2
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MOTUPE[ CGo) TUPAC AMARU N2 531-TELEFAX Nº 426013-426659- MOTUPE' RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL Nº 076 - 2021-GM/MDM Motupe, 14 de Abril del 2021 VISTO: El Formulario Único de Trámite - Gratuito con Registro Nº 01599 de fecha 09 de Abril del 2021, presentado por el Sr. RICARDO ALEJANDRO VELEZMORO TERAN con DNI. Nº 16739581, Registro Único de Contribuyente Nº 10167395819, Representante Legal del Establecimiento Comercial denominado: PICANTERIA "LOS CANTARITOS"; ubicado en CARRETERA PANAMERICANA NORTE KM. 68, Distrito de Motupe, Provincia y Departamento de Lambayeque, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Potica del Perú en su artículo 194°, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando ésta que la autonomía que la Constitución Polltica del Perú establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento judico. Que, conforme lo establecen los artículos 4°, 5°, y 8° de la Ley Nº 28976-Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, publicada en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 05 de febrero del 2007, autorización que otorgan las Municipalidades para el desarrollo de actividades económicas en un establecimiento determinado a favor del titular de las mismas; así como el Decreto Legislativo Nº 1271, que Modifica los Artfculos Nº 3, 7, 9, 14 y 15 de la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, y la Ordenanza Municipal Nº 02-2012-MDM/AL, de UISTR fecha 01 de marzo del 2012, que adecua y regula el procedimiento de la Licencia de 11-1<" uncionamiento en el Distrito de Motupe. , L t Que, como lo dispone el Artículo 71 ° del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación -f--4-f' unicipal, aprobado por D.S. Nº 156-2004-EF, la licencia de apertura de establecimiento tiene ·' vigencia indeterminada, pero los contribuyentes deben presentar ante la Municipalidad de su jurisdicción en forma anual una Declaración Jurada de Permanencia en el Giro autorizado al establecimiento. Asimismo, el Artículo 73° del mismo cuerpo legal, la tasa por licencia de apertura de establecimiento es abonada por única vez, y no puede ser mayor a 1 (una) UIT vigente al momento de efectuar el pago. Que, el Sr. RICARDO ALEJANDRO VELEZMORO TERAN, Representante Legal del Establecimiento Comercial denominado: PICANTE RIA "LOS CANTARITOS"; de acuerdo a copia RUC y con R.G.M. Nº 70-2018-GM/MDM, Licencia de Funcionamiento Nº 042-2016 de fecha 29 de noviembre del 2016; solicita Cambio de Giro Comercial el cual fue autorizado como PICANTERIA "LOS CANTARITOS". Mediante Informe Nº 050-2021-ULC-SPMA-MDM de fecha 13 de abril 2021 se emitió la Petición de Administrado a Sesión de Consejo para que sea elevado a Sesión de Concejo para su evaluación en el Cambio de Giro Comercial en la Licencia de Funcionamiento la cual debe decir: RESTAURANT "LOS CANTARITOS" y poder dedicarse a la actividad principal de: VENTA DE COMIDAS TIPICAS Y BEBIDAS GASIFICADAS, la cual tiene un área de 72.60 M 2 y cuyo local se encuentra ubicado en Carretera Panamericana Norte Km. 68 del Distrito de Motupe, Provincia y Departamento de Lambayeque. Que, según consta en la Sesión Ordinaria de Consejo Nº 014-2021 de fecha 12 de Abril del 2021, se acordó que es procedente hacer el Cambio de Giro Comercial en la Licencia de Funcionamiento la cual debe decir: RESTAURANT "LOS CANTARITOS" y poder dedicarse a la actividad principal de: VENTA DE COMIDAS TIPICAS Y BEBIDAS GASIFICADAS, cuyo local se encuentra ubicado en Carretera Panamericana Norte Km. 68 del Distrito de Motupe, Provincia y Departamento de Lambayeque.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MOTUPE[ C Go)

  • Upload
    others

  • View
    6

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MOTUPE[ C Go)

