Curricular, Bases curriculares, Planes y Programas.

j) Reglamento Interno

Artículo 2: Las disposiciones de este Reglamento sobre Evaluación, Calificación y

Promoción Escolar se aplicarán en la Escuela Lagunillas desde Educación

Parvularia, hasta 8° año básico.

Artículo 3: Este Reglamento se enviará a los docentes y asistentes de la educación vía

correo electrónico.

Artículo 4: Al momento de matricular a un estudiante todo apoderado deberá firmar la toma

de conocimiento y recepción del Reglamento de Evaluación, Calificación

Promoción, la cual quedará archivada en la ficha de matrícula del estudiante.

Artículo 5: Este Reglamento se difundirá a docentes, estudiantes, padres y apoderados en

las siguientes instancias:

• 1ª Reunión de Apoderados de 1er y 2º semestre

• En la asignatura de Orientación

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• Consejo de Profesores

• Consejo Escolar

Artículo 6: Es responsabilidad de los docentes, alumnos, padres y apoderados

conocer el Reglamento de Evaluación del establecimiento, el cual

estará disponible en la página Infoescuela.

Artículo 7: El equipo de gestión del establecimiento destina al menos 1 Consejo

Técnico semestral para asegurar la reflexión, discusión y revisión del

impacto de la evaluación formativa en el proceso pedagógico.

Artículo 8: Al término de cada semestre del año en curso se realiza un Consejo

Técnico de Gestión con la finalidad que los docentes presenten un

reporte sobre el progreso y logro de los estudiantes por asignatura y

nivel de enseñanza.

Artículo 9: Se informa a los apoderados el avance académico de su pupilo a través

de informes de notas parciales bimensual y semestrales, además del

certificado anual de estudios.

Los informes y certificados serán entregados en reunión de

apoderados, en caso de inasistencia de éste deberá justificar con el

profesor jefe quien de manera personal entregará el informe

correspondiente. Dicho informe no se enviará con los estudiantes.

Artículo 10: Se realizará monitoreo mensual a cargo del equipo directivo y docentes

para dar seguimiento a los estudiantes y brindar los apoyos necesarios

a aquellos que presenten dificultades durante el año escolar.

Artículo 11: Aquellos estudiantes que presenten dificultades de aprendizaje

evidenciadas durante el año escolar serán derivados y apoyados con

refuerzo pedagógico.

Artículo 12: Aquellos apoderados que desean reforzar los aprendizajes de sus

pupilos en el hogar podrán solicitar al profesor de asignatura apoyo en

donde el docente acorde a sus tiempos podrá facilitar material de

refuerzo educativo.

Artículo 13: El profesor jefe en el Informe de Notas del estudiante deberá registrar

en la parte de observaciones, según corresponda:

▪ Pertenece al Proyecto de Integración.

▪ Presenta Adecuaciones Curriculares.

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Artículo 14: Los estudiantes no podrán ser eximidos de ninguna asignatura del plan

de estudio, debiendo ser evaluados en todos los cursos y en todas las

asignaturas que dicho plan contempla.

Artículo 15: Niguna asignatura podrá enviar tareas para el hogar. Sin embargo

aquellos estudiantes que no finalizan las actividades pedagógicas

realizadas en clases, deben terminarlas en el hogar para posteriormente

presentarlas al docente y puedan ser revisadas. Por tanto será

responsabilidad del alumno llevar y traer cuadernos y guías según

corresponda.

Artículo 16: Aquellos estudiantes que en reiteradas ocasiones han presentado

rechazo a participar en actividades de manera pública y masiva no

serán obligados ni se verán perjudicados en su evaluación y

calificación siendo responsabilidad del docente de asignatura adecuar

la actividad considerando las características del estudiante.

Artículo 17: Aquellos estudiantes que deben suspender el ejercicio físico por

razones de salud se les realizará evaluación diferenciada previo

certificado médico que respalde dicha situación.

Artículo 18: En el caso de los estudiantes que se presenten sin los materiales de

trabajo necesarios, se les dará la oportunidad de conseguirlos en el

establecimiento, si éste se niega el docente le asignará una actividad

alternativa (escrita u oral) siendo evaluado y/o calificado de acuerdo

con los logros obtenidos en esa actividad, según corresponda. Si aún,

así se niega a realizar la actividad calificada obtendrá la nota mínima.

Artículo 19: Los apoderados tendrán como plazo máximo 24 hrs hábiles para dar

aviso telefónicmente al establecimiento acerca de las licencia médicas

y presentarla el día que se incorpora el estudiante, la que debe ser

entregada a la inspectora de patio, quien debe ingresar dicha licencia

al libro de registro y consignar la firma del apoderado.

Artículo 20: Si el alumno o la alumna falta a una evaluación calificada sin

justificación médica, obtendrá la nota mínima.

Artículo 21: Los estudiantes que, por motivos de representar al establecimiento en

actividades comunales, regionales y/o nacionales se ausentan de

alguna evaluación, esta deberá ser realizada al día siguiente en el 1er y

2° periodo en la biblioteca, siendo responsabilidad del docente dejar la

evaluación en UTP.

