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Estos pasos definen no sólo el desarrollo de su proyecto, sino también su propio crecimiento como investigador. Cuando se mueve del paso 1 al 2, va más allá de quienes meramente recogen información, porque dirige su proyecto no partiendo de una curiosidad sin rumbo fijo (de ningún modo un impulso inútil), sino por una necesidad de comprender mejor alguna cuestión. Cuando progresa al paso 3, supera a los investigadores principiantes, porque enfoca su proyecto en la sig- nificación, en la utilidad de comprender lo que no sabe. Cuando esos pasos se vuelven un hábito mental, usted se torna un verdadero investigador.
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A 98 años de la aparición de la carta magna de los estados unidos
mexicanos.
Edgar Ortiz Ángeles
A 150 años de la redacción y promulgación de una inédita pero controvertida ley en México, nos
encontramos retomando este libro de don Daniel Cosío Villegas, publicado hace más de 50 años y
que hace una especie de recopilación de los textos de los más grandes críticos de la constitución de
1857. Curiosamente es de la oposición del momento, el partido conservador, de quien se conocen
no menos criticas sino menos publicadas y realmente profundas de las mismas y es así como en el
seno del partido liberal es donde nacen, maduran y se generan las críticas más pulidas y que
atacaban realmente puntos débiles de la nueva ley.
Es también destacable el hecho de a quienes eligió Cosío Villegas como fuente para su análisis de
las críticas a la Constitución, ambos son contemporáneos a ella, no fueron parte de su redacción y
eran muy jóvenes cuando la Constitución realmente fue aplicada (1867-1876), sin embargo fueron
muy críticos haciendo un análisis básicamente jurídico de ella y muy social en cuanto a la realidad
política y social de México en ese entonces.
Justo Sierra y Emilio Rabasa, creyeron fervientemente en que la constitución no era mala, era
humana y por lo tanto no perfecta sino perfectible, que había detalles (y la historia habría de darles
la razón) que con el tiempo y la madurez política del país
Se irían solucionando con las respectivas reformas que se le tendrían que hacer.
Es precisamente este rubro, el de los detalles corregibles, el que intereso mucho a ambos críticos, se
enfocaron en buscar los problemas y proponer las soluciones pertinentes a cada uno de ellos sin
embargo es aquí el pequeño detalle en el cual Cosío Villegas pone el dedo en el renglón al analizar
qué tan reales y fundamentadas eran sus críticas, si solo eran producto de una percepción, de un
ideal o de un punto de vista jurídico.
Justo Sierra se enfocó más en el punto de vista filosófico ideal de la constitución, Rabasa en un
sentido más jurídico y más extenso ya que publico un libro (La Constitución y la dictadura) para
explicar a detalle sus opiniones sobre los artículos que a su parecer requerían de cambios, es curioso
que Justo Sierra hiciera las mismas observaciones casi 30 años antes, solo que en un periódico, La
Libertad; en el cual le dio fundamento ideológico a la Dictadura Porfirista gracias a sus comentarios
y anotaciones sobre la constitución del 57. Rabasa por el contrario y una vez que había terminado la
dictadura le dio razones y justificaciones basándose en los errores de la Constitución. Ambos
distantes en el tiempo, ambos defensores de la dictadura, ambos los mejores críticos de la
constitución pero ambos, carentes de sentido histórico que terminaría por desacreditar en parte sus
puntos de vista.
Algo muy importante fue la gran critica que Sierra hizo respecto al fuero de la prensa y sobre el
cómo serían juzgados por dos jurados diferentes, una para el delito y otro para la pena, pequeño
dilema del que Justo Sierra, tal vez se arrepentiría después ya que una vez que fue aprobada la
modificación propuesta por el, los procesos y la cooptación en contra de la libertad de expresión se
hizo bastante palpable en el periodo Porfirista.
Viendo parte por parte sus criticas nos encontraremos con la explicación de esto último a lo que me
refiero. En primer lugar eran críticos del “absolutismo” con que se manejaban las garantías dentro
de la constitución, por ejemplo el caso del artículo 5º que trataba sobre la libertad en cuanto al
trabajo, que nadie podía hacer algo sin su consentimiento explícito ni la paga justa por el trabajo
realizado. Ni Sierra ni Rabasa se enfocaron en los motivos que llevaron a los constituyentes a
“abusar” de ese absolutismo, ambos enfocaron sus críticas en lo que podrían causar, en la rebeldía
del agente al no querer trabajar en el sistema penitenciario (inexistente en esos momentos) o en la
carencia de efectivos militares que al verse obligados recurrirían al amparo de dicho artículo. Cosío
Villegas nos explica con gran brillantez el verdadero contexto histórico que obligo al congreso del
56 a declarar de esa manera, el pueblo sumido en la pobreza y con una población superior al 70% en
estas condiciones, obligados a trabajar para alguien sin su completo consentimiento y tal vez de por
vida eran causas que motivaron a los diputados a pensar así, aunque no sin dejar de lado la premisa
de querer resolver los problemas con la pluma y el tintero y que evidentemente eran el mayor punto
débil que no dudaban en atacar ambos críticos.
