21
Ayuntamiento de la Villa de MORALEJA (Cáceres) Secretaría General ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 3 DE MAYO DE 2011 En la villa de Moraleja, siendo las trece horas del día 3 de mayo de dos mil once, se reunieron en el Despacho de Alcaldía, bajo la Presidencia de la Sra. Alcaldesa, Doña Teresa ROCA GONZALO, los siguientes Tenientes de Alcalde: Don Antonio GARCÍA GRANADO, Don Julián GUIJARRO GONZALO y Don Juan David PÉREZ CHAPARRO, asistidos por la Secretaria General de la Corporación, Doña Julia LAJAS OBREGÓN, al objeto de celebrar, en primera convocatoria, sesión ordinaria. Doña Mercedes CORES RAMAJO ha excusado su asistencia ante la Alcaldía. La Junta de Gobierno Local, en virtud de la delegación de atribuciones efectuada por Resolución de la Alcaldía de fecha 3 de septiembre de 2010, procede a la adopción de los siguientes ACUERDOS: 1.- LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LOS BORRADORES DE LAS ACTAS DE LA SESIONES DE FECHA 6 DE ABRIL DE 2011, 13 DE ABRIL DE 2011 Y 19 DE ABRIL DE 2011.- Dada lectura a los borradores de las actas de las sesiónes de la Junta de Gobierno Local celebradas con fechas 6, 13 y 19 de abril de 2011, las mismas son aprobadas por unanimidad. 2.- LICENCIAS.- *OBRAS.- 1

JGL 110503

Embed Size (px)

DESCRIPTION

Junta de Gobierno Local de 03 de mayo de 2011

Citation preview

Page 1: JGL 110503

Ayuntamiento de la Villa deMORALEJA (Cáceres)

Secretaría General

ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 3 DE MAYO DE 2011

En la villa de Moraleja, siendo las trece horas del día 3 de mayo de dos mil once, se reunieron en el Despacho de Alcaldía, bajo la Presidencia de la Sra. Alcaldesa, Doña Teresa ROCA GONZALO, los siguientes Tenientes de Alcalde: Don Antonio GARCÍA GRANADO, Don Julián GUIJARRO GONZALO y Don Juan David PÉREZ CHAPARRO, asistidos por la Secretaria General de la Corporación, Doña Julia LAJAS OBREGÓN, al objeto de celebrar, en primera convocatoria, sesión ordinaria.

Doña Mercedes CORES RAMAJO ha excusado su asistencia ante la Alcaldía.

La Junta de Gobierno Local, en virtud de la delegación de atribuciones efectuada por Resolución de la Alcaldía de fecha 3 de septiembre de 2010, procede a la adopción de los siguientes ACUERDOS:

1.- LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LOS BORRADORES DE LAS ACTAS DE LA SESIONES DE FECHA 6 DE ABRIL DE 2011, 13 DE ABRIL DE 2011 Y 19 DE ABRIL DE 2011.-

Dada lectura a los borradores de las actas de las sesiónes de la Junta de Gobierno Local celebradas con fechas 6, 13 y 19 de abril de 2011, las mismas son aprobadas por unanimidad.

2.- LICENCIAS.-

*OBRAS.-

SOLICITUD DE CARIDAD SÁNCHEZ PARA REFORMA LOCAL PARA FARMACIA.

-Vista la solicitud de licencia formulada por Doña Caridad SÁNCHEZ MATEOS para la ejecución de las obras contenidas en el proyecto de REFORMA DE LOCAL PARA FARMACIA Y ORTOPEDIA, situado en la Avda. de Pureza Canelo, núm. 51, de este municipio, incluido en al ámbito de la Modificación Puntual núm. 9 de las NN.SS. de Planeamiento vigentes, según proyecto redactado por el Arquitecto Don Simón MANZANO GÓMEZ, cuyo presupuesto de ejecución asciende a la cantidad de 171.171,37 Euros.