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MOTUPE[ C��Go) TUPAC AMARU N2 531-TELEFAX Nº 426013-426659- MOTUPE'

RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL Nº 076 - 2021-GM/MDM

Motupe, 14 de Abril del 2021 VISTO: El Formulario Único de Trámite - Gratuito con Registro Nº 01599 de fecha 09 de Abril del 2021, presentado por el Sr. RICARDO ALEJANDRO VELEZMORO TERAN con DNI. Nº 16739581, Registro Único de Contribuyente Nº 10167395819, Representante Legal del Establecimiento Comercial denominado: PICANTERIA "LOS CANTARITOS"; ubicado en CARRETERA PANAMERICANA NORTE KM. 68, Distrito de Motupe, Provincia y Departamento de Lambayeque, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194°, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando ésta que la autonomía que la Constitución Polltica del Perú establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico.

Que, conforme lo establecen los artículos 4°, 5°, y 8° de la Ley Nº 28976-Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, publicada en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 05 de febrero del 2007, autorización que otorgan las Municipalidades para el desarrollo de actividades económicas en un establecimiento determinado a favor del titular de las mismas; así como el Decreto Legislativo Nº 1271, que Modifica los Artfculos Nº 3, 7, 9, 14 y 15 de la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, y la Ordenanza Municipal Nº 02-2012-MDM/AL, de

UISTR fecha 01 de marzo del 2012, que adecua y regula el procedimiento de la Licencia de � 11-1<" uncionamiento en el Distrito de Motupe.

� , L t Que, como lo dispone el Artículo 71 ° del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación

-f--4-f' unicipal, aprobado por D.S. Nº 156-2004-EF, la licencia de apertura de establecimiento tiene ·' vigencia indeterminada, pero los contribuyentes deben presentar ante la Municipalidad de su

jurisdicción en forma anual una Declaración Jurada de Permanencia en el Giro autorizado al establecimiento. Asimismo, el Artículo 73° del mismo cuerpo legal, la tasa por licencia de

� apertura de establecimiento es abonada por única vez, y no puede ser mayor a 1 (una) UIT vigente al momento de efectuar el pago.

Que, el Sr. RICARDO ALEJANDRO VELEZMORO TERAN, Representante Legal del Establecimiento Comercial denominado: PICANTE RIA "LOS CANTARITOS"; de acuerdo a copia RUC y con R.G.M. Nº 70-2018-GM/MDM, Licencia de Funcionamiento Nº 042-2016 de fecha 29 de noviembre del 2016; solicita Cambio de Giro Comercial el cual fue autorizado como PICANTERIA "LOS CANTARITOS". Mediante Informe Nº 050-2021-ULC-SPMA-MDM de fecha 13 de abril 2021 se emitió la Petición de Administrado a Sesión de Consejo para que sea elevado a Sesión de Concejo para su evaluación en el Cambio de Giro Comercial en la Licencia de Funcionamiento la cual debe decir: RESTAURANT "LOS CANTARITOS" y poder dedicarse a la actividad principal de: VENTA DE COMIDAS TIPICAS Y BEBIDAS GASIFICADAS, la cual tiene un área de 72.60 M2 y cuyo local se encuentra ubicado en Carretera Panamericana Norte Km. 68 del Distrito de Motupe, Provincia y Departamento de Lambayeque.

Que, según consta en la Sesión Ordinaria de Consejo Nº 014-2021 de fecha 12 de Abril del 2021, se acordó que es procedente hacer el Cambio de Giro Comercial en la Licencia de Funcionamiento la cual debe decir: RESTAURANT "LOS CANTARITOS" y poder dedicarse a la actividad principal de: VENTA DE COMIDAS TIPICAS Y BEBIDAS GASIFICADAS, cuyo local se encuentra ubicado en Carretera Panamericana Norte Km. 68 del Distrito de Motupe, Provincia y Departamento de Lambayeque.