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Artículo 22: Los estudiantes que se encuentran con jornada escolar reducida

rendirán evaluaciones recuperativas al día siguiente de la evaluación,

durante el 1er y 2° periodo en biblioteca CRA, siendo responsabilidad

del docente entregar el instrumento a UTP.

Artículo 23: Aquellos estudiantes que presenten evaluaciones recuperativas al

término del 1er. Semestre el plazo máximo para rendir dichas

evaluaciones será de 10 días hábiles, a contar del inicio del 2° segundo

semestre.

Artículo 24: Aquellos estudiantes que presenten evaluaciones recuperativas en

Educación Física e Inglés serán evaluados al término del semestre

correspondiente, siendo responsabilidad de la profesora de asignatura

tomar dichas evaluaciones.

Artículo 25: Los calendarios de evaluaciones recuperativas en aquellos casos

excepcionales serán acordados entre UTP y docentes de asignatura o

profesor jefe, según corresponda, siendo responsabilidad de UTP

informar por escrito al apoderado.

Artículo 26: Es responsabilidad de la Jefa de UTP asignar oportunamente al

funcionario que estará a cargo de tomar las evaluaciones recuperativas

(exceptuando Inglés y Educación Física) y será responsabilidad del

profesor de asignatura realizar la corrección, retroalimentación y

registrar la nota en la plataforma y libro de clases.

Artículo 27: Solo en casos excepcionales, previa consulta al Consejo de Profesores,

revisión de los antecedentes académicos, antecedentes médicos y casos

legales se realizará cierre del año escolar anticipado, siempre y cuando

la promoción no se vea afectada.

Artículo 28: Las estudiantes que se encuentren embarazadas durante el año escolar

deben informar al establecimiento oportunamente por medio de un

certificado médico que acredite su condición.

Aplicando los artículos N° 20, 21, 22, 23, 24 y 25.

Artículo 29: Se realizarán evaluaciones institucionales de diagnóstico, monitoreo y

final, según corresponda, pudiendo consignar la nota, informando al

apoderado y estudiante previo a la evaluación.

Artículo 30: Se tomará evaluación de dominio lector mensualmente a los cursos de

2° a 8° básico desde marzo a noviembre y en 1°básico desde octubre.

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Artículo 31: Se realizan ensayos SIMCE acorde al curso y asignaturas que

corresponda, conllevando una nota acumulativa, el promedio de estas

será asignada a la asignatura evaluada al final de cada semestre.

Será responsabilidad de la jefa de UTP la confección, revisión y

análisis de la evaluación, mientras que el docente de asignatura debe

realizar la retroalimentación y consignar dicha calificación semestral

en libro de clases y/o plataforma.

Artículo 32: Aquellos estudiantes que ingresen posterior a la fecha de inicio del año

escolar se considerarán las calificaciones que se encuentran en el

certificado de notas emitido por el establecimiento de procedencia y

aquellas obtenidas en el establecimiento para el cierre de semestre y/o

año escolar.

Artículo 33: Aquellos estudiantes que requieran regularización de estudios y estén

matriculados en la escuela, una vez recepcionada la autorización de

matrícula provisoria desde el departamento provincial, el

establecimiento tendrá un mes para realizar evaluación que certifica

los niveles educativos según corresponda para luego remitir al

Departamento Provincial Actas de Validación de estudios. Dicho

proceso estará a cargo de la Jefa de UTP.

La modalidad del proceso de evaluación se llevará a cabo según la

modalidad de trabajo que este llevando a cabo el establecimiento

educacional al momento de realizar la validación, entregando

diversas alternativas al apoderado resguardando un proceso valido,

transparente y confiable.

El establecimiento educacional tendrá un periodo de 15 días hábiles a

contar de la última evaluación rendida por el estudiante, para

informar al apoderado titular las resultados de este.

Para efectos de calificación se considerarán los criterios mencionados

en el artículo 63, 64, 65 y 66 de este reglamento de evaluación,

calificación y promoción.

En relación a la promoción se considerará el artículo 68 de este

reglamento de evaluación, calificación y promoción.

Artículo 34: Todas las situaciones especiales de Evaluación, Calificación y

Promoción de los estudiantes que no se encuentren en este reglamento,

serán analizadas y resueltas por el Consejo de Profesores.

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TÍTULO IV

DE LA EVALUACIÓN

Artículo 35: Definiremos evaluación como el conjunto de acciones lideradas por

los profesionales de la educación para que tanto ellos como los

estudiantes puedan obtener e interpretar la información sobre el

aprendizaje levantando evidencia con el objeto de adoptar decisiones

que permitan promover el progreso del aprendizaje y retroalimentar

los procesos de enseñanza.

Artículo 36: El establecimiento aplicará evaluaciones de tipo formativas y

sumativas para monitorear y acompañar el aprendizaje de los

alumnos.

Artículo 37: Las asignaturas con 4 y/o más horas de clases debe considerar

evaluaciones diversificadas durante el semestre contemplando las

siguientes metodologías:

• Exposiciones orales

• Interrogaciones orales

• Prueba Escrita

• Representaciones

• Trabajo práctico en clases

• Trabajo grupal

Artículo 38: Cada asignatura debe tener al menos una evaluación de termino de

unidad y además cada docente puede realizar evaluaciones de proceso,

previa coordinación con jefa de UTP y debidamente informado a los

estudiantes y apoderados.

