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A 98 años de la aparición de la carta magna de los estados unidos mexicanos . Edgar Ortiz Ángeles A 150 años de la redacción y promulgación de una inédita pero controvertida ley en México, nos encontramos retomando este libro de don Daniel Cosío Villegas, publicado hace más de 50 años y que hace una especie de recopilación de los textos de los más grandes críticos de la constitución de 1857. Curiosamente es de la oposición del momento, el partido conservador, de quien se conocen no menos criticas sino menos publicadas y realmente profundas de las mismas y es así como en el seno del partido liberal es donde nacen, maduran y se generan las críticas más pulidas y que atacaban realmente puntos débiles de la nueva ley. Es también destacable el hecho de a quienes eligió Cosío Villegas como fuente para su análisis de las críticas a la Constitución, ambos son contemporáneos a ella, no fueron parte de su redacción y eran muy jóvenes cuando la Constitución realmente fue aplicada (1867-1876), sin embargo fueron muy críticos haciendo un análisis básicamente jurídico de ella y muy social en cuanto a la realidad política y social de México en ese entonces.

Carta Magna

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Estos pasos definen no sólo el desarrollo de su proyecto, sino también su propio crecimiento como investigador. Cuando se mueve del paso 1 al 2, va más allá de quienes meramente recogen información, porque dirige su proyecto no partiendo de una curiosidad sin rumbo fijo (de ningún modo un impulso inútil), sino por una necesidad de comprender mejor alguna cuestión. Cuando progresa al paso 3, supera a los investigadores principiantes, porque enfoca su proyecto en la sig- nificación, en la utilidad de comprender lo que no sabe. Cuando esos pasos se vuelven un hábito mental, usted se torna un verdadero investigador.

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A 98 años de la aparición de la carta magna de los estados unidos

mexicanos.

Edgar Ortiz Ángeles

A 150 años de la redacción y promulgación de una inédita pero controvertida ley en México, nos

encontramos retomando este libro de don Daniel Cosío Villegas, publicado hace más de 50 años y

que hace una especie de recopilación de los textos de los más grandes críticos de la constitución de

1857. Curiosamente es de la oposición del momento, el partido conservador, de quien se conocen

no menos criticas sino menos publicadas y realmente profundas de las mismas y es así como en el

seno del partido liberal es donde nacen, maduran y se generan las críticas más pulidas y que

atacaban realmente puntos débiles de la nueva ley.

Es también destacable el hecho de a quienes eligió Cosío Villegas como fuente para su análisis de

las críticas a la Constitución, ambos son contemporáneos a ella, no fueron parte de su redacción y

eran muy jóvenes cuando la Constitución realmente fue aplicada (1867-1876), sin embargo fueron

muy críticos haciendo un análisis básicamente jurídico de ella y muy social en cuanto a la realidad

política y social de México en ese entonces.

Justo Sierra y Emilio Rabasa, creyeron fervientemente en que la constitución no era mala, era

humana y por lo tanto no perfecta sino perfectible, que había detalles (y la historia habría de darles

la razón) que con el tiempo y la madurez política del país

Se irían solucionando con las respectivas reformas que se le tendrían que hacer.

Es precisamente este rubro, el de los detalles corregibles, el que intereso mucho a ambos críticos, se

enfocaron en buscar los problemas y proponer las soluciones pertinentes a cada uno de ellos sin

embargo es aquí el pequeño detalle en el cual Cosío Villegas pone el dedo en el renglón al analizar

qué tan reales y fundamentadas eran sus críticas, si solo eran producto de una percepción, de un

ideal o de un punto de vista jurídico.

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Justo Sierra se enfocó más en el punto de vista filosófico ideal de la constitución, Rabasa en un

sentido más jurídico y más extenso ya que publico un libro (La Constitución y la dictadura) para

explicar a detalle sus opiniones sobre los artículos que a su parecer requerían de cambios, es curioso

que Justo Sierra hiciera las mismas observaciones casi 30 años antes, solo que en un periódico, La

Libertad; en el cual le dio fundamento ideológico a la Dictadura Porfirista gracias a sus comentarios

y anotaciones sobre la constitución del 57. Rabasa por el contrario y una vez que había terminado la

dictadura le dio razones y justificaciones basándose en los errores de la Constitución. Ambos

distantes en el tiempo, ambos defensores de la dictadura, ambos los mejores críticos de la

constitución pero ambos, carentes de sentido histórico que terminaría por desacreditar en parte sus

puntos de vista. 

Algo muy importante fue la gran critica que Sierra hizo respecto al fuero de la prensa y sobre el

cómo serían juzgados por dos jurados diferentes, una para el delito y otro para la pena, pequeño

dilema del que Justo Sierra, tal vez se arrepentiría después ya que una vez que fue aprobada la

modificación propuesta por el, los procesos y la cooptación en contra de la libertad de expresión se

hizo bastante palpable en el periodo Porfirista.