Visto que en aplicación de lo establecido en los artículo 83 de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y la Ordenación Territorial de Extremadura y 116 del Decreto 7/2007, de 23 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento

1

Page 2: JGL 110503

Ayuntamiento de la Villa deMORALEJA (Cáceres)

Secretaría General

de Extremadura, ha quedado sin efecto la suspensión del otorgamiento de licencias de obras en las zonas afectadas por dicha Modificación Puntual, al haber transcurrido mas de dos años desde el sometimiento a información pública de la Aprobación Inicial de la misma, según resulta de los informes que obran en el expediente,

Visto el informe favorable emitido por los Servicios Técnicos Municipales, esta Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- Conceder la licencia de obra mayor solicitada por Doña Caridad SÁNCHEZ MATEOS para la ejecución de las obras contenidas en el proyecto de REFORMA DE LOCAL PARA FARMACIA Y ORTOPEDIA situado en la Avda. de Pureza Canelo, núm. 51, entendiéndose otorgada salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero, debiendo tramitar a continuación la correspondiente licencia de apertura que ampare el ejercicio en el mismo de la actividad pretendida

SEGUNDO.- Aprobar la liquidación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras por importe de 4.728,22 Euros, de acuerdo con lo establecido en la vigente Ordenanza del expresado Impuesto, más 15,03 Euros en concepto de Tasa por Expedición de Licencias Urbanísticas.

SOLICITUD DE DON FRANCISCO JAVIER MARTÍN IGLESIAS.

- Vista la solicitud formulada por Don Francisco Javier MARTÍN IGLESIAS en nombre y representación de PROVEEDORA EXTREMEÑA DE LA CONSTRUCCIÓN, S.L. para ejecución de RED DE BAJA TENSIÓN PARA SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA a 8 viviendas situadas en las Calles Lope de Vega, Nuevo Trazado y Quevedo, este municipio, según proyecto elaborado por PROYECTOS Y PERITACIONES PASCUAL, S.L, por caducidad por el transcurso del tiempo, de la licencia 17/2010, que le fue concedida por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, con fecha 9 de junio de 2010, para el mismo fin,

Visto el informe favorable emitido por los Servicios Técnicos Municipales, esta Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- Conceder la licencia de obra mayor solicitada por Don Francisco Javier MARTÍN IGLESIAS en nombre y representación de PROVEEDORA EXTREMEÑA DE LA CONSTRUCCIÓN, S.L., por caducidad de la número 17/2010, para la ejecución de las obras indicadas, entendiéndose otorgada salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero.

SEGUNDO.- Conceder la autorización para el paso subterráneo por las vías públicas por donde discurre la línea eléctrica, desde el punto de enganche hasta el

2

Page 3: JGL 110503

Ayuntamiento de la Villa deMORALEJA (Cáceres)

Secretaría General

punto de destino, descritas en el Proyecto Técnico aportado, que son las Calles Lope de Vega, con vuelta a nuevo trazado y Quevedo.

TERCERO.- Aprobar la Tasa por Expedición de Licencias Urbanísticas por importe de 15,03 Euros, no debiendo prestar fianza alguna para la reposición del pavimento, al no ser necesario la ejecución de zanjas .

SOLICITUD DE DON CIPRIANO MARTÍN GALEANO.

-Vista la solicitud de licencia formulada por Don Cipriano MARTÍN GALEANO en atención al requerimiento de legalización efectuado por la Alcaldía-Presidencia de este Ayuntamiento en el Expediente de Disciplina Urbanística 7/2010, para la ejecución de las obras contenidas en el PROYECTO DE LEGALIZACIÓN DE “NAVE DE APAREROS”, situada en el paraje “CUCARRACHO”, parcela 118, del polígono 04, de este término municipal,, según proyecto redactado por PROYECTOS Y PERITACIONES PASCUAL, S.L, cuyo Presupuesto de Ejecución Material asciende a la cantidad de 4.495,00 Euros (P.E.M total : 11.268,42: 6.772,96 + 4.495,46).

Visto el informe favorable emitido por los Servicios Técnicos Municipales, esta Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- Conceder la licencia de obra mayor solicitada por Don Cipriano MARTÍN GALEANO para la ejecución de las obras indicadas en el PROYECTO DE LEGALIZACIÓN DE “NAVE DE APAREROS”, con emplazamiento en el paraje “CUCARRACHO”, parcela 118, del polígono 04, de este término municipal, Expediente de Disciplina Urbanística 7/2010, entendiéndose otorgada salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero.