Artículo 39: Considerando los requerimientos de cada asignatura y de las diversas

actividades educativas, cada docente desarrollará su práctica

evaluativa de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Privilegiar las estrategias de aprendizaje con centralidad en la

actividad del alumno, cautelando la relación entre lo enseñado,

lo practicado, lo evaluado y el nivel cognitivo del objetivo o

competencia a lograr.

b) Privilegiar la evaluación de capacidades, habilidades,

destrezas, actitudes y valores.

c) Reconocer el derecho a la evaluación diferenciada

diversificada.

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d) Seleccionar estrategias, considerando mecanismos de

heteroevaluación, autoevaluación y coevaluación, las que serán

debidamente ponderados.

e) Considerar la multidimensionalidad de la evaluación, es decir,

conocimientos, habilidades, procesos, como también criterios,

normas, procedimientos y objetivos transversales.

Artículo 40: Los docentes tendrán el deber de entregar y explicar al menos con una

semana de anticipación a los estudiantes pauta y/o rúbrica con criterios

y contenidos a evaluar en todas las asignaturas, tanto, para

evaluaciones escritas, orales, trabajos manuales, prácticos,

representación artística y actividades físicas. Esta información también

será entregada a los apoderados vía agenda, plataforma y/o aplicación.

Artículo 41: Todas las evaluaciones que respondan a pruebas escritas deben tener:

• Un mínimo de 25 preguntas e ítem que contemplen

comprensión, aplicación, análisis, y creación para 1° y 2°

básico.

• Un mínimo de 35 preguntas e ítem que contemplen

comprensión, aplicación, análisis, y creación para 3° y 8°

básico.

Artículo 42: Los estudiantes de 1° a 4° básico podrán rendir 1 evaluación escrita

calificada diaria, mientras que de 5° a 8° básico 2 evaluaciones escritas

calificadas diarias.

Artículo 43: Las evaluaciones con y sin adecuación curricular deben ser enviadas o

entregadas por parte del docente a UTP para ser corregidas y visadas

tres días hábiles previos a su aplicación. Estas serán revisadas con una

pauta estandar conocida por los docentes la cual tendrá los

lineamientos mínimos institucionales para toda evaluación.

Será responsabilidad de la Jefa de UTP el multicopiado de la prueba.

Se especifica que toda evaluación que no lleve el timbre de UTP no

será válida.

Artículo 44: A los estudiantes que presentan NEE se realizarán las siguientes

adecuaciones curriculares:

Discapacidad Física

a) Visual:

- Optimizar la legibilidad del instrumento, aumentando el

tamaño de la letra.

- Realizar evaluaciones orales.

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b) Auditiva:

- Realizar evaluaciones escritas.

c) Trastorno motor:

Dar trabajos complementarios o realizar actividades

alternativas de acuerdo con la discapacidad motora, que se

ajusten a los contenidos mínimos obligatorios y al tiempo de la

clase o unidad a evaluar.

Dificultades de Aprendizaje:

a) Déficit Atencional con o sin hiperactividad

-Ajustar el instrumento de evaluación en cantidad de preguntas y grado

de dificultad:

Hacer una prueba con un menor número de preguntas apuntando a los

aprendizajes más relevantes y que sean conductas de entrada para

aprendizajes posteriores. Dichas preguntas deben tener un menor nivel

de dificultad para la estudiante, de modo que se ajuste al tiempo

asignado para su resolución.

b) Dificultades Específicas del Aprendizaje

Déficit en expresión escrita

Pruebas de selección de respuestas.

- Explicar verbalmente lo que se pregunta en forma escrita.

- Leer en voz alta la prueba antes que los estudiantes comiencen a

realizarla.

- Evaluaciones orales.

- No bajar puntaje por calidad de letra u ortografía.

c) Dificultades en el área de cálculo (Discalculia):

Dar instrucciones con ejemplos.

- Valorar el desarrollo del problema a partir del resultado exacto y no

solo el resultado final.

- Utilizar ítems variados.

Limitaciones físicas o mentales temporales:

d) Trastornos Emocionales

- Ajustar el instrumento de evaluación

- Número de preguntas en una prueba:

- Hacer una prueba con un menor número de preguntas

apuntando a los aprendizajes más relevantes y que sean

conductas de entrada para aprendizajes posteriores.

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Artículo 45: Las pruebas pueden ser revisadas:

● En forma tradicional donde es el docente quien corrige la

prueba o instrumento utilizado.

● Mediante un software que permite corregir la prueba o

instrumento sin la intervención del docente.

Artículo 46: En una evaluación el contenido y/o habilidad más descendido será

retroalimentada a la semana siguiente, utilizando diversas

metodologías a escoger por el docente (guías, trabajo práctico,

esquema gráfico, etc)

Artículo 47: Cada evaluación contara con reporte de resultados de las evaluaciones

por alumno considerando los contenidos y/o habilidades permitiendo

el análisis y toma de desiciones.

Artículo 48: Los estudiantes que al momento de una evaluación calificada

presenten conductas que afectan e impidan el normal desarrollo de

dicha evaluación, serán sacados de la sala de clases y deben rendir su

evaluación en un espacio destinado por la Jefa de UTP, no pudiendo

regresar al aula hasta que el curso haya terminado la evaluación.