Si hablamos de la Iglesia, tal vez nos parezca extraño que Cosío Villegas menciona los incontables
beneficios que la Constitución le daba y esto tiene una razón muy válida cuando analizamos que el
entorno político del momento se daba entre tres partidos que reunían toda la actividad política. Por
de un lado de la balanza los liberales “puros” defensores del progreso y tal vez un tanto “jacobinos”,
siendo el fiel de la balanza, los liberales “moderados” que buscaban más consensuar entre todos, si
buscaban el progreso pero no acosta del deterioro social, estaban conscientes de que las
revoluciones no eran el camino adecuado, que solo podían ser deseadas por quien se beneficiara
directamente de ellas pero a costa de sangre y dolor. Y en el otro extremo de la balanza los
conservadores, vistos como el partido retrograda, que solo iba a defender los intereses de los
privilegiados.
Esto genero una tensión, un estado anímico en la población que causo no la división de esta sino la
agrupación en el llamado “justo medio”, los moderados se volvieron los dominantes, fueron una
mayoría que se vio muy presente en la creación de la constitución, de ahí que la iglesia católica
fuera reconocida y protegida por la constitución, y ella no tuvo la capacidad de ver esto, por el
contrario se abalanzo en una lucha despiadada contra el gobierno causando desprestigio y creando
el vínculo religión católica – conservadurismo.
El punto de los magistrados de la suprema Corte es importante para ambos críticos, por un lado su
elección popular, por el otro su inamovilidad y uno fundamental, su papel como vicepresidentes que
les daba un papel político y dificultaba su independencia.. En este punto es clarísimo lo que
pretende atacar y defender Daniel Cosío Villegas, nos explica como Sierra y Rabasa veían como un
grave error confiar en la gente (en teoría poco ilustrada) la elección y determinación de la capacidad
intelectual como juristas de los aspirantes a magistrados, fiscal y presidente de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación.
Ellos dudaban del buen juicio popular y Cosío el rebate con el hecho histórico de que salvo una sola
ocasión (la de Porfirio Díaz) la gente eligió correctamente a los magistrados, fiscal y presidente de
la suprema.
Esto nos aclara perfectamente que ellos vean más por le supuesto, todos creeríamos en la idea de
que un pueblo poco educado no tendría la capacidad de elegir correctamente a sus gobernantes. Esto
nos lleva a otro punto criticado, el voto popular. Rabasa estaba enérgicamente en contra de la
democracia popular ya que consideraba que la gente, analfabeta en su mayoría, no tendría esa
capacidad de decidir consciente y correctamente sobre su destino y se dejaría influenciar más por
otros factores y no por la verdadera capacidad del elegido.
Rabasa dudaba verdaderamente de la confianza de esto, tenía dudas sobre el proceso electoral
mexicano y lo criticaba ampliamente ya que lo creía hecho para los fraudes, listo para ser
manipulado por los electores y por lo influenciable de una población poco educada. Se dejaba llevar
más por sus percepciones que por la realidad.
Nuevamente es Cosío Villegas quien recurriendo al hecho histórico nos demuestra que los
resultados electorales dados en la elecciones siguientes a la promulgación de la constitución, nada
tenían de ficticios, por el contrario tenían toda una lógica posible y fueron producto de los hechos y
las coyunturas que existían en el momento, por ello se permitió una elección y reelección de Juárez,
posteriormente la de Lerdo, la única dudosa, la de Porfirio Díaz, mas motivada por la fuerza de las
armas, después Manuel González y nuevamente Porfirio Díaz que con esta ultima llegaba para
quedarse.