SEGUNDO.- Aprobar la liquidación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras por importe de 125,87, de acuerdo con lo establecido en la vigente Ordenanza del expresado Impuesto, más 15,03 Euros en concepto de Tasa por Expedición de Licencias Urbanísticas.

* LICENCIA DE SEGREGACIÓN

-Visto el escrito presentado en este Ayuntamiento por Don Jesús TAPIA SÁNCHEZ solicitando nueva Licencia de Segregación o bien Certificación acreditativa de la innecesariedad de la misma por caducidad de la concedida por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 6 de julio de 2006, para segregar UNA parcela de 480,00 m2 de superficie, de una matriz de 19.320,00 m2 de superficie –según escrituras de propiedad-, al sitio del “El Barrial” –hoy zona de Avenida Pureza

3

Page 4: JGL 110503

Ayuntamiento de la Villa deMORALEJA (Cáceres)

Secretaría General

Canelo-, y teniendo en cuenta el informe emitido por el Arquitecto Municipal, en el que manifiesta:

1. Que la parcela que se pretenden segregar, forma parte, según escrituras, de una de 19.320,00 m2 de superficie.

2. Que la parcela de 480,00 m2, con Referencia Catastral 0279020QE0307N0001PK, que se pretende segregar, está situada en Avenida Pureza Canelo, núm. 88, y por tanto, según las Normas Subsidiarias de Planeamiento vigentes, aprobadas definitivamente el 20 de diciembre de 2001 (D.O.E. 16-04-2.002), clasificada como Suelo Urbano, considerándose una parcela independiente al estar recogida así en el CATASTRO-1988.

En base a lo expuesto anteriormente, la Junta de Gobierno Local ACUERDA declarar la INNECESARIEDAD DE LICENCIA DE SEGREGACIÓN solicitada al tener la parcela la condición de independiente, desde 1988.

*PRIMERA OCUPACIÓN DE LOS EDIFICIOS.-

- Examinada la solicitud de Licencia de Primera Ocupación presentada por Don José Mª MOLANO GONZALEZ, en nombre y representación de “ESTRUCTURAS HERMANOS MOLANO, S.L.”, para la obra consistente en la construcción de TRECE VIVIENDAS, DOS ESTUDIOS Y APARCAMIENTOS” con emplazamiento en la Calle Travesía Jardines (hoy calle San Blas, números 1A (vivienda unifamiliar con acceso desde la calle), 1B (vivienda unifamiliar con acceso desde la calle), 1C portal de acceso a 10 pisos (5 por planta) y 2 estudios (1 por planta) y 1D (vivienda unifamiliar con acceso desde la calle) de este municipio.

Visto el informe FAVORABLE emitido por el Sr. Arquitecto Municipal con fecha de 26 de abril de 2011, tras visita de comprobación realizada, del que resultan los siguientes extremos:

1º .- Que las obras efectivamente ejecutadas son las definidas en el Proyecto al que le fue concedida, por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 16 de diciembre de 2010, la licencia de obras 40/2010, y en el de Ejecución Final y en la documentación complementaria visada con el 12 de abril de 2011, al que le fue concedida la licencia de obras 13/11 por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 19 de abril de 2011, según proyectos redactados por el Arquitecto Don Felipe GUTIERREZ MACIAS.

2º.- Que se acompaña Certificado Final de Obras emitido por los Técnicos Directores de la misma y Libro del Edificio integrado por la documentación preceptiva.,

4

Page 5: JGL 110503

Ayuntamiento de la Villa deMORALEJA (Cáceres)

Secretaría General

3º.- Que el referido edificio CUMPLE con la legalidad urbanística y las normas de edificación y construcción, habiendo sido repuestos los elementos urbanísticos afectados por las obras ejecutadas a entera satisfacción, salvo vicios ocultos,

Por todo lo expuesto, en consonancia con el informe antedicho, la Junta de Gobierno Local ACUERDA CONCEDER la Licencia de Primera Ocupación solicitada por Don José Mª MOLANO GONZALEZ, en nombre y representación de “ESTRUCTURAS HERMANOS MOLANO, S.L.”, para la obra consistente en la construcción de TRECE VIVIENDAS, DOS ESTUDIOS Y APARCAMIENTOS” con emplazamiento en la Calle Travesía Jardines (hoy calle San Blas), de este municipio.