Además, el/los estudiantes serán derivados al encargado de

convivencia escolar quien deberá sancionar de acuerdo con lo

establecido en el Manual de Convivencia Escolar.

Si el/los estudiantes se negasen a rendir la evaluación obtendrá nota

mínima.

Artículo 49: Para aquellos estudiantes que al momento de una evaluación se

encuentran suspendidos de igual forma debe asistir, siendo

responsabilidad del apoderado acompañarlo a dicho proceso y retirarlo

de manera inmediata al momento de terminar su evaluación.

Artículo 50: Para aquellos estudiantes que se les sorprenda identificandose con un

nombre de algún compañero/a en una evaluación con la finalidad de

perjudicar al estudiante, deberá rendir una evaluación diferente (escrita

u oral) al día siguiente, con una dificultad del 70%. Si el estudiante se

niega, se le consignará la nota mínima.

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TÍTULO V

DE LA CALIFICACIÓN

Artículo 51: La escala de evaluación será de 1 a 7 con un decimal y grado de

dificultad del 60%.

Artículo 52: Los estudiantes que presenten Necesidades Educativas Especiales

(NEE) el nivel de exigencia será de un 60% solo que esta será en

función de su evaluación adecuada.

Artículo 53: La cantidad de evaluaciones semestrales por asignaturas desde 1° a 8°

año básico serán las siguientes:

Asignatura

N° de notas

Mínimo Máximo

Lenguaje y Comunicación 6 8

Lengua y Literatura 6 8

Matemáticas 6 8

Historia, geografía y ciencias

sociales

3 5

Ciencias Naturales 3 5

Artes Visuales 3 5

Educación Artística 3 5

Música 3 5

Ed. Física y Salud 3 5

Tecnología 3 5

Artículo 54: En Educación Parvularia, Religión y Orientación para efectos de

calificar a los estudiantes se utilizarán los conceptos más abajo

indicados, no influyendo en el promedio de calificación final anual.

CONCEPTO SIGNIFICADO

L LOGRADO

ML MEDIANA MENTE

LOGRADO

NL NO LOGRADO

Artículo 55: Los talleres JECD de Educación Parvularia a 8° básico serán

evaluados con conceptos y estos no influirán en el promedio anual

final.

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Artículo 56: Las calificaciones serán registradas en el libro de clases con lápiz azul

indeleble y plataforma de gestión por cada profesor de asignatura con

un máximo de 10 días corridos posterior a la fecha de evaluación.

Artículo 57: La escuela Lagunillas considerará situación problemática de

evaluación aquella en que las calificaciones del grupo curso obtenidas

en una evaluación sumativa, presenten un 40% o más de reprobación.

En tal caso, se deberá seguir las siguientes directrices:

a) El profesor deberá informar la situación a la jefatura técnica

dentro de los tres días hábiles siguientes a la corrección del

instrumento, y antes de registrar las calificaciones en el Libro

de Clases. Deberá presentarse con las pruebas físicas ordenadas

con puntajes de mayor a menor.

b) El Jefe Técnico, en conjunto con el/la profesor(a) de la

asignatura, revisarán el instrumento, por ítem y/o pregunta,

revisando los procedimientos de aplicación junto con los

resultados obtenidos.

c) De no encontrarse errores en el procedimiento evaluativo y,

habiéndose comprobado que los bajos resultados se debieron a

factores distintos de la gestión del docente en aula, el Jefe

Técnico podrá autorizar el registro de las calificaciones en el

Libro de Clases. En ese caso, el profesor(a) deberá, por una

parte, consignar la calificación real que han obtenido los

estudiantes(as) y, por otra parte, revisar y reforzar aquellos

contenidos y objetivos no logrados con los estudiantes.

d) Sin embargo, si dicha revisión demostrara el no aprendizaje de

los estudiantes(as), a pesar de los esfuerzos de éstos, se

procederá a reforzar los aprendizajes, volver a evaluar y

recalificar la prueba. Esta nueva evaluación se consignará en el

libro de clases y en la plataforma de gestión el resultado de la

segunda evaluación. Los estudiantes que en la primera

evaluación obtienen una calificación igual o superior a 4,0

podrán decidir si mantienen la nota o vuelven a rendir la

evaluación.

Artículo 58: Si un docente consigna sin autorización de jefatura técnica una

calificación cuyo porcentaje de logro fue inferior al 60% de logro a

nivel de grupo curso y el docente hubiese igualmente registrado las

calificaciones en el Libro de Clases sin previa consulta a UTP, el jefe

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técnico podrá llevar a cabo la impugnación de las notas respectivas.

Para ello, el Jefe Técnico seguirá el siguiente procedimiento:

a) Tachará la columna correspondiente en el Registro de

Calificaciones, señalando con firma, fecha y timbre la

acción.

b) Dejará constancia en el Leccionario, indicando: fecha de

impugnación de la nota, motivo para llevar a cabo el

procedimiento señalado.

c) Enviará un memorándum al docente responsable de la

asignatura informándole que no respetó el procedimiento

señalado en el artículo anterior.

d) El docente deberá acudir a reunión requerida por su jefatura

técnica para revisar el procedimiento evaluativo e indicará

al docente que debe hacer el refuerzo correspondiente de

los contenidos ya evaluados y la subsecuente reevaluación.