Viendo parte por parte sus criticas nos encontraremos con la explicación de esto último a lo que me

refiero. En primer lugar eran críticos del “absolutismo” con que se manejaban las garantías dentro

de la constitución, por ejemplo el caso del artículo 5º que trataba sobre la libertad en cuanto al

trabajo, que nadie podía hacer algo sin su consentimiento explícito ni la paga justa por el trabajo

realizado. Ni Sierra ni Rabasa se enfocaron en los motivos que llevaron a los constituyentes a

“abusar” de ese absolutismo, ambos enfocaron sus críticas en lo que podrían causar, en la rebeldía

del agente al no querer trabajar en el sistema penitenciario (inexistente en esos momentos) o en la

carencia de efectivos militares que al verse obligados recurrirían al amparo de dicho artículo. Cosío

Villegas nos explica con gran brillantez el verdadero contexto histórico que obligo al congreso del

56 a declarar de esa manera, el pueblo sumido en la pobreza y con una población superior al 70% en

estas condiciones, obligados a trabajar para alguien sin su completo consentimiento y tal vez de por

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vida eran causas que motivaron a los diputados a pensar así, aunque no sin dejar de lado la premisa

de querer resolver los problemas con la pluma y el tintero y que evidentemente eran el mayor punto

débil que no dudaban en atacar ambos críticos.

Si hablamos de la Iglesia, tal vez nos parezca extraño que Cosío Villegas menciona los incontables

beneficios que la Constitución le daba y esto tiene una razón muy válida cuando analizamos que el

entorno político del momento se daba entre tres partidos que reunían toda la actividad política. Por

de un lado de la balanza los liberales “puros” defensores del progreso y tal vez un tanto “jacobinos”,

siendo el fiel de la balanza, los liberales “moderados” que buscaban más consensuar entre todos, si

buscaban el progreso pero no acosta del deterioro social, estaban conscientes de que las

revoluciones no eran el camino adecuado, que solo podían ser deseadas por quien se beneficiara

directamente de ellas pero a costa de sangre y dolor. Y en el otro extremo de la balanza los

conservadores, vistos como el partido retrograda, que solo iba a defender los intereses de los

privilegiados.

Esto genero una tensión, un estado anímico en la población que causo no la división de esta sino la

agrupación en el llamado “justo medio”, los moderados se volvieron los dominantes, fueron una

mayoría que se vio muy presente en la creación de la constitución, de ahí que la iglesia católica

fuera reconocida y protegida por la constitución, y ella no tuvo la capacidad de ver esto, por el

contrario se abalanzo en una lucha despiadada contra el gobierno causando desprestigio y creando

el vínculo religión católica – conservadurismo.

El punto de los magistrados de la suprema Corte es importante para ambos críticos, por un lado su

elección popular, por el otro su inamovilidad y uno fundamental, su papel como vicepresidentes que

les daba un papel político y dificultaba su independencia.. En este punto es clarísimo lo que

pretende atacar y defender Daniel Cosío Villegas, nos explica como Sierra y Rabasa veían como un

grave error confiar en la gente (en teoría poco ilustrada) la elección y determinación de la capacidad

intelectual como juristas de los aspirantes a magistrados, fiscal y presidente de la Suprema Corte de

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Justicia de la Nación. 

Ellos dudaban del buen juicio popular y Cosío el rebate con el hecho histórico de que salvo una sola

ocasión (la de Porfirio Díaz) la gente eligió correctamente a los magistrados, fiscal y presidente de

la suprema.

Esto nos aclara perfectamente que ellos vean más por le supuesto, todos creeríamos en la idea de

que un pueblo poco educado no tendría la capacidad de elegir correctamente a sus gobernantes. Esto

nos lleva a otro punto criticado, el voto popular. Rabasa estaba enérgicamente en contra de la

democracia popular ya que consideraba que la gente, analfabeta en su mayoría, no tendría esa

capacidad de decidir consciente y correctamente sobre su destino y se dejaría influenciar más por

otros factores y no por la verdadera capacidad del elegido.

Rabasa dudaba verdaderamente de la confianza de esto, tenía dudas sobre el proceso electoral

mexicano y lo criticaba ampliamente ya que lo creía hecho para los fraudes, listo para ser

manipulado por los electores y por lo influenciable de una población poco educada. Se dejaba llevar

más por sus percepciones que por la realidad. 

Nuevamente es Cosío Villegas quien recurriendo al hecho histórico nos demuestra que los

resultados electorales dados en la elecciones siguientes a la promulgación de la constitución, nada

tenían de ficticios, por el contrario tenían toda una lógica posible y fueron producto de los hechos y

las coyunturas que existían en el momento, por ello se permitió una elección y reelección de Juárez,

posteriormente la de Lerdo, la única dudosa, la de Porfirio Díaz, mas motivada por la fuerza de las

armas, después Manuel González y nuevamente Porfirio Díaz que con esta ultima llegaba para

quedarse.