PROYECTO GENERADOR DE EMPLEO: “ ADECUACIÓN DE INSTALACIONES PARA CENTRO DE EXPOSICIONES, FERIAS Y ACTIVIDADES CULTURALES, 2º Fase”.

-Vista la Memoria elaborada por los Servicios Técnicos Municipales denominada “ADECUACIÓN DE INSTALACIONES PARA CENTRO DE EXPOSICIONES, FERIAS Y ACTIVIDADES CULTURALES, 2º Fase” para completar la actuación ya ejecutada en la anterior FASE, que tiene por objeto la adecuación del resto de las instalaciones existentes en el inmueble de propiedad municipal situado en la Avda. de Lusitania, núm. 83, consistente en la demolición de tabique, sustitución de las ventanas existentes, pavimentación de toda la superficie del inmueble mediante la aplicación de un pavimento continuo de hormigón impreso, pintado de todos los paramentos interiores y exteriores con pintura plástica y esmaltado de puertas y pavimentación con solera de hormigón del exterior del inmueble. El importe total del proyecto asciende a la cantidad de 40.394,35 Euros, de los cuales 12.875,02 Euros corresponden a materiales y 27.519,33 Euros, a la contratación de mano de obra desempleada adscrita al Régimen General de la Seguridad Social, la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- Aprobar la referida Memoria Valorada del Proyecto Generador de Empleo Estable antes descrito.

SEGUNDO.- Solicitar al Ministerio de Trabajo e Inmigración la subvención de su importe dentro de la convocatoria pública de subvenciones Proyectos Generadores de Empleo Estable 2011.

TERCERO.- Declarar que el Ayuntamiento de Moraleja tiene la disponibilidad plena de dicho edificio para la ejecución en el mismo del proyecto de “ADECUACIÓN DE INSTALACIONES PARA CENTRO DE EXPOSICIONES, FERIAS Y ACTIVIDADES CULTURALES, 2º Fase”.

5

Page 6: JGL 110503

Ayuntamiento de la Villa deMORALEJA (Cáceres)

Secretaría General

3.- ALTAS/BAJAS PADRONES.-

Sin asuntos.

4.- PERSONAL .-

* EXCEDENCIA DE VALERIANO LORENZO BERTOL.

Visto el escrito presentado por Don Valeriano LORENZO BERTOL, Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de Moraleja, de fecha 25 de febrero de 2.011 con registro de entrada 1.274, en el que solicita prorrogar la excedencia voluntaria por dos años más (desde el 1 de junio de 2011 hasta el 1 de junio de 2013) y visto el informe emitido por el Oficial Jefe de la Policía Local

Visto el art. 37.2º del Acuerdo por el que se regulan las relaciones y condiciones de trabajo de los empleados públicos de este Ilmo. Ayuntamiento

Visto que con fecha 8 de mayo de 2008 se acordó por Resolución de la Alcaldía declarar a Don Valeriano LORENZO BERTOL, funcionario de carrera de este Ayuntamiento, en la situación administrativa de excedencia voluntaria por interés particular, produciendo efectos a partir del día 1 de junio de 2008, por un plazo mínimo de dos años

Visto que con fecha 14 de abril de 2010 se acordó por la Junta de Gobierno Local acceder a la solicitud de Don Valeriano LORENZO BERTOL, en la que solicitaba prorrogar la excedencia voluntaria por un año más

La Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- Conceder a Don Valeriano LORENZO BERTOL la prórroga de la situación administrativa de excedencia voluntaria por interés particular a partir del día 1 de junio de 2011 por un plazo de dos años.

SEGUNDO.- Durante el periodo de duración de la excedencia voluntaria por interés particular, el funcionario no tendrá derecho a la reserva del puesto de trabajo y no devengará retribuciones ni le será computable el tiempo permanecido en esta situación a efectos de ascensos, trienios y derechos en el régimen de Seguridad Social.

TERCERO.- Notificar este acuerdo al interesado, a la Intervención y a la Tesorería Municipal.

6

Page 7: JGL 110503

Ayuntamiento de la Villa deMORALEJA (Cáceres)

Secretaría General

5.- ASUNTOS VARIOS.-

* EXPEDIENTE JESÚS MARÍA GUTIÉRREZ GALLEGO.