En conjunto se fijarán plazos y programarán una fecha para

la nueva evaluación, la que será notificada a los estudiantes

con la debida anticipación.

Artículo 59: El/los estudiante/s y/o apoderado/s al no encontrarse conforme/s con

una calificación pueden solicitar la revisión de esta en un plazo no

superior a 2 días hábiles una vez recepcionado, dirigiéndose

directamente a la Jefa de UTP. Quien deberá entregar una respuesta

en un plazo superior a 3 días hábiles por medio de entrevista.

Artículo 60: La suspensión o reprogramación de una evaluación calificada solo

será autorizada por la directora del establecimiento, previa

conversación con el profesor de asignatura y jefa de UTP, siendo

responsabilidad de éste solicitar dicha medida con un mínimo de 3 días

hábiles a la fecha de la evaluación.

Frente a esta medida será responsabilidad del docente de asignatura

informar por escrito al apoderado la nueva fecha.

Artículo 61: La reprogramación de una evaluación deberá ser en un plazo máximo

de 7 días hábiles. Dicha reprogramación será realizada en conjunto por

el docente y Jefe de UTP.

Artículo 62: Cuando un(a) estudiante no cumpla con la entrega de un trabajo o

informe en la fecha correspondiente, habiendo asistido a clases ese día,

el/la docente de la asignatura tomará las siguientes medidas:

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a) El trabajo entregado un día después del plazo tendrá 70% de

exigencia.

b) El trabajo entregado dos días después del plazo tendrá 80%

de exigencia.

c) A partir del tercer día hábil después del plazo de entrega,

el/la estudiante será merecedor(a) de una calificación

correspondiente a la nota mínima y se dejará constancia del

hecho en su Hoja de Vida.

Artículo 63: La calificación de aprobación mínima por asignatura será un cuatro

(4,0)

Artículo 64: El Promedio Anual por Asignatura, corresponde a la suma del

promedio del 1er y 2° semestre, aproximando a la décima.

Ejemplo:

Calificación obtenida anual por

asignatura al término del año

Se debe expresar como

4,34 4,3

4,55 4,6

Artículo 65: Los casos de Promedio Anual de Asignatura iguales a 3,9 serán

automáticamente aproximados al entero (4,0) dejando –el profesor de

asignatura- una firma al costado de la mencionada calificación con la

abreviación “OBS” que indica que se aplica lo observado en el

presente artículo.

Artículo 66: El Promedio General Anual corresponde a la suma de todos los

promedios semestrales por asignatura dividido por el número de

asignatura, sin aproximación.

Artículo 67: Frente a la modificación de una calificación y promedio en el libro de

clases y/o plataforma esta solo podrá ser modificada por la jefa de

UTP, quien deberá colocar un “OBS” al costado de la nota y/o

promedio corregido, timbrar y registrar firma y fecha en la parte

inferior la hoja de calificaciones.

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TÍTULO VI

DE LA PROMOCIÓN

Artículo 68: En la promoción de los alumnos se considerará conjuntamente el logo de los

Objetivos de aprendizaje de las asignaturas y la asistencia a clases.

Serán promovidos los estudiantes que:

● Tengan un porcentaje de asistencia igual o superior al 85% anual.

● Hubieran aprobada todas las asignaturas.

● Habiendo reprobado una asignatura y su promedio anual final sea mínimo un

4,5 incluyendo la asignatura no aprobada.

● Habiendo reprobado dos asignaturas y su promedio final anual sea mínimo un

5,0 incluidas las asignaturas no aprobadas.

Artículo 69: El director(a) del establecimiento en conjunto con el Jefe Técnico pedagógico

consultando al Consejo de profesores podrá autorizar la promoción de

alumnos con porcentaje menores a la asistencia requerida.

Artículo 70: Sin perjuicio de lo señalado en el artículo precedente, los establecimientos

educacionales, a través del director y su equipo directivo, deberán analizar la

situación de aquellos alumnos que no cumplan con los requisitos de

promoción antes mencionados o que presenten una calificación de alguna

asignatura que ponga en riesgo la continuidad de su aprendizaje en el curso

siguiente, para que, de manera fundada, se tome la decisión de promoción o

repitencia de estos alumnos. Dicho análisis deberá ser de carácter deliberativo,

basado en información recogida en distintos momentos y obtenida de diversas

fuentes y considerando la visión del estudiante, su padre, madre o apoderado.

Esta decisión deberá sustentarse, además, por medio de un informe

elaborado por el jefe técnico-pedagógico, en colaboración con el profesor jefe,

otros profesionales de la educación, y profesionales del establecimiento que

hayan participado del proceso de aprendizaje del alumno. El informe,

individualmente considerado por cada alumno, deberá considerar, a lo menos,

los siguientes criterios pedagógicos y socioemocionales.

a) El progreso en el aprendizaje que ha tenido el alumno durante el año;

b) La magnitud de la brecha entre los aprendizajes logrados por el

alumno y los logros de su grupo curso, y las consecuencias que ello pudiera

tener para la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior; y

c) Consideraciones de orden socioemocional que permitan comprender la

situación de alumno y que ayuden a identificar cuál de los dos cursos sería

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más adecuado para su bienestar y desarrollo integral.

