12
DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO CLASE 5 (24.02.15)

CLASE 5

Embed Size (px)

DESCRIPTION

grtywywtwywtrywttwtyw

Citation preview

Diapositiva 1

Derecho internacional pblicoCLASE 5 (24.02.15)Elementos del estadoPoblacinEstado nacin

TerritorioNo certeza completa de fronteras

Gobiernosoberana

Capacidad de establecer relaciones con otros estadosClasificacin de los estadosEstados independientes

Confederacin

Federacin

Unin personal

Unin real

Estados dependientes

Los vasallos

Los protectorados

Los mandatos

Fideicomisos

Vida de los estadosNACIMIENTO

Inmemorial

Asentamiento

Emancipacin

Fraccionamiento

MODIFICACIN

EXTINCINFusin

Anexin

Fraccionamiento

Fraccionamiento y anexin

Conquista

SUCESIN

Universal

Parcial

Derechos de los estadosCarta de Naciones UnidasArtculo 2Para la realizacin de los Propsitos consignados en el Artculo 1, la Organizacin y sus Miembros procedern de acuerdo con los siguientes Principios:

1. La Organizacin esta basada en el principio de la igualdad soberana de todos sus Miembros.

oeaCaptulo IVDERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES DE LOS ESTADOSArtculo 10Los Estados son jurdicamente iguales, disfrutan de iguales derechos e igual capacidad para ejercerlos, y tienen iguales deberes. Los derechos de cada uno no dependen del poder de que disponga para asegurar su ejercicio, sino del simple hecho de su existencia como persona de derecho internacional.Artculo 11Todo Estado americano tiene el deber de respetar los derechos de que disfrutan los dems Estados de acuerdo con el derecho internacional.Artculo 12Los derechos fundamentales de los Estados no son susceptibles de menoscabo en forma alguna.

Artculo 13La existencia poltica del Estado es independiente de su reconocimiento por los dems Estados. Aun antes de ser reconocido, el Estado tiene el derecho de defender su integridad e independencia, proveer a su conservacin y prosperidad y, por consiguiente, de organizarse como mejor lo entendiere, legislar sobre sus intereses, administrar sus servicios y determinar la jurisdiccin y competencia de sus tribunales. El ejercicio de estos derechos no tiene otros lmites que el ejercicio de los derechos de otros Estados conforme al derecho internacional.Artculo 14El reconocimiento implica que el Estado que lo otorga acepta la personalidad del nuevo Estado con todos los derechos y deberes que, para uno y otro, determina el derecho internacional.Artculo 15El derecho que tiene el Estado de proteger y desarrollar su existencia no lo autoriza a ejecutar actos injustos contra otro Estado.Artculo 16La jurisdiccin de los Estados en los lmites del territorio nacional se ejerce igualmente sobre todos los habitantes, sean nacionales o extranjeros.Artculo 17Cada Estado tiene el derecho a desenvolver libre y espontneamente su vida cultural, poltica y econmica. En este libre desenvolvimiento el Estado respetar los derechos de la persona humana y los principios de la moral universal.

DerechosDerecho a la independencia y a ejercer su jurisdiccin

Estados tienen obligacin de no violar soberana (par inter parem no habet imperium)

Cada Estado puede dirigir sus asuntos internacionales

Estado ejerce autoridad sobre personas en su territorio

Derecho a la conservacin y defensa

Derecho a armarse

Derecho a controlar criminalidad

Derecho a controlar extranjeros que ingresan al territorio

Derecho a legtima defensa

DerechosDerecho a la igualdad

Derecho al respeto mutuo

Derecho a la comunicacin

Derecho a desarrollar y preservar su propia identidad