- Visto el Dictamen emitido en dicho expediente por la COMISIÓN INFORMATIVA DE FOMENTO, ENERGÍA, MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y DESARROLLO LOCAL, con fecha 20 de abril de 2.011 en la que se propone: Desestimar las alegaciones formuladas por Don Jesús María GUTIÉRREZ GALLEGO por las razones expuestas en el cuerpo de dicho Dictamen y que previo a la declaración de nulidad de pleno derecho de la licencia de primera ocupación concedida por el Teniente de Alcalde con fecha 04 de julio de 2.007, solicitar el Dictamen preceptivo al Consejo Consultivo de Extremadura.

La Junta de Gobierno Local, en consonancia con dicho Dictamen y el informe emitido por el Servicio de Asistencia y Asesoramiento a Entidades Locales de la Diputación de Cáceres con fecha 10 de noviembre de 2.010, ACUERDA:

PRIMERO.- Desestimar las alegaciones formuladas por D. Jesús María GUTIERREZ GALLEGO, en sus escritos registrado de entrada con el número 1143, el día 18 de Febrero de 2.011 y con el número 1383, del día 02 de Marzo de 2.011, respectivamente, por todo lo expuesto en el cuerpo del Dictamen emitido por la COMISIÓN INFORMATIVA DE FOMENTO, ENERGÍA, MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y DESARROLLO LOCAL, con fecha 20 de abril de 2.011, que se da por reproducido íntegramente.

SEGUNDO.- Previo a la declaración de nulidad de pleno derecho de la licencia de primera ocupación concedida por el Teniente de Alcalde con fecha 04 de Julio de 2.007, solicitar el dictamen preceptivo al Consejo Consultivo de Extremadura de conformidad con lo establecido en el art. 102.1 de la Ley 30/92.

* SUSTITUCIÓN VEHÍCULO TAXI.

- Vista la solicitud presentada en este Ayuntamiento por Don David ELVIRA TRABA, de fecha 15 de abril de 2.011, con registro de entrada nº 2550, por la que solicita que se lleve a cabo la sustitución del vehículo que tenía destinado a taxi (Peugeot 406),

Visto que Don David ELVIRA TRABA ha abonado la cantidad de 100,00 € en concepto de pago de la tasa correspondiente

La Junta de Gobierno Local ACUERDA:

7

Page 8: JGL 110503

Ayuntamiento de la Villa deMORALEJA (Cáceres)

Secretaría General

PRIMERO.- Acceder a la sustitución del vehículo marca Peugeot modelo 406 SR, matrícula 3901-CMV, en la licencia de taxi concedida a su favor, por el vehículo de marca Renault modelo Scenic II 1.5 DCI 78 KW, potencia 106 CV, matrícula 2376 FTR.

SEGUNDO.- Llevar a cabo las anotaciones en los registros municipales de la sustitución del vehículo, a los efectos oportunos.

TERCERO.- Notificar al interesado que, para la plena efectividad de la licencia respecto del nuevo vehículo, deberá cumplir todos y cada uno de los requisitos exigidos por la legislación vigente, no sólo frente al Ayuntamiento de Moraleja, sino frente a la Junta de Extremadura.

* EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO DE APREMIO CONTRA DON ANTONIO SÁNCHEZ SANTOS.

- Visto el escrito del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación de Cáceres por el que solicita “sirva emitir informe sobre si la adjudicación a favor del Ayuntamiento de Moraleja, de los bienes embargados a Don Antonio SÁNCHEZ SANTOS, tendrá o no utilidad para ese Municipio, a efectos de que se dicte por el Sr. Presidente de este Organismo Autónomo la correspondiente Resolución de Adjudicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes del RGR” y visto que el bien embargado es un solar sito en la Avda. de Extremadura nº 32 de Moraleja y cuya descripción es la siguiente: Naturaleza de la finca: Urbana; Superficie: Terreno de mil cuatrocientos sesenta y nueve metros cuadrados (1.469,00 m2); Inscripción en el Registro de la Propiedad de Coria: Finca Registral nº 10.405; Derechos del deudor sobre los inmuebles embargados: 100% del pleno dominio por título de embargo, Referencia Catastral 9787016PE9398N0001AT, sin cargas conocidas

La Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- Declarar de utilidad para este Municipio, el bien embargado a Don Antonio Sánchez Santos, en concreto el solar anteriormente descrito sito en Avda. de Extremadura nº 32 de Moraleja de 1.469,00 m2 con Referencia Catastral 9787016PE9398N0001AT.