El contenido del informe a que se refiere el inciso anterior, podrá ser

consignado en la hoja de vida del alumno. La

situación final de promoción o repitencia de los alumnos deberá quedar

resuelta antes del término de cada año escolar.

Una vez aprobado un curso, el alumno no podrá volver a realizarlo, ni aun

cuando éstos se desarrollen bajo otra modalidad educativa.

Artículo 71: El establecimiento educacional deberá, durante el año escolar siguiente,

arbitrar las medidas necesarias para proveer el acompañamiento pedagógico

de los alumnos que, según lo dispuesto en el artículo anterior, hayan o no sido

promovidos. Estas medidas deberán ser autorizadas por el padre, madre o

apoderado.

Artículo 72: El establecimiento educacional solo asumira la primera repitencia en el caso de

los estudiantes que cursen de 1º a 8º año básico.

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TÍTULO VII

DE LA SITUACIÓN FINAL

Artículo 72: La situación final de los estudiantes deberá estar resuelta al término del año

escolar. Una vez finalizado el proceso, el establecimiento entregará al

apoderado un Certificado de Estudios Anual que indique las asignaturas u otra

actividad de aprendizaje desarrollada con las calificaciones obtenidas,

observaciones y la situación del estudiante en cuanto a promoción, el cual

quedará en su ficha de matrícula para el siguiente año, en caso de continuar en

el establecimiento.

Artículo 73: El logro de los Objetivos de Aprendizajes Transversales (OAT) se registrará

en el Informe de Desarrollo Personal y Social, el que se entregará al

Apoderado al término del año y/o cuando sea solicitado por éste con mínimo

de 3 días hábiles.

Este informe deberá ser llenado por el Profesor Jefe y ante la ausencia de éste

deberá ser completado por UTP.

Artículo 74: El establecimiento no podrá retener los certificados o Informes de Progreso de

los estudiantes por ningún motivo.

Artículo 75: En los Establecimientos reconocidos por el Estado, el rendimiento escolar del

alumno no será obstáculo para la renovación de su matrícula, y tendrá derecho

a repetir curso en un mismo establecimiento a lo menos en una oportunidad,

sin que esto sea causal de cancelación o no renovación de su matrícula.

Artículo 76: Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán, en

cada curso, nombre completo y cédula nacional de identificación de los

alumnos, las calificaciones finales de cada asignatura u otra actividad de

aprendizaje, promedios de notas y situación final, otros aspectos según lo

determine el Ministerio de Educación.

Artículo 77: Las actas se entregarán electrónicamente por medio del SIGE y serán firmadas

digitalmente al momento de su generación, utilizando una firma electrónica

simple que será creada por el director en el sistema SIGE. Se dejará una copia

impresa de respaldo en el Establecimiento.

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ANEXOS

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Protocolo atrasos a evaluaciones

1. En caso de evaluaciones se permitirá su ingreso a rendir la prueba sólo si el atraso

es de máximo 15 minutos en la primera hora de clases. Previo aviso al profesor

2. De no haber rendido la prueba el día y hora designada, el docente podrá tomar otra

prueba o interrogar al alumno a la clase siguiente.

3. De no haberse cumplido los puntos 1 y/o 2, se aplicará la prueba atrasada al

momento del reintegro del alumno.

4. Si un alumno no entrega la prueba, la deja en blanco o se niega a responder se

calificará con nota mínima. El profesor consignara la situación en el libro de clases

y le comunicará al apoderado.

Nota: Cualquier situación especial de ausencia por licencia médica extensa, será sujeta a

evaluación por Jefatura Técnica.

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Protocolo de confección y aplicación de evaluaciones a estudiantes

Es un proceso inherente al proceso educativo, planificado y permanente, que permite

recopilación de información a travez de procedimientos cualitativos y/o cuantitativos, con

el fin de determinar el nivvel de logro alcanzado en los objetivos propuestos, de acuerdo a

los indicadores previamente establecidos y que orienten la adecuada toma de decisiones.

Orientaciones pruebas escritas:

1. Los instrumentos deben ser impresos, la escritura con tamaño fuente Nº 14 de NT 1

a 2º básico y se deben incluir iconos, y Nº 13 de 3º a 8º básico.

2. Las pruebas institucionales tales como de diagnóstico, de nivel, global, ensayos tipo

simce, etc, se organizarán en bloques alternados para beneficiar la cobertura.

3. Las pruebas sumativas, se realizarán dentro del horario que corresponde a la

asignatura.

4. El docente enviará con anticipación el temario correspondiente para cada prueba

escrita.

5. Para las evaluaciones de trabajo práctico, los docentes deben entregar pauta de

evaluación a los alumnos y apoderados.

Aplicación en el aula:

1. Cada profesor que le corresponde por horario o or cubertura es responsable del

proceso de aplicación

2. El docente debe generar un clima óptimo, para que el alumno se pueda concentrar y

responder el insturmento.

3. La pizarra debe ser limpia, sólo debe estar consignado la fecha y el tiempo con el

que disponen para responder la prueba.

4. Si algún alumno termina antes del tiempo previsto se le solicita que revisen y

confirmen las respuestas.

Nota: Cualquier situación especial, será sujeta a evaluación por Jefatura Técnica.