Regresando al tema de los magistrados, Sierra y Rabasa temían por la independencia de ellos, de
sus resolutivos e incluso del peso que tenían por dos razones, su inamovilidad y su papel como
vicepresidentes de la república. Su inamovilidad fue resulta años después al aplicarse la reforma en
la cual los magistrados eran vitalicios en su cargo, el problema de la vicepresidencia era algo en lo
que no se equivocaban nuestros críticos, el papel que la Constitución del 57 les había dado para que
se desempeñaran como suplentes del presidente en sus casos de ausencia, les daba un cargo
eminentemente político cuando por su autoridad ameritaba un alejamiento de ello, la independencia
en este aspecto no era un problema ya que de alguna manera ellos también tenían cierto poder que
les daba la tranquilidad de decidir incluso en contra del presidente como en ocasiones se dio. Pero el
problema radicaba en que ellos podían conspirar o por ambición querer remover al presidente, el
caso de Vallarta es muy claro al condicionar su aceptación al cargo de magistrado presidente si se
promovía la reforma que derogara este punto específico respecto a la ausencia del Presidente de la
República, esto para dejar bien en claro que no intentaría buscar por ese medio el ascenso al poder y
así recuperar la plena independencia de la corte.
Por último pero no menos importante, las críticas de Sierra y Rabasa se enfocaban en gran parte al
equilibrio de poderes, al excesivo poder que se le estaba dando al congreso y la debilidad del
ejecutivo. Nuevamente y gracias al tiempo la verdad saldría a la luz, el temor de los constituyentes
para limitar un autoritarismo presidencial era más que justificado por el pasado y en ello pensaban
al redactarla constitución, sin embargo también fue absurdo y problemático la cantidad de
facultades que al congreso se le dio, al grado de que poco a poco este fue regresándole facultades al
ejecutivo para que la cámara se abocara a su verdadera tarea, generar reglamentos para que la
nación funcionara con un orden jurídico bien hecho, cosa que fue retrasada por mucho tiempo dadas
las condiciones en que la Constitución dejo de atareado al congreso. Por ello Juárez propuso el
Senado, una cámara más para dividir las tareas y facilitar así el trabajo legislativo. Logrando un real
equilibrio de poderes.
La Constitución de 1857 sin duda alguna representó un avance importantísimo en materia
legislativa. Fue el reflejo de los ideales y aspiraciones de un grupo de hombres reunidos en torno a
la filosofía liberal, hombres que querían una sociedad más justa y que tenían claro el rumbo que
deseaban tomar, personas inspiradas en la Revolución Francesa y el estado Norteamericano y que
tomaban de dichos modelos lo que consideraban útil para nuestro país. Es claro que no todo era
bello en la Constitución, que tenia errores, que reflejaba temores propios de una nación en
crecimiento, que espiraba al mejor sistema de gobierno.
Justo Sierra y Emilio Rabasa fueron dos grandes liberales críticos de la mayor obra de sus
antecesores, ambos criticaban fuertemente que la Constitución no fuera real, creada para las
circunstancias del momento, que atendiera más los ideales y poco los problemas, pero ninguno de
los dos nos define exactamente cuáles eran esos problemas que no atacaba, ambos critican puntos
efectivamente criticables del texto pero lo que nos ha aclarado Cosío Villegas es que ellos veían por
un lado y los constituyentes vieron por el otro.
Los constituyentes vieron hacia atrás, se enfocaron en corregir los errores que se venían
cometiendo, esto con el fin de evitar volver a pisar esa senda mal trazada pero esto no hace que la
constitución fuera algo retrograda o mal hecho.
Nuestros críticos vieron hacia el frente, vieron lo que un texto así podía causar, vieron las teorías,
las causas y los efectos, veían tiranía y desigualdad, pero la historia no les dio la razón los efectos.
Los puntos que criticaron fueron aquellos que la Constitución de 1917 corrigió pero no como ellos
creían conveniente, sino como la historia se encargó de decirlo.
La obra de un jurista historiador fue parteaguas para esas modificaciones, tal pareciera que tomaron
su libro para de ahí partir hacia un nuevo modelo de Constitución. Es lamentable que Rabasa al
momento de escribir su libro no contara con los conocimientos suficientes de historia, de otra
manera, la Constitución y la Dictadura hubiera sido una excelente y precisa critica, mejor que la de
Justo Sierra, aunque a esta solo le faltó extensión ya que solo se resume a las columnas de su
diario.
Daniel Cosío Villegas nos hace énfasis en la importancia del hecho histórico para evaluar la
veracidad de las afirmaciones de ambos críticos, defiende sus pensamientos, sus críticas en los
puntos débiles del texto constitucional, ataca su falta de sentido histórico y de objetividad en
ocasiones para prever más sinceramente el efecto de lo escrito por ese grupo de hombres, los más
patriotas y honorables que un congreso vio formar, los Constituyentes de 1856 y su gran obra, la
Constitución de 1857.
Bibliografía
Cosío Villegas, Daniel. La Constitución de 1857 y sus críticos
2ª Edición, México. Fondo de Cultura Económica, Clío, El Colegio Nacional. 2007
Rabasa, Emilio. La Constitución y la dictadura
1ª Edición, México. Cien de México, CONACULTA. 2002