Page 2: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MOTUPE[ C Go)

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MOTUPE TUPAC AMARU N!! 531 - TELEFAX Nº 426013-426659- MOTUPE

Que, según consta en el Proveido - ULCS-SPMA- MDM, de fecha 14 de Abril del 2021, determina que es procedente hacer el Cambio de Giro Comercial del RESTAURANT "LOS CANTARITOS", el cual cuenta con Plan de Bioseguridad, Plan de Contingencias y Seguridad, de Defensa Civil en casos de siniestros.

Que, habiendo cumplido con los requisitos exigidos y pagos correspondientes para el procedimiento iniciado por el administrado, y de conformidad a la Estructura de Costos y Derechos de Tramitación para los casos previstos en la Ley Nº 28976 - Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, como el Decreto Legislativo Nº 1271, así como la Ordenanza Municipal Nº 002 - 2012 - MDM/AL, debe procederse a la expedición de la respectiva Licencia Funcionamiento con el cambio de representante Legal de la misma. De igual forma debe acogerse al cumplimiento de la Ordenanza Municipal Nº 006 - 2019 MDM, de fecha 21 de Marzo del 2019.

Que, como lo establece la Ordenanza Municipal Nº 02-2012-MDM/AL, de fecha 01 de marzo del 2012 en su Capítulo V, articulo 25º Inciso 25.1.3; y de conformidad a la Ley Nº 28976-Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, y el D. S. Nº 1271, el Gerente de la Municipalidad Distrital de Motupe;

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- AUTORIZAR EL CAMBIO DE GIRO COMERCIAL EN LA EXPEDICIÓN DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO a favor del Establecimiento Comercial: RESTAURANT "LOS CANTARITOS" con RUC Nº 10167395819, siendo su Representante- Legal el Sr. RICARDO ALEJANDRO VELEZMORO TERAN con DNI. Nº 16739581, y poder dedicarse a la actividad principal de: VENTA DE COMIDAS TIPICAS Y BEBIDAS GASIFICADAS, cuyo local se encuentra ubicado en Carretera Panamericana Norte Km. 68 del Distrito de Motupe, Provincia y Departamento de Lambayeque. Así mismo que a partir de la fecha de la emisión de la Presente Resolución se está considerando que se apoya a los comercios a impulsar nuestra economf a pero a la vez estos se sujetan al Horario establecido

ARTICULO SEGUNDO.- El Establecimiento Comercial denominado: RESTAURANT "LOS CANTARITOS" representado por el Sr. RICARDO ALEJANDRO VELEZMORO TERAN es el Titular de la Licencia de Funcionamiento que se otorga mediante la presente, quedando obligado a dedicarse únicamente a la actividad autorizada, bajo apercibimiento de la aplicación de las sanciones previstas en los dispositivos legales vigentes.

ARTICULO TERCERO.- Queda establecido que su horario de atención es desde las 09:00 AM. hasta las 06:00 PM., de Lunes a Domingos, en aplicación de la Ordenanza Municipal Nº 006 - 2019 - MDM de fecha 21 de Marzo del 2019. Cualquier violación de la misma será sancionado.

ARTÍCULO CUARTO.- Encargar a la Sub Gerencia de Servicios Públicos y Medio Ambiente, Plataforma Distrital de Defensa Civil y Fiscalización Tributaria realicen las acciones de supervisión. control y fiscalización del correcto cumplimiento de la Licencia de Funcionamiento otorgada; bajo apercibimiento de declarar su nulidad en caso incumplan con lo reglamentado.

ARTICULO QUINTO.- Encargar a la a la Sub Gerencia de Servicios Públicos y Medio Ambiente; Unidad de Licencia, Comercialización y Salubridad, Unidad de Serenazgo dar cumplimiento de la presente Resolución y su notificación al interesado.

e.e. • Alcaldla • Asesoría Legal - Sub Gerencia SS. PObllcos - Adm. Tributaria -Unidad de Serenazgo • Interesado -Archivo

REGfSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE � l.4UNICIPAUOAO OtS TAL DE MOTUPE �- GERENC NICIPAL