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Protocolo sobre observación de clases

Fundamentación

La pauta institucional de observación de clases se construyó con el aporte de profesores/as y

educadoras. La sintesis fue realizada por la Jefatura Técnica, integrando los descriptores

señalados por la agencia de la calidad de la educación, donde el producto final fue aprobado

por el cuerpo docente.

Objetivo de la estrategia

Realiazar un acompañamiento del ejercicio docente con registro de evidencia comprobable

y objetiva, a fin de reconocer y estimular buenas prácticas, como también identificar focos

de mejoras.

De los observadores

Se proponen dos modos de observación y acompañamiento en aula, con el presente

instumento:

A. Observación vertical, realizado por jefatura técnica pedagógica y dirección.

B. Observación horizontal, realizada por pares.

Procedimiento

1. Las observaciones se pueden realizar de manera programada, esto es de común

acuerdo con el docente observado, o aleatoria sin previo aviso.

2. El observador debe procurar realizar el ingreso a sala portando la pauta institucional

ya sea de manera física (papel) o formato electrónico.

3. El observador debe procurar ingresar a clase incluso antes que el docente observado.

De no ser así, éste debe registrar en la misma pauta en la sección observaciones la

hora y motivo de la demora.

4. El obserbador puede ingresar a clases en cualquier horario, cualquiera sea su duración

lectiva y sin importar si la sesón es de calificación, realización de ensayo, elaboración

de material concreta u otras que se relacionan principalmene con clases expositiva.

5. El observador procederá a llenar la pauta, categorizando los desempeños según as

instrucciones de ésta, complemetando sus comentarios cualitiativos y anecdtóticos en

las secciones de observaciones.

6. El observador debe procurar no abandonar la sesión de clases (acorde al tiempo

estipulado anteriormente), hasta que ésta termine; en caso de fuerza mayor, debe dejar

registrada hora y motivo de la salida anticipada de la clase.

7. El observador no puede realizar intervenciones en los procesos de aprendizaje que se

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realizan en la sala de clases. Del mismo modo el docente observado no puede realizar

referencias, comentarios o consultas al observador.

8. El reporte (papel o digital) deberá ser reitido a jefatura técnica a las tardar dos días

hábiles de realizada la observación.

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Protocolo sobre retroalimentación a docentes

Fundamentación

La retroalimentación un proceso que se enmarca en la formación en servicio de las

profesoras y profesores, realizado por el equipo directivo, la unidad técnico-

pedagógica, docentes de mayor experiencia o pares, referida a la revisión de recursos

de aprendizaje construidos por los docentes, evidencias de apredizaje de las y los

estudiantes, la observación de sus clases o el registro de las mismas. Esta

retroalimentación cobra sentido al momento de entregarle al docente una visión que

le permita reflexionar sobre sus prácticas, y tomar decisiones sobre acciones futuras

que potencien los resultados de aprendizaje de sus estudiantes, estableciendo

compromisos de mejora. En este sentido el rol de los equipos directivos es crucial,

dado que su orientación permite a las profesoras y profesores fortalecer sus

capacidades de comprender y analizar tanto sus acciones pedagógicas como los

procesos de aprendizaje de sus estudiantes (Mineduc, s.f). Esto permite apoyar el

desarrollo creciente y sostenido de la práctica reflexiva de los docentes, en otras

palabras, la habilidad de observar sus propias acciones y las de los estudiantes

(Mineduc, 2012).

Procedimiento

La retroalimentación a docentes respecto a los desempeños observados es una acción

en la que interviene el docente observado y el observador. Este último deberá:

1. Citar y entrevistar al docente observado dentro del horario de contrato de este último

en sus tiempo no lectivos.

2. Realizar la entrevista a más tardar 2 días hábiles después de recogida la información

(se suguiere que sea de manera inmediata o no superior a 1 día de la clase)

3. Procurar que la entrevista sea una instancia formal, sin terceros de por medio.

4. Utilizar como metodología la conversación para mediar un análisis de la información

obtenida.

5. En caso de discrepancia sobre alguna categorización o juicio, deberán las partes

intentar consensuarla. En caso de persistir, deberá registrar en la sección

“Observaciones” su intención de categorizar y así tambien el observador dejar

regiatro de sus descargo.

6. Al termino de las entrevistas, las partes firman la evidencia de retroalimentación en

el mismo documento de “Pauta de observación de clases” quedando una copia en

poder de cada parte.

7. El obserbvador procurará enviar copia de la pauta firmada a su jefatura técnica.

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Protocolo para clases efectivas Enseñanza Básica

En relación a la normalización:

1. El profesor toma puntualmente el curso

2. El docente espera el silencio de los alumnos antes de saludar. Se saludan y los

estudiantes toman asiento.

3. En caso de alumnos atrasados, el profesor debe recalcar la importancia de la

puntualidad, si no llega ninguún atrasado, felicita al curso reforzando lo positivo.

4. El profesor verifica la asistencia y solicita los justificativos de ausencia según

corresponda.

5. Los alumnos deben respetar los turnos de participación, levantando la mano antes

de hablar.