SEGUNDO.- Solicitar al Sr. Presidente del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación de Cáceres dicte Resolución de Adjudicación de dicho bien de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes del RGR.

8

Page 9: JGL 110503

Ayuntamiento de la Villa deMORALEJA (Cáceres)

Secretaría General

TERCERO.- El solar sito en la Avda. de Extremadura nº 32 de Moraleja se adjudica por un importe de 4.131,06 € (CUATRO MIL CIENTO TREINTA Y UN EUROS CON CERO SEIS CÉNTIMOS).

CUARTO.- La adjudicación proporciona al ayuntamiento de Moraleja el 100% del pleno dominio de dicho inmueble.

QUINTO.- Autorizar a la Sra. Alcaldesa o a quien legalmente le sustituya para la firma de cuantos documentos sean necesarios en relación con el expediente de referencia.

* CHARANGA CLAVE DE SOL.

- Visto el presupuesto presentado en este Ayuntamiento por “CHARANGA CLAVE DE SOL”, el día 20 de abril de 2.011, por importe total de TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA EUROS Y CERO CÉNTIMOS (3.750,00 €) para su actuación durante los días 13, 14, 15, 16 y 17 de julio de 2.011, la Junta de Gobierno Local ACUERDA aprobar dicho presupuesto.

*RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL (EXP. 75/2011/RESP. PATRIMONIAL/09)

Vista la solicitud presentada por Doña Florencia CHAPARRO RAMOS, mediante la cual formula reclamación por los daños sufridos a consecuencia de una caída producida el día 5 de abril de 2011 en el acerado entre el centro de salud y el Hogar del Pensionista, registrada de entrada en el Registro General de este Ayuntamiento con el número 2525, el día 14 de abril de 2011.

Considerando que los particulares tienen derecho a ser indemnizados por las Administraciones de toda lesión que sufran, en cualquiera de sus bienes y derechos, por el funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, siempre que no concurra fuerza mayor.

En cumplimiento de los artículos 139 y 142 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y en virtud del artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- Admitir a trámite la reclamación de Doña Luisa Florencia CHAPARRO RAMOS, antes referenciada, e iniciar expediente para determinar la responsabilidad o no del Ayuntamiento y si este tiene la obligación de indemnizar al solicitante.

9

Page 10: JGL 110503

Ayuntamiento de la Villa deMORALEJA (Cáceres)

Secretaría General

SEGUNDO.- Nombrar como órgano instructor del procedimiento para determinar si existe responsabilidad por parte este Ayuntamiento a Don Antonio GARCIA GRANADO, siendo Secretaria del mismo la del Ayuntamiento, y teniendo en cuenta lo establecido sobre abstención y recusación en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

TERCERO.- Solicitar informe a la Policía Local y a los Servicios Técnicos, que los emitirán en el plazo máximo de diez días, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 10.2º del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, y, seguidamente dése plazo de audiencia al interesado, con carácter previo a la resolución definitiva que se adopte.

CUARTO.- Comunicar al Instructor el nombramiento y darle traslado de cuantas actuaciones existan al respecto, y habilitarle para que realice todas las actuaciones necesarias para comprobar la existencia o no de responsabilidad por parte del Ayuntamiento.

QUINTO.- Poner en conocimiento de la Compañía de Seguros con la que este Ayuntamiento tiene suscrita póliza de seguros de responsabilidad civil, si el importe reclamado supera la franquicia concertada o es indeterminado, la iniciación de este procedimiento, remitiéndole la documentación que obra en el expediente, para que, como interesado, pueda personarse y formular las alegaciones y proponer las pruebas que considere procedentes, otorgándole un plazo de diez días.

SEXTO.- Notificar este acuerdo al interesado, haciéndole constar que dispone de un plazo de diez días, a contar desde el siguiente al del recibo de este acuerdo, para aportar cuantos datos estime convenientes a su derecho, y, en su caso, la valoración de los daños alegados.

*RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL (EXP. 78/2011/RESP. PATRIMONIAL/10)

Vista la solicitud presentada por Don Alberto HARO CARRASCO, mediante la cual formula reclamación por los daños sufridos en el vehículo de su propiedad matrícula SE-0830-DN el día 9 de febrero de 2011 al hundirse una tapa de alcantarilla en calle sita entre el parque Avda. Lusitania y el local de la antigua escuela taller, registrada de entrada en el Registro General de este Ayuntamiento con el número 2637, el día 19 de abril de 2011.

Considerando que los particulares tienen derecho a ser indemnizados por las Administraciones de toda lesión que sufran, en cualquiera de sus bienes y derechos, por

10

Page 11: JGL 110503

Ayuntamiento de la Villa deMORALEJA (Cáceres)

Secretaría General

el funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, siempre que no concurra fuerza mayor.

En cumplimiento de los artículos 139 y 142 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y en virtud del artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- Admitir a trámite la reclamación de Don Alberto HARO CARRASCO, antes referenciada, e iniciar expediente para determinar la responsabilidad o no del Ayuntamiento y si este tiene la obligación de indemnizar al solicitante.

SEGUNDO.- Nombrar como órgano instructor del procedimiento para determinar si existe responsabilidad por parte este Ayuntamiento a Don Antonio GARCIA GRANADO, siendo Secretaria del mismo la del Ayuntamiento, y teniendo en cuenta lo establecido sobre abstención y recusación en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

TERCERO.- Solicitar informe a la Policía Local y a los Servicios Técnicos, que los emitirán en el plazo máximo de diez días, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 10.2º del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, y, seguidamente dése plazo de audiencia al interesado, con carácter previo a la resolución definitiva que se adopte.

CUARTO.- Comunicar al Instructor el nombramiento y darle traslado de cuantas actuaciones existan al respecto, y habilitarle para que realice todas las actuaciones necesarias para comprobar la existencia o no de responsabilidad por parte del Ayuntamiento.

QUINTO.- Poner en conocimiento de la Compañía de Seguros con la que este Ayuntamiento tiene suscrita póliza de seguros de responsabilidad civil, si el importe reclamado supera la franquicia concertada o es indeterminado, la iniciación de este procedimiento, remitiéndole la documentación que obra en el expediente, para que, como interesado, pueda personarse y formular las alegaciones y proponer las pruebas que considere procedentes, otorgándole un plazo de diez días.

SEXTO.- Notificar este acuerdo al interesado, haciéndole constar que dispone de un plazo de diez días, a contar desde el siguiente al del recibo de este acuerdo, para aportar cuantos datos estime convenientes a su derecho, y, en su caso, la valoración de los daños alegados.

11

Page 12: JGL 110503

Ayuntamiento de la Villa deMORALEJA (Cáceres)

Secretaría General

*RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL (EXP. 80/2011/RESP. PATRIMONIAL/11)

Vista la solicitud presentada por Don José PLAZA GÓMEZ, mediante la cual formula reclamación por los daños sufridos en el vehículo de su propiedad, el día 23 de abril de 2011 y Cajal a consecuencia de la existencia de un bache en la calle Ramón, registrada de entrada en el Registro General de este Ayuntamiento con el número 2753, el día 27 de abril de 2011.

Considerando que los particulares tienen derecho a ser indemnizados por las Administraciones de toda lesión que sufran, en cualquiera de sus bienes y derechos, por el funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, siempre que no concurra fuerza mayor.

En cumplimiento de los artículos 139 y 142 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y en virtud del artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- Admitir a trámite la reclamación de Don José PLAZA GÓMEZ, antes referenciada, e iniciar expediente para determinar la responsabilidad o no del Ayuntamiento y si este tiene la obligación de indemnizar al solicitante.

SEGUNDO.- Nombrar como órgano instructor del procedimiento para determinar si existe responsabilidad por parte este Ayuntamiento a Don Antonio GARCIA GRANADO, siendo Secretaria del mismo la del Ayuntamiento, y teniendo en cuenta lo establecido sobre abstención y recusación en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

TERCERO.- Solicitar informe a la Policía Local y a los Servicios Técnicos, que los emitirán en el plazo máximo de diez días, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 10.2º del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, y, seguidamente dése plazo de audiencia al interesado, con carácter previo a la resolución definitiva que se adopte.