Regresando al tema de los magistrados, Sierra y Rabasa temían por la independencia de ellos, de

sus resolutivos e incluso del peso que tenían por dos razones, su inamovilidad y su papel como

vicepresidentes de la república. Su inamovilidad fue resulta años después al aplicarse la reforma en

la cual los magistrados eran vitalicios en su cargo, el problema de la vicepresidencia era algo en lo

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que no se equivocaban nuestros críticos, el papel que la Constitución del 57 les había dado para que

se desempeñaran como suplentes del presidente en sus casos de ausencia, les daba un cargo

eminentemente político cuando por su autoridad ameritaba un alejamiento de ello, la independencia

en este aspecto no era un problema ya que de alguna manera ellos también tenían cierto poder que

les daba la tranquilidad de decidir incluso en contra del presidente como en ocasiones se dio. Pero el

problema radicaba en que ellos podían conspirar o por ambición querer remover al presidente, el

caso de Vallarta es muy claro al condicionar su aceptación al cargo de magistrado presidente si se

promovía la reforma que derogara este punto específico respecto a la ausencia del Presidente de la

República, esto para dejar bien en claro que no intentaría buscar por ese medio el ascenso al poder y

así recuperar la plena independencia de la corte.

Por último pero no menos importante, las críticas de Sierra y Rabasa se enfocaban en gran parte al

equilibrio de poderes, al excesivo poder que se le estaba dando al congreso y la debilidad del

ejecutivo. Nuevamente y gracias al tiempo la verdad saldría a la luz, el temor de los constituyentes

para limitar un autoritarismo presidencial era más que justificado por el pasado y en ello pensaban

al redactarla constitución, sin embargo también fue absurdo y problemático la cantidad de

facultades que al congreso se le dio, al grado de que poco a poco este fue regresándole facultades al

ejecutivo para que la cámara se abocara a su verdadera tarea, generar reglamentos para que la

nación funcionara con un orden jurídico bien hecho, cosa que fue retrasada por mucho tiempo dadas

las condiciones en que la Constitución dejo de atareado al congreso. Por ello Juárez propuso el

Senado, una cámara más para dividir las tareas y facilitar así el trabajo legislativo. Logrando un real

equilibrio de poderes.

La Constitución de 1857 sin duda alguna representó un avance importantísimo en materia

legislativa. Fue el reflejo de los ideales y aspiraciones de un grupo de hombres reunidos en torno a

la filosofía liberal, hombres que querían una sociedad más justa y que tenían claro el rumbo que

deseaban tomar, personas inspiradas en la Revolución Francesa y el estado Norteamericano y que

tomaban de dichos modelos lo que consideraban útil para nuestro país. Es claro que no todo era

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bello en la Constitución, que tenia errores, que reflejaba temores propios de una nación en

crecimiento, que espiraba al mejor sistema de gobierno.

Justo Sierra y Emilio Rabasa fueron dos grandes liberales críticos de la mayor obra de sus

antecesores, ambos criticaban fuertemente que la Constitución no fuera real, creada para las

circunstancias del momento, que atendiera más los ideales y poco los problemas, pero ninguno de

los dos nos define exactamente cuáles eran esos problemas que no atacaba, ambos critican puntos

efectivamente criticables del texto pero lo que nos ha aclarado Cosío Villegas es que ellos veían por

un lado y los constituyentes vieron por el otro. 

Los constituyentes vieron hacia atrás, se enfocaron en corregir los errores que se venían

cometiendo, esto con el fin de evitar volver a pisar esa senda mal trazada pero esto no hace que la

constitución fuera algo retrograda o mal hecho. 

Nuestros críticos vieron hacia el frente, vieron lo que un texto así podía causar, vieron las teorías,

las causas y los efectos, veían tiranía y desigualdad, pero la historia no les dio la razón los efectos.

Los puntos que criticaron fueron aquellos que la Constitución de 1917 corrigió pero no como ellos

creían conveniente, sino como la historia se encargó de decirlo.

La obra de un jurista historiador fue parteaguas para esas modificaciones, tal pareciera que tomaron

su libro para de ahí partir hacia un nuevo modelo de Constitución. Es lamentable que Rabasa al

momento de escribir su libro no contara con los conocimientos suficientes de historia, de otra

manera, la Constitución y la Dictadura hubiera sido una excelente y precisa critica, mejor que la de

Justo Sierra, aunque a esta solo le faltó extensión ya que solo se resume a las columnas de su

diario. 

Daniel Cosío Villegas nos hace énfasis en la importancia del hecho histórico para evaluar la

veracidad de las afirmaciones de ambos críticos, defiende sus pensamientos, sus críticas en los

puntos débiles del texto constitucional, ataca su falta de sentido histórico y de objetividad en

ocasiones para prever más sinceramente el efecto de lo escrito por ese grupo de hombres, los más

patriotas y honorables que un congreso vio formar, los Constituyentes de 1856 y su gran obra, la

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Constitución de 1857.

Bibliografía

Cosío Villegas, Daniel. La Constitución de 1857 y sus críticos

2ª Edición, México. Fondo de Cultura Económica, Clío, El Colegio Nacional. 2007

Rabasa, Emilio. La Constitución y la dictadura

1ª Edición, México. Cien de México, CONACULTA. 2002