6. El profesor debe reforzar y exigir los hábitos de trabajo (orden, prestar atención,

trabajar en silencio)

7. Los estudiantes serán los encargados de guardar sus materiales de forma ordenada.

8. Solo deben estar los materiales necesarios sobre la mesa

9. No se debe permitir distractores durante la clase (uso celular, etc)

10. El profesor debe ser coherente entre la conducta exigida y su actuar, por lo tanto no

debe hablar por cecular, chatear, ni comer, etc.

11. Durante la hora de clases la sala permanece ordenada y limpia

12. Los alumnos no pueden salir de la sala de clases, solo cuando la situación lo

amerite.

13. El profesor monitorea el trabajo de todos los estudiantes, consultando si tienen

dudas.

14. Los llamados de atención, deben ser siempre en un marco de respeto y buen trato.

15. Cualquier situación anormal debe quedar registrado en el libro de clase.

16. Al finalizar la clase los alummos guardan los materiales, ordenan y limpian la sala

de clases, y el docente debera borrar el pizarron.

17. El profesor al salir de la sala en el termino de su hora procurará que ningún alumno

quede al interiro de ella.

18. En la ultima hora de clases el profesor de 1º y 2º salen con sus alumnos formados

hasta la puerta de salida de la escueña.

En relación a la práctica pedagógica:

1. El docente debe anotar en la pizarra la fecha y el objetivo de la clase

2. Debe explicar el objetivo a trabajar y lo que se espera que logren al finalizar la clase

3. Haber revisado lo planificado con anticipación para verificar los recursos que

utilziará

4. Tener las planificaciones en su mesa

5. Activar los prendizajes previos

6. Integrar temas relacionados con la realidad del alumno y su entorno

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7. Usar variedades de estrtegias tales como: explicar, narrar, modelar, dramatizar,

ilustrar, ejemplicar, esquematizar, utilizar material concreto, mostrar y analizar

videos, compartir anecdotas, etc.

8. Promover la elaboración de informes donde puedan identificar ventajas y

desventajas, diferencias y similitudes, relacionaes con otros conocimientos.

9. Desarrollar actividades cortar (al menos tres por clases) para evitar momentos

muertos.

10. Incentivar a todos los alumnos a participar, no solo a los más aventajados.

11. Felicitar constantemente a los estudiantes por sus logros, esfuerzos o perseverancia-

12. Aprocechar los errores de los alumnos para fortalecer el aprendizaje

13. Verificar que los aprendizajes se hayan logrado al cierre de la clase.

14. Retroalimentar constantemente a los estudiantes sobre su desempeño, de manera

individual o grupal

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Protocolo para clases efectivas Ed. parvularia

En relación a la normalización:

1. La educadora toma puntualmente el curso

2. El docente espera el silencio de los alumnos antes de saludar. Se saludan y los

estudiantes toman asiento.

3. La educadora verifica la asistencia.

4. La educadora trabaja rutina diaria.

5. Los estudiantes responden preguntas sobre el día de la semana, el clima, etc.

6. No se debe permitir distractores durante la clase (juguetes, celular)

7. El profesor debe ser coherente entre la conducta exigida y su actuar, por lo tanto no

debe hablar por cecular, chatear, ni comer, etc.

8. Durante la hora de clases la sala permanece ordenada y limpia

9. Los alumnos no pueden salir de la sala de clases, solo cuando la situación lo

amerite.

10. Si un alumno presenta una pataleta debe ser contenida por educadora o técnico.

11. En caso de que un alumno se arranque de la sala de clases, la técnico debe

acompañarlo y no dejarlo solo en nigun momento.

12. El profesor monitorea el trabajo de todos los estudiantes, consultando si tienen

dudas.

13. Los llamados de atención, deben ser siempre en un marco de respeto y buen trato.

14. Cualquier situación anormal debe quedar registrado en el libro de clase.

15. Al finalizar la clase los alummos guardan los materiales, ordenan y limpian la sala

de clases, y el docente debera borrar el pizarron.

16. El profesor al salir de la sala en el termino de su hora procurará que ningún alumno

quede al interiro de ella.

17. En la ultima hora de clases la educadora sale con sus alumnos formados hasta la

puerta de salida de la escueña.

En relación a la práctica pedagógica:

1. El docente debe anotar en la pizarra la fecha y el objetivo de la clase

2. Debe explicar el objetivo a trabajar y lo que se espera que logren al finalizar la clase

3. Haber revisado lo planificado con anticipación para verificar los recursos que

utilziará

4. Tener las planificaciones en el libro de clases

5. Activar los prendizajes previos

6. Integrar temas relacionados con la realidad del alumno y su entorno

7. Usar variedades de estrtegias tales como: explicar, narrar, modelar, dramatizar,

ilustrar, ejemplicar, esquematizar, utilizar material concreto, mostrar y analizar

videos, compartir anecdotas, etc.

8. Desarrollar actividades cortar (al menos tres por clases) para evitar momentos

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muertos.

9. Incentivar a todos los alumnos a participar, no solo a los más aventajados.

10. Felicitar constantemente a los estudiantes por sus logros, esfuerzos o perseverancia-

11. Aprocechar los errores de los alumnos para fortalecer el aprendizaje

12. Verificar que los aprendizajes se hayan logrado al cierre de la clase.

13. Retroalimentar constantemente a los estudiantes sobre su desempeño, de manera

individual o grupal