CUARTO.- Comunicar al Instructor el nombramiento y darle traslado de cuantas actuaciones existan al respecto, y habilitarle para que realice todas las actuaciones necesarias para comprobar la existencia o no de responsabilidad por parte del Ayuntamiento.

QUINTO.- Poner en conocimiento de la Compañía de Seguros con la que este Ayuntamiento tiene suscrita póliza de seguros de responsabilidad civil, si el importe

12

Page 13: JGL 110503

Ayuntamiento de la Villa deMORALEJA (Cáceres)

Secretaría General

reclamado supera la franquicia concertada o es indeterminado, la iniciación de este procedimiento, remitiéndole la documentación que obra en el expediente, para que, como interesado, pueda personarse y formular las alegaciones y proponer las pruebas que considere procedentes, otorgándole un plazo de diez días.

SEXTO.- Notificar este acuerdo al interesado, haciéndole constar que dispone de un plazo de diez días, a contar desde el siguiente al del recibo de este acuerdo, para aportar cuantos datos estime convenientes a su derecho, y, en su caso, la valoración de los daños alegados.

* RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL (EXP. 122/08/RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL).

Vista la solicitud formulada por Don Pablo OLIVERA FLORES con DNI 76.015.798-Q en la que formula reclamación de responsabilidad patrimonial por los daños sufridos en su vehículo matrícula 0120-CTV el día 6 de julio de 2008 cuando circulaba por la Avda. Virgen de la Vega, a la altura de su intersección con la calle Ronda del Río

Visto que los particulares tienen derecho a ser indemnizados por las Administraciones de toda lesión que sufran, en cualquiera de sus bienes y derechos, por el funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, siempre que no concurra fuerza mayor.

Vista la propuesta de resolución del órgano instructor D. Antonio GARCÍA GRADADO, así como el Dictamen del Consejo Consultivo de la Comunidad Autónoma de Extremadura relativo al expediente para determinar si existe responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento, por el que se concluye, entre otros, que “…la tapa estaba mal colocada por lo que provocó un corte en el neumático” y que “es evidente la relación de causalidad existente entre el servicio público de pavimentación y conservación de vías públicas y los daños causados al reclamante, que han tenido su origen en el funcionamiento anormal de aquel servicio”, examinados los documentos, alegaciones e informaciones que obran en el mismo, y de conformidad con el artículo 13 del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en Materia de Responsabilidad Patrimonial, la Junta de Gobierno Local, en consonancia con el Dictamen del Consejo Consultivo, ACUERDA:

PRIMERO. Reconocer a Don Pablo OLIVERA FLORES el derecho a recibir una indemnización como consecuencia de los daños sufridos en sus bienes o derechos por el funcionamiento del servicio del Ayuntamiento de Moraleja (Cáceres), y cuyos daños son los que figuran en la valoración que se acompaña a la reclamación; habiendo sido confirmada la relación de causalidad existente entre el servicio público

13

Page 14: JGL 110503

Ayuntamiento de la Villa deMORALEJA (Cáceres)

Secretaría General

de pavimentación y conservación de vías públicas y los daños causados al reclamante, que han tenido su origen en el funcionamiento anormal de aquel servicio.

SEGUNDO. La cantidad a la que asciende la indemnización es de 149,84 euros, según valoración efectuada por Taller J.P. Chaparro, S.L. de Moraleja (Cáceres)

TERCERO. Notificar esta resolución a los interesados junto con los recursos pertinentes.

CUARTO. Notificar esta resolución al Departamento de Depositaría de este Ayuntamiento.

QUINTO. Notificar esta resolución al Consejo Consultivo, remitiendo copia de la misma.”

Seguidamente por la Sra. Alcaldesa-Presidenta se levanta la sesión, siendo las trece horas y cincuenta minutos del día señalado en el encabezamiento, de todo lo cual, como Secretaria, doy fe.

Vº Bº LA ALCALDESA, LA SECRETARIA GENERAL,

Fdo.: Teresa ROCA GONZALO Fdo.: Julia LAJAS OBREGÓN

14